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EL GOBIERNO RE-REGULO LA GRILLA DE CANALES PARA TODOS LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

14-ABR/2008

El Gobierno nacional volvió a regular la grilla de los canales para todos los servicios complementarios de radiodifusión. Según consta en el Reglamento aprobado por la Resolución 227, firmada por el interventor en el COMFER, Juan Gabriel Mariotto, la grilla de canales quedará conformada de la siguiente forma:


- Entre los canales 2 y 6 deben ubicarse las señales satelitales C5N, América 24, TN, Crónica TV y Canal 26.
- En los canales 7 y 8 la señal Encuentro y la correspondiente a LS82 TV canal 7 o su repetidora.
- Del 9 para adelante el canal propio y las señales de las estaciones de televisión en la banda de VHF o sus repetidoras que se encuentren en la misma área de cobertura de sus cabezales o "up link", en el caso de los sistemas de televisión directa la hogar.
- De no existir acuerdo de retransmisión por cuestiones económicas entre el titular de cualquiera de las señales satelitales y el titular del servicio complementario, éste último no podrá excusarse de retransmitir la señal en cuestión si la misma le es entregada por su titular sin cargo alguno.

Asimismo, el artículo 2º del Reglamento indica que se deberán ordenar el resto de las señales que componen la grilla, de forma tal que las que correspondan al mismo rubro queden integradas de manera correlativa.

Los licenciatarios cuentan con 30 días, a partir de la publicación de la norma (Boletín Oficial del 15 de abril), para realizar este reordenamiento.

Asimismo, el artículo 3º del Reglamento determina que los licenciatarios que realicen modificaciones que se aparten de lo indicado en la norma, deberán solicitar la previa autorización al COMFER, acreditando asimismo las razones de fuerza mayor que así lo exijan.

El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de la Resolución 110 será considerado FALTA GRAVE.

Cabe recordar que la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC) ya se ha manifestado en contra de cualquier tipo de regulación de la grilla de canales.

Normas derogadas

La Resolución 228 derogó su similar 110, firmada el mes pasado por el saliente interventor Julio Donato Bárbaro, que regulaba los 15 primeros canales, privilegiando a las señales satelitales de las 4 estaciones de televisión privadas del AMBA en desmedro de sus colegas locales. Un verdadero acto de centralismo del ex interventor.

Por esa razón la actual gestión en el COMFER receptó las quejas de la Asociación de Telerradiodifusoras Argentinas (ATA), para que se contemple la situación de sus socias del interior del país.

Asimismo, la nueva norma deja sin efecto las Resoluciones 884/07 (sólo el artículo 3º) y 1282/07 que regulaban la inserción de los canales correspondientes a las estaciones de televisión que operan en la misma área de cobertura. También la Resolución 1297/07, que reglaba la inclusión en los sistemas de televisión directa al hogar de las señales pertenecientes a las estaciones de televisión en la banda de UHF que operaban en la misma área del "up link".


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