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	fallo ratifica que el gobierno debe mostrar los 
	contratos que tiene con la productora ppt (678) 
	06-NOV/2013 
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              En un fallo que 
				defiende el derecho al acceso a la información pública por el 
				solo interés periodístico, la Sala IV de la Cámara en lo 
				Contencioso Administrativo Federal ratificó 
				una resolución que ordenó al Estado Nacional entregar copia de 
				contratos entre Radio y Televisión SE y Pensado Para Televisión 
				S.A.. 
	
              Según el fallo del 
				31 de octubre de la Cámara que hoy difundió el Centro de 
				Información Judicial (CIJ), el Estado está obligado a entregar 
				la información solicitada por la periodista Mariel Fitz Patrick, 
				quien integra el equipo de "Periodismo para Todos" en Canal 13, 
				respecto de los contratos celebrados entre Radio y Televisión 
				Argentina SE y la productora “Pensado Para Televisión”, 
				correspondientes a los años 2010, 2011 y 2012. 
				 
				La productora PPT -que encabeza Diego Gvirtz- es la que produce 
				los programas Duro de domar y 678, donde se defiende al Gobierno 
				nacional y se fustiga a los periodistas críticos de la gestión 
				kirchnerista. 
				 
				Fitz Patrick había solicitado copia de esos contratos a la 
				Jefatura de Gabinete el 14 de diciembre del año pasado, pero 
				desde allí le negaron la información. Primero, el 3 de enero de 
				2013, le informaron sobre la prórroga que establece el decreto 
				de acceso a la información pública y más tarde, el 17 de enero, 
				le comunicaron la denegación del pedido advirtiendo que la 
				periodista no acreditaba un "interés legítimo" para pedir la 
				información. 
				 
				Este argumento es que que vienen utilizando diferentes 
				organismos públicos para negar información a la prensa y que se 
				repitió, sobre todo, en la Inspección General de Justicia, donde 
				inclusive se plasmó en una resolución interna. Pero ahora, la 
				Cámara, ante el amparo presentado por Fitz Patrick, da la razón 
				a la periodista y obliga al estado a entregar la información. 
				 
				Establece el fallo, que "no se advierte la necesidad de brindar 
				a los contratistas de Radio y Televisión Argentina SE un 
				resguardo del que carece el resto de los contratistas del 
				Estado, ya que quien contrata con él no puede aspirar al secreto 
				de tal relación ni sentirse afectado porque se conozca la 
				existencia de ese vínculo". 
				 
				Y hacía el final del documento de 14 fojas, firmado por los 
				jueces Marcelo Daniel Duffy, Jorge Eduardo Moran y Rogelio W. 
				Vicenti, se advierte: "La amparista invocó su carácter de 
				periodista y ello también le confiere suficiente interés para 
				pedir y obtener información pública, sin perjuicio, claro está, 
				de la responsabilidad que pueda derivar del uso que le dé a 
				dicha información". 
	Fuente: Clarín 
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