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				EXTENDIERON HASTA EL 1º DE MARZO EL 
				PLAZO DE INSCRIPCION ANTE LA AFIP DE LA DDJJ DE PRESTADORES 
	03-FEB/2011 
              La AFSCA decidió 
				prorrogar hasta el 1º de marzo la obligación establecida por la
				Resolución 
				325-AFSCA/10 para que los prestadores de servicios de 
				comunicación audiovisual realicen la Declaración Jurada de 
				Prestadores, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar). 
				Así consta en la Resolución 3 publicada en el Boletín Oficial 
				del 1º de febrero. 
	
              Esta es la segunda 
				extensión del plazo. 
				La primera había vencido el 31 de enero. En esta ocasión la 
				prórroga también se extendió por que la AFSCA recibió 
				solicitudes por parte los interesados. 
				 
				Asimismo, el artículo 2º de la Resolución 3 extendió la 
				obligación de realizar la Declaración Jurada de Prestadores a 
				las productoras de contenidos, las empresas generadoras y/o 
				comercializadoras de señales o derechos de exhibición para 
				distribución de contenidos y programas destinados a ser 
				difundidos a través de los servicios regulados por la Ley Nº 
				26.522. 
              
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