EXTENDIERON HASTA EL 1º DE MARZO EL
PLAZO DE INSCRIPCION ANTE LA AFIP DE LA DDJJ DE PRESTADORES
03-FEB/2011
La AFSCA decidió
prorrogar hasta el 1º de marzo la obligación establecida por la
Resolución
325-AFSCA/10 para que los prestadores de servicios de
comunicación audiovisual realicen la Declaración Jurada de
Prestadores, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar).
Así consta en la Resolución 3 publicada en el Boletín Oficial
del 1º de febrero.
Esta es la segunda
extensión del plazo.
La primera había vencido el 31 de enero. En esta ocasión la
prórroga también se extendió por que la AFSCA recibió
solicitudes por parte los interesados.
Asimismo, el artículo 2º de la Resolución 3 extendió la
obligación de realizar la Declaración Jurada de Prestadores a
las productoras de contenidos, las empresas generadoras y/o
comercializadoras de señales o derechos de exhibición para
distribución de contenidos y programas destinados a ser
difundidos a través de los servicios regulados por la Ley Nº
26.522.
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