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SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL: LA AFSCA EXTENDIO HASTA EL 31 DE ENERO EL PLAZO DE INSCRIPCION ANTE LA AFIP

20-DIC/2010

Así lo estableció la AFSCA a través de la Resolución 466 publicada en el Boletín Oficial el 17 de diciembre. Es por el pedido de los radiodifusores y otros prestatarios de servicios audiovisuales ante dificultades en el servicio de la página web de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (www.afip.gob.ar).


La medida está reglamentada en la Resolución 325/10 de la AFSCA - Declaración Jurada de Prestadores -, que puede ser consultada aquí.

Están incluidos:

a) Licenciatarios,
b) Permisionarios,
c) Autorizados,
d) Emisoras reconocidas en el marco de la Resolución Nro. 753-COMFER/06,
e) Titulares de registro de señales
f) Titulares de servicios no autorizados que se hubiesen inscripto en los censos dispuestos por la Resolución Nro. 1- AFSCA/09 y Resolución 3-AFSCA/09.
g) Productor de Contenidos / Generador - Comercializador de Señal


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