SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL: LA AFSCA
EXTENDIO HASTA EL 31 DE ENERO EL PLAZO DE INSCRIPCION ANTE LA AFIP
20-DIC/2010
Así lo estableció
la AFSCA a través de la
Resolución 466 publicada en el Boletín Oficial el 17 de
diciembre. Es por el pedido de los radiodifusores y otros
prestatarios de servicios audiovisuales ante dificultades en el
servicio de la página web de la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS (www.afip.gob.ar).
La medida está
reglamentada en la Resolución 325/10 de la AFSCA - Declaración
Jurada de Prestadores -, que puede ser consultada
aquí.
Están incluidos:
a) Licenciatarios,
b) Permisionarios,
c) Autorizados,
d) Emisoras reconocidas en el marco de la Resolución Nro. 753-COMFER/06,
e) Titulares de registro de señales
f) Titulares de servicios no autorizados que se hubiesen
inscripto en los censos dispuestos por la Resolución Nro. 1-
AFSCA/09 y Resolución 3-AFSCA/09.
g) Productor de Contenidos / Generador - Comercializador de
Señal
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