Otro fallo suspende la obligacion de incluir señales y reordenar la grilla
en los sistemas de tv paga
01-OCT/2010
En las últimas horas de este viernes, el mismo día que entró en vigencia la
Resolución de la AFSCA 296 que obliga a los servicios de TV por suscripción a
incluir señales y reordenarlas por género, se conoció otro fallo judicial que no
sólo suspende la aplicación de dicha norma, sino también de artículos de la Ley
26.522 y su Reglamentación. La presentación fue realizada por la licenciataria
Dorrego Televisión S.A., operadora de un servicio de UHF codificado en la
localidad bonaerense de Coronel Dorrego.
Así se expidió el juzgado Federal número 2 de Bahía Blanca. Dictó una medida
cautelar que ordena al Estado Nacional (en la persona del Poder Ejecutivo) y a
la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (ex Comfer, actual
AFSCA) la suspensión del artículo 65 inciso 3 de la ley de Medios. También frena
su reglamentación (del decreto 1225/2010) y la ya mencionada Resolución 296.
La justicia entiende que hasta tanto recaiga "sentencia definitiva" estas medidas quedan suspendidas "por considerar que dichas normas ordenatorias de la
grilla de la televisión por cable violarían derechos constitucionales de trascendencia tales como la libertad de expresión, la libertad de prensa y el de
propiedad".
La AFSCA que preside Juan Gabriel Mariotto había establecido que, a partir de hoy, se
debían reordenar las grillas de la televisión por suscripción e incluir
nuevas señales, como Cnel 23 del impresentable Grupo Szpolsky. Cablevisión,
del Grupo Clarín, siguió un fallo de la Justicia de Dolores
impulsado por la productora de "El Garage TV" y no modificó su actual disposición.
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