JUEZ
DE DOLORES FRENO EL REORDENAMIENTO DE LA GRILLA Y EL INGRESO DE
NUEVAS SEÑALES PARA CABLEVISION
24-SEP/2010
El juez de Dolores
Adolfo Harisgarat hizo lugar a un pedido de medida cautelar
presentado por la productora de la señal "El Garage TV". Argumentó
que "la Autoridad de Aplicación" puede "modificar o actualizar
el régimen de ordenamiento de programación, si se acreditan
razones de fuerza mayor" y le ordenó al Gobierno que "se
abstenga de dictar actos administrativos y/o realizar hechos que
impliquen poner en ejercicio la resolución hasta tanto en el
presente proceso se dicte sentencia definitiva".
El Juzgado Federal de
Dolores dictó una medida cautelar que impide a la Autoridad Federal de
Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), a cargo de Juan Gabriel
Mariotto, imponer cambios en la grilla de canales de Cablevisión, a través
de la Resolución 296/10.
La resolución fue firmada por el conjuez Adolfo Harisgarat, que acogió un
amparo de la productora de contenidos de "El Garage TV", al considerar que la
decisión de la AFSCA afecta "el derecho de libertad de expresión y de
prensa; de propiedad, libre iniciativa, de ejercer industria lícita, de
comerciar, de contratación y libertad comercial".
La presentación fue realizada por los abogados Gonzalo Gros y Marcos Giles
con objeto de que se declaren "inconstitucionales" la Resolución 296/10 (que
reordena la grilla y obliga a incluir señales como "Cnel 23" de Sergio Bartolomé Szpolsky) y el Decreto Reglamentario 1225/10,
al sostener que ambas normas "violan los artículos 4, 14, 16, 19, 28, 32,
42, 43, 75 incisos 19 y 31 de la Constitución, y 13 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos".
El conjuez dijo que la actora promovió acción de amparo contra Cablevisión
S.A.; la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y el
Estado Nacional (Poder Ejecutivo), por la inminente supresión del señal "El Garage
TV" - generada por El Haieck Producciones S.A.-, a partir del 1 de octubre
próximo, del sistema analógico de la cableoperadora, ya que por disposición
de la Resolución 296 la debía reemplazar por "Cnel 23" o "Paka-Paka".
Cablevisión argumentó que ya no le queda espacio disponible para seguir
agregando nuevas señales y por eso se veía obligada a quitar "El Garage TV".
"Se observa que por Decreto 1225/10 se ha dado prioridad a determinada
programación: infantiles, educativos e informativos y que el ordenamiento de
las grillas de programación lo dispone la AFSCA debiendo incluir a las
señales inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras en el
género 'Periodísticas-Noticias'", agregó.
Harisgarat señaló que "la autoridad de aplicación" puede "modificar o
actualizar el régimen de ordenamiento de la grilla de programación y para
autorizar el apartamiento de las suposiciones contenidas en el mismo, si se
acreditan razones de fuerza mayor".
Sin embargo, consideró, "la Ley 26.522 (de Radiodifusión) se refiere a la
correlatividad de las señales del mismo género y que se deberán incluir
todas las emisoras públicas del Estado Nacional; con la reglamentación de la
misma aparece posible que determinada programación deje de existir sin que
se haya dado motivación al acto administrativo en cuanto a la imposibilidad
de libre disponibilidad de la grilla, otorgándole absoluta potestad a la
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual excediendo el
marco de la ley", sostuvo el conjuez.
Por ello, hizo "lugar a la medida de no innovar y ordenar a la Autoridad
Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), la suspensión de
la vigencia de la Resolución 296/10 con respecto a El Haieck Producciones
S.A. y a la Sucursal Cablevisión Dolores, empresa que deberá seguir
emitiendo la señal de titularidad de la actora en las mismas condiciones y
modalidades con que actualmente se emite".
Además, ordenó a la AFSCA que "se abstenga de dictar actos administrativos
y/o realizar hechos que impliquen poner en ejercicio la citada Resolución
hasta tanto en el presente proceso se dicte sentencia definitiva".
"A efectos de abarcar todas las sucursales de Cablevisión se otorga a la
presente efecto erga omnes", es decir, oponible a terceros y no únicamente
acotada a la ciudad de Dolores.
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