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la corte dice que la ley de s.c.a. no puede ser suspendida en su totalidad

15-JUN/2010

La Corte Suprema rechazó el pedido de suspensión de la Ley 26.522 presentada por el diputado mendocino. Para sus siete integrantes los legisladores no pueden cuestionar el trámite de sanción de la ley y los jueces no pueden suspender leyes de modo general. Sin embargo, la norma seguirá suspendida en su aplicación, ya que subsiste una medida cautelar dictada por un juez de primera instancia de Salta. Se trata de una presentación formulada por la diputada Beatriz Daher que también cuestionó el tratamiento parlamentario. Si la Cámara de Apelaciones sigue el criterio ahora fijado por la Corte esta suspensión también debería ser levantada. Asimismo, también existen otras medidas cautelares dictadas por jueces de la Capital Federal, Salta y San Juan pero sobre artículos específicos de la norma.



La Corte aclara que en la sentencia emitida hoy no falla sobre el contenido de la Ley de S.C.A., sino a la validez de una medida cautelar que suspende la totalidad de la ley con fundamento en las presuntas irregularidades durante el trámite de sanción.

Para la Corte, una medida cautelar no puede suspender la vigencia de toda una ley con efectos para todo el país.

Cabe recordar que a principios de este mes el procurador Esteban Righi, a pedido de la propia Corte, había opinado que era conveniente levantar la suspensión de la Ley 26.522.

Thomas había cuestionado ante la justicia federal las presuntas irregularidades en el trámite de sanción de la ley. Entre ellas, no haber contado con una única versión del dictamen de mayoría y haber llevado el proyecto al recinto sin respetar el plazo de siete días desde la aprobación por la comisión.

La Corte también puso en juego otro asunto: el control de la sanción de las leyes. El tribunal entendió que no le corresponde a los legisladores cuestionar las irregularidades en el trámite ni a la justicia ejercer ese control. Esto echaría por tierra el juicio de fondo promovido por Thomas: dilucidar si se cometieron irregularidades en la sanción de la Ley 26.522.


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