la
corte dice que la ley de s.c.a. no puede ser suspendida en su
totalidad
15-JUN/2010
La Corte Suprema
rechazó el pedido de suspensión de la Ley 26.522 presentada por
el diputado mendocino. Para sus siete integrantes los
legisladores no pueden cuestionar el trámite de sanción de la
ley y los jueces no pueden suspender leyes de modo general. Sin
embargo, la norma seguirá suspendida en su aplicación, ya que
subsiste una medida
cautelar dictada por un juez de primera instancia de Salta.
Se trata de una presentación formulada por la diputada Beatriz
Daher que también cuestionó el tratamiento parlamentario. Si la
Cámara de Apelaciones sigue el criterio ahora fijado por la
Corte esta suspensión también debería ser levantada. Asimismo,
también existen otras medidas cautelares dictadas por jueces de
la Capital Federal, Salta y San Juan pero sobre artículos
específicos de la norma.
La Corte aclara
que en la sentencia emitida hoy no falla sobre el contenido de
la Ley de S.C.A., sino a la validez de una medida cautelar que
suspende la totalidad de la ley con fundamento en las presuntas
irregularidades durante el trámite de sanción.
Para la Corte, una medida cautelar no puede suspender la
vigencia de toda una ley con efectos para todo el país.
Cabe recordar que a principios de este mes
el procurador Esteban Righi, a pedido de la propia Corte, había
opinado que era conveniente levantar la suspensión de la Ley
26.522.
Thomas había cuestionado ante la justicia federal las presuntas
irregularidades en el trámite de sanción de la ley. Entre ellas,
no haber contado con una única versión del dictamen de mayoría y
haber llevado el proyecto al recinto sin respetar el plazo de
siete días desde la aprobación por la comisión.
La Corte también puso en juego otro asunto: el control de la
sanción de las leyes. El tribunal entendió que no le corresponde
a los legisladores cuestionar las irregularidades en el trámite
ni a la justicia ejercer ese control. Esto echaría por tierra el
juicio de fondo promovido por Thomas: dilucidar si se cometieron
irregularidades en la sanción de la Ley 26.522.
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