la
afsca convoca a ratificar solicitudes de adjudicacion directa de
licencias de fm en zonas conflictivas - 1999
28-AGO/2010
La AFSCA inició el PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE SOLICITUDES
DE ADJUDICACIÓN DIRECTA DE LICENCIAS NORMALIZACIÓN 1999 para las
"zonas de conflicto". Deberán presentarse a la ratificación de
solicitudes de adjudicación directa de licencias efectuadas al
amparo del régimen de normalización de Estaciones de FM
convocado por la Resolución COMFER 76/99 los titulares o
cesionarios. Desde ya que ello incluye a peticionantes de
licencias de baja potencia, es decir categorías E, F y G, y de
todo tipo (permisionarios, amparistas, reconocidos, sin
autorización).
Así consta en la
Resolución 295 publicada en el Boletín Oficial este viernes
27 de agosto.
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El plazo para la
presentación es de TREINTA (30) días hábiles. La Planilla puede ser descargada
aquí. La misma una vez completada debe ser presentada
personalmente o por correo en la sede de la AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, sita en la calle SUIPACHA
Nº 765, piso 3º (Coordinación General de Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo) de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en el
horario de 9 a 17 horas.
La falta de presentación importará tener por desistida la
solicitud de adjudicación de la licencia presentada en la
normalización de 1999.
Según el Anexo I de la Resolución 295, deberán presentarse a
ratificar la solicitud de adjudicación de licencias
correspondientes a las siguientes "zonas conflictivas":
A) CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
B) PROVINCIA DE BUENOS AIRES:
- La ciudad de Mar del Plata y su zona de influencia, que
comprende todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE
(15) kilómetros desde las coordenadas Latitud Sur 38° 00’ y
Longitud Oeste 57° 33’.
- La zona de influencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(Zonas I, II y III —incluye al AMBA—) que se extiende en un
radio de CIEN (100) kilómetros desde las coordenadas Latitud Sur
34° 38’ y Longitud Oeste 58° 28’.
C) CHACO:
- La ciudad de Resistencia y su zona de influencia, que
comprende todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE
(15) kilómetros desde las coordenadas Latitud Sur 27° 27’ y
Longitud Oeste 58° 59’.
D) CORDOBA:
- La ciudad de Córdoba y su zona de influencia, que comprende
todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE (15)
kilómetros desde la coordenada Latitud Sur 31° 25’ Longitud
Oeste 64° 11’.
E) CORRIENTES:
- La ciudad de Corrientes y su zona de influencia, que comprende
todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE (15)
kilómetros desde las coordenadas Latitud Sur 27° 28’ y Longitud
Oeste 58° 51’.
F) ENTRE RIOS:
- La ciudad de Paraná y su zona de influencia que comprende
todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE (15)
kilómetros desde las coordenadas Latitud Sur 31° 44’ y Longitud
Oeste 60° 32’.
G) SALTA
- La ciudad de Salta, y su zona de influencia, que comprende
todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE (15)
kilómetros desde las coordenadas Latitud Sur 24° 47’ y Longitud
Oeste 65° 24’.
H) MENDOZA
- La ciudad de Mendoza y su zona de influencia, que comprende
todas las localidades emplazadas en un radio de TREINTA (30)
kilómetros desde las coordenadas Latitud Sur 32° 53’ y Longitud
Oeste 68° 49’.
I) NEUQUEN
- La ciudad de Neuquén, provincia del NEUQUEN, y su zona de
influencia, que comprende todas las localidades emplazadas en un
radio de QUINCE (15) kilómetros desde las coordenadas Latitud
Sur 38° 57’ y Longitud Oeste 68° 04’.
J) RIO NEGRO
- La ciudad de Cipolletti, provincia de RIO NEGRO y su zona de
influencia que comprende todas las localidades emplazadas en un
radio de QUINCE (15) kilómetros desde las coordenadas Latitud
Sur 38° 57’ y Longitud Oeste 67° 59’.
K) SAN JUAN
- La ciudad de San Juan y su zona de influencia, que comprende
todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE (15)
kilómetros desde la coordenada Latitud Sur 31° 32’ Longitud
Oeste 68° 31’.
L) SANTA FE
- La ciudad de Santa Fe y su zona de influencia, que comprende
todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE (15)
kilómetros desde la coordenada Latitud Sur 31° 39’ Longitud
Oeste 60° 43’.
- La ciudad de Rosario y su zona de influencia, que comprende
todas las localidades emplazadas en un radio de QUINCE (15)
kilómetros desde la coordenada Latitud Sur 32° 57’ Longitud
Oeste 60° 39.
M) TUCUMAN
- La ciudad de San Miguel de Tucumán y su zona de influencia,
que comprende todas las localidades emplazadas en un radio de
QUINCE (15) kilómetros desde las coordenadas Latitud Sur 26°50’
y Longitud Oeste 65° 12’.
¿Los PPP's tendrían prioridad? (Actualizado 01/09)
Uno de los considerandos de la Resolución 295 alude al artículo
159 de la Ley 26.522 que establece que el Plan Técnico deberá
reservar frecuencias para su asignación a emisoras que cuenten
con permiso precario y provisorio y que hubiesen participado en
el proceso de normalización convocado por el Decreto Nº 310/98 o
posteriores al mismo y que a la fecha de su sanción estuvieran
comprobadamente operativos.
La idea de los funcionarios y en consonancia con la propuesta de
asociaciones como ARBIA y
CARFREM,
es que se comience a asignar de manera directa las licencias,
dando prioridad a los titulares de PPP que se hayan presentado a
la normalización convocada en 1999.
Sin embargo, la
Reglamentación de la Ley, aprobada por el Decreto presidencial 1225,
establece que para la culminación de la normalización de FM en "zonas
conflictivas" la AFSCA convocará a un concurso público cerrado, al que serán
invitados a participar como oferentes los titulares de permisos precarios y
provisorios y estaciones reconocidas vigentes y los peticionantes de
adjudicación directa en el marco de la convocatoria dispuesta por la
Resolución ex COMFER N° 76/99 y sus prórrogas.
Notas relacionadas:
TRANSFERIDA
LICENCIA DE FM EN PILAR (AMBA)
DETECTAN
ADULTERADO CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE LICENCIA de fm EN
EXPEDIENTE DEL COMFER
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