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               JUEZA
              DE MENDOZA IMPIDE LA APLICACION TOTAL DE LA LEY DE S.C.A. 
              21-DIC/2009 
              La jueza federal Olga Pura de Arrabal dio lugar a una medida cautelar para que no se  
              aplique la Ley 26.522, que había solicitado un diputado del PJ  disidente. Es la tercera  
              decisión de la Justicia en esa línea y en una semana.  
              
              Según consigna el diario local Los Andes, la solicitud había sido realizada por el
              diputado nacional Enrique Thomas, del PJ disidente, por las irregularidades durante el
              trámite de la ley en el Congreso.  
               
              Thomas apuntó a la falta de conocimiento de muchos legisladores sobre el contenido del
              dictamen de mayoría en el plenario de comisiones de la Cámara baja. También sostuvo que
              fue irregular la conformación del quórum y protestó porque la sesión se hizo fuera del
              horario convocado.  
	La magistrada también intima 
	al Poder Legislativo y al Ejecutivo, imponiendo un plazo de ocho días en 
	razón de la distancia, para que comparezcan, contesten, ofrezcan pruebas y 
	constituyan domicilio procesal dentro del radio del Juzgado, es decir la 
	ciudad de Mendoza. 
	Es que en el escrito se hace 
	referencia a "los graves e insalvables vicios" en que incurrió el trámite 
	parlamentario. Ahí se hace mención a las fallas cometidas tanto por las 
	"comisiones intervinientes" como la "convocatoria a sesión especial", lo que 
	trajo aparejado que los actos fueron llevados a cabo "con arbitrariedad e 
	ilegalidad manifiesta, en violación de los procedimientos y formas previstas 
	por el reglamento" de la propia Cámara de Diputados. 
	La jueza analizó las pruebas 
	aportadas, entre ellas las versiones taquigráficas de la Cámara de 
	Diputados, y entre sus considerandos rescata que prima facie se ha 
	incumplido con el art 110 del reglamento que establece "que los despachos de 
	comisión sólo podrán ser firmados en la sala respectiva".  
	 
	También hace hincapié en que el dictamen de comisión "no se puso a 
	disposición de la prensa durante 7 días hábiles", lo que "afecta la 
	legalidad del acto en sí, e indirectamente al derecho que le asiste como 
	legislador de realizar los actos que le competen en el seno de la Cámara; de 
	los que ha sido privado". 
	 
	Tercer fallo en contra de la Ley 26.522 en una semana 
               
              El miércoles pasado, la Justicia se pronunció por primera vez contra la Ley de
              S.C.A. cuestionando su constitucionalidad. 
	El juez federal Edmundo Carbone suspendió la vigencia 
              de los artículos 161 y 41 al aceptar una medida cautelar que había sido pedida por el
              Grupo Clarín, argumentando que ambos artículos afectaban derechos adquiridos y violaban
              la Constitución.  
               
              Un par de días más tarde, 
	la asociación de usuarios de Salta CODELCO logró que otro juez
              federal dicte una medida cautelar que impide aplicar varios artículos de la 
	Ley, por la limitación que ocasionaría a la oferta de programación televisiva y  
              radial, en cuanto a la multiplicidad de licencias que pueden tener los medios, la emisión
              en cadena de los contenidos de programación y la adaptación de los medios a la nueva ley.  
              
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