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JUEZA DE MENDOZA IMPIDE LA APLICACION TOTAL DE LA LEY DE S.C.A.

21-DIC/2009

La jueza federal Olga Pura de Arrabal dio lugar a una medida cautelar para que no se 
aplique la Ley 26.522, que había solicitado un diputado del PJ disidente. Es la tercera 
decisión de la Justicia en esa línea y en una semana. 



Según consigna el diario local Los Andes, la solicitud había sido realizada por el diputado nacional Enrique Thomas, del PJ disidente, por las irregularidades durante el trámite de la ley en el Congreso. 

Thomas apuntó a la falta de conocimiento de muchos legisladores sobre el contenido del dictamen de mayoría en el plenario de comisiones de la Cámara baja. También sostuvo que fue irregular la conformación del quórum y protestó porque la sesión se hizo fuera del horario convocado. 

La magistrada también intima al Poder Legislativo y al Ejecutivo, imponiendo un plazo de ocho días en razón de la distancia, para que comparezcan, contesten, ofrezcan pruebas y constituyan domicilio procesal dentro del radio del Juzgado, es decir la ciudad de Mendoza.

Es que en el escrito se hace referencia a "los graves e insalvables vicios" en que incurrió el trámite parlamentario. Ahí se hace mención a las fallas cometidas tanto por las "comisiones intervinientes" como la "convocatoria a sesión especial", lo que trajo aparejado que los actos fueron llevados a cabo "con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, en violación de los procedimientos y formas previstas por el reglamento" de la propia Cámara de Diputados.

La jueza analizó las pruebas aportadas, entre ellas las versiones taquigráficas de la Cámara de Diputados, y entre sus considerandos rescata que prima facie se ha incumplido con el art 110 del reglamento que establece "que los despachos de comisión sólo podrán ser firmados en la sala respectiva".

También hace hincapié en que el dictamen de comisión "no se puso a disposición de la prensa durante 7 días hábiles", lo que "afecta la legalidad del acto en sí, e indirectamente al derecho que le asiste como legislador de realizar los actos que le competen en el seno de la Cámara; de los que ha sido privado".

Tercer fallo en contra de la Ley 26.522 en una semana

El miércoles pasado, la Justicia se pronunció por primera vez contra la Ley de S.C.A. cuestionando su constitucionalidad. El juez federal Edmundo Carbone suspendió la vigencia  de los artículos 161 y 41 al aceptar una medida cautelar que había sido pedida por el Grupo Clarín, argumentando que ambos artículos afectaban derechos adquiridos y violaban la Constitución. 

Un par de días más tarde, la asociación de usuarios de Salta CODELCO logró que otro juez federal dicte una medida cautelar que impide aplicar varios artículos de la Ley, por la limitación que ocasionaría a la oferta de programación televisiva y 
radial, en cuanto a la multiplicidad de licencias que pueden tener los medios, la emisión en cadena de los contenidos de programación y la adaptación de los medios a la nueva ley. 


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