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REABREN INVESTIGACION POR EL CONTRATO DE CONTROL DEL ESPECTRO

18-NOV/2005

La Cámara Federal porteña revocó los sobreseimientos dictados a favor de Jorge Neuss y Juan Carlos Cassagne, en el marco de la investigación del contrato celebrado durante el gobierno de Carlos Menem con la firma francesa Thales Spectrum por u$s450 millones por el manejo del espacio radioeléctrico y que fue anulado por el presidente Néstor Kirchner y ordenó reabrir la investigación judicial que había sido cerrada por el juez Jorge Urso.





En un duro fallo, la Sala II de la Cámara expresó en sus considerandos que la revocación se argumentó en que en la primera instancia se "ha llevado a cabo una valoración parcial de la prueba" teniendo en cuenta que se omitió considerar "el resto de los elementos de convicción agregados al legajo".

Además, la resolución de los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Luraschi, hace referencia a que aún las pruebas "seleccionadas por el juez de grado, a la sazón los peritajes, no ha sido objeto de una valoración adecuada".

La Cámara hizo lugar a un pedido de la Oficina Anticorrupción y a la apelación del fiscal general, Germán Moldes, quien llevó adelante una exhaustiva investigación, quien sostuvo que la "atribución que tienen los jueces a cargo de la instrucción de decretar el sobreseimiento en cualquier estado del sumario, puede ser ejercida en forma parcial si se trata de resolver la situación de alguna persona, pero no cabe en cabio que se la utilice para dividir, uno por uno, los hechos materia de la averiguación, máxime cuando, a priori, no pueda descartarse que forman parte de la misma maniobra".

Además, para la Cámara es "imprescindible" la investigación de las circunstancias que rodearon el proceso de formación del negocio y la licitación, "entre las que se incluye la posibilidad de que la adjudicación del contrato haya respondido a la existencia de sobornos", dice uno de los párrafos del fallo.

El Tribunal criticó a Urso porque no valoró debidamente las pruebas del expediente y por haber adoptado "una decisión liberatoria apresurada".

La mayor crítica de la cámara radica en la no valoración por parte del juez de primera instancia en las otras pruebas que se adjuntaron a la causa.

"No puede soslayarse sin incumplir con los mandatos del sistema valorativo de la sana crítica, la existencia de otros medios probatorios que arriban a conclusiones opuestas respecto de los estudios mencionados y que no han sido examinados en el decisorio apelado".

Esas pruebas fueron aportadas por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), del estudio de la Auditoría General de la Nación y los antecedentes dados por la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC).

Entre las irregularidades comprobadas por parte de Thales Spectrum, se destaca "los relacionados con la entrega del sistema informático comprometida con el contrato de concesión", dice la resolución de los camaristas.

El fallo prosigue y ve necesario "adoptar acciones conducentes a regularizar las prestaciones contractuales, a efectos de que la CNC dé acabado cumplimiento al control del espectro radioeléctrico".

Otro informe probatorio de la SIGEN dice que "el objetivo del segundo informe fue evaluar las acciones encaradas por la CNC a partir de las recomendaciones vertidas en su informe anterior, comparando las situaciones irregulares detectadas en el año 2001 con las de 2003". El informe concluye en que las acciones del citado organismo continúan siendo insuficientes para supervisar integralmente las tareas contratadas".

Allí se destaca que el Estado no ha recibido "aún" todos los servicios contratados en orden a los incumplimientos expuestos".

Fuente: Infobae

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