REABREN
INVESTIGACION POR EL CONTRATO DE CONTROL DEL ESPECTRO
18-NOV/2005
La Cámara
Federal porteña revocó los sobreseimientos dictados a favor de
Jorge Neuss y Juan Carlos Cassagne, en el marco de la investigación
del contrato celebrado durante el gobierno de Carlos Menem con la
firma francesa Thales Spectrum por u$s450 millones por el manejo
del espacio radioeléctrico y que fue anulado por el presidente Néstor
Kirchner y ordenó reabrir la investigación judicial que había
sido cerrada por el juez Jorge Urso.
En
un duro fallo, la Sala II de la Cámara expresó en sus
considerandos que la revocación se argumentó en que en la
primera instancia se "ha llevado a cabo una valoración
parcial de la prueba" teniendo en cuenta que se omitió
considerar "el resto de los elementos de convicción
agregados al legajo".
Además, la resolución de los camaristas Horacio Cattani, Martín
Irurzun y Eduardo Luraschi, hace referencia a que aún las pruebas
"seleccionadas por el juez de grado, a la sazón los
peritajes, no ha sido objeto de una valoración adecuada".
La
Cámara hizo lugar a un pedido de la Oficina Anticorrupción y a
la apelación del fiscal general, Germán Moldes, quien llevó
adelante una exhaustiva investigación, quien sostuvo que la
"atribución que tienen los jueces a cargo de la instrucción
de decretar el sobreseimiento en cualquier estado del sumario,
puede ser ejercida en forma parcial si se trata de resolver la
situación de alguna persona, pero no cabe en cabio que se la
utilice para dividir, uno por uno, los hechos materia de la
averiguación, máxime cuando, a priori, no pueda descartarse que
forman parte de la misma maniobra".
Además,
para la Cámara es "imprescindible" la investigación de
las circunstancias que rodearon el proceso de formación del
negocio y la licitación, "entre las que se incluye la
posibilidad de que la adjudicación del contrato haya respondido a
la existencia de sobornos", dice uno de los párrafos del
fallo.
El Tribunal criticó a Urso porque no valoró debidamente las
pruebas del expediente y por haber adoptado "una decisión
liberatoria apresurada".
La
mayor crítica de la cámara radica en la no valoración por parte
del juez de primera instancia en las otras pruebas que se
adjuntaron a la causa.
"No
puede soslayarse sin incumplir con los mandatos del sistema
valorativo de la sana crítica, la existencia de otros medios
probatorios que arriban a conclusiones opuestas respecto de los
estudios mencionados y que no han sido examinados en el decisorio
apelado".
Esas
pruebas fueron aportadas por la Sindicatura General de la Nación
(SIGEN), del estudio de la Auditoría General de la Nación y los
antecedentes dados por la Comisión Nacional de Comunicaciones
(CNC).
Entre las irregularidades comprobadas por parte de Thales
Spectrum, se destaca "los relacionados con la entrega del
sistema informático comprometida con el contrato de concesión",
dice la resolución de los camaristas.
El fallo prosigue y ve necesario "adoptar acciones
conducentes a regularizar las prestaciones contractuales, a
efectos de que la CNC dé acabado cumplimiento al control del
espectro radioeléctrico".
Otro informe probatorio de la SIGEN dice que "el objetivo del
segundo informe fue evaluar las acciones encaradas por la CNC a
partir de las recomendaciones vertidas en su informe anterior,
comparando las situaciones irregulares detectadas en el año 2001
con las de 2003". El informe concluye en que las acciones del
citado organismo continúan siendo insuficientes para supervisar
integralmente las tareas contratadas".
Allí se destaca que el Estado no ha recibido "aún"
todos los servicios contratados en orden a los incumplimientos
expuestos".
Fuente:
Infobae
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