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               REABREN
              INVESTIGACION POR EL CONTRATO DE CONTROL DEL ESPECTRO 
              
              18-NOV/2005 
              La Cámara
              Federal porteña revocó los sobreseimientos dictados a favor de
              Jorge Neuss y Juan Carlos Cassagne, en el marco de la investigación
              del contrato celebrado durante el gobierno de Carlos Menem con la
              firma francesa Thales Spectrum por u$s450 millones por el manejo
              del espacio radioeléctrico y que fue anulado por el presidente Néstor
              Kirchner y ordenó reabrir la investigación judicial que había
              sido cerrada por el juez Jorge Urso.
               
              
              En
              un duro fallo, la Sala II de la Cámara expresó en sus
              considerandos que la revocación se argumentó en que en la
              primera instancia se "ha llevado a cabo una valoración
              parcial de la prueba" teniendo en cuenta que se omitió
              considerar "el resto de los elementos de convicción
              agregados al legajo". 
               
              Además, la resolución de los camaristas Horacio Cattani, Martín
              Irurzun y Eduardo Luraschi, hace referencia a que aún las pruebas
              "seleccionadas por el juez de grado, a la sazón los
              peritajes, no ha sido objeto de una valoración adecuada".
              
               
              La
              Cámara hizo lugar a un pedido de la Oficina Anticorrupción y a
              la apelación del fiscal general, Germán Moldes, quien llevó
              adelante una exhaustiva investigación, quien sostuvo que la
              "atribución que tienen los jueces a cargo de la instrucción
              de decretar el sobreseimiento en cualquier estado del sumario,
              puede ser ejercida en forma parcial si se trata de resolver la
              situación de alguna persona, pero no cabe en cabio que se la
              utilice para dividir, uno por uno, los hechos materia de la
              averiguación, máxime cuando, a priori, no pueda descartarse que
              forman parte de la misma maniobra".
              
               
              Además,
              para la Cámara es "imprescindible" la investigación de
              las circunstancias que rodearon el proceso de formación del
              negocio y la licitación, "entre las que se incluye la
              posibilidad de que la adjudicación del contrato haya respondido a
              la existencia de sobornos", dice uno de los párrafos del
              fallo. 
               
              El Tribunal criticó a Urso porque no valoró debidamente las
              pruebas del expediente y por haber adoptado "una decisión
              liberatoria apresurada".
              
               
              La
              mayor crítica de la cámara radica en la no valoración por parte
              del juez de primera instancia en las otras pruebas que se
              adjuntaron a la causa.
              
               
              "No
              puede soslayarse sin incumplir con los mandatos del sistema
              valorativo de la sana crítica, la existencia de otros medios
              probatorios que arriban a conclusiones opuestas respecto de los
              estudios mencionados y que no han sido examinados en el decisorio
              apelado".
              
               
              Esas
              pruebas fueron aportadas por la Sindicatura General de la Nación
              (SIGEN), del estudio de la Auditoría General de la Nación y los
              antecedentes dados por la Comisión Nacional de Comunicaciones
              (CNC). 
               
              Entre las irregularidades comprobadas por parte de Thales
              Spectrum, se destaca "los relacionados con la entrega del
              sistema informático comprometida con el contrato de concesión",
              dice la resolución de los camaristas. 
               
              El fallo prosigue y ve necesario "adoptar acciones
              conducentes a regularizar las prestaciones contractuales, a
              efectos de que la CNC dé acabado cumplimiento al control del
              espectro radioeléctrico". 
               
              Otro informe probatorio de la SIGEN dice que "el objetivo del
              segundo informe fue evaluar las acciones encaradas por la CNC a
              partir de las recomendaciones vertidas en su informe anterior,
              comparando las situaciones irregulares detectadas en el año 2001
              con las de 2003". El informe concluye en que las acciones del
              citado organismo continúan siendo insuficientes para supervisar
              integralmente las tareas contratadas". 
               
              Allí se destaca que el Estado no ha recibido "aún"
              todos los servicios contratados en orden a los incumplimientos
              expuestos". 
              Fuente:
              Infobae 
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