Inicio

Archivo de Notas Base de Datos Marco Normativo Contacto
 

PUBLICIDAD ENGAÑOSA: FALLO EN CONTRA DE FIBERTEL

12-DIC/2005

La Dra. Gabriela A. Iturbide, Jueza a cargo del Juzgado Civil Nro. 31, ordenó el cese inmediato de la publicidad engañosa “Pensá rápido Fibertel Banda Ancha $40” ante el planteo judicial de la asociación civil Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor (PADEC).

Se trata de una oferta de público conocimiento difundida por medio de carteles en la vía pública, tarjetas magnéticas del Subte y propagandas televisivas en Buenos Aires, Rosario, La Plata, Córdoba y Campana.

Mientras Fibertel ofertaba el servicio por “$40 finales”, el precio real del contrato era de $130 mensuales. De esta manera PADEC entendió que la publicidad incumplía con diversas normas de la Constitución Nacional, los Derechos del Consumidor y de Defensa de la Competencia.




La jueza afirmó que “El diseño de la publicidad sólo aparenta cumplir con las normas vigentes, pero es notorio que está dirigido a provocar una confusión en el usuario”.

También señaló que: “La empresa emite publicidad engañosa para que los usuarios crean que están en condiciones de pagar el servicio, por ello publicita $40 final por mes, lo cual implicaría $480 anuales. Lo que es ocultado a los potenciales usuarios es que el compromiso de pago que asumirán será de $1.083,38 durante el primer año, lo que implica más del 100% respecto de la oferta publicitada.”

De esta manera instala expectativas en potenciales consumidores que luego son frustradas y provoca la compra compulsiva por la cual el cliente queda cautivo.

Por si fuera poco la “Instalación y Módem sin cargo” anunciado en la publicidad corresponde sólo para débito automático, y no de contado en dinero en efectivo como ordena la normativa, señala la citada asociación de consumidores.

La letra chica no está permitida en publicidad

La información sobre el precio después de la promoción, no fue presentada en caracteres tipográficos legibles, con buen realce, destaque ni visibilidad, tal como lo dispone la resolución 7/2002 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor.

En el fallo además se indica que: “El contenido y la forma en que se presenta la información, puede inducir a error a los consumidores al no brindarles una información comprensible y en forma destacada, respecto del alcance y el precio del abono y de los adicionales que deben contratarse para acceder al uso de la red, lo cual implica una violación de la Constitución Nacional y de la ley de defensa al consumidor.”

Nota relacionada:

DEFENSA DEL CONSUMIDOR MULTO A CABLEVISION

PARADOJICO

Este año, Cablevisión y Fibertel, pertenecientes al mismo grupo empresario, fueron elegidas como las mejores en los rubros televisión paga e internet, respectivamente, según el ranking elaborado por SEL Consultores y publicado en la revista Apertura.

A esa conclusión se llegó sobre la base de una encuesta realizada entre más de 200 líderes de opinión. Para la consultora, lo atributos que definen la imagen de una compañía son la confiabilidad de sus productos; la ética y transparencia en sus negocios; la solvencia económica y financiera; la atención y adaptación a las necesidades del consumidor; el cuidado de sus recursos humanos y la generación de empleo; la publicidad y las acciones de comunicación; la responsabilidad social empresaria; la calidad del management; la trayectoria, permanencia, inversión y producción en el país.

Volver

        Se autoriza la reproducción del material periodístico si se menciona la fuente (RADIODIFUSIONdata)