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ENGAÑOSA: FALLO EN CONTRA DE FIBERTEL
12-DIC/2005
La Dra.
Gabriela A. Iturbide, Jueza a cargo del Juzgado Civil Nro. 31,
ordenó el cese inmediato
de la publicidad engañosa “Pensá rápido Fibertel Banda Ancha
$40” ante el planteo judicial de la asociación
civil Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor (PADEC).
Se trata de
una oferta de público conocimiento difundida por medio de
carteles en la vía pública, tarjetas magnéticas del Subte y
propagandas televisivas en Buenos Aires, Rosario, La Plata, Córdoba
y Campana.
Mientras
Fibertel ofertaba el servicio por “$40 finales”, el
precio real del contrato era de $130 mensuales.
De esta manera PADEC entendió que la publicidad incumplía
con diversas normas de la Constitución Nacional, los Derechos del
Consumidor y de Defensa de la Competencia.
La
jueza afirmó que “El
diseño de la publicidad sólo aparenta cumplir con las normas
vigentes, pero es notorio que está dirigido a provocar una
confusión en el usuario”.
También
señaló que: “La
empresa emite publicidad engañosa para que los usuarios crean que
están en condiciones de pagar el servicio, por
ello publicita $40 final por mes, lo cual implicaría $480
anuales. Lo que es ocultado a los potenciales usuarios es que el
compromiso de pago que asumirán será de $1.083,38 durante el
primer año, lo que implica más del 100% respecto de la oferta
publicitada.”
De
esta manera instala expectativas en potenciales consumidores que
luego son frustradas y provoca la compra compulsiva por la cual el
cliente queda cautivo.
Por
si fuera poco la
“Instalación y Módem sin cargo” anunciado en
la publicidad corresponde sólo para débito automático, y no de
contado en dinero en efectivo como ordena la normativa, señala la
citada asociación de consumidores.
La
letra chica no está permitida en publicidad
La
información sobre el precio después de la promoción, no fue
presentada en caracteres tipográficos legibles, con buen realce,
destaque ni visibilidad, tal como lo dispone la resolución 7/2002
de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor.
En
el fallo además se indica que: “El contenido y la forma en que
se presenta la información, puede
inducir a error a los consumidores al no
brindarles una información comprensible y en forma destacada,
respecto del alcance y el precio del abono y de los adicionales
que deben contratarse para acceder al uso de la red, lo cual
implica una violación de la Constitución Nacional y de la ley de defensa al
consumidor.”
Nota
relacionada:
DEFENSA
DEL CONSUMIDOR MULTO A CABLEVISION
PARADOJICO
Este
año, Cablevisión y Fibertel, pertenecientes al mismo
grupo empresario, fueron elegidas como las mejores en los
rubros televisión paga e internet, respectivamente, según
el ranking elaborado por SEL Consultores y publicado en la
revista Apertura.
A
esa conclusión se llegó sobre la base de una encuesta
realizada entre más de 200 líderes de opinión. Para la
consultora, lo atributos que definen la imagen de una
compañía son la confiabilidad de sus productos; la ética
y transparencia en sus negocios; la solvencia económica y
financiera; la atención y adaptación a las necesidades
del consumidor; el cuidado de sus recursos humanos y la
generación de empleo; la publicidad y las acciones de
comunicación; la responsabilidad social empresaria;
la calidad del management; la trayectoria, permanencia,
inversión y producción en el país.
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