02-DIC/2004
Nuevamente el COMFER suspendió la venta de
pliegos para la instalación de Servicios Complementarios, por
el término de 60 días hábiles administrativos, según lo
dispuesto por la Resolución 1684/2004, publicada en el Boletín
Oficial el 30 de noviembre pasado.
Asimismo, la norma aclara que en el caso de
los Servicios Complementarios que utilicen bandas en UHF y MMDS,
se mantiene la suspensión hasta tanto se la Comisión Nacional
de Comunicaciones concluya la elaboración de nuevo Plan
Nacional de Frecuencias.
Con esta nueva prórroga, la suspensión
viene siendo mantenida desde septiembre de 2004, cuando el
entonces Interventor delarruista, Gustavo López, dictó la
Resolución 726 bajo el argumento de la Emergencia
Administrativa del organismo de control.
Este nuevo acto administrativo parece
contradecir lo dispuesto por la Sala A de la Cámara Federal de
Apelaciones de Córdoba, que el pasado 14 de septiembre de 2004
le dio la razón a los planteos formulados por la Cooperativa de
Servicios Públicos de Villa Santa Rosa de Río Primero y
declaró la inconstitucionalidad de todas las resoluciones
impugnadas, e intimó "al Comité Federal de
Radiodifusión a que en plazo máximo de sesenta días hábiles
administrativos dicte las reglamentaciones necesarias para que
en dicho lapso se facilite a la actora el acceso a los pliegos
para prestar el servicio complementario de radiodifusión
(televisión por cable) que desea emprender", a la vez
que ordenó que el COMFER se abstenga "de dictar nuevas
suspensiones o prórrogas al respecto". (ver
nota completa).
Sin embargo, para algunos especialistas la
Resolución 1684/2004 no desobedece la disposición judicial, ya
que lo dispuesto por la citada Cámara es de alcance particular.
De tal manera que si otras cooperativas desean adquirir el
pliego para instalar un Servicio Complementario deberán
concurrir a la Justicia.
Mientras que otros de los consultados
sostienen que la norma fue dictada empleando fundamentos
jurídicos distintos a los impugnados por la Cooperativa Villa
Santa Rosa. Pues ahora se argumenta que dicha medida debe
mantenerse hasta que el Congreso Nacional adecue la
legislación, ya que el organismo entiende que el ingreso al
sistema de estas asociaciones civiles en estas condiciones
"puede generar graves distorsiones, si se realiza sin
una previa y adecuada regulación".