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chaco: polemica por el cierre de una fm en presidencia de la plaza

25-NOV/2025

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Tandil: Repudio a la salvaje agresión física de Diego Puissant al periodista Bernardo Paredes

20-NOV/2025

El Sindicato de Prensa de Tandil, Azul y Olavarría expresa su enérgico repudio a la salvaje agresión física perpetrada por el dirigente ligado al Club Santamarina, Diego Puissant, al periodista del Multimedios La Voz de Tandil, Bernardo Paredes.

En un acto patoteril y cobarde, Puissant irrumpió en la Redacción de La Voz de Tandil sin autorización alguna, pasando dos ingresos para exigir respuestas sobre una nota periodística, lo que demuestra que la posterior agresión responde a la cobertura mediática en cuestión, hecho que compromete aún más la situación del imputado.

Puissant, ademas de cometer un delito penal, la agresión física sobre el compañero Bernardo Paredes, incurrió en un ataque feroz a la libertad de prensa, derecho constitucional insoslayable en la Argentina democrática.

El sindicato de Prensa expresa su solidaridad y nítido respaldo al trabajo periodístico de Bernardo Paredes, y exige a la Justicia que investigue a fondo el ataque perpetrado por Puissant, para que caiga sobre el responsable todo el peso de la ley.

Además el gremio convoca a todos los sindicatos colegas, compañeros trabajadores de prensa de todo el país, y las fuerzas políticas de la ciudad, a acompañar el reclamo de justicia para que el accionar de Puissant no quede impune, y que se garantice la libertad de prensa.

Fuente: Fatpren

 

 

 

Justicia de Tucumán impone un bozal legal a productores, periodistas y conductores

10-NOV/2025

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) rechaza y manifiesta su preocupación por la decisión de la Justicia de Tucumán que impone un bozal legal al director de una empresa de televisión por cable, así como a los productores, periodistas y conductores de esa firma, en todo lo relacionado con el trabajo de fiscales, funcionarios y magistrados locales.

La medida cautelar fue dictada por el juez subrogante Lucas Taboada a partir de una denuncia penal iniciada por el titular del Ministerio Público Fiscal de la provincia, Edmundo Jiménez. El jefe de los fiscales impulsó una investigación en contra del director de la Compañía de Circuitos Cerrados (CCC), Gustavo Olarte, por supuestos entorpecimiento y ofensa al ejercicio de las funciones públicas, coacción institucional e incitación pública a la violencia o al descrédito institucional.

La cautelar del juez no sólo alcanza a Olarte, sino que se amplía los productores, periodistas y conductores de la empresa, y ordena el cese inmediato de la difusión -por cualquier medio televisivo, radial, digital o en redes sociales- de “todo contenido, programa o publicación que, directa o indirectamente, injurie, desacredite, tergiverse o distorsione la actuación de los fiscales, de sus funcionarios o de los magistrados intervinientes, y su abstención futura de realizar actos comunicacionales de igual naturaleza, bajo apercibimiento de desobediencia judicial”. Además, establece una duración de seis meses.

Vale recordar un caso reciente del alto impacto social y político, como fue la prohibición de difusión de los audios atribuidos a Karina Milei. En ese momento, el juez interviniente intentó censurar toda difusión de contenido considerado injurioso en su contra, pero un tribunal civil falló de manera contundente en favor de la libertad de expresión. Si bien los magistrados reconocieron que los panfletos contenían acusaciones severas, advirtieron que no correspondía restringir su difusión, en tanto los funcionarios públicos y magistrados se encuentran sujetos al escrutinio social, protegido por la libertad de expresión.

«Cuando lo publicado se relaciona con funcionarios públicos, las pretensiones como las que se encuentran sujetas a tratamiento, ceden ante los demás derechos antes aludidos. Si bien las manifestaciones vertidas resultarían acusaciones severas, no pueden prohibirse ese tipo de difusión como la exposición de los funcionarios públicos y los magistrados sujeta al escrutinio público», remarcaron los jueces.

FOPEA advierte que la medida de la Justicia tucumana afecta claramente el derecho a la información de la ciudadanía y que su aplicación pondría en riesgo la libertad de expresión y de prensa, derechos de raigambre constitucional, además de representar un claro acto de censura previa. La jurisprudencia nacional e internacional indica que el honor, la intimidad y otros derechos de un individuo no admiten como regla la protección judicial preventiva, sino remedios reparatorios. Mucho más cuando se trata de información vinculada a funcionarios públicos. Por ese motivo, el Foro exige la inmediata restitución de los derechos constitucionales a la libertad de prensa y de expresión claramente vulnerados con esta decisión judicial.

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