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COOPERATIVA DE CORONDA TOMA EL CONTROL DE LA CABLEOPERADORA RIOVISION

16-ENE/2019

 

ENACOM INSCRIBIO A OCHO FUTUROS PRESTADORES
DE TV POR CABLE

04-ENE/2019

Boletín Oficial del 21 de diciembre.

Resolución 1896/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa de Electricidad de Río Primero Limitada en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, para la localidad de Río Primero, provincia de Córdoba.


 

RESOL. -2018-1925: Inscribir a la empresa JUMPNET SOLUCIONES DE INTERNET SRL, en el Registro de Servicios TIC previsto en el Artículo 8º del reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Boletín Oficial del 26 de diciembre.

RESOL-2018-1923:Otorgar a la empresa NETPATAGONIA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (C.U.I.T. N° 30-71602342-3) Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. Inscribir a la empresa NETPATAGONIA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA en el Registro de Servicios TIC, los servicios de Valor Agregado - Acceso a Internet, Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, Operador Móvil Virtual Básico, Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional y Telefonía de Larga Distancia Internacional.

Boletín Oficial del 28 de diciembre.

Resolución 1919/2018 ENACOM: Inscribir al Señor Yari Sebastian Kindebaluc, en el Registro de los Servicios TIC, los Servicios de Telefonía Local, Reventa de Servicios de Telecomunicaciones y Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Boletín Oficial del 2 de enero.

Resolución 1901/2018 ENACOM: Otorgar al señor Luis Pedro CASTAGNO, Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir al señor CASTAGNO, en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 1902/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa COMUNICACIONES A & CIA. S.R.L. Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa en el Registro de Servicios TIC, los Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico y Valor Agregado - Acceso a Internet.

Resolución 1994/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa I SEE INTERNACIONAL DE ARGENTINA S.A Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa, los Servicios de Valor Agregado - Acceso a Internet y de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 1995/2018 ENACOM: Otorgar al señor Agustín Miguel VILA VILLALBA Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir al señor VILA VILLALBA en el Registro, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo físico y/o Radioeléctrico.


 

 

ENACOM OTORGO CINCO LICENCIAS DE TV POR CABLE

19-DIC/2018

Boletín Oficial del 10 de diciembre.

Resolución 1380/2018 ENACOM: Otorgar al señor Jorge Alberto Perino Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir al señor Jorge Alberto Perino en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 1383/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa de Servicios Públicos de Arroyo Dulce Limitada en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la localidad de Arroyo Dulce, partido de Salto, Provincia de Buenos Aires.

Boletín Oficial del 12 de diciembre.

Resolución 1390/2018 ENACOM: Otorgar al señor Claudio Rodolfo Lazzaro Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. Inscribir al Señor Lazzaro en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Boletín Oficial del 17 de diciembre.

RESOL-2018-1375. Inscribir a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE ELECTRICIDAD Y DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LIMITADA DE ORDOÑEZ en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, para la localidad de ORDOÑEZ, CÓRDOBA.

Boletín Oficial del 18 de diciembre.

Resolución 1397/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Cobweb Conection S.R.L. Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa mencionada en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

 

LA PRODUCTORA DE TINELLI OBTUVO UNA LICENCIA DE SERVICIOS DE TIC

11-DIC/2018

 

En el Boletín Oficial del 5 de diciembre se publicó la Resolución 1381 a través de la cual el ENACOM le otorgó a LAFLIA CONTENIDOS S.A. la Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia.

Se trata de la productora de contenidos audiovisuales fundada en febrero de este año por el empresario y conductor Marcelo Hugo Tinelli. También participa de la sociedad comercial Federico Carlos Facello, ex gerente en Ideas del Sur, la anterior productora que creó Tinelli y que fue comprada por Indalo Media de los ahora encarcelados Cristobal Lopez y Fabián De Souza.

La resolución habilita a LAFLIA CONTENIDOS S.A. a operar servicios de Acceso a Internet, Llamadas Masivas y Audiotexto.


 

ENACOM OTORGO VARIAS LICENCIAS DE TV POR CABLE

12-NOV/2018

 

Boletín Oficial del 29 de octubre

Resolución 686/2018 ENACOM: Otorgar al señor Jorge Luis Meza Martinez Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribirlo en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Boletín Oficial del 30 de octubre.

Resolución 681/2018 ENACOM: Otorgar al señor Alberto Mario Maschero, Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribirlo en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 683/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa TV CAS S.R.L., Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribirla en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Boletín Oficial del 1 de noviembre.

Resolución 630/2018 ENACOM: Registrar el cambio de denominación social de la empresa Intercom S.R.L., por el de ITC Comunicaciones IP S. A. Registrar a nombre de la empresa ITC Comunicaciones IP S.A. la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones, para la prestación del servicio de Valor Agregado – Acceso a Internet y el Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, el Servicio de Telefonía Local, el Servicio de Telefonía de Larga Distancia Nacional y el Servicio de Telefonía de Larga Distancia Internacional.

Resolución 648/2018 ENACOM: Otorgar al señor Fabián Alberto Silvestri Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir al señor Silvestri en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 649/2018 ENACOM: Otorgar al señor Alejandro Matías Lorenz Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir al señor Lorenz en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 690/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa A M S.R.L., Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 695/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Redes de Noticias SRL Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 706/2018 ENACOM: Otorgar al señor Elio Orlando Ferreyra Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribirlo en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

 

 

 

MURIO UN TECNICO DE UNA TERCERIZADA DE CABLEVISION TRAS RECIBIR UNA DESCARGA ELECTRICA

27-OCT/2018

Se llamaba Sebastian Vaccari, tenía 31 años y era empleado de una empresa tercerizada por la fusionada Telecom/Cablevisión. El accidente fue el sábado 20 de octubre mientras trabajaba en una vivienda del barrio Alta Tensión en la ciudad capital de la provincia de Salta.

Al mediodía del sábado Vaccari junto a un compañero fueron a asistir a una vecina del barrio que había llamado a la empresa de cable reclamando que no tenía señal. El operario subió al techo de la casa para solucionar el problema y, al parecer, tocó un cable de alta tensión y recibió una descarga eléctrica.

Vaccari estuvo internado en el terapia intensiva del Hospital San Bernardo. Tenía el 90% de su cuerpo quemado y estaba conectado a un respirador artificial. Murió el lunes 22 pasadas las 18.

 

CASO CANAL 2 DE PALPALA. EL DESCARGO DE LA CABLEOPERADORA

18-OCT/2018

Respecto a la denuncia realizada en contra de NORTELEVISA SA y TELESISTEMA SRL, cuyo contenido es FALSO, debemos manifestarles que el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Palpalá, en un obrar ilícito y con la sola intención de perjudicar a un medio periodístico independiente, se arrogó facultades que no son de su competencia y pretende regular situaciones contempladas en la ley de telecomunicaciones, competencia que corresponde exclusivamente al ENACOM y/o a la Justicia Federal.

La resolución del organismo municipal es totalmente nula e ilegal, ya que se impidió a las empresas prestatarias de los servicios a ejercer el derecho de defensa y no se garantizó el debido proceso legal; como también por carecer, dicho organismo administrativo, de competencia para resolver sobre la cuestión denunciada.

Dicha resolución está firmada por la “Juez Subrogante de Faltas”, cuya figura no existe en Palpalá, situación que se le hizo saber oportunamente al Intendente mediante la solicitud de informes Nº 009/18 de fecha 18 de abril de 2018, pidéndole que normalice esta situación, ya que a través de esta figura se viola claramente la facultad del Concejo Deliberante de prestar acuerdo al nombramiento. En síntesis, NO EXISTE Juez de Faltas en Palpalá, y por lo tanto la sentencia es nula.

Hace casi nueve años que miles de palpaleños nos abren diariamente las puertas de sus casas, entusiasmados con la propuesta de un servicio de TV por cable y de Internet de calidad, a la vez que la información que llevamos a través de nuestros noticieros es demandada por ciudadanos comprometidos con la realidad de su localidad.

Hoy nos vemos sorprendidos por las acciones del Intendente Dr. Pablo Palomares, que ante la inobjetable realidad de su pobre gestión recurre a prácticas antidemocráticas como la de acallar a un medio crítico e independiente, a la vez que busca perjudicar a los palpaleños que contrataron libremente un servicio privado.

La libertad de contratación abarca tanto la de contratar como la de no contratar nuestros servicios, como también la de elegir libremente a la empresa con la cual queremos llegar a un acuerdo.

Intendente Palomares, respete la voluntad de los palpaleños; Palpalá no es el patio de su casa como para que intente cumplir todos sus caprichos, el pueblo lo votó para que gestione y le traiga soluciones, en cambio ud. pretende coartarle sus libertades más irrenunciables a base de mentiras y actos administrativos ilegales. Demuestre que es capaz de realizar lo que prometió en campaña, quedan 14 meses para finalizar su mandato, no desaproveche su tiempo en intentar callar la voz de Canal 2.

Desde ya, manifestamos nuestra alegría de que medios como Unicable y Videotel deseen realizar inversiones en la localidad de Palpalá, donde el 30,3% de la población se encuentra bajo la línea de pobreza, el 4,3% son indigentes y gran parte de la población está desocupada. Deseamos prosperidad para toda la comunidad palpaleña con la que estamos comprometidos desde hace tantos años y a la que entregamos diariamente un servicio de TV por cable e Internet que cumple con los más altos estándares de calidad en condiciones de mercado competitivas y con toda la actualización tecnológica que ello conlleva.

Por todo lo expuesto, y ante las FALSAS noticias que circularon en redes sociales, como así también en algunos medios de comunicación, queremos llevar tranquilidad a nuestros abonados manifestándoles que van a continuar disfrutando de los servicios prestados por NORTELEVISA SA y por TELESISTEMA SRL. Por su parte, lo que esté en custionamiento lo dirimiará la justicia, a la que debemos someternos todos los ciudadanos y las empresas en la República Argentina.

Fuente: Jujuy al día

 

 

ORDENAN A CABLEOPERADORA RETIRARSE DE PALPALA POR FUNCIONAR ILEGALMENTE

05-OCT/2018

El multimedio del empresario Eduardo Cammuso, Canal 2, opera de manera ilegal desde el año 2009 en Palpalá, lo que llevó al Municipio a denunciar, ante el Juzgado de Faltas, esta situación.

Según pudo saberse hoy, este medio de comunicación no cuenta con la autorización para el tendido aéreo y subterráneo de la red exterior del sistema y la utilización de postes columnas para la fijación del mismo.

Por ese motivo, el Juzgado determinó, luego de solicitar informe a la Dirección de Rentas y Despacho General de la comuna, hacer lugar a la denuncia, ordenando a las empresas que componen el multimedio, Nortelevisa S.A. (Canal 2) y Telesistema S.R.L (Fiberway) retirar el tendido de infraestructura mencionado, en un lapso de 30 días.

Paralelamente, el municipio que conduce Pablo Palomares ya formalizó la denuncia sobre la ilegalidad de la compañía ante el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

Vale destacar que, a raíz del uso del espacio público, el Municipio de Palpalá inició juicio a esta empresa, por la falta de pago de tributos municipales: esa suma ya asciende a 5 millones de pesos.

Fuente: El Tribuno

 

ENACOM REGISTRO NUEVOS INTERESADOS EN TV POR CABLE

Boletín Oficial del 4 de septiembre.

Resolución 5003/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa Eléctrica de Ines Indart Limitada en el Registro de Servicios TIC, el servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la localidad de Ines Indart, provincia de Buenos Aires.

Resolución 5007/2018 ENACOM: Otorgar a la señora Maria Teresa Chaile Nasif, Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la señora Maria Teresa Chaile Nasif, en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 5009/2018 ENACOM: Inscribir a la empresa Telever Televisión SRAL, en el Registro de Servicios TIC, el Registro de Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Boletín Oficial del 6 de septiembre.

Resolución 5015/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Online Internet S.R.L., Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa mencionada en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

AUTORIZADOS, SERVICIOS DE TV POR CABLE EN PILAR, ESCOBAR Y BELL VILLE

27-AGO/2018

Boletín Oficial del 17 de agosto.

RESOL. 4968. Inscribir a la empresa VIZION GROUP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-71578682-2) en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico - PILAR y BELÉN DE ESCOBAR, ambas de la provincia de BUENOS AIRES.

Boletín Oficial del 23 de agosto.

Resolución 4988/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa de Emprendimientos Multiples Sudecor Litoral Limitada en el Registro de Servicios TIC, la prestación Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la localidad de Bell Ville, provincia de Córdoba.

 

ENACOM AUTORIZO CUATRO LICENCIATARIOS DE TV POR CABLE

03-AGO/2018

Boletín Oficial del 26 de julio.

RESOL. 4721. Otorgar al señor Héctor Justo BRUNO (C.U.I.T. N° 20-11197880-9), Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2 .- Inscribir al señor Héctor Justo BRUNO en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico previsto en el Artículo 8° del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Boletín Oficial del 27 de julio.

RESOL. 4729. Inscribir a la empresa PAMPACOM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-71014918-2) en el Registro de Servicios TIC- Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, en el marco del Artículo 8° del Reglamento de Licencias para Servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones.

Boletín Oficial del 31 de julio.

RESOL. 4738. Inscríbase al señor Patricio Andrés MEYNET (C.U.I.T. N° 20-25855806-6) en el Registro de Servicios TIC- el Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Boletín Oficial del 1º de agosto.

RESOL. 4792. Otorgar al señor Pedro Pablo PETRUNIOR (C.U.I.T. Nº 20-11828886-7) Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- Inscribir al señor Pedro Pablo PETRUNIOR (C.U.I.T. Nº 20-11828886-7) en el Registro de Servicios TIC - el Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

 

VILA-MANZANO VENDIERON SUPERCANAL A UN FONDO ESTADOUNIDENSE

20-JUL/2018

Supercanal, la compañía de televisión por cable e internet líder en el interior del país fundada por Daniel Vila en 1985, tiene nuevos dueños. A partir de ahora, quien manejará sus destinos será CVI Austral LLP. Según el comunicado, se trata de un "conglomerado controlado por un grupo inversor de marcado perfil estratégico en proyectos de tecnología y telecomunicaciones".

Supercanal es la empresa insignia de Grupo América, presidido por Daniel Vila, y es la segunda compañía de cable de la Argentina. Fundada en los 80 por la familia Vila en Mendoza, a partir de 1996 comenzó un proceso de expansión que la llevó a tener presencia en la actualidad en 14 provincias del interior.

El grupo inversor que pasará a controlar Supercanal lo conforman Carlos Joost Newbery, titular de ICondor, con amplia trayectoria en el mercado argentino de las telecomunicaciones que supo participar en la fundación de empresas como Movicom (Movistar) y CTI Móvil (Claro), y quien será presidente del directorio de Supercanal; Pablo Venturino y Mariano Gilles, de White-Bridge, quienes estructuraron la operación de compra y también integrarán el Directorio.

Según señala el comunicado, "CarVal Investors, líder global con una larga historia de inversiones en Argentina, trabajó junto a Newbery y White-Bridge en proveer la financiación que permitió la adquisición de Supercanal".

La compra de la compañía y el despliegue de una nueva red de fibra óptica y servicios digitales demandarán una inversión cercana a los 400 millones de dólares.

"Esto representa un fuerte compromiso con el futuro del país, en un proyecto de innovación tecnológica que generará puestos de trabajo, contribuirá a cerrar la brecha digital y seguirá acercando la mejor propuesta de contenidos, para impactar positivamente en la calidad de vida de los usuarios de las 14 provincias en las que Supercanal brinda servicios", concluye el comunicado.

En enero, la empresa de telecomunicaciones Supercanal-Arlink obtuvo financiación por $800 millones proveniente de fondos de inversión de los Estados Unidos. Este monto estaba destinado a acelerar su programa de digitalización y la expansión de sus redes de fibra óptica.

Con esos fondos, Supercanal-Arlink ampliaron sus servicios de televisión digital, telefonía e internet, en un mercado cada vez más demandante de contenidos de video de alta definición y mayor velocidad de navegación en internet.

Fuente: Infobae

ARNET LE VENDIO AL GRUPO VALENTINI 150 MIL CLIENTES

03-JUL/2018

El dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, que condiciona la fusión de Telecom y Cablevisión (ver nota mas abajo), alumbra un nuevo jugador de relevancia en la categoría: Universo Net, una empresa del “Grupo Valentini”, un conglomerado cuya página web fue registrada hace un mes en el Nic.ar

De hecho, el Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones) otorgó a Universo Net SA la “licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia” el 19 de junio pasado, con publicación en el Boletín Oficial el 25 de junio.

En función de este acuerdo entre Telecom-Cablevisión y Grupo Valentini, Universo Net pasará a manejar la mayoría de los clientes de Arnet en las siguientes localidades de la provincia:

Córdoba Capital - 60%

Río Cuarto - 59%

San Francisco - 47%

Villa María - 52%

Villa Nueva - 42%

Jesús María - 58%

La Calera - 44%

Mendiolaza - 50%

Río Ceballos - 51%

Unquillo - 17%

Cosquín - 53%

Carlos Paz - 50%

La Falda - 44%

Leones - 64%

Bell Ville - 81%

Laboulaye - 75%

El dictamen de la CNDC convalida una negociación que la nueva Telecom-Cablevisión había llevado a cabo en silencio con Grupo Valentini. Esta empresa podrá usar la marca Arnet (que también será utilizada por Telecom) y las redes de la empresa para brindar su servicio.

Es decir, habrá dos Arnet: una manejada por Telecom y otras (mayormente en Córdoba) de Universo Net. Según explica Pedro López Matheau (vocero de Telecom), el servicio a los clientes seguirá brindándose con total normalidad, aunque en los papeles y la operación pasarán a ser clientes de otra empresa.

Según la CNDC, el traspaso de esa cartera de clientes implicará para Universo Net una facturación anual de $ 500 millones.

Universo Net SA fue constituida el 23 de marzo de este año y sus socios son Facundo Valentini y Carlos Alberto Valentini, ambos domiciliados en Coronel Pringles, provincia de Buenos Aires.

Vecinos de Pringles cuentan que los Valentini son los dueños del Canal 2 (cable) de Pringles, de la red que presta ese servicio, de la FM Transformación y “El Diario de Pringles”, el periódico que compite en la localidad con El Orden, el decano.

El timming del anuncio de la CNDC es curioso: viernes a la tarde, en vísperas de un partido clave para la Selección Argentina. Como antecedente, la autorización del Enacom sobre la fusión Telecom-Cablevisión se conoció el mismo sábado en que Lionel Messi contraía nupcias en Rosario, con toda la atención puesta en ese evento. Cosas que pasan.

Fuente: Infonegocios

TELEFONICA DE ARGENTINA IMPUGNO LA FUSION CABLEVISION-TELECOM

23-JUL/2018

 

 

 

 

OFICIAL: FUSION TELECOM-CABLEVISION CON CINCO CONDICIONES A CUMPLIR

02-JUL/2018

- La resolución de la Secretaría de Comercio, de acuerdo con el dictamen de la CNDC, obliga a transferir negocios de banda ancha fija en 28 localidades del interior del país donde la situación de competencia se podría ver afectada, para aprobar la fusión.
- Estipula una demora de entre seis meses y doce meses, según la región, para que la nueva compañía fusionada pueda brindar sus servicios a través de la modalidad cuádruple play.
- Obliga a Telecom a proveer servicios mayoristas de internet residencial mediante una oferta de referencia, para que otros operadores puedan prestar el servicio usando su red.
- Recomienda a la autoridad regulatoria (ENACOM) agilizar la devolución del excedente de espectro y prohibir su uso por parte de la nueva empresa.
- La fusión se aprueba con el cumplimiento de la desinversión y en el marco de todas las obligaciones y recomendaciones mencionadas.

Luego de cumplir un proceso de investigación y análisis durante casi 10 meses, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) emitió hoy su dictamen sobre la operación de fusión de las empresas CABLEVISIÓN y TELECOM estableciendo remedios y obligaciones para garantizar condiciones de competencia en los distintos servicios involucrados en todo el país y realizando recomendaciones a la autoridad regulatoria, el ENACOM.

El dictamen, de cerca de 200 páginas, analiza los mercados y establece limitaciones a la operación de fusión que garanticen el cuidado de los derechos del consumidor y que, en línea con las tendencias internacionales, promuevan las inversiones y el desarrollo tecnológico del sector. En definitiva, impone obligaciones y realiza recomendaciones en cuatro planos: desinversión, ofertas comerciales, disponibilidad de la red y espectro.

El análisis de la CNDC incluye recomendaciones pro-competitivas sobre aspectos regulatorios, que resultan complementarias de las regulaciones vigentes y las obligaciones establecidas por el ENACOM. Recientemente se han producido cambios regulatorios que permiten que operadores de telecomunicaciones provean TV paga; el Ministerio de Modernización emitió un reglamento para la interconexión de redes y, además, el ENACOM estableció limitaciones a la empresa fusionada, incluyendo la devolución de espectro y límites a los precios en algunas regiones del país.

El presidente de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, Esteban Greco, expresó: “Realizamos un estudio profundo del mercado con la participación de una cantidad importante de actores interesados, incluyendo empresas del sector, organizaciones de la sociedad civil y especialistas en el tema. Estamos convencidos de que este dictamen asegura condiciones en el mercado de las comunicaciones para que diferentes operadores de cuádruple-play y diversos oferentes de algunos de estos servicios a nivel nacional, regional y local puedan competir de modo eficaz para ofrecer a las empresas y las personas las mejores opciones posibles”.

“Apuntamos a que la estructura del mercado genere incentivos a la inversión de actores actuales o potenciales de manera de garantizar el desarrollo tecnológico imprescindible para el país”, aseguró Greco.

El dictamen es de acceso público y se puede encontrar al final de esta página.

La Secretaría de Comercio y la CNDC son las autoridades de aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia y tienen la tarea de analizar los efectos de las operaciones de concentración económica sobre la competencia y prevenir que las mismas perjudiquen a los consumidores. Otras funciones relevantes de las autoridades de defensa de la competencia son las de investigar y sancionar conductas anticompetitivas y promover la competencia mediante recomendaciones para que los mercados funcionen correctamente.

Cabe destacar que en mayo se reglamentó la nueva ley de Defensa de la Competencia, que crea una autoridad con independencia política y que introduce el programa de clemencia y penas mayores para prácticas anti-competitivas, como un resguardo importante a la competencia futura en este y todos los mercados.

Tendencia de la industria en todo el mundo

La infraestructura de comunicaciones de un país es una de las bases para dinamizar la economía, mejorar los niveles de acceso a la información y a la educación, generar empleo a través de la atracción de inversiones y desarrollar el potencial de sus habitantes.

Los sectores de telefonía fija, comunicaciones móviles, provisión de servicios de internet y televisión por cable o satelital son objeto en todo el mundo de un proceso de convergencia debido al avance de la tecnología a ritmo acelerado que requiere grandes inversiones permanentes en infraestructura.

La tendencia mundial es hacia la generación de mercados integrados y competitivos con una cantidad más o menos limitada de competidores en cada región (ver infografía adjunta).

 



Síntesis de los principales remedios a la fusión

RED FIJA:
La fusión habría generado problemas de competencia en localidades donde Cablevisión y Telecom eran las únicas empresas con despliegue de red fija. Por esa razón, la empresa fusionada se debe desprender de 143.464 clientes de ese servicio en 28 localidades de cinco provincias (ver infografía adjunta): Córdoba (incluyendo la capital), Buenos Aires, Entre Ríos, Misiones (incluyendo Posadas) y Santa Fe. Esta cifra representa el 9% del total de clientes residenciales de Arnet y una facturación anual de aproximadamente 500 millones de pesos. El proceso de certificación de la cartera de clientes transferidos fue realizado por la consultora Deloitte.





Esa cartera de clientes es vendida a una empresa que ingresará como nuevo operador en esos mercados. Telecom tendrá la obligación de arrendarle su infraestructura para que pueda desplegar su propia red de fibra, brindarle el servicio mayorista y permitirle el uso de la marca ARNET. Todo ello durante un período de tiempo suficiente como para que el nuevo operador pueda realizar inversiones que le permitan consolidar su posición en esos mercados.

Asimismo, el dictamen obliga a Telecom a proveer servicios mayoristas de internet residencial mediante una oferta de referencia, para que otros operadores puedan prestar el servicio usando la red de Telecom. De este modo se elimina la barrera de entrada que representaba la obligación de realizar un tendido de red propia para poder comercializar el servicio.

RED MÓVIL:
De acuerdo con lo establecido por ENACOM, la empresa fusionada debe devolver hasta 80 Mhz de espectro para permitir una competencia equilibrada entre los actores.

La CNDC recomienda al ENACOM y al Ministerio de Modernización que la fusionada no utilice el espectro excedente, que se agilice la devolución del mismo y que tenga en cuenta cuestiones de competencia en futuras asignaciones de espectro.

OFERTA CUÁDRUPLE PLAY:
Para evitar las ventajas de ser el primer operador en ofrecer el servicio, la CNDC obliga a la empresa fusionada a evitar empaquetar sus servicios por un plazo que puede ser de seis o doce meses, según la región. De esta manera, los competidores cuentan con más tiempo para invertir o asociarse para proveer servicios múltiples junto con otro proveedor.

Adicionalmente, la CNDC realiza recomendaciones al ENACOM y al Ministerio de Modernización para que los operadores de internet y TV regionales puedan proveer servicios móviles en modalidad virtual.
 

Fuente: CNDC

 

 

ENACOM AUTORIZO CUATRO NUEVOS CABLEOPERADORES

04-JUL/2018

Boletín Oficial del 29 de junio

RESOL. 4566. Inscribir a la empresa ETERNET SRL (C.U.I.T. N° 30-66752590-6), en el Registro de Servicios TIC, el servicio de Operador Móvil Virtual (OMV) Básico. 2 .- Inscribir a la empresa ETERNET SRL, en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o radioeléctrico.

Boletín Oficial del 2 de julio

Resolución 4540/2018 ENACOM: Otorgar al señor José Luis Odasso una Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a nombre del señor José Luis ODASSO en el Registro de Servicios TIC- el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Resolución 4543/2018 ENACOM: Inscribir a la empresa Cable Video Imagen Canal 5 SRL en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.

Boletín Oficial del 3 de julio

RESOL. 4585. Otorgar al señor Atilio Manuel SOLÁ
SÁNCHEZ (C.U.I.T. N° 20-27232209-1), Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia. 2 .- Inscribir al señor Atilio Manuel SOLÁ SÁNCHEZ, en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Valor Agregado – Acceso a Internet, y el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico, previsto en el Artículo 8°, del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, aprobado por Resolución Nº 697- MM/2017.

 

AUTORIZARON TV POR CABLE EN NAVARRO, SALADILLO, VILLA REGINA Y GENERAL ROCA

07-JUN/2018

Boletín Oficial del 29 de mayo.

Resolución 4434/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Exadigital SRL, Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa Exadigital SRL en el Registro de Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico, para ser prestado en la localidad de Navarro, provincia de Buenos Aires.

Boletín Oficial del 4 de junio.

Resolución 4362/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Visión Centro S. A. Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa Visión Centro S. A. en el Registro de Servicios TIC el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico, para la localidad de Saladillo, provincia de Buenos Aires.

Resolución 4433/2018 ENACOM: Inscribir al señor Javier Guillermo Latini en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico para las localidades de Villa Regina, Chichinales, Godoy, Huergo, Mainque, Cervantes y General Roca, todas de la provincia de Río Negro.

expusieron en diputados cableoperadores sobre el anteproyecto de ley corta

27-AGO/2018

En una reunión informativa, la comisión de Comunicaciones e Informática, que preside el diputado Juan Brugge, recibió a asociaciones de cableoperadores que realizaron aportes y críticas a la ley de comunicaciones convergentes.

Desde la Cámara Argentina de Internet (CABASE), Ariel Grayzer, expresó: "Apoyamos la iniciativa porque va a permitir una competencia que no tenga asimetrías, es una reforma normativa necesaria”.


Grayzer también se mostró a favor de eliminar el 20% en asignación de frecuencias en favor de ARSAT y en la compartición de infraestructura que “debería facilitar el despliegue de redes”. “Con esta ley las pymes redundarán en mejores servicios a los usuarios", dijo.

Nicolás Mayoraz, de la Cámara de Cableoperadores Independientes, indicó que en la ley “hay que realizar omisiones a fin de resguardar la libertad de competencia”. "Sin modificaciones en asignación de frecuencias, en plazos a las pymes para que tengan las mismas herramientas de desarrollo, habrá una gran injusticia", detalló.

En representación de la Asociación Entrerriana de Telecomunicaciones, Daniel Delfino, afirmó que la ley “posterga un poco nuestra desaparición" y anticipó que “habrá perdidas de trabajo”. En tanto, consideró que “la comunicación en nuestras localidades la hacen las pymes, sólo nosotros podemos garantizar el pluralismo”.

Desde el oficialismo, la diputada Karina Banfi dijo que "esta ley no pretende abarcar todo, sino que es complementaria con otras como la de defensa del consumidor, en la que a su vez, estamos trabajando en una reforma".

Las asociaciones de Córdoba y Santa Fe expresaron que están de acuerdo con el desarrollo y la competencia sostenible pero no “a cualquier precio”. Criticaron los plazos “que son pocos para permitir una relación de igual a igual con los grandes operadores" y la facultad de los municipios que “puede prestarse a intereses políticos”.

Daniel Celentano, de la Asociación Argentina de Televisión por Cable, comentó que el impacto de la ley corta representa a más de 700 operadores en más de 1200 localidades, a 6 millones de domicilios y consideró que “resulta lamentable que la comunicación sólo se analiza de manera tributaria y no como herramienta de instrucción y educación”.

Con respecto a los plazos de adecuación e inversiones, Celentano dijo “sin plazos razonables para que los medianos y pequeños operadores obtengan herramientas de desarrollo y en igualdad de desarrollo, la ley corta no pareciera preveer inversiones de las multinacionales que se esconderán detrás de las pequeñas”.



La iniciativa denominada como "ley corta" permitirá que las compañías telefónicas puedan insertarse en el mercado del cuádruple play. Se establece también que podrán dar servicios de radiodifusión paga por satélite en la Ciudad de Buenos Aires, el Gran Buenos Aires, Córdoba y Rosario a partir de 2020; mientras que en el interior del país será en 2021 y en las localidades con menos de 100 mil habitantes en 2022.

Fuente: Diputados

EL PROYECTO DE LEY CORTA QUEDARA CAJONEADO EN DIPUTADOS HASTA EL AÑO PROXIMO

16-NOV/2018

El Congreso volvió a darle un golpe bajo a Mauricio Macri: la ley corta de telecomunicaciones no se sancionará este año, porque Andrés Ibarra no aceptó los últimos cambios propuestos por el peronismo de los gobernadores, que de todos modos hubieran demorado la sanción.

Como explicó LPO, Cambiemos presionó para dictaminar la ley esta tarde en Diputados y sancionarla el miércoles 21, pero en diálogos informales las autoridades de Argentina Federal, el bloque de los mandatarios provinciales, sugirieron modificaciones y el oficialismo prefirió esperar.

De esta manera, el diputado de AF Juan Brügge, presidente de la Comisión de Comunicaciones, canceló el plenario que iba a realizar con la de Presupuesto a las 18.30 para despachar el proyecto enviado por Macri al Senado en mayo, con el objetivo principal de habilitar a Telefónica y Claro a brindar televisión satelital.

Sólo así podrían competir con la fusión de Telecom y Cablevisión en la oferta de cuádruple play, aún sin haber invertido en redes de fibra óptica.

Fue uno de los pocos proyectos que Cambiemos negoció con la oposición durante todo el año y su accidentado tránsito explica porque no repitió la práctica con otras iniciativas.

El Senado lo aprobó pero demoró hasta julio de 2020 la habilitación de televisión satelital y hasta 2022 en localidades pequeñas, y pese a que fue aprobado con el voto del peronismo federal, en Diputados el bloque homónimo lo recibió con hostilidad.

Sergio Ziliotto, diputado de La Pampa cercano al gobernador Carlos Verna, exigió ceder frecuencias de Arsat a las provincias para armar sus propias redes de seguridad pública y defensa civil, un rol exclusivo de los Estados locales.

Con las correcciones del Senado, la ley ofrece a las cooperativas el 20% de las frecuencias de la compañía estatal, pero el resto lo cede al mercado sin restricciones.

Los federales también pidieron extender a 2024 el plazo para brindar TV satelital en las ciudades de menos de 100 mil habitantes. Con el massismo y el Frente para la Victoria en contra, Cambiemos no podía ignorar estos planteos si quería aprobar la ley y prefirió posponer el debate para 2019.

La decisión la tomó Andrés Ibarra, vicejefe de Gabinete y ex ministro de Modernización, donde redactó el proyecto junto a ejecutivos de las principales compañías de telecomunicaciones.

En el Congreso temen que, como acostumbra, Macri reaccione con una catarata de decretos de necesidad y urgencia en el verano, pero no es un tema fácil para regular sin leyes, porque las compañías requieren garantías para invertir.

Y las telcos son nada menos que el sector que mayor desembolso de dinero prometió, sólo comparable con el energético, y sigue sin un un marco regulatorio sólido porque el Gobierno no logra consensuarlo con la oposición.

Es que la ley corta, que se debatió casi todo el año, era sólo el paso previo a una ley integral de telecomunicaciones que Macri prometió el 1 de marzo, en su discurso de apertura de sesiones, pero nunca envió al Congreso. Sólo hizo circular borradores.

Fue el segundo fracaso de Cambiemos en la Comisión de Comunicaciones en muy pocos días: el jueves no pudo tratar la regulación de los motores de búsqueda, que exculpaba a Facebook y Google por sus contenidos. Las entidades periodísticas lo rechazaron. La oposición también.

Fuente: La Politica online

 

EL SENADO DIO MEDIA SANCION AL PROYECTO QUE MODIFICA LAS LEYES DE S.C.A Y ARGENTINA DIGITAL

05-JUL/2018

El Senado de la Nación le dio media sanción ayer al proyecto de ley de telecomunicaciones llamado "Ley de Fomento de despliegue de infraestructura y competencia TIC", también conocido como "Ley Corta", cuyo dictamen había sido aprobado en comisión el miércoles pasado.

La votación terminó con 46 votos a favor y 11 en contra, sólo los del bloque de Cristina Fernández de Kirchner, el dúo de "progresistas" (Fernando Solanas y Magdalena Odarda) y la puntana María Eugenia Catalfamo. Su jefe Adolfo Rodríuguez Saá se sumó a una larga lista de ausentes. Tampoco aparecieron para votar los federales Juan Carlos Romero, Carlos Reutemann, los macristas cordobeses Laura Rodríguez Machado y Ernesto Martínez y los justicialistas Dalmacio Mera, Carlos Caserio y José Mayans, entre otros.

El proyecto fue trabajado durante dos meses en la Comisión de Sistemas y Medios, tuvo varias modificaciones en su dictamen, pero no parece haber conformado a todos. El cambio más importante implicó trabar el desembarco inmediato de las grandes telefonicas en la TV satelital. El proyecto aprobado ayer llevó de enero de 2019 a julio 2020 la fecha en la que Telefónica y Claro podrán brindar el DTH y recién podrán hacerlo en 2022 en las comunidades con menos de 100 mil habitantes.

El titular de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión, el senador peronista Alfredo Luenzo indicó: "Hemos protegido a nuestra industria del interior". Sin embargo, señaló que "la tarea pendiente, que es la crítica que hemos hecho a esta ley, es que tenemos que empezar a trabajar pronto en materia de contenidos".

En la misma línea, el senador chubutense aseguró: "Tenemos el vehículo, tenemos la autopista, pero no sabemos las condiciones que vamos a tener; si son las condiciones actuales donde las TICs no tienen ningún tipo de obligaciones en cuanto a contenido, vamos a tener problemas".

El texto completo del proyecto sancionado está disponible en este enlace:


http://www.senado.gov.ar/upload/26721.pdf


 

DAÑOS EN CABLEOPERADORA DE MERLO TRAS LAS TORMENTAS

11-MAY/2018

 

 

 

 

FALLECIO HECTOR DELLONI, CABLEOPERADOR SANTAFESINO

02-MAY/2018

 

 

 

ARSAT BAJO EL PRECIO MAYORISTA
DE INTERNET DE 18 A 14 DOLARES

09-MAR/2018

 

 

 

NO HABRA DNU PARA QUE CLARO Y TELEFONICA OPEREN
TV SATELITAL

26-FEB/2018

Fernando Krakowiak remarcó en Página/12 que tras anunciarse la fusión entre Telecom y Cablevisión el 30 de junio, el Gobierno nacional indicó que “estaba evaluando habilitar a las telefónicas a brindar televisión satelital para equilibrar la cancha e incrementar la competencia en el sector”.

“Para avanzar es necesario al menos un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), pues la prohibición figura en el DNU 267 de diciembre de 2015”, explicó el periodista.

El quid de la cuestión es que según apuntó, “fuentes oficiales aseguraron primero que el decreto podría salir publicado a fin del año pasado, luego la fecha se corrió para mediados de enero y después para febrero” pero “fuentes oficiales y privadas que no habrá DNU y que las telefónicas deberán esperar a que el tema sea debatido por el Congreso”.

En este marco, Krakowiak recordó que las telefónicas “habían insistido con que una vez autorizada la fusión la única empresa que iba a estar en condiciones de brindar cuádruple play (telefonía fija, móvil, televisión paga y banda ancha) en el corto plazo sería Telecom-Cablevisión porque la red de Telefónica sigue siendo fundamentalmente de cobre y no resiste un paquete de señales audiovisuales, mientras que Claro es una empresa de telefonía móvil y tampoco tiene una red de fibra para hacerle frente al Grupo Clarín”. Y es por ello que reclaman poder brindar tv por satélite.

“Del lado de Clarín siempre responden que ellos tienen una red mejor porque invirtieron en fibra óptica, mientras que las telefónicas no lo hicieron. A su vez, advierten que si se habilita a las telefónicas a dar televisión satelital nunca invertirán en fibra óptica. Las telcos responden que no invirtieron en fibra porque tenían prohibido brindar televisión y que ahora que están habilitadas aceleraron la inversión en redes, pero aclaran que no están en condiciones de competir de igual a igual en el corto plazo”, completó el periodista.

Todo se complicó porque “el lobby en contra del DNU se acrecentó. No sólo el Grupo Clarín se oponía sino también algunas cableras de tamaño medio como Telecentro (Alberto Pierri), Supercanal (Daniel Vila), el Grupo Ick de Santiago del Estero y Express de Rosario (ex Cablehogar) amenazaron con ir a la justicia si salía el decreto”, consignó.

Fuente: DsD

Nota relacionada:

GRUPO SLIM Y TELEFONICA FUERON AUTORIZADOS A OPERAR TV PAGA EN VARIAS LOCALIDADES DEL PAIS

AUDIENCIA PUBLICA EN DIPUTADOS POR LA FUSION CABLEVISION-TELECOM

16-MAR/2018

El bloque FIT-PO realizó una importante Audiencia Pública junto a trabajadores telefónicos con el objetivo de debatir los alcances y consecuencias de la megafusión de Telecom con Cablevisión que se empezó a poner en práctica aún antes de que se expida la Comisión Nacional de Defensa de Competencia y el secretario de Comercio que debe determinar sobre la misma. La Audiencia también debatió el proyecto de rechazo a esta fusión presentado por la diputada Romina Del Plá, acompañado de otro proyecto que obliga a que las empresas paguen los bonos de participación en las ganancias para los trabajadores telefónicos, y la elaboración de un proyecto de ley de nacionalización de las telecomunicaciones bajo control obrero.

Romina Del Plá declaró: “La fusión Telecom-Cablevisión vulnera derechos de la población y de los trabajadores. Es una fusión basada en una serie de decretos de 'necesidad y urgencia' que hasta vulneran la legislación vigente en materia de telecomunicaciones y favorece a un grupo económico que se consolida no sólo en los medios sino también en las redes y en el mercado de las telecomunicaciones. Estos decretos atentan contra derechos como la libertad de expresión, el acceso a la información y la defensa de la 'competencia', al favorecer una concentración monopólica tanto en materia de contenidos como de infraestructura, interconexión, transporte y comercialización”.

“El gobierno nacional quiere fusionar Cablevisión y Telecom para avanzar en el proceso de monopolización de las telecomunicaciones con consecuencias gravosas para los trabajadores. El proyecto que presentamos plantea suspender esta fusión y lo acompañamos con otro proyecto que obliga a que las empresas paguen los bonos de participación en las ganancias para los trabajadores telefónicos. Tenemos la necesidad de debatir entre usuarios y trabajadores cómo avanzamos en un proceso de nacionalización de las telecomunicaciones para ponerlas al servicio de la población. Por eso proponemos como resolución de esta Audiencia elaborar junto con los trabajadores un proyecto de ley de nacionalización de las telecomunicaciones bajo control obrero”.

Pablo Eibuszyc, de la Comisión Directiva de Foetra por la oposición, declaró: “La fusión Cablevisión-Telecom fortalece un monopolio que implica un avance de la reforma laboral en el gremio telefónico y de televisión, por eso pedimos la suspensión del DNU. Mediante una serie de decretos el gobierno le da facilidades a las empresas; cuando Cablevisión compró Nextel se produjeron cientos de despidos, frente a esto planteamos que se suspenda la fusión y que se garanticen todos los puestos y condiciones de trabajo, en un convenio único de la actividad con una jornada de 7 horas. Y que se pague la deuda que tiene Telecom por los bonos de participación en las ganancias adeudados desde la privatización”.
Pablo Eibuszyc convocó a una movilización en la puerta de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, que tiene que determinar si la fusión sigue avanzando, para el 5 de abril.

Participaron los diputados Nathalia González Seligra, Fernanda Raverta, Leopoldo Moreau y el diputado MC Néstor Pitrola. También participaron Pablo Eibuszyc, de la Comisión Directiva de Foetra por la oposición, Liliana Zabala, abogada que ganó el fallo en la Corte Suprema por el bono de participación en las ganancias de los telefónicos, Guillermo Goldstein, de la Comisión del Proyecto de Ley de Comunicaciones del Partido Socialista, Diego Damián Rossi, de la Coalición por una Comunicación Democrática, Pablo Antonini, Presidente del Foro Argentino de Radios Comunitarias, Guillermo Robledo, firmante del amparo Per Saltum ante la Corte Suprema por la suspensión de la fusión Cablevisión Telecom, Santiago Ibarra, de Antena Negra, Santiago Marino y Pablo Alabarces, Doctores en Ciencias Sociales, la Agrupación Nacional Naranja de la Universidad de Buenos Aires y Fabiola Ferro, ex candidata a directora de Comunicación de la Uba por la izquierda.

 

Fuente: PO

 

ONG VINCULADA AL PAPA LE PIDE A LA CORTE QUE ANULE LA FUSION TELECOM-CABLEVISION

16-FEB/2018

El Observatorio de la Riqueza, vinculada al Papa Francisco, presentó esta semana un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia solicitando que se anule la resolución de Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) que aprobó la fusión Cablevisión-Telecom y se suspenda todo el proceso de fusión sin antes avanzar con un marco regulatorio que garantice una serie de derechos constitucionales que estarían siendo violados al darle luz verde a esta nueva empresa con posición dominante en el sector audiovisual.

El pedido lleva las firmas de Guillermo Robledo, Eduardo Murúa y Clelia Isasemendi, integrantes del observatorio. También los acompaña con su firma el ex juez federal Carlos Rozanski.

El texto completo del escrito presentado está disponible en este enlace:
http://observatorio-riqueza.org/wp-content/uploads/sites/15/2018/02/Recurso_final_CSJ_febrero2018.pdf

También la presentación solicita a la Corte que convoque a una audiencia pública donde se debata la necesidad de elevar la comunicación a la categoría de derecho humano y bien público en lugar de mera mercancía.

En primera instancia, el Observatorio presentó un amparo ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, organismo que está analizando la fusión y todavía no se expidió sobre el tema. Allí denunciaron que la fusión viola la ley de defensa de la competencia, la ley 26.305 de protección y promoción de la diversidad de expresiones culturales y la ley de entidades financieras 21.526.

La presentación ocurre al mismo tiempo que el presidente Mauricio Macri recibió a ejecutivos de la firma fusionada en noviembre del año pasado. En la reunión Telecom Argentina presentó el plan de inversiones por 5.000 millones de dólares para ampliar y modernizar la infraestructura de servicios de telefonía, internet y TV paga.

Carlos Moltini, CEO de Telecom Argentina, realizó junto a Luis Baruki, director de la compañía, la presentación en Casa Rosada durante una reunión con el presidente de la República, Mauricio Macri, y el ministro de Modernización, Andrés Ibarra.

 

GRUPO SLIM Y TELEFONICA FUERON AUTORIZADOS A OPERAR TV PAGA EN VARIAS LOCALIDADES DEL PAIS

09-ENE/2018

 

En el marco de una nueva reunión del Directorio de Enacom celebrada la semana proximada pasada, aprobó a Claro (AMX Argentina S.A del Grupo Slim) una licencia para dar Servicios de Radiodifusión por Suscripción en las localidades de Hurlingham, Morón, Tres de Febrero y Vicente López en el Gran Buenos Aires, en la ciudad capital de Salta y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA); como también a Telefónica una licencia de Registro de Cable que le permitirá operar este servicio en la Ciudad de Buenos Aires, en la provincia de Buenos Aires y en las ciudades mendocinas de Godoy Cruz, Guaymayen, Luján de Cuyo y Mendoza Capital.

“Gracias a este nuevo escenario, el Estado no solo acompaña sino que además impulsa el desarrollo de servicios convergentes como el cuádruple play lo que significa, en última instancia, más ofertas para los usuarios y mejor calidad en las comunicaciones”, expresó Miguel De Godoy, presidente de Enacom.

Supercanal

Por su parte, en la misma reunión el directorio otorgó la licencia como Operador Móvil Virtual (OMV) a la empresa Supercanal Sociedad Anónima del Grupo Uno Medios, que le permitirá en el futuro brindar telefonía móvil. Cabe recordar que este grupo empresario tuvo que devolver frecuencias para ofrecer LTE 4G otorgadas durant el kirchnerismo y cuya garantía nunca abonó.

Boletín Oficial del 22 de diciembre.

RESOL. 5194.

Autorizar a la firma SUPERCANAL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-61118252-6), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de CRUZ ALTA, provincia de TUCUMÁN

QM NOTICIAS DEJO DE EMITIR EN VIVO Y RESPONSABILIZA AL GRUPO CLARIN, ENACOM Y LA JUSTICIA

14-DIC/2017

COMUNICADO COMPLETO DE GRUPO CIELO

"Tras más de siete años de bregar por el cumplimiento de una Ley que le garantizaba pantalla a cambio de la exigente tarea de informar a 16 millones de bonaerenses, Qm Noticias arribó hoy a una conclusión a la que políticos –desde el último concejal hasta el mismísimo presidente-, jueces y legisladores llegaron hace tiempo: hay un actor monopólico, un gigante mediático, que decide quiénes juegan en el tablero de la política y de los medios. Y contra él, nadie puede.

Los tentáculos del Grupo Clarín llegan hasta el último despacho: desde el de cada uno de los directores del ENACOM que se convierte por obra y gracia de un llamado en amanuense de sus intereses, hasta el último juez que promete y no puede –¿o, finalmente, no quiere?- hacer cumplir la Ley. Hubo, durante todos estos años, fallos judiciales de primera instancia, ratificados por el tribunal de alzada, ordenando la inmediata inclusión en la grilla analógica de nuestra señal.

Ni la Justicia, con el poder que tiene para hacer cumplir con sus sentencias, ni los órganos de aplicación de la derogada Ley de Medios durante los últimos dos mandatos, cumplieron con su obligación de garantizar el inmediato cumplimiento de lo establecido por una resolución oficial, avalada en sede judicial. Tampoco la Justicia federal resolvió un planteo en idéntico sentido, tras una presentación judicial –una más- de la empresa, en un intento por sostener las fuentes de trabajo. En efecto, el Juez federal Alberto Recondo literalmente cajoneó un planteo presentado por QM Noticias reclamando un pronto despacho, para garantizar la continuidad del 1er y único canal de noticas de la Provincia de Buenos Aires.

La primera y única señal informativa de la provincia de Buenos Aires, Qm Noticias, ante la imposibilidad que la Justicia haga cumplir con la Ley y que el actual gobierno Nacional -al igual que el anterior- no logra, no quiere, no puede que los más poderosos respeten la legislación vigente, desiste desde las 00 horas del martes 12 de diciembre de seguir transmitiendo en vivo y en directo desde sus estudios centrales de la ciudad de La Plata. Y por primera vez en sus siete años de vida, no le ofrecerá a los bonaerenses una alternativa informativa y de entretenimiento en vivo y en directo durante todo el verano desde los principales ciudades turísticas de nuestra Provincia.

La tradicional cobertura de la temporada de verano en los principales distritos de la costa bonaerense, una marca registrada, convocó a figuras de la talla de Pato Galván, Marcela feudale, Rocio Marengo, Diego Moranzoni, Marcelo Zlotogwiazda, Pollo Álvarez, Pablo Camaiti, Flor Ventura, entre otros, acompañados por los periodistas que más saben de la provincia de Buenos aires del staff profesional del canal, para producir y transmitir más de nueve horas en vivo desde la playa provincial. La decisión de este canal ha sido siempre la de incorporar a la programación de nuestros productos, a los más prestigiosos periodistas del interior bonaerense que tenían participación directa en uno de los ciclos, y a lo largo de toda nuestra programación.

Tanto el AFSCA del kirchnerismo como el ENACOM del macrismo coincidieron en sendas resoluciones (en los años 2013 y 2017) en disponer la obligatoriedad para todos los operadores de TV por cable o satelital con áreas de servicio en la Provincia de Buenos Aires, como el caso de Cablevisión (Grupo Clarín), DirecTV, Telecentro, etc., de incluir en sus grillas de señales, tanto analógicas como digitales, a los canales provinciales informativas, entre ellas, Qm Noticias.

El Grupo Cielo asumió hace ya 24 años un compromiso con la verdad. Qm Noticias es, todavía, a pesar de la pelea desigual, un instrumento en aras de cumplir con él. Por primera vez desde su creación, la señal deja de emitir en vivo su programación habitual desde el primer minuto del martes 12 de diciembre. Nos cansamos de Promesas. Estaremos a disposición cuando tengamos visibilidad plena en la grilla analógica como la ley manda y la justicia avala.

Lo hace con el convencimiento de que está dando una pelea que no puede ganar, al menos en los términos en los que la viene dando: invirtiendo en equipos, instalaciones y recursos humanos para generar un producto que, finalmente, por la decisión de los poderosos, nunca llega plenamente a los hogares.

El Grupo Cielo empleará ese valioso tiempo y los recursos disponibles en replantear su estrategia para el mercado audiovisual, habida cuenta de que, queda claro, “la tele” tiene dueño. Algunos dirán que no se quiso y otros que no se pudo. Nos reservamos el derecho a opinar lo mismo sobre ellos, los que debieron representar y defender: a la ley, a los trabajadores, a los ciudadanos y a su derecho a la información.

Agradecemos sin reparos a todos los que nos acompañan hasta hoy, a los televidentes, a los trabajadores, a los colegas, a los –escasos- actores con representación política e institucional que brindaron su apoyo."

Qm Noticias y el Grupo Cielo no abandona su compromiso con la verdad y con la información rigurosa de nuestra Provincia.

COOPERATIVAS DE BRANDSEN Y VICUÑA MACKENNA, AUTORIZADAS A OPERAR TV POR CABLE

07-DIC/2017

Boletín Oficial del 30 de noviembre.

Resolución 4658.

Otorgar a la COOPERATIVA DE AGUA POTABLE, OBRAS Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS DE BRANDSEN LTDA. (CUIT 30-61355848-5), una Licencia Única Argentina Digital.

Registrar a nombre de la COOPERATIVA DE AGUA POTABLE, OBRAS Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS DE BRANDSEN LTDA. (CUIT 30-61355848-5), en el Registro de Servicios, el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico.

Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de BRANDSEN, provincia de BUENOS AIRES.

Boletín Oficial del 4 de diciembre.

RESOL. 4667.

Registrar a nombre de la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y ANEXOS LTDA. C.E.Y.A.L. (CUIT 30-54575268-5), en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00, el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico.

Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de VICUÑA MACKENNA, provincia de CÓRDOBA.

TV POR CABLE AUTORIZADA EN QUIROGA, GRAL. SAN MARTIN, GRAL. OCAMPO E IRALA

21-NOV/2017

Boletín Oficial del 7 de noviembre.

RESOL. 3659. Autorizar a la firma REDES BANDA ANCHA SOLUCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-71160092-9), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de los departamentos JUAN FACUNDO QUIROGA, GENERAL SAN MARTÍN y GENERAL OCAMPO,
provincia de LA RIOJA.

Boletín Oficial del 16 de noviembre.

RESOL.3639. Autorizar a la firma VIDEO CONVERTER SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-64360353-1), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de IRALA, provincia de BUENOS AIRES.


 

 

AUTORIZADA TV POR CABLE EN LOCALIDADES DE CORDOBA, SAN LUIS, ENTRE RIOS, SANTA FE Y CORRIENTES

19-OCT/2017

Boletín Oficial del 6 de octubre.

Resolución 1744. Autorizar a la firma TAJAMAR SISTEMAS ELECTRÓNICOS SA, a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de VILLA ANISACATE, VILLA LA BOLSA, VILLA LOS AROMOS, LA SERRANITA y LA RANCHERITA, todas de la provincia de CÓRDOBA.

Boletín Oficial del 9 de octubre.

Resolución 1769. Otorgar al señor Carlos Guillermo MACCHI (D.N.I. N° 14.222.220 - C.U.I.T. Nº 20- 14222220-6), una Licencia Única Argentina Digital. Registrar a nombre del señor Carlos Guillermo MACCHI el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico. Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en las áreas de cobertura de las localidades de SAN ROQUE, 9 DE JULIO y PEDRO FERNÁNDEZ, todas de la provincia de CORRIENTES.

Resolución 1771. Registrar a nombre de la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIALES, ASISTENCIALES Y VIVIENDA DE LAS TOSCAS LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-54574333-3), el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico. Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de LAS TOSCAS, provincia de SANTA FE.

Resolución 2057. Autorizar a la firma TILISARAO CIRCUITO CERRADO SA (C.U.I.T. Nº 30-64634575-4), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de CONCARÁN y NASCHEL, ambas de la provincia de SAN LUIS.

Boletín Oficial del 11 de octubre.

Resolución 1801. Autorizar a la firma CABLE VISIÓN LARROQUE SRL (C.U.I.T. Nº 33-64885706-9), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de GENERAL GALARZA, provincia de ENTRE RÍOS.

TV POR CABLE AUTORIZADA EN TIGRE, RUFINO, SAN MARCOS SIERRAS, GODOY, ALEJANDRO KORN Y VILLA MERCEDES

11-OCT/2017

Resoluciones Enacom

Boletín Oficial del 27 de septiembre.

Resolución 1775. Autoríza al señor Haroldo Jorge FRILLOCCHI (C.U.I.T. Nº 20-13225759-1), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de TIGRE, provincia de BUENOS AIRES.

Boletín Oficial del 2 de octubre.

Resolución 1770. Registrar a nombre de la COOPERATIVA ELÉCTRICA LIMITADA DE RUFINO (CUIT Nº 30-54568921-5) el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico.

Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de RUFINO, provincia de SANTA FE.

Resolución 1774. Autorizar a la firma SAN GABRIEL VIDEO CABLE COLOR SA (C.U.I.T. Nº 30-69619818-3), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de SAN MARCOS SIERRAS, provincia de CÓRDOBA.

RESOL. 1827. Autorizar a la firma CABLEVISIÓN SA (C.U.I.T. Nº 30-57365208-4), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de GODOY, provincia de SANTA FÉ.

Boletín Oficial del 3 de octubre.

Resolución 1766.

Autorizar a la firma TELEFAS SA (C.U.I.T. Nº 30-70931898-1), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de ALEJANDRO KORN, provincia de BUENOS AIRES.

Resolución 1783.

Autorizar a la firma CAROLINA CABLE COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T.
Nº 30-63032905-8), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de VILLA MERCEDES, provincia de SAN LUIS.

SUPERCANAL OBTIENE EL AVAL OFICIAL PARA OPERAR EN USHUAIA Y CIUDADES DE CATAMARCA Y SAN JUAN

06-OCT/2017

Boletín Oficial del 27 de septiembre.

Resolución Enacom 1773.

Autorízase a la firma SUPERCANAL SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-61118252-6), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de USHUAIA, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

Boletín Oficial del 3 de octubre.

Resolución 1780.

Autorizar a la firma SUPERCANAL S.A. (CUIT Nº 30-61118252-6), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de VALLE VIEJO y FRAY MAMERTO ESQUIÚ, ambas de la provincia de CATAMARCA.

Resolución 1800.

Autorizar a la firma SUPERCANAL S.A. (CUIT Nº 30-61118252-6), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de SAN MARTÍN, ANGACO y ALBARDÓN, todas de la provincia de SAN JUAN.

rompen con disparo de escopeta el vidrio de la sucursal de cablevision en chivilcoy

08-SEP/2017

Ocurrió en las oficinas ubicadas en la calle Lavalle N° 220. Se tomó conocimiento cerca de las 7.30. Se solicitó la presencia de peritos de la Policía Científica de Mercedes.


Con una escopeta dispararon ayer (miércoles 6) a la madrugada los vidrios de las oficinas de Cablevisión, ubicada en la calle Lavalle N° 220. A raíz del hecho se instruyen actuaciones caratuladas “Daño”, con intervención Unidad Funcional de Instrucción Nº 7 del Departamento Judicial Mercedes.

Las actuaciones producidas fueron a consecuencia que ayer a las 7.30 horas se tomó conocimiento tras un llamado al Sistema de Emergencia 911 por parte de la empleada de la empresa Cablevisión. A su arribo constató los daños en el cristal de la vidriera del local ubicado en calle Lavalle Nº 220 de este medio, por lo que se comisionó al personal policial, quienes llevaron a cabo diligencias preliminares incautándose restos pertenecientes a un cartucho de escopeta, por lo cual se solicitó la presencia de peritos dependiente de la Policía Científica de Mercedes; quienes llevaron a cabo las tareas de su especialidad.

Se encuentra trabajando en la investigación personal del Gabinete Técnico Operativo de esta policía y DDI Mercedes.

Fuente: La Razón de Chivilcoy

intendente de dolores dice que el grupo clarin lo ataca con falsas noticias porque defiende la competencia en tv por cable

07-JUL/2017

La Municipalidad de Dolores salió a desmentir de manera enfática la información que difundió el miércoles a la mañana el canal TN y el diario Clarin.com acerca de la supuesta matanza de 300 perros en la ciudad.

El director de Prensa de la comuna, Eduardo Vignolio, consideró que “el canal mintió a sabiendas”, por cuanto la información fue desmentida el martes por la noche a la producción del noticiero por el periodista Horacio Burgueño, a quien llamaron para corroborar la versión.

Pese a que Burgueño negó el número, el miércoles se envió un móvil a Dolores y se difundió insistentemente la cifra de 300 perros envenenados y baleados. “Nos están haciendo un daño muy grande a todos los dolorenses”, dijo Vignolio.

“El hecho existió, pero si hubieran aparecido 300 perros muertos habría en todas las esquinas”, dijo el funcionario que les trasmitió a los productores del canal del Grupo Clarín. En rigor, la semana pasada alrededor de diez perros aparecieron muertos en el barrio de El Fortín Dolores, luego de lo cual actuó la comuna a través del área de Bromatología.

Por su parte, el intendente Camilo Etchevarren acusó a Cablevisión por la operación. “Hace diez años que (el canal local) miente, agravia y deforma la realidad de Dolores”, sostuvo Etchevarren. “Esto tiene un fondo político: fuimos el primer lugar de la Argentina donde conseguimos la autorización para traer un cable al 50% de lo que vale la tarifa de Cablevisión en todo el país”, estimó el jefe comunal.

“TN jamás puede sacar una noticia a nivel nacional, sin por lo menos hablar con el director del canal de Dolores: está todo armado para perjudicar a la gestión”, dijo y remarcó que “estamos a 30 días de las elecciones primarias”.

Fuente: Entre líneas

LA AFIP LE COBRARA UN IMPUESTO A NETFLIX Y OTRAS PLATAFORMAS DE STREAMING

05-JUL/2017

Netflix empezará a tributar a nivel nacional. Así lo adelantó el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad: "Vamos a gravar a Netflix. Lo haremos a través de los plásticos con que se paga el abono; las tarjetas serán agentes de retención".

"Netflix recauda y paga impuestos en todo lugar en que tenga la obligación legal de hacerlo", fue la respuesta de la compañía a la consulta de LA NACION sobre cómo evaluaban el anuncio; no dieron más precisiones sobre si la empresa que provee contenidos audiovisuales a través de Internet absorberá ese costo o se lo trasladará a sus clientes.

Abad describió el desafío fiscal que implica cobrar impuestos en una "economía líquida, desmaterializada", como las plataformas Netflix, Uber, Spotify o Airbnb. "Desaparece la intermediación, y el que junta a las dos puntas hace un gran negocio. El canal de cable que compite con este servicio paga impuestos, ¿por qué no una plataforma?", planteó Abad, a la vez que apuntó que hay países en América latina donde Netflix ya tributa. La decisión de trasladar o no el valor a los usuarios es de la empresa, agregó.

Abad no lo especificó, pero tributaristas consultados indicaron que seguramente la AFIP establecerá que las tarjetas (por las cuales se compra este servicio) deberán recibir de Netflix "un adelanto a cuenta de obligaciones tributarias por la venta de servicios". El impuesto más importante sería el IVA, que tributa una tasa del 21%.

En la reforma tributaria colombiana de 2016, se incluyó un "pago o abono" adicional a las emisoras de tarjetas por "suministros de servicios audiovisuales (música, videos, películas y juegos de cualquier tipo).

A fines de 2014, el gobierno de la ciudad de Buenos Aires -entonces comandado por el hoy presidente Mauricio Macri- ganó la pulseada en la Justicia y le impuso a Netflix, Spotify y otras empresas que prestan servicios en el país, pero no pagan impuestos por estar radicadas en el exterior, un gravamen del 3% sobre el valor de compra de sus productos, como anticipo del pago de Ingresos Brutos.
 

Rige desde febrero de 2015.

En diciembre pasado, la Legislatura santafecina avaló el cobro de una alícuota del 3,6% de Ingresos Brutos a las empresas que comercialicen en forma electrónica entretenimientos audiovisuales, entre las que se cuenta Netflix. El 25% de lo recaudado se destina al desarrollo de las industrias de base cultural de la provincia. Rubén Galassi, diputado provincial socialista y autor de la iniciativa, fundamentó la decisión en que corporaciones como Netflix son "multinacionales que no generan trabajo en el país y no tributan un solo centavo" en la provincia. "Con esta ley se autoriza al Ejecutivo provincial para que establezca mecanismos para que este tipo de empresas también tributen."

En Estados Unidos, plataformas como Netflix pagan impuestos, por ejemplo, en Pennsylvania, Chicago y Minnesota, con un canon que va entre el 6 y el 9%; también lo hacen varias ciudades canadienses.

En el último proyecto impositivo que presentó al Parlamento hace unas semanas, el gobierno de Uruguay incluyó cambios (regirán a partir de 2018 si se aprueban) para gravar a plataformas que ofrecen películas y series, música, hacen transmisiones televisivas en directo o intermedian en la prestación de servicios. En Chile el tema está bajo análisis.

Por ejemplo, a nivel nacional la plataforma Mercado Libre -que pone en contacto a vendedores con compradores a través de la web- paga IVA sobre sus comisiones y para la AFIP es agente de retención para los vendedores, por el IVA de la compra y venta que hace entre terceros.

Fuente: La Nación

 

PROYECTO DE LEY PARA SUSPENDER LA FUSION CABLEVISION-TELECOM

04-ENE/2018

Romina Del Pla, diputada nacional por el Partido Obrero, presentó un proyecto de ley en el que plantea la suspensión de la transferencia de Cablevisión a Telecom y el control societario de la empresa Telecom por parte de Cablevisión Holding SA.

En el proyecto presentado, la legisladora expresó que la fusión vulnera el marco regulatorio vigente mediante sucesivos decretos de necesidad y urgencia que favorecieron a Cablevisión, y que la previa adquisición de Nextel se produjo luego de “cientos de despidos y cambios en las condiciones de trabajo, al punto que la empresa fue vaciada y absorbida”.

Asimismo, denunció que “se pretende profundizar ese camino” en una escala superior con Telecom Argentina SA.

Del Pla aseguró que la fusión entre ambas compañías atenta contra los derechos de libertad de expresión, acceso a la información y de defensa de la competencia “al favorecer una concentración monopólica tanto en materia de contenidos como de infraestructura, interconexión, transporte, comercialización y exhibición final de flujos de la comunicación”.

El objetivo principal del proyecto plantea la necesidad de que previo a cualquier fusión, Telecom cumpla con los pliegos de la privatización de ENTEL (Empresa Nacional de Telecomunicaciones), que consiste en el pago del 10% de los bonos de participación en las ganancias adeudados a todos los empleados vinculados a dicha empresa, y para quienes hayan perdido su relación laboral o sus descendientes.

Por último, la diputada destacó que la fusión “no tiene nada que ver con un avance tecnológico”, sino todo lo contrario, “golpea a los sectores y regiones más vulnerables de la población y pone en riesgo la prestación de los servicios en amplias zonas”.

Fuente: Diario Judicial

 

 

LAS FUSIONADAS TELECOM-CABLEVISION TIENEN MAS DEL 80% DE ABONADOS DE INTERNET EN 37 CIUDADES

27-DIC/2017

Localidades en las que la empresa fusionada contará con más del 80% de los abonados de Internet Fija, según el Anexo I de la Resolución 5644 del Enacom.
 
 
 

TEXO COMPLETO DE LA RESOLUCION DEL ENACOM QUE AUTORIZO LA FUSION DE TELECOM Y CABLEVISION

26-DIC/2017

Resolución 5644-E/2017 publicada en el Boletín Oficial del 22 de diciembre.

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA a transferir a favor de la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA el Registro de Radiodifusión por vínculo físico y/o radioeléctrico, incluyendo los permisos/frecuencias necesarios para la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo radioeléctrico, así como las autorizaciones de áreas para la prestación de esos servicios (vínculo físico y radioeléctrico), los cuales podrán operar en el Área II, definida de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 1.461/93 y sus modificatorios, y las ciudades de ROSARIO, provincia de SANTA FE y CÓRDOBA, provincia del mismo nombre, a partir del 1° de enero de 2018, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 5° del Decreto Nacional N° 1.340/2016, y en el resto de las áreas autorizadas en las fechas y con las modalidades dispuestas por la Resolución ENACOM N° 5.641/2017 de fecha 20 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA a transferir a favor de la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA el registro del Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces (SRCE).

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA a transferir a favor de la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA las autorizaciones y permisos de uso de frecuencias y asignaciones de recursos de numeración y señalización para la prestación de los servicios referidos que posea la empresa absorbida CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, en los términos de la normativa vigente (Anexo IV del Decreto 764/2000), y del acuerdo suscripto por la empresa NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, el 12 de abril de 2017 (IF-2017-08818737-APN-ENACOM#MCO), en función del cual TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA en su carácter de absorbente de CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, deberá en el plazo de DOS (2) años de aprobada la fusión por la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA y el ENACOM o los organismos que en el futuro los reemplacen en sus funciones devolver el espectro radioeléctrico que supere el tope previsto en el Artículo 5º de la Resolución Nº 171-E/17 del MINISTERIO DE COMUNICACIONES y/o a la norma que la reemplace en el futuro. A este fin, la empresa deberá presentar al ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y con una antelación mínima de un año al vencimiento del plazo de DOS (2) años, una propuesta de adecuación a dicho tope. El ENACOM podrá aceptar la propuesta, rechazarla y/o peticionar que se haga una nueva presentación con las modificaciones que estime pertinentes.

ARTÍCULO 4°.- Acéptase la solicitud de desistimiento formulado por la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, en su presentación de fecha 15 de noviembre de 2017, de los registros de los Servicios de Aviso a Personas (SAP), de Repetidor Comunitario (SRC), de Telefonía Pública (STP), de Localización de Vehículos (SLV), y de Alarma por Vínculo Radioeléctrico (SAVR).

ARTÍCULO 5°.- Acéptase la solicitud de baja del Servicio de Repetidor Comunitario (SRC) formulada por TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.

ARTÍCULO 6°.- Cancélanse las licencias y los registros otorgados a nombre de CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA para los Servicios de Transmisión de Datos, de Telefonía Local (STL), de Transporte de Señales de Radiodifusión (STSR), de Valor Agregado (SVA), de Videoconferencia (SVC), de Telefonía de Larga Distancia Nacional (STLDN), de Telefonía de Larga Distancia Internacional (STLDI), y de Comunicaciones Móviles Avanzadas (SCMA), respecto de los cuales TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ya posee la titularidad.

ARTÍCULO 7°.- Autorízase el cambio de control societario en los términos del Artículo 33 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 que se producirá en la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA una vez que se haga efectiva la fusión y entre en vigencia el acuerdo de accionistas de fecha 7 de julio de 2017 acompañado en su presentación de 21 de septiembre de 2017, como consecuencia de lo cual CABLEVISIÓN HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA resultará la entidad controlante de TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA como sociedad continuadora de CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

ARTÍCULO 8°.- Dispóngase que la licenciataria TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, como prestador del servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico, deberá cumplir con las obligaciones previstas en el Artículo 95 incisos a) a f) de la Ley N° 27.078.

ARTÍCULO 9°.- Declaráse a TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA como un actor con poder significativo en los Mercados de Referencia señalados en el Anexo I del Informe IF-2017-34186983-APN- DNDCRYS#ENACOM, elaborado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMPETENCIA EN REDES Y SERVICIOS.

ARTÍCULO 10.- Dispóngase que la licenciataria TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA deberá, dentro de los SESENTA (60) días de dictada la presente Resolución, ofrecer el servicio de Acceso Minorista a Internet Fijo en las localidades que se detallan en el Anexo I del Informe IF-2017-34186983-APN-DNDCRYS#ENACOM, elaborado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPETENCIA EN REDES Y SERVICIOS, a un precio que no podrá ser superior al menor valor ofrecido por la empresa en el Área II -definida de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 1.461 del 19 de julio de 1993 y modificatorios- para servicios de Acceso Minorista a Internet Fijo de similares características. A los fines de determinar el referido menor precio en el Área II, deberán incluirse las promociones y descuentos ofrecidos. En el caso que en alguna/s de las localidades detalladas en el Anexo I referido no cuenten con servicios de similares características a los ofrecidos en el Área II, la empresa deberá brindar su oferta de menor precio en todo el país para el servicio en cuestión, incluyendo las promociones y descuentos.

ARTÍCULO 11.- Dispóngase que la licenciataria TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA dentro de los SESENTA (60) días de dictada la presente Resolución, deberá informar a esta Autoridad de Aplicación, y publicar en su página web institucional, la totalidad de los planes comerciales de Acceso Minorista a Internet Fijo, individualizando aquellos de menor precio, incluyendo promociones y descuentos. Asimismo, ante una modificación en las condiciones y/o valor de cualquiera de sus precios ofrecidos por el servicio de Acceso Minorista a Internet Fijo, TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA deberá informar al ENACOM con una antelación no menor a SESENTA (60) días corridos.

ARTÍCULO 12.- Dispóngase que TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, deberá garantizar a otros prestadores, en condiciones transparentes, no discriminatorias y orientadas a costos, el acceso a su propia infraestructura de soporte, en especial postes, mástiles y ductos.

ARTÍCULO 13.- Dispóngase que las medidas referidas en los Artículos 9°, 10, 11 y 12 de la presente Resolución tendrán una vigencia de DOS (2) años contados a partir de la emisión de la presente, o hasta que se verifique la existencia de competencia efectiva en todas o en alguna de las localidades involucradas. Dicho plazo podrá ser prorrogado o dejado sin efecto por la Autoridad de Aplicación.

ARTÍCULO 14.- Establécese que en relación a la oferta de servicios de Cuádruple Play, será de aplicación lo previsto en el Artículo 7 del Decreto 1.340 de 2016.

ARTÍCULO 15.- Establécese que la sociedad CABLEVISIÓN HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA deberá acompañar las constancias que den cuenta de la inscripción registral del cambio de autoridades informado, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días de aprobada la presente operación.

ARTÍCULO 16.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

 

 
 
ANUNCIAN LA FUSION POR ABSORCION DE TELECOM Y CABLEVISION. FALTA LA PALABRA OFICIAL

01-JUL/2017


 

TV POR CABLE AUTORIZADA EN MARIANO ACOSTA, VILLA OCAMPO, CAMPANA, MBURUCUYÁ Y SANTA ROSA

30-JUN/2017

Boletín Oficial del 9 de junio.

Resolución 4482. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS TELEFÓNICOS, OTROS SERVICIOS PÚBLICOS Y CONSUMO DE MARIANO ACOSTA LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-61240906-0) el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico.

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de MARIANO ACOSTA, provincia de BUENOS AIRES.

Boletín Oficial del 23 de junio.

Resolución 5151. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA TELEFÓNICA DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS SOCIALES, ASISTENCIALES, DE VIVIENDA, PRÉSTAMOS, PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN VILLA OCAMPO LIMITADA (CUIT 30-54578502-8) el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico.

AUTORÍZA la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de VILLA OCAMPO, provincia de SANTA FE.

Boletín Oficial del 26 de junio.

Resolución 5176. AUTORÍZA a la firma GIGACABLE SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-70299643-7), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de CAMPANA, provincia de BUENOS AIRES.

Resolución 5179. AUTORÍZA a la firma RADIODIFUSORA VIRGEN DEL CARMEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-66983903-7), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de MBURUCUYÁ y SANTA ROSA, ambas de la provincia de CORRIENTES.

 

RED INTERCABLE OFRECERA BANDA ANCHA MOVIL DE LA MANO DE NEXTEL

22-JUN/2017

El acuerdo firmado entre Nextel y un grupo de operadores de TV paga independientes agrupados bajo el nombre de Red Intercable que brindan servicio en más de 580 localidades del interior evidencia en parte el objetivo de la empresa de telefonía celular del Grupo Clarín de expandir sus actividades de la mano de socios que le permitan engrosar su posición en el negocio de la 4G. Más, teniendo en cuenta la ventaja que las otras tres firmas del sector le llevan tanto en cantidad de clientes como en inversiones en infraestructura. Pero que el acuerdo haya sido anunciado en la sede del Ministerio de Comunicaciones por el titular de la cartera, Oscar Aguad da cuenta de la necesidad del Gobierno de auspiciar un crecimiento del espectro por el cual se ofrece hoy la telefonía celular en el país, considerado por las propias autoridades como escaso.

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Gracias al convenio, Red Intercable podrá utilizar el espectro de Nextel en las localidades donde opera, mediante el uso de infraestructura propia, para dar banda ancha móvil o fija. Así, los casi cinco millones de clientes de Red Intercable serán también potenciales usuarios de la 4G que ofrecerá la empresa del Grupo Clarín. El acuerdo establece que Red Intercable se encargará la inversión de despliegue, estimada en u$s 100 millones en los primeros dos años para dar cobertura al 100% de las localidades en las que opera. En este contexto.

Aguad aprovechó la convocatoria de prensa en la cual se anunció dicho convenio para anticipar la decisión oficial es la de distribuir entre las operadoras más espectro para 4G. Recordó la entrega de un bloque de bandas en 2,5 Ghz, que Cablevisión debió devolver como parte del acuerdo firmado con el Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) para que se le aprobara la reatribución de frecuencias obtenidas a partir de la compra de cinco empresas por parte de Nextel. Por esta operación, el Estado nacional recaudó más de u$s 200 millones y cierra un acuerdo más amplio que incluyó el desembarco de Nextel como cuarto operador entrante al servicio de 4G.

Según Aguad, “concluye un círculo que se inició hace un año y cuatro meses con el ingreso de la empresa del Grupo Clarín a un mercado donde reinaba el statu quo y en el que tiene que haber operadores fuertes que compitan por los clientes”.

El objetivo del Gobierno busca mejorar el servicio de datos móviles por lo que abre la puerta a asignaciones adicionales de frecuencias para Claro, Movistar, Personal y Nextel. Por eso en pocas semanas les ofrecerá las que el gobierno anterior le asignó a Arlink, del grupoVila-Manzano, pero que luego no le fueron entregadas lo cual generó un proceso judicial que ahora Aguad estaría por resolver de manera privada para luego volver a licitar estas bandas.

A esto se suma la migración del espectro hoy usado por Telecentro en la banda de 700 megas también para ofrecerlo a las operadoras que, en todo caso, ya la tienen asignada desde 2014. Según Aguad, el Gobierno “va a seguir limpiando espectro para llegar en 2019 a los 1000 megas, luego de haber recibido un país con 220 megas y ubicarlo actualmente en los 550”.

Además de anticipar que a fin de año habrá una prueba piloto para conocer el funcionamiento del servicio de 5G que estará a cargo de Nokia, sostuvo que la aspiración de su ministerio es que la inversión en infraestructura en telecomunicaciones pueda pasar del 1% al 3% del PBI, lo cual representaría u$s 1750 millones. Dijo además que las empresas más pequeñas “también tienen lugar en este contexto” y las consideró “aliadas del Gobierno” para mejorar la conectividad. “Buscamos que todo el país tenga la misma calidad de servicio móvil. Y en este punto las cooperativas y pymes son nuestros socios estratégicos”. También anunció un acuerdo con el Banco Nación para orecer líneas de crédito accesibles a los cableoperadores que quieran ampliar el tendido de fibra óptica al hogar. Destacó además el rol de ARSAT en el despliegue del Plan Federal de Internet “que acelerará la conexión de alta velocidad” ya que el espectro de 900 Mhz y el de 2,6 Ghz permiten más banda ancha en poco tiempo y con excelente cobertura y velocidad”.

Nueva ley después de las elecciones de octubre

Además de los objetivos de incrementar el espectro de 4G para mejorar los servicios de telecomunicaciones, el ministro Aguad, confirmó que el Gobierno enviará al Congreso la nueva ley regulatoria del sector “después de las elecciones’ de octubre”. Según el funcionario, el texto del proyecto “está prácticamente listo aunque podría abrirse una nueva ronda de consultas a través de la web, para incorporar nuevos elementos”. Se trata del marco normativo que reemplazará a leyes de Servicios de Comunicación Audiovisual y de Argentina Digital votadas por el kirchnerismo que el gobierno de Cambiemos pretende enterrar definitivamente.

Fuente: El Cronista

licencias de tv por cable otorgadas en pergamino, colonia avellaneda, la criolla y colon

08-JUN/2017

Boletín Oficial del 22 de mayo.

Resolución 3895. Regístra a nombre de la COOPERATIVA ELÉCTRICA SERVICIOS ANEXOS DE VIVIENDA Y CRÉDITO DE PERGAMINO LIMITADA (CUIT Nº 30-54569368-9) el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de PERGAMINO, provincia de BUENOS AIRES.

Resolución 3891. AUTORÍZA a la firma TEVECON SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-60576299-5), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de LA CRIOLLA, provincia de ENTRE RÍOS.

Resolución 3889. AUTORÍZA a la firma GIGACABLE SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-70299643-7), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de COLONIA AVELLANEDA, provincia de ENTRE RÍOS.

Boletín Oficial del 23 de mayo.

Resolución 3990. Regístra a nombre de la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS Y SOCIALES, VIVIENDA Y CRÉDITO COLÓN BUENOS AIRES LIMITADA (CUIT Nº 30-54574883-1) el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico. - Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de COLÓN, provincia de BUENOS AIRES.


 


FLAMANTES LICENCIATARIOS DE TV POR CABLE EN LA CRUZ, LA TOMA Y CINTRA

02-JUN/2017

Boletín Oficial del 19 de mayo.

Resolución 3781. OTÓRGA al señor Juan Carlos BUJAKIEWIEZ (CUIT N° 20-10322886-8), una Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de LA CRUZ, provincia de CORRIENTES.

Boletín Oficial del 22 de mayo.

Resolución 3897. Otórga a la firma LA TOMA CABLE SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-71454859-6) integrada por los señores Jorge David MATZKIN, con un NOVENTA POR CIENTO (90%) de participación accionaria y Gervasia SICA, con un DIEZ POR CIENTO (10%) de participación accionaria, una Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de LA TOMA, provincia de SAN LUIS.

Resolución 3892. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA DE AGUA, ENERGÍA Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS LA UNIÓN DEL PUEBLO LIMITADA CINTRA (CUIT Nº 30-54576544-2) el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico. AUTORÍZA la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de CINTRA, provincia del CÓRDOBA.

autorizaron tv por cable en varias localidades de la provincia de santa fe

29-MAY/2017

Boletín Oficial del 19 de mayo.

Resolución 3790. OTÓRGA al señor Omar Anselmo RIPOLL (CUIT Nº 20-12037057-0), una Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en las áreas de cobertura de las localidades de MURPHY, VILLADA, VILLA MUGUETA y FIRMAT, provincia de SANTA FE.

Boletín Oficial del 22 de mayo.

Resolución 3890. AUTORÍZA a la firma SAN VICENTE CABLE Y TELECOMUNICACIONES
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-64354996-0), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de MARGARITA, SANTA CLARA DE BUENA VISTA, LÓPEZ, AROCENA, IRIGOYEN, SAN FABIÁN y COLONIA BELGRANO, todas de la provincia de SANTA FÉ.

 

autorizaron tv paga en santa regina, 9 de julio, suardi, villa santa rosa, rinco y villa del carmen

23-MAY/2017

Boletín Oficial del 19 de mayo.

Resolución 3802. Otórga a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS Y SOCIALES SANTA REGINA (C.U.I.T. Nº 30-54582321-3), una Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura en la
localidad de SANTA REGINA, provincia de BUENOS AIRES.

Resolución 3804. OTÓRGA al señor Rolando Gabriel CABANILLAS (C.U.I.T. Nº 20-
16997860-4), una Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en las áreas de cobertura de las localidades de VILLA SANTA ROSA y 9 DE JULIO, ambas de la provincia de SAN JUAN.

Resolución 3806. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA TELEFÓNICA Y DE SERVICIOS PÚBLICOS DE SUARDI LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-54570782-5) el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de SUARDI, provincia de SANTA FE.

Resolución 3794. Autoríza a la COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y SOCIALES VILLA DEL ROSARIO LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30- 54564042-9), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de RINCÓN y CAPILLA DEL CARMEN, ambas de la provincia de CÓRDOBA.

transferidas licencias de tv por cable en los quirquinchos y camilo aldao

22-MAY/2017

Boletín Oficial del 18 de mayo.

Resolución 3748. APRUÉBA la transferencia de la Licencia Única Argentina Digital con registro de servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico, adjudicada por Resolución Nº 1.395-COMFER/98, para la ciudad de LOS QUIRQUINCHOS, provincia de SANTA FE, cuyo titular es la firma CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN POR CABLE LOS QUIRQUINCHOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a favor de la asociación civil HOGAR DE ANCIANOS LOS QUIRQUINCHOS (CUIT Nº 30-67394683-2).

"Que la firma CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN POR CABLE LOS QUIRQUINCHOS S.R.L. y la asociación civil HOGAR DE ANCIANOS LOS QUIRQUINCHOS, han documentado la transferencia mediante la copia certificada del contrato de cesión correspondiente suscripto con fecha 27 de abril de 2009", especifica uno de los considerandos.

Boletín Oficial del 19 de mayo.

Resolución 3780. APRUÉBA la transferencia de la Licencia Única Argentina Digital con registro de servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico, adjudicada por Resolución N° 432-COMFER/95, para la localidad de CAMILO ALDAO, provincia de CÓRDOBA, cuyo titular es la firma CAMILO ALDAO CABLE CANAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA a favor de la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS Y VIVIENDA LIMITADA DE CAMILO ALDAO (CUIT N° 30-54575046-1).

"Que la firma CAMILO ALDAO CABLE CANAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ha documentado la transferencia mediante el contrato de cesión correspondiente suscripto con fecha 18 de agosto de 2009" especifica uno de los considerandos.

JUEZ DE MENDOZA FRENA EL PLAN DE CONVERGENCIA DEL GOBIERNO A PEDIDO DE CABLEOPERADORA

25-ABR/2017

El juez federal de San Rafael, Eduardo Ariel Puigdéngolas ordenó frenar el desembarco de las telefónicas en el mercado de la televisión, suspender la reatribución de espectro que le permitiría al Grupo Clarín ofrecer telefonía móvil 3G y 4G y bloquear la posibilidad de que DirecTV ofrezca Internet. La decisión la tomo a raíz de una presentación judicial realizada por Cable Televisora Color (CTC) en donde la firma mendocina considera que es necesario proteger a cableras y radiodifusores “de una competencia distorsiva e inequitativa”. CTC es una empresa familiar que opera en las localidades de San Rafael, Tunuyán, San Carlos y Malargüe, pero en el sector la vinculan con el empresario mendocino Daniel Vila, quien tiene fuerte influencia sobre la justicia mendocina. Al ser un juzgado federal, la medida de no innovar rige para todo el país. PáginaI12 consultó al titular del Ente Nacional de Comunicaciones, Miguel de Godoy, quien prefirió no opinar sobre el fallo de la justicia, aunque aclaró que “frenar el proceso de convergencia es un error y atrasa”.

En su fallo, el juez hace propios los argumentos de CTC al afirmar que el decreto 267/15 que le abrió las puertas a las telefónicas en el servicio de la TV paga afecta a las cableras ya que “les impediría competir con los gigantes entrantes; no habiéndose dictado disposición alguna ni estructurado medida o política alguna tendiente a paliar las notables desigualdades apuntadas con vistas a proteger el pluralismo que los cable operadores representan y ofrecen como agentes de cultura audiovisual”. Luego agrega que “el decreto 1340/16 agravaría la discriminación a la que diera origen el DNU 267/15, beneficiando a determinados prestadores de servicios TIC, frente a la normativa que regula un mercado en competencia al facilitar el acceso de las telefónicas al mercado de la TV paga con notable laxitud en cuanto a la permisión de ingreso y condiciones de prestación del servicio”.

El magistrado sostiene que los artículos 4 y 5 del decreto 1340 “modificarían sustancialmente las condiciones de mercado existentes para la amparista (CTC)”. Por lo tanto, le ordena al Enacom suspender sus efectos y abstenerse de llevar a cabo los procedimientos allí previstos, “en tanto su implementación ocasionaría una lesión a los derechos de la presentante”.

El artículo 4 es el que habilitó al Enacom a adoptar las normas que “aseguren la reatribución de frecuencias del espectro con compensación económica y uso compartido”, tal como había solicitado el Grupo Clarín para poder ofertar telefonía móvil 3G y 4G en las frecuencias que compró el año pasado a través de Nextel. A su vez, el artículo 5 es el que les dio luz verde a las telefónicas para ofrecer televisión a partir de enero de 2018 en el Área Metropolitana de Buenos Aires, Rosario, Córdoba y Santa Fe, mientras que en ese mismo artículo se aclaró que para el resto del país las telcos deberán contar con una autorización del Enacom, el cual considerará especialmente proteger a aquellas localidades de menos de 80.000 habitantes donde el servicio sea prestado únicamente por cooperativas o pymes. El juez también ordena prohibir cualquier acto o norma que sea incompatible con los habilitados en las leyes 26.522, 27.078 e incluso en el DNU 267/15. La inclusión del decreto en ese punto parece destinada a evitar que DirecTV pueda brindar Internet. De hecho, se aclara expresamente la necesidad de mantener la inhabilitación de empresas de TV satelital para brindar servicios TIC. El fallo le apunta así a todos los grandes jugadores del mercado: Grupo Clarín, Telefónica, Telecom, Claro y DirecTV.

Fuente: Página 12

 

ENACOM OTORGO LICENCIAS DE TV POR CABLE
EN CAPITAL FEDERAL Y RIO TURBIO

20-ABR/2017

Boletín Oficial del 29 de marzo.

Resolución 8304. Otórga al señor Marcelo Alejandro CORTIZO (D.N.I. Nº 22.925.580 - CUIT Nº 20-22925580-1) Licencia Única Argentina Digital.

Regístra a nombre del señor Marcelo Alejandro CORTIZO (D.N.I. Nº 22.925.580 - CUIT Nº 20-22925580-1) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4 del artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico.

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de RÍO TURBIO, provincia de SANTA CRUZ.

Boletín Oficial del 12 de abril.

Resolución 2135. Regístra a nombre de la empresa SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA (CUIT N° 30-69038167-9), en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico.

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

CABLEOPERADORA DE ROSARIO PIDIO UN AMPARO ANTE EL AVANCE DE CLARIN, DIREC TV Y LAS TELEFONICAS

19-ABR/2017

La empresa Teledifusora S.A., que brinda televisión por cable e internet en Rosario con la marca Express (ex Cablehogar), presentó un pedido de amparo ante un juzgado federal de esa ciudad para tratar de frenar el desembarco de las telefónicas en su área de cobertura como proveedoras de televisión a partir del año próximo. Además, el escrito cuestiona la habilitación que se le otorgó a DirecTV para brindar servicios de internet y la imposibilidad que tienen las pymes para ofrecer telefonía móvil. La cablera, propiedad de los hermanos Marcelo y Gabriel Bandiera, advierte que se están generando las condiciones para que el Grupo Clarín, DirecTV y las telefónicas compitan sin contemplar la situación de las pymes que vienen brindando servicios en el mercado audiovisual desde hace varias décadas.

En la presentación se afirma que el decreto de necesidad y urgencia 267, con el que el presidente Mauricio Macri modificó aspectos centrales de la ley de medios audiovisuales 26.522, habilitó a las telefónicas a dar televisión a partir de enero de 2018, con la posibilidad de extender ese plazo un año más. Ese DNU fue luego ratificado por el Congreso, pero Teledifusora advierte que el dictamen de mayoría de la comisión bicameral de trámite legislativo advertía que las empresas que proveen servicios de cable en el interior del país “merecer protección equitativa a efectos de fomentar la competencia e impedir la concentración que es siempre su rival en la libre economía de mercado”. Ese dictamen recomendaba extender la prohibición para las telcos a cinco años, con posibilidad de un año más.

El gobierno descartó esa recomendación porque además de beneficiar a las pymes iba a ser aprovechada fundamentalmente por el Grupo Clarín, quien en otras ocasiones se ha escudado en reivindicaciones a favor de las pymes para obtener ventajas. Si bien el Grupo Clarín obtuvo varias concesiones, el gobierno consideró que extender la prohibición a las telcos hasta 2021 era imposible de sostener políticamente. No obstante, el artículo 5 del decreto 1340 habilitó su desembarco automático a partir de enero de 2018 solo en el Área Metropolitana de Buenos Aires, Rosario, Córdoba y Santa Fe. En el resto del país, Movistar (Telefónica), Personal (Telecom) y Claro (América Móvil) deben contar con una autorización del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), el cual, según ese mismo artículo, considerará especialmente proteger a aquellas localidades de menos de 80.000 habitantes donde el servicio sea prestado únicamente por cooperativas o pequeñas y medianas empresas.

Teledifusora también brinda servicio en Salta y Santiago del Estero, pero el problema se plantea en Rosario, donde ya compite con Cablevisión y DirecTV y ahora se sumarán las telcos. Para el regulador es difícil proteger a la firma en esa ciudad sin que el beneficio sea aprovechado al mismo tiempo por la cablera del Grupo Clarín. No obstante, desde la empresa de los hermanos Bandiera remarcan que si ellos brindaran servicio en Mar del Plata, Bahía Blanca o cualquiera de las capitales de provincia, salvo Córdoba, hubiesen quedado protegidos frente a las telcos y en muchas de esas zonas Cablevisión también brinda servicio.

En el caso puntual de DirecTV, habilitada a brindar internet por el artículo 6 del decreto 1340, Teledifusora cuestiona que la firma estadounidense tenía vedada esa posibilidad por la ley de medios audiovisuales 26.522 e incluso por el DNU 267/2015 firmado por el presidente Macri y ratificado por el Congreso. Sin embargo, esa prohibición se terminó derogando por un decreto simple como el 1340.

La cablera de Rosario advierte también que la competencia que viene será muy desigual para ellos, no sólo por los beneficios que les ofrece la economía de escala a las grandes firmas, sino porque tanto las telcos como el Grupo Clarín van a poder ofrecer un combo de promoción que incluya televisión, internet y telefonía, mientras que las pymes no están en condiciones de brindar telefonía móvil porque carecen de espectro radioeléctrico. Para tratar de compensar esta situación Enacom le otorgó recientemente a Teledifusora una licencia para que pueda brindar telefonía como Operador Móvil Virtual (OMV), pero para eso necesita tener acceso a las redes de las telcos y estas firmas han dejado claro ante el regulador que sólo pondrán a disposición ese acceso cuando el gobierno libere completamente el espectro radioeléctrico que obtuvieron en la licitación de 2015 y que todavía no pueden usar en las grandes ciudades porque continúa estando ocupado por empresas, como el Grupo Pierri, que reclaman una indemnización antes de resignar ese valioso activo.

En el escenario actual, dos competidores de Teledifusora en el mercado de la televisión paga podrán brindar nuevos servicios, ya que Cablevisión ofrecerá telefonía móvil en breve y DirecTV está en condiciones de sumar internet a su oferta de televisión satelital. A su vez, en enero las telefónicas estarán en condiciones de ofrecer televisión. Ese efecto de pinzas dejará a las pymes del sector al borde de la quiebra o serán forzadas a venderle sus redes a los grandes jugadores, en su mayoría extranjeros.

Fuente: Página 12
 

 

 

LA NACION +, INCLUSION OBLIGATORIA EN LA GRILLA DE
 TV POR SUSCRIPCION

05-ABR/2017

El Enacom resolvió que todos los sistemas de TV por suscripción que operan en el país "deberán garantizar la emisión de la señal de noticias de interés nacional denominada LN+ en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA". Ello comprende las grillas de programación analógicas y digitales.

Así consta en la Resolución 2061 publicada en el Boletín Oficial del 3 de abril.

La medida tiene sustento en el Reglamento para el sector aprobado por Resolución 1394 del 2016 que establece la inclusión obligatoria en la grilla de programación de la TV por suscripción de una serie de señales y canales, entre ellas las señales catalogadas "de noticias".

El mes pasado el Enacom dictó una medida similar en la que enumeraba las señales que ingresaban en esa categoría.

LN+ forma parte del tradicional periódico y comenzó a transmtir en septiembre de 2016.


 

AUTORIZARON TV POR CABLE EN PIRAN, SUCO Y SANTA ANA

20-MAR/2017

Boletín Oficial del 13 de marzo.

Resolución 1348. OTÓRGASE a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE GENERAL PIRAN LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-54571280-2), una Licencia Única Argentina Digital.

Regístra el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico.

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de GENERAL PIRAN, provincia del BUENOS AIRES.

Boletín Oficial del 14 de marzo.

Resolución 1585. AUTORÍZA a la firma MOLDES CABLE COLOR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-66906140-0), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de SUCO, provincia de CÓRDOBA.

Boletín Oficial del 15 de marzo.

Resolución 1611. OTÓRGA al señor Cesar Hugo AGUIRRE (C.U.I.T. Nº 20-29571022-6), una Licencia Única Argentina Digital.

Regístra el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico.

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de SANTA ANA, provincia de MISIONES.

 

INCLUSION DE CANALES DE NOTICIAS EN LA GRILLA DE LOS SISTEMAS DE TV PAGA

15-MAR/2017

Así se desprende de la Resolución 1645 del Enacom publicada en el Boletín del 13 de marzo. Exige que los titulares de Licencia Única Argentina Digital con registro de radiodifusión por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico, en sus grillas analógicas y digitales; y de licencias de comunicación audiovisual por suscripción por vinculo satelital (DTH) deberán garantizar la emisión de las señales de noticias de interés nacional y provincial dentro de cuyo territorio se encuentren emplazados.

El detalle es el siguiente:

http://www.colsecornoticias.com.ar/images/Television/Grilla2017-obligatoria.jpg

 

AUTORIZADA CABLEVISION A EXTENDER SERVICIO EN RIO TALA, GOB. CASTRO Y SANTA LUCIA

10-MAR/2017

A través de la Resolución 1222 del Enacom la firma del Grupo Clarín fue autorizada a prestar el servicio en las localidades bonaerenses de RÍO TALA, GOBERNADOR CASTRO y SANTA LUCÍA.

Según cosnta en los considerandos de dicho acto administrativo, publicado en el Boletín Oficial del 9 de marzo, Cablevisión S.A., absorvió a las firmas PARANÁ TELEVISIÓN POR CABLE SOCIEDAD ANÓNIMA. SISTEMA V.C. VIDEO COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA que operaban en la localidad de SAN PEDRO.

La solicitud de extensión del servicio a estas tres localidades fue solicitada en el año 1997.

Nuevo licenciatario en Tartagal

Boletín Oficial del 9 de marzo.

Resolución 1262. AUTORÍZA a la firma WAIMAX TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-71117754-6), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de TARTAGAL, provincia de SALTA.

 

 

flamantes licenciatarios de tv por cable en ciudades de chaco, corrientes, la pampa y santiago del estero

02-FEB/2017

Boletín Oficial del 20 de enero.

Resolución 149. Otórga a la señora Yanina Ileana MARTINEZ (C.U.I.T. Nº 23-26848166-4), una Licencia Única Argentina Digital. Regístra el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de TRES ISLETAS, provincia del CHACO.

Resolución 179. AUTORÍZA a la firma SERVICIOS INTEGRALES DE TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. 30-63988789-4), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de ATALIVA ROCA, provincia de LA PAMPA.

Resolución 180. AUTORÍZA a la firma SERVICIOS INTEGRALES DE TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-63988789-4), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de SANTA ISABEL, provincia de LA PAMPA.

Resolución 209. AUTORÍZA al señor José Simón MONTI (C.U.I.T. Nº 20-13650594-8), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de PERUGORRIA, provincia de CORRIENTES.

Resolución 210. Otórga a la empresa IBLAST SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-71112083-8) integrada por el señor Valerio Agustín TADINACK, con un VEINTE POR CIENTO (20%) de participación accionaria, por el señor Juan Carlos WENDLER con un VEINTE POR CIENTO (20%) de participación accionaria, por el señor Osvaldo Fabián ALEGRE con un VEINTE POR CIENTO (20%) de participación accionaria, por el señor Aníbal Esteban ALEGRE con un VEINTE POR CIENTO (20%) de participación accionaria y por el señor Alfredo Daniel ALEGRE con un VEINTE POR CIENTO (20%) de participación accionaria, una Licencia Única Argentina Digital. Regístra el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de CAMPO GALLO, TINTINA, DONADEU y WEISBURO todas de la provincia de SANTIAGO DEL ESTERO.

oficial, extension de cablevision a mariano alfonzo y juncal

23-ENE/2017

Así lo indica la Resolución 178/17 del ENACOM publicada en el Boletín Oficial del 19
de enero. Según consta en sus considerandos, la solicitud de extensión del servicio fue requerida en el año 1993 cuando la cableoperadora era explotada por TELEVISIÓN COMUNITARIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con cabecera en la localidad bonaerense de COLON. Esta firma fue absorbida en el año 2008 por CABLEVISION S.A.

Por lo tanto, la cableoperadora del Grupo Clarín ya puede extender su servicio a las localidades de MARIANO H. ALFONZO, provincia de BUENOS AIRES, y JUNCAL, provincia de SANTA FÉ.

El artículo 2º emplaza a la firma a presentar dentro de 180 días corridos tanto la copia autenticada de las ordenanzas o resoluciones municipales pertinentes que autoricen el tendido aéreo de la red exterior del sistema como la autorización del organismo o empresa propietaria de los postes a utilizarse para la fijación de la red.

Moldes

En la misma edición del Boletín Oficial la Resolución 197 AUTORIZO a la firma MOLDES CABLE COLOR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-66906140-0), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de MALENA, provincia de CÓRDOBA.

 

 

enacom reasigna canales de uhf codificado en carboni, san rafael, cordoba capital y san miguel de tucuman

11-ENE/2017

En el Boletín Oficial del 9 de enero el Enacom publicó las siguientes resoluciones a través de las cuales reasignó canales a licenciatarios de servicios de televisión por suscripción que operan en la banda de UHF en las localidades de Antonio Carboni, San Rafael, Ciudad de Córdoba y San Miguel de Tucumán. Todo ello con motivo de la reorganización del espectro radioeléctrico con el objetivo de liberar la porción conocida como banda de 700 que será destinada a telefonía móvil.


Resolución 37
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157472/20170109

Resolución 9614
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157471/20170109

Resolución 9701
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157469/20170109

Resolución 9703
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157470/20170109

cooperativas, flamantes licenciatarias de tv por cable en las higueras, capiovi, puerto rico, ticino y bengolea

10-ENE/2017

Boletín Oficial del 2 de enero.

Resolución 9683. Otórga a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LIMITADA LAS HIGUERAS (CUIT Nº 33-54576117-9), Licencia Única Argentina Digital.

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de LAS HIGUERAS, provincia de CÓRDOBA.

Boletín Oficial del 3 de enero.

Resolución 9625. Regístrese a nombre de la COOPERATIVA LUZ Y FUERZA DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN LIMITADA (CUIT Nº 30-54574326-0) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico.

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en las áreas de cobertura de las localidades de CAPIOVI y PUERTO RICO, ambas de la provincia de MISIONES.

Boletín Oficial del 6 de enero.

Resolución 10204. REGISTRESE a nombre de la COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS VIVIENDA Y CREDITO TICINENSE LIMITADA (CUIT Nº 30-54576049-1), en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00.

Autorízase la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de TICINO, provincia de CORDOBA.

Resolución 10199. Regístre a nombre de la COOPERATIVA DE PROVISION DE ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES DE CREDITO Y VIVIENDA BENGOLEA LIMITADA (CUIT Nº 30- 54576001-7), en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00.

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de BENGOLEA, provincia de CORDOBA.

CABLEOPERADORA FUEGINA OBTIENE AVAL OFICIAL PARA EXTENDER SERVICIO

06-ENE/2017

En el Boletín Oficial del 3 de enero el Enacom publicó la Resolución 9630 a través de la cual autorizó a la firma TV FUEGO SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-61000410-1), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de TOLHUIN, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

Según consta en uno de los considerandos del acto administrativo, el 26 de octubre de 2010 la firma TV FUEGO SOCIEDAD ANÓNIMA efectuó una solicitud para la obtención de una extensión de licencia del entonces denominado servicio de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico en la localidad de TOLHUIN.

TV FUEGO SOCIEDAD ANÓNIMA es titular de una Licencia Única Argentina Digital, con registro del servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de RÍO GRANDE, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICOSUR, originariamente adjudicada mediante Resolución Nº 397-COMFER/84

Por último, el artículo 2º de la resolución le exige a la licenciataria presentar dentro de 180 días tanto la copia autenticada de la ordenanza o resolución municipal que autorice el tendido aéreo de la red exterior del sistema como la autorización del organismo o empresa propietaria de los postes a utilizarse para la fijación de la red, bajo apercibimiento de caducidad de la autorización.

 

FLAMANTES LICENCIATARIOS DE TV POR CABLE EN BARRANCAS, GRAN GUARDIA, CONCEPCION DEL URUGUAY, BARILOCHE, VILLA CAÑAS Y VILLA MEDIA AGUA

27-DIC/2016

Boletín Oficial del 19 de diciembre

Resolución 8961. Otórga al señor Osvaldo Antonio Juan OLMEDO (CUIT Nº 23-14654982-9) Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de BARRANCAS y MARIANO MORENO, ambas de la provincia de NEUQUÉN.

Resolución 8962. Otórga al señor José Eleuterio GONZÁLEZ (CUIT Nº 20-13096795-8) Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de GRAN GUARDIA, provincia de FORMOSA.

Resolución 8966. Otórga a la firma VIDEO DIGITAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT Nº 30-71469658-7) integrada por el señor Juan Pablo JUYERO MIRANDA con un NOVENTA POR CIENTO (90 %) del capital social y por el señor Juan Rafael JUYERO, con un DIEZ POR CIENTO (10 %) del capital social, Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de CONCEPCIÓN DEL URUGUAY, provincia de ENTRE RÍOS.

Resolución 8974. Otórga a la firma INTERCABLE TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-68071253-7), integrada por el señor Raúl LÓPEZ con un TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES POR CIENTO (33,33 %) de participación accionaria; por la señora Mónica Isabel UBIRIA con un TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES POR CIENTO (33,33 %) de participación accionaria, y por el señor Ricardo Alberto MASINI, con un TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES POR CIENTO (33,33 %) de participación accionaria, Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de VILLA CAÑÁS, provincia de SANTA FE.

Resolución 8976. Otórga a la firma BTC SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-63154016-9), integrada por la firma SUPERCANAL SOCIEDAD ANÓNIMA con un OCHENTA POR CIENTO (80%) de participación accionaria, y el señor Carlos Alberto FERNANDEZ con un VEINTE POR CENTO (20%) de participación accionaria, Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de SAN CARLOS DE BARILOCHE, provincia de RÍO NEGRO.

Resolución 8977. Otórga al señor Nicolás Andrés NOVI (CUIT N° 20-29422325-9) Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de VILLA MEDIA AGUA y LOS BERROS, ambas de la provincia de SAN JUAN.

 

 

LICENCIAS PARA OPERAR TV POR CABLE OTORGADAS EN LUJAN, SAN ANTONIO, SANTA ELENA, HERNANDARIAS Y PIEDRAS BLANCAS

21-DIC/2016

Boletín Oficial del 15 de diciembre.

Resolución 8240. Otorga a la COMISIÓN VECINAL TELEVISORA SAN ANTONIO Y CASTELLANOS - COVETSAC (CUIT Nº 30-65908413-5) Licencia Única Argentina Digital. Autoriza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de SAN ANTONIO, provincia de SANTA FE.

Resolución 8258. Otorga al señor Jorge Alberto CRISTAL (CUIT Nº 20-08629920-9) Licencia Única Argentina Digital. Autoriza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de LUJAN, provincia de SAN LUIS.

Resolución 8259. Otorga al señor Renato OJEDA GÓMEZ (CUIT Nº 20-24774272-8) Licencia Única Argentina Digital. Autoriza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de SANTA ELENA, provincia de ENTRE RÍOS.

Resolución 8325. Otorga a la firma TELEVISORA HERNANDARIAS COLOR SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT Nº 30-64781820-6) Licencia Única Argentina Digital. Autoriza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de las localidades de HERNANDARIAS y PIEDRAS BLANCAS, ambas de la provincia de ENTRE RÍOS.

CONSTRUIR TV Y QM NOTICIAS, INCLUIDAS EN EL MUST-CARRY

21-DIC/2016

El Enacom resolvió que la señal Construir TV, que opera el sindicato UOCRA, sea incluída en todos los sistemas de televisión por suscripción del país; en tanto QM Noticias sólo en servicios que funcionan en la Provincia de Buenos Aires. Así consta en las Resoluciones 9022 y 9229 publicadas en el Boletín Oficial del 20 de diciembre.

El ente regulador hace una interpretación amplia del concepto de must-carry contemplado en el REGLAMENTO GENERAL DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN POR SUSCRIPCIÓN MEDIANTE VÍNCULO FÍSICO Y/O RADIOELÉCTRICO. El mismo obliga la inclusión en la grilla de “las emisiones de los servicios licenciatarios de televisión abierta de origen cuya área de cobertura coincida con el Área de Cobertura del servicio” y las señales “de noticias nacionales, individualizadas como tales por el ENACOM en el marco de la definición indicada en el artículo 1° del presente”.

Al respecto, dicho Reglamento define a la señal de noticias nacionales como la “de contenidos audiovisuales, cuyo contenido programático está empaquetado y presenta como eje temático las noticias, incluyendo programación cuyos contenidos prioritarios son los informativos, estructurándose los mismos en diversos formatos: noticieros, periodístico, mesas de opinión, etc. relativos al acontecer del país en los diferentes aspectos del orden socio político y económico, cultural y deportivo, tanto en lo macro como en lo micro (ya sea regional, provincial, local)”.

En base a esta definición el Enacom entiende que resulta aplicable sobre sendas señales, "toda vez que la misma se encuentra expresamente contenida por los términos en que han sido allí definidas y ya ha sido expresamente reconocida como de inclusión obligatoria".

En definitiva, dichas resoluciones no hacen más que replicar similares dictadas por la extinguida AFSCA en el año 2013.

Cabe resaltar que ambas señales además operan como licenciatarios de TV en formato digital. Construir TV opera en el canal digital 26.2 en la Ciudad de Buenos Aires, mientras que QM noticias, del Grupo Cielo, funciona en la ciudad de La Plata. Ambas licencias fueron adjudicadas en los últimos días del gobierno kirchnerista.

OPERADORES DE TV PAGA: ENACOM AMPLIA PLAZOS PARA LA PRESENTACION DE DOCUMENTACION

16-DIC/2016

A través de la Resolución 8979, publicada en el Boletín Oficial del 15 de diciembre, el Enacom otorgó una prórroga de 30 días hábiles para que los licenciatarios de TV Paga (todos menos satelital) den cumplimiento a determinadas obligaciones.

Esto es:

- Declaración Jurada exigida en la Resolución 427/16 que establece el trapaso a licencias TIC y que definió el tratamiento procesal administrativo de diversas solicitudes que involucraban licencias y/o extensiones y ampliaciones correspondientes a los servicios por suscripción por vínculo físico o radioeléctrico pendientes de resolución.

- Información sobre el área de cobertura originaria y, si las hubiere, las unidades territoriales complementarias y/o extensiones de aquella en las que se encuentren prestando el servicio, a través del aplicativo disponible al efecto en la página web del ENACOM.

- Presentación de la opción por la continuación de la operación del servicio en los términos de la Resolución 432-AFSCA/11 o su adecuación a las previsiones del Reglamento aprobado por la Resolución 1394-ENACOM/16.

La decisión de extender los plazos previstos fue tomada porque se verificó que "...un alto porcentaje de trámites que no han sido ratificados, registrados o cuyas opciones no se han ejercido".

PRIMERA REUNION DE LA UNION DE CABLEOPERADORES PYMES LATINOAMERICANOS

16-DIC/2016

El pasado viernes 9 de diciembre, por la tarde, en la Hosteria del Parque, ciudad de San José, Uruguay, se celebró la reunión de la Unión de Cableoperadores Pymes Latinoamericanos (UOL) con la presencia de integrantes de las Cámaras socias.

La actividad convocó a representantes de cableoperadoes de Argentina y Paraguay, que junto a Uruguay sentaron las bases para el trabajo conjunto, designaron las autoridades y labraron el acta constitutiva de la UOL.


Los representantes de Chile (TVCCH) no pudieron concurrir pero a través de poderes avalaron las decisiones tomadas.

Los principales puntos tratados fueron los siguientes:

El nombre de la misma será, Unión de Cableoperadores Pyme Latinoamericanos.

La Presidencia y Secretaria será ocupada de forma rotativa cada seis meses por cada Asociación miembro y por orden alfabético, por lo que asumió la Presidencia Marcelo Tulissi y la Secretaria Hugo Genovesio ambos por CACPY de Argentina.

Las demás Cámaras conforman la comisión directiva a través de sus presidentes Washington Melo (Cuta), Cristian Zuleta Vega (TVCCH) y Félix Ricardo Morlas (ACIP) y sus respectivos Secretarios.

Se fijó la Sede de la UOL en la República Oriental del Uruguay.

Las decisiones serán tomadas por consenso.

Los constituyentes y/o fundadores han manifestado, que para dar un inicio responsable y serio a la entidad sin ánimo de lucro que se constituye UNION DE CABLEOPERADORES PYMES LATINOAMERICANOS, UOL, establecen como principios fundadores los siguientes:

La defensa de los intereses comunes del sector pymes de la cámara integrantes de televisión por cable y telecomunicaciones.

El desarrollo, fomento y protección de empresas pymes de cableoperadores pymes en Latinoamérica, generando cambios en la actividad de autoridades, organismos gubernamentales y entes regulatorios de los Países miembros, como también en sus actuales normativas regulatorias.

El trabajo conjunto en la obtención de políticas comerciales no predatorias, discriminatorias ni atentatorias contra la libre competencia por parte de proveedores de contenidos y servicios de telecomunicaciones en general.

La denuncia y publicidad de actos atentatorios contra la libre competencia que afecten a empresas de cableoperadores pymes de Países miembros.

El desarrollo sustentable de la industria de telecomunicaciones en Latinoamérica
Los anteriores principios fundadores del Unión de Cables UOL constituyen el espíritu de la misma y nutrirán su actuar futuro.

Fuente: Cacpy


OTORGAN LICENCIAS DE TV POR CABLE EN CONCEPCION, GRAL. MADARIAGA Y SAN JUSTO

15-DIC/2016

En el Boletín Oficial del 12 de diciembre el ENACOM publicó los siguientes actos administrativos.

Resolución 8177. Otórga a la firma CONCEPCIÓN COMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT Nº 30-71211007-0) - integrada por Gustavo Aníbal Gabriel OLARTE con un SESENTA POR CIENTO (60%) de participación accionaria, Miriam Edith ROLANDI con un VEINTE POR CIENTO (20%) de participación accionaria, Paula OLARTE con un DIEZ POR CIENTO (10%) de participación accionaria y Belén OLARTE con un DIEZ POR CIENTO (10%) de participación accionaria - Licencia Única Argentina Digital.

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de CONCEPCIÓN, provincia de TUCUMÁN.

Resolución 8185. Otórga a la firma CRECER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (en formación), integrada por el señor Jorge Alberto CRISTAL (CUIT Nº 20-08629920-9) con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del capital social, y por el señor Guillermo Patricio RODERO (CUIT Nº 20-11455281-0) con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del capital social, Licencia Única Argentina Digital. 

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de GENERAL JUAN MADARIAGA, provincia de BUENOS AIRES.

Resolución 8266. Otórga a la ASOCIACIÓN MUTUAL DE AYUDA ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB COLÓN DE SAN JUSTO (CUIT Nº 30-64487674-4), Licencia Única Argentina Digital. 

Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de SAN JUSTO, provincia de SANTA FE.
 

 

SANTA FE. CLAUSURARON LOCAL DONDE FUNCIONABA CABLEOPERADORA ILEGAL

13-DIC/2016

El Gobierno de la Ciudad, a través de la Secretaría de Control, dispuso la clausura preventiva de un local ubicado en calle Demetrio Gómez S/N de Alto Verde por distribuir de manera ilegal el servicio de cable en el barrio costero. La medida se hizo efectiva este lunes por la mañana y, de acuerdo a lo establecido en la resolución, responde a que el inmueble no contaba con la habilitación municipal pertinente para desarrollar el emprendimiento comercial en cuestión. Por tal motivo, además, se ordenó el “secuestro preventivo de los bienes cuya utilización sirviere para el funcionamiento en contravención con las normas vigentes y el ejercicio irregular de la actividad”.

El secretario de Control del Gobierno de la Ciudad, Ramiro Dall’Aglio, explicó al respecto que “el local estaba funcionando sin las habilitaciones correspondientes. La inspección se realizó de forma coordinada entre inspectores municipales y personal del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), con apoyo de Prefectura. Constatamos que realizaban la prestación clandestina del cable en el barrio y, por tanto, procedimos a clausurar el local y a decomisar el dispositivo con el que distribuían el servicio”. En esta línea, el funcionario completó: “Luego radicamos la denuncia policial para garantizar que no se siga prestando el servicio de esta manera manera y, además, notificamos a la empresa oficial de cable para que sus responsables estén al tanto que estaban funcionando a través de un comercio ilegal”.

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Fuente: Agenciafe

CABLEOPERADORES DE ARGENTINA, PARAGUAY, CHILE Y URUGUAY FUNDARON LA CAMARA UOL

23-NOV/2016

Según informa la Cámara de Cableoperadores Pymes en su página web, días pasados en Santiago de Chile, en el marco de un evento, quedó conformada la UNIÓN DE CÁMARAS DE OPERADORES LATINOAMERICANA PYMES (UOL) conformada por CACPY Argentina, CUTA Uruguay, TVCC de Chile y ACIP de Paraguay.

Esta cámara tendrá como finalidad la defensa del sector PYMES de TV por Cable y Telecomunicaciones, representada por Marcelo Tulissi de Argentina, Washington Melo de Uruguay, Félix Ricardo Morla Benítez de Paraguay y Cristian Zuleta Vega de Chile Presidentes de cada Cámara.

Los principales puntos en su primera etapa fueron referente a los precios y calidad de contenidos, el análisis de futuras fusiones de Empresas Multinacionales de contenidos y su concentración, el trabajo en conjunto ante los distintos gobiernos sobre el marco regulatorio y organismos de los países involucrados.

 

CABLEOPERADORES APOYAN LA CONVERGENCIA, PERO NO LA CONCENTRACION

01-NOV/2016

Un núcleo importante de empresas prestadoras del servicio de televisión por cable planteó al Gobierno que revise los plazos y condiciones que permiten el ingreso de las compañías de telecomunicaciones, para no lograr que las nuevas inversiones buscadas para el sector terminen siendo sustitutivas y pongan en riesgo desde puestos de trabajo hasta la necesaria pluralidad de voces.

Esta posición fue hecha pública en el marco de la Jornada Nacional del Cable realizada el jueves pasado en Costa Salguero, con la organización de Prestadores Argentinos de Servicios Audiovisuales y de Telecomunicaciones (Pasat).

Parte de estas condiciones ya fueron reclamadas en la última edición de las Jornadas Internacionales realizada en septiembre.

Según consigna el periodico El Cronista, el cableoperador David Matzkin señaló que, sin contar a Cablevisión y a DirectTV, las Jornadas representaron a 90% del mercado de la televisión por suscripción, con más de 1,5 millones de clientes y 12.000 trabajadores. "Somos pro-convergentes, nuestras empresas fueron pioneras en converger servicios", pero agregó luego que el Gobierno debe atender a otras realidades antes de dar paso a una desregulación total. "Resulta necesario reconsiderar las condiciones y el plazo para que las actuales licenciatarias de telefonía, fija y móvil, que incuestionablemente se encuentran en una situación de poder significativo de mercado, puedan prestar el servicio de radiodifusión por suscripción, mediante vínculo físico y/o mediante vínculo radioeléctrico. Podría considerarse exiguo el plazo contemplado en el art. 94 de la Ley 27.078, modificado por el artículo 10 del decreto 267/15, que en principio habilitaría a extenderlo a cinco años, prorrogable por un plazo igual, conforme las condiciones de mercado del área que se trate".

"Somos cientos de empresas que invertimos y sumamos nuevos puestos de trabajo, y requerimos evitar caer en el grave e irreparable error estratégico por el cual, creyendo fomentar una política de inversiones del exterior, con el objetivo de ampliar la cantidad de prestadores de nuevos servicios que se sumen a los ya existentes nacionales, sólo se consiga provocar el ingreso de unas pocas grandes empresas extranjeras que, obtengan de inmediato un desproporcionado poder de mercado por la lógica consecuencia de sumar, a la magnitud de su propio volumen empresario, las facilidades operativas y estratégicas que las reglamentaciones administrativas les brinden para su instalación". En este contexto, Matzkin advirtió el riesgo de que "las tan anheladas inversiones en el sector terminarán siendo meramente sustitutivas, por no sumarse a las existentes, sino que provocarán nuestro desplazamiento del mercado".

"Necesitamos que la legislación genere igualdad de condiciones económicas entre prestadores, con igual capacidad de competir en mercados semejantes, analizando límites en el ingreso a la televisión por suscripción y fijar restricciones al acceso a nuevas licencias de DTH para aquellos prestadores con porcentajes significativos del mercado. Nuestras empresas necesitan ampliar el plazo del ingreso de las telcos, a nuestro mercado, prorrogable, conforme las condiciones de mercado del área que se trate".

"Se debe permitir toda la competencia posible, pero preservando a las empresas de similar rango económico y capacidad de prestación", concluyó.

EL GOBIERNO COORDINO CON EL SECTOR TIC LA BUSQUEDA DE INVERSIONES EN EE.UU.

31-OCT/2016

El jueves 27 de octubre el presidente de CATEL Ariel Fernández Alvarado, participó de un encuentro en Casa Rosada junto al presidente de la Nación Mauricio Macri, el ministro de Comunicaciones Oscar Aguad, el titular del ENACOM, Miguel de Godoy, su director Heber Martínez y su gerente Agustín Garzón, el director Nacional de Inversiones Esteban Vainer, la Secretaria de Promoción de Inversiones Clarisa Estol y el presidente de ARSAT Rodrigo de Loredo. Asistieron a la reunión representantes de las principales organizaciones del sector de las telecomunicaciones y medios de comunicación del país.

El motivo del encuentro giró en torno a la misión de promoción del sector TIC argentino que se realizará la entre el lunes y el jueves de la próxima semana en los Estados Unidos, en la cual CATEL estará participando.

En palabras del presidente de la Nación, el objetivo es seguir posicionando a la Argentina como un destino atractivo para inversiones de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y es "una continuación" del Foro de Inversiones y Negocios realizado a mediados de septiembre en Buenos Aires.
El ministro Aguad señaló: "Argentina tiene un gran atraso tecnológico, una asimetría incluso en la región. Este es un país que está abierto a las inversiones, porque necesitamos que todo el país esté conectado a la banda ancha de de la nueva tecnología, vamos a auspiciar y favorecer las nuevas tecnologías".

Próximamente se emitirán nuevas pautas acerca de temas de máxima relevancia para el sector de TIC. El ministro Aguad señaló a este respecto que la decisión presidencial es "cuidar y defender" a los operadores más pequeños (pymes y cooperativas del interior, principalmente) que "representan a un porcentaje muy grande del país, a un 30% de la población que vive en esos territorios".

En la agenda de reuniones para la misión de promoción del sector TIC se encuentran fondos de inversión y empresas del negocio de las telecomunicaciones tales como At&T, Viacom, Cisco, Millicom, Apple, el grupo de inversores PJT Partners, y con el grupo de bancos de inversión BCIU.

También se formará parte de un grupo reducido de trabajo sobre la Economía Digital con la FCC (Comisión Federal de Comunicaciones), que resulta particularmente interesante para las cooperativas puesto que uno de los temas a plantear es la asignación de espectro para pequeños operadores.

Actualmente, las cooperativas de telecomunicaciones se encuentran a la espera de novedades en cuanto a la correcta presentación de la oferta de referencia por parte de las empresas de telefonía móvil. Se trata de un elemento vital en el proyecto de implementación de Operación Móvil Virtual Cooperativo. No menos importante resulta el factor de que aún ninguna de las cooperativas nucleadas en CATEL haya obtenido la registración de este servicio. Cabe destacar que ya se han cumplido las investigaciones técnicas, comerciales, se ha seleccionado la plataforma y se cuenta ya con los fondos suficientes para montar la solución técnica para comenzar a brindar el servicio. Sólo restan de este modo la obtención de los permisos y la suscripción de acuerdos con los Operadores Móviles de Red.

Otro de los proyectos en los que se encuentran enfocadas las cooperativas es el de Carrier Grade WiFi para brindar datos móviles de calidad y que será parte vital de la infraestructura que se aportaría para el proyecto de OMV.

Fuente: Catel

ACUERDO ESTRATEGICO ENTRE ARSAT Y COLSECOR

10-OCT/2016

"Esta tarea de llevar futuro a cada argentino la estamos realizando a paso sostenido, y la firma de este convenio con Colsecor representa un importante avance en este sentido", afirmó el titular de Arsat, Rodrigo de Loredo.

El acuerdo establece que Arsat brindará a Colsecor (Cooperativa de Provisión y Comercialización de Servicios Comunitarios de Radiodifusión) servicios de transporte multicast y provisión de internet, para permitir a las cooperativas que forman parte de esa entidad sumar señales a través del transporte de la Red Federal de Fibra Óptica.

Por su parte, Colsecor asume el compromiso de conectar en una primera etapa un mínimo de 50 localidades, a las cuales le brindará servicios de Internet y de televisión en alta calidad en imagen y sonido.

El acuerdo cuenta con una cláusula de inclusión digital mediante la cual Colsecor se compromete con Arsat a proveer, a través de sus cooperativas y en las localidades con hasta 10 mil habitantes, conectividad gratuita a establecimientos públicos como escuelas, dispensarios y centros de salud, y comisarías, entre otros, así como a contribuir a la modernización de los entes y administraciones públicas de dichas localidades.

Colsecor, entidad que nuclea a más de 200 cooperativas y pymes en todo el país, y que llega a más de 280 mil hogares, pasó a convertirse en socio estratégico de Arsat en su objetivo de desarrollar la banda ancha en el interior del interior a costos accesibles, según se informó.

De Loredo subrayó que "desde Arsat impulsamos un proyecto cooperativo, en defensa de los pueblos. Ponemos a disposición de cooperativas y pymes un servicio de internet con una tarifa plana y competitiva para que juntos podamos disminuir la brecha digital y potenciar la actividad productiva, económica, cultural y educativa de nuestros pueblos y ciudades".

"Este fue el cometido del comienzo del Plan Federal: que una red que estaba conectada sólo a 17 localidades y daba servicio en sólo 6.500 de sus 32.000 Km, llevara internet al 30% de los argentinos que viven en el 70 por ciento del territorio nacional", afirmó.

Además de Colsecor, Arsat ya firmó convenios similares con Red Intercable, que nuclea a cooperativas cableras, y con el gobierno de Chubut, para que abastezca a las cooperativas de esa provincia, entre otros.

Fuente: Minutouno
 

MERCADO DE LA TV PAGA CAE EN BRASIL, ARGENTINA
Y ESTADOS UNIDOS

29-SEP/2016

O Brasil ainda é o maior mercado da América Latina, mas poderá ser ultrapassado em breve pelo México, que está crescendo a taxa de dois dígitos.





Mercado de TV paga 1 trimestre 2016 (milhões). Fonte- OTI


O número de clientes de TV por assinatura da região Iberoamericana (que inclui os países da América Latina e Estados Unidos, além de Portugal e Espanha) caiu no Brasil, Argentina e Estados Unidos, no primeiro trimestre de 2016 em relação ao mesmo período do ano passado. Nos demais países, houve crescimento no tvmercado, apontou a Organização de Telecomunicações da Iberoamérica (OTI). Conforme a entidade, no primeiro trimestre deste ano, havia 179 milhões de assinaturas de TV nesses países.

O mercado brasileiro de TV por assinatura apresentou uma retração de 3,9% no primeiro trimestre deste ano, em relação a 2015, passando para 21, 2 milhões de clientes. O Brasil é maior mercado da América Latina, mas poderá ser ultrapassado dentro de alguns meses pelo México, que apresentou taxa de crescimento de 13,5% no período e já está com 18,8 milhões de assinantes, conforme a entidade. A Argentina, também em retração, está com uma base de assinantes de 11,877 milhões.

O Paraguai é o país que apresenta maior crescimento de market share – com incremento de 23,2% no trimestre.

Os Estados Unidos, por sua vez, apresentaram uma ligeira queda no período, de 0,9%, mas continuam a ser o mais importante mercado de TV por assinatura das Américas, com 94,5 milhões de assinantes. A redução do mercado norte-americano não se deve à crise econômica, como nos casos brasileiro e argentino, mas à substituição das assinaturas de programas em grade por programas sob demanda.

Fuente: Telesintese-Plantão
 

 

RED INTERCABLE CONTRATO LOS SERVICIOS DEL ARSAT II

13-JUN/2016

LA EMPRESA RED INTERCABLE CONTRATÓ LOS SERVICIOS DEL SATÉLITE ARGENTINO ARSAT II, LO QUE PERMITIRÁ A LAS PYMES CABLERAS QUE LA INTEGRAN INCREMENTAR SU COMPETITIVIDAD Y "RESISTIR LOS PROCESOS DE CONCENTRACIÓN" QUE CARACTERIZAN AL SECTOR DE INTERNET, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES.

Así lo consignó esta tarde el titular de la empresa estatal de soluciones satélitales, Rodrigo de Loredo, quien explicó que las pymes cableras, las cooperativas de telecomunicaciones y los proveedores de acceso a internet chicos, son considerados "socios colaborativos del objeto publico de Arsat, que es brindar conectividad a todos y evitar procesos de concentración".

La Red Intercable nuclea a 230 pymes con presencia en 580 localidades de 21 provincias argentinas, que prestan servicios de televisión e internet a más de 600.000 hogares.

La red adquiró a largo plazo 144 Megahertz de capacidad en Arsat II, lo que le permitirá "resistir los procesos de concentración y que tengan alta competitividad fundamentalmente por el rol de las pymes cooperativas complementarias a las grandes empresas de telecomunicaciones, porque están dando servicio en las zonas menos pobladas del país".

El monto del contrato se enmarca en los cuadros tarifarios generados por esta gestión en Arsat, y los 144 Megahertz representan el 15% de la capacidad del satélite en la banda Ku.

El titular de la Red Intercable, Jorge Di Biasio, dijo que este tipo de acuerdo que beneficia a pymes sólo puede ser dado "por una empresa argentina".

"Nuestra organización promueve la integración y sinergia de sus miembros como forma efectiva de mejorar la competitividad individual de los mismos, razón por la cual, el acuerdo con Arsat adquiere un valor estratégico para cientos de cables PyMEs que operan en la mayoría de las provincias del país", destacó Di Blasio.

Remarcó que "afortunadamente, se ha priorizado preservar el patrimonio del Estado, al servicio de quienes pueden articular seriamente con la gente y cumplir con todas y cada uno de las obligaciones contractuales contenidas en el acuerdo".

Tras asegurar que este convenio es el primer paso de la "sinergia" entre Arsat y la red, Di Biasio enfatizó que "una vez más, las pymes se muestran dispuestas a contribuir eficazmente con la dinámica de desarrollo del país. Esta vez, para potenciar el Plan Federal de Internet, de manera tal de incrementar su penetración y llevar servicios de calidad con tendencia a la excelencia a todas las localidades del territorio nacional".

El plan federal de internet, anunciado por el presidente Mauricio Macri tiempo atrás, prevé llegar en dos años a 1.200 localidades de menos de 100.000 habitantes con el tendido de una red de fibra óptica.

Fuente: Telam
 

ENACOM APROBO EL REGLAMENTO GENERAL DE SERVICIOS DE TV POR SUSCRIPCION

23-ABR/2016

El Enacom aprobó el Reglamento General de los Servicios por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico. Esto incluye al CCCTV, UHF Codificado y MMDS. Lo hizo a través de la Resolución 1394 publicada en la edición del Boletín Oficial del 22 de abril.

La norma señala que para poder ser prestador de servicios de radiodifusión por suscripción, se deberá obtener la Licencia Única Argentina Digital y la autorización de funcionamiento en al menos un área de cobertura del servicio.

Cabe recordar que días atrás el Enacom aprobó a través de la Resolución 427 el mecanismo administrativo a seguir para traspasar estos servicios en Licencias de TIC.

También la Resolución 1394 indica que estos servicios podrán "optar por continuar con la prestación de los servicios en los términos de prestación fijados en los pliegos respectivos, en todo lo que no se oponga a la presente reglamentación".

Así pues, los solicitantes de licencias en los términos de la Ley N° 26.522 pendientes de resolución podrán optar por: Continuar el trámite en los términos de la Resolución 432-AFSCA/2011 (Pliego de Baseses y Condiciones) o adecuarlo a las previsiones del Reglamento aprobado por esta resolución 1394.

En cuanto al reglamento redefine el concepto de must-carry que había sido eliminado en el decreto de necesidad y urgencia 267 que modificó la Ley 26.522.

Especificamente, el nuevo reglamento afirma que los proveedores de servicios de TV por suscripción deberán garantizar, conforme el principio de neutralidad de la red en cada área de cobertura autorizada, la emisión sin codificar de las señales de Radio Televisión Argentina SA (RTA), las emisoras y señales públicas del Estado Nacional y todas aquellas en que el Estado Nacional tenga participación; las señales de los Estados Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Iglesia Católica Argentina; los servicios de licenciatarios de TV abierta cuya área de cobertura coincida con la cobertura del servicio y señales de noticias nacionales que sean individualizadas por este organismo.
 

 

SUPERCANAL INTIMO A ESTACION DE TV DE VIEDMA POR INTERFERENCIAS

13-ABR/2016

La empresa de cable Supercanal intimó mediante carta documento, al canal de aire EnTv de Viedma a dejar la transmisión, con la advertencia del inicio de acciones ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom). Lo hizo luego de que el Congreso aprobara el DNU presidencial que modificó la Ley Audiovisual.

Desde el canal comunitario emitieron un comunicado en el que expresan: “Entendemos que esta acción la debemos interpretar en el marco de la reciente derogación de la Ley de servicios de comunicación audiovisual. Somos un canal que estamos al aire desde hace cuatro años, de una institución, Radio Encuentro, legitimada por los vecinos y vecinas desde hace 26 años, y con licencia para salir al aire”.

La tensión entre Supercanal y EnTv viene desde la puesta en el aire del medio local, que se emite -por aire- por el canal 5. La empresa mendocina, propiedad de José Luis Manzano y Daniel Vila, se quejaban de la “interferencia” que en esa frecuencia (canal 5) generaba en el cable.

La disputa no fue solo técnica. En rigor, la empresa pudo haber encriptado (con la inversión correspondiente) la señal. En todo el país conviven canales de aire y cable sin estos inconvenientes. Pero esta tensión también responde a que Supercanal debió haber sumado a su grilla al canal local como lo dictaba la Ley Audiovisual. Nunca ocurrió.

“En diciembre pasado nos presentamos para concursar la licencia de tv cumpliendo con todos los requisitos que nos solicitó el AFSCA. Fuimos los únicos que presentamos una propuesta para participar del concurso para licencias de televisión en nuestra ciudad. Teníamos mucha expectativa en poder comenzar este año ya con la licencia del canal”, dijeron desde el medio local.

“Lamentamos tomar la decisión de suspender la salida al aire, presionados por una empresa con la que hemos mantenido contacto por posibles interferencias y que ha admitido la responsabilidad que les cabe en esta situación. La suspensión de la salida al aire NO significa el cierre de EnTv. Seguiremos produciendo, generando contenidos, capacitándonos y capacitando a las organizaciones de nuestra comunidad, defendiendo el derecho a la comunicación y ampliando este proyecto comunicacional”, agregaron.

Y finalizaron: “Mientras tanto ya pusimos en marcha las medidas legales que esperemos, nos permitan en el menor tiempo posible volver a estar al aire”. Ayer se congregó en la sede del canal un grupo de trabajadores, periodistas y vecinos en apoyo y solidaridad.

Fuente: ADN
 

JUSTICIA PORTEÑA RATIFICA SANCION A CABLEVISION POR CLAUSULA ABUSIVA

07-ABR/2016

En los autos “Cablevisión SA cl GCBA s/ otras causas con trámite directo ante la Cámara de Apel.", la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el recurso judicial directo interpuesto por la actora y, en consecuencia, confirmó la disposición 40 16-DGDyPC-20 11, mediante la cual se impuso a la empresa de cable una sanción pecuniaria por infracción al artículo 37 de la Ley N° 24.240.

El denunciante refirió que “había dado de baja el servicio de Internet, primero telefónicamente y luego por correo electrónico, tal y como le solicitara la empresa”. Sin embargo, tras cancelar la factura completa correspondiente a diciembre de 2010, el 1ro de marzo de 2010 recibió otra con vencimiento el 8 de marzo.

La Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor (DGDyPC) explicó que “de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la ley 24.240, reglamentado por la resolución 26/2003, se consideran abusivas las cláusulas que supeditan el ejercicio de la facultad de resolución contractual por parte el consumidor a la previa cancelación de las sumas adeudadas al proveedor”.

De este modo, indicó que “del expediente administrativo, constaba que, mediante un correo electrónico -que no había sido desconocido por la recurrente-, la empresa había comunicado al denunciante que podía dar de baja el servicio sólo si estaba al día con la facturación".

Por mayoría, los camaristas destacaron que “de las constancias que obran en estas actuaciones, no surge que el usuario denunciante hubiera suscripto -ni mucho menos, leído y aceptado- las cláusulas establecidas en los Términos y Condiciones que acompañó la empresa, puesto que dicha documentación no se encuentra suscripta por el denunciante”.

En este sentido, relataron que la cláusula establece que "el Cliente podrá poner fin al presente y consecuentemente a la relación que vincula a las partes en causa justificada, notificando por escrito dicha rescisión, la cual siempre y sin excepción deberá ser enviado con no menos de 30 días de antelación al día a partir del cual se desea finalizar la prestación del Servicio".

“Tampoco puede notarse que el derecho del usuario a rescindir estuviera supeditado al pago de las sumas adeudadas de acuerdo con lo establecido en el punto 3 del resumen brindado como información útil a los clientes, que establece que podrá solicitar la baja del servicio entre los días 10 y 15 de cada mes. El mes en que solicita la baja definitiva será facturado en su totalidad".

No obstante, los magistrados señalaron que “la recurrente le envió un e-mail al denunciante, el 7 de diciembre de 2009, recordándole que las bajas son ingresadas antes del día 15 de cada mes con la facturación al día para hacerse efectiva el 10 del mes siguiente, los pedidos posteriores a esa fecha serán procesados para el próximo ciclo".

En este marco, los jueces recordaron que “de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Defensa del Consumidor, las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios, prospectos, circulares u otros medios de difusión se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor y obligan al oferente”.

Fuente: Diario Judicial
 

RED INTERCABLE: "APOYAMOS Y CELEBRAMOS LOS PLANTEOS Y PLANES DE RODRIGO DE LOREDO, TITULAR DE AR-SAT

16-MAR/2016

Jorge Di Blasio, presidente de RED Intercable, se refirió así a los anuncios sobre trabajo en conjunto con las PyMEs, realizados por Rodrigo de Loredo, titular de la firma estatal, en un evento de Telecomunicaciones celebrado en la ciudad de Córdoba.

Desde sus comienzos, ARSAT se constituyó en un ámbito de complejo acceso para las PyMEs del Cable. Prácticamente inexpugnable. Nuestra organización, con presencia en más de 600 municipios de la República Argentina, está compuesta por pymes que, a riesgo propio y sin prebendas fiscales, han desarrollado redes en ciudades y pueblos, dónde otros no vieron rentabilidad para sus inversiones en materia de Televisión e Internet. El cable, en nuestro país, nació hace más de 50 años, de la mano de pioneros pymes que hicieron posible lo que el estado y las grandes empresas no pudieron. Con el tiempo, asumimos también el desafío de desarrollar servicios de internet confiables en el interior profundo del país. Sin embargo, y a pesar de que nuestro accionar tiene un efecto social multiplicador y positivo, nunca pudimos articular virtuosamente con ARSAT. Recién ahora, con la asunción de Rodrigo De Loredo, se comprueba un cambio de paradigma muy alentador para nuestras expectativas, al punto que hemos establecido un diálogo muy promisorio en cuestiones centrales para el desarrollo estratégico de las comunicaciones, como son la capacidad satelital y el aprovechamiento adecuado de la Red Federal de Fibra Optica, obra construida con el esfuerzo de todos los argentinos, usufructuada por algunos, pero con restricciones para el sector pyme que componemos, destacó Di Blasio.

El trabajo conjunto con ARSAT, anunciado por De Loredo, generará mayor conectividad, inversiones y, ante todo, ingresos legítimos a la empresa del Estado, en una relación virtuosa y, fundamentalmente, directa con los operadores. La visión de De Loredo aporta estabilidad, empuje y apertura al sector pyme, que lleva décadas de intentos infructuosos de trabajo conjunto con el Estado. El rol de ARSAT es el de permitir la conectividad a las empresas del interior, sea por la integración satelital o por la Red de Fibra. Hasta el momento dependíamos de la voluntad de las incumbentes u otros actores, que por medio de costos inaccesibles bloquearon el desarrollo y la democratización de la banda ancha. Hemos comenzado este camino con excelente predisposición de su lado y estamos avanzando de forma concreta, agregó el presidente de RED Intercable.

Es mucho lo que podemos hacer en conjunto con ARSAT, en beneficio de la empresa y de los argentinos. Si alguien puede darle sentido a la inversión realizada somos las empresas del interior del país. Generamos más de seiscientas señales locales, damos servicios en cientos de escuelas y organizaciones sin fines de lucro. En la mayoría de las ciudades y pueblos donde operamos, hemos sido los únicos que invertimos en redes de banda ancha. Somos conscientes de que el futuro es la sociedad del conocimiento y la economía digital. Y la verdadera igualdad de oportunidades para los argentinos, para los chicos de todo el país, radica en acceder a internet. ARSAT debe liderar este proceso de aumento de acceso, promoción de inversiones y baja de precios. Y nosotros estamos dispuestos a acompañar. De Loredo ha presentado una visión dinámica y acorde a esta realidad, afirmó Lucio Gamaleri, Vicepresidente de la RED Intercable.

Discurso de Rodrigo de Loredo

“ARSAT es una política de Estado, eso es cierto y definitivo. Pero para esta nueva dirección la política de estado es mucho más: es lo que podemos, queremos y vamos a hacer desde ARSAT en pos del desarrollo de nuestro país y de la mejora de vida y oportunidades de los argentinos.

Acepté esta posición y responsabilidad con la determinación de gestionar y generar hechos concretos y durables. Por ello, desde que asumimos, hace poco más de dos meses, iluminamos más de ocho mil kilómetros de los 32 mil totales tendidos, de los cuales solo había 6800 en condiciones de brindar servicios. Hoy la Red cuenta con más de 15 mil kilómetros iluminados”.

“El presidente de la Nación dio en su discurso de apertura de las sesiones legislativas una definición, una orden categórica: llevar internet a todos los rincones del país. Esa es una responsabilidad que nos convoca y nos exige. Nos convoca a trabajar en conjunto y nos exige asumir la visión total de nuestra responsabilidad y trabajar para recuperar los años de atraso y terreno perdido en el desarrollo de las comunicaciones en nuestro país. ARSAT está para eso, para ser un dinamizador, un regulador de la competencia, para producir una baja de costo de acceso a internet por medio de una política de carrier de carriers. Se debe acabar el costo demencial de hasta 500 dólares el mega. Eso impide el despliegue de la inversión y la capilaridad, eso coarta el futuro. En ese rol van a encontrar a ARSAT, para trabajar juntos.

Este atraso es una real privación de derechos a los argentinos, es la verdadera desigualdad social, porque es la desigualdad hacia el futuro, es la negación de oportunidades. No hay puente a la pobreza cero sin conectividad. No hay puente al trabajo de calidad y la mejora de las empresas sin democratización de la banda ancha. ARSAT es parte del puente al futuro.

También vamos a trabajar en la mejora de la calidad institucional. Hemos comenzado, desde que asumimos, un trabajo conjunto con el ministerio de Modernización para digitalizar el estado nacional y los provinciales.

Solo llevaremos el servicio al usuario final cuando no vayan los privados, a través del servicio universal o del Ministerio o Plan que lo disponga. En esta dirección nos hemos puesto como meta conectar más de once mil colegios rurales con internet satelital. La igualdad es la igualdad de acceso a las oportunidades, y si bien esta empresa debe ser sustentable, la sustentabilidad de una empresa del Estado se representa también en las externalidades positivas que genera en la sociedad”.

El 78 por ciento del PBI mundial lo concentran los 25 países con mayor índice de digitalización. Chile está cuarto, con más de un 96 por ciento de conectividad, Brasil y México, décimo y décimo primero respectivamente, Kenia, en el puesto 21. Argentina no figura en este índice, no compite aún por los cinco mil billones de dólares que se invertirán en el año 2020 en servicios TICS. Es inadmisible que Argentina no figure, eso es exclusión real, eso es negar el futuro real, eso es imposibilitar trabajo de calidad y educación. ARSAT va a ser el puente a ese mundo, al mundo que la Argentina merece.

Con todo este retraso igual hemos dado y damos ejemplo, porque nuestras capacidades son mayores que las dificultades o desaciertos que nos imponen. Estamos lejos, pero la determinación es llegar pronto, muy pronto”.

“Cada contratación será por licitación pública que será transmitida en directo, cada paso de esta administración será transparente y documentado, porque los accionistas de ARSAT son los argentinos y a ellos les vamos a rendir cuentas y dar los beneficios del desarrollo. Vamos a convertir a ARSAT en la empresa más transparente del Estado argentino”.

“Nos hemos puesto la máxima exigencia en cada aspecto de esta gestión y la vamos a sostener. Los convocamos a trabajar en conjunto para recuperar el tiempo y espacio perdido. Los convocamos a llevar internet a todos los pueblos del país, a llevar futuro a cada argentino.

Los convocamos para construir ese puente que integre el país y lleve a la Argentina a competir y generar, para dar bienestar y futuro a cada uno de sus habitantes. Ustedes llevan el germen de la comunicación, la que adquiere vida cuando los pueblos se conectan, cuando las distancias se achican, cuando las empresas funcionan mejor, cuando el Estado mejora y se dinamiza. Estamos para trabajar juntos y llevar el futuro a cada argentino”, concluyó de Loredo.

 

TV POR CABLE: SUSPENDIERON LA VENTA DEL PLIEGO PARA SOLICITAR LICENCIAS Y TODOS LOS TRAMITES PENDIENTES

14-MAR/2016

A través de la Resolución 22 el ENACOM decidió suspender la venta de los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARA LA ADJUDICACION DE LICENCIAS A PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS CON Y SIN FINES DE LUCRO PARA LA INSTALACION Y EXPLOTACION DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION QUE UTILICEN VINCULO FISICO O EMISIONES SATELITALES aprobados por Resolución N° 432-AFSCA/11, con relación a las peticiones vinculadas a servicios de comunicación audiovisual por suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico.

La medida, publicada en el Boletín Oficial del 11 de marzo, no alcanza a las solicitudes de adjudicación de licencias servicios de comunicación audiovisual por suscripción con uso de soporte satelital, también conocidos como DTH.

Asimismo, la norma también suspendió los trámites iniciados para la obtención de este tipo de licencias, como también sus extensiones, ampliaciones o habilitaciones definitivas, hasta tanto se definan las condiciones para su incorporación como servicio a registrarse por los licenciatarios de TIC.

De acuerdo a lo expuesto en los considerandos de esta Resolución 22, la medida se toma al modificarse el régimen legal a través del DNU 267/15, de tal forma que los sistemas de TV por suscripción por vínculo físico o radioeléctrico pasaron a ser licenciatarios de TIC regidos por la Ley Argentina Digital y no por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Cabe recordar que una medida similar fue implementada en el año 2000 por el COMFER que dirigía el entonces radical Gustavo López durante el gobierno de Fernando De la Rúa. Entonces se fundamentó la emergencia administrativa que encontró el camaleónico López en el organismo regulador, pero la letra chica de la medida era favorecer al Grupo Clarín en su plan de expansión en el mercado de la TV paga. La suspensión de la venta del Pliego y de los trámites pendientes ingresados en el COMFER fue mantenida durante el breve gobierno de Eduardo Duhalde y gran parte de los 12 años del kirchnerismo en el poder central.

Pedido de nulidad

La Federación de Medios de Comunicación ha presentado ante la ENACOM un pedido de
nulidad de esta resolución, al entender que están en juego los derechos constitucionales, la libertad de expresión y el libre comercio. Resalta que la instalación de un nuevo servicio de este tipo, impulsa la adquisición de equipamiento y se fortalece el mercado, y sobre todo que crea nuevos puestos de trabajo.

TELESUR RECURRE A LA JUSTICIA PARA QUE CABLEVISION LO REINCORPORE AL BASICO

04-MAR/2016

Lo anticipó este medio días atrás. Con las modificaciones a la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual realizadas por el Decreto 267 firmado por el presidente Mauricio Macri se eliminó completamente el concepto de Must Carry, al transferir la regulación de la TV por Cable a la esfera de la Ley Argentina Digital.

Como consecuencia de ello, a principios de este mes la señal multinacional teleSUR fue retirada del paquete básico de Cablevisión en Argentina, perteneciente al Grupo Clarín. Según consigna Patricia Villegas, presidente de la señal, Cablevisión ha argumentado que no quiere mas señales internacionales en su paquete básico, con lo cual TeleSUR pasó al sistema digital que es mas oneroso. Sin embargo, Villegas resalta que señales como CNN en Español o TVE no han sido eliminadas del paquete básico.

Ayer se informó por la redes sociales que los representantes legales en el país de la señal con sede en Caracas presentaron un recurso ante la Justicia para ser reincorporados a la grilla de canales del paquete básico.

Tal vez, esperando un resultado similar al de la TeleSUR, las autoridades de la señal CBA24N, que depende de la Universidad Nacional de Córdoba, se anticiparon y pidieron a la Justicia que declare inconstitucional parte del Decreto 267.

Cabe recordar que en el año 2010 la Resolución 296 de la AFSCA obligó a todos los operadores de TV por suscripción a incluir TeleSUR en la grilla de canales. Con el Decreto 267 los cableoperadores ya no están obligados a cumplirla.

En Capital Federal y Gran Buenos Aires - el área más poblada de la Argentina - TeleSUR puede ser vista de manera gratuita a través del canal 2503 en televisión digital terreste que es operado por el Estado Nacional.

Hernán Lombardi, apenas asumió como titular de Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos aseguró que revisaría la participación societaria del país en la señal.

EX AFSCA: REASIGNARON CANALES DE UHF CODIFICADO EN RECONQUISTA Y LAS TOSCAS

26-ENE/2016

En el Boletín Oficial del 22 de enero se publicaron las siguientes resoluciones avaladas por el directorio de la AFSCA unos días antes de ser intervenido por el actual gobierno nacional.

Se trata del reordenamiento de la banda de UHF en lo que respecta a la porción destinada a telefonía móvil y para la operación de estaciones de televisión en estándar digital.

Las resoluciones están disponibles en estos enlaces

https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/140339/20160122

https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/140340/20160122

CABLEOPERADORES PYMES DE ENTRE RIOS, PREOCUPADOS POR EL AVANCE DE LAS TELEFONICAS

14-ENE/2016

"Lo que pedimos es que se nos considere como Pymes y que no se les permita a las empresas telefónicas entrar a competir en localidades de menos de 25 mil habitantes”.

Los senadores provinciales por Cambiemos, Miguel Piana (Federación) y Nicolás Mattiauda (Gualeguaychú), junto al senador nacional Alfredo De Angeli y al diputado nacional Jorge D´Agostino (UCR), participaron de una reunión de la Asociación Entrerriana de Televisión (AET), que se llevó a cabo en Rosario del Tala.

El encuentro, que fue convocado por la entidad entrerriana, fue para plantear la preocupación que existe en el sector, por el alcance del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), por el que se decidió fusionar AFSCA y AFTIC y así crear un solo organismo que regule a los medios y a las comunicaciones, como es el Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom). El nuevo organismo, que está presidido por Miguel de Godoy, funciona bajo la órbita del Ministerio de Comunicaciones que preside Oscar Aguad.

Durante la reunión en Rosario del Tala, la Asociación Entrerriana de Televisión expresó su inquietud respecto a la apertura a las empresas telefónicas para dar televisión por cable como también el servicio de la “Triple Play”: Cable, televisión y teléfono a través de la misma empresa.

Esta situación, según planteó el presidente de la AET, Daniel Delfino, pone en desventajas a las más de 700 pequeñas y medianas empresas de televisión por cable de argentina, nucleadas en la Red Intercable del Interior del País, que, en la actualidad, brinda trabajo a más de 25 mil personas.

“Lo que pedimos es que se nos considere como Pymes y que no se les permita a las empresas telefónicas entrar a competir en localidades de menos de 25 mil habitantes”, dijo Luján del Río secretario de la AET.

Al escuchar los planteos, el senador provincial Miguel Piana, ratificó ante sus pares y las autoridades de la AET su compromiso “en la defensa de las pequeñas y medianas empresas” y así lo seguirá haciendo en su tarea de legislador.

Por su parte, el senador nacional Alfredo De Angeli, tras escuchar a los dirigentes de la entidad entrerriana se comprometió a gestionarles, "en forma urgente", una audiencia con el ministro de Comunicaciones de la Nación, Aguad y con Godoy.

Fuente: Micrófono digital
 

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