COOPERATIVA DE CORONDA
TOMA EL CONTROL DE LA CABLEOPERADORA RIOVISION
16-ENE/2019
ENACOM INSCRIBIO A OCHO
FUTUROS PRESTADORES
DE TV POR CABLE
04-ENE/2019
Boletín Oficial del 21 de
diciembre.
Resolución 1896/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa de Electricidad de
Río Primero Limitada en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de
Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico,
para la localidad de Río Primero, provincia de Córdoba.
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RESOL.
-2018-1925: Inscribir a la empresa JUMPNET SOLUCIONES DE
INTERNET SRL, en el Registro de Servicios TIC previsto en el
Artículo 8º del reglamento de Licencias de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el
Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo
Físico y/o Radioeléctrico.
Boletín Oficial del 26 de diciembre.
RESOL-2018-1923:Otorgar a la empresa NETPATAGONIA SOCIEDAD
POR ACCIONES SIMPLIFICADA (C.U.I.T. N° 30-71602342-3)
Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles,
alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con
o sin infraestructura propia. Inscribir a la empresa
NETPATAGONIA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA en el
Registro de Servicios TIC, los servicios de Valor Agregado -
Acceso a Internet, Radiodifusión por Suscripción mediante
Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, Operador Móvil Virtual
Básico, Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia
Nacional y Telefonía de Larga Distancia Internacional.
Boletín Oficial del 28 de diciembre.
Resolución 1919/2018 ENACOM: Inscribir al Señor Yari
Sebastian Kindebaluc, en el Registro de los Servicios TIC,
los Servicios de Telefonía Local, Reventa de Servicios de
Telecomunicaciones y Radiodifusión por Suscripción mediante
Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Boletín Oficial del 2 de enero.
Resolución 1901/2018 ENACOM: Otorgar al señor Luis Pedro
CASTAGNO, Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Inscribir al señor CASTAGNO, en el Registro de Servicios
TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante
Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Resolución 1902/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa
COMUNICACIONES A & CIA. S.R.L. Licencia para la prestación
de Servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones. Inscribir a la empresa en el Registro de
Servicios TIC, los Servicios de Radiodifusión por
Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico y
Valor Agregado - Acceso a Internet.
Resolución 1994/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa I SEE
INTERNACIONAL DE ARGENTINA S.A Licencia para la prestación
de Servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones. Inscribir a la empresa, los Servicios de
Valor Agregado - Acceso a Internet y de Radiodifusión por
Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Resolución 1995/2018 ENACOM:
Otorgar al señor Agustín Miguel VILA VILLALBA Licencia para la prestación de
Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir
al señor VILA VILLALBA en el Registro, el Servicio de Radiodifusión por
Suscripción mediante Vínculo físico y/o Radioeléctrico.
ENACOM OTORGO CINCO
LICENCIAS DE TV POR CABLE
19-DIC/2018
Boletín Oficial del 10 de
diciembre.
Resolución 1380/2018 ENACOM: Otorgar al señor Jorge Alberto Perino Licencia
para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones. Inscribir al señor Jorge Alberto Perino en el Registro del
Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o
Radioeléctrico.
Resolución
1383/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa de Servicios
Públicos de Arroyo Dulce Limitada en el Registro de
Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción
mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la localidad
de Arroyo Dulce, partido de Salto, Provincia de Buenos
Aires.
Boletín Oficial del 12 de diciembre.
Resolución 1390/2018 ENACOM: Otorgar al señor Claudio
Rodolfo Lazzaro Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean
fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o
internacionales, con o sin infraestructura propia. Inscribir
al Señor Lazzaro en el Registro del Servicio de
Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o
Radioeléctrico.
Boletín Oficial del 17 de diciembre.
RESOL-2018-1375. Inscribir a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE
ELECTRICIDAD Y DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LIMITADA DE
ORDOÑEZ en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de
Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o
Radioeléctrico, para la localidad de ORDOÑEZ, CÓRDOBA.
Boletín Oficial del 18 de diciembre.
Resolución 1397/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Cobweb
Conection S.R.L. Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Inscribir a la empresa mencionada en el Registro del
Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo
Físico y/o Radioeléctrico.
LA PRODUCTORA DE TINELLI
OBTUVO UNA LICENCIA DE SERVICIOS DE TIC
11-DIC/2018
En el Boletín Oficial del 5
de diciembre se publicó la Resolución 1381 a través de la cual el ENACOM le
otorgó a LAFLIA CONTENIDOS S.A. la Licencia para la prestación de Servicios
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles,
alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin
infraestructura propia.
Se trata de la productora de contenidos audiovisuales fundada en febrero de
este año por el empresario y conductor Marcelo Hugo Tinelli. También
participa de la sociedad comercial Federico Carlos Facello, ex gerente en
Ideas del Sur, la anterior productora que creó Tinelli y que fue comprada
por Indalo Media de los ahora encarcelados Cristobal Lopez y Fabián De
Souza.
La resolución habilita a LAFLIA CONTENIDOS S.A. a operar servicios de Acceso
a Internet, Llamadas Masivas y Audiotexto.
ENACOM OTORGO VARIAS
LICENCIAS DE TV POR CABLE
12-NOV/2018
Boletín Oficial del 29 de
octubre
Resolución 686/2018 ENACOM: Otorgar al señor Jorge Luis Meza Martinez
Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones. Inscribirlo en el Registro del Servicio de Radiodifusión
por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Boletín Oficial del 30 de octubre.
Resolución 681/2018 ENACOM: Otorgar al señor Alberto Mario
Maschero, Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Inscribirlo en el Registro del Servicio de Radiodifusión por
Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Resolución 683/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa TV CAS
S.R.L., Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Inscribirla en el Registro del Servicio de Radiodifusión por
Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Boletín Oficial del 1 de noviembre.
Resolución 630/2018 ENACOM: Registrar el cambio de
denominación social de la empresa Intercom S.R.L., por el de
ITC Comunicaciones IP S. A. Registrar a nombre de la empresa
ITC Comunicaciones IP S.A. la Licencia Única de Servicios de
Telecomunicaciones, para la prestación del servicio de Valor
Agregado – Acceso a Internet y el Servicio de Radiodifusión
por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, el
Servicio de Telefonía Local, el Servicio de Telefonía de
Larga Distancia Nacional y el Servicio de Telefonía de Larga
Distancia Internacional.
Resolución 648/2018 ENACOM: Otorgar al señor Fabián Alberto
Silvestri Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Inscribir al señor Silvestri en el Registro del Servicio de
Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o
Radioeléctrico.
Resolución 649/2018 ENACOM: Otorgar al señor Alejandro
Matías Lorenz Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Inscribir al señor Lorenz en el Registro del Servicio de
Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o
Radioeléctrico.
Resolución 690/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa A M S.R.L.,
Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa
en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción
por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Resolución 695/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Redes de
Noticias SRL Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Inscribir a la empresa en el Registro de Servicios TIC, el
Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo
Físico y/o Radioeléctrico.
Resolución 706/2018 ENACOM: Otorgar al señor Elio Orlando
Ferreyra Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Inscribirlo en el Registro del Servicio de Radiodifusión por
Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
MURIO UN TECNICO DE UNA
TERCERIZADA DE CABLEVISION TRAS RECIBIR UNA DESCARGA ELECTRICA
27-OCT/2018
Se llamaba Sebastian
Vaccari, tenía 31 años y era empleado de una empresa tercerizada por la
fusionada Telecom/Cablevisión. El accidente fue el sábado 20 de octubre
mientras trabajaba en una vivienda del barrio Alta Tensión en la ciudad
capital de la provincia de Salta.
Al mediodía del sábado
Vaccari junto a un compañero fueron a asistir a una vecina del barrio que
había llamado a la empresa de cable reclamando que no tenía señal. El
operario subió al techo de la casa para solucionar el problema y, al
parecer, tocó un cable de alta tensión y recibió una descarga eléctrica.
Vaccari estuvo internado en el terapia intensiva del Hospital San Bernardo.
Tenía el 90% de su cuerpo quemado y estaba conectado a un respirador
artificial. Murió el lunes 22 pasadas las 18.
CASO CANAL 2 DE PALPALA.
EL DESCARGO DE LA CABLEOPERADORA
18-OCT/2018
Respecto a la denuncia
realizada en contra de NORTELEVISA SA y TELESISTEMA SRL, cuyo contenido es
FALSO, debemos manifestarles que el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de
Palpalá, en un obrar ilícito y con la sola intención de perjudicar a un
medio periodístico independiente, se arrogó facultades que no son de su
competencia y pretende regular situaciones contempladas en la ley de
telecomunicaciones, competencia que corresponde exclusivamente al ENACOM y/o
a la Justicia Federal.
La resolución del organismo municipal es totalmente nula e ilegal, ya que se
impidió a las empresas prestatarias de los servicios a ejercer el derecho de
defensa y no se garantizó el debido proceso legal; como también por carecer,
dicho organismo administrativo, de competencia para resolver sobre la
cuestión denunciada.
Dicha resolución está firmada por la “Juez Subrogante de Faltas”, cuya
figura no existe en Palpalá, situación que se le hizo saber oportunamente al
Intendente mediante la solicitud de informes Nº 009/18 de fecha 18 de abril
de 2018, pidéndole que normalice esta situación, ya que a través de esta
figura se viola claramente la facultad del Concejo Deliberante de prestar
acuerdo al nombramiento. En síntesis, NO EXISTE Juez de Faltas en Palpalá, y
por lo tanto la sentencia es nula.
Hace casi nueve años que miles de palpaleños nos abren diariamente las
puertas de sus casas, entusiasmados con la propuesta de un servicio de TV
por cable y de Internet de calidad, a la vez que la información que llevamos
a través de nuestros noticieros es demandada por ciudadanos comprometidos
con la realidad de su localidad.
Hoy nos vemos sorprendidos por las acciones del Intendente Dr. Pablo
Palomares, que ante la inobjetable realidad de su pobre gestión recurre a
prácticas antidemocráticas como la de acallar a un medio crítico e
independiente, a la vez que busca perjudicar a los palpaleños que
contrataron libremente un servicio privado.
La libertad de contratación abarca tanto la de contratar como la de no
contratar nuestros servicios, como también la de elegir libremente a la
empresa con la cual queremos llegar a un acuerdo.
Intendente Palomares, respete la voluntad de los palpaleños; Palpalá no es
el patio de su casa como para que intente cumplir todos sus caprichos, el
pueblo lo votó para que gestione y le traiga soluciones, en cambio ud.
pretende coartarle sus libertades más irrenunciables a base de mentiras y
actos administrativos ilegales. Demuestre que es capaz de realizar lo que
prometió en campaña, quedan 14 meses para finalizar su mandato, no
desaproveche su tiempo en intentar callar la voz de Canal 2.
Desde ya, manifestamos nuestra alegría de que medios como Unicable y
Videotel deseen realizar inversiones en la localidad de Palpalá, donde el
30,3% de la población se encuentra bajo la línea de pobreza, el 4,3% son
indigentes y gran parte de la población está desocupada. Deseamos
prosperidad para toda la comunidad palpaleña con la que estamos
comprometidos desde hace tantos años y a la que entregamos diariamente un
servicio de TV por cable e Internet que cumple con los más altos estándares
de calidad en condiciones de mercado competitivas y con toda la
actualización tecnológica que ello conlleva.
Por todo lo expuesto, y ante las FALSAS noticias que circularon en redes
sociales, como así también en algunos medios de comunicación, queremos
llevar tranquilidad a nuestros abonados manifestándoles que van a continuar
disfrutando de los servicios prestados por NORTELEVISA SA y por TELESISTEMA
SRL. Por su parte, lo que esté en custionamiento lo dirimiará la justicia, a
la que debemos someternos todos los ciudadanos y las empresas en la
República Argentina.
Fuente: Jujuy al día
ORDENAN A CABLEOPERADORA
RETIRARSE DE PALPALA POR FUNCIONAR ILEGALMENTE
05-OCT/2018
El multimedio del empresario
Eduardo Cammuso, Canal 2, opera de manera ilegal desde el año 2009 en
Palpalá, lo que llevó al Municipio a denunciar, ante el Juzgado de Faltas,
esta situación.
Según pudo saberse hoy, este medio de comunicación no cuenta con la
autorización para el tendido aéreo y subterráneo de la red exterior del
sistema y la utilización de postes columnas para la fijación del mismo.
Por ese motivo, el Juzgado determinó, luego de solicitar informe a la
Dirección de Rentas y Despacho General de la comuna, hacer lugar a la
denuncia, ordenando a las empresas que componen el multimedio, Nortelevisa
S.A. (Canal 2) y Telesistema S.R.L (Fiberway) retirar el tendido de
infraestructura mencionado, en un lapso de 30 días.
Paralelamente, el municipio que conduce Pablo Palomares ya formalizó la
denuncia sobre la ilegalidad de la compañía ante el Ente Nacional de
Comunicaciones (Enacom).
Vale destacar que, a raíz del uso del espacio público, el Municipio de
Palpalá inició juicio a esta empresa, por la falta de pago de tributos
municipales: esa suma ya asciende a 5 millones de pesos.
Fuente: El Tribuno
ENACOM REGISTRO NUEVOS
INTERESADOS EN TV POR CABLE
Boletín Oficial del 4 de
septiembre.
Resolución 5003/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa Eléctrica de Ines
Indart Limitada en el Registro de Servicios TIC, el servicio de
Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la
localidad de Ines Indart, provincia de Buenos Aires.
Resolución 5007/2018 ENACOM: Otorgar a la señora Maria Teresa Chaile Nasif,
Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones. Inscribir a la señora Maria Teresa Chaile Nasif, en el
Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico
y/o Radioeléctrico.
Resolución 5009/2018 ENACOM: Inscribir a la empresa Telever Televisión SRAL,
en el Registro de Servicios TIC, el Registro de Servicio de Radiodifusión
por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Boletín Oficial del 6 de septiembre.
Resolución 5015/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Online Internet S.R.L.,
Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones. Inscribir a la empresa mencionada en el Registro del
Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o
Radioeléctrico.
AUTORIZADOS, SERVICIOS DE
TV POR CABLE EN PILAR, ESCOBAR Y BELL VILLE
27-AGO/2018
Boletín Oficial del 17 de
agosto.
RESOL. 4968. Inscribir a la empresa VIZION GROUP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-71578682-2) en el Registro de Servicios TIC, el
Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o
Radioeléctrico - PILAR y BELÉN DE ESCOBAR, ambas de la provincia de BUENOS
AIRES.
Boletín Oficial del 23 de agosto.
Resolución 4988/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa de Emprendimientos
Multiples Sudecor Litoral Limitada en el Registro de Servicios TIC, la
prestación Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o
Radioeléctrico para la localidad de Bell Ville, provincia de Córdoba.
ENACOM AUTORIZO CUATRO
LICENCIATARIOS DE TV POR CABLE
03-AGO/2018
Boletín Oficial del 26 de
julio.
RESOL. 4721. Otorgar al señor Héctor Justo BRUNO (C.U.I.T. N°
20-11197880-9), Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o
inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura
propia. 2 .- Inscribir al señor Héctor Justo BRUNO en el Registro del
Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o
Radioeléctrico previsto en el Artículo 8° del Reglamento de Licencias de
Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Boletín
Oficial del 27 de julio.
RESOL. 4729. Inscribir a la empresa PAMPACOM SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-71014918-2) en el
Registro de Servicios TIC- Servicio de Radiodifusión por
Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, en el
marco del Artículo 8° del Reglamento de Licencias para
Servicios de Tecnología de la Información y las
Comunicaciones.
Boletín Oficial del 31 de
julio.
RESOL. 4738. Inscríbase al señor Patricio Andrés MEYNET (C.U.I.T. N°
20-25855806-6) en el Registro de Servicios TIC- el Servicio de Radiodifusión
por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Boletín Oficial del 1º de agosto.
RESOL. 4792. Otorgar al señor Pedro Pablo PETRUNIOR (C.U.I.T. Nº
20-11828886-7) Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o
inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura
propia. 2.- Inscribir al señor Pedro Pablo PETRUNIOR (C.U.I.T. Nº
20-11828886-7) en el Registro de Servicios TIC - el Servicio de
Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
VILA-MANZANO VENDIERON
SUPERCANAL A UN FONDO ESTADOUNIDENSE
20-JUL/2018
Supercanal, la compañía de
televisión por cable e internet líder en el interior del país fundada por
Daniel Vila en 1985, tiene nuevos dueños. A partir de ahora, quien manejará
sus destinos será CVI Austral LLP. Según el comunicado, se trata de un
"conglomerado controlado por un grupo inversor de marcado perfil estratégico
en proyectos de tecnología y telecomunicaciones".
Supercanal es la empresa insignia de Grupo América, presidido por Daniel
Vila, y es la segunda compañía de cable de la Argentina. Fundada en los 80
por la familia Vila en Mendoza, a partir de 1996 comenzó un proceso de
expansión que la llevó a tener presencia en la actualidad en 14 provincias
del interior.
El grupo inversor que pasará a controlar Supercanal lo conforman Carlos
Joost Newbery, titular de ICondor, con amplia trayectoria en el mercado
argentino de las telecomunicaciones que supo participar en la fundación de
empresas como Movicom (Movistar) y CTI Móvil (Claro), y quien será
presidente del directorio de Supercanal; Pablo Venturino y Mariano Gilles,
de White-Bridge, quienes estructuraron la operación de compra y también
integrarán el Directorio.
Según señala el comunicado, "CarVal Investors, líder global con una larga
historia de inversiones en Argentina, trabajó junto a Newbery y White-Bridge
en proveer la financiación que permitió la adquisición de Supercanal".
La compra de la compañía y el despliegue de una nueva red de fibra óptica y
servicios digitales demandarán una inversión cercana a los 400 millones de
dólares.
"Esto representa un fuerte compromiso con el futuro del país, en un proyecto
de innovación tecnológica que generará puestos de trabajo, contribuirá a
cerrar la brecha digital y seguirá acercando la mejor propuesta de
contenidos, para impactar positivamente en la calidad de vida de los
usuarios de las 14 provincias en las que Supercanal brinda servicios",
concluye el comunicado.
En enero, la empresa de telecomunicaciones Supercanal-Arlink obtuvo
financiación por $800 millones proveniente de fondos de inversión de los
Estados Unidos. Este monto estaba destinado a acelerar su programa de
digitalización y la expansión de sus redes de fibra óptica.
Con esos fondos, Supercanal-Arlink ampliaron sus servicios de televisión
digital, telefonía e internet, en un mercado cada vez más demandante de
contenidos de video de alta definición y mayor velocidad de navegación en
internet.
Fuente: Infobae
ARNET LE VENDIO AL GRUPO
VALENTINI 150 MIL CLIENTES
03-JUL/2018
El dictamen de la Comisión
Nacional de Defensa de la Competencia, que condiciona la fusión de Telecom y
Cablevisión (ver nota mas abajo), alumbra un nuevo jugador de relevancia en
la categoría: Universo Net, una empresa del “Grupo Valentini”, un
conglomerado cuya página web fue registrada hace un mes en el Nic.ar
De hecho, el
Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones) otorgó a Universo
Net SA la “licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sea fijo
o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional,
con o sin infraestructura propia” el 19 de junio pasado, con
publicación en el Boletín Oficial el 25 de junio.
En función de este acuerdo entre Telecom-Cablevisión y Grupo
Valentini, Universo Net pasará a manejar la mayoría de los
clientes de Arnet en las siguientes localidades de la
provincia:
Córdoba Capital - 60%
Río Cuarto - 59%
San Francisco - 47%
Villa María - 52%
Villa Nueva - 42%
Jesús María - 58%
La Calera - 44%
Mendiolaza - 50%
Río Ceballos - 51%
Unquillo - 17%
Cosquín - 53%
Carlos Paz - 50%
La Falda - 44%
Leones - 64%
Bell Ville - 81%
Laboulaye - 75%
El dictamen de la CNDC convalida una negociación que la
nueva Telecom-Cablevisión había llevado a cabo en silencio
con Grupo Valentini. Esta empresa podrá usar la marca Arnet
(que también será utilizada por Telecom) y las redes de la
empresa para brindar su servicio.
Es decir, habrá dos Arnet: una manejada por Telecom y otras
(mayormente en Córdoba) de Universo Net. Según explica Pedro
López Matheau (vocero de Telecom), el servicio a los
clientes seguirá brindándose con total normalidad, aunque en
los papeles y la operación pasarán a ser clientes de otra
empresa.
Según la CNDC, el traspaso de esa cartera de clientes
implicará para Universo Net una facturación anual de $ 500
millones.
Universo Net SA fue constituida el 23 de marzo de este año y
sus socios son Facundo Valentini y Carlos Alberto Valentini,
ambos domiciliados en Coronel Pringles, provincia de Buenos
Aires.
Vecinos de Pringles cuentan que los Valentini son los dueños
del Canal 2 (cable) de Pringles, de la red que presta ese
servicio, de la FM Transformación y “El Diario de Pringles”,
el periódico que compite en la localidad con El Orden, el
decano.
El timming del anuncio de la CNDC es curioso: viernes a la
tarde, en vísperas de un partido clave para la Selección
Argentina. Como antecedente, la autorización del Enacom
sobre la fusión Telecom-Cablevisión se conoció el mismo
sábado en que Lionel Messi contraía nupcias en Rosario, con
toda la atención puesta en ese evento. Cosas que pasan.
Fuente: Infonegocios
TELEFONICA DE ARGENTINA
IMPUGNO LA FUSION CABLEVISION-TELECOM
23-JUL/2018
OFICIAL: FUSION
TELECOM-CABLEVISION CON CINCO CONDICIONES A CUMPLIR
02-JUL/2018
- La resolución de la
Secretaría de Comercio, de acuerdo con el dictamen de la CNDC, obliga a
transferir negocios de banda ancha fija en 28 localidades del interior del
país donde la situación de competencia se podría ver afectada, para aprobar
la fusión.
- Estipula una demora de entre seis meses y doce meses, según la región,
para que la nueva compañía fusionada pueda brindar sus servicios a través de
la modalidad cuádruple play.
- Obliga a Telecom a proveer servicios mayoristas de internet residencial
mediante una oferta de referencia, para que otros operadores puedan prestar
el servicio usando su red.
- Recomienda a la autoridad regulatoria (ENACOM) agilizar la devolución del
excedente de espectro y prohibir su uso por parte de la nueva empresa.
- La fusión se aprueba con el cumplimiento de la desinversión y en el marco
de todas las obligaciones y recomendaciones mencionadas.
Luego de cumplir un proceso de investigación y análisis durante casi 10
meses, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) emitió hoy
su dictamen sobre la operación de fusión de las empresas CABLEVISIÓN y
TELECOM estableciendo remedios y obligaciones para garantizar condiciones de
competencia en los distintos servicios involucrados en todo el país y
realizando recomendaciones a la autoridad regulatoria, el ENACOM.
El dictamen, de cerca de 200 páginas, analiza los mercados y establece
limitaciones a la operación de fusión que garanticen el cuidado de los
derechos del consumidor y que, en línea con las tendencias internacionales,
promuevan las inversiones y el desarrollo tecnológico del sector. En
definitiva, impone obligaciones y realiza recomendaciones en cuatro planos:
desinversión, ofertas comerciales, disponibilidad de la red y espectro.
El análisis de la CNDC incluye recomendaciones pro-competitivas sobre
aspectos regulatorios, que resultan complementarias de las regulaciones
vigentes y las obligaciones establecidas por el ENACOM. Recientemente se han
producido cambios regulatorios que permiten que operadores de
telecomunicaciones provean TV paga; el Ministerio de Modernización emitió un
reglamento para la interconexión de redes y, además, el ENACOM estableció
limitaciones a la empresa fusionada, incluyendo la devolución de espectro y
límites a los precios en algunas regiones del país.
El presidente de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, Esteban
Greco, expresó: “Realizamos un estudio profundo del mercado con la
participación de una cantidad importante de actores interesados, incluyendo
empresas del sector, organizaciones de la sociedad civil y especialistas en
el tema. Estamos convencidos de que este dictamen asegura condiciones en el
mercado de las comunicaciones para que diferentes operadores de
cuádruple-play y diversos oferentes de algunos de estos servicios a nivel
nacional, regional y local puedan competir de modo eficaz para ofrecer a las
empresas y las personas las mejores opciones posibles”.
“Apuntamos a que la estructura del mercado genere incentivos a la inversión
de actores actuales o potenciales de manera de garantizar el desarrollo
tecnológico imprescindible para el país”, aseguró Greco.
El dictamen es de acceso público y se puede encontrar al final de esta
página.
La Secretaría de Comercio y la CNDC son las autoridades de aplicación de la
Ley de Defensa de la Competencia y tienen la tarea de analizar los efectos
de las operaciones de concentración económica sobre la competencia y
prevenir que las mismas perjudiquen a los consumidores. Otras funciones
relevantes de las autoridades de defensa de la competencia son las de
investigar y sancionar conductas anticompetitivas y promover la competencia
mediante recomendaciones para que los mercados funcionen correctamente.
Cabe destacar que en mayo se reglamentó la nueva ley de Defensa de la
Competencia, que crea una autoridad con independencia política y que
introduce el programa de clemencia y penas mayores para prácticas
anti-competitivas, como un resguardo importante a la competencia futura en
este y todos los mercados.
Tendencia de la industria en todo el mundo
La infraestructura de comunicaciones de un país es una de las bases para
dinamizar la economía, mejorar los niveles de acceso a la información y a la
educación, generar empleo a través de la atracción de inversiones y
desarrollar el potencial de sus habitantes.
Los sectores de telefonía fija, comunicaciones móviles, provisión de
servicios de internet y televisión por cable o satelital son objeto en todo
el mundo de un proceso de convergencia debido al avance de la tecnología a
ritmo acelerado que requiere grandes inversiones permanentes en
infraestructura.
La tendencia mundial es hacia la generación de mercados integrados y
competitivos con una cantidad más o menos limitada de competidores en cada
región (ver infografía adjunta).
Síntesis de los principales remedios a la fusión
RED FIJA:
La fusión habría generado problemas de competencia en localidades donde
Cablevisión y Telecom eran las únicas empresas con despliegue de red fija.
Por esa razón, la empresa fusionada se debe desprender de 143.464 clientes
de ese servicio en 28 localidades de cinco provincias (ver infografía
adjunta): Córdoba (incluyendo la capital), Buenos Aires, Entre Ríos,
Misiones (incluyendo Posadas) y Santa Fe. Esta cifra representa el 9% del
total de clientes residenciales de Arnet y una facturación anual de
aproximadamente 500 millones de pesos. El proceso de certificación de la
cartera de clientes transferidos fue realizado por la consultora Deloitte.
Esa cartera de clientes es vendida a una empresa que ingresará como nuevo
operador en esos mercados. Telecom tendrá la obligación de arrendarle su
infraestructura para que pueda desplegar su propia red de fibra, brindarle
el servicio mayorista y permitirle el uso de la marca ARNET. Todo ello
durante un período de tiempo suficiente como para que el nuevo operador
pueda realizar inversiones que le permitan consolidar su posición en esos
mercados.
Asimismo, el dictamen obliga a Telecom a proveer servicios mayoristas de
internet residencial mediante una oferta de referencia, para que otros
operadores puedan prestar el servicio usando la red de Telecom. De este modo
se elimina la barrera de entrada que representaba la obligación de realizar
un tendido de red propia para poder comercializar el servicio.
RED MÓVIL:
De acuerdo con lo establecido por ENACOM, la empresa fusionada debe devolver
hasta 80 Mhz de espectro para permitir una competencia equilibrada entre los
actores.
La CNDC recomienda al ENACOM y al Ministerio de Modernización que la
fusionada no utilice el espectro excedente, que se agilice la devolución del
mismo y que tenga en cuenta cuestiones de competencia en futuras
asignaciones de espectro.
OFERTA CUÁDRUPLE PLAY:
Para evitar las ventajas de ser el primer operador en ofrecer el servicio,
la CNDC obliga a la empresa fusionada a evitar empaquetar sus servicios por
un plazo que puede ser de seis o doce meses, según la región. De esta
manera, los competidores cuentan con más tiempo para invertir o asociarse
para proveer servicios múltiples junto con otro proveedor.
Adicionalmente, la CNDC realiza recomendaciones al ENACOM y al Ministerio de
Modernización para que los operadores de internet y TV regionales puedan
proveer servicios móviles en modalidad virtual.
Fuente:
CNDC
ENACOM AUTORIZO CUATRO
NUEVOS CABLEOPERADORES
04-JUL/2018
Boletín Oficial del 29 de
junio
RESOL. 4566. Inscribir a la empresa ETERNET SRL (C.U.I.T. N° 30-66752590-6),
en el Registro de Servicios TIC, el servicio de Operador Móvil Virtual (OMV)
Básico. 2 .- Inscribir a la empresa ETERNET SRL, en el Registro de Servicios
TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico
y/o radioeléctrico.
Boletín Oficial del 2 de julio
Resolución 4540/2018 ENACOM: Otorgar al señor José Luis Odasso una Licencia
para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones. Inscribir a nombre del señor José Luis ODASSO en el Registro
de Servicios TIC- el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante
Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Resolución 4543/2018 ENACOM: Inscribir a la empresa Cable Video Imagen Canal
5 SRL en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante
Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
Boletín Oficial del 3 de
julio
RESOL. 4585. Otorgar al
señor Atilio Manuel SOLÁ
SÁNCHEZ (C.U.I.T. N° 20-27232209-1), Licencia para la prestación de
Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sea fijo o
móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin
infraestructura propia. 2 .- Inscribir al señor Atilio Manuel SOLÁ SÁNCHEZ,
en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Valor Agregado – Acceso a
Internet, y el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo
Físico, previsto en el Artículo 8°, del Reglamento de Licencias de Servicios
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, aprobado por
Resolución Nº 697- MM/2017.
AUTORIZARON TV POR CABLE
EN NAVARRO, SALADILLO, VILLA REGINA Y GENERAL ROCA
07-JUN/2018
Boletín Oficial del 29 de
mayo.
Resolución 4434/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Exadigital SRL, Licencia
para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones. Inscribir a la empresa Exadigital SRL en el Registro de
Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico, para ser
prestado en la localidad de Navarro, provincia de Buenos Aires.
Boletín
Oficial del 4 de junio.
Resolución 4362/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Visión
Centro S. A. Licencia para la prestación de Servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Inscribir a la empresa Visión Centro S. A. en el Registro de
Servicios TIC el Servicio de Radiodifusión por Suscripción
mediante Vínculo Físico, para la localidad de Saladillo,
provincia de Buenos Aires.
Resolución 4433/2018 ENACOM: Inscribir al señor Javier
Guillermo Latini en el Registro del Servicio de
Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico para
las localidades de Villa Regina, Chichinales, Godoy, Huergo,
Mainque, Cervantes y General Roca, todas de la provincia de
Río Negro.
expusieron en diputados cableoperadores sobre
el anteproyecto de ley corta
27-AGO/2018
En una reunión informativa,
la comisión de Comunicaciones e Informática, que preside el diputado Juan
Brugge, recibió a asociaciones de cableoperadores que realizaron aportes y
críticas a la ley de comunicaciones convergentes.
Desde la Cámara Argentina de Internet (CABASE), Ariel Grayzer, expresó:
"Apoyamos la iniciativa porque va a permitir una competencia que no tenga
asimetrías, es una reforma normativa necesaria”.
Grayzer también se mostró a favor de eliminar el 20% en asignación de
frecuencias en favor de ARSAT y en la compartición de infraestructura que
“debería facilitar el despliegue de redes”. “Con esta ley las pymes
redundarán en mejores servicios a los usuarios", dijo.
Nicolás Mayoraz, de la Cámara de Cableoperadores Independientes, indicó que
en la ley “hay que realizar omisiones a fin de resguardar la libertad de
competencia”. "Sin modificaciones en asignación de frecuencias, en plazos a
las pymes para que tengan las mismas herramientas de desarrollo, habrá una
gran injusticia", detalló.
En representación de la Asociación Entrerriana de Telecomunicaciones, Daniel
Delfino, afirmó que la ley “posterga un poco nuestra desaparición" y
anticipó que “habrá perdidas de trabajo”. En tanto, consideró que “la
comunicación en nuestras localidades la hacen las pymes, sólo nosotros
podemos garantizar el pluralismo”.
Desde el oficialismo, la diputada Karina Banfi dijo que "esta ley no
pretende abarcar todo, sino que es complementaria con otras como la de
defensa del consumidor, en la que a su vez, estamos trabajando en una
reforma".
Las asociaciones de Córdoba y Santa Fe expresaron que están de acuerdo con
el desarrollo y la competencia sostenible pero no “a cualquier precio”.
Criticaron los plazos “que son pocos para permitir una relación de igual a
igual con los grandes operadores" y la facultad de los municipios que “puede
prestarse a intereses políticos”.
Daniel Celentano, de la Asociación Argentina de Televisión por Cable,
comentó que el impacto de la ley corta representa a más de 700 operadores en
más de 1200 localidades, a 6 millones de domicilios y consideró que “resulta
lamentable que la comunicación sólo se analiza de manera tributaria y no
como herramienta de instrucción y educación”.
Con respecto a los plazos de adecuación e inversiones, Celentano dijo “sin
plazos razonables para que los medianos y pequeños operadores obtengan
herramientas de desarrollo y en igualdad de desarrollo, la ley corta no
pareciera preveer inversiones de las multinacionales que se esconderán
detrás de las pequeñas”.
La iniciativa denominada como "ley corta" permitirá que las compañías
telefónicas puedan insertarse en el mercado del cuádruple play. Se establece
también que podrán dar servicios de radiodifusión paga por satélite en la
Ciudad de Buenos Aires, el Gran Buenos Aires, Córdoba y Rosario a partir de
2020; mientras que en el interior del país será en 2021 y en las localidades
con menos de 100 mil habitantes en 2022.
Fuente: Diputados
EL PROYECTO DE LEY CORTA
QUEDARA CAJONEADO EN DIPUTADOS HASTA EL AÑO PROXIMO
16-NOV/2018
El Congreso volvió a darle
un golpe bajo a Mauricio Macri: la ley corta de telecomunicaciones no se
sancionará este año, porque Andrés Ibarra no aceptó los últimos cambios
propuestos por el peronismo de los gobernadores, que de todos modos hubieran
demorado la sanción.
Como explicó LPO, Cambiemos presionó para dictaminar la ley esta tarde en
Diputados y sancionarla el miércoles 21, pero en diálogos informales las
autoridades de Argentina Federal, el bloque de los mandatarios provinciales,
sugirieron modificaciones y el oficialismo prefirió esperar.
De esta manera, el diputado de AF Juan Brügge, presidente de la Comisión de
Comunicaciones, canceló el plenario que iba a realizar con la de Presupuesto
a las 18.30 para despachar el proyecto enviado por Macri al Senado en mayo,
con el objetivo principal de habilitar a Telefónica y Claro a brindar
televisión satelital.
Sólo así podrían competir con la fusión de Telecom y Cablevisión en la
oferta de cuádruple play, aún sin haber invertido en redes de fibra óptica.
Fue uno de los pocos proyectos que Cambiemos negoció con la oposición
durante todo el año y su accidentado tránsito explica porque no repitió la
práctica con otras iniciativas.
El Senado lo aprobó pero demoró hasta julio de 2020 la habilitación de
televisión satelital y hasta 2022 en localidades pequeñas, y pese a que fue
aprobado con el voto del peronismo federal, en Diputados el bloque homónimo
lo recibió con hostilidad.
Sergio Ziliotto, diputado de La Pampa cercano al gobernador Carlos Verna,
exigió ceder frecuencias de Arsat a las provincias para armar sus propias
redes de seguridad pública y defensa civil, un rol exclusivo de los Estados
locales.
Con las correcciones del Senado, la ley ofrece a las cooperativas el 20% de
las frecuencias de la compañía estatal, pero el resto lo cede al mercado sin
restricciones.
Los federales también pidieron extender a 2024 el plazo para brindar TV
satelital en las ciudades de menos de 100 mil habitantes. Con el massismo y
el Frente para la Victoria en contra, Cambiemos no podía ignorar estos
planteos si quería aprobar la ley y prefirió posponer el debate para 2019.
La decisión la tomó Andrés Ibarra, vicejefe de Gabinete y ex ministro de
Modernización, donde redactó el proyecto junto a ejecutivos de las
principales compañías de telecomunicaciones.
En el Congreso temen que, como acostumbra, Macri reaccione con una catarata
de decretos de necesidad y urgencia en el verano, pero no es un tema fácil
para regular sin leyes, porque las compañías requieren garantías para
invertir.
Y las telcos son nada menos que el sector que mayor desembolso de dinero
prometió, sólo comparable con el energético, y sigue sin un un marco
regulatorio sólido porque el Gobierno no logra consensuarlo con la
oposición.
Es que la ley corta, que se debatió casi todo el año, era sólo el paso
previo a una ley integral de telecomunicaciones que Macri prometió el 1 de
marzo, en su discurso de apertura de sesiones, pero nunca envió al Congreso.
Sólo hizo circular borradores.
Fue el segundo fracaso de Cambiemos en la Comisión de Comunicaciones en muy
pocos días: el jueves no pudo tratar la regulación de los motores de
búsqueda, que exculpaba a Facebook y Google por sus contenidos. Las
entidades periodísticas lo rechazaron. La oposición también.
Fuente: La Politica
online
EL SENADO DIO MEDIA
SANCION AL PROYECTO QUE MODIFICA LAS LEYES DE S.C.A Y ARGENTINA DIGITAL
05-JUL/2018
El Senado de la Nación le
dio media sanción ayer al proyecto de ley de telecomunicaciones llamado "Ley
de Fomento de despliegue de infraestructura y competencia TIC", también
conocido como "Ley Corta", cuyo dictamen había sido aprobado en comisión el
miércoles pasado.
La votación terminó con 46 votos a favor y 11 en contra, sólo los del bloque
de Cristina Fernández de Kirchner, el dúo de "progresistas" (Fernando
Solanas y Magdalena Odarda) y la puntana María Eugenia Catalfamo. Su jefe
Adolfo Rodríuguez Saá se sumó a una larga lista de ausentes. Tampoco
aparecieron para votar los federales Juan Carlos Romero, Carlos Reutemann,
los macristas cordobeses Laura Rodríguez Machado y Ernesto Martínez y los
justicialistas Dalmacio Mera, Carlos Caserio y José Mayans, entre otros.
El proyecto fue trabajado durante dos meses en la Comisión de Sistemas y
Medios, tuvo varias modificaciones en su dictamen, pero no parece haber
conformado a todos. El cambio más importante implicó trabar el desembarco
inmediato de las grandes telefonicas en la TV satelital. El proyecto
aprobado ayer llevó de enero de 2019 a julio 2020 la fecha en la que
Telefónica y Claro podrán brindar el DTH y recién podrán hacerlo en 2022 en
las comunidades con menos de 100 mil habitantes.
El titular de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de
Expresión, el senador peronista Alfredo Luenzo indicó: "Hemos protegido a
nuestra industria del interior". Sin embargo, señaló que "la tarea
pendiente, que es la crítica que hemos hecho a esta ley, es que tenemos que
empezar a trabajar pronto en materia de contenidos".
En la misma línea, el senador chubutense aseguró: "Tenemos el vehículo,
tenemos la autopista, pero no sabemos las condiciones que vamos a tener; si
son las condiciones actuales donde las TICs no tienen ningún tipo de
obligaciones en cuanto a contenido, vamos a tener problemas".
El texto completo del proyecto sancionado está disponible en este enlace:
http://www.senado.gov.ar/upload/26721.pdf
DAÑOS EN CABLEOPERADORA DE
MERLO TRAS LAS TORMENTAS
11-MAY/2018
FALLECIO HECTOR DELLONI,
CABLEOPERADOR SANTAFESINO
02-MAY/2018
ARSAT BAJO EL PRECIO
MAYORISTA
DE INTERNET DE 18 A 14 DOLARES
09-MAR/2018
NO HABRA DNU PARA QUE
CLARO Y TELEFONICA OPEREN
TV SATELITAL
26-FEB/2018
Fernando Krakowiak remarcó
en Página/12 que tras anunciarse la fusión entre Telecom y Cablevisión el 30
de junio, el Gobierno nacional indicó que “estaba evaluando habilitar a las
telefónicas a brindar televisión satelital para equilibrar la cancha e
incrementar la competencia en el sector”.
“Para
avanzar es necesario al menos un Decreto de Necesidad y
Urgencia (DNU), pues la prohibición figura en el DNU 267 de
diciembre de 2015”, explicó el periodista.
El quid de la cuestión es que según apuntó, “fuentes
oficiales aseguraron primero que el decreto podría salir
publicado a fin del año pasado, luego la fecha se corrió
para mediados de enero y después para febrero” pero “fuentes
oficiales y privadas que no habrá DNU y que las telefónicas
deberán esperar a que el tema sea debatido por el Congreso”.
En este marco, Krakowiak recordó que las telefónicas “habían
insistido con que una vez autorizada la fusión la única
empresa que iba a estar en condiciones de brindar cuádruple
play (telefonía fija, móvil, televisión paga y banda ancha)
en el corto plazo sería Telecom-Cablevisión porque la red de
Telefónica sigue siendo fundamentalmente de cobre y no
resiste un paquete de señales audiovisuales, mientras que
Claro es una empresa de telefonía móvil y tampoco tiene una
red de fibra para hacerle frente al Grupo Clarín”. Y es por
ello que reclaman poder brindar tv por satélite.
“Del lado de Clarín siempre responden que ellos tienen una
red mejor porque invirtieron en fibra óptica, mientras que
las telefónicas no lo hicieron. A su vez, advierten que si
se habilita a las telefónicas a dar televisión satelital
nunca invertirán en fibra óptica. Las telcos responden que
no invirtieron en fibra porque tenían prohibido brindar
televisión y que ahora que están habilitadas aceleraron la
inversión en redes, pero aclaran que no están en condiciones
de competir de igual a igual en el corto plazo”, completó el
periodista.
Todo se complicó porque “el lobby en contra del DNU se
acrecentó. No sólo el Grupo Clarín se oponía sino también
algunas cableras de tamaño medio como Telecentro (Alberto
Pierri), Supercanal (Daniel Vila), el Grupo Ick de Santiago
del Estero y Express de Rosario (ex Cablehogar) amenazaron
con ir a la justicia si salía el decreto”, consignó.
Fuente: DsD
Nota relacionada:
GRUPO SLIM Y TELEFONICA
FUERON AUTORIZADOS A OPERAR TV PAGA EN VARIAS LOCALIDADES DEL PAIS
AUDIENCIA PUBLICA EN DIPUTADOS POR LA FUSION
CABLEVISION-TELECOM
16-MAR/2018
El bloque FIT-PO realizó una
importante Audiencia Pública junto a trabajadores telefónicos con el
objetivo de debatir los alcances y consecuencias de la megafusión de Telecom
con Cablevisión que se empezó a poner en práctica aún antes de que se expida
la Comisión Nacional de Defensa de Competencia y el secretario de Comercio
que debe determinar sobre la misma. La Audiencia también debatió el proyecto
de rechazo a esta fusión presentado por la diputada Romina Del Plá,
acompañado de otro proyecto que obliga a que las empresas paguen los bonos
de participación en las ganancias para los trabajadores telefónicos, y la
elaboración de un proyecto de ley de nacionalización de las
telecomunicaciones bajo control obrero.
Romina Del
Plá declaró: “La fusión Telecom-Cablevisión vulnera derechos
de la población y de los trabajadores. Es una fusión basada
en una serie de decretos de 'necesidad y urgencia' que hasta
vulneran la legislación vigente en materia de
telecomunicaciones y favorece a un grupo económico que se
consolida no sólo en los medios sino también en las redes y
en el mercado de las telecomunicaciones. Estos decretos
atentan contra derechos como la libertad de expresión, el
acceso a la información y la defensa de la 'competencia', al
favorecer una concentración monopólica tanto en materia de
contenidos como de infraestructura, interconexión,
transporte y comercialización”.
“El gobierno nacional quiere fusionar Cablevisión y Telecom
para avanzar en el proceso de monopolización de las
telecomunicaciones con consecuencias gravosas para los
trabajadores. El proyecto que presentamos plantea suspender
esta fusión y lo acompañamos con otro proyecto que obliga a
que las empresas paguen los bonos de participación en las
ganancias para los trabajadores telefónicos. Tenemos la
necesidad de debatir entre usuarios y trabajadores cómo
avanzamos en un proceso de nacionalización de las
telecomunicaciones para ponerlas al servicio de la
población. Por eso proponemos como resolución de esta
Audiencia elaborar junto con los trabajadores un proyecto de
ley de nacionalización de las telecomunicaciones bajo
control obrero”.
Pablo Eibuszyc, de la Comisión Directiva de Foetra por la
oposición, declaró: “La fusión Cablevisión-Telecom fortalece
un monopolio que implica un avance de la reforma laboral en
el gremio telefónico y de televisión, por eso pedimos la
suspensión del DNU. Mediante una serie de decretos el
gobierno le da facilidades a las empresas; cuando
Cablevisión compró Nextel se produjeron cientos de despidos,
frente a esto planteamos que se suspenda la fusión y que se
garanticen todos los puestos y condiciones de trabajo, en un
convenio único de la actividad con una jornada de 7 horas. Y
que se pague la deuda que tiene Telecom por los bonos de
participación en las ganancias adeudados desde la
privatización”.
Pablo Eibuszyc convocó a una movilización en la puerta de la
Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, que tiene
que determinar si la fusión sigue avanzando, para el 5 de
abril.
Participaron los diputados Nathalia González Seligra,
Fernanda Raverta, Leopoldo Moreau y el diputado MC Néstor
Pitrola. También participaron Pablo Eibuszyc, de la Comisión
Directiva de Foetra por la oposición, Liliana Zabala,
abogada que ganó el fallo en la Corte Suprema por el bono de
participación en las ganancias de los telefónicos, Guillermo
Goldstein, de la Comisión del Proyecto de Ley de
Comunicaciones del Partido Socialista, Diego Damián Rossi,
de la Coalición por una Comunicación Democrática, Pablo
Antonini, Presidente del Foro Argentino de Radios
Comunitarias, Guillermo Robledo, firmante del amparo Per
Saltum ante la Corte Suprema por la suspensión de la fusión
Cablevisión Telecom, Santiago Ibarra, de Antena Negra,
Santiago Marino y Pablo Alabarces, Doctores en Ciencias
Sociales, la Agrupación Nacional Naranja de la Universidad
de Buenos Aires y Fabiola Ferro, ex candidata a directora de
Comunicación de la Uba por la izquierda.
Fuente: PO
ONG VINCULADA AL PAPA LE
PIDE A LA CORTE QUE ANULE LA FUSION TELECOM-CABLEVISION
16-FEB/2018
El Observatorio de la
Riqueza, vinculada al Papa Francisco, presentó esta semana un recurso
extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia solicitando que se anule la
resolución de Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) que aprobó la fusión
Cablevisión-Telecom y se suspenda todo el proceso de fusión sin antes
avanzar con un marco regulatorio que garantice una serie de derechos
constitucionales que estarían siendo violados al darle luz verde a esta
nueva empresa con posición dominante en el sector audiovisual.
El pedido
lleva las firmas de Guillermo Robledo, Eduardo Murúa y
Clelia Isasemendi, integrantes del observatorio. También los
acompaña con su firma el ex juez federal Carlos Rozanski.
El texto completo del escrito presentado está disponible en
este enlace:
http://observatorio-riqueza.org/wp-content/uploads/sites/15/2018/02/Recurso_final_CSJ_febrero2018.pdf
También la presentación solicita a la Corte que convoque a
una audiencia pública donde se debata la necesidad de elevar
la comunicación a la categoría de derecho humano y bien
público en lugar de mera mercancía.
En primera instancia, el Observatorio presentó un amparo
ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia,
organismo que está analizando la fusión y todavía no se
expidió sobre el tema. Allí denunciaron que la fusión viola
la ley de defensa de la competencia, la ley 26.305 de
protección y promoción de la diversidad de expresiones
culturales y la ley de entidades financieras 21.526.
La presentación ocurre al mismo tiempo que el presidente
Mauricio Macri recibió a ejecutivos de la firma fusionada en
noviembre del año pasado. En la reunión Telecom Argentina
presentó el plan de inversiones por 5.000 millones de
dólares para ampliar y modernizar la infraestructura de
servicios de telefonía, internet y TV paga.
Carlos Moltini, CEO de Telecom Argentina, realizó junto a
Luis Baruki, director de la compañía, la presentación en
Casa Rosada durante una reunión con el presidente de la
República, Mauricio Macri, y el ministro de Modernización,
Andrés Ibarra.
GRUPO SLIM Y TELEFONICA
FUERON AUTORIZADOS A OPERAR TV PAGA EN VARIAS LOCALIDADES DEL PAIS
09-ENE/2018
En el marco de una nueva
reunión del Directorio de Enacom celebrada la semana proximada pasada,
aprobó a Claro (AMX Argentina S.A del Grupo Slim) una licencia para dar
Servicios de Radiodifusión por Suscripción en las localidades de Hurlingham,
Morón, Tres de Febrero y Vicente López en el Gran Buenos Aires, en la ciudad
capital de Salta y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA); como
también a Telefónica una licencia de Registro de Cable que le permitirá
operar este servicio en la Ciudad de Buenos Aires, en la provincia de Buenos
Aires y en las ciudades mendocinas de Godoy Cruz, Guaymayen, Luján de Cuyo y
Mendoza Capital.
“Gracias a este nuevo escenario, el Estado no solo acompaña sino que además
impulsa el desarrollo de servicios convergentes como el cuádruple play lo
que significa, en última instancia, más ofertas para los usuarios y mejor
calidad en las comunicaciones”, expresó Miguel De Godoy, presidente de
Enacom.
Supercanal
Por su parte, en la misma reunión el directorio otorgó la licencia como
Operador Móvil Virtual (OMV) a la empresa Supercanal Sociedad Anónima del
Grupo Uno Medios, que le permitirá en el futuro brindar telefonía móvil.
Cabe recordar que este grupo empresario tuvo que devolver frecuencias para
ofrecer LTE 4G otorgadas durant el kirchnerismo y cuya garantía nunca abonó.
Boletín Oficial del 22 de
diciembre.
RESOL. 5194.
Autorizar a la firma SUPERCANAL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-61118252-6), a
prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en
el área de cobertura de la localidad de CRUZ ALTA, provincia de TUCUMÁN
QM NOTICIAS DEJO DE EMITIR
EN VIVO Y RESPONSABILIZA AL GRUPO CLARIN, ENACOM Y LA JUSTICIA
14-DIC/2017
COMUNICADO COMPLETO DE GRUPO
CIELO
"Tras más de siete años de bregar por el cumplimiento de una Ley que le
garantizaba pantalla a cambio de la exigente tarea de informar a 16 millones
de bonaerenses, Qm Noticias arribó hoy a una conclusión a la que políticos
–desde el último concejal hasta el mismísimo presidente-, jueces y
legisladores llegaron hace tiempo: hay un actor monopólico, un gigante
mediático, que decide quiénes juegan en el tablero de la política y de los
medios. Y contra él, nadie puede.
Los tentáculos del
Grupo Clarín llegan hasta el último despacho: desde el de cada
uno de los directores del ENACOM que se convierte por obra y
gracia de un llamado en amanuense de sus intereses, hasta el
último juez que promete y no puede –¿o, finalmente, no quiere?-
hacer cumplir la Ley. Hubo, durante todos estos años, fallos
judiciales de primera instancia, ratificados por el tribunal de
alzada, ordenando la inmediata inclusión en la grilla analógica
de nuestra señal.
Ni la Justicia, con el poder que tiene para hacer cumplir con
sus sentencias, ni los órganos de aplicación de la derogada Ley
de Medios durante los últimos dos mandatos, cumplieron con su
obligación de garantizar el inmediato cumplimiento de lo
establecido por una resolución oficial, avalada en sede
judicial. Tampoco la Justicia federal resolvió un planteo en
idéntico sentido, tras una presentación judicial –una más- de la
empresa, en un intento por sostener las fuentes de trabajo. En
efecto, el Juez federal Alberto Recondo literalmente cajoneó un
planteo presentado por QM Noticias reclamando un pronto
despacho, para garantizar la continuidad del 1er y único canal
de noticas de la Provincia de Buenos Aires.
La primera y única señal informativa de la provincia de Buenos
Aires, Qm Noticias, ante la imposibilidad que la Justicia haga
cumplir con la Ley y que el actual gobierno Nacional -al igual
que el anterior- no logra, no quiere, no puede que los más
poderosos respeten la legislación vigente, desiste desde las 00
horas del martes 12 de diciembre de seguir transmitiendo en vivo
y en directo desde sus estudios centrales de la ciudad de La
Plata. Y por primera vez en sus siete años de vida, no le
ofrecerá a los bonaerenses una alternativa informativa y de
entretenimiento en vivo y en directo durante todo el verano
desde los principales ciudades turísticas de nuestra Provincia.
La tradicional cobertura de la temporada de verano en los
principales distritos de la costa bonaerense, una marca
registrada, convocó a figuras de la talla de Pato Galván,
Marcela feudale, Rocio Marengo, Diego Moranzoni, Marcelo
Zlotogwiazda, Pollo Álvarez, Pablo Camaiti, Flor Ventura, entre
otros, acompañados por los periodistas que más saben de la
provincia de Buenos aires del staff profesional del canal, para
producir y transmitir más de nueve horas en vivo desde la playa
provincial. La decisión de este canal ha sido siempre la de
incorporar a la programación de nuestros productos, a los más
prestigiosos periodistas del interior bonaerense que tenían
participación directa en uno de los ciclos, y a lo largo de toda
nuestra programación.
Tanto el AFSCA del kirchnerismo como el ENACOM del macrismo
coincidieron en sendas resoluciones (en los años 2013 y 2017) en
disponer la obligatoriedad para todos los operadores de TV por
cable o satelital con áreas de servicio en la Provincia de
Buenos Aires, como el caso de Cablevisión (Grupo Clarín),
DirecTV, Telecentro, etc., de incluir en sus grillas de señales,
tanto analógicas como digitales, a los canales provinciales
informativas, entre ellas, Qm Noticias.
El Grupo Cielo asumió hace ya 24 años un compromiso con la
verdad. Qm Noticias es, todavía, a pesar de la pelea desigual,
un instrumento en aras de cumplir con él. Por primera vez desde
su creación, la señal deja de emitir en vivo su programación
habitual desde el primer minuto del martes 12 de diciembre. Nos
cansamos de Promesas. Estaremos a disposición cuando tengamos
visibilidad plena en la grilla analógica como la ley manda y la
justicia avala.
Lo hace con el convencimiento de que está dando una pelea que no
puede ganar, al menos en los términos en los que la viene dando:
invirtiendo en equipos, instalaciones y recursos humanos para
generar un producto que, finalmente, por la decisión de los
poderosos, nunca llega plenamente a los hogares.
El Grupo Cielo empleará ese valioso tiempo y los recursos
disponibles en replantear su estrategia para el mercado
audiovisual, habida cuenta de que, queda claro, “la tele” tiene
dueño. Algunos dirán que no se quiso y otros que no se pudo. Nos
reservamos el derecho a opinar lo mismo sobre ellos, los que
debieron representar y defender: a la ley, a los trabajadores, a
los ciudadanos y a su derecho a la información.
Agradecemos sin reparos a todos los que nos acompañan hasta hoy,
a los televidentes, a los trabajadores, a los colegas, a los
–escasos- actores con representación política e institucional
que brindaron su apoyo."
Qm Noticias y el Grupo Cielo no abandona su compromiso con la
verdad y con la información rigurosa de nuestra Provincia.
COOPERATIVAS DE BRANDSEN Y
VICUÑA MACKENNA, AUTORIZADAS A OPERAR TV POR CABLE
07-DIC/2017
Boletín Oficial del 30 de
noviembre.
Resolución 4658.
Otorgar a la COOPERATIVA DE AGUA POTABLE, OBRAS Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS
DE BRANDSEN LTDA. (CUIT 30-61355848-5), una Licencia Única Argentina
Digital.
Registrar a nombre
de la COOPERATIVA DE AGUA POTABLE, OBRAS Y OTROS SERVICIOS
PÚBLICOS DE BRANDSEN LTDA. (CUIT 30-61355848-5), en el Registro
de Servicios, el servicio de radiodifusión por suscripción
mediante vínculo físico.
Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura en
la localidad de BRANDSEN, provincia de BUENOS AIRES.
Boletín Oficial del 4 de diciembre.
RESOL. 4667.
Registrar a nombre de la
COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y ANEXOS LTDA. C.E.Y.A.L. (CUIT 30-54575268-5),
en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4 del Artículo 5º del
Anexo I del Decreto Nº 764/00, el servicio de radiodifusión por suscripción
mediante vínculo físico.
Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción
mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de VICUÑA
MACKENNA, provincia de CÓRDOBA.
TV POR CABLE AUTORIZADA EN
QUIROGA, GRAL. SAN MARTIN, GRAL. OCAMPO E IRALA
21-NOV/2017
Boletín Oficial del 7 de
noviembre.
RESOL. 3659. Autorizar a la firma REDES BANDA ANCHA
SOLUCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
(C.U.I.T. Nº 30-71160092-9), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en
el área de cobertura de los departamentos JUAN FACUNDO
QUIROGA, GENERAL SAN MARTÍN y GENERAL OCAMPO,
provincia de LA RIOJA.
Boletín Oficial del 16 de noviembre.
RESOL.3639. Autorizar a la firma VIDEO CONVERTER
SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-64360353-1), a prestar
el servicio de radiodifusión por suscripción mediante
vínculo físico en el área de cobertura de la localidad
de IRALA, provincia de BUENOS AIRES.
AUTORIZADA TV POR CABLE EN LOCALIDADES DE
CORDOBA, SAN LUIS, ENTRE RIOS, SANTA FE Y CORRIENTES
19-OCT/2017
Boletín Oficial del 6 de
octubre.
Resolución 1744. Autorizar a la firma TAJAMAR SISTEMAS ELECTRÓNICOS SA, a
prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en
el área de cobertura de las localidades de VILLA ANISACATE, VILLA LA BOLSA,
VILLA LOS AROMOS, LA SERRANITA y LA RANCHERITA, todas de la provincia de
CÓRDOBA.
Boletín Oficial del 9 de octubre.
Resolución 1769.
Otorgar al señor Carlos Guillermo MACCHI (D.N.I. N° 14.222.220 -
C.U.I.T. Nº 20- 14222220-6), una Licencia Única Argentina
Digital. Registrar a nombre del señor Carlos Guillermo MACCHI el
servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo
físico. Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión
por suscripción mediante vínculo físico en las áreas de
cobertura de las localidades de SAN ROQUE, 9 DE JULIO y PEDRO
FERNÁNDEZ, todas de la provincia de CORRIENTES.
Resolución 1771. Registrar a nombre de la COOPERATIVA DE
PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIALES, ASISTENCIALES
Y VIVIENDA DE LAS TOSCAS LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-54574333-3),
el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo
físico. Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión
por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura
en la localidad de LAS TOSCAS, provincia de SANTA FE.
Resolución 2057. Autorizar a la firma TILISARAO CIRCUITO CERRADO
SA (C.U.I.T. Nº 30-64634575-4), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área
de cobertura de las localidades de CONCARÁN y NASCHEL, ambas de
la provincia de SAN LUIS.
Boletín Oficial del 11 de octubre.
Resolución 1801. Autorizar a la firma CABLE VISIÓN LARROQUE SRL
(C.U.I.T. Nº 33-64885706-9), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área
de cobertura de la localidad de GENERAL GALARZA, provincia de
ENTRE RÍOS.
TV POR CABLE AUTORIZADA EN TIGRE, RUFINO, SAN
MARCOS SIERRAS, GODOY, ALEJANDRO KORN Y VILLA MERCEDES
11-OCT/2017
Resoluciones Enacom
Boletín Oficial del 27 de septiembre.
Resolución 1775. Autoríza al señor Haroldo Jorge
FRILLOCCHI (C.U.I.T. Nº 20-13225759-1), a prestar el
servicio de radiodifusión por suscripción mediante
vínculo físico en el área de cobertura de la localidad
de TIGRE, provincia de BUENOS AIRES.
Boletín Oficial del 2 de octubre.
Resolución 1770. Registrar
a nombre de la COOPERATIVA ELÉCTRICA LIMITADA DE RUFINO
(CUIT Nº 30-54568921-5) el servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico.
Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión
por suscripción por vínculo físico en el área de
cobertura en la localidad de RUFINO, provincia de SANTA
FE.
Resolución 1774. Autorizar a la firma SAN GABRIEL VIDEO
CABLE COLOR SA (C.U.I.T. Nº 30-69619818-3), a prestar el
servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo
físico en el área de cobertura de la localidad de SAN
MARCOS SIERRAS, provincia de CÓRDOBA.
RESOL. 1827. Autorizar a la firma CABLEVISIÓN SA
(C.U.I.T. Nº 30-57365208-4), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de la localidad de GODOY, provincia de
SANTA FÉ.
Boletín Oficial del 3 de octubre.
Resolución 1766.
Autorizar a la firma TELEFAS SA (C.U.I.T. Nº
30-70931898-1), a prestar el servicio de radiodifusión
por suscripción por vínculo físico en el área de
cobertura de la localidad de ALEJANDRO KORN, provincia
de BUENOS AIRES.
Resolución 1783.
Autorizar a la firma CAROLINA CABLE COLOR SOCIEDAD
ANÓNIMA (C.U.I.T.
Nº 30-63032905-8), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en
el área de cobertura de la localidad de VILLA MERCEDES,
provincia de SAN LUIS.
SUPERCANAL OBTIENE EL AVAL OFICIAL
PARA OPERAR EN USHUAIA Y CIUDADES DE CATAMARCA Y SAN JUAN
06-OCT/2017
Boletín Oficial
del 27 de septiembre.
Resolución Enacom 1773.
Autorízase a la firma SUPERCANAL SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº
30-61118252-6), a prestar el servicio de radiodifusión por
suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de
la localidad de USHUAIA, provincia de TIERRA DEL FUEGO,
ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.
Boletín Oficial del 3 de octubre.
Resolución 1780.
Autorizar a la firma SUPERCANAL S.A. (CUIT Nº 30-61118252-6), a
prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo
físico en el área de cobertura de las localidades de VALLE VIEJO
y FRAY MAMERTO ESQUIÚ, ambas de la provincia de CATAMARCA.
Resolución 1800.
Autorizar a la firma SUPERCANAL S.A. (CUIT Nº 30-61118252-6), a
prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo
físico en el área de cobertura de las localidades de SAN MARTÍN,
ANGACO y ALBARDÓN, todas de la provincia de SAN JUAN.
rompen con disparo de escopeta el
vidrio de la sucursal de cablevision en chivilcoy
08-SEP/2017
Ocurrió en las oficinas ubicadas en la calle Lavalle N° 220. Se
tomó conocimiento cerca de las 7.30. Se solicitó la presencia de
peritos de la Policía Científica de Mercedes.
Con una escopeta dispararon ayer (miércoles 6) a la madrugada los vidrios de
las oficinas de Cablevisión, ubicada en la calle Lavalle N° 220.
A raíz del hecho se instruyen actuaciones caratuladas “Daño”,
con intervención Unidad Funcional de Instrucción Nº 7 del
Departamento Judicial Mercedes.
Las actuaciones producidas fueron a consecuencia que ayer a las
7.30 horas se tomó conocimiento tras un llamado al Sistema de
Emergencia 911 por parte de la empleada de la empresa
Cablevisión. A su arribo constató los daños en el cristal de la
vidriera del local ubicado en calle Lavalle Nº 220 de este
medio, por lo que se comisionó al personal policial, quienes
llevaron a cabo diligencias preliminares incautándose restos
pertenecientes a un cartucho de escopeta, por lo cual se
solicitó la presencia de peritos dependiente de la Policía
Científica de Mercedes; quienes llevaron a cabo las tareas de su
especialidad.
Se encuentra trabajando en la investigación personal del
Gabinete Técnico Operativo de esta policía y DDI Mercedes.
Fuente: La Razón de Chivilcoy
intendente de dolores dice que el
grupo clarin lo ataca con falsas noticias porque defiende la
competencia en tv por cable
07-JUL/2017
La Municipalidad de Dolores
salió a desmentir de manera enfática la información que
difundió el miércoles a la mañana el canal TN y el
diario Clarin.com acerca de la supuesta matanza de 300
perros en la ciudad.
El director de Prensa de la comuna, Eduardo Vignolio,
consideró que “el canal mintió a sabiendas”, por cuanto
la información fue desmentida el martes por la noche a
la producción del noticiero por el periodista Horacio
Burgueño, a quien llamaron para corroborar la versión.
Pese a que Burgueño negó el número, el miércoles se
envió un móvil a Dolores y se difundió insistentemente
la cifra de 300 perros envenenados y baleados. “Nos
están haciendo un daño muy grande a todos los
dolorenses”, dijo Vignolio.
“El hecho existió, pero si hubieran aparecido 300 perros
muertos habría en todas las esquinas”, dijo el
funcionario que les trasmitió a los productores del
canal del Grupo Clarín. En rigor, la semana pasada
alrededor de diez perros aparecieron muertos en el
barrio de El Fortín Dolores, luego de lo cual actuó la
comuna a través del área de Bromatología.
Por su parte, el intendente Camilo Etchevarren acusó a
Cablevisión por la operación. “Hace diez años que (el
canal local) miente, agravia y deforma la realidad de
Dolores”, sostuvo Etchevarren. “Esto tiene un fondo
político: fuimos el primer lugar de la Argentina donde
conseguimos la autorización para traer un cable al 50%
de lo que vale la tarifa de Cablevisión en todo el
país”, estimó el jefe comunal.
“TN jamás puede sacar una noticia a nivel nacional, sin
por lo menos hablar con el director del canal de
Dolores: está todo armado para perjudicar a la gestión”,
dijo y remarcó que “estamos a 30 días de las elecciones
primarias”.
Fuente: Entre líneas
LA AFIP LE
COBRARA UN IMPUESTO A NETFLIX Y OTRAS PLATAFORMAS DE STREAMING
05-JUL/2017
Netflix empezará a tributar a nivel
nacional. Así lo adelantó el titular de la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad: "Vamos a
gravar a Netflix. Lo haremos a través de los plásticos con que
se paga el abono; las tarjetas serán agentes de retención"."Netflix recauda y paga
impuestos en todo lugar en que tenga la obligación legal de
hacerlo", fue la respuesta de la compañía a la consulta de
LA NACION sobre cómo evaluaban el anuncio; no dieron más
precisiones sobre si la empresa que provee contenidos
audiovisuales a través de Internet absorberá ese costo o se
lo trasladará a sus clientes.
Abad describió el desafío fiscal que implica cobrar
impuestos en una "economía líquida, desmaterializada", como
las plataformas Netflix, Uber, Spotify o Airbnb. "Desaparece
la intermediación, y el que junta a las dos puntas hace un
gran negocio. El canal de cable que compite con este
servicio paga impuestos, ¿por qué no una plataforma?",
planteó Abad, a la vez que apuntó que hay países en América
latina donde Netflix ya tributa. La decisión de trasladar o
no el valor a los usuarios es de la empresa, agregó.
Abad no lo especificó, pero tributaristas consultados
indicaron que seguramente la AFIP establecerá que las
tarjetas (por las cuales se compra este servicio) deberán
recibir de Netflix "un adelanto a cuenta de obligaciones
tributarias por la venta de servicios". El impuesto más
importante sería el IVA, que tributa una tasa del 21%.
En la reforma tributaria colombiana de 2016, se incluyó un
"pago o abono" adicional a las emisoras de tarjetas por
"suministros de servicios audiovisuales (música, videos,
películas y juegos de cualquier tipo).
A fines de 2014, el gobierno de la ciudad de Buenos Aires
-entonces comandado por el hoy presidente Mauricio Macri-
ganó la pulseada en la Justicia y le impuso a Netflix,
Spotify y otras empresas que prestan servicios en el país,
pero no pagan impuestos por estar radicadas en el exterior,
un gravamen del 3% sobre el valor de compra de sus
productos, como anticipo del pago de Ingresos Brutos.
Rige desde febrero de 2015.
En diciembre pasado, la Legislatura santafecina avaló el cobro
de una alícuota del 3,6% de Ingresos Brutos a las empresas que
comercialicen en forma electrónica entretenimientos
audiovisuales, entre las que se cuenta Netflix. El 25% de lo
recaudado se destina al desarrollo de las industrias de base
cultural de la provincia. Rubén Galassi, diputado provincial
socialista y autor de la iniciativa, fundamentó la decisión en
que corporaciones como Netflix son "multinacionales que no
generan trabajo en el país y no tributan un solo centavo" en la
provincia. "Con esta ley se autoriza al Ejecutivo provincial
para que establezca mecanismos para que este tipo de empresas
también tributen."
En Estados Unidos, plataformas como Netflix pagan impuestos, por
ejemplo, en Pennsylvania, Chicago y Minnesota, con un canon que
va entre el 6 y el 9%; también lo hacen varias ciudades
canadienses.
En el último proyecto impositivo que presentó al Parlamento hace
unas semanas, el gobierno de Uruguay incluyó cambios (regirán a
partir de 2018 si se aprueban) para gravar a plataformas que
ofrecen películas y series, música, hacen transmisiones
televisivas en directo o intermedian en la prestación de
servicios. En Chile el tema está bajo análisis.
Por ejemplo, a nivel nacional la plataforma Mercado Libre -que
pone en contacto a vendedores con compradores a través de la
web- paga IVA sobre sus comisiones y para la AFIP es agente de
retención para los vendedores, por el IVA de la compra y venta
que hace entre terceros.
PROYECTO DE LEY PARA SUSPENDER LA FUSION
CABLEVISION-TELECOM
04 -ENE/2018
Romina Del Pla, diputada
nacional por el Partido Obrero, presentó un proyecto de
ley en el que plantea la suspensión de la transferencia
de Cablevisión a Telecom y el control societario de la
empresa Telecom por parte de Cablevisión Holding SA.
En el proyecto presentado, la legisladora expresó que la
fusión vulnera el marco regulatorio vigente mediante
sucesivos decretos de necesidad y urgencia que
favorecieron a Cablevisión, y que la previa adquisición
de Nextel se produjo luego de “cientos de despidos y
cambios en las condiciones de trabajo, al punto que la
empresa fue vaciada y absorbida”.
Asimismo, denunció que “se pretende profundizar ese
camino” en una escala superior con Telecom Argentina SA.
Del Pla aseguró que la fusión entre ambas compañías
atenta contra los derechos de libertad de expresión,
acceso a la información y de defensa de la competencia
“al favorecer una concentración monopólica tanto en
materia de contenidos como de infraestructura,
interconexión, transporte, comercialización y exhibición
final de flujos de la comunicación”.
El objetivo principal del proyecto plantea la necesidad
de que previo a cualquier fusión, Telecom cumpla con los
pliegos de la privatización de ENTEL (Empresa Nacional
de Telecomunicaciones), que consiste en el pago del 10%
de los bonos de participación en las ganancias adeudados
a todos los empleados vinculados a dicha empresa, y para
quienes hayan perdido su relación laboral o sus
descendientes.
Por último, la diputada destacó que la fusión “no tiene
nada que ver con un avance tecnológico”, sino todo lo
contrario, “golpea a los sectores y regiones más
vulnerables de la población y pone en riesgo la
prestación de los servicios en amplias zonas”.
LAS FUSIONADAS TELECOM-CABLEVISION TIENEN
MAS DEL 80% DE ABONADOS DE INTERNET EN 37 CIUDADES
27-DIC/2017
Localidades en las que la empresa
fusionada contará con más del 80% de los abonados de Internet
Fija, según el Anexo I de la Resolución 5644 del Enacom.
TEXO COMPLETO DE LA RESOLUCION DEL ENACOM
QUE AUTORIZO LA FUSION DE TELECOM Y CABLEVISION
26-DIC/2017
Resolución 5644-E/2017 publicada en
el Boletín Oficial del 22 de diciembre.
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD
ANÓNIMA a transferir a favor de la empresa TELECOM ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA el Registro de Radiodifusión por vínculo físico
y/o radioeléctrico, incluyendo los permisos/frecuencias
necesarios para la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo radioeléctrico, así como las
autorizaciones de áreas para la prestación de esos servicios
(vínculo físico y radioeléctrico), los cuales podrán operar en
el Área II, definida de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N°
1.461/93 y sus modificatorios, y las ciudades de ROSARIO,
provincia de SANTA FE y CÓRDOBA, provincia del mismo nombre, a
partir del 1° de enero de 2018, de acuerdo a lo previsto en el
Artículo 5° del Decreto Nacional N° 1.340/2016, y en el resto de
las áreas autorizadas en las fechas y con las modalidades
dispuestas por la Resolución ENACOM N° 5.641/2017 de fecha 20 de
diciembre de 2017.ARTÍCULO 2°.- Autorízase a
la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA a transferir a favor
de la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA el registro
del Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces
(SRCE).
ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD
ANÓNIMA a transferir a favor de la empresa TELECOM ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA las autorizaciones y permisos de uso de
frecuencias y asignaciones de recursos de numeración y
señalización para la prestación de los servicios referidos
que posea la empresa absorbida CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA,
en los términos de la normativa vigente (Anexo IV del
Decreto 764/2000), y del acuerdo suscripto por la empresa
NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, el 12 de abril de 2017
(IF-2017-08818737-APN-ENACOM#MCO), en función del cual
TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA en su carácter de
absorbente de CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, deberá en el
plazo de DOS (2) años de aprobada la fusión por la COMISIÓN
NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA y el ENACOM o los
organismos que en el futuro los reemplacen en sus funciones
devolver el espectro radioeléctrico que supere el tope
previsto en el Artículo 5º de la Resolución Nº 171-E/17 del
MINISTERIO DE COMUNICACIONES y/o a la norma que la reemplace
en el futuro. A este fin, la empresa deberá presentar al
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y con una antelación mínima
de un año al vencimiento del plazo de DOS (2) años, una
propuesta de adecuación a dicho tope. El ENACOM podrá
aceptar la propuesta, rechazarla y/o peticionar que se haga
una nueva presentación con las modificaciones que estime
pertinentes.
ARTÍCULO 4°.- Acéptase la solicitud de desistimiento
formulado por la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, en su
presentación de fecha 15 de noviembre de 2017, de los
registros de los Servicios de Aviso a Personas (SAP), de
Repetidor Comunitario (SRC), de Telefonía Pública (STP), de
Localización de Vehículos (SLV), y de Alarma por Vínculo
Radioeléctrico (SAVR).
ARTÍCULO 5°.- Acéptase la solicitud de baja del Servicio de
Repetidor Comunitario (SRC) formulada por TELECOM ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA.
ARTÍCULO 6°.- Cancélanse las licencias y los registros
otorgados a nombre de CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA para los
Servicios de Transmisión de Datos, de Telefonía Local (STL),
de Transporte de Señales de Radiodifusión (STSR), de Valor
Agregado (SVA), de Videoconferencia (SVC), de Telefonía de
Larga Distancia Nacional (STLDN), de Telefonía de Larga
Distancia Internacional (STLDI), y de Comunicaciones Móviles
Avanzadas (SCMA), respecto de los cuales TELECOM ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA ya posee la titularidad.
ARTÍCULO 7°.- Autorízase el cambio de control societario en
los términos del Artículo 33 de la Ley General de Sociedades
N° 19.550 que se producirá en la empresa TELECOM ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA una vez que se haga efectiva la fusión y
entre en vigencia el acuerdo de accionistas de fecha 7 de
julio de 2017 acompañado en su presentación de 21 de
septiembre de 2017, como consecuencia de lo cual CABLEVISIÓN
HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA resultará la entidad controlante de
TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA como sociedad
continuadora de CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
ARTÍCULO 8°.- Dispóngase que la licenciataria TELECOM
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, como prestador del servicio de
Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o
radioeléctrico, deberá cumplir con las obligaciones
previstas en el Artículo 95 incisos a) a f) de la Ley N°
27.078.
ARTÍCULO 9°.- Declaráse a TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
como un actor con poder significativo en los Mercados de
Referencia señalados en el Anexo I del Informe
IF-2017-34186983-APN- DNDCRYS#ENACOM, elaborado por la
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMPETENCIA EN REDES
Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 10.- Dispóngase que la licenciataria TELECOM
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA deberá, dentro de los SESENTA
(60) días de dictada la presente Resolución, ofrecer el
servicio de Acceso Minorista a Internet Fijo en las
localidades que se detallan en el Anexo I del Informe
IF-2017-34186983-APN-DNDCRYS#ENACOM, elaborado por la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPETENCIA EN REDES Y SERVICIOS, a un
precio que no podrá ser superior al menor valor ofrecido por
la empresa en el Área II -definida de acuerdo a lo dispuesto
por el Decreto N° 1.461 del 19 de julio de 1993 y
modificatorios- para servicios de Acceso Minorista a
Internet Fijo de similares características. A los fines de
determinar el referido menor precio en el Área II, deberán
incluirse las promociones y descuentos ofrecidos. En el caso
que en alguna/s de las localidades detalladas en el Anexo I
referido no cuenten con servicios de similares
características a los ofrecidos en el Área II, la empresa
deberá brindar su oferta de menor precio en todo el país
para el servicio en cuestión, incluyendo las promociones y
descuentos.
ARTÍCULO 11.- Dispóngase que la licenciataria TELECOM
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA dentro de los SESENTA (60) días
de dictada la presente Resolución, deberá informar a esta
Autoridad de Aplicación, y publicar en su página web
institucional, la totalidad de los planes comerciales de
Acceso Minorista a Internet Fijo, individualizando aquellos
de menor precio, incluyendo promociones y descuentos.
Asimismo, ante una modificación en las condiciones y/o valor
de cualquiera de sus precios ofrecidos por el servicio de
Acceso Minorista a Internet Fijo, TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA deberá informar al ENACOM con una antelación no
menor a SESENTA (60) días corridos.
ARTÍCULO 12.- Dispóngase que TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA, deberá garantizar a otros prestadores, en
condiciones transparentes, no discriminatorias y orientadas
a costos, el acceso a su propia infraestructura de soporte,
en especial postes, mástiles y ductos.
ARTÍCULO 13.- Dispóngase que las medidas referidas en los
Artículos 9°, 10, 11 y 12 de la presente Resolución tendrán
una vigencia de DOS (2) años contados a partir de la emisión
de la presente, o hasta que se verifique la existencia de
competencia efectiva en todas o en alguna de las localidades
involucradas. Dicho plazo podrá ser prorrogado o dejado sin
efecto por la Autoridad de Aplicación.
ARTÍCULO 14.- Establécese que en relación a la oferta de
servicios de Cuádruple Play, será de aplicación lo previsto
en el Artículo 7 del Decreto 1.340 de 2016.
ARTÍCULO 15.- Establécese que la sociedad CABLEVISIÓN
HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA deberá acompañar las constancias
que den cuenta de la inscripción registral del cambio de
autoridades informado, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días de aprobada la presente operación.
ARTÍCULO 16.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. —
Miguel Angel De Godoy.
ANUNCIAN LA FUSION POR ABSORCION
DE TELECOM Y CABLEVISION. FALTA LA PALABRA OFICIAL
01-JUL/2017
TV POR CABLE AUTORIZADA EN
MARIANO ACOSTA, VILLA OCAMPO, CAMPANA, MBURUCUYÁ Y SANTA ROSA
30-JUN/2017
Boletín Oficial del 9 de
junio.
Resolución 4482. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA DE
PROVISIÓN DE SERVICIOS TELEFÓNICOS, OTROS SERVICIOS
PÚBLICOS Y CONSUMO DE MARIANO ACOSTA LIMITADA (C.U.I.T.
Nº 30-61240906-0) el servicio de radiodifusión por
suscripción mediante vínculo físico.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción mediante vínculo físico en el área de
cobertura en la localidad de MARIANO ACOSTA, provincia
de BUENOS AIRES.
Boletín Oficial del 23 de junio.
Resolución 5151. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA
TELEFÓNICA DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
SOCIALES, ASISTENCIALES, DE VIVIENDA, PRÉSTAMOS,
PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN VILLA OCAMPO LIMITADA
(CUIT 30-54578502-8) el servicio de radiodifusión por
suscripción mediante vínculo físico.
AUTORÍZA la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción mediante vínculo físico en el área de
cobertura en la localidad de VILLA OCAMPO, provincia de
SANTA FE.
Boletín Oficial del 26 de junio.
Resolución 5176. AUTORÍZA a la firma GIGACABLE SOCIEDAD
ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-70299643-7), a prestar el
servicio de radiodifusión por suscripción mediante
vínculo físico en el área de cobertura de la localidad
de CAMPANA, provincia de BUENOS AIRES.
Resolución 5179. AUTORÍZA a la firma RADIODIFUSORA
VIRGEN DEL CARMEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
(C.U.I.T. N° 30-66983903-7), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en
el área de cobertura de las localidades de MBURUCUYÁ y
SANTA ROSA, ambas de la provincia de CORRIENTES.
RED INTERCABLE OFRECERA BANDA ANCHA MOVIL DE LA MANO DE
NEXTEL
22-JUN/2017
El acuerdo firmado entre
Nextel y un grupo de operadores de TV paga
independientes agrupados bajo el nombre de Red
Intercable que brindan servicio en más de 580
localidades del interior evidencia en parte el objetivo
de la empresa de telefonía celular del Grupo Clarín de
expandir sus actividades de la mano de socios que le
permitan engrosar su posición en el negocio de la 4G.
Más, teniendo en cuenta la ventaja que las otras tres
firmas del sector le llevan tanto en cantidad de
clientes como en inversiones en infraestructura. Pero
que el acuerdo haya sido anunciado en la sede del
Ministerio de Comunicaciones por el titular de la
cartera, Oscar Aguad da cuenta de la necesidad del
Gobierno de auspiciar un crecimiento del espectro por el
cual se ofrece hoy la telefonía celular en el país,
considerado por las propias autoridades como escaso.
Gracias al convenio, Red Intercable podrá utilizar el
espectro de Nextel en las localidades donde opera,
mediante el uso de infraestructura propia, para dar
banda ancha móvil o fija. Así, los casi cinco millones
de clientes de Red Intercable serán también potenciales
usuarios de la 4G que ofrecerá la empresa del Grupo
Clarín. El acuerdo establece que Red Intercable se
encargará la inversión de despliegue, estimada en u$s
100 millones en los primeros dos años para dar cobertura
al 100% de las localidades en las que opera. En este
contexto.
Aguad aprovechó la
convocatoria de prensa en la cual se anunció dicho
convenio para anticipar la decisión oficial es la de
distribuir entre las operadoras más espectro para 4G.
Recordó la entrega de un bloque de bandas en 2,5 Ghz,
que Cablevisión debió devolver como parte del acuerdo
firmado con el Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom)
para que se le aprobara la reatribución de frecuencias
obtenidas a partir de la compra de cinco empresas por
parte de Nextel. Por esta operación, el Estado nacional
recaudó más de u$s 200 millones y cierra un acuerdo más
amplio que incluyó el desembarco de Nextel como cuarto
operador entrante al servicio de 4G.
Según Aguad, “concluye un círculo que se inició hace un
año y cuatro meses con el ingreso de la empresa del
Grupo Clarín a un mercado donde reinaba el statu quo y
en el que tiene que haber operadores fuertes que
compitan por los clientes”.
El objetivo del Gobierno busca mejorar el servicio de
datos móviles por lo que abre la puerta a asignaciones
adicionales de frecuencias para Claro, Movistar,
Personal y Nextel. Por eso en pocas semanas les ofrecerá
las que el gobierno anterior le asignó a Arlink, del
grupoVila-Manzano, pero que luego no le fueron
entregadas lo cual generó un proceso judicial que ahora
Aguad estaría por resolver de manera privada para luego
volver a licitar estas bandas.
A esto se suma la migración del espectro hoy usado por
Telecentro en la banda de 700 megas también para
ofrecerlo a las operadoras que, en todo caso, ya la
tienen asignada desde 2014. Según Aguad, el Gobierno “va
a seguir limpiando espectro para llegar en 2019 a los
1000 megas, luego de haber recibido un país con 220
megas y ubicarlo actualmente en los 550”.
Además de anticipar que a fin de año habrá una prueba
piloto para conocer el funcionamiento del servicio de 5G
que estará a cargo de Nokia, sostuvo que la aspiración
de su ministerio es que la inversión en infraestructura
en telecomunicaciones pueda pasar del 1% al 3% del PBI,
lo cual representaría u$s 1750 millones. Dijo además que
las empresas más pequeñas “también tienen lugar en este
contexto” y las consideró “aliadas del Gobierno” para
mejorar la conectividad. “Buscamos que todo el país
tenga la misma calidad de servicio móvil. Y en este
punto las cooperativas y pymes son nuestros socios
estratégicos”. También anunció un acuerdo con el Banco
Nación para orecer líneas de crédito accesibles a los
cableoperadores que quieran ampliar el tendido de fibra
óptica al hogar. Destacó además el rol de ARSAT en el
despliegue del Plan Federal de Internet “que acelerará
la conexión de alta velocidad” ya que el espectro de 900
Mhz y el de 2,6 Ghz permiten más banda ancha en poco
tiempo y con excelente cobertura y velocidad”.
Nueva ley después de las elecciones de octubre
Además de los objetivos de incrementar el espectro de 4G
para mejorar los servicios de telecomunicaciones, el
ministro Aguad, confirmó que el Gobierno enviará al
Congreso la nueva ley regulatoria del sector “después de
las elecciones’ de octubre”. Según el funcionario, el
texto del proyecto “está prácticamente listo aunque
podría abrirse una nueva ronda de consultas a través de
la web, para incorporar nuevos elementos”. Se trata del
marco normativo que reemplazará a leyes de Servicios de
Comunicación Audiovisual y de Argentina Digital votadas
por el kirchnerismo que el gobierno de Cambiemos
pretende enterrar definitivamente.
Fuente: El
Cronista
licencias de tv por cable otorgadas en
pergamino, colonia avellaneda, la criolla y colon
08-JUN/2017
Boletín Oficial del 22 de mayo.
Resolución 3895. Regístra a nombre de la COOPERATIVA ELÉCTRICA SERVICIOS
ANEXOS DE VIVIENDA Y CRÉDITO DE PERGAMINO LIMITADA (CUIT Nº 30-54569368-9)
el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción
mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de
PERGAMINO, provincia de BUENOS AIRES.
Resolución 3891. AUTORÍZA a la firma TEVECON SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº
30-60576299-5), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción
mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de LA
CRIOLLA, provincia de ENTRE RÍOS.
Resolución 3889. AUTORÍZA a la firma GIGACABLE SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N°
30-70299643-7), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción
mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de COLONIA
AVELLANEDA, provincia de ENTRE RÍOS.
Boletín Oficial del 23 de mayo.
Resolución 3990. Regístra a nombre de la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE
SERVICIOS ELÉCTRICOS Y SOCIALES, VIVIENDA Y CRÉDITO COLÓN BUENOS AIRES
LIMITADA (CUIT Nº 30-54574883-1) el servicio de radiodifusión por
suscripción mediante vínculo físico. - Autoríza la prestación del servicio
de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura
en la localidad de COLÓN, provincia de BUENOS AIRES.
FLAMANTES LICENCIATARIOS DE TV POR CABLE EN LA
CRUZ, LA TOMA Y CINTRA
02-JUN/2017
Boletín Oficial del 19 de mayo.
Resolución 3781. OTÓRGA al señor Juan Carlos BUJAKIEWIEZ (CUIT N°
20-10322886-8), una Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación
del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área
de cobertura de la localidad de LA CRUZ, provincia de CORRIENTES.
Boletín Oficial del 22 de mayo.
Resolución 3897. Otórga a la firma LA TOMA CABLE SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T.
Nº 30-71454859-6) integrada por los señores Jorge David MATZKIN, con un
NOVENTA POR CIENTO (90%) de participación accionaria y Gervasia SICA, con un
DIEZ POR CIENTO (10%) de participación accionaria, una Licencia Única
Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad
de LA TOMA, provincia de SAN LUIS.
Resolución 3892. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA DE AGUA, ENERGÍA Y
OTROS SERVICIOS PÚBLICOS LA UNIÓN DEL PUEBLO LIMITADA CINTRA (CUIT Nº
30-54576544-2) el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo
físico. AUTORÍZA la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción
mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de CINTRA,
provincia del CÓRDOBA.
autorizaron tv por cable en varias localidades
de la provincia de santa fe
29-MAY/2017
Boletín Oficial del 19 de mayo.
Resolución 3790. OTÓRGA al señor Omar Anselmo RIPOLL (CUIT Nº
20-12037057-0), una Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación
del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en las
áreas de cobertura de las localidades de MURPHY, VILLADA, VILLA MUGUETA y
FIRMAT, provincia de SANTA FE.
Boletín Oficial del 22 de mayo.
Resolución 3890. AUTORÍZA a la firma SAN VICENTE CABLE Y TELECOMUNICACIONES
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-64354996-0), a prestar
el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el
área de cobertura de las localidades de MARGARITA, SANTA CLARA DE BUENA
VISTA, LÓPEZ, AROCENA, IRIGOYEN, SAN FABIÁN y COLONIA BELGRANO, todas de la
provincia de SANTA FÉ.
autorizaron tv paga en santa regina, 9 de
julio, suardi, villa santa rosa, rinco y villa del carmen
23-MAY/2017
Boletín Oficial del 19 de
mayo.
Resolución 3802. Otórga a
la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE ELECTRICIDAD
Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS Y SOCIALES SANTA REGINA
(C.U.I.T. Nº 30-54582321-3), una Licencia Única
Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio
de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en
el área de cobertura en la
localidad de SANTA REGINA, provincia de BUENOS AIRES.
Resolución 3804. OTÓRGA al señor Rolando Gabriel
CABANILLAS (C.U.I.T. Nº 20-
16997860-4), una Licencia Única Argentina Digital.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico en las áreas de cobertura
de las localidades de VILLA SANTA ROSA y 9 DE JULIO,
ambas de la provincia de SAN JUAN.
Resolución 3806. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA
TELEFÓNICA Y DE SERVICIOS PÚBLICOS DE SUARDI LIMITADA
(C.U.I.T. Nº 30-54570782-5) el servicio de radiodifusión
por suscripción por vínculo físico. Autoríza la
prestación del servicio de radiodifusión por suscripción
por vínculo físico en el área de cobertura en la
localidad de SUARDI, provincia de SANTA FE.
Resolución 3794. Autoríza a la COOPERATIVA DE SERVICIOS
PÚBLICOS Y SOCIALES VILLA DEL ROSARIO LIMITADA (C.U.I.T.
Nº 30- 54564042-9), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de las localidades de RINCÓN y CAPILLA
DEL CARMEN, ambas de la provincia de CÓRDOBA.
transferidas licencias de tv por cable en los
quirquinchos y camilo aldao
22-MAY/2017
Boletín Oficial del 18 de
mayo.
Resolución 3748. APRUÉBA la transferencia de la Licencia
Única Argentina Digital con registro de servicio de
Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico,
adjudicada por Resolución Nº 1.395-COMFER/98, para la
ciudad de LOS QUIRQUINCHOS, provincia de SANTA FE, cuyo
titular es la firma CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN POR
CABLE LOS QUIRQUINCHOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, a favor de la asociación civil HOGAR DE
ANCIANOS LOS QUIRQUINCHOS (CUIT Nº 30-67394683-2).
"Que la firma CIRCUITO
CERRADO DE TELEVISIÓN POR CABLE LOS QUIRQUINCHOS S.R.L.
y la asociación civil HOGAR DE ANCIANOS LOS
QUIRQUINCHOS, han documentado la transferencia mediante
la copia certificada del contrato de cesión
correspondiente suscripto con fecha 27 de abril de
2009", especifica uno de los considerandos.
Boletín Oficial del 19 de mayo.
Resolución 3780. APRUÉBA la transferencia de la Licencia
Única Argentina Digital con registro de servicio de
Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico,
adjudicada por Resolución N° 432-COMFER/95, para la
localidad de CAMILO ALDAO, provincia de CÓRDOBA, cuyo
titular es la firma CAMILO ALDAO CABLE CANAL SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA a favor de la COOPERATIVA DE
PROVISIÓN DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS Y
VIVIENDA LIMITADA DE CAMILO ALDAO (CUIT N°
30-54575046-1).
"Que la firma CAMILO ALDAO CABLE CANAL SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, ha documentado la
transferencia mediante el contrato de cesión
correspondiente suscripto con fecha 18 de agosto de
2009" especifica uno de los considerandos.
JUEZ DE MENDOZA FRENA EL PLAN DE CONVERGENCIA
DEL GOBIERNO A PEDIDO DE CABLEOPERADORA
25-ABR/2017
El juez federal de San
Rafael, Eduardo Ariel Puigdéngolas ordenó frenar el
desembarco de las telefónicas en el mercado de la
televisión, suspender la reatribución de espectro que le
permitiría al Grupo Clarín ofrecer telefonía móvil 3G y
4G y bloquear la posibilidad de que DirecTV ofrezca
Internet. La decisión la tomo a raíz de una presentación
judicial realizada por Cable Televisora Color (CTC) en
donde la firma mendocina considera que es necesario
proteger a cableras y radiodifusores “de una competencia
distorsiva e inequitativa”. CTC es una empresa familiar
que opera en las localidades de San Rafael, Tunuyán, San
Carlos y Malargüe, pero en el sector la vinculan con el
empresario mendocino Daniel Vila, quien tiene fuerte
influencia sobre la justicia mendocina. Al ser un
juzgado federal, la medida de no innovar rige para todo
el país. PáginaI12 consultó al titular del Ente Nacional
de Comunicaciones, Miguel de Godoy, quien prefirió no
opinar sobre el fallo de la justicia, aunque aclaró que
“frenar el proceso de convergencia es un error y
atrasa”.
En su fallo, el juez hace
propios los argumentos de CTC al afirmar que el decreto
267/15 que le abrió las puertas a las telefónicas en el
servicio de la TV paga afecta a las cableras ya que “les
impediría competir con los gigantes entrantes; no
habiéndose dictado disposición alguna ni estructurado
medida o política alguna tendiente a paliar las notables
desigualdades apuntadas con vistas a proteger el
pluralismo que los cable operadores representan y
ofrecen como agentes de cultura audiovisual”. Luego
agrega que “el decreto 1340/16 agravaría la
discriminación a la que diera origen el DNU 267/15,
beneficiando a determinados prestadores de servicios
TIC, frente a la normativa que regula un mercado en
competencia al facilitar el acceso de las telefónicas al
mercado de la TV paga con notable laxitud en cuanto a la
permisión de ingreso y condiciones de prestación del
servicio”.
El magistrado sostiene que los artículos 4 y 5 del
decreto 1340 “modificarían sustancialmente las
condiciones de mercado existentes para la amparista
(CTC)”. Por lo tanto, le ordena al Enacom suspender sus
efectos y abstenerse de llevar a cabo los procedimientos
allí previstos, “en tanto su implementación ocasionaría
una lesión a los derechos de la presentante”.
El artículo 4 es el que habilitó al Enacom a adoptar las
normas que “aseguren la reatribución de frecuencias del
espectro con compensación económica y uso compartido”,
tal como había solicitado el Grupo Clarín para poder
ofertar telefonía móvil 3G y 4G en las frecuencias que
compró el año pasado a través de Nextel. A su vez, el
artículo 5 es el que les dio luz verde a las telefónicas
para ofrecer televisión a partir de enero de 2018 en el
Área Metropolitana de Buenos Aires, Rosario, Córdoba y
Santa Fe, mientras que en ese mismo artículo se aclaró
que para el resto del país las telcos deberán contar con
una autorización del Enacom, el cual considerará
especialmente proteger a aquellas localidades de menos
de 80.000 habitantes donde el servicio sea prestado
únicamente por cooperativas o pymes. El juez también
ordena prohibir cualquier acto o norma que sea
incompatible con los habilitados en las leyes 26.522,
27.078 e incluso en el DNU 267/15. La inclusión del
decreto en ese punto parece destinada a evitar que
DirecTV pueda brindar Internet. De hecho, se aclara
expresamente la necesidad de mantener la inhabilitación
de empresas de TV satelital para brindar servicios TIC.
El fallo le apunta así a todos los grandes jugadores del
mercado: Grupo Clarín, Telefónica, Telecom, Claro y
DirecTV.
Fuente: Página 12
ENACOM OTORGO LICENCIAS DE TV POR CABLE
EN CAPITAL FEDERAL Y RIO TURBIO
20-ABR/2017
Boletín Oficial del 29 de marzo.
Resolución 8304. Otórga al señor Marcelo Alejandro CORTIZO (D.N.I. Nº
22.925.580 - CUIT Nº 20-22925580-1) Licencia Única Argentina Digital.
Regístra a nombre del señor Marcelo Alejandro CORTIZO (D.N.I. Nº 22.925.580
- CUIT Nº 20-22925580-1) en el Registro de Servicios previsto en el apartado
5.4 del artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00 de fecha 3 de
septiembre de 2000, el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo
físico.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por
vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de RÍO TURBIO,
provincia de SANTA CRUZ.
Boletín Oficial del 12 de abril.
Resolución 2135. Regístra a nombre de la empresa SERVICIOS Y
TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA (CUIT N° 30-69038167-9), en el Registro
de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5° del Anexo I del
Decreto N° 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por
vínculo físico en el área de cobertura de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES.
CABLEOPERADORA DE ROSARIO PIDIO UN AMPARO ANTE EL AVANCE DE CLARIN, DIREC TV
Y LAS TELEFONICAS
19 -ABR/2017
La empresa Teledifusora
S.A., que brinda televisión por cable e internet en
Rosario con la marca Express (ex Cablehogar), presentó
un pedido de amparo ante un juzgado federal de esa
ciudad para tratar de frenar el desembarco de las
telefónicas en su área de cobertura como proveedoras de
televisión a partir del año próximo. Además, el escrito
cuestiona la habilitación que se le otorgó a DirecTV
para brindar servicios de internet y la imposibilidad
que tienen las pymes para ofrecer telefonía móvil. La
cablera, propiedad de los hermanos Marcelo y Gabriel
Bandiera, advierte que se están generando las
condiciones para que el Grupo Clarín, DirecTV y las
telefónicas compitan sin contemplar la situación de las
pymes que vienen brindando servicios en el mercado
audiovisual desde hace varias décadas.
En la presentación se
afirma que el decreto de necesidad y urgencia 267, con
el que el presidente Mauricio Macri modificó aspectos
centrales de la ley de medios audiovisuales 26.522,
habilitó a las telefónicas a dar televisión a partir de
enero de 2018, con la posibilidad de extender ese plazo
un año más. Ese DNU fue luego ratificado por el
Congreso, pero Teledifusora advierte que el dictamen de
mayoría de la comisión bicameral de trámite legislativo
advertía que las empresas que proveen servicios de cable
en el interior del país “merecer protección equitativa a
efectos de fomentar la competencia e impedir la
concentración que es siempre su rival en la libre
economía de mercado”. Ese dictamen recomendaba extender
la prohibición para las telcos a cinco años, con
posibilidad de un año más.
El gobierno descartó esa recomendación porque además de
beneficiar a las pymes iba a ser aprovechada
fundamentalmente por el Grupo Clarín, quien en otras
ocasiones se ha escudado en reivindicaciones a favor de
las pymes para obtener ventajas. Si bien el Grupo Clarín
obtuvo varias concesiones, el gobierno consideró que
extender la prohibición a las telcos hasta 2021 era
imposible de sostener políticamente. No obstante, el
artículo 5 del decreto 1340 habilitó su desembarco
automático a partir de enero de 2018 solo en el Área
Metropolitana de Buenos Aires, Rosario, Córdoba y Santa
Fe. En el resto del país, Movistar (Telefónica),
Personal (Telecom) y Claro (América Móvil) deben contar
con una autorización del Ente Nacional de Comunicaciones
(Enacom), el cual, según ese mismo artículo, considerará
especialmente proteger a aquellas localidades de menos
de 80.000 habitantes donde el servicio sea prestado
únicamente por cooperativas o pequeñas y medianas
empresas.
Teledifusora también brinda servicio en Salta y Santiago
del Estero, pero el problema se plantea en Rosario,
donde ya compite con Cablevisión y DirecTV y ahora se
sumarán las telcos. Para el regulador es difícil
proteger a la firma en esa ciudad sin que el beneficio
sea aprovechado al mismo tiempo por la cablera del Grupo
Clarín. No obstante, desde la empresa de los hermanos
Bandiera remarcan que si ellos brindaran servicio en Mar
del Plata, Bahía Blanca o cualquiera de las capitales de
provincia, salvo Córdoba, hubiesen quedado protegidos
frente a las telcos y en muchas de esas zonas
Cablevisión también brinda servicio.
En el caso puntual de DirecTV, habilitada a brindar
internet por el artículo 6 del decreto 1340,
Teledifusora cuestiona que la firma estadounidense tenía
vedada esa posibilidad por la ley de medios
audiovisuales 26.522 e incluso por el DNU 267/2015
firmado por el presidente Macri y ratificado por el
Congreso. Sin embargo, esa prohibición se terminó
derogando por un decreto simple como el 1340.
La cablera de Rosario advierte también que la
competencia que viene será muy desigual para ellos, no
sólo por los beneficios que les ofrece la economía de
escala a las grandes firmas, sino porque tanto las
telcos como el Grupo Clarín van a poder ofrecer un combo
de promoción que incluya televisión, internet y
telefonía, mientras que las pymes no están en
condiciones de brindar telefonía móvil porque carecen de
espectro radioeléctrico. Para tratar de compensar esta
situación Enacom le otorgó recientemente a Teledifusora
una licencia para que pueda brindar telefonía como
Operador Móvil Virtual (OMV), pero para eso necesita
tener acceso a las redes de las telcos y estas firmas
han dejado claro ante el regulador que sólo pondrán a
disposición ese acceso cuando el gobierno libere
completamente el espectro radioeléctrico que obtuvieron
en la licitación de 2015 y que todavía no pueden usar en
las grandes ciudades porque continúa estando ocupado por
empresas, como el Grupo Pierri, que reclaman una
indemnización antes de resignar ese valioso activo.
En el escenario actual, dos competidores de Teledifusora
en el mercado de la televisión paga podrán brindar
nuevos servicios, ya que Cablevisión ofrecerá telefonía
móvil en breve y DirecTV está en condiciones de sumar
internet a su oferta de televisión satelital. A su vez,
en enero las telefónicas estarán en condiciones de
ofrecer televisión. Ese efecto de pinzas dejará a las
pymes del sector al borde de la quiebra o serán forzadas
a venderle sus redes a los grandes jugadores, en su
mayoría extranjeros.
Fuente: Página 12
LA NACION +, INCLUSION OBLIGATORIA EN LA GRILLA
DE
TV POR SUSCRIPCION
05-ABR/2017
El Enacom resolvió que
todos los sistemas de TV por suscripción que operan en
el país "deberán garantizar la emisión de la señal de
noticias de interés nacional denominada LN+ en todo el
territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA". Ello comprende
las grillas de programación analógicas y digitales.
Así consta en la Resolución 2061 publicada en el Boletín
Oficial del 3 de abril.
La medida tiene sustento en el Reglamento para el sector
aprobado por Resolución 1394 del 2016 que establece la
inclusión obligatoria en la grilla de programación de la
TV por suscripción de una serie de señales y canales,
entre ellas las señales catalogadas "de noticias".
El mes pasado el Enacom dictó una medida similar en la
que enumeraba las señales que ingresaban en esa
categoría.
LN+ forma parte del tradicional periódico y comenzó a
transmtir en septiembre de 2016.
AUTORIZARON TV POR CABLE EN PIRAN, SUCO Y SANTA
ANA
20-MAR/2017
Boletín Oficial del 13 de
marzo.
Resolución 1348. OTÓRGASE a la COOPERATIVA DE
ELECTRICIDAD DE GENERAL PIRAN LIMITADA (C.U.I.T. N°
30-54571280-2), una Licencia Única Argentina Digital.
Regístra el servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico en el área de cobertura
de la localidad de GENERAL PIRAN, provincia del BUENOS
AIRES.
Boletín Oficial del 14 de marzo.
Resolución 1585. AUTORÍZA a la firma MOLDES CABLE COLOR
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº
30-66906140-0), a prestar el servicio de radiodifusión
por suscripción por vínculo físico en el área de
cobertura de la localidad de SUCO, provincia de CÓRDOBA.
Boletín Oficial del 15 de marzo.
Resolución 1611. OTÓRGA al señor Cesar Hugo AGUIRRE
(C.U.I.T. Nº 20-29571022-6), una Licencia Única
Argentina Digital.
Regístra el servicio de radiodifusión por suscripción
por vínculo físico.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico en el área de cobertura
de la localidad de SANTA ANA, provincia de MISIONES.
INCLUSION DE CANALES DE NOTICIAS EN LA
GRILLA DE LOS SISTEMAS DE TV PAGA
15 -MAR/2017
Así se desprende de la
Resolución 1645 del Enacom publicada en el Boletín del
13 de marzo. Exige que los titulares de Licencia Única
Argentina Digital con registro de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico, en
sus grillas analógicas y digitales; y de licencias de
comunicación audiovisual por suscripción por vinculo
satelital (DTH) deberán garantizar la emisión de las
señales de noticias de interés nacional y provincial
dentro de cuyo territorio se encuentren emplazados.
El detalle es el siguiente:
AUTORIZADA CABLEVISION A EXTENDER SERVICIO EN RIO TALA,
GOB. CASTRO Y SANTA LUCIA
10 -MAR/2017
A través de la Resolución
1222 del Enacom la firma del Grupo Clarín fue autorizada
a prestar el servicio en las localidades bonaerenses de
RÍO TALA, GOBERNADOR CASTRO y SANTA LUCÍA.
Según cosnta en los
considerandos de dicho acto administrativo, publicado en
el Boletín Oficial del 9 de marzo, Cablevisión S.A.,
absorvió a las firmas PARANÁ TELEVISIÓN POR CABLE
SOCIEDAD ANÓNIMA. SISTEMA V.C. VIDEO COLOR SOCIEDAD
ANÓNIMA que operaban en la localidad de SAN PEDRO.
La solicitud de extensión del servicio a estas tres
localidades fue solicitada en el año 1997.
Nuevo licenciatario en
Tartagal
Boletín Oficial del 9 de
marzo.
Resolución 1262. AUTORÍZA a la firma WAIMAX
TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº
30-71117754-6), a prestar el servicio de radiodifusión
por suscripción por vínculo físico en el área de
cobertura de la localidad de TARTAGAL, provincia de
SALTA.
flamantes licenciatarios de tv por cable en ciudades de chaco, corrientes,
la pampa y santiago del estero
02-FEB/2017
Boletín Oficial del 20 de
enero.
Resolución 149. Otórga a la señora Yanina Ileana
MARTINEZ (C.U.I.T. Nº 23-26848166-4), una Licencia Única
Argentina Digital. Regístra el servicio de radiodifusión
por suscripción por vínculo físico. Autoríza la
prestación del servicio de radiodifusión por suscripción
por vínculo físico en el área de cobertura de la
localidad de TRES ISLETAS, provincia del CHACO.
Resolución 179. AUTORÍZA a
la firma SERVICIOS INTEGRALES DE TELEVISIÓN SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. 30-63988789-4), a
prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por
vínculo físico en el área de cobertura de la localidad
de ATALIVA ROCA, provincia de LA PAMPA.
Resolución 180. AUTORÍZA a la firma SERVICIOS INTEGRALES
DE TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
(C.U.I.T. Nº 30-63988789-4), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de la localidad de SANTA ISABEL,
provincia de LA PAMPA.
Resolución 209. AUTORÍZA al señor José Simón MONTI
(C.U.I.T. Nº 20-13650594-8), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de la localidad de PERUGORRIA,
provincia de CORRIENTES.
Resolución 210. Otórga a la empresa IBLAST SOCIEDAD
ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-71112083-8) integrada por el
señor Valerio Agustín TADINACK, con un VEINTE POR CIENTO
(20%) de participación accionaria, por el señor Juan
Carlos WENDLER con un VEINTE POR CIENTO (20%) de
participación accionaria, por el señor Osvaldo Fabián
ALEGRE con un VEINTE POR CIENTO (20%) de participación
accionaria, por el señor Aníbal Esteban ALEGRE con un
VEINTE POR CIENTO (20%) de participación accionaria y
por el señor Alfredo Daniel ALEGRE con un VEINTE POR
CIENTO (20%) de participación accionaria, una Licencia
Única Argentina Digital. Regístra el servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico en el área de cobertura
de las localidades de CAMPO GALLO, TINTINA, DONADEU y
WEISBURO todas de la provincia de SANTIAGO DEL ESTERO.
oficial, extension de cablevision a mariano
alfonzo y juncal
23-ENE/2017
Así lo indica la Resolución
178/17 del ENACOM publicada en el Boletín Oficial del 19
de enero. Según consta en sus considerandos, la
solicitud de extensión del servicio fue requerida en el
año 1993 cuando la cableoperadora era explotada por
TELEVISIÓN COMUNITARIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA con cabecera en la localidad bonaerense de
COLON. Esta firma fue absorbida en el año 2008 por
CABLEVISION S.A.
Por lo tanto, la
cableoperadora del Grupo Clarín ya puede extender su
servicio a las localidades de MARIANO H. ALFONZO,
provincia de BUENOS AIRES, y JUNCAL, provincia de SANTA
FÉ.
El artículo 2º emplaza a la firma a presentar dentro de
180 días corridos tanto la copia autenticada de las
ordenanzas o resoluciones municipales pertinentes que
autoricen el tendido aéreo de la red exterior del
sistema como la autorización del organismo o empresa
propietaria de los postes a utilizarse para la fijación
de la red.
Moldes
En la misma edición del Boletín Oficial la Resolución
197 AUTORIZO a la firma MOLDES CABLE COLOR SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-66906140-0), a
prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por
vínculo físico en el área de cobertura de la localidad
de MALENA, provincia de CÓRDOBA.
enacom reasigna canales de uhf codificado en
carboni, san rafael, cordoba capital y san miguel de tucuman
11-ENE/2017
En el Boletín Oficial del 9
de enero el Enacom publicó las siguientes resoluciones a
través de las cuales reasignó canales a licenciatarios
de servicios de televisión por suscripción que operan en
la banda de UHF en las localidades de Antonio Carboni,
San Rafael, Ciudad de Córdoba y San Miguel de Tucumán.
Todo ello con motivo de la reorganización del espectro
radioeléctrico con el objetivo de liberar la porción
conocida como banda de 700 que será destinada a
telefonía móvil.
Resolución 37
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157472/20170109
Resolución 9614
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157471/20170109
Resolución 9701
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157469/20170109
Resolución 9703
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157470/20170109
cooperativas, flamantes licenciatarias de tv
por cable en las higueras, capiovi, puerto rico, ticino y bengolea
10-ENE/2017
Boletín Oficial del 2 de
enero.
Resolución 9683. Otórga a la COOPERATIVA DE
ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LIMITADA LAS
HIGUERAS (CUIT Nº 33-54576117-9), Licencia Única
Argentina Digital.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico en el área de cobertura
de la localidad de LAS HIGUERAS, provincia de CÓRDOBA.
Boletín Oficial del 3 de enero.
Resolución 9625. Regístrese a nombre de la COOPERATIVA
LUZ Y FUERZA DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN LIMITADA
(CUIT Nº 30-54574326-0) en el Registro de Servicios
previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I
del Decreto Nº 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000,
el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo
físico.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico en las áreas de cobertura
de las localidades de CAPIOVI y PUERTO RICO, ambas de la
provincia de MISIONES.
Boletín Oficial del 6 de enero.
Resolución 10204. REGISTRESE a nombre de la COOPERATIVA
DE SERVICIOS PUBLICOS VIVIENDA Y CREDITO TICINENSE
LIMITADA (CUIT Nº 30-54576049-1), en el Registro de
Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º
del Anexo I del Decreto Nº 764/00.
Autorízase la prestación del servicio de radiodifusión
por suscripción por vínculo físico en el área de
cobertura en la localidad de TICINO, provincia de
CORDOBA.
Resolución 10199. Regístre a nombre de la COOPERATIVA DE
PROVISION DE ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES DE
CREDITO Y VIVIENDA BENGOLEA LIMITADA (CUIT Nº 30-
54576001-7), en el Registro de Servicios previsto en el
apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto
Nº 764/00.
Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico en el área de cobertura
en la localidad de BENGOLEA, provincia de CORDOBA.
CABLEOPERADORA FUEGINA OBTIENE AVAL OFICIAL
PARA EXTENDER SERVICIO
06-ENE/2017
En el Boletín Oficial del 3
de enero el Enacom publicó la Resolución 9630 a través
de la cual autorizó a la firma TV FUEGO SOCIEDAD ANÓNIMA
(C.U.I.T. Nº 30-61000410-1), a prestar el servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de la localidad de TOLHUIN, provincia
de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO
SUR.
Según consta en uno de los
considerandos del acto administrativo, el 26 de octubre
de 2010 la firma TV FUEGO SOCIEDAD ANÓNIMA efectuó una
solicitud para la obtención de una extensión de licencia
del entonces denominado servicio de comunicación
audiovisual por suscripción por vínculo físico en la
localidad de TOLHUIN.
TV FUEGO SOCIEDAD ANÓNIMA es titular de una Licencia
Única Argentina Digital, con registro del servicio de
Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico en
el área de cobertura de la localidad de RÍO GRANDE,
provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL
ATLÁNTICOSUR, originariamente adjudicada mediante
Resolución Nº 397-COMFER/84
Por último, el artículo 2º de la resolución le exige a
la licenciataria presentar dentro de 180 días tanto la
copia autenticada de la ordenanza o resolución municipal
que autorice el tendido aéreo de la red exterior del
sistema como la autorización del organismo o empresa
propietaria de los postes a utilizarse para la fijación
de la red, bajo apercibimiento de caducidad de la
autorización.
FLAMANTES LICENCIATARIOS DE TV POR CABLE EN BARRANCAS, GRAN GUARDIA,
CONCEPCION DEL URUGUAY, BARILOCHE, VILLA CAÑAS Y VILLA MEDIA AGUA
27-DIC/2016
Boletín Oficial
del 19 de diciembre
Resolución 8961. Otórga al señor Osvaldo Antonio Juan OLMEDO (CUIT Nº
23-14654982-9) Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del
servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de
cobertura de las localidades de BARRANCAS y MARIANO MORENO, ambas de la
provincia de NEUQUÉN.
Resolución 8962. Otórga al señor José Eleuterio GONZÁLEZ (CUIT Nº
20-13096795-8) Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del
servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de
cobertura de la localidad de GRAN GUARDIA, provincia de FORMOSA.
Resolución 8966. Otórga a la firma VIDEO DIGITAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA (CUIT Nº 30-71469658-7) integrada por el señor Juan Pablo JUYERO
MIRANDA con un NOVENTA POR CIENTO (90 %) del capital social y por el señor
Juan Rafael JUYERO, con un DIEZ POR CIENTO (10 %) del capital social,
Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de
la localidad de CONCEPCIÓN DEL URUGUAY, provincia de ENTRE RÍOS.
Resolución 8974. Otórga a la firma INTERCABLE TELEVISORA COLOR SOCIEDAD
ANÓNIMA (CUIT N° 30-68071253-7), integrada por el señor Raúl LÓPEZ con un
TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES POR CIENTO (33,33 %) de participación
accionaria; por la señora Mónica Isabel UBIRIA con un TREINTA Y TRES CON
TREINTA Y TRES POR CIENTO (33,33 %) de participación accionaria, y por el
señor Ricardo Alberto MASINI, con un TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES POR
CIENTO (33,33 %) de participación accionaria, Licencia Única Argentina
Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de
VILLA CAÑÁS, provincia de SANTA FE.
Resolución 8976. Otórga a la firma BTC SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N°
33-63154016-9), integrada por la firma SUPERCANAL SOCIEDAD ANÓNIMA con un
OCHENTA POR CIENTO (80%) de participación accionaria, y el señor Carlos
Alberto FERNANDEZ con un VEINTE POR CENTO (20%) de participación accionaria,
Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de
la localidad de SAN CARLOS DE BARILOCHE, provincia de RÍO NEGRO.
Resolución 8977. Otórga al señor Nicolás Andrés NOVI (CUIT N° 20-29422325-9)
Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de
las localidades de VILLA MEDIA AGUA y LOS BERROS, ambas de la provincia de
SAN JUAN.
LICENCIAS PARA OPERAR TV POR CABLE OTORGADAS EN LUJAN, SAN ANTONIO, SANTA
ELENA, HERNANDARIAS Y PIEDRAS BLANCAS
21-DIC/2016
Boletín Oficial del 15 de
diciembre.
Resolución 8240. Otorga a la COMISIÓN VECINAL TELEVISORA
SAN ANTONIO Y CASTELLANOS - COVETSAC (CUIT Nº
30-65908413-5) Licencia Única Argentina Digital.
Autoriza la prestación del servicio de radiodifusión por
suscripción por vínculo físico en el área de cobertura
de la localidad de SAN ANTONIO, provincia de SANTA FE.
Resolución 8258. Otorga al señor Jorge Alberto CRISTAL
(CUIT Nº 20-08629920-9) Licencia Única Argentina
Digital. Autoriza la prestación del servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de la localidad de LUJAN, provincia de
SAN LUIS.
Resolución 8259. Otorga al señor Renato OJEDA GÓMEZ
(CUIT Nº 20-24774272-8) Licencia Única Argentina
Digital. Autoriza la prestación del servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de la localidad de SANTA ELENA,
provincia de ENTRE RÍOS.
Resolución 8325. Otorga a la firma TELEVISORA
HERNANDARIAS COLOR SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT Nº 30-64781820-6)
Licencia Única Argentina Digital. Autoriza la prestación
del servicio de radiodifusión por suscripción por
vínculo físico en el área de cobertura de las
localidades de HERNANDARIAS y PIEDRAS BLANCAS, ambas de
la provincia de ENTRE RÍOS.
CONSTRUIR TV Y QM NOTICIAS, INCLUIDAS EN EL MUST-CARRY
21-DIC/2016
El Enacom resolvió que la
señal Construir TV, que opera el sindicato UOCRA, sea
incluída en todos los sistemas de televisión por
suscripción del país; en tanto QM Noticias sólo en
servicios que funcionan en la Provincia de Buenos Aires.
Así consta en las Resoluciones 9022 y 9229 publicadas en
el Boletín Oficial del 20 de diciembre.
El ente regulador hace una interpretación amplia del
concepto de must-carry contemplado en el REGLAMENTO
GENERAL DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN POR
SUSCRIPCIÓN MEDIANTE VÍNCULO FÍSICO Y/O RADIOELÉCTRICO.
El mismo obliga la inclusión en la grilla de “las
emisiones de los servicios licenciatarios de televisión
abierta de origen cuya área de cobertura coincida con el
Área de Cobertura del servicio” y las señales “de
noticias nacionales, individualizadas como tales por el
ENACOM en el marco de la definición indicada en el
artículo 1° del presente”.
Al respecto, dicho Reglamento define a la señal de
noticias nacionales como la “de contenidos
audiovisuales, cuyo contenido programático está
empaquetado y presenta como eje temático las noticias,
incluyendo programación cuyos contenidos prioritarios
son los informativos, estructurándose los mismos en
diversos formatos: noticieros, periodístico, mesas de
opinión, etc. relativos al acontecer del país en los
diferentes aspectos del orden socio político y
económico, cultural y deportivo, tanto en lo macro como
en lo micro (ya sea regional, provincial, local)”.
En base a esta definición el Enacom entiende que resulta
aplicable sobre sendas señales, "toda vez que la misma
se encuentra expresamente contenida por los términos en
que han sido allí definidas y ya ha sido expresamente
reconocida como de inclusión obligatoria".
En definitiva, dichas resoluciones no hacen más que
replicar similares dictadas por la extinguida AFSCA en
el año 2013.
Cabe resaltar que ambas señales además operan como
licenciatarios de TV en formato digital. Construir TV
opera en el canal digital 26.2 en la Ciudad de Buenos
Aires, mientras que QM noticias, del Grupo Cielo,
funciona en la ciudad de La Plata. Ambas licencias
fueron adjudicadas en los últimos días del gobierno
kirchnerista.
OPERADORES DE TV PAGA: ENACOM AMPLIA PLAZOS PARA LA PRESENTACION DE
DOCUMENTACION
16-DIC/2016
A través de la Resolución
8979, publicada en el Boletín Oficial del 15 de
diciembre, el Enacom otorgó una prórroga de 30 días
hábiles para que los licenciatarios de TV Paga (todos
menos satelital) den cumplimiento a determinadas
obligaciones.
Esto es:
- Declaración Jurada exigida en la Resolución 427/16 que
establece el trapaso a licencias TIC y que definió el
tratamiento procesal administrativo de diversas
solicitudes que involucraban licencias y/o extensiones y
ampliaciones correspondientes a los servicios por
suscripción por vínculo físico o radioeléctrico
pendientes de resolución.
- Información sobre el área de cobertura originaria y,
si las hubiere, las unidades territoriales
complementarias y/o extensiones de aquella en las que se
encuentren prestando el servicio, a través del
aplicativo disponible al efecto en la página web del
ENACOM.
- Presentación de la opción por la continuación de la
operación del servicio en los términos de la Resolución
432-AFSCA/11 o su adecuación a las previsiones del
Reglamento aprobado por la Resolución 1394-ENACOM/16.
La decisión de extender los plazos previstos fue tomada
porque se verificó que "...un alto porcentaje de
trámites que no han sido ratificados, registrados o
cuyas opciones no se han ejercido".
PRIMERA REUNION DE LA UNION DE CABLEOPERADORES PYMES
LATINOAMERICANOS
16-DIC/2016
El pasado viernes 9 de
diciembre, por la tarde, en la Hosteria del Parque,
ciudad de San José, Uruguay, se celebró la reunión de la
Unión de Cableoperadores Pymes Latinoamericanos (UOL)
con la presencia de integrantes de las Cámaras socias.
La actividad convocó a representantes de cableoperadoes
de Argentina y Paraguay, que junto a Uruguay sentaron
las bases para el trabajo conjunto, designaron las
autoridades y labraron el acta constitutiva de la UOL.
Los representantes de Chile (TVCCH) no pudieron
concurrir pero a través de poderes avalaron las
decisiones tomadas.
Los principales puntos tratados fueron los siguientes:
El nombre de la misma será,
Unión de Cableoperadores Pyme Latinoamericanos.
La Presidencia y Secretaria será ocupada de forma
rotativa cada seis meses por cada Asociación miembro y
por orden alfabético, por lo que asumió la Presidencia
Marcelo Tulissi y la Secretaria Hugo Genovesio ambos por
CACPY de Argentina.
Las demás Cámaras conforman la comisión directiva a
través de sus presidentes Washington Melo (Cuta),
Cristian Zuleta Vega (TVCCH) y Félix Ricardo Morlas
(ACIP) y sus respectivos Secretarios.
Se fijó la Sede de la UOL en la República Oriental del
Uruguay.
Las decisiones serán tomadas por consenso.
Los constituyentes y/o fundadores han manifestado, que
para dar un inicio responsable y serio a la entidad sin
ánimo de lucro que se constituye UNION DE
CABLEOPERADORES PYMES LATINOAMERICANOS, UOL, establecen
como principios fundadores los siguientes:
La defensa de los intereses comunes del sector pymes de
la cámara integrantes de televisión por cable y
telecomunicaciones.
El desarrollo, fomento y protección de empresas pymes de
cableoperadores pymes en Latinoamérica, generando
cambios en la actividad de autoridades, organismos
gubernamentales y entes regulatorios de los Países
miembros, como también en sus actuales normativas
regulatorias.
El trabajo conjunto en la obtención de políticas
comerciales no predatorias, discriminatorias ni
atentatorias contra la libre competencia por parte de
proveedores de contenidos y servicios de
telecomunicaciones en general.
La denuncia y publicidad de actos atentatorios contra la
libre competencia que afecten a empresas de
cableoperadores pymes de Países miembros.
El desarrollo sustentable de la industria de
telecomunicaciones en Latinoamérica
Los anteriores principios fundadores del Unión de Cables
UOL constituyen el espíritu de la misma y nutrirán su
actuar futuro.
Fuente: Cacpy
OTORGAN LICENCIAS DE TV POR CABLE EN
CONCEPCION, GRAL. MADARIAGA Y SAN JUSTO
15-DIC/2016
En el Boletín Oficial del 12 de diciembre el
ENACOM publicó los siguientes actos administrativos.
Resolución 8177. Otórga a la firma
CONCEPCIÓN COMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT
Nº 30-71211007-0) - integrada por Gustavo Aníbal Gabriel
OLARTE con un SESENTA POR CIENTO (60%) de participación
accionaria, Miriam Edith ROLANDI con un VEINTE POR
CIENTO (20%) de participación accionaria, Paula OLARTE
con un DIEZ POR CIENTO (10%) de participación accionaria
y Belén OLARTE con un DIEZ POR CIENTO (10%) de
participación accionaria - Licencia Única Argentina
Digital.
Autoríza la prestación del servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de la localidad de CONCEPCIÓN,
provincia de TUCUMÁN.
Resolución 8185. Otórga a la firma CRECER
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (en formación),
integrada por el señor Jorge Alberto CRISTAL (CUIT
Nº 20-08629920-9) con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del
capital social, y por el señor Guillermo Patricio RODERO
(CUIT Nº 20-11455281-0) con un CINCUENTA POR CIENTO
(50%) del capital social, Licencia Única Argentina
Digital.
Autoríza la prestación del servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de la localidad de GENERAL JUAN
MADARIAGA, provincia de BUENOS AIRES.
Resolución 8266. Otórga a la ASOCIACIÓN
MUTUAL DE AYUDA ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB
COLÓN DE SAN JUSTO (CUIT Nº 30-64487674-4), Licencia
Única Argentina Digital.
Autoríza la prestación del servicio de
radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el
área de cobertura de la localidad de SAN JUSTO,
provincia de SANTA FE.
SANTA FE. CLAUSURARON LOCAL DONDE FUNCIONABA
CABLEOPERADORA ILEGAL
13-DIC/2016
El Gobierno de la Ciudad, a
través de la Secretaría de Control, dispuso la clausura
preventiva de un local ubicado en calle Demetrio Gómez
S/N de Alto Verde por distribuir de manera ilegal el
servicio de cable en el barrio costero. La medida se
hizo efectiva este lunes por la mañana y, de acuerdo a
lo establecido en la resolución, responde a que el
inmueble no contaba con la habilitación municipal
pertinente para desarrollar el emprendimiento comercial
en cuestión. Por tal motivo, además, se ordenó el
“secuestro preventivo de los bienes cuya utilización
sirviere para el funcionamiento en contravención con las
normas vigentes y el ejercicio irregular de la
actividad”.
El secretario de Control del Gobierno de la Ciudad,
Ramiro Dall’Aglio, explicó al respecto que “el local
estaba funcionando sin las habilitaciones
correspondientes. La inspección se realizó de forma
coordinada entre inspectores municipales y personal del
Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), con apoyo de
Prefectura. Constatamos que realizaban la prestación
clandestina del cable en el barrio y, por tanto,
procedimos a clausurar el local y a decomisar el
dispositivo con el que distribuían el servicio”. En esta
línea, el funcionario completó: “Luego radicamos la
denuncia policial para garantizar que no se siga
prestando el servicio de esta manera manera y, además,
notificamos a la empresa oficial de cable para que sus
responsables estén al tanto que estaban funcionando a
través de un comercio ilegal”.
Fuente: Agenciafe
CABLEOPERADORES DE
ARGENTINA, PARAGUAY, CHILE Y URUGUAY FUNDARON LA CAMARA UOL
23-NOV/2016
Según informa la Cámara de
Cableoperadores Pymes en su página web, días pasados en
Santiago de Chile, en el marco de un evento, quedó
conformada la UNIÓN DE CÁMARAS DE OPERADORES
LATINOAMERICANA PYMES (UOL) conformada por CACPY
Argentina, CUTA Uruguay, TVCC de Chile y ACIP de
Paraguay.
Esta cámara tendrá como finalidad la defensa del sector
PYMES de TV por Cable y Telecomunicaciones, representada
por Marcelo Tulissi de Argentina, Washington Melo de
Uruguay, Félix Ricardo Morla Benítez de Paraguay y
Cristian Zuleta Vega de Chile Presidentes de cada
Cámara.
Los principales puntos en su primera etapa fueron
referente a los precios y calidad de contenidos, el
análisis de futuras fusiones de Empresas Multinacionales
de contenidos y su concentración, el trabajo en conjunto
ante los distintos gobiernos sobre el marco regulatorio
y organismos de los países involucrados.
CABLEOPERADORES APOYAN LA
CONVERGENCIA, PERO NO LA CONCENTRACION
01-NOV/2016
Un núcleo importante de
empresas prestadoras del servicio de televisión por
cable planteó al Gobierno que revise los plazos y
condiciones que permiten el ingreso de las compañías de
telecomunicaciones, para no lograr que las nuevas
inversiones buscadas para el sector terminen siendo
sustitutivas y pongan en riesgo desde puestos de trabajo
hasta la necesaria pluralidad de voces.
Esta posición fue hecha
pública en el marco de la Jornada Nacional del Cable
realizada el jueves pasado en Costa Salguero, con la
organización de Prestadores Argentinos de Servicios
Audiovisuales y de Telecomunicaciones (Pasat).
Parte de estas condiciones ya fueron reclamadas en
la última edición de las Jornadas
Internacionales realizada en septiembre.
Según consigna el periodico El Cronista, el
cableoperador David Matzkin señaló que, sin contar a
Cablevisión y a DirectTV, las Jornadas representaron a
90% del mercado de la televisión por suscripción, con
más de 1,5 millones de clientes y 12.000 trabajadores.
"Somos pro-convergentes, nuestras empresas fueron
pioneras en converger servicios", pero agregó luego que
el Gobierno debe atender a otras realidades antes de dar
paso a una desregulación total. "Resulta necesario
reconsiderar las condiciones y el plazo para que las
actuales licenciatarias de telefonía, fija y móvil, que
incuestionablemente se encuentran en una situación de
poder significativo de mercado, puedan prestar el
servicio de radiodifusión por suscripción, mediante
vínculo físico y/o mediante vínculo radioeléctrico.
Podría considerarse exiguo el plazo contemplado en el
art. 94 de la Ley 27.078, modificado por el artículo 10
del decreto 267/15, que en principio habilitaría a
extenderlo a cinco años, prorrogable por un plazo igual,
conforme las condiciones de mercado del área que se
trate".
"Somos cientos de empresas que invertimos y sumamos
nuevos puestos de trabajo, y requerimos evitar caer en
el grave e irreparable error estratégico por el cual,
creyendo fomentar una política de inversiones del
exterior, con el objetivo de ampliar la cantidad de
prestadores de nuevos servicios que se sumen a los ya
existentes nacionales, sólo se consiga provocar el
ingreso de unas pocas grandes empresas extranjeras que,
obtengan de inmediato un desproporcionado poder de
mercado por la lógica consecuencia de sumar, a la
magnitud de su propio volumen empresario, las
facilidades operativas y estratégicas que las
reglamentaciones administrativas les brinden para su
instalación". En este contexto, Matzkin advirtió el
riesgo de que "las tan anheladas inversiones en el
sector terminarán siendo meramente sustitutivas, por no
sumarse a las existentes, sino que provocarán nuestro
desplazamiento del mercado".
"Necesitamos que la legislación genere igualdad de
condiciones económicas entre prestadores, con igual
capacidad de competir en mercados semejantes, analizando
límites en el ingreso a la televisión por suscripción y
fijar restricciones al acceso a nuevas licencias de DTH
para aquellos prestadores con porcentajes significativos
del mercado. Nuestras empresas necesitan ampliar el
plazo del ingreso de las telcos, a nuestro mercado,
prorrogable, conforme las condiciones de mercado del
área que se trate".
"Se debe permitir toda la
competencia posible, pero preservando a las empresas de
similar rango económico y capacidad de prestación",
concluyó.
EL GOBIERNO COORDINO CON
EL SECTOR TIC LA BUSQUEDA DE INVERSIONES EN EE.UU.
31-OCT/2016
El jueves 27 de octubre el
presidente de CATEL Ariel Fernández Alvarado, participó
de un encuentro en Casa Rosada junto al presidente de la
Nación Mauricio Macri, el ministro de Comunicaciones
Oscar Aguad, el titular del ENACOM, Miguel de Godoy, su
director Heber Martínez y su gerente Agustín Garzón, el
director Nacional de Inversiones Esteban Vainer, la
Secretaria de Promoción de Inversiones Clarisa Estol y
el presidente de ARSAT Rodrigo de Loredo. Asistieron a
la reunión representantes de las principales
organizaciones del sector de las telecomunicaciones y
medios de comunicación del país.
El motivo del encuentro giró
en torno a la misión de promoción del sector TIC
argentino que se realizará la entre el lunes y el jueves
de la próxima semana en los Estados Unidos, en la cual
CATEL estará participando.
En palabras del presidente de la Nación, el objetivo es
seguir posicionando a la Argentina como un destino
atractivo para inversiones de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones (TIC) y es "una
continuación" del Foro de Inversiones y Negocios
realizado a mediados de septiembre en Buenos Aires.
El ministro Aguad señaló: "Argentina tiene un gran
atraso tecnológico, una asimetría incluso en la región.
Este es un país que está abierto a las inversiones,
porque necesitamos que todo el país esté conectado a la
banda ancha de de la nueva tecnología, vamos a auspiciar
y favorecer las nuevas tecnologías".
Próximamente se emitirán nuevas pautas acerca de temas
de máxima relevancia para el sector de TIC. El ministro
Aguad señaló a este respecto que la decisión
presidencial es "cuidar y defender" a los operadores más
pequeños (pymes y cooperativas del interior,
principalmente) que "representan a un porcentaje muy
grande del país, a un 30% de la población que vive en
esos territorios".
En la agenda de reuniones para la misión de promoción
del sector TIC se encuentran fondos de inversión y
empresas del negocio de las telecomunicaciones tales
como At&T, Viacom, Cisco, Millicom, Apple, el grupo de
inversores PJT Partners, y con el grupo de bancos de
inversión BCIU.
También se formará parte de un grupo reducido de trabajo
sobre la Economía Digital con la FCC (Comisión Federal
de Comunicaciones), que resulta particularmente
interesante para las cooperativas puesto que uno de los
temas a plantear es la asignación de espectro para
pequeños operadores.
Actualmente, las cooperativas de telecomunicaciones se
encuentran a la espera de novedades en cuanto a la
correcta presentación de la oferta de referencia por
parte de las empresas de telefonía móvil. Se trata de un
elemento vital en el proyecto de implementación de
Operación Móvil Virtual Cooperativo. No menos importante
resulta el factor de que aún ninguna de las cooperativas
nucleadas en CATEL haya obtenido la registración de este
servicio. Cabe destacar que ya se han cumplido las
investigaciones técnicas, comerciales, se ha
seleccionado la plataforma y se cuenta ya con los fondos
suficientes para montar la solución técnica para
comenzar a brindar el servicio. Sólo restan de este modo
la obtención de los permisos y la suscripción de
acuerdos con los Operadores Móviles de Red.
Otro de los proyectos en los que se encuentran enfocadas
las cooperativas es el de Carrier Grade WiFi para
brindar datos móviles de calidad y que será parte vital
de la infraestructura que se aportaría para el proyecto
de OMV.
Fuente: Catel
ACUERDO ESTRATEGICO ENTRE
ARSAT Y COLSECOR
10-OCT/2016
"Esta tarea de llevar futuro
a cada argentino la estamos realizando a paso sostenido, y la firma de este
convenio con Colsecor representa un importante avance en este sentido",
afirmó el titular de Arsat, Rodrigo de Loredo.
El acuerdo
establece que Arsat brindará a Colsecor (Cooperativa de
Provisión y Comercialización de Servicios Comunitarios de
Radiodifusión) servicios de transporte multicast y provisión de
internet, para permitir a las cooperativas que forman parte de
esa entidad sumar señales a través del transporte de la Red
Federal de Fibra Óptica.
Por su parte, Colsecor asume el compromiso de conectar en una
primera etapa un mínimo de 50 localidades, a las cuales le
brindará servicios de Internet y de televisión en alta calidad
en imagen y sonido.
El acuerdo cuenta con una cláusula de inclusión digital mediante
la cual Colsecor se compromete con Arsat a proveer, a través de
sus cooperativas y en las localidades con hasta 10 mil
habitantes, conectividad gratuita a establecimientos públicos
como escuelas, dispensarios y centros de salud, y comisarías,
entre otros, así como a contribuir a la modernización de los
entes y administraciones públicas de dichas localidades.
Colsecor, entidad que nuclea a más de 200 cooperativas y pymes
en todo el país, y que llega a más de 280 mil hogares, pasó a
convertirse en socio estratégico de Arsat en su objetivo de
desarrollar la banda ancha en el interior del interior a costos
accesibles, según se informó.
De Loredo subrayó que "desde Arsat impulsamos un proyecto
cooperativo, en defensa de los pueblos. Ponemos a disposición de
cooperativas y pymes un servicio de internet con una tarifa
plana y competitiva para que juntos podamos disminuir la brecha
digital y potenciar la actividad productiva, económica, cultural
y educativa de nuestros pueblos y ciudades".
"Este fue el cometido del comienzo del Plan Federal: que una red
que estaba conectada sólo a 17 localidades y daba servicio en
sólo 6.500 de sus 32.000 Km, llevara internet al 30% de los
argentinos que viven en el 70 por ciento del territorio
nacional", afirmó.
Además de Colsecor, Arsat ya firmó convenios similares con Red
Intercable, que nuclea a cooperativas cableras, y con el
gobierno de Chubut, para que abastezca a las cooperativas de esa
provincia, entre otros.
Fuente: Minutouno
MERCADO DE LA TV PAGA CAE EN BRASIL, ARGENTINA
Y ESTADOS UNIDOS
29-SEP/2016
O Brasil ainda é o maior
mercado da América Latina, mas poderá ser ultrapassado
em breve pelo México, que está crescendo a taxa de dois
dígitos.
Mercado de
TV paga 1 trimestre 2016 (milhões). Fonte- OTI
O número de clientes de TV por assinatura da região
Iberoamericana (que inclui os países da América Latina e
Estados Unidos, além de Portugal e Espanha) caiu no
Brasil, Argentina e Estados Unidos, no primeiro
trimestre de 2016 em relação ao mesmo período do ano
passado. Nos demais países, houve crescimento no
tvmercado, apontou a Organização de Telecomunicações da
Iberoamérica (OTI). Conforme a entidade, no primeiro
trimestre deste ano, havia 179 milhões de assinaturas de
TV nesses países.
O mercado brasileiro de TV por assinatura apresentou uma
retração de 3,9% no primeiro trimestre deste ano, em
relação a 2015, passando para 21, 2 milhões de clientes.
O Brasil é maior mercado da América Latina, mas poderá
ser ultrapassado dentro de alguns meses pelo México, que
apresentou taxa de crescimento de 13,5% no período e já
está com 18,8 milhões de assinantes, conforme a
entidade. A Argentina, também em retração, está com uma
base de assinantes de 11,877 milhões.
O Paraguai é o país que apresenta maior crescimento de
market share – com incremento de 23,2% no trimestre.
Os Estados Unidos, por sua vez, apresentaram uma ligeira
queda no período, de 0,9%, mas continuam a ser o mais
importante mercado de TV por assinatura das Américas,
com 94,5 milhões de assinantes. A redução do mercado
norte-americano não se deve à crise econômica, como nos
casos brasileiro e argentino, mas à substituição das
assinaturas de programas em grade por programas sob
demanda.
Fuente: Telesintese-Plantão
RED INTERCABLE CONTRATO LOS SERVICIOS DEL ARSAT II
13-JUN/2016
LA EMPRESA RED INTERCABLE
CONTRATÓ LOS SERVICIOS DEL SATÉLITE ARGENTINO ARSAT II,
LO QUE PERMITIRÁ A LAS PYMES CABLERAS QUE LA INTEGRAN
INCREMENTAR SU COMPETITIVIDAD Y "RESISTIR LOS PROCESOS
DE CONCENTRACIÓN" QUE CARACTERIZAN AL SECTOR DE
INTERNET, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES.
Así lo consignó esta tarde el titular de la empresa
estatal de soluciones satélitales, Rodrigo de Loredo,
quien explicó que las pymes cableras, las cooperativas
de telecomunicaciones y los proveedores de acceso a
internet chicos, son considerados "socios colaborativos
del objeto publico de Arsat, que es brindar conectividad
a todos y evitar procesos de concentración".
La Red Intercable nuclea a
230 pymes con presencia en 580 localidades de 21
provincias argentinas, que prestan servicios de
televisión e internet a más de 600.000 hogares.
La red adquiró a largo plazo 144 Megahertz de capacidad
en Arsat II, lo que le permitirá "resistir los procesos
de concentración y que tengan alta competitividad
fundamentalmente por el rol de las pymes cooperativas
complementarias a las grandes empresas de
telecomunicaciones, porque están dando servicio en las
zonas menos pobladas del país".
El monto del contrato se enmarca en los cuadros
tarifarios generados por esta gestión en Arsat, y los
144 Megahertz representan el 15% de la capacidad del
satélite en la banda Ku.
El titular de la Red Intercable, Jorge Di Biasio, dijo
que este tipo de acuerdo que beneficia a pymes sólo
puede ser dado "por una empresa argentina".
"Nuestra organización promueve la integración y sinergia
de sus miembros como forma efectiva de mejorar la
competitividad individual de los mismos, razón por la
cual, el acuerdo con Arsat adquiere un valor estratégico
para cientos de cables PyMEs que operan en la mayoría de
las provincias del país", destacó Di Blasio.
Remarcó que "afortunadamente, se ha priorizado preservar
el patrimonio del Estado, al servicio de quienes pueden
articular seriamente con la gente y cumplir con todas y
cada uno de las obligaciones contractuales contenidas en
el acuerdo".
Tras asegurar que este convenio es el primer paso de la
"sinergia" entre Arsat y la red, Di Biasio enfatizó que
"una vez más, las pymes se muestran dispuestas a
contribuir eficazmente con la dinámica de desarrollo del
país. Esta vez, para potenciar el Plan Federal de
Internet, de manera tal de incrementar su penetración y
llevar servicios de calidad con tendencia a la
excelencia a todas las localidades del territorio
nacional".
El plan federal de internet, anunciado por el presidente
Mauricio Macri tiempo atrás, prevé llegar en dos años a
1.200 localidades de menos de 100.000 habitantes con el
tendido de una red de fibra óptica.
Fuente: Telam
ENACOM APROBO EL REGLAMENTO GENERAL DE SERVICIOS DE TV
POR SUSCRIPCION
23-ABR/2016
El Enacom aprobó el
Reglamento General de los Servicios por Suscripción mediante vínculo físico
o radioeléctrico. Esto incluye al CCCTV, UHF Codificado y MMDS. Lo hizo a
través de la
Resolución 1394 publicada en la edición del Boletín Oficial del 22 de
abril.
La norma señala
que para poder ser prestador de servicios de radiodifusión por
suscripción, se deberá obtener la Licencia Única Argentina
Digital y la autorización de funcionamiento en al menos un área
de cobertura del servicio.
Cabe recordar que días atrás
el
Enacom aprobó a través de la Resolución 427 el mecanismo administrativo a
seguir para traspasar estos servicios en Licencias de TIC.
También la Resolución 1394 indica que estos servicios podrán "optar por
continuar con la prestación de los servicios en los términos de prestación
fijados en los pliegos respectivos, en todo lo que no se oponga a la
presente reglamentación".
Así pues, los solicitantes de licencias en los términos de la Ley N° 26.522
pendientes de resolución podrán optar por: Continuar el trámite en los
términos de la Resolución 432-AFSCA/2011 (Pliego de Baseses y Condiciones) o
adecuarlo a las previsiones del Reglamento aprobado por esta resolución
1394.
En cuanto al reglamento redefine el concepto de must-carry que había sido
eliminado en el decreto de necesidad y urgencia 267 que modificó la Ley
26.522.
Especificamente, el nuevo reglamento afirma que los proveedores de servicios
de TV por suscripción deberán garantizar, conforme el principio de
neutralidad de la red en cada área de cobertura autorizada, la emisión sin
codificar de las señales de Radio Televisión Argentina SA (RTA), las
emisoras y señales públicas del Estado Nacional y todas aquellas en que el
Estado Nacional tenga participación; las señales de los Estados
Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Iglesia Católica
Argentina; los servicios de licenciatarios de TV abierta cuya área de
cobertura coincida con la cobertura del servicio y señales de noticias
nacionales que sean individualizadas por este organismo.
SUPERCANAL INTIMO A ESTACION DE TV DE VIEDMA POR
INTERFERENCIAS
13-ABR/2016
La empresa de cable
Supercanal intimó mediante carta documento, al canal de
aire EnTv de Viedma a dejar la transmisión, con la
advertencia del inicio de acciones ante el Ente Nacional
de Comunicaciones (ENaCom). Lo hizo luego de que el
Congreso aprobara el DNU presidencial que modificó la
Ley Audiovisual.
Desde el canal comunitario
emitieron un comunicado en el que expresan: “Entendemos
que esta acción la debemos interpretar en el marco de la
reciente derogación de la Ley de servicios de
comunicación audiovisual. Somos un canal que estamos al
aire desde hace cuatro años, de una institución, Radio
Encuentro, legitimada por los vecinos y vecinas desde
hace 26 años, y con licencia para salir al aire”.
La tensión entre Supercanal y EnTv viene desde la puesta
en el aire del medio local, que se emite -por aire- por
el canal 5. La empresa mendocina, propiedad de José Luis
Manzano y Daniel Vila, se quejaban de la “interferencia”
que en esa frecuencia (canal 5) generaba en el cable.
La disputa no fue solo técnica. En rigor, la empresa
pudo haber encriptado (con la inversión correspondiente)
la señal. En todo el país conviven canales de aire y
cable sin estos inconvenientes. Pero esta tensión
también responde a que Supercanal debió haber sumado a
su grilla al canal local como lo dictaba la Ley
Audiovisual. Nunca ocurrió.
“En diciembre pasado nos presentamos para concursar la
licencia de tv cumpliendo con todos los requisitos que
nos solicitó el AFSCA. Fuimos los únicos que presentamos
una propuesta para participar del concurso para
licencias de televisión en nuestra ciudad. Teníamos
mucha expectativa en poder comenzar este año ya con la
licencia del canal”, dijeron desde el medio local.
“Lamentamos tomar la decisión de suspender la salida al
aire, presionados por una empresa con la que hemos
mantenido contacto por posibles interferencias y que ha
admitido la responsabilidad que les cabe en esta
situación. La suspensión de la salida al aire NO
significa el cierre de EnTv. Seguiremos produciendo,
generando contenidos, capacitándonos y capacitando a las
organizaciones de nuestra comunidad, defendiendo el
derecho a la comunicación y ampliando este proyecto
comunicacional”, agregaron.
Y finalizaron: “Mientras tanto ya pusimos en marcha las
medidas legales que esperemos, nos permitan en el menor
tiempo posible volver a estar al aire”. Ayer se congregó
en la sede del canal un grupo de trabajadores,
periodistas y vecinos en apoyo y solidaridad.
Fuente: ADN
JUSTICIA PORTEÑA RATIFICA SANCION A CABLEVISION POR
CLAUSULA ABUSIVA
07-ABR/2016
En los autos “Cablevisión SA
cl GCBA s/ otras causas con trámite directo ante la
Cámara de Apel.", la Sala III de la Cámara de
Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y
Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el
recurso judicial directo interpuesto por la actora y, en
consecuencia, confirmó la disposición 40 16-DGDyPC-20
11, mediante la cual se impuso a la empresa de cable una
sanción pecuniaria por infracción al artículo 37 de la
Ley N° 24.240.
El denunciante refirió que
“había dado de baja el servicio de Internet, primero
telefónicamente y luego por correo electrónico, tal y
como le solicitara la empresa”. Sin embargo, tras
cancelar la factura completa correspondiente a diciembre
de 2010, el 1ro de marzo de 2010 recibió otra con
vencimiento el 8 de marzo.
La Dirección General de Defensa y Protección al
Consumidor (DGDyPC) explicó que “de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 37 de la ley 24.240,
reglamentado por la resolución 26/2003, se consideran
abusivas las cláusulas que supeditan el ejercicio de la
facultad de resolución contractual por parte el
consumidor a la previa cancelación de las sumas
adeudadas al proveedor”.
De este modo, indicó que “del expediente administrativo,
constaba que, mediante un correo electrónico -que no
había sido desconocido por la recurrente-, la empresa
había comunicado al denunciante que podía dar de baja el
servicio sólo si estaba al día con la facturación".
Por mayoría, los camaristas destacaron que “de las
constancias que obran en estas actuaciones, no surge que
el usuario denunciante hubiera suscripto -ni mucho
menos, leído y aceptado- las cláusulas establecidas en
los Términos y Condiciones que acompañó la empresa,
puesto que dicha documentación no se encuentra suscripta
por el denunciante”.
En este sentido, relataron que la cláusula establece que
"el Cliente podrá poner fin al presente y
consecuentemente a la relación que vincula a las partes
en causa justificada, notificando por escrito dicha
rescisión, la cual siempre y sin excepción deberá ser
enviado con no menos de 30 días de antelación al día a
partir del cual se desea finalizar la prestación del
Servicio".
“Tampoco puede notarse que el derecho del usuario a
rescindir estuviera supeditado al pago de las sumas
adeudadas de acuerdo con lo establecido en el punto 3
del resumen brindado como información útil a los
clientes, que establece que podrá solicitar la baja del
servicio entre los días 10 y 15 de cada mes. El mes en
que solicita la baja definitiva será facturado en su
totalidad".
No obstante, los magistrados señalaron que “la
recurrente le envió un e-mail al denunciante, el 7 de
diciembre de 2009, recordándole que las bajas son
ingresadas antes del día 15 de cada mes con la
facturación al día para hacerse efectiva el 10 del mes
siguiente, los pedidos posteriores a esa fecha serán
procesados para el próximo ciclo".
En este marco, los jueces recordaron que “de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Defensa del
Consumidor, las precisiones formuladas en la publicidad
o en anuncios, prospectos, circulares u otros medios de
difusión se tienen por incluidas en el contrato con el
consumidor y obligan al oferente”.
Fuente: Diario Judicial
RED INTERCABLE: "APOYAMOS Y CELEBRAMOS LOS PLANTEOS Y
PLANES DE RODRIGO DE LOREDO, TITULAR DE AR-SAT
16-MAR/2016
Jorge Di Blasio, presidente
de RED Intercable, se refirió así a los anuncios sobre trabajo en conjunto
con las PyMEs, realizados por Rodrigo de Loredo, titular de la firma
estatal, en un evento de Telecomunicaciones celebrado en la ciudad de
Córdoba.
Desde sus comienzos, ARSAT se
constituyó en un ámbito de complejo acceso para las PyMEs del Cable.
Prácticamente inexpugnable. Nuestra organización, con presencia en más de
600 municipios de la República Argentina, está compuesta por pymes que, a
riesgo propio y sin prebendas fiscales, han desarrollado redes en ciudades y
pueblos, dónde otros no vieron rentabilidad para sus inversiones en materia
de Televisión e Internet. El cable, en nuestro país, nació hace más de 50
años, de la mano de pioneros pymes que hicieron posible lo que el estado y
las grandes empresas no pudieron. Con el tiempo, asumimos también el desafío
de desarrollar servicios de internet confiables en el interior profundo del
país. Sin embargo, y a pesar de que nuestro accionar tiene un efecto social
multiplicador y positivo, nunca pudimos articular virtuosamente con ARSAT.
Recién ahora, con la asunción de Rodrigo De Loredo, se comprueba un cambio
de paradigma muy alentador para nuestras expectativas, al punto que hemos
establecido un diálogo muy promisorio en cuestiones centrales para el
desarrollo estratégico de las comunicaciones, como son la capacidad
satelital y el aprovechamiento adecuado de la Red Federal de Fibra Optica,
obra construida con el esfuerzo de todos los argentinos, usufructuada por
algunos, pero con restricciones para el sector pyme que componemos, destacó
Di Blasio.
El trabajo conjunto con ARSAT, anunciado por De Loredo, generará mayor
conectividad, inversiones y, ante todo, ingresos legítimos a la empresa del
Estado, en una relación virtuosa y, fundamentalmente, directa con los
operadores. La visión de De Loredo aporta estabilidad, empuje y apertura al
sector pyme, que lleva décadas de intentos infructuosos de trabajo conjunto
con el Estado. El rol de ARSAT es el de permitir la conectividad a las
empresas del interior, sea por la integración satelital o por la Red de
Fibra. Hasta el momento dependíamos de la voluntad de las incumbentes u
otros actores, que por medio de costos inaccesibles bloquearon el desarrollo
y la democratización de la banda ancha. Hemos comenzado este camino con
excelente predisposición de su lado y estamos avanzando de forma concreta,
agregó el presidente de RED Intercable.
Es mucho lo que podemos hacer en conjunto con ARSAT, en beneficio de la
empresa y de los argentinos. Si alguien puede darle sentido a la inversión
realizada somos las empresas del interior del país. Generamos más de
seiscientas señales locales, damos servicios en cientos de escuelas y
organizaciones sin fines de lucro. En la mayoría de las ciudades y pueblos
donde operamos, hemos sido los únicos que invertimos en redes de banda
ancha. Somos conscientes de que el futuro es la sociedad del conocimiento y
la economía digital. Y la verdadera igualdad de oportunidades para los
argentinos, para los chicos de todo el país, radica en acceder a internet.
ARSAT debe liderar este proceso de aumento de acceso, promoción de
inversiones y baja de precios. Y nosotros estamos dispuestos a acompañar. De
Loredo ha presentado una visión dinámica y acorde a esta realidad, afirmó
Lucio Gamaleri, Vicepresidente de la RED Intercable.
Discurso de Rodrigo de
Loredo
“ARSAT es una
política de Estado, eso es cierto y definitivo. Pero para esta nueva
dirección la política de estado es mucho más: es lo que podemos, queremos y
vamos a hacer desde ARSAT en pos del desarrollo de nuestro país y de la
mejora de vida y oportunidades de los argentinos.
Acepté esta posición y responsabilidad con la determinación de gestionar y
generar hechos concretos y durables. Por ello, desde que asumimos, hace poco
más de dos meses, iluminamos más de ocho mil kilómetros de los 32 mil
totales tendidos, de los cuales solo había 6800 en condiciones de brindar
servicios. Hoy la Red cuenta con más de 15 mil kilómetros iluminados”.
“El presidente de la Nación dio en su discurso de apertura de las sesiones
legislativas una definición, una orden categórica: llevar internet a todos
los rincones del país. Esa es una responsabilidad que nos convoca y nos
exige. Nos convoca a trabajar en conjunto y nos exige asumir la visión total
de nuestra responsabilidad y trabajar para recuperar los años de atraso y
terreno perdido en el desarrollo de las comunicaciones en nuestro país.
ARSAT está para eso, para ser un dinamizador, un regulador de la
competencia, para producir una baja de costo de acceso a internet por medio
de una política de carrier de carriers. Se debe acabar el costo demencial de
hasta 500 dólares el mega. Eso impide el despliegue de la inversión y la
capilaridad, eso coarta el futuro. En ese rol van a encontrar a ARSAT, para
trabajar juntos.
Este atraso es una real privación de derechos a los argentinos, es la
verdadera desigualdad social, porque es la desigualdad hacia el futuro, es
la negación de oportunidades. No hay puente a la pobreza cero sin
conectividad. No hay puente al trabajo de calidad y la mejora de las
empresas sin democratización de la banda ancha. ARSAT es parte del puente al
futuro.
También vamos a trabajar en la mejora de la calidad institucional. Hemos
comenzado, desde que asumimos, un trabajo conjunto con el ministerio de
Modernización para digitalizar el estado nacional y los provinciales.
Solo llevaremos el servicio al usuario final cuando no vayan los privados, a
través del servicio universal o del Ministerio o Plan que lo disponga. En
esta dirección nos hemos puesto como meta conectar más de once mil colegios
rurales con internet satelital. La igualdad es la igualdad de acceso a las
oportunidades, y si bien esta empresa debe ser sustentable, la
sustentabilidad de una empresa del Estado se representa también en las
externalidades positivas que genera en la sociedad”.
El 78 por ciento del PBI mundial lo concentran los 25 países con mayor
índice de digitalización. Chile está cuarto, con más de un 96 por ciento de
conectividad, Brasil y México, décimo y décimo primero respectivamente,
Kenia, en el puesto 21. Argentina no figura en este índice, no compite aún
por los cinco mil billones de dólares que se invertirán en el año 2020 en
servicios TICS. Es inadmisible que Argentina no figure, eso es exclusión
real, eso es negar el futuro real, eso es imposibilitar trabajo de calidad y
educación. ARSAT va a ser el puente a ese mundo, al mundo que la Argentina
merece.
Con todo este retraso igual hemos dado y damos ejemplo, porque nuestras
capacidades son mayores que las dificultades o desaciertos que nos imponen.
Estamos lejos, pero la determinación es llegar pronto, muy pronto”.
“Cada contratación será por licitación pública que será transmitida en
directo, cada paso de esta administración será transparente y documentado,
porque los accionistas de ARSAT son los argentinos y a ellos les vamos a
rendir cuentas y dar los beneficios del desarrollo. Vamos a convertir a
ARSAT en la empresa más transparente del Estado argentino”.
“Nos hemos puesto la máxima exigencia en cada aspecto de esta gestión y la
vamos a sostener. Los convocamos a trabajar en conjunto para recuperar el
tiempo y espacio perdido. Los convocamos a llevar internet a todos los
pueblos del país, a llevar futuro a cada argentino.
Los convocamos para construir ese puente que integre el país y lleve a la
Argentina a competir y generar, para dar bienestar y futuro a cada uno de
sus habitantes. Ustedes llevan el germen de la comunicación, la que adquiere
vida cuando los pueblos se conectan, cuando las distancias se achican,
cuando las empresas funcionan mejor, cuando el Estado mejora y se dinamiza.
Estamos para trabajar juntos y llevar el futuro a cada argentino”, concluyó
de Loredo.
TV POR CABLE: SUSPENDIERON LA VENTA DEL PLIEGO PARA
SOLICITAR LICENCIAS Y TODOS LOS TRAMITES PENDIENTES
14-MAR/2016
A través de la
Resolución 22 el ENACOM decidió suspender la venta
de los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARA LA
ADJUDICACION DE LICENCIAS A PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS
CON Y SIN FINES DE LUCRO PARA LA INSTALACION Y
EXPLOTACION DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR
SUSCRIPCION QUE UTILICEN VINCULO FISICO O EMISIONES
SATELITALES aprobados por Resolución N° 432-AFSCA/11,
con relación a las peticiones vinculadas a servicios de
comunicación audiovisual por suscripción mediante
vínculo físico y/o radioeléctrico.
La medida, publicada en el
Boletín Oficial del 11 de marzo, no alcanza a las
solicitudes de adjudicación de licencias servicios de
comunicación audiovisual por suscripción con uso de
soporte satelital, también conocidos como DTH.
Asimismo, la norma también suspendió los trámites
iniciados para la obtención de este tipo de licencias,
como también sus extensiones, ampliaciones o
habilitaciones definitivas, hasta tanto se definan las
condiciones para su incorporación como servicio a
registrarse por los licenciatarios de TIC.
De acuerdo a lo expuesto en los considerandos de esta
Resolución 22, la medida se toma al modificarse el
régimen legal a través del DNU 267/15, de tal forma que
los sistemas de TV por suscripción por vínculo físico o
radioeléctrico pasaron a ser licenciatarios de TIC
regidos por la Ley Argentina Digital y no por la Ley de
Servicios de Comunicación Audiovisual.
Cabe recordar que una medida
similar fue implementada en el año 2000 por el COMFER
que dirigía el entonces radical Gustavo López durante el
gobierno de Fernando De la Rúa. Entonces se fundamentó
la emergencia administrativa que encontró el camaleónico
López en el organismo regulador, pero la letra chica de
la medida era favorecer al Grupo Clarín en su plan de
expansión en el mercado de la TV paga. La suspensión de
la venta del Pliego y de los trámites pendientes
ingresados en el COMFER fue mantenida durante el breve
gobierno de Eduardo Duhalde y gran parte de los 12 años
del kirchnerismo en el poder central.
Pedido de nulidad
La Federación de Medios de
Comunicación ha presentado ante la ENACOM un pedido de
nulidad de esta resolución, al entender que están en
juego los derechos constitucionales, la libertad de
expresión y el libre comercio. Resalta que la
instalación de un nuevo servicio de este tipo, impulsa
la adquisición de equipamiento y se fortalece el
mercado, y sobre todo que crea nuevos puestos de
trabajo.
TELESUR RECURRE A LA JUSTICIA PARA QUE CABLEVISION LO
REINCORPORE AL BASICO
04-MAR/2016
Lo anticipó este medio días
atrás. Con las modificaciones a la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación
Audiovisual realizadas por el Decreto 267 firmado por el presidente Mauricio
Macri se eliminó completamente el concepto de Must Carry, al transferir la
regulación de la TV por Cable a la esfera de la Ley Argentina Digital.
Como consecuencia
de ello, a principios de este mes la señal multinacional teleSUR
fue retirada del paquete básico de Cablevisión en Argentina,
perteneciente al Grupo Clarín. Según consigna Patricia Villegas,
presidente de la señal, Cablevisión ha argumentado que no quiere
mas señales internacionales en su paquete básico, con lo cual
TeleSUR pasó al sistema digital que es mas oneroso. Sin embargo,
Villegas resalta que señales como CNN en Español o TVE no han
sido eliminadas del paquete básico.
Ayer se informó por la redes sociales que los representantes
legales en el país de la señal con sede en Caracas presentaron
un recurso ante la Justicia para ser reincorporados a la grilla
de canales del paquete básico.
Tal vez, esperando un resultado similar al de la TeleSUR, las
autoridades de la señal CBA24N, que depende de la Universidad
Nacional de Córdoba, se anticiparon y pidieron a la Justicia que
declare inconstitucional parte del Decreto 267.
Cabe recordar que en el año 2010 la Resolución 296 de la AFSCA
obligó a todos los operadores de TV por suscripción a incluir
TeleSUR en la grilla de canales. Con el Decreto 267 los
cableoperadores ya no están obligados a cumplirla.
En Capital Federal y Gran Buenos Aires - el área más poblada de
la Argentina - TeleSUR puede ser vista de manera gratuita a
través del canal 2503 en televisión digital terreste que es
operado por el Estado Nacional.
Hernán Lombardi, apenas asumió como titular de Sistema Federal
de Medios y Contenidos Públicos aseguró que revisaría la
participación societaria del país en la señal.
EX AFSCA: REASIGNARON CANALES DE UHF CODIFICADO EN
RECONQUISTA Y LAS TOSCAS
26-ENE/2016
En el Boletín Oficial del 22 de enero se
publicaron las siguientes resoluciones avaladas por el directorio de la
AFSCA unos días antes de ser intervenido por el actual gobierno nacional.
Se trata del reordenamiento de la banda de UHF en lo que respecta a la
porción destinada a telefonía móvil y para la operación de estaciones de
televisión en estándar digital.
Las resoluciones están disponibles en estos enlaces
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/140339/20160122
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/140340/20160122
CABLEOPERADORES PYMES DE ENTRE RIOS, PREOCUPADOS POR EL
AVANCE DE LAS TELEFONICAS
14-ENE/2016
"Lo que pedimos es que se
nos considere como Pymes y que no se les permita a las empresas telefónicas
entrar a competir en localidades de menos de 25 mil habitantes”.
Los senadores provinciales por Cambiemos, Miguel Piana (Federación) y
Nicolás Mattiauda (Gualeguaychú), junto al senador nacional Alfredo De
Angeli y al diputado nacional Jorge D´Agostino (UCR), participaron de una
reunión de la Asociación Entrerriana de Televisión (AET), que se llevó a
cabo en Rosario del Tala.
El encuentro, que
fue convocado por la entidad entrerriana, fue para plantear la
preocupación que existe en el sector, por el alcance del Decreto
de Necesidad y Urgencia (DNU), por el que se decidió fusionar
AFSCA y AFTIC y así crear un solo organismo que regule a los
medios y a las comunicaciones, como es el Ente Nacional de
Comunicaciones (ENaCom). El nuevo organismo, que está presidido
por Miguel de Godoy, funciona bajo la órbita del Ministerio de
Comunicaciones que preside Oscar Aguad.
Durante la reunión en Rosario del Tala, la Asociación
Entrerriana de Televisión expresó su inquietud respecto a la
apertura a las empresas telefónicas para dar televisión por
cable como también el servicio de la “Triple Play”: Cable,
televisión y teléfono a través de la misma empresa.
Esta situación, según planteó el presidente de la AET, Daniel
Delfino, pone en desventajas a las más de 700 pequeñas y
medianas empresas de televisión por cable de argentina,
nucleadas en la Red Intercable del Interior del País, que, en la
actualidad, brinda trabajo a más de 25 mil personas.
“Lo que pedimos es que se nos considere como Pymes y que no se
les permita a las empresas telefónicas entrar a competir en
localidades de menos de 25 mil habitantes”, dijo Luján del Río
secretario de la AET.
Al escuchar los planteos, el senador provincial Miguel Piana,
ratificó ante sus pares y las autoridades de la AET su
compromiso “en la defensa de las pequeñas y medianas empresas” y
así lo seguirá haciendo en su tarea de legislador.
Por su parte, el senador nacional Alfredo De Angeli, tras
escuchar a los dirigentes de la entidad entrerriana se
comprometió a gestionarles, "en forma urgente", una audiencia
con el ministro de Comunicaciones de la Nación, Aguad y con
Godoy.
Fuente: Micrófono digital
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