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	COOPERATIVA DE CORONDA 
	TOMA EL CONTROL DE LA CABLEOPERADORA RIOVISION 
	16-ENE/2019 
	  
	 
	ENACOM INSCRIBIO A OCHO 
	FUTUROS PRESTADORES  
	DE TV POR CABLE 
	04-ENE/2019 
	Boletín Oficial del 21 de 
	diciembre. 
	 
	Resolución 1896/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa de Electricidad de 
	Río Primero Limitada en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de 
	Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, 
	para la localidad de Río Primero, provincia de Córdoba. 
		
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              		RESOL. 
					-2018-1925: Inscribir a la empresa JUMPNET SOLUCIONES DE 
					INTERNET SRL, en el Registro de Servicios TIC previsto en el 
					Artículo 8º del reglamento de Licencias de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el 
					Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo 
					Físico y/o Radioeléctrico.  
					 
					Boletín Oficial del 26 de diciembre. 
					 
					RESOL-2018-1923:Otorgar a la empresa NETPATAGONIA SOCIEDAD 
					POR ACCIONES SIMPLIFICADA (C.U.I.T. N° 30-71602342-3) 
					Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de 
					la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, 
					alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con 
					o sin infraestructura propia. Inscribir a la empresa 
					NETPATAGONIA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA en el 
					Registro de Servicios TIC, los servicios de Valor Agregado - 
					Acceso a Internet, Radiodifusión por Suscripción mediante 
					Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, Operador Móvil Virtual 
					Básico, Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia 
					Nacional y Telefonía de Larga Distancia Internacional. 
					 
					Boletín Oficial del 28 de diciembre. 
					 
					Resolución 1919/2018 ENACOM: Inscribir al Señor Yari 
					Sebastian Kindebaluc, en el Registro de los Servicios TIC, 
					los Servicios de Telefonía Local, Reventa de Servicios de 
					Telecomunicaciones y Radiodifusión por Suscripción mediante 
					Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 
					 
					Boletín Oficial del 2 de enero. 
					 
					Resolución 1901/2018 ENACOM: Otorgar al señor Luis Pedro 
					CASTAGNO, Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
					Inscribir al señor CASTAGNO, en el Registro de Servicios 
					TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante 
					Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 
					 
					Resolución 1902/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa 
					COMUNICACIONES A & CIA. S.R.L. Licencia para la prestación 
					de Servicios de Tecnologías de la Información y las 
					Comunicaciones. Inscribir a la empresa en el Registro de 
					Servicios TIC, los Servicios de Radiodifusión por 
					Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico y 
					Valor Agregado - Acceso a Internet. 
					 
					Resolución 1994/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa I SEE 
					INTERNACIONAL DE ARGENTINA S.A Licencia para la prestación 
					de Servicios de Tecnologías de la Información y las 
					Comunicaciones. Inscribir a la empresa, los Servicios de 
					Valor Agregado - Acceso a Internet y de Radiodifusión por 
					Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.
					 
	Resolución 1995/2018 ENACOM: 
	Otorgar al señor Agustín Miguel VILA VILLALBA Licencia para la prestación de 
	Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Inscribir 
	al señor VILA VILLALBA en el Registro, el Servicio de Radiodifusión por 
	Suscripción mediante Vínculo físico y/o Radioeléctrico. 
              
	  
	  
	 
	ENACOM OTORGO CINCO 
	LICENCIAS DE TV POR CABLE 
	19-DIC/2018 
	Boletín Oficial del 10 de 
	diciembre. 
	 
	Resolución 1380/2018 ENACOM: Otorgar al señor Jorge Alberto Perino Licencia 
	para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las 
	Comunicaciones. Inscribir al señor Jorge Alberto Perino en el Registro del 
	Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o 
	Radioeléctrico.  
              		Resolución 
					1383/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa de Servicios 
					Públicos de Arroyo Dulce Limitada en el Registro de 
					Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción 
					mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la localidad 
					de Arroyo Dulce, partido de Salto, Provincia de Buenos 
					Aires. 
					 
					Boletín Oficial del 12 de diciembre. 
					 
					Resolución 1390/2018 ENACOM: Otorgar al señor Claudio 
					Rodolfo Lazzaro Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean 
					fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o 
					internacionales, con o sin infraestructura propia. Inscribir 
					al Señor Lazzaro en el Registro del Servicio de 
					Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o 
					Radioeléctrico. 
					 
					Boletín Oficial del 17 de diciembre. 
					 
					RESOL-2018-1375. Inscribir a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE 
					ELECTRICIDAD Y DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LIMITADA DE 
					ORDOÑEZ en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de 
					Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o 
					Radioeléctrico, para la localidad de ORDOÑEZ, CÓRDOBA. 
					 
					Boletín Oficial del 18 de diciembre. 
					 
					Resolución 1397/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Cobweb 
					Conection S.R.L. Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
					Inscribir a la empresa mencionada en el Registro del 
					Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo 
					Físico y/o Radioeléctrico. 
	  
	 
	LA PRODUCTORA DE TINELLI 
	OBTUVO UNA LICENCIA DE SERVICIOS DE TIC 
	11-DIC/2018 
	  
	En el Boletín Oficial del 5 
	de diciembre se publicó la Resolución 1381 a través de la cual el ENACOM le 
	otorgó a LAFLIA CONTENIDOS S.A. la Licencia para la prestación de Servicios 
	de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, 
	alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin 
	infraestructura propia. 
	 
	Se trata de la productora de contenidos audiovisuales fundada en febrero de 
	este año por el empresario y conductor Marcelo Hugo Tinelli. También 
	participa de la sociedad comercial Federico Carlos Facello, ex gerente en 
	Ideas del Sur, la anterior productora que creó Tinelli y que fue comprada 
	por Indalo Media de los ahora encarcelados Cristobal Lopez y Fabián De 
	Souza. 
	 
	La resolución habilita a LAFLIA CONTENIDOS S.A. a operar servicios de Acceso 
	a Internet, Llamadas Masivas y Audiotexto.  
	
						
						  
  
	 
	ENACOM OTORGO VARIAS 
	LICENCIAS DE TV POR CABLE 
	12-NOV/2018 
	  
	Boletín Oficial del 29 de 
	octubre 
	 
	Resolución 686/2018 ENACOM: Otorgar al señor Jorge Luis Meza Martinez 
	Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y 
	las Comunicaciones. Inscribirlo en el Registro del Servicio de Radiodifusión 
	por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 
              		Boletín Oficial del 30 de octubre. 
					 
					Resolución 681/2018 ENACOM: Otorgar al señor Alberto Mario 
					Maschero, Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
					Inscribirlo en el Registro del Servicio de Radiodifusión por 
					Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 
					 
					Resolución 683/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa TV CAS 
					S.R.L., Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
					Inscribirla en el Registro del Servicio de Radiodifusión por 
					Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 
					 
					Boletín Oficial del 1 de noviembre. 
					 
					Resolución 630/2018 ENACOM: Registrar el cambio de 
					denominación social de la empresa Intercom S.R.L., por el de 
					ITC Comunicaciones IP S. A. Registrar a nombre de la empresa 
					ITC Comunicaciones IP S.A. la Licencia Única de Servicios de 
					Telecomunicaciones, para la prestación del servicio de Valor 
					Agregado – Acceso a Internet y el Servicio de Radiodifusión 
					por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, el 
					Servicio de Telefonía Local, el Servicio de Telefonía de 
					Larga Distancia Nacional y el Servicio de Telefonía de Larga 
					Distancia Internacional. 
					 
					Resolución 648/2018 ENACOM: Otorgar al señor Fabián Alberto 
					Silvestri Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
					Inscribir al señor Silvestri en el Registro del Servicio de 
					Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o 
					Radioeléctrico. 
					 
					Resolución 649/2018 ENACOM: Otorgar al señor Alejandro 
					Matías Lorenz Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
					Inscribir al señor Lorenz en el Registro del Servicio de 
					Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o 
					Radioeléctrico. 
					 
					Resolución 690/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa A M S.R.L., 
					Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de 
					la Información y las Comunicaciones. Inscribir a la empresa 
					en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción 
					por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 
					 
					Resolución 695/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Redes de 
					Noticias SRL Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
					Inscribir a la empresa en el Registro de Servicios TIC, el 
					Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo 
					Físico y/o Radioeléctrico. 
					 
					Resolución 706/2018 ENACOM: Otorgar al señor Elio Orlando 
					Ferreyra Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
					Inscribirlo en el Registro del Servicio de Radiodifusión por 
					Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 
  
	
						  
	 
 
	 
	MURIO UN TECNICO DE UNA 
	TERCERIZADA DE CABLEVISION TRAS RECIBIR UNA DESCARGA ELECTRICA 
	27-OCT/2018 
	Se llamaba Sebastian 
	Vaccari, tenía 31 años y era empleado de una empresa tercerizada por la 
	fusionada Telecom/Cablevisión. El accidente fue el sábado 20 de octubre 
	mientras trabajaba en una vivienda del barrio Alta Tensión en la ciudad 
	capital de la provincia de Salta. 
	
	  
	Al mediodía del sábado 
	Vaccari junto a un compañero fueron a asistir a una vecina del barrio que 
	había llamado a la empresa de cable reclamando que no tenía señal. El 
	operario subió al techo de la casa para solucionar el problema y, al 
	parecer, tocó un cable de alta tensión y recibió una descarga eléctrica.  
	 
	Vaccari estuvo internado en el terapia intensiva del Hospital San Bernardo. 
	Tenía el 90% de su cuerpo quemado y estaba conectado a un respirador 
	artificial. Murió el lunes 22 pasadas las 18.  
	
						  
	 
	CASO CANAL 2 DE PALPALA. 
	EL DESCARGO DE LA CABLEOPERADORA 
	18-OCT/2018 
	Respecto a la denuncia 
	realizada en contra de NORTELEVISA SA y TELESISTEMA SRL, cuyo contenido es 
	FALSO, debemos manifestarles que el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de 
	Palpalá, en un obrar ilícito y con la sola intención de perjudicar a un 
	medio periodístico independiente, se arrogó facultades que no son de su 
	competencia y pretende regular situaciones contempladas en la ley de 
	telecomunicaciones, competencia que corresponde exclusivamente al ENACOM y/o 
	a la Justicia Federal. 
	 
	La resolución del organismo municipal es totalmente nula e ilegal, ya que se 
	impidió a las empresas prestatarias de los servicios a ejercer el derecho de 
	defensa y no se garantizó el debido proceso legal; como también por carecer, 
	dicho organismo administrativo, de competencia para resolver sobre la 
	cuestión denunciada. 
	 
	Dicha resolución está firmada por la “Juez Subrogante de Faltas”, cuya 
	figura no existe en Palpalá, situación que se le hizo saber oportunamente al 
	Intendente mediante la solicitud de informes Nº 009/18 de fecha 18 de abril 
	de 2018, pidéndole que normalice esta situación, ya que a través de esta 
	figura se viola claramente la facultad del Concejo Deliberante de prestar 
	acuerdo al nombramiento. En síntesis, NO EXISTE Juez de Faltas en Palpalá, y 
	por lo tanto la sentencia es nula. 
	 
	Hace casi nueve años que miles de palpaleños nos abren diariamente las 
	puertas de sus casas, entusiasmados con la propuesta de un servicio de TV 
	por cable y de Internet de calidad, a la vez que la información que llevamos 
	a través de nuestros noticieros es demandada por ciudadanos comprometidos 
	con la realidad de su localidad.  
	 
	Hoy nos vemos sorprendidos por las acciones del Intendente Dr. Pablo 
	Palomares, que ante la inobjetable realidad de su pobre gestión recurre a 
	prácticas antidemocráticas como la de acallar a un medio crítico e 
	independiente, a la vez que busca perjudicar a los palpaleños que 
	contrataron libremente un servicio privado. 
	 
	La libertad de contratación abarca tanto la de contratar como la de no 
	contratar nuestros servicios, como también la de elegir libremente a la 
	empresa con la cual queremos llegar a un acuerdo. 
	 
	Intendente Palomares, respete la voluntad de los palpaleños; Palpalá no es 
	el patio de su casa como para que intente cumplir todos sus caprichos, el 
	pueblo lo votó para que gestione y le traiga soluciones, en cambio ud. 
	pretende coartarle sus libertades más irrenunciables a base de mentiras y 
	actos administrativos ilegales. Demuestre que es capaz de realizar lo que 
	prometió en campaña, quedan 14 meses para finalizar su mandato, no 
	desaproveche su tiempo en intentar callar la voz de Canal 2. 
	 
	Desde ya, manifestamos nuestra alegría de que medios como Unicable y 
	Videotel deseen realizar inversiones en la localidad de Palpalá, donde el 
	30,3% de la población se encuentra bajo la línea de pobreza, el 4,3% son 
	indigentes y gran parte de la población está desocupada. Deseamos 
	prosperidad para toda la comunidad palpaleña con la que estamos 
	comprometidos desde hace tantos años y a la que entregamos diariamente un 
	servicio de TV por cable e Internet que cumple con los más altos estándares 
	de calidad en condiciones de mercado competitivas y con toda la 
	actualización tecnológica que ello conlleva. 
	 
	Por todo lo expuesto, y ante las FALSAS noticias que circularon en redes 
	sociales, como así también en algunos medios de comunicación, queremos 
	llevar tranquilidad a nuestros abonados manifestándoles que van a continuar 
	disfrutando de los servicios prestados por NORTELEVISA SA y por TELESISTEMA 
	SRL. Por su parte, lo que esté en custionamiento lo dirimiará la justicia, a 
	la que debemos someternos todos los ciudadanos y las empresas en la 
	República Argentina. 
	Fuente: Jujuy al día 
	  
	  
	 
	ORDENAN A CABLEOPERADORA 
	RETIRARSE DE PALPALA POR FUNCIONAR ILEGALMENTE 
	05-OCT/2018 
	El multimedio del empresario 
	Eduardo Cammuso, Canal 2, opera de manera ilegal desde el año 2009 en 
	Palpalá, lo que llevó al Municipio a denunciar, ante el Juzgado de Faltas, 
	esta situación. 
	 
	Según pudo saberse hoy, este medio de comunicación no cuenta con la 
	autorización para el tendido aéreo y subterráneo de la red exterior del 
	sistema y la utilización de postes columnas para la fijación del mismo. 
	 
	Por ese motivo, el Juzgado determinó, luego de solicitar informe a la 
	Dirección de Rentas y Despacho General de la comuna, hacer lugar a la 
	denuncia, ordenando a las empresas que componen el multimedio, Nortelevisa 
	S.A. (Canal 2) y Telesistema S.R.L (Fiberway) retirar el tendido de 
	infraestructura mencionado, en un lapso de 30 días. 
	 
	Paralelamente, el municipio que conduce Pablo Palomares ya formalizó la 
	denuncia sobre la ilegalidad de la compañía ante el Ente Nacional de 
	Comunicaciones (Enacom). 
	 
	Vale destacar que, a raíz del uso del espacio público, el Municipio de 
	Palpalá inició juicio a esta empresa, por la falta de pago de tributos 
	municipales: esa suma ya asciende a 5 millones de pesos. 
	Fuente: El Tribuno 
	  
	 
	ENACOM REGISTRO NUEVOS 
	INTERESADOS EN TV POR CABLE 
	Boletín Oficial del 4 de 
	septiembre. 
	 
	Resolución 5003/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa Eléctrica de Ines 
	Indart Limitada en el Registro de Servicios TIC, el servicio de 
	Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la 
	localidad de Ines Indart, provincia de Buenos Aires. 
	 
	Resolución 5007/2018 ENACOM: Otorgar a la señora Maria Teresa Chaile Nasif, 
	Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y 
	las Comunicaciones. Inscribir a la señora Maria Teresa Chaile Nasif, en el 
	Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico 
	y/o Radioeléctrico. 
	 
	Resolución 5009/2018 ENACOM: Inscribir a la empresa Telever Televisión SRAL, 
	en el Registro de Servicios TIC, el Registro de Servicio de Radiodifusión 
	por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 
	 
	Boletín Oficial del 6 de septiembre. 
	 
	Resolución 5015/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Online Internet S.R.L., 
	Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y 
	las Comunicaciones. Inscribir a la empresa mencionada en el Registro del 
	Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o 
	Radioeléctrico. 
	 
	AUTORIZADOS, SERVICIOS DE 
	TV POR CABLE EN PILAR, ESCOBAR Y BELL VILLE 
	27-AGO/2018 
	Boletín Oficial del 17 de 
	agosto. 
	 
	RESOL. 4968. Inscribir a la empresa VIZION GROUP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD 
	LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-71578682-2) en el Registro de Servicios TIC, el 
	Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o 
	Radioeléctrico - PILAR y BELÉN DE ESCOBAR, ambas de la provincia de BUENOS 
	AIRES. 
	 
	Boletín Oficial del 23 de agosto. 
	 
	Resolución 4988/2018 ENACOM: Inscribir a la Cooperativa de Emprendimientos 
	Multiples Sudecor Litoral Limitada en el Registro de Servicios TIC, la 
	prestación Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o 
	Radioeléctrico para la localidad de Bell Ville, provincia de Córdoba. 
	  
	 
	ENACOM AUTORIZO CUATRO 
	LICENCIATARIOS DE TV POR CABLE 
	03-AGO/2018 
	Boletín Oficial del 26 de 
	julio. 
	 
	RESOL. 4721. Otorgar al señor Héctor Justo BRUNO (C.U.I.T. N° 
	20-11197880-9), Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de 
	la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o 
	inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura 
	propia. 2 .- Inscribir al señor Héctor Justo BRUNO en el Registro del 
	Servicio de Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o 
	Radioeléctrico previsto en el Artículo 8° del Reglamento de Licencias de 
	Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
              		Boletín 
					Oficial del 27 de julio. 
					 
					RESOL. 4729. Inscribir a la empresa PAMPACOM SOCIEDAD DE 
					RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-71014918-2) en el 
					Registro de Servicios TIC- Servicio de Radiodifusión por 
					Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico, en el 
					marco del Artículo 8° del Reglamento de Licencias para 
					Servicios de Tecnología de la Información y las 
					Comunicaciones. 
	Boletín Oficial del 31 de 
	julio. 
	 
	RESOL. 4738. Inscríbase al señor Patricio Andrés MEYNET (C.U.I.T. N° 
	20-25855806-6) en el Registro de Servicios TIC- el Servicio de Radiodifusión 
	por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.  
	 
	Boletín Oficial del 1º de agosto. 
	 
	RESOL. 4792. Otorgar al señor Pedro Pablo PETRUNIOR (C.U.I.T. Nº 
	20-11828886-7) Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la 
	Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o 
	inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura 
	propia. 2.- Inscribir al señor Pedro Pablo PETRUNIOR (C.U.I.T. Nº 
	20-11828886-7) en el Registro de Servicios TIC - el Servicio de 
	Radiodifusión por Suscripción por Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.  
	  
	 
	VILA-MANZANO VENDIERON 
	SUPERCANAL A UN FONDO ESTADOUNIDENSE 
	20-JUL/2018 
	Supercanal, la compañía de 
	televisión por cable e internet líder en el interior del país fundada por 
	Daniel Vila en 1985, tiene nuevos dueños. A partir de ahora, quien manejará 
	sus destinos será CVI Austral LLP. Según el comunicado, se trata de un 
	"conglomerado controlado por un grupo inversor de marcado perfil estratégico 
	en proyectos de tecnología y telecomunicaciones". 
	 
	Supercanal es la empresa insignia de Grupo América, presidido por Daniel 
	Vila, y es la segunda compañía de cable de la Argentina. Fundada en los 80 
	por la familia Vila en Mendoza, a partir de 1996 comenzó un proceso de 
	expansión que la llevó a tener presencia en la actualidad en 14 provincias 
	del interior. 
	 
	El grupo inversor que pasará a controlar Supercanal lo conforman Carlos 
	Joost Newbery, titular de ICondor, con amplia trayectoria en el mercado 
	argentino de las telecomunicaciones que supo participar en la fundación de 
	empresas como Movicom (Movistar) y CTI Móvil (Claro), y quien será 
	presidente del directorio de Supercanal; Pablo Venturino y Mariano Gilles, 
	de White-Bridge, quienes estructuraron la operación de compra y también 
	integrarán el Directorio. 
	 
	Según señala el comunicado, "CarVal Investors, líder global con una larga 
	historia de inversiones en Argentina, trabajó junto a Newbery y White-Bridge 
	en proveer la financiación que permitió la adquisición de Supercanal". 
	 
	La compra de la compañía y el despliegue de una nueva red de fibra óptica y 
	servicios digitales demandarán una inversión cercana a los 400 millones de 
	dólares. 
	 
	"Esto representa un fuerte compromiso con el futuro del país, en un proyecto 
	de innovación tecnológica que generará puestos de trabajo, contribuirá a 
	cerrar la brecha digital y seguirá acercando la mejor propuesta de 
	contenidos, para impactar positivamente en la calidad de vida de los 
	usuarios de las 14 provincias en las que Supercanal brinda servicios", 
	concluye el comunicado. 
	 
	En enero, la empresa de telecomunicaciones Supercanal-Arlink obtuvo 
	financiación por $800 millones proveniente de fondos de inversión de los 
	Estados Unidos. Este monto estaba destinado a acelerar su programa de 
	digitalización y la expansión de sus redes de fibra óptica. 
	 
	Con esos fondos, Supercanal-Arlink ampliaron sus servicios de televisión 
	digital, telefonía e internet, en un mercado cada vez más demandante de 
	contenidos de video de alta definición y mayor velocidad de navegación en 
	internet. 
	Fuente: Infobae  
	 
	ARNET LE VENDIO AL GRUPO 
	VALENTINI 150 MIL CLIENTES 
	03-JUL/2018 
	El dictamen de la Comisión 
	Nacional de Defensa de la Competencia, que condiciona la fusión de Telecom y 
	Cablevisión (ver nota mas abajo), alumbra un nuevo jugador de relevancia en 
	la categoría: Universo Net, una empresa del “Grupo Valentini”, un 
	conglomerado cuya página web fue registrada hace un mes en el Nic.ar 
              		De hecho, el 
					Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones) otorgó a Universo 
					Net SA la “licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sea fijo 
					o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, 
					con o sin infraestructura propia” el 19 de junio pasado, con 
					publicación en el Boletín Oficial el 25 de junio. 
					 
					En función de este acuerdo entre Telecom-Cablevisión y Grupo 
					Valentini, Universo Net pasará a manejar la mayoría de los 
					clientes de Arnet en las siguientes localidades de la 
					provincia: 
					 
					Córdoba Capital - 60% 
					 
					Río Cuarto - 59% 
					 
					San Francisco - 47% 
					 
					Villa María - 52% 
					 
					Villa Nueva - 42% 
					 
					Jesús María - 58% 
					 
					La Calera - 44% 
					 
					Mendiolaza - 50% 
					 
					Río Ceballos - 51% 
					 
					Unquillo - 17% 
					 
					Cosquín - 53% 
					 
					Carlos Paz - 50% 
					 
					La Falda - 44% 
					 
					Leones - 64% 
					 
					Bell Ville - 81% 
					 
					Laboulaye - 75% 
					 
					El dictamen de la CNDC convalida una negociación que la 
					nueva Telecom-Cablevisión había llevado a cabo en silencio 
					con Grupo Valentini. Esta empresa podrá usar la marca Arnet 
					(que también será utilizada por Telecom) y las redes de la 
					empresa para brindar su servicio. 
					 
					Es decir, habrá dos Arnet: una manejada por Telecom y otras 
					(mayormente en Córdoba) de Universo Net. Según explica Pedro 
					López Matheau (vocero de Telecom), el servicio a los 
					clientes seguirá brindándose con total normalidad, aunque en 
					los papeles y la operación pasarán a ser clientes de otra 
					empresa. 
					 
					Según la CNDC, el traspaso de esa cartera de clientes 
					implicará para Universo Net una facturación anual de $ 500 
					millones. 
					 
					Universo Net SA fue constituida el 23 de marzo de este año y 
					sus socios son Facundo Valentini y Carlos Alberto Valentini, 
					ambos domiciliados en Coronel Pringles, provincia de Buenos 
					Aires. 
					 
					Vecinos de Pringles cuentan que los Valentini son los dueños 
					del Canal 2 (cable) de Pringles, de la red que presta ese 
					servicio, de la FM Transformación y “El Diario de Pringles”, 
					el periódico que compite en la localidad con El Orden, el 
					decano. 
					 
					El timming del anuncio de la CNDC es curioso: viernes a la 
					tarde, en vísperas de un partido clave para la Selección 
					Argentina. Como antecedente, la autorización del Enacom 
					sobre la fusión Telecom-Cablevisión se conoció el mismo 
					sábado en que Lionel Messi contraía nupcias en Rosario, con 
					toda la atención puesta en ese evento. Cosas que pasan. 
	Fuente: Infonegocios  
	 
	TELEFONICA DE ARGENTINA 
	IMPUGNO LA FUSION CABLEVISION-TELECOM 
	23-JUL/2018 
	  
	
	  
	  
	  
	  
	 
	OFICIAL: FUSION 
	TELECOM-CABLEVISION CON CINCO CONDICIONES A CUMPLIR 
	02-JUL/2018 
	- La resolución de la 
	Secretaría de Comercio, de acuerdo con el dictamen de la CNDC, obliga a 
	transferir negocios de banda ancha fija en 28 localidades del interior del 
	país donde la situación de competencia se podría ver afectada, para aprobar 
	la fusión. 
	- Estipula una demora de entre seis meses y doce meses, según la región, 
	para que la nueva compañía fusionada pueda brindar sus servicios a través de 
	la modalidad cuádruple play. 
	- Obliga a Telecom a proveer servicios mayoristas de internet residencial 
	mediante una oferta de referencia, para que otros operadores puedan prestar 
	el servicio usando su red. 
	- Recomienda a la autoridad regulatoria (ENACOM) agilizar la devolución del 
	excedente de espectro y prohibir su uso por parte de la nueva empresa. 
	- La fusión se aprueba con el cumplimiento de la desinversión y en el marco 
	de todas las obligaciones y recomendaciones mencionadas. 
	 
	Luego de cumplir un proceso de investigación y análisis durante casi 10 
	meses, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) emitió hoy 
	su dictamen sobre la operación de fusión de las empresas CABLEVISIÓN y 
	TELECOM estableciendo remedios y obligaciones para garantizar condiciones de 
	competencia en los distintos servicios involucrados en todo el país y 
	realizando recomendaciones a la autoridad regulatoria, el ENACOM. 
	 
	El dictamen, de cerca de 200 páginas, analiza los mercados y establece 
	limitaciones a la operación de fusión que garanticen el cuidado de los 
	derechos del consumidor y que, en línea con las tendencias internacionales, 
	promuevan las inversiones y el desarrollo tecnológico del sector. En 
	definitiva, impone obligaciones y realiza recomendaciones en cuatro planos: 
	desinversión, ofertas comerciales, disponibilidad de la red y espectro. 
	 
	El análisis de la CNDC incluye recomendaciones pro-competitivas sobre 
	aspectos regulatorios, que resultan complementarias de las regulaciones 
	vigentes y las obligaciones establecidas por el ENACOM. Recientemente se han 
	producido cambios regulatorios que permiten que operadores de 
	telecomunicaciones provean TV paga; el Ministerio de Modernización emitió un 
	reglamento para la interconexión de redes y, además, el ENACOM estableció 
	limitaciones a la empresa fusionada, incluyendo la devolución de espectro y 
	límites a los precios en algunas regiones del país. 
	 
	El presidente de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, Esteban 
	Greco, expresó: “Realizamos un estudio profundo del mercado con la 
	participación de una cantidad importante de actores interesados, incluyendo 
	empresas del sector, organizaciones de la sociedad civil y especialistas en 
	el tema. Estamos convencidos de que este dictamen asegura condiciones en el 
	mercado de las comunicaciones para que diferentes operadores de 
	cuádruple-play y diversos oferentes de algunos de estos servicios a nivel 
	nacional, regional y local puedan competir de modo eficaz para ofrecer a las 
	empresas y las personas las mejores opciones posibles”. 
	 
	“Apuntamos a que la estructura del mercado genere incentivos a la inversión 
	de actores actuales o potenciales de manera de garantizar el desarrollo 
	tecnológico imprescindible para el país”, aseguró Greco. 
	 
	El dictamen es de acceso público y se puede encontrar al final de esta 
	página. 
	 
	La Secretaría de Comercio y la CNDC son las autoridades de aplicación de la 
	Ley de Defensa de la Competencia y tienen la tarea de analizar los efectos 
	de las operaciones de concentración económica sobre la competencia y 
	prevenir que las mismas perjudiquen a los consumidores. Otras funciones 
	relevantes de las autoridades de defensa de la competencia son las de 
	investigar y sancionar conductas anticompetitivas y promover la competencia 
	mediante recomendaciones para que los mercados funcionen correctamente. 
	 
	Cabe destacar que en mayo se reglamentó la nueva ley de Defensa de la 
	Competencia, que crea una autoridad con independencia política y que 
	introduce el programa de clemencia y penas mayores para prácticas 
	anti-competitivas, como un resguardo importante a la competencia futura en 
	este y todos los mercados. 
	 
	Tendencia de la industria en todo el mundo 
	 
	La infraestructura de comunicaciones de un país es una de las bases para 
	dinamizar la economía, mejorar los niveles de acceso a la información y a la 
	educación, generar empleo a través de la atracción de inversiones y 
	desarrollar el potencial de sus habitantes. 
	 
	Los sectores de telefonía fija, comunicaciones móviles, provisión de 
	servicios de internet y televisión por cable o satelital son objeto en todo 
	el mundo de un proceso de convergencia debido al avance de la tecnología a 
	ritmo acelerado que requiere grandes inversiones permanentes en 
	infraestructura. 
	 
	La tendencia mundial es hacia la generación de mercados integrados y 
	competitivos con una cantidad más o menos limitada de competidores en cada 
	región (ver infografía adjunta). 
	 
  
	
	  
	 
	 
	Síntesis de los principales remedios a la fusión 
	 
	RED FIJA: 
	La fusión habría generado problemas de competencia en localidades donde 
	Cablevisión y Telecom eran las únicas empresas con despliegue de red fija. 
	Por esa razón, la empresa fusionada se debe desprender de 143.464 clientes 
	de ese servicio en 28 localidades de cinco provincias (ver infografía 
	adjunta): Córdoba (incluyendo la capital), Buenos Aires, Entre Ríos, 
	Misiones (incluyendo Posadas) y Santa Fe. Esta cifra representa el 9% del 
	total de clientes residenciales de Arnet y una facturación anual de 
	aproximadamente 500 millones de pesos. El proceso de certificación de la 
	cartera de clientes transferidos fue realizado por la consultora Deloitte. 
	 
	
	  
	 
	 
	Esa cartera de clientes es vendida a una empresa que ingresará como nuevo 
	operador en esos mercados. Telecom tendrá la obligación de arrendarle su 
	infraestructura para que pueda desplegar su propia red de fibra, brindarle 
	el servicio mayorista y permitirle el uso de la marca ARNET. Todo ello 
	durante un período de tiempo suficiente como para que el nuevo operador 
	pueda realizar inversiones que le permitan consolidar su posición en esos 
	mercados. 
	 
	Asimismo, el dictamen obliga a Telecom a proveer servicios mayoristas de 
	internet residencial mediante una oferta de referencia, para que otros 
	operadores puedan prestar el servicio usando la red de Telecom. De este modo 
	se elimina la barrera de entrada que representaba la obligación de realizar 
	un tendido de red propia para poder comercializar el servicio. 
	 
	RED MÓVIL: 
	De acuerdo con lo establecido por ENACOM, la empresa fusionada debe devolver 
	hasta 80 Mhz de espectro para permitir una competencia equilibrada entre los 
	actores. 
	 
	La CNDC recomienda al ENACOM y al Ministerio de Modernización que la 
	fusionada no utilice el espectro excedente, que se agilice la devolución del 
	mismo y que tenga en cuenta cuestiones de competencia en futuras 
	asignaciones de espectro. 
	 
	OFERTA CUÁDRUPLE PLAY: 
	Para evitar las ventajas de ser el primer operador en ofrecer el servicio, 
	la CNDC obliga a la empresa fusionada a evitar empaquetar sus servicios por 
	un plazo que puede ser de seis o doce meses, según la región. De esta 
	manera, los competidores cuentan con más tiempo para invertir o asociarse 
	para proveer servicios múltiples junto con otro proveedor. 
	 
	Adicionalmente, la CNDC realiza recomendaciones al ENACOM y al Ministerio de 
	Modernización para que los operadores de internet y TV regionales puedan 
	proveer servicios móviles en modalidad virtual. 
  
	Fuente: 
	CNDC  
	  
	  
	 
	ENACOM AUTORIZO CUATRO 
	NUEVOS CABLEOPERADORES 
	04-JUL/2018 
	Boletín Oficial del 29 de 
	junio 
	 
	RESOL. 4566. Inscribir a la empresa ETERNET SRL (C.U.I.T. N° 30-66752590-6), 
	en el Registro de Servicios TIC, el servicio de Operador Móvil Virtual (OMV) 
	Básico. 2 .- Inscribir a la empresa ETERNET SRL, en el Registro de Servicios 
	TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico 
	y/o radioeléctrico.  
	 
	Boletín Oficial del 2 de julio 
	 
	Resolución 4540/2018 ENACOM: Otorgar al señor José Luis Odasso una Licencia 
	para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las 
	Comunicaciones. Inscribir a nombre del señor José Luis ODASSO en el Registro 
	de Servicios TIC- el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante 
	Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.  
	 
	Resolución 4543/2018 ENACOM: Inscribir a la empresa Cable Video Imagen Canal 
	5 SRL en el Registro del Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante 
	Vínculo Físico y/o Radioeléctrico.  
	Boletín Oficial del 3 de 
	julio 
	RESOL. 4585. Otorgar al 
	señor Atilio Manuel SOLÁ  
	SÁNCHEZ (C.U.I.T. N° 20-27232209-1), Licencia para la prestación de 
	Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sea fijo o 
	móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin 
	infraestructura propia. 2 .- Inscribir al señor Atilio Manuel SOLÁ SÁNCHEZ, 
	en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Valor Agregado – Acceso a 
	Internet, y el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo 
	Físico, previsto en el Artículo 8°, del Reglamento de Licencias de Servicios 
	de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, aprobado por 
	Resolución Nº 697- MM/2017.  
	  
	 
	AUTORIZARON TV POR CABLE 
	EN NAVARRO, SALADILLO, VILLA REGINA Y GENERAL ROCA 
	07-JUN/2018 
	Boletín Oficial del 29 de 
	mayo. 
	 
	Resolución 4434/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Exadigital SRL, Licencia 
	para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las 
	Comunicaciones. Inscribir a la empresa Exadigital SRL en el Registro de 
	Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico, para ser 
	prestado en la localidad de Navarro, provincia de Buenos Aires. 
              		Boletín 
					Oficial del 4 de junio. 
					 
					Resolución 4362/2018 ENACOM: Otorgar a la empresa Visión 
					Centro S. A. Licencia para la prestación de Servicios de 
					Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 
					Inscribir a la empresa Visión Centro S. A. en el Registro de 
					Servicios TIC el Servicio de Radiodifusión por Suscripción 
					mediante Vínculo Físico, para la localidad de Saladillo, 
					provincia de Buenos Aires. 
					 
					Resolución 4433/2018 ENACOM: Inscribir al señor Javier 
					Guillermo Latini en el Registro del Servicio de 
					Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico para 
					las localidades de Villa Regina, Chichinales, Godoy, Huergo, 
					Mainque, Cervantes y General Roca, todas de la provincia de 
					Río Negro.  
	 
	
	expusieron en diputados cableoperadores sobre 
	el anteproyecto de ley corta 
	27-AGO/2018 
	En una reunión informativa, 
	la comisión de Comunicaciones e Informática, que preside el diputado Juan 
	Brugge, recibió a asociaciones de cableoperadores que realizaron aportes y 
	críticas a la ley de comunicaciones convergentes. 
	 
	Desde la Cámara Argentina de Internet (CABASE), Ariel Grayzer, expresó: 
	"Apoyamos la iniciativa porque va a permitir una competencia que no tenga 
	asimetrías, es una reforma normativa necesaria”. 
	
	  
	 
	Grayzer también se mostró a favor de eliminar el 20% en asignación de 
	frecuencias en favor de ARSAT y en la compartición de infraestructura que 
	“debería facilitar el despliegue de redes”. “Con esta ley las pymes 
	redundarán en mejores servicios a los usuarios", dijo. 
	 
	Nicolás Mayoraz, de la Cámara de Cableoperadores Independientes, indicó que 
	en la ley “hay que realizar omisiones a fin de resguardar la libertad de 
	competencia”. "Sin modificaciones en asignación de frecuencias, en plazos a 
	las pymes para que tengan las mismas herramientas de desarrollo, habrá una 
	gran injusticia", detalló. 
	 
	En representación de la Asociación Entrerriana de Telecomunicaciones, Daniel 
	Delfino, afirmó que la ley “posterga un poco nuestra desaparición" y 
	anticipó que “habrá perdidas de trabajo”. En tanto, consideró que “la 
	comunicación en nuestras localidades la hacen las pymes, sólo nosotros 
	podemos garantizar el pluralismo”. 
	 
	Desde el oficialismo, la diputada Karina Banfi dijo que "esta ley no 
	pretende abarcar todo, sino que es complementaria con otras como la de 
	defensa del consumidor, en la que a su vez, estamos trabajando en una 
	reforma". 
	 
	Las asociaciones de Córdoba y Santa Fe expresaron que están de acuerdo con 
	el desarrollo y la competencia sostenible pero no “a cualquier precio”. 
	Criticaron los plazos “que son pocos para permitir una relación de igual a 
	igual con los grandes operadores" y la facultad de los municipios que “puede 
	prestarse a intereses políticos”. 
	 
	Daniel Celentano, de la Asociación Argentina de Televisión por Cable, 
	comentó que el impacto de la ley corta representa a más de 700 operadores en 
	más de 1200 localidades, a 6 millones de domicilios y consideró que “resulta 
	lamentable que la comunicación sólo se analiza de manera tributaria y no 
	como herramienta de instrucción y educación”. 
	 
	Con respecto a los plazos de adecuación e inversiones, Celentano dijo “sin 
	plazos razonables para que los medianos y pequeños operadores obtengan 
	herramientas de desarrollo y en igualdad de desarrollo, la ley corta no 
	pareciera preveer inversiones de las multinacionales que se esconderán 
	detrás de las pequeñas”. 
	
	  
	 
	 
	La iniciativa denominada como "ley corta" permitirá que las compañías 
	telefónicas puedan insertarse en el mercado del cuádruple play. Se establece 
	también que podrán dar servicios de radiodifusión paga por satélite en la 
	Ciudad de Buenos Aires, el Gran Buenos Aires, Córdoba y Rosario a partir de 
	2020; mientras que en el interior del país será en 2021 y en las localidades 
	con menos de 100 mil habitantes en 2022. 
	Fuente: Diputados  
	 
	EL PROYECTO DE LEY CORTA 
	QUEDARA CAJONEADO EN DIPUTADOS HASTA EL AÑO PROXIMO 
	16-NOV/2018 
	El Congreso volvió a darle 
	un golpe bajo a Mauricio Macri: la ley corta de telecomunicaciones no se 
	sancionará este año, porque Andrés Ibarra no aceptó los últimos cambios 
	propuestos por el peronismo de los gobernadores, que de todos modos hubieran 
	demorado la sanción. 
	 
	Como explicó LPO, Cambiemos presionó para dictaminar la ley esta tarde en 
	Diputados y sancionarla el miércoles 21, pero en diálogos informales las 
	autoridades de Argentina Federal, el bloque de los mandatarios provinciales, 
	sugirieron modificaciones y el oficialismo prefirió esperar. 
	 
	De esta manera, el diputado de AF Juan Brügge, presidente de la Comisión de 
	Comunicaciones, canceló el plenario que iba a realizar con la de Presupuesto 
	a las 18.30 para despachar el proyecto enviado por Macri al Senado en mayo, 
	con el objetivo principal de habilitar a Telefónica y Claro a brindar 
	televisión satelital. 
	 
	Sólo así podrían competir con la fusión de Telecom y Cablevisión en la 
	oferta de cuádruple play, aún sin haber invertido en redes de fibra óptica. 
	 
	Fue uno de los pocos proyectos que Cambiemos negoció con la oposición 
	durante todo el año y su accidentado tránsito explica porque no repitió la 
	práctica con otras iniciativas. 
	 
	El Senado lo aprobó pero demoró hasta julio de 2020 la habilitación de 
	televisión satelital y hasta 2022 en localidades pequeñas, y pese a que fue 
	aprobado con el voto del peronismo federal, en Diputados el bloque homónimo 
	lo recibió con hostilidad. 
	 
	Sergio Ziliotto, diputado de La Pampa cercano al gobernador Carlos Verna, 
	exigió ceder frecuencias de Arsat a las provincias para armar sus propias 
	redes de seguridad pública y defensa civil, un rol exclusivo de los Estados 
	locales.  
	 
	Con las correcciones del Senado, la ley ofrece a las cooperativas el 20% de 
	las frecuencias de la compañía estatal, pero el resto lo cede al mercado sin 
	restricciones.  
	 
	Los federales también pidieron extender a 2024 el plazo para brindar TV 
	satelital en las ciudades de menos de 100 mil habitantes. Con el massismo y 
	el Frente para la Victoria en contra, Cambiemos no podía ignorar estos 
	planteos si quería aprobar la ley y prefirió posponer el debate para 2019.
	 
	 
	La decisión la tomó Andrés Ibarra, vicejefe de Gabinete y ex ministro de 
	Modernización, donde redactó el proyecto junto a ejecutivos de las 
	principales compañías de telecomunicaciones. 
	 
	En el Congreso temen que, como acostumbra, Macri reaccione con una catarata 
	de decretos de necesidad y urgencia en el verano, pero no es un tema fácil 
	para regular sin leyes, porque las compañías requieren garantías para 
	invertir. 
	 
	Y las telcos son nada menos que el sector que mayor desembolso de dinero 
	prometió, sólo comparable con el energético, y sigue sin un un marco 
	regulatorio sólido porque el Gobierno no logra consensuarlo con la 
	oposición. 
	 
	Es que la ley corta, que se debatió casi todo el año, era sólo el paso 
	previo a una ley integral de telecomunicaciones que Macri prometió el 1 de 
	marzo, en su discurso de apertura de sesiones, pero nunca envió al Congreso. 
	Sólo hizo circular borradores. 
	 
	Fue el segundo fracaso de Cambiemos en la Comisión de Comunicaciones en muy 
	pocos días: el jueves no pudo tratar la regulación de los motores de 
	búsqueda, que exculpaba a Facebook y Google por sus contenidos. Las 
	entidades periodísticas lo rechazaron. La oposición también.  
	Fuente: La Politica 
	online  
	  
	 
	EL SENADO DIO MEDIA 
	SANCION AL PROYECTO QUE MODIFICA LAS LEYES DE S.C.A Y ARGENTINA DIGITAL 
	05-JUL/2018 
	El Senado de la Nación le 
	dio media sanción ayer al proyecto de ley de telecomunicaciones llamado "Ley 
	de Fomento de despliegue de infraestructura y competencia TIC", también 
	conocido como "Ley Corta", cuyo dictamen había sido aprobado en comisión el 
	miércoles pasado. 
	 
	La votación terminó con 46 votos a favor y 11 en contra, sólo los del bloque 
	de Cristina Fernández de Kirchner, el dúo de "progresistas" (Fernando 
	Solanas y Magdalena Odarda) y la puntana María Eugenia Catalfamo. Su jefe 
	Adolfo Rodríuguez Saá se sumó a una larga lista de ausentes. Tampoco 
	aparecieron para votar los federales Juan Carlos Romero, Carlos Reutemann, 
	los macristas cordobeses Laura Rodríguez Machado y Ernesto Martínez y los 
	justicialistas Dalmacio Mera, Carlos Caserio y José Mayans, entre otros.  
	 
	El proyecto fue trabajado durante dos meses en la Comisión de Sistemas y 
	Medios, tuvo varias modificaciones en su dictamen, pero no parece haber 
	conformado a todos. El cambio más importante implicó trabar el desembarco 
	inmediato de las grandes telefonicas en la TV satelital. El proyecto 
	aprobado ayer llevó de enero de 2019 a julio 2020 la fecha en la que 
	Telefónica y Claro podrán brindar el DTH y recién podrán hacerlo en 2022 en 
	las comunidades con menos de 100 mil habitantes. 
	 
	El titular de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de 
	Expresión, el senador peronista Alfredo Luenzo indicó: "Hemos protegido a 
	nuestra industria del interior". Sin embargo, señaló que "la tarea 
	pendiente, que es la crítica que hemos hecho a esta ley, es que tenemos que 
	empezar a trabajar pronto en materia de contenidos". 
	 
	En la misma línea, el senador chubutense aseguró: "Tenemos el vehículo, 
	tenemos la autopista, pero no sabemos las condiciones que vamos a tener; si 
	son las condiciones actuales donde las TICs no tienen ningún tipo de 
	obligaciones en cuanto a contenido, vamos a tener problemas". 
					 
					El texto completo del proyecto sancionado está disponible en este enlace: 
					 
					
					http://www.senado.gov.ar/upload/26721.pdf 
	 
  
	 
	DAÑOS EN CABLEOPERADORA DE 
	MERLO TRAS LAS TORMENTAS 
	11-MAY/2018 
	  
	  
	  
	  
	 
	FALLECIO HECTOR DELLONI, 
	CABLEOPERADOR SANTAFESINO 
	02-MAY/2018 
	  
	  
	  
	 
	ARSAT BAJO EL PRECIO 
	MAYORISTA  
	DE INTERNET DE 18 A 14 DOLARES 
	09-MAR/2018 
	  
	  
	  
	 
	NO HABRA DNU PARA QUE 
	CLARO Y TELEFONICA OPEREN  
	TV SATELITAL 
	26-FEB/2018 
	Fernando Krakowiak remarcó 
	en Página/12 que tras anunciarse la fusión entre Telecom y Cablevisión el 30 
	de junio, el Gobierno nacional indicó que “estaba evaluando habilitar a las 
	telefónicas a brindar televisión satelital para equilibrar la cancha e 
	incrementar la competencia en el sector”. 
              		“Para 
					avanzar es necesario al menos un Decreto de Necesidad y 
					Urgencia (DNU), pues la prohibición figura en el DNU 267 de 
					diciembre de 2015”, explicó el periodista.  
					 
					El quid de la cuestión es que según apuntó, “fuentes 
					oficiales aseguraron primero que el decreto podría salir 
					publicado a fin del año pasado, luego la fecha se corrió 
					para mediados de enero y después para febrero” pero “fuentes 
					oficiales y privadas que no habrá DNU y que las telefónicas 
					deberán esperar a que el tema sea debatido por el Congreso”. 
					 
					En este marco, Krakowiak recordó que las telefónicas “habían 
					insistido con que una vez autorizada la fusión la única 
					empresa que iba a estar en condiciones de brindar cuádruple 
					play (telefonía fija, móvil, televisión paga y banda ancha) 
					en el corto plazo sería Telecom-Cablevisión porque la red de 
					Telefónica sigue siendo fundamentalmente de cobre y no 
					resiste un paquete de señales audiovisuales, mientras que 
					Claro es una empresa de telefonía móvil y tampoco tiene una 
					red de fibra para hacerle frente al Grupo Clarín”. Y es por 
					ello que reclaman poder brindar tv por satélite. 
					 
					“Del lado de Clarín siempre responden que ellos tienen una 
					red mejor porque invirtieron en fibra óptica, mientras que 
					las telefónicas no lo hicieron. A su vez, advierten que si 
					se habilita a las telefónicas a dar televisión satelital 
					nunca invertirán en fibra óptica. Las telcos responden que 
					no invirtieron en fibra porque tenían prohibido brindar 
					televisión y que ahora que están habilitadas aceleraron la 
					inversión en redes, pero aclaran que no están en condiciones 
					de competir de igual a igual en el corto plazo”, completó el 
					periodista. 
					 
					Todo se complicó porque “el lobby en contra del DNU se 
					acrecentó. No sólo el Grupo Clarín se oponía sino también 
					algunas cableras de tamaño medio como Telecentro (Alberto 
					Pierri), Supercanal (Daniel Vila), el Grupo Ick de Santiago 
					del Estero y Express de Rosario (ex Cablehogar) amenazaron 
					con ir a la justicia si salía el decreto”, consignó. 
	Fuente: DsD 
	Nota relacionada: 
	GRUPO SLIM Y TELEFONICA 
	FUERON AUTORIZADOS A OPERAR TV PAGA EN VARIAS LOCALIDADES DEL PAIS 
	 
	
	AUDIENCIA PUBLICA EN DIPUTADOS POR LA FUSION 
	CABLEVISION-TELECOM 
	16-MAR/2018 
	El bloque FIT-PO realizó una 
	importante Audiencia Pública junto a trabajadores telefónicos con el 
	objetivo de debatir los alcances y consecuencias de la megafusión de Telecom 
	con Cablevisión que se empezó a poner en práctica aún antes de que se expida 
	la Comisión Nacional de Defensa de Competencia y el secretario de Comercio 
	que debe determinar sobre la misma. La Audiencia también debatió el proyecto 
	de rechazo a esta fusión presentado por la diputada Romina Del Plá, 
	acompañado de otro proyecto que obliga a que las empresas paguen los bonos 
	de participación en las ganancias para los trabajadores telefónicos, y la 
	elaboración de un proyecto de ley de nacionalización de las 
	telecomunicaciones bajo control obrero.  
              		Romina Del 
					Plá declaró: “La fusión Telecom-Cablevisión vulnera derechos 
					de la población y de los trabajadores. Es una fusión basada 
					en una serie de decretos de 'necesidad y urgencia' que hasta 
					vulneran la legislación vigente en materia de 
					telecomunicaciones y favorece a un grupo económico que se 
					consolida no sólo en los medios sino también en las redes y 
					en el mercado de las telecomunicaciones. Estos decretos 
					atentan contra derechos como la libertad de expresión, el 
					acceso a la información y la defensa de la 'competencia', al 
					favorecer una concentración monopólica tanto en materia de 
					contenidos como de infraestructura, interconexión, 
					transporte y comercialización”.  
					 
					“El gobierno nacional quiere fusionar Cablevisión y Telecom 
					para avanzar en el proceso de monopolización de las 
					telecomunicaciones con consecuencias gravosas para los 
					trabajadores. El proyecto que presentamos plantea suspender 
					esta fusión y lo acompañamos con otro proyecto que obliga a 
					que las empresas paguen los bonos de participación en las 
					ganancias para los trabajadores telefónicos. Tenemos la 
					necesidad de debatir entre usuarios y trabajadores cómo 
					avanzamos en un proceso de nacionalización de las 
					telecomunicaciones para ponerlas al servicio de la 
					población. Por eso proponemos como resolución de esta 
					Audiencia elaborar junto con los trabajadores un proyecto de 
					ley de nacionalización de las telecomunicaciones bajo 
					control obrero”.  
					 
					Pablo Eibuszyc, de la Comisión Directiva de Foetra por la 
					oposición, declaró: “La fusión Cablevisión-Telecom fortalece 
					un monopolio que implica un avance de la reforma laboral en 
					el gremio telefónico y de televisión, por eso pedimos la 
					suspensión del DNU. Mediante una serie de decretos el 
					gobierno le da facilidades a las empresas; cuando 
					Cablevisión compró Nextel se produjeron cientos de despidos, 
					frente a esto planteamos que se suspenda la fusión y que se 
					garanticen todos los puestos y condiciones de trabajo, en un 
					convenio único de la actividad con una jornada de 7 horas. Y 
					que se pague la deuda que tiene Telecom por los bonos de 
					participación en las ganancias adeudados desde la 
					privatización”.  
					Pablo Eibuszyc convocó a una movilización en la puerta de la 
					Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, que tiene 
					que determinar si la fusión sigue avanzando, para el 5 de 
					abril.  
					 
					Participaron los diputados Nathalia González Seligra, 
					Fernanda Raverta, Leopoldo Moreau y el diputado MC Néstor 
					Pitrola. También participaron Pablo Eibuszyc, de la Comisión 
					Directiva de Foetra por la oposición, Liliana Zabala, 
					abogada que ganó el fallo en la Corte Suprema por el bono de 
					participación en las ganancias de los telefónicos, Guillermo 
					Goldstein, de la Comisión del Proyecto de Ley de 
					Comunicaciones del Partido Socialista, Diego Damián Rossi, 
					de la Coalición por una Comunicación Democrática, Pablo 
					Antonini, Presidente del Foro Argentino de Radios 
					Comunitarias, Guillermo Robledo, firmante del amparo Per 
					Saltum ante la Corte Suprema por la suspensión de la fusión 
					Cablevisión Telecom, Santiago Ibarra, de Antena Negra, 
					Santiago Marino y Pablo Alabarces, Doctores en Ciencias 
					Sociales, la Agrupación Nacional Naranja de la Universidad 
					de Buenos Aires y Fabiola Ferro, ex candidata a directora de 
					Comunicación de la Uba por la izquierda.  
	
	  
	  
	Fuente: PO 
	  
				 
	ONG VINCULADA AL PAPA LE 
	PIDE A LA CORTE QUE ANULE LA FUSION TELECOM-CABLEVISION 
	16-FEB/2018 
	El Observatorio de la 
	Riqueza, vinculada al Papa Francisco, presentó esta semana un recurso 
	extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia solicitando que se anule la 
	resolución de Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) que aprobó la fusión 
	Cablevisión-Telecom y se suspenda todo el proceso de fusión sin antes 
	avanzar con un marco regulatorio que garantice una serie de derechos 
	constitucionales que estarían siendo violados al darle luz verde a esta 
	nueva empresa con posición dominante en el sector audiovisual.  
              		El pedido 
					lleva las firmas de Guillermo Robledo, Eduardo Murúa y 
					Clelia Isasemendi, integrantes del observatorio. También los 
					acompaña con su firma el ex juez federal Carlos Rozanski. 
					 
					El texto completo del escrito presentado está disponible en 
					este enlace: 
					
					
					http://observatorio-riqueza.org/wp-content/uploads/sites/15/2018/02/Recurso_final_CSJ_febrero2018.pdf
					 
					 
					También la presentación solicita a la Corte que convoque a 
					una audiencia pública donde se debata la necesidad de elevar 
					la comunicación a la categoría de derecho humano y bien 
					público en lugar de mera mercancía.  
					 
					En primera instancia, el Observatorio presentó un amparo 
					ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, 
					organismo que está analizando la fusión y todavía no se 
					expidió sobre el tema. Allí denunciaron que la fusión viola 
					la ley de defensa de la competencia, la ley 26.305 de 
					protección y promoción de la diversidad de expresiones 
					culturales y la ley de entidades financieras 21.526.  
					 
					La presentación ocurre al mismo tiempo que el presidente 
					Mauricio Macri recibió a ejecutivos de la firma fusionada en 
					noviembre del año pasado. En la reunión Telecom Argentina 
					presentó el plan de inversiones por 5.000 millones de 
					dólares para ampliar y modernizar la infraestructura de 
					servicios de telefonía, internet y TV paga. 
					 
					Carlos Moltini, CEO de Telecom Argentina, realizó junto a 
					Luis Baruki, director de la compañía, la presentación en 
					Casa Rosada durante una reunión con el presidente de la 
					República, Mauricio Macri, y el ministro de Modernización, 
					Andrés Ibarra. 
				  
	 
	GRUPO SLIM Y TELEFONICA 
	FUERON AUTORIZADOS A OPERAR TV PAGA EN VARIAS LOCALIDADES DEL PAIS 
	09-ENE/2018 
	  
	En el marco de una nueva 
	reunión del Directorio de Enacom celebrada la semana proximada pasada, 
	aprobó a Claro (AMX Argentina S.A del Grupo Slim) una licencia para dar 
	Servicios de Radiodifusión por Suscripción en las localidades de Hurlingham, 
	Morón, Tres de Febrero y Vicente López en el Gran Buenos Aires, en la ciudad 
	capital de Salta y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA); como 
	también a Telefónica una licencia de Registro de Cable que le permitirá 
	operar este servicio en la Ciudad de Buenos Aires, en la provincia de Buenos 
	Aires y en las ciudades mendocinas de Godoy Cruz, Guaymayen, Luján de Cuyo y 
	Mendoza Capital.  
	 
	“Gracias a este nuevo escenario, el Estado no solo acompaña sino que además 
	impulsa el desarrollo de servicios convergentes como el cuádruple play lo 
	que significa, en última instancia, más ofertas para los usuarios y mejor 
	calidad en las comunicaciones”, expresó Miguel De Godoy, presidente de 
	Enacom.  
	Supercanal 
	 
	Por su parte, en la misma reunión el directorio otorgó la licencia como 
	Operador Móvil Virtual (OMV) a la empresa Supercanal Sociedad Anónima del 
	Grupo Uno Medios, que le permitirá en el futuro brindar telefonía móvil. 
	Cabe recordar que este grupo empresario tuvo que devolver frecuencias para 
	ofrecer LTE 4G otorgadas durant el kirchnerismo y cuya garantía nunca abonó.
	 
	Boletín Oficial del 22 de 
	diciembre. 
	 
	RESOL. 5194.  
	 
	Autorizar a la firma SUPERCANAL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-61118252-6), a 
	prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en 
	el área de cobertura de la localidad de CRUZ ALTA, provincia de TUCUMÁN 
	 
	QM NOTICIAS DEJO DE EMITIR 
	EN VIVO Y RESPONSABILIZA AL GRUPO CLARIN, ENACOM Y LA JUSTICIA 
	14-DIC/2017 
	COMUNICADO COMPLETO DE GRUPO 
	CIELO  
	 
	"Tras más de siete años de bregar por el cumplimiento de una Ley que le 
	garantizaba pantalla a cambio de la exigente tarea de informar a 16 millones 
	de bonaerenses, Qm Noticias arribó hoy a una conclusión a la que políticos 
	–desde el último concejal hasta el mismísimo presidente-, jueces y 
	legisladores llegaron hace tiempo: hay un actor monopólico, un gigante 
	mediático, que decide quiénes juegan en el tablero de la política y de los 
	medios. Y contra él, nadie puede.  
              Los tentáculos del 
				Grupo Clarín llegan hasta el último despacho: desde el de cada 
				uno de los directores del ENACOM que se convierte por obra y 
				gracia de un llamado en amanuense de sus intereses, hasta el 
				último juez que promete y no puede –¿o, finalmente, no quiere?- 
				hacer cumplir la Ley. Hubo, durante todos estos años, fallos 
				judiciales de primera instancia, ratificados por el tribunal de 
				alzada, ordenando la inmediata inclusión en la grilla analógica 
				de nuestra señal.  
				 
				Ni la Justicia, con el poder que tiene para hacer cumplir con 
				sus sentencias, ni los órganos de aplicación de la derogada Ley 
				de Medios durante los últimos dos mandatos, cumplieron con su 
				obligación de garantizar el inmediato cumplimiento de lo 
				establecido por una resolución oficial, avalada en sede 
				judicial. Tampoco la Justicia federal resolvió un planteo en 
				idéntico sentido, tras una presentación judicial –una más- de la 
				empresa, en un intento por sostener las fuentes de trabajo. En 
				efecto, el Juez federal Alberto Recondo literalmente cajoneó un 
				planteo presentado por QM Noticias reclamando un pronto 
				despacho, para garantizar la continuidad del 1er y único canal 
				de noticas de la Provincia de Buenos Aires.  
				 
				La primera y única señal informativa de la provincia de Buenos 
				Aires, Qm Noticias, ante la imposibilidad que la Justicia haga 
				cumplir con la Ley y que el actual gobierno Nacional -al igual 
				que el anterior- no logra, no quiere, no puede que los más 
				poderosos respeten la legislación vigente, desiste desde las 00 
				horas del martes 12 de diciembre de seguir transmitiendo en vivo 
				y en directo desde sus estudios centrales de la ciudad de La 
				Plata. Y por primera vez en sus siete años de vida, no le 
				ofrecerá a los bonaerenses una alternativa informativa y de 
				entretenimiento en vivo y en directo durante todo el verano 
				desde los principales ciudades turísticas de nuestra Provincia.
				 
				 
				La tradicional cobertura de la temporada de verano en los 
				principales distritos de la costa bonaerense, una marca 
				registrada, convocó a figuras de la talla de Pato Galván, 
				Marcela feudale, Rocio Marengo, Diego Moranzoni, Marcelo 
				Zlotogwiazda, Pollo Álvarez, Pablo Camaiti, Flor Ventura, entre 
				otros, acompañados por los periodistas que más saben de la 
				provincia de Buenos aires del staff profesional del canal, para 
				producir y transmitir más de nueve horas en vivo desde la playa 
				provincial. La decisión de este canal ha sido siempre la de 
				incorporar a la programación de nuestros productos, a los más 
				prestigiosos periodistas del interior bonaerense que tenían 
				participación directa en uno de los ciclos, y a lo largo de toda 
				nuestra programación.  
				 
				Tanto el AFSCA del kirchnerismo como el ENACOM del macrismo 
				coincidieron en sendas resoluciones (en los años 2013 y 2017) en 
				disponer la obligatoriedad para todos los operadores de TV por 
				cable o satelital con áreas de servicio en la Provincia de 
				Buenos Aires, como el caso de Cablevisión (Grupo Clarín), 
				DirecTV, Telecentro, etc., de incluir en sus grillas de señales, 
				tanto analógicas como digitales, a los canales provinciales 
				informativas, entre ellas, Qm Noticias.  
				 
				El Grupo Cielo asumió hace ya 24 años un compromiso con la 
				verdad. Qm Noticias es, todavía, a pesar de la pelea desigual, 
				un instrumento en aras de cumplir con él. Por primera vez desde 
				su creación, la señal deja de emitir en vivo su programación 
				habitual desde el primer minuto del martes 12 de diciembre. Nos 
				cansamos de Promesas. Estaremos a disposición cuando tengamos 
				visibilidad plena en la grilla analógica como la ley manda y la 
				justicia avala.  
				 
				Lo hace con el convencimiento de que está dando una pelea que no 
				puede ganar, al menos en los términos en los que la viene dando: 
				invirtiendo en equipos, instalaciones y recursos humanos para 
				generar un producto que, finalmente, por la decisión de los 
				poderosos, nunca llega plenamente a los hogares.  
				 
				El Grupo Cielo empleará ese valioso tiempo y los recursos 
				disponibles en replantear su estrategia para el mercado 
				audiovisual, habida cuenta de que, queda claro, “la tele” tiene 
				dueño. Algunos dirán que no se quiso y otros que no se pudo. Nos 
				reservamos el derecho a opinar lo mismo sobre ellos, los que 
				debieron representar y defender: a la ley, a los trabajadores, a 
				los ciudadanos y a su derecho a la información.  
				 
				Agradecemos sin reparos a todos los que nos acompañan hasta hoy, 
				a los televidentes, a los trabajadores, a los colegas, a los 
				–escasos- actores con representación política e institucional 
				que brindaron su apoyo."  
				 
				Qm Noticias y el Grupo Cielo no abandona su compromiso con la 
				verdad y con la información rigurosa de nuestra Provincia.
				 
				 
	COOPERATIVAS DE BRANDSEN Y 
	VICUÑA MACKENNA, AUTORIZADAS A OPERAR TV POR CABLE 
	07-DIC/2017 
	Boletín Oficial del 30 de 
	noviembre.  
	 
	Resolución 4658.  
	 
	Otorgar a la COOPERATIVA DE AGUA POTABLE, OBRAS Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS 
	DE BRANDSEN LTDA. (CUIT 30-61355848-5), una Licencia Única Argentina 
	Digital.  
              Registrar a nombre 
				de la COOPERATIVA DE AGUA POTABLE, OBRAS Y OTROS SERVICIOS 
				PÚBLICOS DE BRANDSEN LTDA. (CUIT 30-61355848-5), en el Registro 
				de Servicios, el servicio de radiodifusión por suscripción 
				mediante vínculo físico.  
				 
				Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por 
				suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura en 
				la localidad de BRANDSEN, provincia de BUENOS AIRES.  
				 
				Boletín Oficial del 4 de diciembre.  
				 
				RESOL. 4667.  
	Registrar a nombre de la 
	COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y ANEXOS LTDA. C.E.Y.A.L. (CUIT 30-54575268-5), 
	en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4 del Artículo 5º del 
	Anexo I del Decreto Nº 764/00, el servicio de radiodifusión por suscripción 
	mediante vínculo físico.  
	 
	Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción 
	mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de VICUÑA 
	MACKENNA, provincia de CÓRDOBA. 
				 
	TV POR CABLE AUTORIZADA EN 
	QUIROGA, GRAL. SAN MARTIN, GRAL. OCAMPO E IRALA 
	21-NOV/2017 
	
						Boletín Oficial del 7 de 
						noviembre. 
						 
						RESOL. 3659. Autorizar a la firma REDES BANDA ANCHA 
						SOLUCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 
						(C.U.I.T. Nº 30-71160092-9), a prestar el servicio de 
						radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en 
						el área de cobertura de los departamentos JUAN FACUNDO 
						QUIROGA, GENERAL SAN MARTÍN y GENERAL OCAMPO,  
						provincia de LA RIOJA.  
						 
						Boletín Oficial del 16 de noviembre. 
						 
						RESOL.3639. Autorizar a la firma VIDEO CONVERTER 
						SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-64360353-1), a prestar 
						el servicio de radiodifusión por suscripción mediante 
						vínculo físico en el área de cobertura de la localidad 
						de IRALA, provincia de BUENOS AIRES.  
						 
  
				
						  
	
						 
	
	AUTORIZADA TV POR CABLE EN LOCALIDADES DE 
	CORDOBA, SAN LUIS, ENTRE RIOS, SANTA FE Y CORRIENTES 
	19-OCT/2017 
	Boletín Oficial del 6 de 
	octubre.  
	 
	Resolución 1744. Autorizar a la firma TAJAMAR SISTEMAS ELECTRÓNICOS SA, a 
	prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en 
	el área de cobertura de las localidades de VILLA ANISACATE, VILLA LA BOLSA, 
	VILLA LOS AROMOS, LA SERRANITA y LA RANCHERITA, todas de la provincia de 
	CÓRDOBA.  
	 
	Boletín Oficial del 9 de octubre.  
              Resolución 1769. 
				Otorgar al señor Carlos Guillermo MACCHI (D.N.I. N° 14.222.220 - 
				C.U.I.T. Nº 20- 14222220-6), una Licencia Única Argentina 
				Digital. Registrar a nombre del señor Carlos Guillermo MACCHI el 
				servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo 
				físico. Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión 
				por suscripción mediante vínculo físico en las áreas de 
				cobertura de las localidades de SAN ROQUE, 9 DE JULIO y PEDRO 
				FERNÁNDEZ, todas de la provincia de CORRIENTES. 
				 
				Resolución 1771. Registrar a nombre de la COOPERATIVA DE 
				PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIALES, ASISTENCIALES 
				Y VIVIENDA DE LAS TOSCAS LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-54574333-3), 
				el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo 
				físico. Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión 
				por suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura 
				en la localidad de LAS TOSCAS, provincia de SANTA FE.  
				 
				Resolución 2057. Autorizar a la firma TILISARAO CIRCUITO CERRADO 
				SA (C.U.I.T. Nº 30-64634575-4), a prestar el servicio de 
				radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área 
				de cobertura de las localidades de CONCARÁN y NASCHEL, ambas de 
				la provincia de SAN LUIS.  
				 
				Boletín Oficial del 11 de octubre. 
				 
				Resolución 1801. Autorizar a la firma CABLE VISIÓN LARROQUE SRL 
				(C.U.I.T. Nº 33-64885706-9), a prestar el servicio de 
				radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el área 
				de cobertura de la localidad de GENERAL GALARZA, provincia de 
				ENTRE RÍOS. 
				 
	
	TV POR CABLE AUTORIZADA EN TIGRE, RUFINO, SAN 
	MARCOS SIERRAS, GODOY, ALEJANDRO KORN Y VILLA MERCEDES 
	11-OCT/2017 
				
						Resoluciones Enacom 
						 
						Boletín Oficial del 27 de septiembre.  
						 
						Resolución 1775. Autoríza al señor Haroldo Jorge 
						FRILLOCCHI (C.U.I.T. Nº 20-13225759-1), a prestar el 
						servicio de radiodifusión por suscripción mediante 
						vínculo físico en el área de cobertura de la localidad 
						de TIGRE, provincia de BUENOS AIRES.  
						 
						Boletín Oficial del 2 de octubre.  
              
						Resolución 1770. Registrar 
						a nombre de la COOPERATIVA ELÉCTRICA LIMITADA DE RUFINO 
						(CUIT Nº 30-54568921-5) el servicio de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico.  
						 
						Autorizar la prestación del servicio de radiodifusión 
						por suscripción por vínculo físico en el área de 
						cobertura en la localidad de RUFINO, provincia de SANTA 
						FE.  
						 
						Resolución 1774. Autorizar a la firma SAN GABRIEL VIDEO 
						CABLE COLOR SA (C.U.I.T. Nº 30-69619818-3), a prestar el 
						servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo 
						físico en el área de cobertura de la localidad de SAN 
						MARCOS SIERRAS, provincia de CÓRDOBA.  
						 
						RESOL. 1827. Autorizar a la firma CABLEVISIÓN SA 
						(C.U.I.T. Nº 30-57365208-4), a prestar el servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de la localidad de GODOY, provincia de 
						SANTA FÉ.  
						 
						Boletín Oficial del 3 de octubre. 
						 
						Resolución 1766.  
						 
						Autorizar a la firma TELEFAS SA (C.U.I.T. Nº 
						30-70931898-1), a prestar el servicio de radiodifusión 
						por suscripción por vínculo físico en el área de 
						cobertura de la localidad de ALEJANDRO KORN, provincia 
						de BUENOS AIRES.  
						 
						Resolución 1783.  
						 
						Autorizar a la firma CAROLINA CABLE COLOR SOCIEDAD 
						ANÓNIMA (C.U.I.T.  
						Nº 30-63032905-8), a prestar el servicio de 
						radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en 
						el área de cobertura de la localidad de VILLA MERCEDES, 
						provincia de SAN LUIS.  
	
						 
	
                
				
				SUPERCANAL OBTIENE EL AVAL OFICIAL 
				PARA OPERAR EN USHUAIA Y CIUDADES DE CATAMARCA Y SAN JUAN 
	06-OCT/2017 
				Boletín Oficial 
				del 27 de septiembre. 
				 
				Resolución Enacom 1773.  
				 
				Autorízase a la firma SUPERCANAL SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 
				30-61118252-6), a prestar el servicio de radiodifusión por 
				suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de 
				la localidad de USHUAIA, provincia de TIERRA DEL FUEGO, 
				ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.  
				 
				Boletín Oficial del 3 de octubre. 
				 
				Resolución 1780.  
				 
				Autorizar a la firma SUPERCANAL S.A. (CUIT Nº 30-61118252-6), a 
				prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo 
				físico en el área de cobertura de las localidades de VALLE VIEJO 
				y FRAY MAMERTO ESQUIÚ, ambas de la provincia de CATAMARCA.  
				 
				Resolución 1800. 
				 
				Autorizar a la firma SUPERCANAL S.A. (CUIT Nº 30-61118252-6), a 
				prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo 
				físico en el área de cobertura de las localidades de SAN MARTÍN, 
				ANGACO y ALBARDÓN, todas de la provincia de SAN JUAN.  
				 
                
				
				rompen con disparo de escopeta el 
				vidrio de la sucursal de cablevision en chivilcoy 
	08-SEP/2017 
				Ocurrió en las oficinas ubicadas en la calle Lavalle N° 220. Se 
				tomó conocimiento cerca de las 7.30. Se solicitó la presencia de 
				peritos de la Policía Científica de Mercedes. 
				 
				
				  
				  
				Con una escopeta dispararon ayer (miércoles 6) a la madrugada los vidrios de 
				las oficinas de Cablevisión, ubicada en la calle Lavalle N° 220. 
				A raíz del hecho se instruyen actuaciones caratuladas “Daño”, 
				con intervención Unidad Funcional de Instrucción Nº 7 del 
				Departamento Judicial Mercedes.  
				 
				Las actuaciones producidas fueron a consecuencia que ayer a las 
				7.30 horas se tomó conocimiento tras un llamado al Sistema de 
				Emergencia 911 por parte de la empleada de la empresa 
				Cablevisión. A su arribo constató los daños en el cristal de la 
				vidriera del local ubicado en calle Lavalle Nº 220 de este 
				medio, por lo que se comisionó al personal policial, quienes 
				llevaron a cabo diligencias preliminares incautándose restos 
				pertenecientes a un cartucho de escopeta, por lo cual se 
				solicitó la presencia de peritos dependiente de la Policía 
				Científica de Mercedes; quienes llevaron a cabo las tareas de su 
				especialidad.  
				 
				Se encuentra trabajando en la investigación personal del 
				Gabinete Técnico Operativo de esta policía y DDI Mercedes.
				 
				
                      Fuente: La Razón de Chivilcoy 
				 
                
				
				intendente de dolores dice que el 
				grupo clarin lo ataca con falsas noticias porque defiende la 
				competencia en tv por cable 
	07-JUL/2017 
				
                      La Municipalidad de Dolores 
						salió a desmentir de manera enfática la información que 
						difundió el miércoles a la mañana el canal TN y el 
						diario Clarin.com acerca de la supuesta matanza de 300 
						perros en la ciudad. 
						 
						El director de Prensa de la comuna, Eduardo Vignolio, 
						consideró que “el canal mintió a sabiendas”, por cuanto 
						la información fue desmentida el martes por la noche a 
						la producción del noticiero por el periodista Horacio 
						Burgueño, a quien llamaron para corroborar la versión. 
						 
						Pese a que Burgueño negó el número, el miércoles se 
						envió un móvil a Dolores y se difundió insistentemente 
						la cifra de 300 perros envenenados y baleados. “Nos 
						están haciendo un daño muy grande a todos los 
						dolorenses”, dijo Vignolio. 
						 
						“El hecho existió, pero si hubieran aparecido 300 perros 
						muertos habría en todas las esquinas”, dijo el 
						funcionario que les trasmitió a los productores del 
						canal del Grupo Clarín. En rigor, la semana pasada 
						alrededor de diez perros aparecieron muertos en el 
						barrio de El Fortín Dolores, luego de lo cual actuó la 
						comuna a través del área de Bromatología. 
						 
						Por su parte, el intendente Camilo Etchevarren acusó a 
						Cablevisión por la operación. “Hace diez años que (el 
						canal local) miente, agravia y deforma la realidad de 
						Dolores”, sostuvo Etchevarren. “Esto tiene un fondo 
						político: fuimos el primer lugar de la Argentina donde 
						conseguimos la autorización para traer un cable al 50% 
						de lo que vale la tarifa de Cablevisión en todo el 
						país”, estimó el jefe comunal. 
						 
						“TN jamás puede sacar una noticia a nivel nacional, sin 
						por lo menos hablar con el director del canal de 
						Dolores: está todo armado para perjudicar a la gestión”, 
						dijo y remarcó que “estamos a 30 días de las elecciones 
						primarias”.  
				
                      Fuente: Entre líneas 
				
						 
	
                LA AFIP LE 
				COBRARA UN IMPUESTO A NETFLIX Y OTRAS PLATAFORMAS DE STREAMING 
	
	05-JUL/2017 
				 
	 
	
                Netflix empezará a tributar a nivel 
				nacional. Así lo adelantó el titular de la Administración 
				Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad: "Vamos a 
				gravar a Netflix. Lo haremos a través de los plásticos con que 
				se paga el abono; las tarjetas serán agentes de retención"."Netflix recauda y paga 
					impuestos en todo lugar en que tenga la obligación legal de 
					hacerlo", fue la respuesta de la compañía a la consulta de 
					LA NACION sobre cómo evaluaban el anuncio; no dieron más 
					precisiones sobre si la empresa que provee contenidos 
					audiovisuales a través de Internet absorberá ese costo o se 
					lo trasladará a sus clientes. 
					 
					Abad describió el desafío fiscal que implica cobrar 
					impuestos en una "economía líquida, desmaterializada", como 
					las plataformas Netflix, Uber, Spotify o Airbnb. "Desaparece 
					la intermediación, y el que junta a las dos puntas hace un 
					gran negocio. El canal de cable que compite con este 
					servicio paga impuestos, ¿por qué no una plataforma?", 
					planteó Abad, a la vez que apuntó que hay países en América 
					latina donde Netflix ya tributa. La decisión de trasladar o 
					no el valor a los usuarios es de la empresa, agregó. 
					 
					Abad no lo especificó, pero tributaristas consultados 
					indicaron que seguramente la AFIP establecerá que las 
					tarjetas (por las cuales se compra este servicio) deberán 
					recibir de Netflix "un adelanto a cuenta de obligaciones 
					tributarias por la venta de servicios". El impuesto más 
					importante sería el IVA, que tributa una tasa del 21%. 
					 
					En la reforma tributaria colombiana de 2016, se incluyó un 
					"pago o abono" adicional a las emisoras de tarjetas por 
					"suministros de servicios audiovisuales (música, videos, 
					películas y juegos de cualquier tipo). 
					 
					A fines de 2014, el gobierno de la ciudad de Buenos Aires 
					-entonces comandado por el hoy presidente Mauricio Macri- 
					ganó la pulseada en la Justicia y le impuso a Netflix, 
					Spotify y otras empresas que prestan servicios en el país, 
					pero no pagan impuestos por estar radicadas en el exterior, 
					un gravamen del 3% sobre el valor de compra de sus 
					productos, como anticipo del pago de Ingresos Brutos.  
   
	
                Rige desde febrero de 2015. 
				 
				En diciembre pasado, la Legislatura santafecina avaló el cobro 
				de una alícuota del 3,6% de Ingresos Brutos a las empresas que 
				comercialicen en forma electrónica entretenimientos 
				audiovisuales, entre las que se cuenta Netflix. El 25% de lo 
				recaudado se destina al desarrollo de las industrias de base 
				cultural de la provincia. Rubén Galassi, diputado provincial 
				socialista y autor de la iniciativa, fundamentó la decisión en 
				que corporaciones como Netflix son "multinacionales que no 
				generan trabajo en el país y no tributan un solo centavo" en la 
				provincia. "Con esta ley se autoriza al Ejecutivo provincial 
				para que establezca mecanismos para que este tipo de empresas 
				también tributen." 
				 
				En Estados Unidos, plataformas como Netflix pagan impuestos, por 
				ejemplo, en Pennsylvania, Chicago y Minnesota, con un canon que 
				va entre el 6 y el 9%; también lo hacen varias ciudades 
				canadienses. 
				 
				En el último proyecto impositivo que presentó al Parlamento hace 
				unas semanas, el gobierno de Uruguay incluyó cambios (regirán a 
				partir de 2018 si se aprueban) para gravar a plataformas que 
				ofrecen películas y series, música, hacen transmisiones 
				televisivas en directo o intermedian en la prestación de 
				servicios. En Chile el tema está bajo análisis. 
				 
				Por ejemplo, a nivel nacional la plataforma Mercado Libre -que 
				pone en contacto a vendedores con compradores a través de la 
				web- paga IVA sobre sus comisiones y para la AFIP es agente de 
				retención para los vendedores, por el IVA de la compra y venta 
				que hace entre terceros. 
	
	
	
	
                
                PROYECTO DE LEY PARA SUSPENDER LA FUSION 
				CABLEVISION-TELECOM 
	
                
	
	04 -ENE/2018
	
	 
	
	
						Romina Del Pla, diputada 
						nacional por el Partido Obrero, presentó un proyecto de 
						ley en el que plantea la suspensión de la transferencia 
						de Cablevisión a Telecom y el control societario de la 
						empresa Telecom por parte de Cablevisión Holding SA.  
						 
						En el proyecto presentado, la legisladora expresó que la 
						fusión vulnera el marco regulatorio vigente mediante 
						sucesivos decretos de necesidad y urgencia que 
						favorecieron a Cablevisión, y que la previa adquisición 
						de Nextel se produjo luego de “cientos de despidos y 
						cambios en las condiciones de trabajo, al punto que la 
						empresa fue vaciada y absorbida”.  
						 
						Asimismo, denunció que “se pretende profundizar ese 
						camino” en una escala superior con Telecom Argentina SA.
						 
						 
						Del Pla aseguró que la fusión entre ambas compañías 
						atenta contra los derechos de libertad de expresión, 
						acceso a la información y de defensa de la competencia 
						“al favorecer una concentración monopólica tanto en 
						materia de contenidos como de infraestructura, 
						interconexión, transporte, comercialización y exhibición 
						final de flujos de la comunicación”.  
						 
						El objetivo principal del proyecto plantea la necesidad 
						de que previo a cualquier fusión, Telecom cumpla con los 
						pliegos de la privatización de ENTEL (Empresa Nacional 
						de Telecomunicaciones), que consiste en el pago del 10% 
						de los bonos de participación en las ganancias adeudados 
						a todos los empleados vinculados a dicha empresa, y para 
						quienes hayan perdido su relación laboral o sus 
						descendientes.  
						 
						Por último, la diputada destacó que la fusión “no tiene 
						nada que ver con un avance tecnológico”, sino todo lo 
						contrario, “golpea a los sectores y regiones más 
						vulnerables de la población y pone en riesgo la 
						prestación de los servicios en amplias zonas”. 
	 
	
	
	
	
	
                
                LAS FUSIONADAS TELECOM-CABLEVISION TIENEN 
				MAS DEL 80% DE ABONADOS DE INTERNET EN 37 CIUDADES  
	
	27-DIC/2017 
	 
	
                Localidades en las que la empresa 
				fusionada contará con más del 80% de los abonados de Internet 
				Fija, según el Anexo I de la Resolución 5644 del Enacom. 
	
                  
	
	
                  
	
	
                  
	
                
                TEXO COMPLETO DE LA RESOLUCION DEL ENACOM 
				QUE AUTORIZO LA FUSION DE TELECOM Y CABLEVISION 
	
	26-DIC/2017 
	 
	
                Resolución 5644-E/2017 publicada en 
				el Boletín Oficial del 22 de diciembre. 
				 
				ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD 
				ANÓNIMA a transferir a favor de la empresa TELECOM ARGENTINA 
				SOCIEDAD ANÓNIMA el Registro de Radiodifusión por vínculo físico 
				y/o radioeléctrico, incluyendo los permisos/frecuencias 
				necesarios para la prestación del servicio de radiodifusión por 
				suscripción por vínculo radioeléctrico, así como las 
				autorizaciones de áreas para la prestación de esos servicios 
				(vínculo físico y radioeléctrico), los cuales podrán operar en 
				el Área II, definida de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 
				1.461/93 y sus modificatorios, y las ciudades de ROSARIO, 
				provincia de SANTA FE y CÓRDOBA, provincia del mismo nombre, a 
				partir del 1° de enero de 2018, de acuerdo a lo previsto en el 
				Artículo 5° del Decreto Nacional N° 1.340/2016, y en el resto de 
				las áreas autorizadas en las fechas y con las modalidades 
				dispuestas por la Resolución ENACOM N° 5.641/2017 de fecha 20 de 
				diciembre de 2017.ARTÍCULO 2°.- Autorízase a 
					la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA a transferir a favor 
					de la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA el registro 
					del Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces 
					(SRCE). 
					 
					ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD 
					ANÓNIMA a transferir a favor de la empresa TELECOM ARGENTINA 
					SOCIEDAD ANÓNIMA las autorizaciones y permisos de uso de 
					frecuencias y asignaciones de recursos de numeración y 
					señalización para la prestación de los servicios referidos 
					que posea la empresa absorbida CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, 
					en los términos de la normativa vigente (Anexo IV del 
					Decreto 764/2000), y del acuerdo suscripto por la empresa 
					NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD 
					LIMITADA, el 12 de abril de 2017 
					(IF-2017-08818737-APN-ENACOM#MCO), en función del cual 
					TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA en su carácter de 
					absorbente de CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, deberá en el 
					plazo de DOS (2) años de aprobada la fusión por la COMISIÓN 
					NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA y el ENACOM o los 
					organismos que en el futuro los reemplacen en sus funciones 
					devolver el espectro radioeléctrico que supere el tope 
					previsto en el Artículo 5º de la Resolución Nº 171-E/17 del 
					MINISTERIO DE COMUNICACIONES y/o a la norma que la reemplace 
					en el futuro. A este fin, la empresa deberá presentar al 
					ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y con una antelación mínima 
					de un año al vencimiento del plazo de DOS (2) años, una 
					propuesta de adecuación a dicho tope. El ENACOM podrá 
					aceptar la propuesta, rechazarla y/o peticionar que se haga 
					una nueva presentación con las modificaciones que estime 
					pertinentes. 
					 
					ARTÍCULO 4°.- Acéptase la solicitud de desistimiento 
					formulado por la empresa CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, en su 
					presentación de fecha 15 de noviembre de 2017, de los 
					registros de los Servicios de Aviso a Personas (SAP), de 
					Repetidor Comunitario (SRC), de Telefonía Pública (STP), de 
					Localización de Vehículos (SLV), y de Alarma por Vínculo 
					Radioeléctrico (SAVR). 
					 
					ARTÍCULO 5°.- Acéptase la solicitud de baja del Servicio de 
					Repetidor Comunitario (SRC) formulada por TELECOM ARGENTINA 
					SOCIEDAD ANÓNIMA. 
					 
					ARTÍCULO 6°.- Cancélanse las licencias y los registros 
					otorgados a nombre de CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA para los 
					Servicios de Transmisión de Datos, de Telefonía Local (STL), 
					de Transporte de Señales de Radiodifusión (STSR), de Valor 
					Agregado (SVA), de Videoconferencia (SVC), de Telefonía de 
					Larga Distancia Nacional (STLDN), de Telefonía de Larga 
					Distancia Internacional (STLDI), y de Comunicaciones Móviles 
					Avanzadas (SCMA), respecto de los cuales TELECOM ARGENTINA 
					SOCIEDAD ANÓNIMA ya posee la titularidad. 
					 
					ARTÍCULO 7°.- Autorízase el cambio de control societario en 
					los términos del Artículo 33 de la Ley General de Sociedades 
					N° 19.550 que se producirá en la empresa TELECOM ARGENTINA 
					SOCIEDAD ANÓNIMA una vez que se haga efectiva la fusión y 
					entre en vigencia el acuerdo de accionistas de fecha 7 de 
					julio de 2017 acompañado en su presentación de 21 de 
					septiembre de 2017, como consecuencia de lo cual CABLEVISIÓN 
					HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA resultará la entidad controlante de 
					TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA como sociedad 
					continuadora de CABLEVISIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA 
					 
					ARTÍCULO 8°.- Dispóngase que la licenciataria TELECOM 
					ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, como prestador del servicio de 
					Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o 
					radioeléctrico, deberá cumplir con las obligaciones 
					previstas en el Artículo 95 incisos a) a f) de la Ley N° 
					27.078. 
					 
					ARTÍCULO 9°.- Declaráse a TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA 
					como un actor con poder significativo en los Mercados de 
					Referencia señalados en el Anexo I del Informe 
					IF-2017-34186983-APN- DNDCRYS#ENACOM, elaborado por la 
					DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMPETENCIA EN REDES 
					Y SERVICIOS. 
					 
					ARTÍCULO 10.- Dispóngase que la licenciataria TELECOM 
					ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA deberá, dentro de los SESENTA 
					(60) días de dictada la presente Resolución, ofrecer el 
					servicio de Acceso Minorista a Internet Fijo en las 
					localidades que se detallan en el Anexo I del Informe 
					IF-2017-34186983-APN-DNDCRYS#ENACOM, elaborado por la 
					DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPETENCIA EN REDES Y SERVICIOS, a un 
					precio que no podrá ser superior al menor valor ofrecido por 
					la empresa en el Área II -definida de acuerdo a lo dispuesto 
					por el Decreto N° 1.461 del 19 de julio de 1993 y 
					modificatorios- para servicios de Acceso Minorista a 
					Internet Fijo de similares características. A los fines de 
					determinar el referido menor precio en el Área II, deberán 
					incluirse las promociones y descuentos ofrecidos. En el caso 
					que en alguna/s de las localidades detalladas en el Anexo I 
					referido no cuenten con servicios de similares 
					características a los ofrecidos en el Área II, la empresa 
					deberá brindar su oferta de menor precio en todo el país 
					para el servicio en cuestión, incluyendo las promociones y 
					descuentos. 
					 
					ARTÍCULO 11.- Dispóngase que la licenciataria TELECOM 
					ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA dentro de los SESENTA (60) días 
					de dictada la presente Resolución, deberá informar a esta 
					Autoridad de Aplicación, y publicar en su página web 
					institucional, la totalidad de los planes comerciales de 
					Acceso Minorista a Internet Fijo, individualizando aquellos 
					de menor precio, incluyendo promociones y descuentos. 
					Asimismo, ante una modificación en las condiciones y/o valor 
					de cualquiera de sus precios ofrecidos por el servicio de 
					Acceso Minorista a Internet Fijo, TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD 
					ANÓNIMA deberá informar al ENACOM con una antelación no 
					menor a SESENTA (60) días corridos. 
					 
					ARTÍCULO 12.- Dispóngase que TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD 
					ANÓNIMA, deberá garantizar a otros prestadores, en 
					condiciones transparentes, no discriminatorias y orientadas 
					a costos, el acceso a su propia infraestructura de soporte, 
					en especial postes, mástiles y ductos. 
					 
					ARTÍCULO 13.- Dispóngase que las medidas referidas en los 
					Artículos 9°, 10, 11 y 12 de la presente Resolución tendrán 
					una vigencia de DOS (2) años contados a partir de la emisión 
					de la presente, o hasta que se verifique la existencia de 
					competencia efectiva en todas o en alguna de las localidades 
					involucradas. Dicho plazo podrá ser prorrogado o dejado sin 
					efecto por la Autoridad de Aplicación. 
					 
					ARTÍCULO 14.- Establécese que en relación a la oferta de 
					servicios de Cuádruple Play, será de aplicación lo previsto 
					en el Artículo 7 del Decreto 1.340 de 2016. 
					 
					ARTÍCULO 15.- Establécese que la sociedad CABLEVISIÓN 
					HOLDING SOCIEDAD ANÓNIMA deberá acompañar las constancias 
					que den cuenta de la inscripción registral del cambio de 
					autoridades informado, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 
					(180) días de aprobada la presente operación. 
					 
					ARTÍCULO 16.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN 
					NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — 
					Miguel Angel De Godoy.  
	
	
                  
	
	
                ANUNCIAN LA FUSION POR ABSORCION 
				DE TELECOM Y CABLEVISION. FALTA LA PALABRA OFICIAL 
	01-JUL/2017 
	
						  
						  
	
						  
	
						 
	
                TV POR CABLE AUTORIZADA EN 
				MARIANO ACOSTA, VILLA OCAMPO, CAMPANA, MBURUCUYÁ Y SANTA ROSA 
	30-JUN/2017 
	
						Boletín Oficial del 9 de 
						junio. 
						 
						Resolución 4482. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA DE 
						PROVISIÓN DE SERVICIOS TELEFÓNICOS, OTROS SERVICIOS 
						PÚBLICOS Y CONSUMO DE MARIANO ACOSTA LIMITADA (C.U.I.T. 
						Nº 30-61240906-0) el servicio de radiodifusión por 
						suscripción mediante vínculo físico. 
						 
						Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción mediante vínculo físico en el área de 
						cobertura en la localidad de MARIANO ACOSTA, provincia 
						de BUENOS AIRES. 
						 
						Boletín Oficial del 23 de junio. 
						 
						Resolución 5151. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA 
						TELEFÓNICA DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS 
						SOCIALES, ASISTENCIALES, DE VIVIENDA, PRÉSTAMOS, 
						PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN VILLA OCAMPO LIMITADA 
						(CUIT 30-54578502-8) el servicio de radiodifusión por 
						suscripción mediante vínculo físico. 
						 
						AUTORÍZA la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción mediante vínculo físico en el área de 
						cobertura en la localidad de VILLA OCAMPO, provincia de 
						SANTA FE. 
						 
						Boletín Oficial del 26 de junio. 
						 
						Resolución 5176. AUTORÍZA a la firma GIGACABLE SOCIEDAD 
						ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 30-70299643-7), a prestar el 
						servicio de radiodifusión por suscripción mediante 
						vínculo físico en el área de cobertura de la localidad 
						de CAMPANA, provincia de BUENOS AIRES. 
						 
						Resolución 5179. AUTORÍZA a la firma RADIODIFUSORA 
						VIRGEN DEL CARMEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 
						(C.U.I.T. N° 30-66983903-7), a prestar el servicio de 
						radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en 
						el área de cobertura de las localidades de MBURUCUYÁ y 
						SANTA ROSA, ambas de la provincia de CORRIENTES. 
	
						  
	
						 
	
                RED INTERCABLE OFRECERA BANDA ANCHA MOVIL DE LA MANO DE 
				NEXTEL 
	22-JUN/2017 
	
						El acuerdo firmado entre 
						Nextel y un grupo de operadores de TV paga 
						independientes agrupados bajo el nombre de Red 
						Intercable que brindan servicio en más de 580 
						localidades del interior evidencia en parte el objetivo 
						de la empresa de telefonía celular del Grupo Clarín de 
						expandir sus actividades de la mano de socios que le 
						permitan engrosar su posición en el negocio de la 4G. 
						Más, teniendo en cuenta la ventaja que las otras tres 
						firmas del sector le llevan tanto en cantidad de 
						clientes como en inversiones en infraestructura. Pero 
						que el acuerdo haya sido anunciado en la sede del 
						Ministerio de Comunicaciones por el titular de la 
						cartera, Oscar Aguad da cuenta de la necesidad del 
						Gobierno de auspiciar un crecimiento del espectro por el 
						cual se ofrece hoy la telefonía celular en el país, 
						considerado por las propias autoridades como escaso. 
	
						  
	
						 
						Gracias al convenio, Red Intercable podrá utilizar el 
						espectro de Nextel en las localidades donde opera, 
						mediante el uso de infraestructura propia, para dar 
						banda ancha móvil o fija. Así, los casi cinco millones 
						de clientes de Red Intercable serán también potenciales 
						usuarios de la 4G que ofrecerá la empresa del Grupo 
						Clarín. El acuerdo establece que Red Intercable se 
						encargará la inversión de despliegue, estimada en u$s 
						100 millones en los primeros dos años para dar cobertura 
						al 100% de las localidades en las que opera. En este 
						contexto. 
              		
						Aguad aprovechó la 
						convocatoria de prensa en la cual se anunció dicho 
						convenio para anticipar la decisión oficial es la de 
						distribuir entre las operadoras más espectro para 4G. 
						Recordó la entrega de un bloque de bandas en 2,5 Ghz, 
						que Cablevisión debió devolver como parte del acuerdo 
						firmado con el Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) 
						para que se le aprobara la reatribución de frecuencias 
						obtenidas a partir de la compra de cinco empresas por 
						parte de Nextel. Por esta operación, el Estado nacional 
						recaudó más de u$s 200 millones y cierra un acuerdo más 
						amplio que incluyó el desembarco de Nextel como cuarto 
						operador entrante al servicio de 4G. 
						 
						Según Aguad, “concluye un círculo que se inició hace un 
						año y cuatro meses con el ingreso de la empresa del 
						Grupo Clarín a un mercado donde reinaba el statu quo y 
						en el que tiene que haber operadores fuertes que 
						compitan por los clientes”. 
						 
						El objetivo del Gobierno busca mejorar el servicio de 
						datos móviles por lo que abre la puerta a asignaciones 
						adicionales de frecuencias para Claro, Movistar, 
						Personal y Nextel. Por eso en pocas semanas les ofrecerá 
						las que el gobierno anterior le asignó a Arlink, del 
						grupoVila-Manzano, pero que luego no le fueron 
						entregadas lo cual generó un proceso judicial que ahora 
						Aguad estaría por resolver de manera privada para luego 
						volver a licitar estas bandas. 
						 
						A esto se suma la migración del espectro hoy usado por 
						Telecentro en la banda de 700 megas también para 
						ofrecerlo a las operadoras que, en todo caso, ya la 
						tienen asignada desde 2014. Según Aguad, el Gobierno “va 
						a seguir limpiando espectro para llegar en 2019 a los 
						1000 megas, luego de haber recibido un país con 220 
						megas y ubicarlo actualmente en los 550”. 
						 
						Además de anticipar que a fin de año habrá una prueba 
						piloto para conocer el funcionamiento del servicio de 5G 
						que estará a cargo de Nokia, sostuvo que la aspiración 
						de su ministerio es que la inversión en infraestructura 
						en telecomunicaciones pueda pasar del 1% al 3% del PBI, 
						lo cual representaría u$s 1750 millones. Dijo además que 
						las empresas más pequeñas “también tienen lugar en este 
						contexto” y las consideró “aliadas del Gobierno” para 
						mejorar la conectividad. “Buscamos que todo el país 
						tenga la misma calidad de servicio móvil. Y en este 
						punto las cooperativas y pymes son nuestros socios 
						estratégicos”. También anunció un acuerdo con el Banco 
						Nación para orecer líneas de crédito accesibles a los 
						cableoperadores que quieran ampliar el tendido de fibra 
						óptica al hogar. Destacó además el rol de ARSAT en el 
						despliegue del Plan Federal de Internet “que acelerará 
						la conexión de alta velocidad” ya que el espectro de 900 
						Mhz y el de 2,6 Ghz permiten más banda ancha en poco 
						tiempo y con excelente cobertura y velocidad”. 
						 
						Nueva ley después de las elecciones de octubre 
						 
						Además de los objetivos de incrementar el espectro de 4G 
						para mejorar los servicios de telecomunicaciones, el 
						ministro Aguad, confirmó que el Gobierno enviará al 
						Congreso la nueva ley regulatoria del sector “después de 
						las elecciones’ de octubre”. Según el funcionario, el 
						texto del proyecto “está prácticamente listo aunque 
						podría abrirse una nueva ronda de consultas a través de 
						la web, para incorporar nuevos elementos”. Se trata del 
						marco normativo que reemplazará a leyes de Servicios de 
						Comunicación Audiovisual y de Argentina Digital votadas 
						por el kirchnerismo que el gobierno de Cambiemos 
						pretende enterrar definitivamente. 
	
						Fuente: El 
						Cronista 
	
						 
	
	licencias de tv por cable otorgadas en 
	pergamino, colonia avellaneda, la criolla y colon 
	
	08-JUN/2017 
	
	
	
	Boletín Oficial del 22 de mayo. 
	 
	Resolución 3895. Regístra a nombre de la COOPERATIVA ELÉCTRICA SERVICIOS 
	ANEXOS DE VIVIENDA Y CRÉDITO DE PERGAMINO LIMITADA (CUIT Nº 30-54569368-9) 
	el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico. 
	Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción 
	mediante vínculo físico en el área de cobertura en la localidad de 
	PERGAMINO, provincia de BUENOS AIRES. 
	 
	Resolución 3891. AUTORÍZA a la firma TEVECON SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 
	30-60576299-5), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción 
	mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de LA 
	CRIOLLA, provincia de ENTRE RÍOS. 
	 
	Resolución 3889. AUTORÍZA a la firma GIGACABLE SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 
	30-70299643-7), a prestar el servicio de radiodifusión por suscripción 
	mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de COLONIA 
	AVELLANEDA, provincia de ENTRE RÍOS. 
	 
	Boletín Oficial del 23 de mayo. 
	 
	Resolución 3990. Regístra a nombre de la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE 
	SERVICIOS ELÉCTRICOS Y SOCIALES, VIVIENDA Y CRÉDITO COLÓN BUENOS AIRES 
	LIMITADA (CUIT Nº 30-54574883-1) el servicio de radiodifusión por 
	suscripción mediante vínculo físico. - Autoríza la prestación del servicio 
	de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura 
	en la localidad de COLÓN, provincia de BUENOS AIRES.  
	 
 
	
	
	 
	
	 
	
	FLAMANTES LICENCIATARIOS DE TV POR CABLE EN LA 
	CRUZ, LA TOMA Y CINTRA 
	
	02-JUN/2017 
	
	
	Boletín Oficial del 19 de mayo. 
	 
	Resolución 3781. OTÓRGA al señor Juan Carlos BUJAKIEWIEZ (CUIT N° 
	20-10322886-8), una Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación 
	del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área 
	de cobertura de la localidad de LA CRUZ, provincia de CORRIENTES. 
	 
	Boletín Oficial del 22 de mayo. 
	 
	Resolución 3897. Otórga a la firma LA TOMA CABLE SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 
	Nº 30-71454859-6) integrada por los señores Jorge David MATZKIN, con un 
	NOVENTA POR CIENTO (90%) de participación accionaria y Gervasia SICA, con un 
	DIEZ POR CIENTO (10%) de participación accionaria, una Licencia Única 
	Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
	suscripción mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad 
	de LA TOMA, provincia de SAN LUIS. 
	 
	Resolución 3892. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA DE AGUA, ENERGÍA Y 
	OTROS SERVICIOS PÚBLICOS LA UNIÓN DEL PUEBLO LIMITADA CINTRA (CUIT Nº 
	30-54576544-2) el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo 
	físico. AUTORÍZA la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción 
	mediante vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de CINTRA, 
	provincia del CÓRDOBA. 
	
	 
	
	autorizaron tv por cable en varias localidades 
	de la provincia de santa fe 
	
	29-MAY/2017 
	
	
	Boletín Oficial del 19 de mayo. 
	 
	Resolución 3790. OTÓRGA al señor Omar Anselmo RIPOLL (CUIT Nº 
	20-12037057-0), una Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación 
	del servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en las 
	áreas de cobertura de las localidades de MURPHY, VILLADA, VILLA MUGUETA y 
	FIRMAT, provincia de SANTA FE. 
	 
	Boletín Oficial del 22 de mayo. 
	 
	Resolución 3890. AUTORÍZA a la firma SAN VICENTE CABLE Y TELECOMUNICACIONES 
	SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-64354996-0), a prestar 
	el servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico en el 
	área de cobertura de las localidades de MARGARITA, SANTA CLARA DE BUENA 
	VISTA, LÓPEZ, AROCENA, IRIGOYEN, SAN FABIÁN y COLONIA BELGRANO, todas de la 
	provincia de SANTA FÉ. 
  
	
	 
	
	autorizaron tv paga en santa regina, 9 de 
	julio, suardi, villa santa rosa, rinco y villa del carmen 
	
	23-MAY/2017 
	
	
						Boletín Oficial del 19 de 
						mayo. 
	
						Resolución 3802. Otórga a 
						la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS DE ELECTRICIDAD 
						Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS Y SOCIALES SANTA REGINA 
						(C.U.I.T. Nº 30-54582321-3), una Licencia Única 
						Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio 
						de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en 
						el área de cobertura en la  
						localidad de SANTA REGINA, provincia de BUENOS AIRES. 
						 
						Resolución 3804. OTÓRGA al señor Rolando Gabriel 
						CABANILLAS (C.U.I.T. Nº 20-  
						16997860-4), una Licencia Única Argentina Digital. 
						Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico en las áreas de cobertura 
						de las localidades de VILLA SANTA ROSA y 9 DE JULIO, 
						ambas de la provincia de SAN JUAN. 
						 
						Resolución 3806. REGÍSTRA a nombre de la COOPERATIVA 
						TELEFÓNICA Y DE SERVICIOS PÚBLICOS DE SUARDI LIMITADA 
						(C.U.I.T. Nº 30-54570782-5) el servicio de radiodifusión 
						por suscripción por vínculo físico. Autoríza la 
						prestación del servicio de radiodifusión por suscripción 
						por vínculo físico en el área de cobertura en la 
						localidad de SUARDI, provincia de SANTA FE. 
						 
						Resolución 3794. Autoríza a la COOPERATIVA DE SERVICIOS 
						PÚBLICOS Y SOCIALES VILLA DEL ROSARIO LIMITADA (C.U.I.T. 
						Nº 30- 54564042-9), a prestar el servicio de  
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de las localidades de RINCÓN y CAPILLA 
						DEL CARMEN, ambas de la provincia de CÓRDOBA. 
	
						 
	
	transferidas licencias de tv por cable en los 
	quirquinchos y camilo aldao 
	
	22-MAY/2017 
	
	
						Boletín Oficial del 18 de 
						mayo. 
						 
						Resolución 3748. APRUÉBA la transferencia de la Licencia 
						Única Argentina Digital con registro de servicio de 
						Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico, 
						adjudicada por Resolución Nº 1.395-COMFER/98, para la 
						ciudad de LOS QUIRQUINCHOS, provincia de SANTA FE, cuyo 
						titular es la firma CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN POR 
						CABLE LOS QUIRQUINCHOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD 
						LIMITADA, a favor de la asociación civil HOGAR DE 
						ANCIANOS LOS QUIRQUINCHOS (CUIT Nº 30-67394683-2). 
              		
						"Que la firma CIRCUITO 
						CERRADO DE TELEVISIÓN POR CABLE LOS QUIRQUINCHOS S.R.L. 
						y la asociación civil HOGAR DE ANCIANOS LOS 
						QUIRQUINCHOS, han documentado la transferencia mediante 
						la copia certificada del contrato de cesión 
						correspondiente suscripto con fecha 27 de abril de 
						2009", especifica uno de los considerandos. 
						 
						Boletín Oficial del 19 de mayo. 
						 
						Resolución 3780. APRUÉBA la transferencia de la Licencia 
						Única Argentina Digital con registro de servicio de 
						Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico, 
						adjudicada por Resolución N° 432-COMFER/95, para la 
						localidad de CAMILO ALDAO, provincia de CÓRDOBA, cuyo 
						titular es la firma CAMILO ALDAO CABLE CANAL SOCIEDAD DE 
						RESPONSABILIDAD LIMITADA a favor de la COOPERATIVA DE 
						PROVISIÓN DE ELECTRICIDAD Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS Y 
						VIVIENDA LIMITADA DE CAMILO ALDAO (CUIT N° 
						30-54575046-1). 
						 
						"Que la firma CAMILO ALDAO CABLE CANAL SOCIEDAD DE 
						RESPONSABILIDAD LIMITADA, ha documentado la 
						transferencia mediante el contrato de cesión 
						correspondiente suscripto con fecha 18 de agosto de 
						2009" especifica uno de los considerandos. 
	
						 
	
	JUEZ DE MENDOZA FRENA EL PLAN DE CONVERGENCIA 
	DEL GOBIERNO A PEDIDO DE CABLEOPERADORA 
	
	25-ABR/2017 
	
	
						El juez federal de San 
						Rafael, Eduardo Ariel Puigdéngolas ordenó frenar el 
						desembarco de las telefónicas en el mercado de la 
						televisión, suspender la reatribución de espectro que le 
						permitiría al Grupo Clarín ofrecer telefonía móvil 3G y 
						4G y bloquear la posibilidad de que DirecTV ofrezca 
						Internet. La decisión la tomo a raíz de una presentación 
						judicial realizada por Cable Televisora Color (CTC) en 
						donde la firma mendocina considera que es necesario 
						proteger a cableras y radiodifusores “de una competencia 
						distorsiva e inequitativa”. CTC es una empresa familiar 
						que opera en las localidades de San Rafael, Tunuyán, San 
						Carlos y Malargüe, pero en el sector la vinculan con el 
						empresario mendocino Daniel Vila, quien tiene fuerte 
						influencia sobre la justicia mendocina. Al ser un 
						juzgado federal, la medida de no innovar rige para todo 
						el país. PáginaI12 consultó al titular del Ente Nacional 
						de Comunicaciones, Miguel de Godoy, quien prefirió no 
						opinar sobre el fallo de la justicia, aunque aclaró que 
						“frenar el proceso de convergencia es un error y 
						atrasa”.  
              		
						En su fallo, el juez hace 
						propios los argumentos de CTC al afirmar que el decreto 
						267/15 que le abrió las puertas a las telefónicas en el 
						servicio de la TV paga afecta a las cableras ya que “les 
						impediría competir con los gigantes entrantes; no 
						habiéndose dictado disposición alguna ni estructurado 
						medida o política alguna tendiente a paliar las notables 
						desigualdades apuntadas con vistas a proteger el 
						pluralismo que los cable operadores representan y 
						ofrecen como agentes de cultura audiovisual”. Luego 
						agrega que “el decreto 1340/16 agravaría la 
						discriminación a la que diera origen el DNU 267/15, 
						beneficiando a determinados prestadores de servicios 
						TIC, frente a la normativa que regula un mercado en 
						competencia al facilitar el acceso de las telefónicas al 
						mercado de la TV paga con notable laxitud en cuanto a la 
						permisión de ingreso y condiciones de prestación del 
						servicio”.  
						 
						El magistrado sostiene que los artículos 4 y 5 del 
						decreto 1340 “modificarían sustancialmente las 
						condiciones de mercado existentes para la amparista 
						(CTC)”. Por lo tanto, le ordena al Enacom suspender sus 
						efectos y abstenerse de llevar a cabo los procedimientos 
						allí previstos, “en tanto su implementación ocasionaría 
						una lesión a los derechos de la presentante”.  
						 
						El artículo 4 es el que habilitó al Enacom a adoptar las 
						normas que “aseguren la reatribución de frecuencias del 
						espectro con compensación económica y uso compartido”, 
						tal como había solicitado el Grupo Clarín para poder 
						ofertar telefonía móvil 3G y 4G en las frecuencias que 
						compró el año pasado a través de Nextel. A su vez, el 
						artículo 5 es el que les dio luz verde a las telefónicas 
						para ofrecer televisión a partir de enero de 2018 en el 
						Área Metropolitana de Buenos Aires, Rosario, Córdoba y 
						Santa Fe, mientras que en ese mismo artículo se aclaró 
						que para el resto del país las telcos deberán contar con 
						una autorización del Enacom, el cual considerará 
						especialmente proteger a aquellas localidades de menos 
						de 80.000 habitantes donde el servicio sea prestado 
						únicamente por cooperativas o pymes. El juez también 
						ordena prohibir cualquier acto o norma que sea 
						incompatible con los habilitados en las leyes 26.522, 
						27.078 e incluso en el DNU 267/15. La inclusión del 
						decreto en ese punto parece destinada a evitar que 
						DirecTV pueda brindar Internet. De hecho, se aclara 
						expresamente la necesidad de mantener la inhabilitación 
						de empresas de TV satelital para brindar servicios TIC. 
						El fallo le apunta así a todos los grandes jugadores del 
						mercado: Grupo Clarín, Telefónica, Telecom, Claro y 
						DirecTV. 
	
						Fuente: Página 12 
						 
  
	
						 
	
						 
	
	
	ENACOM OTORGO LICENCIAS DE TV POR CABLE  
	EN CAPITAL FEDERAL Y RIO TURBIO 
	
	
	20-ABR/2017 
	
	
	Boletín Oficial del 29 de marzo. 
	 
	Resolución 8304. Otórga al señor Marcelo Alejandro CORTIZO (D.N.I. Nº 
	22.925.580 - CUIT Nº 20-22925580-1) Licencia Única Argentina Digital. 
	 
	Regístra a nombre del señor Marcelo Alejandro CORTIZO (D.N.I. Nº 22.925.580 
	- CUIT Nº 20-22925580-1) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 
	5.4 del artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 764/00 de fecha 3 de 
	septiembre de 2000, el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo 
	físico.  
	 
	Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por 
	vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de RÍO TURBIO, 
	provincia de SANTA CRUZ. 
	 
	Boletín Oficial del 12 de abril. 
	 
	Resolución 2135. Regístra a nombre de la empresa SERVICIOS Y 
	TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA (CUIT N° 30-69038167-9), en el Registro 
	de Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5° del Anexo I del 
	Decreto N° 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de 
	radiodifusión por suscripción por vínculo físico. 
	 
	Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por suscripción por 
	vínculo físico en el área de cobertura de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS 
	AIRES. 
	
	 
	
	CABLEOPERADORA DE ROSARIO PIDIO UN AMPARO ANTE EL AVANCE DE CLARIN, DIREC TV 
	Y LAS TELEFONICAS 
	
	19 -ABR/2017
	
	
	
						La empresa Teledifusora 
						S.A., que brinda televisión por cable e internet en 
						Rosario con la marca Express (ex Cablehogar), presentó 
						un pedido de amparo ante un juzgado federal de esa 
						ciudad para tratar de frenar el desembarco de las 
						telefónicas en su área de cobertura como proveedoras de 
						televisión a partir del año próximo. Además, el escrito 
						cuestiona la habilitación que se le otorgó a DirecTV 
						para brindar servicios de internet y la imposibilidad 
						que tienen las pymes para ofrecer telefonía móvil. La 
						cablera, propiedad de los hermanos Marcelo y Gabriel 
						Bandiera, advierte que se están generando las 
						condiciones para que el Grupo Clarín, DirecTV y las 
						telefónicas compitan sin contemplar la situación de las 
						pymes que vienen brindando servicios en el mercado 
						audiovisual desde hace varias décadas. 
              		
						En la presentación se 
						afirma que el decreto de necesidad y urgencia 267, con 
						el que el presidente Mauricio Macri modificó aspectos 
						centrales de la ley de medios audiovisuales 26.522, 
						habilitó a las telefónicas a dar televisión a partir de 
						enero de 2018, con la posibilidad de extender ese plazo 
						un año más. Ese DNU fue luego ratificado por el 
						Congreso, pero Teledifusora advierte que el dictamen de 
						mayoría de la comisión bicameral de trámite legislativo 
						advertía que las empresas que proveen servicios de cable 
						en el interior del país “merecer protección equitativa a 
						efectos de fomentar la competencia e impedir la 
						concentración que es siempre su rival en la libre 
						economía de mercado”. Ese dictamen recomendaba extender 
						la prohibición para las telcos a cinco años, con 
						posibilidad de un año más. 
						 
						El gobierno descartó esa recomendación porque además de 
						beneficiar a las pymes iba a ser aprovechada 
						fundamentalmente por el Grupo Clarín, quien en otras 
						ocasiones se ha escudado en reivindicaciones a favor de 
						las pymes para obtener ventajas. Si bien el Grupo Clarín 
						obtuvo varias concesiones, el gobierno consideró que 
						extender la prohibición a las telcos hasta 2021 era 
						imposible de sostener políticamente. No obstante, el 
						artículo 5 del decreto 1340 habilitó su desembarco 
						automático a partir de enero de 2018 solo en el Área 
						Metropolitana de Buenos Aires, Rosario, Córdoba y Santa 
						Fe. En el resto del país, Movistar (Telefónica), 
						Personal (Telecom) y Claro (América Móvil) deben contar 
						con una autorización del Ente Nacional de Comunicaciones 
						(Enacom), el cual, según ese mismo artículo, considerará 
						especialmente proteger a aquellas localidades de menos 
						de 80.000 habitantes donde el servicio sea prestado 
						únicamente por cooperativas o pequeñas y medianas 
						empresas.  
						 
						Teledifusora también brinda servicio en Salta y Santiago 
						del Estero, pero el problema se plantea en Rosario, 
						donde ya compite con Cablevisión y DirecTV y ahora se 
						sumarán las telcos. Para el regulador es difícil 
						proteger a la firma en esa ciudad sin que el beneficio 
						sea aprovechado al mismo tiempo por la cablera del Grupo 
						Clarín. No obstante, desde la empresa de los hermanos 
						Bandiera remarcan que si ellos brindaran servicio en Mar 
						del Plata, Bahía Blanca o cualquiera de las capitales de 
						provincia, salvo Córdoba, hubiesen quedado protegidos 
						frente a las telcos y en muchas de esas zonas 
						Cablevisión también brinda servicio.  
						 
						En el caso puntual de DirecTV, habilitada a brindar 
						internet por el artículo 6 del decreto 1340, 
						Teledifusora cuestiona que la firma estadounidense tenía 
						vedada esa posibilidad por la ley de medios 
						audiovisuales 26.522 e incluso por el DNU 267/2015 
						firmado por el presidente Macri y ratificado por el 
						Congreso. Sin embargo, esa prohibición se terminó 
						derogando por un decreto simple como el 1340. 
						 
						La cablera de Rosario advierte también que la 
						competencia que viene será muy desigual para ellos, no 
						sólo por los beneficios que les ofrece la economía de 
						escala a las grandes firmas, sino porque tanto las 
						telcos como el Grupo Clarín van a poder ofrecer un combo 
						de promoción que incluya televisión, internet y 
						telefonía, mientras que las pymes no están en 
						condiciones de brindar telefonía móvil porque carecen de 
						espectro radioeléctrico. Para tratar de compensar esta 
						situación Enacom le otorgó recientemente a Teledifusora 
						una licencia para que pueda brindar telefonía como 
						Operador Móvil Virtual (OMV), pero para eso necesita 
						tener acceso a las redes de las telcos y estas firmas 
						han dejado claro ante el regulador que sólo pondrán a 
						disposición ese acceso cuando el gobierno libere 
						completamente el espectro radioeléctrico que obtuvieron 
						en la licitación de 2015 y que todavía no pueden usar en 
						las grandes ciudades porque continúa estando ocupado por 
						empresas, como el Grupo Pierri, que reclaman una 
						indemnización antes de resignar ese valioso activo. 
						 
						En el escenario actual, dos competidores de Teledifusora 
						en el mercado de la televisión paga podrán brindar 
						nuevos servicios, ya que Cablevisión ofrecerá telefonía 
						móvil en breve y DirecTV está en condiciones de sumar 
						internet a su oferta de televisión satelital. A su vez, 
						en enero las telefónicas estarán en condiciones de 
						ofrecer televisión. Ese efecto de pinzas dejará a las 
						pymes del sector al borde de la quiebra o serán forzadas 
						a venderle sus redes a los grandes jugadores, en su 
						mayoría extranjeros. 
	
						Fuente: Página 12 
  
	
						  
	
						  
	
						 
	
	LA NACION +, INCLUSION OBLIGATORIA EN LA GRILLA 
	DE 
 TV POR SUSCRIPCION 
	05-ABR/2017 
	
						El Enacom resolvió que 
						todos los sistemas de TV por suscripción que operan en 
						el país "deberán garantizar la emisión de la señal de 
						noticias de interés nacional denominada LN+ en todo el 
						territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA". Ello comprende 
						las grillas de programación analógicas y digitales. 
						 
						Así consta en la Resolución 2061 publicada en el Boletín 
						Oficial del 3 de abril. 
						 
						La medida tiene sustento en el Reglamento para el sector 
						aprobado por Resolución 1394 del 2016 que establece la 
						inclusión obligatoria en la grilla de programación de la 
						TV por suscripción de una serie de señales y canales, 
						entre ellas las señales catalogadas "de noticias". 
						 
						El mes pasado el Enacom dictó una medida similar en la 
						que enumeraba las señales que ingresaban en esa 
						categoría. 
						 
						LN+ forma parte del tradicional periódico y comenzó a 
						transmtir en septiembre de 2016. 
						 
  
	
						 
	
	AUTORIZARON TV POR CABLE EN PIRAN, SUCO Y SANTA 
	ANA 
	20-MAR/2017 
	
						Boletín Oficial del 13 de 
						marzo. 
						 
						Resolución 1348. OTÓRGASE a la COOPERATIVA DE 
						ELECTRICIDAD DE GENERAL PIRAN LIMITADA (C.U.I.T. N° 
						30-54571280-2), una Licencia Única Argentina Digital.
						 
              		
						Regístra el servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico. 
						 
						Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico en el área de cobertura 
						de la localidad de GENERAL PIRAN, provincia del BUENOS 
						AIRES. 
						 
						Boletín Oficial del 14 de marzo. 
						 
						Resolución 1585. AUTORÍZA a la firma MOLDES CABLE COLOR 
						SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 
						30-66906140-0), a prestar el servicio de radiodifusión 
						por suscripción por vínculo físico en el área de 
						cobertura de la localidad de SUCO, provincia de CÓRDOBA. 
						 
						Boletín Oficial del 15 de marzo. 
						 
						Resolución 1611. OTÓRGA al señor Cesar Hugo AGUIRRE 
						(C.U.I.T. Nº 20-29571022-6), una Licencia Única 
						Argentina Digital. 
						 
						Regístra el servicio de radiodifusión por suscripción 
						por vínculo físico. 
						 
						Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico en el área de cobertura 
						de la localidad de SANTA ANA, provincia de MISIONES. 
	
						  
	
						 
	
	INCLUSION DE CANALES DE NOTICIAS EN LA 
	GRILLA DE LOS SISTEMAS DE TV PAGA 
	
	
	15 -MAR/2017
	
	
						Así se desprende de la 
						Resolución 1645 del Enacom publicada en el Boletín del 
						13 de marzo. Exige que los titulares de Licencia Única 
						Argentina Digital con registro de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico, en 
						sus grillas analógicas y digitales; y de licencias de 
						comunicación audiovisual por suscripción por vinculo 
						satelital (DTH) deberán garantizar la emisión de las 
						señales de noticias de interés nacional y provincial 
						dentro de cuyo territorio se encuentren emplazados. 
						 
						El detalle es el siguiente: 
	
						  
	
						  
	
						 
	
	AUTORIZADA CABLEVISION A EXTENDER SERVICIO EN RIO TALA, 
	GOB. CASTRO Y SANTA LUCIA 
	
	
	10 -MAR/2017
	
	
						A través de la Resolución 
						1222 del Enacom la firma del Grupo Clarín fue autorizada 
						a prestar el servicio en las localidades bonaerenses de 
						RÍO TALA, GOBERNADOR CASTRO y SANTA LUCÍA. 
              
						Según cosnta en los 
						considerandos de dicho acto administrativo, publicado en 
						el Boletín Oficial del 9 de marzo, Cablevisión S.A., 
						absorvió a las firmas PARANÁ TELEVISIÓN POR CABLE 
						SOCIEDAD ANÓNIMA. SISTEMA V.C. VIDEO COLOR SOCIEDAD 
						ANÓNIMA que operaban en la localidad de SAN PEDRO. 
						 
						La solicitud de extensión del servicio a estas tres 
						localidades fue solicitada en el año 1997. 
	
						Nuevo licenciatario en 
						Tartagal 
	
						Boletín Oficial del 9 de 
						marzo.  
						 
						Resolución 1262. AUTORÍZA a la firma WAIMAX 
						TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 
						30-71117754-6), a prestar el servicio de radiodifusión 
						por suscripción por vínculo físico en el área de 
						cobertura de la localidad de TARTAGAL, provincia de 
						SALTA. 
						 
  
	
						  
	
						 
	
	flamantes licenciatarios de tv por cable en ciudades de chaco, corrientes, 
	la pampa y santiago del estero 
	02-FEB/2017 
	
						Boletín Oficial del 20 de 
						enero. 
						 
						Resolución 149. Otórga a la señora Yanina Ileana 
						MARTINEZ (C.U.I.T. Nº 23-26848166-4), una Licencia Única 
						Argentina Digital. Regístra el servicio de radiodifusión 
						por suscripción por vínculo físico. Autoríza la 
						prestación del servicio de radiodifusión por suscripción 
						por vínculo físico en el área de cobertura de la 
						localidad de TRES ISLETAS, provincia del CHACO. 
              
						Resolución 179. AUTORÍZA a 
						la firma SERVICIOS INTEGRALES DE TELEVISIÓN SOCIEDAD DE 
						RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. 30-63988789-4), a 
						prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por 
						vínculo físico en el área de cobertura de la localidad 
						de ATALIVA ROCA, provincia de LA PAMPA. 
						 
						Resolución 180. AUTORÍZA a la firma SERVICIOS INTEGRALES 
						DE TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 
						(C.U.I.T. Nº 30-63988789-4), a prestar el servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de la localidad de SANTA ISABEL, 
						provincia de LA PAMPA. 
						 
						Resolución 209. AUTORÍZA al señor José Simón MONTI 
						(C.U.I.T. Nº 20-13650594-8), a prestar el servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de la localidad de PERUGORRIA, 
						provincia de CORRIENTES. 
						 
						Resolución 210. Otórga a la empresa IBLAST SOCIEDAD 
						ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-71112083-8) integrada por el 
						señor Valerio Agustín TADINACK, con un VEINTE POR CIENTO 
						(20%) de participación accionaria, por el señor Juan 
						Carlos WENDLER con un VEINTE POR CIENTO (20%) de 
						participación accionaria, por el señor Osvaldo Fabián 
						ALEGRE con un VEINTE POR CIENTO (20%) de participación 
						accionaria, por el señor Aníbal Esteban ALEGRE con un 
						VEINTE POR CIENTO (20%) de participación accionaria y 
						por el señor Alfredo Daniel ALEGRE con un VEINTE POR 
						CIENTO (20%) de participación accionaria, una Licencia 
						Única Argentina Digital. Regístra el servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico. 
						Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico en el área de cobertura 
						de las localidades de CAMPO GALLO, TINTINA, DONADEU y 
						WEISBURO todas de la provincia de SANTIAGO DEL ESTERO. 
	
						 
	
	oficial, extension de cablevision a mariano 
	alfonzo y juncal 
	23-ENE/2017 
	
						Así lo indica la Resolución 
						178/17 del ENACOM publicada en el Boletín Oficial del 19
						 
						de enero. Según consta en sus considerandos, la 
						solicitud de extensión del servicio fue requerida en el 
						año 1993 cuando la cableoperadora era explotada por 
						TELEVISIÓN COMUNITARIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD 
						LIMITADA con cabecera en la localidad bonaerense de 
						COLON. Esta firma fue absorbida en el año 2008 por 
						CABLEVISION S.A. 
              
						Por lo tanto, la 
						cableoperadora del Grupo Clarín ya puede extender su 
						servicio a las localidades de MARIANO H. ALFONZO, 
						provincia de BUENOS AIRES, y JUNCAL, provincia de SANTA 
						FÉ. 
						 
						El artículo 2º emplaza a la firma a presentar dentro de 
						180 días corridos tanto la copia autenticada de las 
						ordenanzas o resoluciones municipales pertinentes que 
						autoricen el tendido aéreo de la red exterior del 
						sistema como la autorización del organismo o empresa 
						propietaria de los postes a utilizarse para la fijación 
						de la red. 
						 
						Moldes 
						 
						En la misma edición del Boletín Oficial la Resolución 
						197 AUTORIZO a la firma MOLDES CABLE COLOR SOCIEDAD DE 
						RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. Nº 30-66906140-0), a 
						prestar el servicio de radiodifusión por suscripción por 
						vínculo físico en el área de cobertura de la localidad 
						de MALENA, provincia de CÓRDOBA. 
  
	
						  
	
						 
	
	enacom reasigna canales de uhf codificado en 
	carboni, san rafael, cordoba capital y san miguel de tucuman 
	11-ENE/2017 
	
						En el Boletín Oficial del 9 
						de enero el Enacom publicó las siguientes resoluciones a 
						través de las cuales reasignó canales a licenciatarios 
						de servicios de televisión por suscripción que operan en 
						la banda de UHF en las localidades de Antonio Carboni, 
						San Rafael, Ciudad de Córdoba y San Miguel de Tucumán. 
						Todo ello con motivo de la reorganización del espectro 
						radioeléctrico con el objetivo de liberar la porción 
						conocida como banda de 700 que será destinada a 
						telefonía móvil. 
              
						 
						Resolución 37 
						
						https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157472/20170109
						 
						 
						Resolución 9614 
						
						https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157471/20170109
						 
						 
						Resolución 9701 
						
						https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157469/20170109
						 
						 
						Resolución 9703 
						
						https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/157470/20170109
						 
	
						 
	
	cooperativas, flamantes licenciatarias de tv 
	por cable en las higueras, capiovi, puerto rico, ticino y bengolea 
	10-ENE/2017 
	
                      Boletín Oficial del 2 de 
						enero. 
						 
						Resolución 9683. Otórga a la COOPERATIVA DE 
						ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LIMITADA LAS 
						HIGUERAS (CUIT Nº 33-54576117-9), Licencia Única 
						Argentina Digital.  
						 
						Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico en el área de cobertura 
						de la localidad de LAS HIGUERAS, provincia de CÓRDOBA. 
						 
						Boletín Oficial del 3 de enero. 
						 
						Resolución 9625. Regístrese a nombre de la COOPERATIVA 
						LUZ Y FUERZA DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN LIMITADA 
						(CUIT Nº 30-54574326-0) en el Registro de Servicios 
						previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I 
						del Decreto Nº 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, 
						el servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo 
						físico. 
						 
						Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico en las áreas de cobertura 
						de las localidades de CAPIOVI y PUERTO RICO, ambas de la 
						provincia de MISIONES. 
						 
						Boletín Oficial del 6 de enero. 
						 
						Resolución 10204. REGISTRESE a nombre de la COOPERATIVA 
						DE SERVICIOS PUBLICOS VIVIENDA Y CREDITO TICINENSE 
						LIMITADA (CUIT Nº 30-54576049-1), en el Registro de 
						Servicios previsto en el apartado 5.4 del Artículo 5º 
						del Anexo I del Decreto Nº 764/00. 
						 
						Autorízase la prestación del servicio de radiodifusión 
						por suscripción por vínculo físico en el área de 
						cobertura en la localidad de TICINO, provincia de 
						CORDOBA. 
						 
						Resolución 10199. Regístre a nombre de la COOPERATIVA DE 
						PROVISION DE ELECTRICIDAD, OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES DE 
						CREDITO Y VIVIENDA BENGOLEA LIMITADA (CUIT Nº 30- 
						54576001-7), en el Registro de Servicios previsto en el 
						apartado 5.4 del Artículo 5º del Anexo I del Decreto 
						Nº 764/00.  
						 
						Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico en el área de cobertura 
						en la localidad de BENGOLEA, provincia de CORDOBA. 
	
                       
	
	CABLEOPERADORA FUEGINA OBTIENE AVAL OFICIAL 
	PARA EXTENDER SERVICIO 
	06-ENE/2017 
	
                      En el Boletín Oficial del 3 
						de enero el Enacom publicó la Resolución 9630 a través 
						de la cual autorizó a la firma TV FUEGO SOCIEDAD ANÓNIMA 
						(C.U.I.T. Nº 30-61000410-1), a prestar el servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de la localidad de TOLHUIN, provincia 
						de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO 
						SUR. 
              
                      Según consta en uno de los 
						considerandos del acto administrativo, el 26 de octubre 
						de 2010 la firma TV FUEGO SOCIEDAD ANÓNIMA efectuó una 
						solicitud para la obtención de una extensión de licencia 
						del entonces denominado servicio de comunicación 
						audiovisual por suscripción por vínculo físico en la 
						localidad de TOLHUIN. 
						 
						TV FUEGO SOCIEDAD ANÓNIMA es titular de una Licencia 
						Única Argentina Digital, con registro del servicio de 
						Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico en 
						el área de cobertura de la localidad de RÍO GRANDE, 
						provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL 
						ATLÁNTICOSUR, originariamente adjudicada mediante 
						Resolución Nº 397-COMFER/84 
						 
						Por último, el artículo 2º de la resolución le exige a 
						la licenciataria presentar dentro de 180 días tanto la 
						copia autenticada de la ordenanza o resolución municipal 
						que autorice el tendido aéreo de la red exterior del 
						sistema como la autorización del organismo o empresa 
						propietaria de los postes a utilizarse para la fijación 
						de la red, bajo apercibimiento de caducidad de la 
						autorización. 
  
	
                       
	
	FLAMANTES LICENCIATARIOS DE TV POR CABLE EN BARRANCAS, GRAN GUARDIA, 
	CONCEPCION DEL URUGUAY, BARILOCHE, VILLA CAÑAS Y VILLA MEDIA AGUA 
	
	27-DIC/2016 
	
	Boletín Oficial 
	del 19 de diciembre 
	 
	Resolución 8961. Otórga al señor Osvaldo Antonio Juan OLMEDO (CUIT Nº 
	23-14654982-9) Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del 
	servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de 
	cobertura de las localidades de BARRANCAS y MARIANO MORENO, ambas de la 
	provincia de NEUQUÉN. 
	 
	Resolución 8962. Otórga al señor José Eleuterio GONZÁLEZ (CUIT Nº 
	20-13096795-8) Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del 
	servicio de radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de 
	cobertura de la localidad de GRAN GUARDIA, provincia de FORMOSA. 
	 
	Resolución 8966. Otórga a la firma VIDEO DIGITAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD 
	LIMITADA (CUIT Nº 30-71469658-7) integrada por el señor Juan Pablo JUYERO 
	MIRANDA con un NOVENTA POR CIENTO (90 %) del capital social y por el señor 
	Juan Rafael JUYERO, con un DIEZ POR CIENTO (10 %) del capital social, 
	Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de 
	radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de 
	la localidad de CONCEPCIÓN DEL URUGUAY, provincia de ENTRE RÍOS. 
	 
	Resolución 8974. Otórga a la firma INTERCABLE TELEVISORA COLOR SOCIEDAD 
	ANÓNIMA (CUIT N° 30-68071253-7), integrada por el señor Raúl LÓPEZ con un 
	TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES POR CIENTO (33,33 %) de participación 
	accionaria; por la señora Mónica Isabel UBIRIA con un TREINTA Y TRES CON 
	TREINTA Y TRES POR CIENTO (33,33 %) de participación accionaria, y por el 
	señor Ricardo Alberto MASINI, con un TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES POR 
	CIENTO (33,33 %) de participación accionaria, Licencia Única Argentina 
	Digital. Autoríza la prestación del servicio de radiodifusión por 
	suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de la localidad de 
	VILLA CAÑÁS, provincia de SANTA FE. 
	 
	Resolución 8976. Otórga a la firma BTC SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 
	33-63154016-9), integrada por la firma SUPERCANAL SOCIEDAD ANÓNIMA con un 
	OCHENTA POR CIENTO (80%) de participación accionaria, y el señor Carlos 
	Alberto FERNANDEZ con un VEINTE POR CENTO (20%) de participación accionaria, 
	Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de 
	radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de 
	la localidad de SAN CARLOS DE BARILOCHE, provincia de RÍO NEGRO. 
	 
	Resolución 8977. Otórga al señor Nicolás Andrés NOVI (CUIT N° 20-29422325-9) 
	Licencia Única Argentina Digital. Autoríza la prestación del servicio de 
	radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el área de cobertura de 
	las localidades de VILLA MEDIA AGUA y LOS BERROS, ambas de la provincia de 
	SAN JUAN. 
  
	
	  
	
	 
	
	LICENCIAS PARA OPERAR TV POR CABLE OTORGADAS EN LUJAN, SAN ANTONIO, SANTA 
	ELENA, HERNANDARIAS Y PIEDRAS BLANCAS 
	
	21-DIC/2016 
	
                      Boletín Oficial del 15 de 
						diciembre. 
						 
						Resolución 8240. Otorga a la COMISIÓN VECINAL TELEVISORA 
						SAN ANTONIO Y CASTELLANOS - COVETSAC (CUIT Nº 
						30-65908413-5) Licencia Única Argentina Digital. 
						Autoriza la prestación del servicio de radiodifusión por 
						suscripción por vínculo físico en el área de cobertura 
						de la localidad de SAN ANTONIO, provincia de SANTA FE. 
						 
						Resolución 8258. Otorga al señor Jorge Alberto CRISTAL 
						(CUIT Nº 20-08629920-9) Licencia Única Argentina 
						Digital. Autoriza la prestación del servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de la localidad de LUJAN, provincia de 
						SAN LUIS. 
						 
						Resolución 8259. Otorga al señor Renato OJEDA GÓMEZ 
						(CUIT Nº 20-24774272-8) Licencia Única Argentina 
						Digital. Autoriza la prestación del servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de la localidad de SANTA ELENA, 
						provincia de ENTRE RÍOS. 
						 
						Resolución 8325. Otorga a la firma TELEVISORA 
						HERNANDARIAS COLOR SOCIEDAD DE 
						RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT Nº 30-64781820-6) 
						Licencia Única Argentina Digital. Autoriza la prestación 
						del servicio de radiodifusión por suscripción por 
						vínculo físico en el área de cobertura de las 
						localidades de HERNANDARIAS y PIEDRAS BLANCAS, ambas de 
						la provincia de ENTRE RÍOS. 
	
                       
	
	CONSTRUIR TV Y QM NOTICIAS, INCLUIDAS EN EL MUST-CARRY 
	
	21-DIC/2016 
	
                      El Enacom resolvió que la 
						señal Construir TV, que opera el sindicato UOCRA, sea 
						incluída en todos los sistemas de televisión por 
						suscripción del país; en tanto QM Noticias sólo en 
						servicios que funcionan en la Provincia de Buenos Aires. 
						Así consta en las Resoluciones 9022 y 9229 publicadas en 
						el Boletín Oficial del 20 de diciembre. 
						 
						El ente regulador hace una interpretación amplia del 
						concepto de must-carry contemplado en el REGLAMENTO 
						GENERAL DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN POR 
						SUSCRIPCIÓN MEDIANTE VÍNCULO FÍSICO Y/O RADIOELÉCTRICO. 
						El mismo obliga la inclusión en la grilla de “las 
						emisiones de los servicios licenciatarios de televisión 
						abierta de origen cuya área de cobertura coincida con el 
						Área de Cobertura del servicio” y las señales “de 
						noticias nacionales, individualizadas como tales por el 
						ENACOM en el marco de la definición indicada en el 
						artículo 1° del presente”. 
						 
						Al respecto, dicho Reglamento define a la señal de 
						noticias nacionales como la “de contenidos 
						audiovisuales, cuyo contenido programático está 
						empaquetado y presenta como eje temático las noticias, 
						incluyendo programación cuyos contenidos prioritarios 
						son los informativos, estructurándose los mismos en 
						diversos formatos: noticieros, periodístico, mesas de 
						opinión, etc. relativos al acontecer del país en los 
						diferentes aspectos del orden socio político y 
						económico, cultural y deportivo, tanto en lo macro como 
						en lo micro (ya sea regional, provincial, local)”.  
						 
						En base a esta definición el Enacom entiende que resulta 
						aplicable sobre sendas señales, "toda vez que la misma 
						se encuentra expresamente contenida por los términos en 
						que han sido allí definidas y ya ha sido expresamente 
						reconocida como de inclusión obligatoria". 
						 
						En definitiva, dichas resoluciones no hacen más que 
						replicar similares dictadas por la extinguida AFSCA en 
						el año 2013. 
						 
						Cabe resaltar que ambas señales además operan como 
						licenciatarios de TV en formato digital. Construir TV 
						opera en el canal digital 26.2 en la Ciudad de Buenos 
						Aires, mientras que QM noticias, del Grupo Cielo, 
						funciona en la ciudad de La Plata. Ambas licencias 
						fueron adjudicadas en los últimos días del gobierno 
						kirchnerista. 
	
                       
	
	OPERADORES DE TV PAGA: ENACOM AMPLIA PLAZOS PARA LA PRESENTACION DE 
	DOCUMENTACION 
	
	16-DIC/2016 
	
                      A través de la Resolución 
						8979, publicada en el Boletín Oficial del 15 de 
						diciembre, el Enacom otorgó una prórroga de 30 días 
						hábiles para que los licenciatarios de TV Paga (todos 
						menos satelital) den cumplimiento a determinadas 
						obligaciones. 
              
                      Esto es:  
						 
						- Declaración Jurada exigida en la Resolución 427/16 que 
						establece el trapaso a licencias TIC y que definió el 
						tratamiento procesal administrativo de diversas 
						solicitudes que involucraban licencias y/o extensiones y 
						ampliaciones correspondientes a los servicios por 
						suscripción por vínculo físico o radioeléctrico 
						pendientes de resolución. 
						 
						- Información sobre el área de cobertura originaria y, 
						si las hubiere, las unidades territoriales 
						complementarias y/o extensiones de aquella en las que se 
						encuentren prestando el servicio, a través del 
						aplicativo disponible al efecto en la página web del 
						ENACOM. 
						 
						- Presentación de la opción por la continuación de la 
						operación del servicio en los términos de la Resolución 
						432-AFSCA/11 o su adecuación a las previsiones del 
						Reglamento aprobado por la Resolución 1394-ENACOM/16.
						 
						 
						La decisión de extender los plazos previstos fue tomada 
						porque se verificó que "...un alto porcentaje de 
						trámites que no han sido ratificados, registrados o 
						cuyas opciones no se han ejercido". 
	
                       
	
	PRIMERA REUNION DE LA UNION DE CABLEOPERADORES PYMES 
	LATINOAMERICANOS 
	
	16-DIC/2016 
	
	
	
                      El pasado viernes 9 de 
						diciembre, por la tarde, en la Hosteria del Parque, 
						ciudad de San José, Uruguay, se celebró la reunión de la 
						Unión de Cableoperadores Pymes Latinoamericanos (UOL) 
						con la presencia de integrantes de las Cámaras socias. 
						 
						La actividad convocó a representantes de cableoperadoes 
						de Argentina y Paraguay, que junto a Uruguay sentaron 
						las bases para el trabajo conjunto, designaron las 
						autoridades y labraron el acta constitutiva de la UOL. 
	
                        
	
                       
						Los representantes de Chile (TVCCH) no pudieron 
						concurrir pero a través de poderes avalaron las 
						decisiones tomadas.  
						 
						Los principales puntos tratados fueron los siguientes: 
	
                      El nombre de la misma será, 
						Unión de Cableoperadores Pyme Latinoamericanos. 
						 
						La Presidencia y Secretaria será ocupada de forma 
						rotativa cada seis meses por cada Asociación miembro y 
						por orden alfabético, por lo que asumió la Presidencia 
						Marcelo Tulissi y la Secretaria Hugo Genovesio ambos por 
						CACPY de Argentina. 
						 
						Las demás Cámaras conforman la comisión directiva a 
						través de sus presidentes Washington Melo (Cuta), 
						Cristian Zuleta Vega (TVCCH) y Félix Ricardo Morlas 
						(ACIP) y sus respectivos Secretarios. 
						 
						Se fijó la Sede de la UOL en la República Oriental del 
						Uruguay. 
						 
						Las decisiones serán tomadas por consenso.  
						 
						Los constituyentes y/o fundadores han manifestado, que 
						para dar un inicio responsable y serio a la entidad sin 
						ánimo de lucro que se constituye UNION DE 
						CABLEOPERADORES PYMES LATINOAMERICANOS, UOL, establecen 
						como principios fundadores los siguientes: 
						 
						La defensa de los intereses comunes del sector pymes de 
						la cámara integrantes de televisión por cable y 
						telecomunicaciones. 
						 
						El desarrollo, fomento y protección de empresas pymes de 
						cableoperadores pymes en Latinoamérica, generando 
						cambios en la actividad de autoridades, organismos 
						gubernamentales y entes regulatorios de los Países 
						miembros, como también en sus actuales normativas 
						regulatorias. 
						 
						El trabajo conjunto en la obtención de políticas 
						comerciales no predatorias, discriminatorias ni 
						atentatorias contra la libre competencia por parte de 
						proveedores de contenidos y servicios de 
						telecomunicaciones en general.  
						 
						La denuncia y publicidad de actos atentatorios contra la 
						libre competencia que afecten a empresas de 
						cableoperadores pymes de Países miembros. 
						 
						El desarrollo sustentable de la industria de 
						telecomunicaciones en Latinoamérica  
						Los anteriores principios fundadores del Unión de Cables 
						UOL constituyen el espíritu de la misma y nutrirán su 
						actuar futuro.  
	
                      Fuente: Cacpy 
	
                       
						 
	
	OTORGAN LICENCIAS DE TV POR CABLE EN 
	CONCEPCION, GRAL. MADARIAGA Y SAN JUSTO 
	
	15-DIC/2016 
	
	En el Boletín Oficial del 12 de diciembre el 
	ENACOM publicó los siguientes actos administrativos. 
              		
                      
						Resolución 8177. Otórga a la firma 
						CONCEPCIÓN COMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 
						Nº 30-71211007-0) - integrada por Gustavo Aníbal Gabriel 
						OLARTE con un SESENTA POR CIENTO (60%) de participación 
						accionaria, Miriam Edith ROLANDI con un VEINTE POR 
						CIENTO (20%) de participación accionaria, Paula OLARTE 
						con un DIEZ POR CIENTO (10%) de participación accionaria 
						y Belén OLARTE con un DIEZ POR CIENTO (10%) de 
						participación accionaria - Licencia Única Argentina 
						Digital. 
						 
						
						
						Autoríza la prestación del servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de la localidad de CONCEPCIÓN, 
						provincia de TUCUMÁN. 
						 
						
						
						Resolución 8185. Otórga a la firma CRECER 
						SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (en formación), 
						integrada por el señor Jorge Alberto CRISTAL (CUIT 
						Nº 20-08629920-9) con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del 
						capital social, y por el señor Guillermo Patricio RODERO 
						(CUIT Nº 20-11455281-0) con un CINCUENTA POR CIENTO 
						(50%) del capital social, Licencia Única Argentina 
						Digital.  
						 
						
						
						Autoríza la prestación del servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de la localidad de GENERAL JUAN 
						MADARIAGA, provincia de BUENOS AIRES. 
						 
						
						
						Resolución 8266. Otórga a la ASOCIACIÓN 
						MUTUAL DE AYUDA ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB 
						COLÓN DE SAN JUSTO (CUIT Nº 30-64487674-4), Licencia 
						Única Argentina Digital.  
						 
						
						
						Autoríza la prestación del servicio de 
						radiodifusión por suscripción por vínculo físico en el 
						área de cobertura de la localidad de SAN JUSTO, 
						provincia de SANTA FE. 
						
						
						  
	
                        
	
                       
	
	SANTA FE. CLAUSURARON LOCAL DONDE FUNCIONABA 
	CABLEOPERADORA ILEGAL 
	13-DIC/2016 
	
                      El Gobierno de la Ciudad, a 
						través de la Secretaría de Control, dispuso la clausura 
						preventiva de un local ubicado en calle Demetrio Gómez 
						S/N de Alto Verde por distribuir de manera ilegal el 
						servicio de cable en el barrio costero. La medida se 
						hizo efectiva este lunes por la mañana y, de acuerdo a 
						lo establecido en la resolución, responde a que el 
						inmueble no contaba con la habilitación municipal 
						pertinente para desarrollar el emprendimiento comercial 
						en cuestión. Por tal motivo, además, se ordenó el 
						“secuestro preventivo de los bienes cuya utilización 
						sirviere para el funcionamiento en contravención con las 
						normas vigentes y el ejercicio irregular de la 
						actividad”. 
						 
						El secretario de Control del Gobierno de la Ciudad, 
						Ramiro Dall’Aglio, explicó al respecto que “el local 
						estaba funcionando sin las habilitaciones 
						correspondientes. La inspección se realizó de forma 
						coordinada entre inspectores municipales y personal del 
						Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), con apoyo de 
						Prefectura. Constatamos que realizaban la prestación 
						clandestina del cable en el barrio y, por tanto, 
						procedimos a clausurar el local y a decomisar el 
						dispositivo con el que distribuían el servicio”. En esta 
						línea, el funcionario completó: “Luego radicamos la 
						denuncia policial para garantizar que no se siga 
						prestando el servicio de esta manera manera y, además, 
						notificamos a la empresa oficial de cable para que sus 
						responsables estén al tanto que estaban funcionando a 
						través de un comercio ilegal”.  
	
                        
	
                      Fuente: Agenciafe 
	
                      
	 
	CABLEOPERADORES DE 
	ARGENTINA, PARAGUAY, CHILE Y URUGUAY FUNDARON LA CAMARA UOL 
	23-NOV/2016 
	
                      Según informa la Cámara de 
						Cableoperadores Pymes en su página web, días pasados en 
						Santiago de Chile, en el marco de un evento, quedó 
						conformada la UNIÓN DE CÁMARAS DE OPERADORES 
						LATINOAMERICANA PYMES (UOL) conformada por CACPY 
						Argentina, CUTA Uruguay, TVCC de Chile y ACIP de 
						Paraguay.  
						 
						Esta cámara tendrá como finalidad la defensa del sector 
						PYMES de TV por Cable y Telecomunicaciones, representada 
						por Marcelo Tulissi de Argentina, Washington Melo de 
						Uruguay, Félix Ricardo Morla Benítez de Paraguay y 
						Cristian Zuleta Vega de Chile Presidentes de cada 
						Cámara.  
						 
						Los principales puntos en su primera etapa fueron 
						referente a los precios y calidad de contenidos, el 
						análisis de futuras fusiones de Empresas Multinacionales 
						de contenidos y su concentración, el trabajo en conjunto 
						ante los distintos gobiernos sobre el marco regulatorio 
						y organismos de los países involucrados. 
	
                        
	
                        
	
                       
	CABLEOPERADORES APOYAN LA 
	CONVERGENCIA, PERO NO LA CONCENTRACION 
	01-NOV/2016 
	
                      Un núcleo importante de 
						empresas prestadoras del servicio de televisión por 
						cable planteó al Gobierno que revise los plazos y 
						condiciones que permiten el ingreso de las compañías de 
						telecomunicaciones, para no lograr que las nuevas 
						inversiones buscadas para el sector terminen siendo 
						sustitutivas y pongan en riesgo desde puestos de trabajo 
						hasta la necesaria pluralidad de voces.  
              		
                      Esta posición fue hecha 
						pública en el marco de la Jornada Nacional del Cable 
						realizada el jueves pasado en Costa Salguero, con la 
						organización de Prestadores Argentinos de Servicios 
						Audiovisuales y de Telecomunicaciones (Pasat). 
						 
						Parte de estas condiciones ya fueron reclamadas en
						la última edición de las Jornadas 
						Internacionales realizada en septiembre. 
						 
						Según consigna el periodico El Cronista, el 
						cableoperador David Matzkin señaló que, sin contar a 
						Cablevisión y a DirectTV, las Jornadas representaron a 
						90% del mercado de la televisión por suscripción, con 
						más de 1,5 millones de clientes y 12.000 trabajadores. 
						"Somos pro-convergentes, nuestras empresas fueron 
						pioneras en converger servicios", pero agregó luego que 
						el Gobierno debe atender a otras realidades antes de dar 
						paso a una desregulación total. "Resulta necesario 
						reconsiderar las condiciones y el plazo para que las 
						actuales licenciatarias de telefonía, fija y móvil, que 
						incuestionablemente se encuentran en una situación de 
						poder significativo de mercado, puedan prestar el 
						servicio de radiodifusión por suscripción, mediante 
						vínculo físico y/o mediante vínculo radioeléctrico. 
						Podría considerarse exiguo el plazo contemplado en el 
						art. 94 de la Ley 27.078, modificado por el artículo 10 
						del decreto 267/15, que en principio habilitaría a 
						extenderlo a cinco años, prorrogable por un plazo igual, 
						conforme las condiciones de mercado del área que se 
						trate". 
						 
						"Somos cientos de empresas que invertimos y sumamos 
						nuevos puestos de trabajo, y requerimos evitar caer en 
						el grave e irreparable error estratégico por el cual, 
						creyendo fomentar una política de inversiones del 
						exterior, con el objetivo de ampliar la cantidad de 
						prestadores de nuevos servicios que se sumen a los ya 
						existentes nacionales, sólo se consiga provocar el 
						ingreso de unas pocas grandes empresas extranjeras que, 
						obtengan de inmediato un desproporcionado poder de 
						mercado por la lógica consecuencia de sumar, a la 
						magnitud de su propio volumen empresario, las 
						facilidades operativas y estratégicas que las 
						reglamentaciones administrativas les brinden para su 
						instalación". En este contexto, Matzkin advirtió el 
						riesgo de que "las tan anheladas inversiones en el 
						sector terminarán siendo meramente sustitutivas, por no 
						sumarse a las existentes, sino que provocarán nuestro 
						desplazamiento del mercado". 
						 
						"Necesitamos que la legislación genere igualdad de 
						condiciones económicas entre prestadores, con igual 
						capacidad de competir en mercados semejantes, analizando 
						límites en el ingreso a la televisión por suscripción y 
						fijar restricciones al acceso a nuevas licencias de DTH 
						para aquellos prestadores con porcentajes significativos 
						del mercado. Nuestras empresas necesitan ampliar el 
						plazo del ingreso de las telcos, a nuestro mercado, 
						prorrogable, conforme las condiciones de mercado del 
						área que se trate". 
	
                      "Se debe permitir toda la 
						competencia posible, pero preservando a las empresas de 
						similar rango económico y capacidad de prestación", 
						concluyó. 
	
                       
	EL GOBIERNO COORDINO CON 
	EL SECTOR TIC LA BUSQUEDA DE INVERSIONES EN EE.UU. 
	31-OCT/2016 
	
                      El jueves 27 de octubre el 
						presidente de CATEL Ariel Fernández Alvarado, participó 
						de un encuentro en Casa Rosada junto al presidente de la 
						Nación Mauricio Macri, el ministro de Comunicaciones 
						Oscar Aguad, el titular del ENACOM, Miguel de Godoy, su 
						director Heber Martínez y su gerente Agustín Garzón, el 
						director Nacional de Inversiones Esteban Vainer, la 
						Secretaria de Promoción de Inversiones Clarisa Estol y 
						el presidente de ARSAT Rodrigo de Loredo. Asistieron a 
						la reunión representantes de las principales 
						organizaciones del sector de las telecomunicaciones y 
						medios de comunicación del país. 
              
                      El motivo del encuentro giró 
						en torno a la misión de promoción del sector TIC 
						argentino que se realizará la entre el lunes y el jueves 
						de la próxima semana en los Estados Unidos, en la cual 
						CATEL estará participando. 
						 
						En palabras del presidente de la Nación, el objetivo es 
						seguir posicionando a la Argentina como un destino 
						atractivo para inversiones de Tecnologías de la 
						Información y las Comunicaciones (TIC) y es "una 
						continuación" del Foro de Inversiones y Negocios 
						realizado a mediados de septiembre en Buenos Aires. 
						El ministro Aguad señaló: "Argentina tiene un gran 
						atraso tecnológico, una asimetría incluso en la región. 
						Este es un país que está abierto a las inversiones, 
						porque necesitamos que todo el país esté conectado a la 
						banda ancha de de la nueva tecnología, vamos a auspiciar 
						y favorecer las nuevas tecnologías". 
						 
						Próximamente se emitirán nuevas pautas acerca de temas 
						de máxima relevancia para el sector de TIC. El ministro 
						Aguad señaló a este respecto que la decisión 
						presidencial es "cuidar y defender" a los operadores más 
						pequeños (pymes y cooperativas del interior, 
						principalmente) que "representan a un porcentaje muy 
						grande del país, a un 30% de la población que vive en 
						esos territorios". 
						 
						En la agenda de reuniones para la misión de promoción 
						del sector TIC se encuentran fondos de inversión y 
						empresas del negocio de las telecomunicaciones tales 
						como At&T, Viacom, Cisco, Millicom, Apple, el grupo de 
						inversores PJT Partners, y con el grupo de bancos de 
						inversión BCIU. 
						 
						También se formará parte de un grupo reducido de trabajo 
						sobre la Economía Digital con la FCC (Comisión Federal 
						de Comunicaciones), que resulta particularmente 
						interesante para las cooperativas puesto que uno de los 
						temas a plantear es la asignación de espectro para 
						pequeños operadores. 
						 
						Actualmente, las cooperativas de telecomunicaciones se 
						encuentran a la espera de novedades en cuanto a la 
						correcta presentación de la oferta de referencia por 
						parte de las empresas de telefonía móvil. Se trata de un 
						elemento vital en el proyecto de implementación de 
						Operación Móvil Virtual Cooperativo. No menos importante 
						resulta el factor de que aún ninguna de las cooperativas 
						nucleadas en CATEL haya obtenido la registración de este 
						servicio. Cabe destacar que ya se han cumplido las 
						investigaciones técnicas, comerciales, se ha 
						seleccionado la plataforma y se cuenta ya con los fondos 
						suficientes para montar la solución técnica para 
						comenzar a brindar el servicio. Sólo restan de este modo 
						la obtención de los permisos y la suscripción de 
						acuerdos con los Operadores Móviles de Red. 
						 
						Otro de los proyectos en los que se encuentran enfocadas 
						las cooperativas es el de Carrier Grade WiFi para 
						brindar datos móviles de calidad y que será parte vital 
						de la infraestructura que se aportaría para el proyecto 
						de OMV. 
	
                      Fuente: Catel 
	
                       
	ACUERDO ESTRATEGICO ENTRE 
	ARSAT Y COLSECOR 
	10-OCT/2016 
	"Esta tarea de llevar futuro 
	a cada argentino la estamos realizando a paso sostenido, y la firma de este 
	convenio con Colsecor representa un importante avance en este sentido", 
	afirmó el titular de Arsat, Rodrigo de Loredo. 
              El acuerdo 
				establece que Arsat brindará a Colsecor (Cooperativa de 
				Provisión y Comercialización de Servicios Comunitarios de 
				Radiodifusión) servicios de transporte multicast y provisión de 
				internet, para permitir a las cooperativas que forman parte de 
				esa entidad sumar señales a través del transporte de la Red 
				Federal de Fibra Óptica. 
				 
				Por su parte, Colsecor asume el compromiso de conectar en una 
				primera etapa un mínimo de 50 localidades, a las cuales le 
				brindará servicios de Internet y de televisión en alta calidad 
				en imagen y sonido. 
				 
				El acuerdo cuenta con una cláusula de inclusión digital mediante 
				la cual Colsecor se compromete con Arsat a proveer, a través de 
				sus cooperativas y en las localidades con hasta 10 mil 
				habitantes, conectividad gratuita a establecimientos públicos 
				como escuelas, dispensarios y centros de salud, y comisarías, 
				entre otros, así como a contribuir a la modernización de los 
				entes y administraciones públicas de dichas localidades. 
				 
				Colsecor, entidad que nuclea a más de 200 cooperativas y pymes 
				en todo el país, y que llega a más de 280 mil hogares, pasó a 
				convertirse en socio estratégico de Arsat en su objetivo de 
				desarrollar la banda ancha en el interior del interior a costos 
				accesibles, según se informó. 
				 
				De Loredo subrayó que "desde Arsat impulsamos un proyecto 
				cooperativo, en defensa de los pueblos. Ponemos a disposición de 
				cooperativas y pymes un servicio de internet con una tarifa 
				plana y competitiva para que juntos podamos disminuir la brecha 
				digital y potenciar la actividad productiva, económica, cultural 
				y educativa de nuestros pueblos y ciudades". 
				 
				"Este fue el cometido del comienzo del Plan Federal: que una red 
				que estaba conectada sólo a 17 localidades y daba servicio en 
				sólo 6.500 de sus 32.000 Km, llevara internet al 30% de los 
				argentinos que viven en el 70 por ciento del territorio 
				nacional", afirmó. 
				 
				Además de Colsecor, Arsat ya firmó convenios similares con Red 
				Intercable, que nuclea a cooperativas cableras, y con el 
				gobierno de Chubut, para que abastezca a las cooperativas de esa 
				provincia, entre otros. 
	
	Fuente: Minutouno  
	  
             
	MERCADO DE LA TV PAGA CAE EN BRASIL, ARGENTINA  
	Y ESTADOS UNIDOS 
	29-SEP/2016 
	
                      O Brasil ainda é o maior 
						mercado da América Latina, mas poderá ser ultrapassado 
						em breve pelo México, que está crescendo a taxa de dois 
						dígitos. 
						 
						 
						
						  
						 
						 
						Mercado de 
						TV paga 1 trimestre 2016 (milhões). Fonte- OTI 
						 
						 
						O número de clientes de TV por assinatura da região 
						Iberoamericana (que inclui os países da América Latina e 
						Estados Unidos, além de Portugal e Espanha) caiu no 
						Brasil, Argentina e Estados Unidos, no primeiro 
						trimestre de 2016 em relação ao mesmo período do ano 
						passado. Nos demais países, houve crescimento no 
						tvmercado, apontou a Organização de Telecomunicações da 
						Iberoamérica (OTI). Conforme a entidade, no primeiro 
						trimestre deste ano, havia 179 milhões de assinaturas de 
						TV nesses países. 
						 
						O mercado brasileiro de TV por assinatura apresentou uma 
						retração de 3,9% no primeiro trimestre deste ano, em 
						relação a 2015, passando para 21, 2 milhões de clientes. 
						O Brasil é maior mercado da América Latina, mas poderá 
						ser ultrapassado dentro de alguns meses pelo México, que 
						apresentou taxa de crescimento de 13,5% no período e já 
						está com 18,8 milhões de assinantes, conforme a 
						entidade. A Argentina, também em retração, está com uma 
						base de assinantes de 11,877 milhões. 
						 
						O Paraguai é o país que apresenta maior crescimento de 
						market share – com incremento de 23,2% no trimestre. 
						 
						Os Estados Unidos, por sua vez, apresentaram uma ligeira 
						queda no período, de 0,9%, mas continuam a ser o mais 
						importante mercado de TV por assinatura das Américas, 
						com 94,5 milhões de assinantes. A redução do mercado 
						norte-americano não se deve à crise econômica, como nos 
						casos brasileiro e argentino, mas à substituição das 
						assinaturas de programas em grade por programas sob 
						demanda. 
	
	Fuente: Telesintese-Plantão  
	  
	
                        
	
                       
	RED INTERCABLE CONTRATO LOS SERVICIOS DEL ARSAT II 
	13-JUN/2016 
	
                      LA EMPRESA RED INTERCABLE 
						CONTRATÓ LOS SERVICIOS DEL SATÉLITE ARGENTINO ARSAT II, 
						LO QUE PERMITIRÁ A LAS PYMES CABLERAS QUE LA INTEGRAN 
						INCREMENTAR SU COMPETITIVIDAD Y "RESISTIR LOS PROCESOS 
						DE CONCENTRACIÓN" QUE CARACTERIZAN AL SECTOR DE 
						INTERNET, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES. 
						 
						Así lo consignó esta tarde el titular de la empresa 
						estatal de soluciones satélitales, Rodrigo de Loredo, 
						quien explicó que las pymes cableras, las cooperativas 
						de telecomunicaciones y los proveedores de acceso a 
						internet chicos, son considerados "socios colaborativos 
						del objeto publico de Arsat, que es brindar conectividad 
						a todos y evitar procesos de concentración". 
              
                      La Red Intercable nuclea a 
						230 pymes con presencia en 580 localidades de 21 
						provincias argentinas, que prestan servicios de 
						televisión e internet a más de 600.000 hogares. 
						 
						La red adquiró a largo plazo 144 Megahertz de capacidad 
						en Arsat II, lo que le permitirá "resistir los procesos 
						de concentración y que tengan alta competitividad 
						fundamentalmente por el rol de las pymes cooperativas 
						complementarias a las grandes empresas de 
						telecomunicaciones, porque están dando servicio en las 
						zonas menos pobladas del país". 
						 
						El monto del contrato se enmarca en los cuadros 
						tarifarios generados por esta gestión en Arsat, y los 
						144 Megahertz representan el 15% de la capacidad del 
						satélite en la banda Ku. 
						 
						El titular de la Red Intercable, Jorge Di Biasio, dijo 
						que este tipo de acuerdo que beneficia a pymes sólo 
						puede ser dado "por una empresa argentina". 
						 
						"Nuestra organización promueve la integración y sinergia 
						de sus miembros como forma efectiva de mejorar la 
						competitividad individual de los mismos, razón por la 
						cual, el acuerdo con Arsat adquiere un valor estratégico 
						para cientos de cables PyMEs que operan en la mayoría de 
						las provincias del país", destacó Di Blasio. 
						 
						Remarcó que "afortunadamente, se ha priorizado preservar 
						el patrimonio del Estado, al servicio de quienes pueden 
						articular seriamente con la gente y cumplir con todas y 
						cada uno de las obligaciones contractuales contenidas en 
						el acuerdo". 
						 
						Tras asegurar que este convenio es el primer paso de la 
						"sinergia" entre Arsat y la red, Di Biasio enfatizó que 
						"una vez más, las pymes se muestran dispuestas a 
						contribuir eficazmente con la dinámica de desarrollo del 
						país. Esta vez, para potenciar el Plan Federal de 
						Internet, de manera tal de incrementar su penetración y 
						llevar servicios de calidad con tendencia a la 
						excelencia a todas las localidades del territorio 
						nacional". 
						 
						El plan federal de internet, anunciado por el presidente 
						Mauricio Macri tiempo atrás, prevé llegar en dos años a 
						1.200 localidades de menos de 100.000 habitantes con el 
						tendido de una red de fibra óptica. 
	
	Fuente: Telam 
	  
            
                       
	ENACOM APROBO EL REGLAMENTO GENERAL DE SERVICIOS DE TV 
	POR SUSCRIPCION 
	23-ABR/2016 
	El Enacom aprobó el 
	Reglamento General de los Servicios por Suscripción mediante vínculo físico 
	o radioeléctrico. Esto incluye al CCCTV, UHF Codificado y MMDS. Lo hizo a 
	través de la
	
	Resolución 1394 publicada en la edición del Boletín Oficial del 22 de 
	abril.  
              La norma señala 
				que para poder ser prestador de servicios de radiodifusión por 
				suscripción, se deberá obtener la Licencia Única Argentina 
				Digital y la autorización de funcionamiento en al menos un área 
				de cobertura del servicio. 
	Cabe recordar que días atrás
	el 
	Enacom aprobó a través de la Resolución 427 el mecanismo administrativo a 
	seguir para traspasar estos servicios en Licencias de TIC. 
	 
	También la Resolución 1394 indica que estos servicios podrán "optar por 
	continuar con la prestación de los servicios en los términos de prestación 
	fijados en los pliegos respectivos, en todo lo que no se oponga a la 
	presente reglamentación". 
	 
	Así pues, los solicitantes de licencias en los términos de la Ley N° 26.522 
	pendientes de resolución podrán optar por: Continuar el trámite en los 
	términos de la Resolución 432-AFSCA/2011 (Pliego de Baseses y Condiciones) o 
	adecuarlo a las previsiones del Reglamento aprobado por esta resolución 
	1394. 
	 
	En cuanto al reglamento redefine el concepto de must-carry que había sido 
	eliminado en el decreto de necesidad y urgencia 267 que modificó la Ley 
	26.522.  
	 
	Especificamente, el nuevo reglamento afirma que los proveedores de servicios 
	de TV por suscripción deberán garantizar, conforme el principio de 
	neutralidad de la red en cada área de cobertura autorizada, la emisión sin 
	codificar de las señales de Radio Televisión Argentina SA (RTA), las 
	emisoras y señales públicas del Estado Nacional y todas aquellas en que el 
	Estado Nacional tenga participación; las señales de los Estados 
	Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Iglesia Católica 
	Argentina; los servicios de licenciatarios de TV abierta cuya área de 
	cobertura coincida con la cobertura del servicio y señales de noticias 
	nacionales que sean individualizadas por este organismo. 
  
              
	 
	SUPERCANAL INTIMO A ESTACION DE TV DE VIEDMA POR 
	INTERFERENCIAS 
	13-ABR/2016 
	
                      La empresa de cable 
						Supercanal intimó mediante carta documento, al canal de 
						aire EnTv de Viedma a dejar la transmisión, con la 
						advertencia del inicio de acciones ante el Ente Nacional 
						de Comunicaciones (ENaCom). Lo hizo luego de que el 
						Congreso aprobara el DNU presidencial que modificó la 
						Ley Audiovisual. 
              
                      Desde el canal comunitario 
						emitieron un comunicado en el que expresan: “Entendemos 
						que esta acción la debemos interpretar en el marco de la 
						reciente derogación de la Ley de servicios de 
						comunicación audiovisual. Somos un canal que estamos al 
						aire desde hace cuatro años, de una institución, Radio 
						Encuentro, legitimada por los vecinos y vecinas desde 
						hace 26 años, y con licencia para salir al aire”. 
						 
						La tensión entre Supercanal y EnTv viene desde la puesta 
						en el aire del medio local, que se emite -por aire- por 
						el canal 5. La empresa mendocina, propiedad de José Luis 
						Manzano y Daniel Vila, se quejaban de la “interferencia” 
						que en esa frecuencia (canal 5) generaba en el cable. 
						 
						La disputa no fue solo técnica. En rigor, la empresa 
						pudo haber encriptado (con la inversión correspondiente) 
						la señal. En todo el país conviven canales de aire y 
						cable sin estos inconvenientes. Pero esta tensión 
						también responde a que Supercanal debió haber sumado a 
						su grilla al canal local como lo dictaba la Ley 
						Audiovisual. Nunca ocurrió. 
						 
						“En diciembre pasado nos presentamos para concursar la 
						licencia de tv cumpliendo con todos los requisitos que 
						nos solicitó el AFSCA. Fuimos los únicos que presentamos 
						una propuesta para participar del concurso para 
						licencias de televisión en nuestra ciudad. Teníamos 
						mucha expectativa en poder comenzar este año ya con la 
						licencia del canal”, dijeron desde el medio local. 
						 
						“Lamentamos tomar la decisión de suspender la salida al 
						aire, presionados por una empresa con la que hemos 
						mantenido contacto por posibles interferencias y que ha 
						admitido la responsabilidad que les cabe en esta 
						situación. La suspensión de la salida al aire NO 
						significa el cierre de EnTv. Seguiremos produciendo, 
						generando contenidos, capacitándonos y capacitando a las 
						organizaciones de nuestra comunidad, defendiendo el 
						derecho a la comunicación y ampliando este proyecto 
						comunicacional”, agregaron. 
						 
						Y finalizaron: “Mientras tanto ya pusimos en marcha las 
						medidas legales que esperemos, nos permitan en el menor 
						tiempo posible volver a estar al aire”. Ayer se congregó 
						en la sede del canal un grupo de trabajadores, 
						periodistas y vecinos en apoyo y solidaridad. 
	
	Fuente: ADN 
	  
	
                        
            
                       
	JUSTICIA PORTEÑA RATIFICA SANCION A CABLEVISION POR 
	CLAUSULA ABUSIVA 
	07-ABR/2016 
	
                      En los autos “Cablevisión SA 
						cl GCBA s/ otras causas con trámite directo ante la 
						Cámara de Apel.", la Sala III de la Cámara de 
						Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y 
						Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el 
						recurso judicial directo interpuesto por la actora y, en 
						consecuencia, confirmó la disposición 40 16-DGDyPC-20 
						11, mediante la cual se impuso a la empresa de cable una 
						sanción pecuniaria por infracción al artículo 37 de la 
						Ley N° 24.240. 
              
                      El denunciante refirió que 
						“había dado de baja el servicio de Internet, primero 
						telefónicamente y luego por correo electrónico, tal y 
						como le solicitara la empresa”. Sin embargo, tras 
						cancelar la factura completa correspondiente a diciembre 
						de 2010, el 1ro de marzo de 2010 recibió otra con 
						vencimiento el 8 de marzo. 
						 
						La Dirección General de Defensa y Protección al 
						Consumidor (DGDyPC) explicó que “de acuerdo con lo 
						dispuesto en el artículo 37 de la ley 24.240, 
						reglamentado por la resolución 26/2003, se consideran 
						abusivas las cláusulas que supeditan el ejercicio de la 
						facultad de resolución contractual por parte el 
						consumidor a la previa cancelación de las sumas 
						adeudadas al proveedor”. 
						 
						De este modo, indicó que “del expediente administrativo, 
						constaba que, mediante un correo electrónico -que no 
						había sido desconocido por la recurrente-, la empresa 
						había comunicado al denunciante que podía dar de baja el 
						servicio sólo si estaba al día con la facturación". 
						 
						Por mayoría, los camaristas destacaron que “de las 
						constancias que obran en estas actuaciones, no surge que 
						el usuario denunciante hubiera suscripto -ni mucho 
						menos, leído y aceptado- las cláusulas establecidas en 
						los Términos y Condiciones que acompañó la empresa, 
						puesto que dicha documentación no se encuentra suscripta 
						por el denunciante”. 
						 
						En este sentido, relataron que la cláusula establece que 
						"el Cliente podrá poner fin al presente y 
						consecuentemente a la relación que vincula a las partes 
						en causa justificada, notificando por escrito dicha 
						rescisión, la cual siempre y sin excepción deberá ser 
						enviado con no menos de 30 días de antelación al día a 
						partir del cual se desea finalizar la prestación del 
						Servicio". 
						 
						“Tampoco puede notarse que el derecho del usuario a 
						rescindir estuviera supeditado al pago de las sumas 
						adeudadas de acuerdo con lo establecido en el punto 3 
						del resumen brindado como información útil a los 
						clientes, que establece que podrá solicitar la baja del 
						servicio entre los días 10 y 15 de cada mes. El mes en 
						que solicita la baja definitiva será facturado en su 
						totalidad". 
						 
						No obstante, los magistrados señalaron que “la 
						recurrente le envió un e-mail al denunciante, el 7 de 
						diciembre de 2009, recordándole que las bajas son 
						ingresadas antes del día 15 de cada mes con la 
						facturación al día para hacerse efectiva el 10 del mes 
						siguiente, los pedidos posteriores a esa fecha serán 
						procesados para el próximo ciclo". 
						 
						En este marco, los jueces recordaron que “de acuerdo con 
						lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Defensa del 
						Consumidor, las precisiones formuladas en la publicidad 
						o en anuncios, prospectos, circulares u otros medios de 
						difusión se tienen por incluidas en el contrato con el 
						consumidor y obligan al oferente”. 
	
	Fuente: Diario Judicial 
	  
            
                       
	RED INTERCABLE: "APOYAMOS Y CELEBRAMOS LOS PLANTEOS Y 
	PLANES DE RODRIGO DE LOREDO, TITULAR DE AR-SAT 
	16-MAR/2016 
	Jorge Di Blasio, presidente 
	de RED Intercable, se refirió así a los anuncios sobre trabajo en conjunto 
	con las PyMEs, realizados por Rodrigo de Loredo, titular de la firma 
	estatal, en un evento de Telecomunicaciones celebrado en la ciudad de 
	Córdoba. 
	 
	Desde sus comienzos, ARSAT se 
	constituyó en un ámbito de complejo acceso para las PyMEs del Cable. 
	Prácticamente inexpugnable. Nuestra organización, con presencia en más de 
	600 municipios de la República Argentina, está compuesta por pymes que, a 
	riesgo propio y sin prebendas fiscales, han desarrollado redes en ciudades y 
	pueblos, dónde otros no vieron rentabilidad para sus inversiones en materia 
	de Televisión e Internet. El cable, en nuestro país, nació hace más de 50 
	años, de la mano de pioneros pymes que hicieron posible lo que el estado y 
	las grandes empresas no pudieron. Con el tiempo, asumimos también el desafío 
	de desarrollar servicios de internet confiables en el interior profundo del 
	país. Sin embargo, y a pesar de que nuestro accionar tiene un efecto social 
	multiplicador y positivo, nunca pudimos articular virtuosamente con ARSAT. 
	Recién ahora, con la asunción de Rodrigo De Loredo, se comprueba un cambio 
	de paradigma muy alentador para nuestras expectativas, al punto que hemos 
	establecido un diálogo muy promisorio en cuestiones centrales para el 
	desarrollo estratégico de las comunicaciones, como son la capacidad 
	satelital y el aprovechamiento adecuado de la Red Federal de Fibra Optica, 
	obra construida con el esfuerzo de todos los argentinos, usufructuada por 
	algunos, pero con restricciones para el sector pyme que componemos, destacó 
	Di Blasio. 
	 
	El trabajo conjunto con ARSAT, anunciado por De Loredo, generará mayor 
	conectividad, inversiones y, ante todo, ingresos legítimos a la empresa del 
	Estado, en una relación virtuosa y, fundamentalmente, directa con los 
	operadores. La visión de De Loredo aporta estabilidad, empuje y apertura al 
	sector pyme, que lleva décadas de intentos infructuosos de trabajo conjunto 
	con el Estado. El rol de ARSAT es el de permitir la conectividad a las 
	empresas del interior, sea por la integración satelital o por la Red de 
	Fibra. Hasta el momento dependíamos de la voluntad de las incumbentes u 
	otros actores, que por medio de costos inaccesibles bloquearon el desarrollo 
	y la democratización de la banda ancha. Hemos comenzado este camino con 
	excelente predisposición de su lado y estamos avanzando de forma concreta, 
	agregó el presidente de RED Intercable. 
	 
	Es mucho lo que podemos hacer en conjunto con ARSAT, en beneficio de la 
	empresa y de los argentinos. Si alguien puede darle sentido a la inversión 
	realizada somos las empresas del interior del país. Generamos más de 
	seiscientas señales locales, damos servicios en cientos de escuelas y 
	organizaciones sin fines de lucro. En la mayoría de las ciudades y pueblos 
	donde operamos, hemos sido los únicos que invertimos en redes de banda 
	ancha. Somos conscientes de que el futuro es la sociedad del conocimiento y 
	la economía digital. Y la verdadera igualdad de oportunidades para los 
	argentinos, para los chicos de todo el país, radica en acceder a internet. 
	ARSAT debe liderar este proceso de aumento de acceso, promoción de 
	inversiones y baja de precios. Y nosotros estamos dispuestos a acompañar. De 
	Loredo ha presentado una visión dinámica y acorde a esta realidad, afirmó 
	Lucio Gamaleri, Vicepresidente de la RED Intercable. 
	Discurso de Rodrigo de 
	Loredo 
	“ARSAT es una 
	política de Estado, eso es cierto y definitivo. Pero para esta nueva 
	dirección la política de estado es mucho más: es lo que podemos, queremos y 
	vamos a hacer desde ARSAT en pos del desarrollo de nuestro país y de la 
	mejora de vida y oportunidades de los argentinos. 
	 
	Acepté esta posición y responsabilidad con la determinación de gestionar y 
	generar hechos concretos y durables. Por ello, desde que asumimos, hace poco 
	más de dos meses, iluminamos más de ocho mil kilómetros de los 32 mil 
	totales tendidos, de los cuales solo había 6800 en condiciones de brindar 
	servicios. Hoy la Red cuenta con más de 15 mil kilómetros iluminados”. 
	 
	“El presidente de la Nación dio en su discurso de apertura de las sesiones 
	legislativas una definición, una orden categórica: llevar internet a todos 
	los rincones del país. Esa es una responsabilidad que nos convoca y nos 
	exige. Nos convoca a trabajar en conjunto y nos exige asumir la visión total 
	de nuestra responsabilidad y trabajar para recuperar los años de atraso y 
	terreno perdido en el desarrollo de las comunicaciones en nuestro país. 
	ARSAT está para eso, para ser un dinamizador, un regulador de la 
	competencia, para producir una baja de costo de acceso a internet por medio 
	de una política de carrier de carriers. Se debe acabar el costo demencial de 
	hasta 500 dólares el mega. Eso impide el despliegue de la inversión y la 
	capilaridad, eso coarta el futuro. En ese rol van a encontrar a ARSAT, para 
	trabajar juntos. 
	 
	Este atraso es una real privación de derechos a los argentinos, es la 
	verdadera desigualdad social, porque es la desigualdad hacia el futuro, es 
	la negación de oportunidades. No hay puente a la pobreza cero sin 
	conectividad. No hay puente al trabajo de calidad y la mejora de las 
	empresas sin democratización de la banda ancha. ARSAT es parte del puente al 
	futuro. 
	 
	También vamos a trabajar en la mejora de la calidad institucional. Hemos 
	comenzado, desde que asumimos, un trabajo conjunto con el ministerio de 
	Modernización para digitalizar el estado nacional y los provinciales. 
	 
	Solo llevaremos el servicio al usuario final cuando no vayan los privados, a 
	través del servicio universal o del Ministerio o Plan que lo disponga. En 
	esta dirección nos hemos puesto como meta conectar más de once mil colegios 
	rurales con internet satelital. La igualdad es la igualdad de acceso a las 
	oportunidades, y si bien esta empresa debe ser sustentable, la 
	sustentabilidad de una empresa del Estado se representa también en las 
	externalidades positivas que genera en la sociedad”. 
	 
	El 78 por ciento del PBI mundial lo concentran los 25 países con mayor 
	índice de digitalización. Chile está cuarto, con más de un 96 por ciento de 
	conectividad, Brasil y México, décimo y décimo primero respectivamente, 
	Kenia, en el puesto 21. Argentina no figura en este índice, no compite aún 
	por los cinco mil billones de dólares que se invertirán en el año 2020 en 
	servicios TICS. Es inadmisible que Argentina no figure, eso es exclusión 
	real, eso es negar el futuro real, eso es imposibilitar trabajo de calidad y 
	educación. ARSAT va a ser el puente a ese mundo, al mundo que la Argentina 
	merece.  
	 
	Con todo este retraso igual hemos dado y damos ejemplo, porque nuestras 
	capacidades son mayores que las dificultades o desaciertos que nos imponen. 
	Estamos lejos, pero la determinación es llegar pronto, muy pronto”. 
	 
	“Cada contratación será por licitación pública que será transmitida en 
	directo, cada paso de esta administración será transparente y documentado, 
	porque los accionistas de ARSAT son los argentinos y a ellos les vamos a 
	rendir cuentas y dar los beneficios del desarrollo. Vamos a convertir a 
	ARSAT en la empresa más transparente del Estado argentino”. 
	 
	“Nos hemos puesto la máxima exigencia en cada aspecto de esta gestión y la 
	vamos a sostener. Los convocamos a trabajar en conjunto para recuperar el 
	tiempo y espacio perdido. Los convocamos a llevar internet a todos los 
	pueblos del país, a llevar futuro a cada argentino. 
	 
	Los convocamos para construir ese puente que integre el país y lleve a la 
	Argentina a competir y generar, para dar bienestar y futuro a cada uno de 
	sus habitantes. Ustedes llevan el germen de la comunicación, la que adquiere 
	vida cuando los pueblos se conectan, cuando las distancias se achican, 
	cuando las empresas funcionan mejor, cuando el Estado mejora y se dinamiza. 
	Estamos para trabajar juntos y llevar el futuro a cada argentino”, concluyó 
	de Loredo. 
              
	 
	TV POR CABLE: SUSPENDIERON LA VENTA DEL PLIEGO PARA 
	SOLICITAR LICENCIAS Y TODOS LOS TRAMITES PENDIENTES 
	14-MAR/2016 
	
                      A través de la
						
						Resolución 22 el ENACOM decidió suspender la venta 
						de los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARA LA 
						ADJUDICACION DE LICENCIAS A PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS 
						CON Y SIN FINES DE LUCRO PARA LA INSTALACION Y 
						EXPLOTACION DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR 
						SUSCRIPCION QUE UTILICEN VINCULO FISICO O EMISIONES 
						SATELITALES aprobados por Resolución N° 432-AFSCA/11, 
						con relación a las peticiones vinculadas a servicios de 
						comunicación audiovisual por suscripción mediante 
						vínculo físico y/o radioeléctrico. 
              
                      La medida, publicada en el 
						Boletín Oficial del 11 de marzo, no alcanza a las 
						solicitudes de adjudicación de licencias servicios de 
						comunicación audiovisual por suscripción con uso de 
						soporte satelital, también conocidos como DTH. 
						 
						Asimismo, la norma también suspendió los trámites 
						iniciados para la obtención de este tipo de licencias, 
						como también sus extensiones, ampliaciones o 
						habilitaciones definitivas, hasta tanto se definan las 
						condiciones para su incorporación como servicio a 
						registrarse por los licenciatarios de TIC. 
						 
						De acuerdo a lo expuesto en los considerandos de esta 
						Resolución 22, la medida se toma al modificarse el 
						régimen legal a través del DNU 267/15, de tal forma que 
						los sistemas de TV por suscripción por vínculo físico o 
						radioeléctrico pasaron a ser licenciatarios de TIC 
						regidos por la Ley Argentina Digital y no por la Ley de 
						Servicios de Comunicación Audiovisual. 
	
                      Cabe recordar que una medida 
						similar fue implementada en el año 2000 por el COMFER 
						que dirigía el entonces radical Gustavo López durante el 
						gobierno de Fernando De la Rúa. Entonces se fundamentó 
						la emergencia administrativa que encontró el camaleónico 
						López en el organismo regulador, pero la letra chica de 
						la medida era favorecer al Grupo Clarín en su plan de 
						expansión en el mercado de la TV paga. La suspensión de 
						la venta del Pliego y de los trámites pendientes 
						ingresados en el COMFER fue mantenida durante el breve 
						gobierno de Eduardo Duhalde y gran parte de los 12 años 
						del kirchnerismo en el poder central. 
	
                      Pedido de nulidad 
	
                      La Federación de Medios de 
						Comunicación ha presentado ante la ENACOM un pedido de
						 
						nulidad de esta resolución, al entender que están en 
						juego los derechos constitucionales, la libertad de 
						expresión y el libre comercio. Resalta que la 
						instalación de un nuevo servicio de este tipo, impulsa 
						la adquisición de equipamiento y se fortalece el 
						mercado, y sobre todo que crea nuevos puestos de 
						trabajo. 
	
         
	TELESUR RECURRE A LA JUSTICIA PARA QUE CABLEVISION LO 
	REINCORPORE AL BASICO 
	04-MAR/2016 
	Lo anticipó este medio días 
	atrás. Con las modificaciones a la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación 
	Audiovisual realizadas por el Decreto 267 firmado por el presidente Mauricio 
	Macri se eliminó completamente el concepto de Must Carry, al transferir la 
	regulación de la TV por Cable a la esfera de la Ley Argentina Digital. 
              Como consecuencia 
				de ello, a principios de este mes la señal multinacional teleSUR 
				fue retirada del paquete básico de Cablevisión en Argentina, 
				perteneciente al Grupo Clarín. Según consigna Patricia Villegas, 
				presidente de la señal, Cablevisión ha argumentado que no quiere 
				mas señales internacionales en su paquete básico, con lo cual 
				TeleSUR pasó al sistema digital que es mas oneroso. Sin embargo, 
				Villegas resalta que señales como CNN en Español o TVE no han 
				sido eliminadas del paquete básico. 
				 
				Ayer se informó por la redes sociales que los representantes 
				legales en el país de la señal con sede en Caracas presentaron 
				un recurso ante la Justicia para ser reincorporados a la grilla 
				de canales del paquete básico. 
				 
				Tal vez, esperando un resultado similar al de la TeleSUR, las 
				autoridades de la señal CBA24N, que depende de la Universidad 
				Nacional de Córdoba, se anticiparon y pidieron a la Justicia que 
				declare inconstitucional parte del Decreto 267. 
				 
				Cabe recordar que en el año 2010 la Resolución 296 de la AFSCA 
				obligó a todos los operadores de TV por suscripción a incluir 
				TeleSUR en la grilla de canales. Con el Decreto 267 los 
				cableoperadores ya no están obligados a cumplirla. 
				 
				En Capital Federal y Gran Buenos Aires - el área más poblada de 
				la Argentina - TeleSUR puede ser vista de manera gratuita a 
				través del canal 2503 en televisión digital terreste que es 
				operado por el Estado Nacional.  
				 
				Hernán Lombardi, apenas asumió como titular de Sistema Federal 
				de Medios y Contenidos Públicos aseguró que revisaría la 
				participación societaria del país en la señal. 
	
         
	EX AFSCA: REASIGNARON CANALES DE UHF CODIFICADO EN 
	RECONQUISTA Y LAS TOSCAS 
	26-ENE/2016 
	
	En el Boletín Oficial del 22 de enero se 
	publicaron las siguientes resoluciones avaladas por el directorio de la 
	AFSCA unos días antes de ser intervenido por el actual gobierno nacional. 
	 
	Se trata del reordenamiento de la banda de UHF en lo que respecta a la 
	porción destinada a telefonía móvil y para la operación de estaciones de 
	televisión en estándar digital. 
	 
	Las resoluciones están disponibles en estos enlaces 
	
	
	
	https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/140339/20160122  
	
	
	
	https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/140340/20160122 
	
         
	CABLEOPERADORES PYMES DE ENTRE RIOS, PREOCUPADOS POR EL 
	AVANCE DE LAS TELEFONICAS 
	14-ENE/2016 
	"Lo que pedimos es que se 
	nos considere como Pymes y que no se les permita a las empresas telefónicas 
	entrar a competir en localidades de menos de 25 mil habitantes”. 
	 
	Los senadores provinciales por Cambiemos, Miguel Piana (Federación) y 
	Nicolás Mattiauda (Gualeguaychú), junto al senador nacional Alfredo De 
	Angeli y al diputado nacional Jorge D´Agostino (UCR), participaron de una 
	reunión de la Asociación Entrerriana de Televisión (AET), que se llevó a 
	cabo en Rosario del Tala. 
              El encuentro, que 
				fue convocado por la entidad entrerriana, fue para plantear la 
				preocupación que existe en el sector, por el alcance del Decreto 
				de Necesidad y Urgencia (DNU), por el que se decidió fusionar 
				AFSCA y AFTIC y así crear un solo organismo que regule a los 
				medios y a las comunicaciones, como es el Ente Nacional de 
				Comunicaciones (ENaCom). El nuevo organismo, que está presidido 
				por Miguel de Godoy, funciona bajo la órbita del Ministerio de 
				Comunicaciones que preside Oscar Aguad.  
				 
				Durante la reunión en Rosario del Tala, la Asociación 
				Entrerriana de Televisión expresó su inquietud respecto a la 
				apertura a las empresas telefónicas para dar televisión por 
				cable como también el servicio de la “Triple Play”: Cable, 
				televisión y teléfono a través de la misma empresa. 
				 
				Esta situación, según planteó el presidente de la AET, Daniel 
				Delfino, pone en desventajas a las más de 700 pequeñas y 
				medianas empresas de televisión por cable de argentina, 
				nucleadas en la Red Intercable del Interior del País, que, en la 
				actualidad, brinda trabajo a más de 25 mil personas. 
				 
				“Lo que pedimos es que se nos considere como Pymes y que no se 
				les permita a las empresas telefónicas entrar a competir en 
				localidades de menos de 25 mil habitantes”, dijo Luján del Río 
				secretario de la AET. 
				 
				Al escuchar los planteos, el senador provincial Miguel Piana, 
				ratificó ante sus pares y las autoridades de la AET su 
				compromiso “en la defensa de las pequeñas y medianas empresas” y 
				así lo seguirá haciendo en su tarea de legislador. 
				 
				Por su parte, el senador nacional Alfredo De Angeli, tras 
				escuchar a los dirigentes de la entidad entrerriana se 
				comprometió a gestionarles, "en forma urgente", una audiencia 
				con el ministro de Comunicaciones de la Nación, Aguad y con 
				Godoy.  
	
	Fuente: Micrófono digital 
	  
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