LA
JUSTICIA SUSPENDIO dos articulos deL DNU DE MACRI SOBRE LIBERTAD
DE EXPRESION
23-MAY/2013
El juez porteño en
lo Contencioso Administrativo y Tributario, Osvaldo Otheguy,
dictó el martes 21 una medida que frena parcialmente la
aplicación del
decreto de necesidad y urgencia
(DNU) que firmó Mauricio Macri para proteger la libertad de
expresión en la Ciudad.
El juez dio lugar
a la medida cautelar solicitada por los legisladores de Nuevo
Encuentro, Gabriel Cerruti, Delia Bisuti y Edgardo Form en lo
que se refiere a los artículos que regulan cuestiones
tributarias por considerar que violan la Constitución de la
ciudad de Buenos Aires, informó el portal Infojus Noticias, de
la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas.
El fallo de Otheguy hace
lugar “parcialmente a la medida cautelar” y ordena al gobierno porteño a que
“se abstenga inmediatamente de aplicar los artículos 14, 1er. Párrafo y 16,
2do. Párrafo del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2/2013 en lo
referido a la imposibilidad del establecimiento de impuestos a la producción
o importación de papel para medios gráficos, de enseres, equipos, insumos y
aparatos necesarios para la difusión de expresiones, información, opiniones
o ideas por cualquier soporte o modalidad, y a la limitación de la ejecución
judicial de deudas tributarias de los periodistas y de los medios de
comunicación a los activos que no resulten directa o indirectamente
imprescindibles para el ejercicio de su actividad”.
La legisladora Gabriela Cerruti en su cuenta
de Twitter señaló que la medida “suspende la aplicación de
algunos artículos”, por lo cual considera que “como no se puede
modificar porque es un DNU, se cae todo”, en referencia al
tratamiento en la Legislatura.
EL DNU de Macri había recibido el lunes 20 dictamen en la
Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura porteña y
esperaba ser tratado en el recinto el 30 de mayo.
Pese a esto, Macri sostuvo que "esto no dificulta el avance del
tratamiento en la Legislatura ni suspende la vigencia de todo el resto del
Decreto", sino que "al contrario, ratifica su constitucionalidad y tan solo
suspende temporariamente la aplicación de dos párrafos puntuales".
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