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LA JUSTICIA SUSPENDIO dos articulos deL DNU DE MACRI SOBRE LIBERTAD DE EXPRESION

23-MAY/2013

 

El juez porteño en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Osvaldo Otheguy, dictó el martes 21 una medida que frena parcialmente la aplicación del decreto de necesidad y urgencia (DNU) que firmó Mauricio Macri para proteger la libertad de expresión en la Ciudad.


El juez dio lugar a la medida cautelar solicitada por los legisladores de Nuevo Encuentro, Gabriel Cerruti, Delia Bisuti y Edgardo Form en lo que se refiere a los artículos que regulan cuestiones tributarias por considerar que violan la Constitución de la ciudad de Buenos Aires, informó el portal Infojus Noticias, de la Agencia Nacional de Noticias Jurídicas.

El fallo de Otheguy hace lugar “parcialmente a la medida cautelar” y ordena al gobierno porteño a que “se abstenga inmediatamente de aplicar los artículos 14, 1er. Párrafo y 16, 2do. Párrafo del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº  2/2013 en lo referido a la imposibilidad del establecimiento de impuestos a la producción o importación de papel para medios gráficos, de enseres, equipos, insumos y aparatos necesarios para la difusión de expresiones, información, opiniones o ideas por cualquier soporte o modalidad, y a la limitación de la ejecución judicial de deudas tributarias de los periodistas y de los medios de comunicación a los activos que no resulten directa o indirectamente imprescindibles para el ejercicio de su actividad”.

La legisladora Gabriela Cerruti en su cuenta de Twitter señaló que la medida “suspende la aplicación de algunos artículos”, por lo cual considera que “como no se puede modificar porque es un DNU, se cae todo”, en referencia al tratamiento en la Legislatura.

EL DNU de Macri había recibido el lunes 20 dictamen en la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura porteña y esperaba ser tratado en el recinto el 30 de mayo.

Pese a esto, Macri sostuvo que "esto no dificulta el avance del tratamiento en la Legislatura ni suspende la vigencia de todo el resto del Decreto", sino que "al contrario, ratifica su constitucionalidad y tan solo suspende temporariamente la aplicación de dos párrafos puntuales".


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