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				la 
				relatoria de la libertad de expresion de la oea, preocupada por 
				la ley de comunicacion ecuatoriana 
	02-JUL/2013 
	 
 
              La Relatoría 
				Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión 
				Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifiesta su 
				preocupación por la aprobación en Ecuador de la Ley Orgánica de 
				Comunicación e insta a las autoridades a adecuar su normativa a 
				los estándares internacionales en materia de libertad de 
				expresión. 
	
		
			
                        
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              La Ley Orgánica de 
				Comunicación fue aprobada por la Asamblea Nacional del Ecuador 
				el pasado 14 de junio y sancionada por el Presidente de la 
				República el 22 de junio de 2013. En su articulado la ley 
				consagra algunos principios importantes para el ejercicio del 
				derecho a la libertad de pensamiento y expresión. No obstante, 
				al regular dichos principios la ley establece gravosas 
				restricciones que hacen que los principios mencionados resulten 
				prácticamente ineficaces. En efecto, tales restricciones, 
				estudiadas en una carta remitida por la Relatoría Especial al 
				Estado, podrían impedir de forma severa el ejercicio del derecho 
				a la libertad de expresión y generar un fuerte efecto 
				intimidatorio incompatible con una sociedad democrática.  
				 
				La gravosa regulación que se impone a todos los medios de 
				comunicación –impresos, de radio, televisión, audio y video por 
				suscripción, así como a los medios cuyos contenidos pueden ser 
				generados o replicados a través de Internet– parte de considerar 
				que el ejercicio de la libertad de expresión mediante cualquier 
				medio de comunicación es un servicio público. En esa medida, 
				entendido como servicio público, el Estado asume facultades 
				exorbitantes de regulación sobre el ejercicio del derecho 
				fundamental a expresarse libremente mediante el medio que cada 
				persona escoja para hacerlo. 
				 
				Como se explica más detalladamente en la carta remitida al 
				Estado, al asimilar a todos los medios de comunicación con 
				empresas prestatarias de servicios públicos, la ley establece un 
				riguroso marco regulatorio que impone decenas de obligaciones 
				aplicables a todos los medios y periodistas, autoriza a los 
				órganos administrativos para controlar e intervenir en los 
				contenidos de dichos medios, consagra responsabilidades y 
				causales de falta administrativa de notable vaguedad y otorga a 
				un funcionario, elegido por un órgano administrativo de una 
				terna enviada por el Presidente de la República, la facultad de 
				vigilar el cumplimiento de dicha ley, aplicarla e imponer las 
				correspondientes sanciones. 
				 
				Esta Relatoría Especial tuvo la oportunidad de poner en 
				conocimiento del Estado los temas arriba mencionados en diversas 
				cartas enviadas a lo largo de los últimos tres años. 
				Ciertamente, pese a que el texto de la ley difiere en algunos 
				aspectos sustanciales de los proyectos previamente publicados, 
				los temas de mayor preocupación en materia de libertad de 
				expresión ya habían sido expuestos en el marco de proyectos 
				anteriores. La Relatoría Especial lamenta que las autoridades 
				competentes no hubiesen atendido a los estándares 
				internacionales puestos de presente en las cartas e informes 
				enviados oportunamente. 
				 
				La Relatoría Especial considera de la mayor importancia que las 
				autoridades revisen la norma aprobada a la luz de los 
				desarrollos del derecho internacional de los derechos humanos y 
				modifiquen los aspectos que podrían conducir a una grave 
				afectación del derecho a la libertad de expresión de todas las 
				personas en Ecuador. La Relatoría Especial manifiesta su plena 
				voluntad de colaborar con el Estado en todo aquello que 
				considere procedente para adecuar sus normas a los citados 
				estándares internacionales. 
				 
				La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una 
				oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos 
				Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del 
				derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando 
				su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del 
				sistema democrático. 
	Nota relacionada: 
				
				
				RELATOR DE LA ONU 
				PREOCUPADO POR LA LEY DE COMUNICACION DE ECUADOR 
  
              
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