FLAMANTE DIRECTOR DE LA AFSCA PIDE QUE SE
PUBLIQUE LOS RESULTADOS DEL CENSO DE RADIO Y TV
30-NOV/2012
El director de la
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA),
Marcelo Stubrin, solicitó al presidente de la entidad, Martín
Sabbatella, que convoque de manera perentoria a una reunión de
directorio para establecer el método de trabajo en cumplimiento
a las misiones prevista por la ley 26522.
A continuación remitimos copia de la solicitud
enviada por Stubrin al titular de la AFSCA:
Buenos Aires, 27 de Noviembre de 2012
Señor Presidente de la
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Martín Sabbatella
S./D.
De mi consideración:
Me dirijo a Ud. en mi condición de Director del AFSCA Decreto
2253/2012, publicado el 23/11/2012, y a efectos de desempeñar el
mandato que me fuera conferido por la Comisión Bicameral de
Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, en
representación de la segunda minoría parlamentaria.
Con la desafiante misión de representar en este Directorio el
punto de vista de quienes discreparon y presentaron proyectos
alternativos al momento de la sanción de la Ley 26.522, y con la
más amplia disposición a vigilar de manera criteriosa su
aplicación, habida cuenta de las circunstancias de conocimiento
público que arrastran un polarizado debate nacional.
Asimismo y teniendo en cuenta, la desafortunada circunstancia
derivada de que no ha sido integrado al Directorio el
representante de la tercera minoría parlamentaria, previsto en
el art. 14 de la Ley 26.522; solicito al Sr. Presidente que
proceda a convocar de manera perentoria a una reunión de
Directorio en la cual se pueda establecer un método de trabajo
que permita dar cumplimiento a las misiones previstas por la
Ley.
A efectos de no sorprenderlo le adelanto los asuntos que
pretendo sean considerados, esperando a la recíproca que las
cuestiones a tratar estén precedidas por una ordenada y oportuna
circulación de los expedientes a fin de producir decisiones
informadas, fundadas y consistentes.
Para seguir una tendencia creciente en los organismos colegiados
de la Administración, las reuniones del Directorio del AFSCA
deberán ser anunciadas con anticipación suficiente, públicas,
con presencia de la prensa y con Orden del Día previamente
estipulada. Así se comportan en la actualidad varios entes
reguladores, la Auditoría General de la Nación y el Consejo de
la Magistratura.
En 2009 el AFSCA decidió llevar a cabo un Censo de Medios de
Comunicación cuyo trabajo de campo debió culminar en Marzo del
2011. Resulta inaceptable que dicha información conserve
carácter secreto, por lo tanto propongo su inmediata puesta a
disposición de este Directorio y de la opinión pública.
Inmediata publicación de los Registros previstos por los arts.
56, 57, 58 y 59 de la Ley 26.522, como así también, del total
nacional de abonados a los servicios de televisión por
suscripción, ya fuere sobre soporte satelital y/o, por uso del
espectro radioeléctrico y/o por vínculo físico registrados al 31
de octubre de 2012. sin su publicación, resulta difícil advertir
como se podría dar cumplimiento a los artículos 45 y 161 de la
Ley. En particular debe cesar el desconocimiento flagrante del
art. 57 in fine, que obliga a establecer un mecanismo de
consulta pública vía Internet del Registro Público de Licencias
y Autorizaciones, sin contar con la falta de cumplimiento de lo
previsto en el art. 12 inc. 9 de la norma referida que establece
las misiones y funciones del organismo que preside.
Se informe de manera fehaciente el estado de ejecución de los
mandatos establecidos en los arts. 12. inc.4, 88, 89 y 93 de la
Ley 26.522, teniendo en cuenta que la morosidad en el dictado de
las normativas mencionadas redunda en la imposibilidad de
concursar licencias para servicios que utilizan espectro
radioeléctrico según el art. 32 de la mencionada Ley. Dicho
incumplimiento hace imposible llevar a cabo una de las
previsiones más elogiadas de la Ley que obliga a reservar el 33%
del espectro para Organizaciones sin fines de lucro prevista en
el inc. f del art. 89.
Se exija a los licenciatarios y autorizados que cumplan con las
previsiones del art. 72 de la Ley 26.522, particularmente en su
apartado e), subapartado (viii), que les obliga a informar la
pauta de publicidad oficial que recibieran, provenientes de
todas las jurisdicciones nacionales, provinciales, municipales y
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se proceda a la inmediata implementación del abono social del
art.73 de la Ley 26.522, conforme el procedimiento previsto por
artículo 73 de la reglamentación aprobada por el Decreto No.
1225/10, para los prestadores de servicios de radiodifusión por
suscripción a título oneroso.
Se despache de manera favorable el pedido de acceso a
información pública presentado por la Senadora María Eugenia
Estenssoro el 14 de noviembre de 2012, respondiendo de manera
integral a sus requerimientos, de conformidad con el Decreto
1172/2003.
Se considere el urgente encuadramiento de la Televisión Digital
Terrestre en el marco de las previsiones de la Ley de Servicios
de Comunicación Audiovisual, para lo cual resultará
indispensable la previa aprobación de las normas técnicas
aludidas en el artículo 156, inciso c), de la Ley, que debieron
haberse elaborado hace ya más de 2 años.
Se establezca el período máximo previsto para las emisiones
experimentales de investigación y desarrollo, así como su
naturaleza, a efectos de no generar un sustituto de los
concursos abiertos y permanentes como modo de acceso a la
titularidad de las licencias, que sólo se pueden obtener dando
cumplimiento al art. 32 de la Ley 26.522.
Las cuestiones apuntadas en los 9 puntos desarrollados más
arriba, constituyen asuntos liminares para el buen
funcionamiento de la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual, las que, por supuesto no agotan el
temario de cuestiones esenciales, pero constituyen un punto de
partida para darle a la institución la transparencia y seriedad
que reclaman los elevados objetivos que le impone el art. 3° de
la Ley que da creación al organismo.
Dejo constancia Sr. Presidente que la presente requisitoria está
imbuida de un espíritu constructivo y se basa en cuestiones que
fueron debatidas en la Comisión Bicameral al momento de mi
designación, el diputado Ricardo Gil Lavedra, la diputada
Margarita Stolbizer y la Senadora Norma Morandini, sustentaron
algunos de estos planteos. Asimismo, he tenido particularmente
en cuenta la versión taquigráfica de la Audiencia Pública
convocada por las Senadoras Laura Montero, María Eugenia
Estenssoro y Norma Morandini en el Salón Azul del Senado de la
Nación el 17/09/2012.
Sin otro particular, saluda al Sr. Presidente.
MARCELO STUBRIN
DIRECTOR AFSCA
Fuente: Sin Mordaza
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