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Autorizan a AR-SAT a prestar A LICENCIATARIOS Y AUTORIZADOS servicios para TV Digital TERRESTRE

27-JUN/2011

La presidenta Cristina Fernández, por Decreto 835/2011 publicado en el Boletín Oficial del 23 de junio, autorizó a la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (AR-SAT) a prestar los servicios de uso de infraestructura y transmisión para Televisión Digital Terrestre.




Los servicios serán prestados a los titulares de licencias y autorizaciones de servicios de comunicación audiovisual de Televisión Digital Terrestre, mediante la operación de los mismos a través de la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre con el objeto de facilitar la conversión tecnológica, en el marco de la regulación vigente y conforme con los lineamientos generales consignados en el Anexo I del Decreto.

Se declara además de interés público el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (Bacua) así como también el Árbol de Contenidos Universales Argentino (ACUA), ambos en el ámbito del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre actuante en la órbita del Ministerio de Planificación Federal, cuyos objetivos se detallan en el Anexo II del Decreto.

El Decreto 364 del 15 de marzo de 2010 declaró de interés público la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre que es desarrollada e implementada por AR-SAT y está integrada por sistemas de transmisión y recepción de señales digitalizadas. Dicho Decreto amplió las facultades del Consejo Asesor en cuanto a que entienda en la definición y desarrollo de la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre, amplíe, actualice, modifique y/o aclare las especificaciones técnicas de la precitada Plataforma, elabore las medidas vinculadas con la implementación del SATVD-T y apruebe la reglamentación operativa y el plan estratégico para la implementación del sistema antes mencionado, entre otras.

Uno de los considerandos del decreto señala que es necesario que AR-SAT brinde los servicios de infraestructura, multiplexado y transmisión para Televisión Digital Terrestre, a los titulares de licencias y autorizaciones de servicios de comunicación audiovisual, que se deriven de la operación de la Plataforma Nacional de Televisión Nacional de Televisión Digital Terrestre con el objeto de facilitar la conversión tecnológica.

A su vez, otro de los fundamentos de la norma indica que la función de AR-SAT constituye "un servicio de facilidades de acceso a infraestructura, enmarcándose en el transporte de señales de radiodifusión y el transporte de programas de radiodifusión; no significando ello bajo ningún concepto un servicio de comunicación audiovisual".

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