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aprobaron los pliegos para los concursos de licencias de am

16-DIC/2011

 

A través de la Resolución 1926, publicada en el Boletín Oficial del 15 de diciembre, la AFSCA aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones que regirán los concursos para la adjudicación de licencias para operar estaciones de AM de todas las categorías. Uno de los pliegos es personas físicas y sociedades comerciales, en tanto el otro incluye a los oferentes que sean asociaciones civiles sin fines de lucro.




La norma definió los valores del Pliego de acuerdo a la categoría y los sectores que participarán en los concursos.

Para el sector con fines de lucro el artículo 3º estableció:
a) Categorías I, II y III: PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000).-
b) Categorías IV y V: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).-
c) Categorías VI y VII: PESOS VEINTIDOS MIL ($ 22.000).-
Para el supuesto de localidades cuya población no supere los TRES MIL (3.000) habitantes de acuerdo con el último Censo Nacional de Población y Vivienda anterior a la convocatoria, elaborado y publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, o se encuentren ubicadas dentro de las zonas de frontera definidas conforme la legislación vigente, el valor del pliego se fija de la siguiente manera:
d) Categorías I, II y III: PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000).-
e) Categorías IV y V: PESOS CATORCE MIL ($ 14.000).-
f) Categorías VI y VII: PESOS DIEZ MIL ($ 10.000).-

Para el sector sin fines de lucro el artículo 4º definió los siguientes valores:
a) Categorías I, II y III: PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000).-
b) Categorías IV y V: PESOS VEINTIUN MIL ($ 21.000).-
c) Categorías VI y VII: PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS ($ 15.400)
Para el supuesto de localidades cuya población no supere los TRES MIL (3.000) habitantes de acuerdo con el último Censo Nacional de Población y Vivienda anterior a la convocatoria, elaborado y publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, o se encuentren ubicadas dentro de las zonas de frontera definidas conforme con la legislación vigente, el valor del pliego se fija de la siguiente manera:
d) Categorías I, II y III: PESOS DOCE MIL SEISCIENTOS ($12.600).-
e) Categorías IV y V: PESOS DIEZ MIL ($10.000).-
f) Categorías VI y VII: PESOS SIETE MIL ($ 7.000).-

Los Pliegos resaltan que no se admitirá la cesión de derechos sobre las ofertas realizadas en los concursos.

Por último, la Resolución 1926 señala que los pedidos de aclaratoria de los Pliegos deberán ser presentados con una antelación no menor a los 20 días hábiles a la fecha de apertura del concurso.

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