el grupo hadad-zocco canjeo cuatro
canales de uhf codificado por uno de tv abierta categoria a
17-NOV/2010
La Resolución de
la AFSCA 322, publicada en el Boletín Oficial el 16 de
noviembre, le asignó a TELEPIÚ SOCIEDAD ANONIMA - la firma del
Grupo Hadad Zocco que opera la señal oficialista C5N -, el canal
27, categoría A para explotar un servicio de televisión en la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en reemplazo de los canales 22,
23, 24 y 47 originales utilizados para un circuito cerrado de
televisión codificada que nunca entró en funcionamiento. De esta
forma, el Grupo Hadad Zocco no sólo se transforma en el primer
licenciatario de un servicio de televisión digital terrestre en
el país, sino que mediante sus aceitados contactos con el poder
administrativo logró mutar una licencia de un servicio de TV por
suscripción a una de TV abierta. Ahora, todos quienes posean
licencias de UHF Codificado podrán reclamar el mismo mecanismo,
la relación de cambio es de 4 canales a 1.
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Los argumentos
esgrimidos por el directorio de la AFSCA presidido por Juan
Gabriel Mariotto e integrado además por Jorge Capitanich, Manuel
Baladrón, Claudio Schifer y Eduardo Seminara son:
- Que TELEPIÚ SOCIEDAD ANONIMA “propone la sustitución de los
canales asignados en la Resolución 28 COMFER/99...
reemplazándolos por la asignación de un canal único categoría A
en el canal 27 con emplazamiento en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires”, “aclarando que ha previsto utilizar el sistema de
televisión digital japonés Integrated Services Digital
Broadcasting Terrestrial (ISDB-T)”.
- Que la Resolución 28/99 había asignado los canales 22, 23, 24
y 47, los tres primeros con categoría C y el último con
categoría F.
- Que "deviene razonable la autorización del aumento de potencia
peticionado" de categoría C a A, "toda vez que la propuesta en
cuestión implica el desistimiento —y consecuente liberación— de
un SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) de los canales
originariamente asignados para el funcionamiento del servicio".
Cabe recordar que esos cuatro canales en la banda de UHF
pertenecían a la firma fantasma INTEGRATION COMMUNICATIONS
INTERNATIONAL, INC., ya que nunca desde su asignación en el año
1999 funcionaron. En agosto
de este año, a través de la Resolución 245 de la AFSCA la
licencia fue transferida a favor de TELEPIÚ SOCIEDAD ANONIMA.
ABOGADO LABORALISTA LE PIDE AL ENACOM QUE LE
RETIRE EL REGISTRO A C5N
03-OCT/2017
Ante las versiones del
desembarco del Grupo Terranova en los medios audiovisuales que controla
Indalo Media de Cristóbal López y Fabián De Sousa, el abogado Gonzalo
Espinosa Paz, en representación de un grupo de ex trabajadores que se
encuentran litigando contra estos medios kirchneristas, entre ellos el
periodista Marcelo Longobardi, ha presentado un pedido de caducidad del
registro de Telepiú S.A., la firma que explota la señal C5N.
El abogado entiende que la figura del fideicomiso encuadra en la
tercerización de la explotación, figura prohibida en la Ley 26.522 de Medios
audiovisuales. Como López y De Sousa tienen una orden judicial de inhibición
de bienes por deudas impositivas, apelaron a la figura del fideicomiso para
atraer nuevos propietarios y de esa manera "deskirchnerizar" los contenidos
de la señal para mejorar la situación judicial con la AFIP en particular y
con el gobierno de Macri en general.
LA AFIP RECALCA QUE LOPEZ Y DE SOUSA NO PUEDEN
VENDER C5N Y RADIO 10
05-OCT/2017
Ante las versiones que dan cuenta de una
posible venta por parte del Grupo Indalo del canal de noticias C5N y Radio
10, la Administración Federal de Ingresos Públicos se presentó ante el
Juzgado Federal N° 10 a cargo del Dr. Ercolini solicitando se notifique a
estas empresas, como así también a aquellas otras que posean participación
en las firmas a vender, que Cristóbal López y Fabián De Sousa se encuentran
impedidos de disponer libremente de la participación que posean en esas
sociedades en virtud de la inhibición que alcanza a todas las partes que
intervendrían en la operación.
La medida cautelar que pesa sobre los referidos López y De Sousa como así
también respecto de todas las empresas del Grupo Indalo fue oportunamente
solicitada por el Organismo, constituido en parte querellante y actor civil
en la causa por defraudación contra la administración pública, a fin de
resguardar los derechos que legítimamente le corresponden al Fisco en razón
de la deuda por el Impuestos a la Transferencia de Combustibles Líquidos que
registra la firma Oil Combustibles.
Del mismo modo, y advirtiendo que la titularidad de las acciones de Radio 10
podrían pertenecer a tres empresas que a la fecha no se encontraban
alcanzadas por la medida cautelar, que son presididas por Fabián De Sousa y
pertenecería al mismo Grupo, se solicitó la extensión de la inhibición
general a las mismas, en resguardo del crédito fiscal.
Fuente: Afip
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