la
justicia considero inconstitucional la clausura por 72 horas de
teleamazonas
05-FEB/2010
El pasado lunes,
los jueces Patricio Arízaga, Marco Maldonado y Jorge Cadena, de
la Primera Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha,
Ecuador, determinaron que
el cierre
por 72 horas de la estación Teleamazonas, dispuesto el 22 de
diciembre pasado por la Superintendencia de Telecomunicaciones
(Supertel), violó ocho derechos fundamentales.
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Esos derechos,
según se detalla en la sentencia, son: al debido proceso, a la
defensa, a la tutela judicial efectiva, a la libertad de
pensamiento, comunicación en información, el principio de
legalidad o reserva legal, jerarquía normativa, al trabajo y a
la presunción de inocencia. Bajo ese argumento, la Sala
determinó que la suspensión del canal quiteño fue
inconstitucional y ordenó el pago por daños y perjuicios
causados con la medida.
Además, la Sala dispone que la Supertel brinde las garantías
necesarias, a fin de que hechos como el de la sanción a
Teleamazonas no vuelvan a ocurrir en el futuro.
El abogado de la cadena Teleamazonas, Pablo Ortiz, dijo que el
monto de la indemnización aún no está definido y que se tendrá
que calcular de acuerdo con las pérdidas por publicidad.
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