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la justicia considero inconstitucional la clausura por 72 horas de teleamazonas

05-FEB/2010

El pasado lunes, los jueces Patricio Arízaga, Marco Maldonado y Jorge Cadena, de la Primera Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha, Ecuador, determinaron que el cierre por 72 horas de la estación Teleamazonas, dispuesto el 22 de diciembre pasado por la Superintendencia de Telecomunicaciones (Supertel), violó ocho derechos fundamentales.


Esos derechos, según se detalla en la sentencia, son: al debido proceso, a la defensa, a la tutela judicial efectiva, a la libertad de pensamiento, comunicación en información, el principio de legalidad o reserva legal, jerarquía normativa, al trabajo y a la presunción de inocencia. Bajo ese argumento, la Sala determinó que la suspensión del canal quiteño fue inconstitucional y ordenó el pago por daños y perjuicios causados con la medida.

Además, la Sala dispone que la Supertel brinde las garantías necesarias, a fin de que hechos como el de la sanción a Teleamazonas no vuelvan a ocurrir en el futuro.

El abogado de la cadena Teleamazonas, Pablo Ortiz, dijo que el monto de la indemnización aún no está definido y que se tendrá que calcular de acuerdo con las pérdidas por publicidad.

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