LA TV SIGUE OBLIGADA A RESPETAR LOS HORARIOS DE LA
PROGRAMACION
20-DIC/2010
Así lo estipula la
Resolución 465 de la
AFSCA publicada en el Boletín Oficial el 17 de diciembre y es
sólo para las estaciones de televisión y las señales para los
sistemas de TV paga. Esta norma sustituye a la Resolución del
COMFER 337 del 2007.
En consecuencia,
los licenciatarios y titulares de señales de televisión están
obligados a:
- Presentar la programación
y sus horarios por mes calendario anticipado con una antelación de 10 días.
- Cuando se prevean modificaciones de horarios o de programación deberán
comunicar a dicho Organismo con una anticipación no inferior a 24 horas.
- La norma admite una tolerancia de 15 minutos respecto del horario de
emisión anunciado del programa.
- Cuando por causas excepcionales e imprevistas se modifiquen los horarios
de emisión anunciados o la programación, deberá justificarse las razones
dentro de los 10 días de producida.
De esta forma la Resolución 465 de la AFSCA en cierta forma ratifica la
ahora disuelta Resolución del COMFER 337/07, ya que prácticamente fijaba las mismas reglas
aunque incluía a las licenciatarias de radiodifusión sonora.
|