juez prohibio al estado mencionar
la marca fibertel en una propaganda
02-DIC/2010
A través de un
fallo firmado el 1º de diciembre por el juez en lo Civil y
Comercial Edmundo Carbone, la Justicia hizo lugar a una medida
cautelar que solicitó Fibertel del Grupo Clarín y ordenó a la
jefatura de Gabinete, la Secretaria de Comunicaciones y Comisión
Nacional de Comunicaciones que se abstengan de difundir la
propaganda cuestionada.
Puntualmente, el
fallo se refiere a un spot donde un locutor le hablaba al
televidente diciéndole: "Si sos usuario de Fibertel en estos
días, esa empresa te contó un cuento. Como sabemos que querés
estar informado, hay cosas que tenés que conocer".
"¿Qué pasó? -decía la publicidad-. Fibertel, una de las
tantas operadoras de Internet de la Argentina, estaba funcionado
sin la debida licencia. Ahora, bien. Si la empresa sabía que no
estaba autorizada y no informó, todos los usuarios eran
perjudicados". En otro tramo, la propaganda instaba a iniciar juicio a la
operadora de Internet.
"Le puedo iniciar un juicio?, sin duda, tenés todo el derecho a
reclamar por aquello que pagaste mientras la empresa funcionaba
de forma ilegal", preguntaba y respondía el spot oficial. En
agosto pasado, a través de la Resolución 100/10, la Secretaría
de Comunicaciones declaró la caducidad de la licencia de
Fibertel.
Frente a ello, Fibertel abrió un reclamo legal para cuestionar
esa decisión; a su vez, a través de los medios de comunicación,
comenzó a difundirse una propaganda que la empresa entendió que
estaba denigrando su imagen. El juez Carbone, que ya interviene
en la causa Fibertel, hizo lugar al amparo, según el fallo.
El magistrado puntualizó que el spot tiene "el agregado de que
se alude a un juicio explícitamente disvalioso hacia la marca de
la accionante". Eso "me lleva al convencimiento de que se
produce el supuesto censurable del uso de la marca ajena", dijo
el juez.
Al mismo tiempo, el magistrado justificó que la resolución debía
dictarse de inmediato ("peligro en la mora") frente al "daño
irreparable que invoca la peticionaria sobre la base del
descrédito que le origina la difusión de los avisos mencionados,
apareciendo como más que probables la concreción de daños de
difícil reparación ulterior".
Frente a este escenario, el fallo dispone "hacer lugar a la
medida cautelar y ordenar en forma provisional a la demandada
que se abstenga de difundir el comercial identificado en los
anexos C, D y E y/o cualquier otro comercial que utilice la
marca Fibertel por cualquier medio de propalación que fuere".
El magistrado notificó la decisión a las estaciones de
televisión LS82 TV canal 7 "TV Pública" y LS83 TV canal 9 de
Angel "El Fantasma" González y a las señales para sistemas por
suscripción Crónica TV y Canal 26, "que deberán abstenerse de
difundir" esos comerciales. El spot se difundía durante los
intervalos de los partidos del "Fútbol para Todos y Todas".
Cabe recordar que el juez Carbone es el mismo que debe resolver otra
conflicto esencial entre el Gobierno K y el Grupo Clarín: el
artículo 161 de la Ley 26.522 sobre desprendimiento de licencias
o "desguace".
El mes pasado el magistrado rechazó un pedido de
la Jefatura de Gabinete para levantar la medida cautelar, que
seguirá vigente hasta que se declara la constitucionalidad o no
del artículo, salvo que un fallo de segunda instancia lo
revoque.