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juez prohibio al estado mencionar la marca fibertel en una propaganda

02-DIC/2010

A través de un fallo firmado el 1º de diciembre por el juez en lo Civil y Comercial Edmundo Carbone, la Justicia hizo lugar a una medida cautelar que solicitó Fibertel del Grupo Clarín y ordenó a la jefatura de Gabinete, la Secretaria de Comunicaciones y Comisión Nacional de Comunicaciones que se abstengan de difundir la propaganda cuestionada.



Puntualmente, el fallo se refiere a un spot donde un locutor le hablaba al televidente diciéndole: "Si sos usuario de Fibertel en estos días, esa empresa te contó un cuento. Como sabemos que querés estar informado, hay cosas que tenés que conocer".

"¿Qué pasó? -decía la publicidad-. Fibertel, una de las tantas operadoras de Internet de la Argentina, estaba funcionado sin la debida licencia. Ahora, bien. Si la empresa sabía que no estaba autorizada y no informó, todos los usuarios eran perjudicados". En otro tramo, la propaganda instaba a iniciar juicio a la operadora de Internet.

"Le puedo iniciar un juicio?, sin duda, tenés todo el derecho a reclamar por aquello que pagaste mientras la empresa funcionaba de forma ilegal", preguntaba y respondía el spot oficial. En agosto pasado, a través de la Resolución 100/10, la Secretaría de Comunicaciones declaró la caducidad de la licencia de Fibertel.

Frente a ello, Fibertel abrió un reclamo legal para cuestionar esa decisión; a su vez, a través de los medios de comunicación, comenzó a difundirse una propaganda que la empresa entendió que estaba denigrando su imagen. El juez Carbone, que ya interviene en la causa Fibertel, hizo lugar al amparo, según el fallo.

El magistrado puntualizó que el spot tiene "el agregado de que se alude a un juicio explícitamente disvalioso hacia la marca de la accionante". Eso "me lleva al convencimiento de que se produce el supuesto censurable del uso de la marca ajena", dijo el juez.

Al mismo tiempo, el magistrado justificó que la resolución debía dictarse de inmediato ("peligro en la mora") frente al "daño irreparable que invoca la peticionaria sobre la base del descrédito que le origina la difusión de los avisos mencionados, apareciendo como más que probables la concreción de daños de difícil reparación ulterior".

Frente a este escenario, el fallo dispone "hacer lugar a la medida cautelar y ordenar en forma provisional a la demandada que se abstenga de difundir el comercial identificado en los anexos C, D y E y/o cualquier otro comercial que utilice la marca Fibertel por cualquier medio de propalación que fuere".

El magistrado notificó la decisión a las estaciones de televisión LS82 TV canal 7 "TV Pública" y LS83 TV canal 9 de Angel "El Fantasma" González y a las señales para sistemas por suscripción Crónica TV y Canal 26, "que deberán abstenerse de difundir" esos comerciales. El spot se difundía durante los intervalos de los partidos del "Fútbol para Todos y Todas".

Cabe recordar que el juez Carbone  es el mismo que debe resolver otra conflicto esencial entre el Gobierno K y el Grupo Clarín: el artículo 161 de la Ley 26.522 sobre desprendimiento de licencias o "desguace". El mes pasado el magistrado rechazó un pedido de la Jefatura de Gabinete para levantar la medida cautelar, que seguirá vigente hasta que se declara la constitucionalidad o no del artículo, salvo que un fallo de segunda instancia lo revoque.

 


 

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