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				LEY 26.522: EL RADICALISMO PIDIO A 
				LA JUSTICIA LA NULIDAD DE LA FE DE ERRATAS 
              
				30-oct/2009 
              Tras la polémica 
				por la irregular aprobación de la norma que regulará la 
				propiedad y los contenidos de los medios de comunicación, el 
				titular de la UCR, Gerardo Morales, presentó este mediodía en la 
				justicia una acción declarativa de inconstitucionalidad y 
				nulidad de la fe de erratas que 
				se incluyó en la sanción y promulgación de la ley de medios.
				 
              
              En un comunicado, el senador 
				aseguró que "resulta manifiestamente violatorio del 
				procedimiento de formación y sanción de las leyes prescripto por 
				el capitulo V de la Constitución Nacional" y solicita que "se 
				declare la inconstitucionalidad y nulidad insanable" la 
				promulgación de la ley 26.522 y el decreto 1467/09, ya que la fe 
				de erratas vino a modificar sustancialmente dicho procedimiento.
				 
				 
				En un escrito de más de veinte páginas, el jujeño describió los 
				hechos que formaron parte del tratamiento legislativo del 
				proyecto del gobierno de modificación de la ley de Radiodifusión 
				y la inclusión de una fe de erratas originada en la Cámara de 
				Diputados.  
				 
				"De esa corrección tomamos conocimiento una vez finalizado el 
				debate y la votación, más de dos días después de conocida la 
				veloz promulgación que el gobierno le dio a la nueva ley", 
				explicó Morales quien destacó que "se ha violado la Constitución 
				nacional y la justicia debe determinar los responsables".  
				 
				"Considerando que en el marco de la presente acción declarativa 
				se solicita la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de 
				las normas citadas, esta acción adquiere el rango de proceso 
				constitucional guardando estricta analogía con la acción de 
				amparo prevista en el artículo 43 de la Constitución Nacional, 
				en todos los aspectos formales y sustanciales pertinentes", dice 
				el texto ingresado en la justicia en lo Contencioso 
				Administrativo Federal.  
				 
				Incluso, el radical solicita que la acción "sea tramitada bajo 
				las reglas del proceso sumarísimo". Asimismo, y hasta tanto se 
				sustancie y resuelva la inconstitucionalidad, requiere al juez 
				"el dictado de una medida cautelar de no innovar mediante la 
				cual se ordene al Poder Ejecutivo Nacional se abstenga de 
				implementar o ejecutar los términos contenidos en los preceptos 
				95 y 124 de la Ley N° 26.522".  
				 
				En ese sentido Morales prevé que "se suspenda la aplicación del 
				artículo 95 fundamentalmente en lo que respecta a la 
				transferencia diaria por parte del Banco de la Nación Argentina 
				de los montos que correspondan conforme lo previsto por el 
				artículo 97, en tanto debería decir ´conforme lo previsto por el 
				artículo 88´".  
				 
				Además, "se abstenga en Poder Ejecutivo de constituir el Consejo 
				Consultivo Honorario de los Medios Públicos creado por el 
				artículo 124 de la ley, quién ejercería el control social del 
				cumplimiento de los objetivos de la referida ley por parte de 
				Radio y Televisión Argentina sociedad del Estado y por tanto, de 
				designar a los miembros que lo conformarían, toda vez que la 
				remisión al articulo 126 debería haber sido efectuada al 
				articulo 116".  
	Fuente: La Nación 
              
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