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POR CABLE. EL 9 DE AGOSTO VENCE EL PLAZO PARA PRESENTAR EL
CERTIFICADO DE INSPECCION TECNICA
29-JUN/2009
Por sexta vez el COMFER decidió extender el plazo para que los licenciatarios de servicios de radiodifusión por vínculo físico, que no contasen con la habilitación definitiva, remitan el certificado de inspección técnica antes del 3 de agosto de este año "con carácter improrrogable". Así consta en la
Resolución
429, publicada en el Boletín Oficial el 25 de junio.
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Esta obligación fue impuesta por el
artículo 5º de la Resolución Nº 1039 del 24 de agosto de
2005, que había emplazado a los titulares este tipo de servicios complementarios de radiodifusión para que en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días remitan el certificado de inspección técnica. La medida fue prorrogada desde entonces.
Para obtener la habilitación técnica definitiva, los titulares de los servicios complementarios involucrados deben adjuntar al certificado de inspección la documentación técnica simplificada, suscripta por ingeniero con matrícula vigente del CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA DE TELECOMUNICACIONES, ELECTRONICA Y COMPUTACION (COPITEC) que enumere, como mínimo y de corresponder, los equipos adicionales necesarios para satisfacer el aumento de facilidades técnicas.
La no presentación del certificado puede derivar en la declaración de caducidad de la adjudicación de la licencia.
Nota relacionada:
Estévez
& Asociados: La Inspección Técnica de Habilitación para el
Operador de Cable
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