para
el gobierno el juez que declaro inconstitucional dos articulos
de la ley 26.522 fue presionado por clarin
21-DIC/2009
Luego de que
el
juez en lo Civil y Comercial Edmundo Carbone declarara
inconstitucional dos artículos de la Ley 26.522, el jefe de
Gabinete, Aníbal Fernández, salió a cuestionarlo. Consideró que
el fallo “es llamativo” porque está a punto de jubilarse y
reveló que “sufrió altísimas presiones” del grupo empresarial.
"Es llamativa la
falta de ética del doctor Carbone que, a quince días de haber
presentado su renuncia al cargo, se aboca a un tema para el cual
no es competente; es llamativo y preocupante", dijo el
funcionario,
quien confirmó que el magistrado está renunciado desde el 6 de
noviembre pasado y que el 31 de diciembre se jubilará.
Señaló, además, que "gente del juzgado que trabaja con el doctor
Edmundo Carbone dice que el juez tuvo una presión altísima del
Grupo Clarín". "Estamos cansados de ver a personajes de estas
características. Nadie hubiera firmado una medida así. Este juez
no tiene competencia”, disparó.
En la misma línea que Fernández, el ministro de Justicia y
Seguridad, Julio Alak, afirmó este jueves que "la resolución
dictada por el juez Edmundo Carbone, haciendo lugar a una
presentación judicial de inconstitucionalidad de la Ley de
Servicios de Comunicación Audiovisual, es “sorprendentemente
extraña y seguramente será revocada por una instancia judicial
superior”, al tiempo que anticipó que el Gobierno apelará la
medida.
De esta forma, el funcionario nacional respondió al fallo del
magistrado que declaró dos artículos de la norma - el 161 y el
41- que obligan a desprenderse de licencias en el plazo de un
año, y sólo autorizan a transferir licencias con la autorización
de la nueva Autoridad de Aplicación y tras 5 años.
En un comunicado, Alak consideró que "resulta sumamente
llamativo que el magistrado haya adoptado esta medida cuando su
renuncia al cargo fue aceptada el 6 de noviembre y restan 6 días
hábiles para que abandone definitivamente su cargo".
Además, el funcionario señaló que "si bien la medida es
totalmente provisoria, pretende descalificar la plena vigencia
jurídica de la ley sancionada recientemente por amplia mayoría
en el Congreso".
El ministro consideró "extraño que el juez, a cargo del Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de
Capital Federal desde 1980, se haya declarado competente para
entender en esta materia, ya que las cuestiones contra el Estado
deben tramitarse dentro del fuero contencioso administrativo”. Y
agregó que "queda claro que esta medida no es una declaración de
inconstitucionalidad. Es una medida absolutamente provisoria, un
examen superficial de la cuestión y, además, no está firme
porque no ha sido confirmada en una instancia superior”.
Por lo tanto, siguió el funcionario, "la resolución judicial no
ha vulnerado el derecho del Estado, el que continúa resguardado;
será impugnada judicialmente por el organismo competente y,
seguramente revocada, porque no se ajusta a derecho”.
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