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URUGUAY I. TABARE VASQUEZ FRENA EXPANSION DEL GRUPO CLARIN 

08-ENE/2007

El presidente uruguayo Tabaré Vázquez, decidió cancelar una autorización especial a Bersabel S.A., licenciataria de un servicio de televisión por suscripción que opera en la banda de UHF, perteneciente al Grup Clarín, para expandirse fuera de los límites del Departamento de Montevideo. La medida fue dispuesta mediante un decreto que contempló el reclamo de más de 50 cableoperadres competidores en esas áreas. 



El gobierno consideró que el servicio que Bersabel-Grupo Clarín pretendía prestar bajo la marca Multicanal podía "consolidar una posición dominante en el mercado en perjuicio de la competencia" de los otros operadores. 

Estos habían planteado objeciones al gobierno porque el permiso dado a Clarín lo facultaba a cubrir varias zonas del Uruguay emitiendo desde Montevideo, lo que el resto de las empresas no pueden hacer. 

Manifestaron que la posibilidad de expandir el alcance del servicio, sumado a la facilidad para agregar señales, lo dejaba en una posición de privilegio que podía dejar fuera de competencia a decenas de operadores de televisión por cable de las ciudades cercanas a la capital de Uruguay. 

La decisión de Vázquez modifica un beneficio que había otorgado al grupo Clarín la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec), responsable del control jurídico y técnico de las empresas de telefonía, radio, televisión y correos. 

En Montevideo, la televisión por cable se asignó en 1994 a tres operadores que coinciden con los tres canales de señal abierta privados de la capital. Además, se otorgaron dos señales de televisión para abonados por el sistema UHF Codificado. El Grupo Clarín compró una de esas dos empresas, Bersabel SA, que operaba con el nombre de TVC, a la que el año pasado le cambió el nombre por Multicanal. Para ampliar la cobertura de clientes pidió una habilitación especial que obtuvo de la reguladora Ursec. 

Los operadores, que presentaron recursos contra la habilitación a Multicanal, sostenían que esa medida había sido adoptada en forma "ilegal" en un proceso "poco transparente". También afirmaron que la decisión de la Ursec violaba los reglamentos y decretos que establecen que cada licencia a un operador tiene que corresponderse con un área geográfica determinada. 


La decisión de Vázquez estuvo fundada en el informe de los abogados del ministerio involucrado en el caso, los que afirmaron que la habilitación desconocía "el marco normativo que regula el mercado de la televisión por abonado". Rebatió el argumento de la reguladora, que esgrimía que el "principio de territorialidad" no estaba previsto en los Reglamentos de Servicio, y afirmó que eso sí está recogido con la denominación "área de servicio o geográfica", la cual "no ha estado ausente en ninguna de las concesiones otorgadas hasta el momento". 

La nueva disposición entiende que, si bien no se puede desconocer el derecho del usuario a contratar la señal de su agrado en la zona en que habita, "este derecho no es ilimitado" porque está acotado por el marco normativo, que se ha instrumentado por áreas geográficas, "procurando una razonable competencia". 

El decreto agrega: "Elementales principios de buena administración y de transparencia hacían aconsejable un procedimiento competitivo". Y ordena a la unidad reguladora a intimar a la empresa del grupo Clarín "a ajustar su señal a una potencia compatible con el área geográfica o de servicio que le ha sido asignada". 

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