HADAD
CONDENADO EN CAUSA POR CALUMNIAS E INJURIAS
26-SEP/2005
La Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Civil condenó al conductor radial y televisivo Gerardo Daniel
Hadad, al pago de 50 mil pesos en concepto de daños y perjuicios
por la manifestación de calumnias e injurias.
La causa la inició Alejandro Patella, quién durante
el programa “El primero de la mañana”, emitido en mayo de
1999 por LRL202 Radio 10, fue sindicado “como un ladrón, con
manifestaciones por parte del conductor Gerardo Daniel Hadad
sumamente agraviantes para su persona, con epítetos injuriantes".
En el fallo
de julio de este año, los camaristas Carlos Bellucci, Leopoldo
Montes de Oca y Omar Cancela ratificaron la sentencia de primera
instancia que había condenado a Hadad, pero elevaron el monto de
la indemnización en 50 mil pesos.
En ese
sentido, los magistrados entendieron que Patella ha sido
danminificado “por actitud injuriosa y calumniosa vertida en
sede radial de amplia difusión, lo que, a estar al juzgamiento
firme de esta cuestión, permite inferir que, además del grave
zaherimiento al honor y buen nombre del apelante, tal actitud de
la demandada, al ser activada y proferida por el medio radial que
fue, lo expandió al universo de oyentes, maximizando el tenor del
sufrimiento y aflicción derivados del acto ilícito diferido a
condena”.
“A ello
se le suma la calidad del ofensor, quien viabilizó su reprobable
proceder a través de una emisora radial y en el contexto de un
programa de vasta difusión, lo que conlleva a la asunción de
mayor responsabilidad y extensión en las consecuencias
disvaliosas de su propia conducta”, señala otro pasaje del
fallo.
Por su
parte los integrantes de la Sala G aclararon respecto al monto
fijado, que si bien tiene un carácter predominantemente
resarcitorio, “no descarta la función ejemplarizadora propia de
una sanción”, pues “nada obsta a que ambas posiciones se
concilien atendiendo a las circunstancias de cada caso, pues una y
otra se inspiran en propósitos que no se excluyen recíprocamente”.
“En
efecto, puede concederse una suma de dinero para que ella atenúe
los rigores del padecimiento y, al mismo tiempo, castigue la
conducta del delincuente con el fin de impedir la renovación de
la falta”, señalaron los magistrados.
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