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PUBLICIDAD. LA ANMAT APROBO NUEVAS PAUTAS ETICAS

15-SEP/2005

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) aprobó nuevas normas generales y específicas que deberán cumplir toda publicidad o propaganda, a través de la Disposición 4980, publicada en el Boletín Oficial el pasado 12 de septiembre.

Se trata de pautas éticas que se aplicarán a las publicidades de especialidades medicinales de venta libre, productos alimenticios, cosméticos, para la higiene personal y perfume, domisanitarios, odontológicos, para diagnósticos de uso in vitro, suplementos dietarios y dispositivos de tecnología médica.


Esta nueva disposición deroga a su similar 3186 del año 1999. La ANMAT entiende que ésta normativa ha quedado obsoleta en virtud del desarrollo producido en las técnicas publicitarias, por lo cual torna “necesario el dictado de una nueva reglamentación que estipule los criterios a los que deberán ajustarse las publicidades o propagandas de los productos”.

Un punto novedoso en esta nueva norma es la inclusión de un glosario con distintas clasificaciones de publicidad. Un aspecto interesante a los fines de evitar futuras confusiones en la aplicación de la legislación.

Cabe recordar que la citada Disposición 3186/99 establecía que toda publicidad o propaganda debía ser aprobada por una Comisión de Evaluación, como paso previo a su exhibición pública. Pero este mecanismo fue dejado sin efecto en enero de este año por la Disposición 20, que indica que la fiscalización de la publicidad o propaganda será realizada por la ANMAT a posteriori de su difusión.

Texto completo de la norma

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