PUBLICIDAD.
LA ANMAT APROBO NUEVAS PAUTAS ETICAS
15-SEP/2005
La
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica (ANMAT) aprobó nuevas normas generales y específicas que
deberán cumplir toda publicidad o propaganda, a través de la
Disposición 4980, publicada en el Boletín Oficial el pasado 12
de septiembre.
Se
trata de pautas éticas que se aplicarán a las publicidades de
especialidades medicinales de venta libre, productos alimenticios,
cosméticos, para la higiene personal y perfume, domisanitarios,
odontológicos, para diagnósticos de uso in vitro, suplementos
dietarios y dispositivos de tecnología médica.
Esta
nueva disposición deroga a su similar 3186 del año 1999. La
ANMAT entiende que ésta normativa ha quedado obsoleta en virtud
del desarrollo
producido en las técnicas publicitarias, por lo cual torna
“necesario el dictado de una nueva reglamentación que estipule
los criterios a los que deberán ajustarse las publicidades o
propagandas de los productos”.
Un
punto novedoso en esta nueva norma es la inclusión de un glosario
con distintas clasificaciones de publicidad. Un aspecto
interesante a los fines de evitar futuras confusiones en la
aplicación de la legislación.
Cabe
recordar que la citada Disposición 3186/99 establecía que toda
publicidad o propaganda debía ser aprobada por una Comisión de
Evaluación, como paso previo a su exhibición pública. Pero este
mecanismo fue dejado sin efecto en enero de este año por la
Disposición 20, que indica que la fiscalización de la publicidad
o propaganda será realizada por la ANMAT a posteriori de su
difusión.
Texto
completo de la norma
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