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ENTRO EN VIGENCIA LEY ANTITABACO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
11-NOV/2005
A partir
del 8 de noviembre entró en vigencia la Ley de Control del Tabaco
que, entre otras cuestiones, impide los anuncios publicitarios de
“de productos elaborados con tabaco, ya sea para su venta,
promoción, entrega u oferta en forma gratuita, y cualquiera fuera
su mensaje, contenido, finalidad o consigna".
Se
trata de la Ley 1799, promulgada por la legislatura porteña el
pasado 29 de septiembre y publicada en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires este martes 8 de noviembre.
Además
de la prohibición que recae sobre aspectos publicitarios, la
norma señala que no se puede fumar en "shoppings,
restaurantes, bares, confiterías, clubes barriales, estaciones de
subterráneos" y otros lugares más, excepto que tengan un
lugar especialmente preparado para tal fin y cumplan con la
normativa establecida por esta ley.
El
artículo 36 de la mencionada Ley señala que, a partir de su
entrada en vigencia, los anuncios publicitarios "no podrán
ser colocados en vallas, murales, paradas, estaciones de
transporte o localizaciones ubicadas a menos de 200 metros de
cualquier establecimiento educativo o centros de salud públicos.“
Mientras
que para el resto de las variantes de publicidad existentes, que
no son mencionadas en el texto de la ley pero se presume que
quedarían incluídos los anuncios publicitarios emitidos por los
servicios de radiodifusión con domicilio fijado en territorio
porteño, la norma otorga un plazo de adecuación, fijado en el 1°
de enero de 2007. A partir de dicha fecha la prohibición en la
difusión de anuncios publicitarios será absoluta.
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