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               PUBLICIDAD.
              ENTRO EN VIGENCIA LEY ANTITABACO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES  
              
              11-NOV/2005 
              A partir
              del 8 de noviembre entró en vigencia la Ley de Control del Tabaco
              que, entre otras cuestiones, impide los anuncios publicitarios de
              “de productos elaborados con tabaco, ya sea para su venta,
              promoción, entrega u oferta en forma gratuita, y cualquiera fuera
              su mensaje, contenido, finalidad o consigna". 
              
              Se
              trata de la Ley 1799, promulgada por la legislatura porteña el
              pasado 29 de septiembre y publicada en el Boletín Oficial de la
              Ciudad de Buenos Aires este martes 8 de noviembre. 
              Además
              de la prohibición que recae sobre aspectos publicitarios, la
              norma señala que no se puede fumar en "shoppings,
              restaurantes, bares, confiterías, clubes barriales, estaciones de
              subterráneos" y otros lugares más, excepto que tengan un
              lugar especialmente preparado para tal fin y cumplan con la
              normativa establecida por esta ley. 
              
               
              El
              artículo 36 de la mencionada Ley señala que, a partir de su
              entrada en vigencia, los anuncios publicitarios "no podrán
              ser colocados en vallas, murales, paradas, estaciones de
              transporte o localizaciones ubicadas a menos de 200 metros de
              cualquier establecimiento educativo o centros de salud públicos.“
              
               
              Mientras
              que para el resto de las variantes de publicidad existentes, que
              no son mencionadas en el texto de la ley pero se presume que
              quedarían incluídos los anuncios publicitarios emitidos por los
              servicios de radiodifusión con domicilio fijado en territorio
              porteño, la norma otorga un plazo de adecuación, fijado en el 1°
              de enero de 2007. A partir de dicha fecha la prohibición en la
              difusión de anuncios publicitarios será absoluta.
              
              
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