El Interventor en el COMFER, Julio Bárbaro,
dispuso suspender nuevamente la ejecución de la norma que
obligaría a las señales satelitales destinadas para servicios
complementarios a difundir films sin cortes publicitarios.
Así consta en la Resolución 2/2005, publicada
en el Boletín Oficial el pasado 14 de enero, que establece una
prórroga por 60 días contados a partir del 1° de enero. La
anterior suspensión fue dispuesta por la Resolución 737/2004
hasta el 31 de diciembre de 2004.
La norma que obligaría a no difundir
publicidad durante la emisión de films es la Resolución
1391-COMFER/2003, publicada en el Boletin Oficial el 22 de
diciembre de 2003. Según se desprende de sus considerandos, la
misma tenía por finalidad proteger las películas encuadrándolas
como obras artísticas.
Sin embargo, mas tarde se supo que se trató de
una "chicana" para aminorar el volumen de publicidad que
las productoras de señales satelitales absorben del total, a
partir de la protesta de las estaciones de televisión
"abierta", que notan que en el último tiempo gran parte
de los anunciantes pautan en aquéllas.
Según consta en la Resolución 2/2005, la
suspensión tiene por finalidad examinar "el plexo jurídico
que abarca tanto la emisión de publicidad en las señales de
televisión como así también las distintas cuestiones derivadas
de la transmisión de contenidos", por parte del COMFER junto
con las cámaras empresariales, entre ellas ATA y ARPA.
Asimismo, dicha norma deja abierta la
posibilidad de extender la suspensión "hasta tanto se emita
resolución definitiva en las actuaciones citadas en los
considerandos del presente acto administrativo".