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NUEVAS PAUTAS PARA LA PUBLICIDAD DE bienes Y SERVICIOS

19-DIC/2005

La Resolución 2 de la Secretaría de Coordinación Técnica del Ministerio de Economía, fijó nuevas reglas en relación a la exhibición de precios de los bienes y servicios ofrecidos al público, como también las pautas que deberán adoptar las publicidades.




Dicha norma, publicada en el Boletín Oficial el 12 de diciembre, modifica parcialmente a la Resolución 7 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, que es el basamento regulatorio en estos aspectos.

De acuerdo a los “considerados”, dicha resolución es dictada a los fines de evitar situaciones de engaño al consumidor, al presentarse como ofertas u oportunidades aquéllas que no son tales.

En tal sentido, los nuevos artículos obligan la exposición de la información relevante en la comercialización de bienes y servicios, tales como exhibición de precios en pesos o dólares, descuentos, marca, modelo, origen, entre otros datos.

Es que para la Secretaría de Coordinación Técnica a cargo de Carlos Salas, en “el actual contexto macroeconómico, las rebajas aplicadas sobre los precios de los bienes y servicios que pueden adquirirse en el mercado adquieren gran relevancia en las decisiones de consumo de los ciudadanos”, a su vez que “por las diversas modalidades que esas ofertas presentan, se entiende que únicamente podrán los consumidores hacer una elección útil y adecuada si al momento de evaluar la oferta tienen a la vista el precio anterior del producto o servicio en cuestión”.

En caso de incumplimiento de estas nuevas pautas se aplicará las sanciones estipuladas en la Ley 22.802 de Lealtad Comercial.

Texto completo y actualizado de la Resolución 7/02

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