NUEVAS
PAUTAS PARA LA PUBLICIDAD DE bienes Y SERVICIOS
19-DIC/2005
La
Resolución 2 de la Secretaría de Coordinación Técnica del
Ministerio de Economía, fijó nuevas reglas en relación a la
exhibición de precios de los bienes y servicios ofrecidos al público,
como también las pautas que deberán adoptar las publicidades.
Dicha
norma, publicada en el Boletín Oficial el 12 de diciembre,
modifica parcialmente a la Resolución 7 de la ex Secretaría de
la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, que
es el basamento regulatorio en estos aspectos.
De
acuerdo a los “considerados”, dicha resolución es dictada a
los fines de evitar situaciones de engaño al consumidor, al
presentarse como ofertas u oportunidades aquéllas que no son
tales.
En
tal sentido, los nuevos artículos obligan la exposición de la
información relevante en la comercialización de bienes y
servicios, tales como exhibición de precios en pesos o dólares,
descuentos, marca, modelo, origen, entre otros datos.
Es
que para la Secretaría de Coordinación Técnica a cargo de
Carlos Salas, en “el actual contexto macroeconómico, las
rebajas aplicadas sobre los precios de los bienes y servicios que
pueden adquirirse en el mercado adquieren gran relevancia en las
decisiones de consumo de los ciudadanos”, a su vez que “por las
diversas modalidades que esas ofertas presentan, se entiende que
únicamente podrán los consumidores hacer una elección útil y
adecuada si al momento de evaluar la oferta tienen a la vista el
precio anterior del producto o servicio en cuestión”.
En caso de incumplimiento de
estas nuevas pautas se aplicará las sanciones estipuladas en la
Ley 22.802 de Lealtad Comercial.
Texto
completo y actualizado de la Resolución 7/02
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