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scjn de mexico avalo acuerdo de ift sobre regulacion de la actividad satelital

27-ABR/2024

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la validez constitucional del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite las Disposiciones Regulatorias en materia de Comunicación Vía Satélite, publicado el 23 de enero de 2023.

El fallo reconoció también la validez de la disposición cuarta, así como el artículo segundo transitorio del Acuerdo referido.

La controversia constitucional 257/2023, promovida por el Poder Ejecutivo Federal en demanda de la invalidez del citado Acuerdo, fue resuelta bajo la ponencia de Juan Luis González Alcántara Carrancá.

El ministro explicó que el Poder Ejecutivo federal planteó si el IFT es la autoridad competente para regular la comunicación vía satelital en el país y que respuesta concluyente es que sí.

“Se arriba a esta conclusión a partir de una lectura literal del artículo 28 constitucional, que en su párrafo 15º nos dice, de una manera explícita, que el Instituto Federal de Telecomunicaciones es la autoridad encargada de emitir la regulación sobre tres materias que son el objeto de las disposiciones regulatorias en materia de comunicación vía satélite. “I. Debe regular el uso, el aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico. II. Las redes y las prestaciones de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones; y III. La prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como el acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales’’, precisó.

Las bandas de frecuencia que utilizan las estaciones terrenas y los satélites para comunicarse entre sí, son una porción del espectro radioeléctrico comprendido entre dos frecuencias determinadas, agregó.

“Por lo tanto, es claro que la comunicación satelital, al utilizar como medio el espectro radioeléctrico, entra dentro de la materia de regulación del Instituto que es, conforme al artículo 28 Constitucional, la que regula el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico’’.

Se determinó también que las disposiciones analizadas sustituyeron en su integridad el Reglamento de Comunicación Vía Satélite porque dicho ordenamiento reglamenta la abrogada Ley Federal de Telecomunicaciones, y que a partir de la reforma constitucional y legal del 2013 la responsabilidad de regular la comunicación vía satélite corresponde al IFT.

El máximo tribunal constitucional del país sentenció que las disposiciones que fueron impugnadas tampoco interfieren con las atribuciones del Poder Ejecutivo, contenidas en el artículo 9, fracciones X y XI, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), consistentes en establecer políticas que promuevan la disponibilidad de capacidad y servicios satelitales, así como para administrar y vigilar su uso eficiente. La sentencia aprobada por unanimidad ordena que el Acuerdo tampoco invade las atribuciones que el artículo 150 de la LFTR establece en favor de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (ahora Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes), para definir la capacidad satelital necesaria para las redes de seguridad nacional, servicios sociales y demás necesidades del gobierno.

Fuente: El Economista

 

 

brasil: Policía Federal realizo operación de combate a emisoras clandestinas en Sorocaba (SP)

25-ABR/2024

La PF (Policía Federal) llevó a cabo el operativo “Sombra Frecuencial”, que busca frenar la delincuencia vinculada al desarrollo clandestino de la actividad radiofónica. Se ejecutaron dos órdenes de allanamiento e incautación en Sorocaba (SP). La acción contó con el apoyo de Anatel (Agencia Nacional de Telecomunicaciones).




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Agentes de la Policía Federal estuvieron ayer (23) en Jardín Marcelo Augusto. Allí se ejecutaron dos órdenes de allanamiento e incautación en lugares donde supuestamente operaban emisoras clandestinas. Al llegar a los lugares, las autoridades incautaron varios objetos, entre ellos computadoras, estéreos y documentos.

La última operación con actividad radiofónica clandestina fue realizada por la Policía Federal en la región a finales de marzo, cuando agentes ejecutaron órdenes de registro e incautación en Sorocaba (SP) y Campinas (SP). En ese momento, dos estaciones fueron cerradas y dos personas fueron detenidas en el acto. La acción fue la segunda dentro del operativo “Frecuencia Negativa II”.

En la primera quincena de enero, la Policía Federal realizó un operativo en Indaiatuba (SP) que culminó con la detención de una persona en el acto. En la acción, que fue la primera en integrar la operación “Frecuencia Negativa II”, se verificaron señales que interfieren en la banda de frecuencia utilizada para la comunicación entre controladores de vuelo y pilotos en el Aeropuerto Internacional de Viracopos, en Campinas (SP).

La actividad clandestina de telecomunicaciones es un delito previsto en la Ley 9.472/97, artículo 183, con pena de prisión de dos a cuatro años, aumentada a la mitad si hay daño a terceros, además de multa de R$ 10.000. El Código Penal también prevé el delito en su artículo 336.

Fuente: Tudo radio

 

 

 

avanza el cierre de estaciones de radio en venezuela: esta vez le tocaron a una fm de upata y una am de barquisimeto

17-ABR/2024

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) ordenó el 5 de abril, el cierre de la emisora Excelente 107.9 FM, que salía al aire en la ciudad de Upata, municipio Piar, estado Bolívar (sur). Miéntras que ordenaron el 12 de abril el cese de operaciones de la emisora Radio Cristal 610 AM que operaba en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara (noroeste).

Respecto a la emisora Excelente 107.9, una fuente, cuyo nombre solicitó reservar, comentó a Espacio Público que funcionarios de la Conatel se llevaron una consola, un CPU y un excitador durante el procedimiento.

Por otra parte, el periodista Carlos Alberto Ascanio, quien estaba próximo a cumplir una década en Excelente 107.9 FM, comentó que la estación se llamaba Frontera 107.9 FM, pero en el año 2015, modificó su nombre a Excelente 107.9 FM tras un cambio de dueños.

“Esta emisora viene a ser la cuarta emisora que se cierra aquí en Upata. La primera fue Especial 95.5 FM en 2015, un año después Global 94.3 FM, hace un mes Bendición Estereo 93.9 FM y ahora le corresponde a Excelente 107.9 FM. Tengo 35 años de trayectoria en la radio y aquí iba a cumplir 10 años en octubre. Estaba como ancla porque mi programa era de opinión, información, denuncia y también conducía el noticiero al mediodía”, expresó.

A juicio de Ascanio, todo lo que está ocurriendo en Venezuela con respecto al cierre de las emisoras de radio, responde a que “quizás no se adaptan a lo que quiere el gobierno, porque más que acciones jurídicas por las concesiones, es más por política. Es lo que puedo comprender”, agregó.

El comunicador indicó que nunca recibió amenaza alguna por el contenido que transmitía, pero que el dueño sí: “En el programa siempre se dio no una sola voz, sino a toda la diversidad política”, puntualizó.

Por su parte, en relación a Radio Cristal, según informó el propietario de la emisora, Orlando Fernández Medina, el viernes 12 recibieron a una comisión de la Conatel que les entregó dos resoluciones: una firmada por el ministro de Comunicación, Alfred Ñáñez, y otra por el director general de la Conatel, Jorge Márquez.

En los documentos se informó que Radio Cristal 610 AM quedaba fuera del aire por el supuesto “vencimiento de la concesión”, argumentando que desde 2007 no se había solicitado la renovación, hecho que Fernández desmintió.

“Nos dieron 30 días para que metamos un recurso y ahí vamos a estar. Ellos dijeron que no habíamos solicitado la renovación y mostramos la documentación, pero no valió de nada”, dijo el propietario del medio.

La acción oficial en contra de la emisora local representa un nuevo golpe al ejercicio de la libertad de expresión en Venezuela, donde mes a mes continúan cerrándose los espacios informativos, consigna Espacio Público.

El acto de censura, además, viola el debido proceso y se produce además por la falta de respuesta de los organismos competentes sobre el estatus legal de las emisoras. Decenas de medios han sido cerrados por falta de concesión, pese a que solicitaron renovarlas y no recibieron respuestas a sus solicitudes.

 

Mexico. megacable es obligada a compartir infraestructura en 9 mercados de 5 grandes ciudades

15-ABR/2024

En respuesta a la acusación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de que Megacable tiene poder sustancial en nueve mercados, dicha empresa dijo que es "improcedente" la afirmación y presentó una demanda de amparo.

Por la mañana de este jueves, el Pleno del IFT consideró que la empresa debe asumir una serie de obligaciones específicas para que entren más proveedores del servicio de televisión y audio restringidos en San Mateo Atenco, Zinacantepec en el Estado de México; en León, Guanajuato; Guadalajara y Tonalá en Jalisco; Cuautlancingo y San Pedro Cholula en Puebla y en la Corregidora y El Marqués en Querétaro.

Al respecto, la empresa afirmó que "iniciará las acciones legales correspondientes en contra de las medidas específicas emitidas por el IFT al extralimitarse en sus facultades, tanto en los alcances de las propias medidas como en el Grupo de Interés Económico determinado para el cumplimiento, lo que resulta en una violación a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) además de violentar los principios de legalidad y proporcionalidad"

Añadió que "resalta" que el IFT asevera que hay poder sustancial "sólo en esos nueve mercados" y en el servicio de televisión y audio restringido.

A pesar de ello, expuso que la resolución del IFT "no causan ni constituyen un evento relevante, que afecta las operaciones de Megacable".

Fuente: El Universal

https://www.ift.org.mx/industria/politica-regulatoria/poder-sustancial-de-mercado

 

la conatel de maduro cerro la segunda estacion de fm en el estado bolivar en un mes

08-ABR/2024

 

 

 


 

 

 

COLOMBIA. Cableoperadoras que transmitían ilegalmente son desmanteladas

04-ABR/2024

En Colombia se allanó los establecimientos de tres operadores de televisión, los cuales transmitían de manera ilegal contenidos como Win Sports, Disney, Warner Bros, Ole Distribution y el de Direct TV sin sus respectivas autorizaciones. Las ciudades en donde ofrecían sus servicios eran Caldas, Magdalena y Valle del Cauca.

El operativo policial pudo incautar durante el allanamiento 11 decodificadores de Direct TV, 4 decodificadores de la empresa Movistar, 2 de la empresa Claro Colombia y 60 “decos” de FTA. Cabe resaltar que los decodificadores de FTA son aquellos que permiten desencriptar señales de canales con codificación y retransmitirlos a una gran cantidad de usuarios.

Se informó también que uno de los operadores de cable se proveía por la señal emitida por un servidor “madre” de IPTV, para así distribuir la señal a sus clientes, tal como explicaron los investigadores del caso tras culminar con los allanamientos.

Incluso se ofrecía una grilla de 99 canales y, mediante el uso del a tecnología FINGER PRINT, que permite detectar a través de una marca en pantalla la propiedad y origen de la señal transmitida, se constató la retransmisión ilegal de contenidos. Los controles con las bases de datos propias permitieron identificar, además, los decodificadores que se utilizaban en el acto de piratería.

Fuente: APTCPerú

 

 

Piratería en Brasil: Primera condena penal de la historia determina 5 años de prisión

02-ABR/2024

La denuncia, realizada por Alianza (Alianza Contra la Piratería de Televisión Paga), se dio en el ámbito de la Operación 404, y determinó que el hombre sea encarcelado por más de cinco años por violaciones a los derechos de autor y delitos contra las relaciones con el consumidor.

El tribunal brasileño dictó la primera condena penal en la historia del país por delitos vinculados a la piratería de contenidos audiovisuales a través de IPTV y, así, dio un nuevo paso en la lucha contra este delito.

La jueza Marina Figueiredo Coelho, titular del 5º Juzgado Penal de Campinas (SP), fijó una pena total de 5 años, 4 meses y 17 días de prisión para uno de los imputados. La condena es consecuencia de la segunda fase de la Operación 404, que comenzó en noviembre de 2020. Esta operación, que continúa avanzando, lanzó su sexta fase en noviembre de 2023, que incluyó 24 operaciones simultáneas en doce estados de Brasil y uno de Argentina. para desmantelar las organizaciones criminales.

En un comunicado, Jorge Bacaloni, gerente regional Antipiratería de Vrio Corp. y presidente de Alianza, entidad responsable de las denuncias penales en Brasil, afirma que “el delincuente fue encontrado con dispositivos electrónicos, a través de los cuales tenía acceso al panel de administración de un servicio ilegal de IPTV”. La acción encontró que la plataforma contaba con más de 20 mil usuarios registrados. De ellos, 13.547 estaban activos, lo que representa unos ingresos acumulados de 4.542.034,00 rands (914.500 dólares estadounidenses) en doce meses. A los usuarios se les cobraba a través de plataformas de pago electrónico y cuentas bancarias.

“La decisión de Brasil constituye un hito, que no sólo expone el compromiso de las autoridades en la lucha contra la piratería online, sino que también consolida los esfuerzos que llevamos a cabo contra la piratería en toda América Latina”, destaca Bacaloni.

Según el expediente, fue a través de la investigación de Alianza que el Operativo pudo determinar que los ahora condenados “retransmitían y revendían paquetes de canales de televisión paga sin autorización, a precios que oscilaban entre R$ 20 y R$ 30 por paquete, aunque había También hubo ofertas (con servicios robados de numerosas plataformas) de hasta 200 rands al mes”.

La sentencia dictada por el juez incluye violaciones de los derechos de autor y delitos contra la relación de consumo, cuyas violaciones están determinadas, respectivamente, por el artículo 184, § 3 del Código Penal y por el artículo 7, inciso VII, de la Ley nº 8.137/90.

El proceso judicial incluye elementos de la Operación 404, una iniciativa de colaboración internacional coordinada por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de Brasil, la Policía Civil y las fuerzas de seguridad del Reino Unido, Perú, Estados Unidos y Argentina.

Desde su inicio en 2019, la Operación 404 ha acumulado más de 2.580 webs bloqueadas y 747 aplicaciones, incluidas emisiones pirateadas de contenidos de la industria audiovisual, musical y del juego, con 152 redadas para desmantelar organizaciones criminales relacionadas con la piratería audiovisual. Todo ello con la participación de cinco países y 20 unidades federativas brasileñas.

Lucha contra la piratería: una cruzada regional

Bacaloni afirma que se trata de “una decisión histórica de la justicia brasileña que sienta un precedente fundamental, que potencia la lucha contra la piratería en América Latina, en la que la empresa Vrio Corp. (controladora de DIRECTV Latinoamérica y SKY Brasil) promueve múltiples acciones para combatir el problema. Llevamos a cabo acciones concretas en varios países en los que está presente con tareas coordinadas -que realiza como miembro de la Alianza, un grupo de proveedores de contenidos, televisiones de pago, asociaciones de la industria tecnológica y audiovisual- cuyo objetivo es combatir la piratería audiovisual en todo el mundo. América Latina ".

“Es importante resaltar que la piratería, además de generar pérdidas económicas multimillonarias a empresas y comunidades, afecta directamente a los usuarios, quienes tienen sus datos personales y financieros expuestos a delincuentes. Cientos de miles de personas son víctimas de este tipo de estafas”, concluye Bacaloni.

Los equipos Antipiratería de Vrio Corp., liderados por Bacaloni, implementan acciones continuas, con investigaciones y denuncias, en Brasil, Argentina, Uruguay, Colombia, Chile, Perú y Ecuador, donde opera sus servicios de TV satelital a través de DIRECTV y de SKY, y retransmitiendo contenidos en directo y bajo demanda con las plataformas de TV en directo y streaming DGO y SKY+.

Fuente: Set

 

brasil. Policía Federal realiza operativo de combate a emisoras clandestinas en la región de Campinas (SP)

28-MAR/2024

Durante la mañana de este martes (26) la PF (Policía Federal) llevó a cabo la operación Frecuencia Negativa II, que busca combatir la delincuencia vinculada al desarrollo clandestino de la actividad radiofónica. Se ejecutaron órdenes de allanamiento e incautación en Campinas (SP) e Indaiatuba (SP). Las estaciones fueron cerradas y el operativo acabó con dos personas detenidas con las manos en la masa.

Esta fue la segunda fase de la acción. La primera se realizó en enero pasado, cuando se detectaron señales interfiriendo en la banda de frecuencia utilizada para la comunicación entre controladores de vuelo y pilotos en el Aeropuerto Internacional de Viracopos, en Campinas (SP).

Una de las estaciones localizadas esta mañana (26) estaba en el barrio Chácara Recanto da Colina Verde, en Campinas (SP). En el vecino municipio de Indaiatuba (SP), agentes ejecutaron dos órdenes de registro e incautación en el jardín Morada do Sol.

Según la PF, las órdenes se originaron luego de investigaciones que comenzaron a realizarse el año pasado. Estas investigaciones forman parte de un grupo de trabajo constituido por la Policía Federal, el MP (Ministerio Público) y Anatel (Agencia Nacional de Telecomunicaciones) que busca reprimir la actividad clandestina de radiodifusión.

La actividad clandestina de telecomunicaciones es un delito previsto en la Ley 9.472/97, artículo 183, con pena de prisión de dos a cuatro años, aumentada a la mitad si hay daño a terceros, además de multa de R$ 10.000. El Código Penal también prevé el delito en su artículo 336.

Para denunciar una radio ilegal, simplemente comuníquese con Anatel al 1331 (llamada gratuita) o envíe una carta a: ARU - Oficina de Atención al Usuario de ANATEL, dirección: SAUS Quadra 06, Bloque F, 2do piso, Bairro Asa Sur, CEP: 70.070-940 - Brasilia-DF.

 

 

ABART publica nota de solidaridad con Rádio 93 FM de Alagoinhas (BA), por el robo de sus equipos

25-MAR/2024

Comunicado de ABART

ABART - Associação Bahia de Rádio e Televisão, se solidariza con Rádio 93 FM de Alagoinhas, víctima del robo de sus equipos (transmisores y convertidores de energía solar), ocurrido en el parque de transmisores de la estación en la ciudad de Alagoinhas.

Al mismo tiempo, alerta a todas las emisoras de Bahía y Brasil a tomar conciencia del hecho, y alertarlas sobre la oferta de equipos de dudosa procedencia, además de llamar a las autoridades del Estado de Bahía a tomar las medidas oportunas.

Salvador -BA, 19 de marzo de 2024.

 

 

en lo que va del año, el MTC clausuró a 29 radios ilegales que operaban en Lima, Lambayeque y Arequipa

22-MAR/2024

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó que, en lo que va del año, clausuró 29 radios que operaban ilegalmente en el país. Además, como parte de estas acciones, se logró incautar 64 equipos de transmisión y comunicación que eran empleados para estas actividades ilícitas.

De las 29 radiodifusoras ilegales desmanteladas, 16 corresponden a la región Lima, 10 a Lambayeque y tres (03) a Arequipa. Cabe indicar que, para llevar a cabo estas intervenciones, el MTC emplea tecnología de avanzada a fin de localizar con precisión la ubicación de los equipos de transmisión y estudios que operan en la clandestinidad.

La viceministra de Comunicaciones, Carla Sosa Vela destacó que estos operativos responden a un trabajo conjunto con el Ministerio Público, el Poder Judicial y la Policía Nacional del Perú.

“Los operativos inopinados, junto con otras instituciones, no cesarán a fin de salvaguardar este bien del Estado y disminuir esta práctica ilícita que perjudica a los usuarios por las interferencias en las transmisiones que emplean empresas autorizadas, evaden impuestos y violan los derechos de autor”, indicó.

Es importante recordar que operar una estación de radiodifusión sin autorización constituye un delito penal, calificado como hurto agravado del espectro radioeléctrico, el cual se sanciona con pena privativa de libertad de hasta ocho años, junto con multas administrativas que pueden ir hasta los S/ 257 500. Del mismo modo, quienes contraten anuncios en estas estaciones también enfrentarán multas administrativas de hasta S/ 154 500.

El MTC reafirma su compromiso de trabajar articuladamente para erradicar las prácticas ilícitas en el sector de su competencia. Asimismo, invita a la ciudadanía a participar activamente denunciando de tener información de alguna radiodifusora que opere ilegalmente o cause interferencia, a través del correo electrónico radiospiratas@mtc.gob.pe.

 

 

mexico: IFT cambia reglamento para atajar la aparición de "lobos sociales" en radio y TV

21-MAR/2024

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) modificó los criterios para la integración de socios en organizaciones civiles que explotan concesiones de espectro para la prestación de servicios de telecomunicaciones o la transmisión de radio o televisión de uso social.

En México, además de las concesiones de radio y televisión comercial y públicas, también se han entregado al menos 106 frecuencias de AM y FM para radio comunitaria, indígena o social, y todas ellas representarían el 5% de todas las frecuencias con transmisión de AM/FM en el país. Sólo en la Ciudad de México, el IFT ha entregado ya un canal de televisión social que estará al aire en próximos meses y ya existe en la capital una estación de radio FM, también de tipo social.

La modificación a los denominados Lineamientos Generales de integración socios de para la explotación de concesiones sociales es una primera respuesta del Instituto Federal de Telecomunicaciones a casos en que los concesionarios han utilizado las frecuencias para fines distintos, como su uso en transmisiones comerciales o porque los titulares de las concesiones hacen parte también de grupos de radiodifusión comercial que buscaron ganar este tipo de estaciones para obstaculizar a competidores o para obtener recursos económicos a discreción.

En la industria de radiodifusión, se identifica a este tipo de radiodifusores como "lobos sociales" y el IFT ya había recibido quejas de radiodifusores comerciales y sociales por este tipo de hechos.

Las concesiones de espectro para uso social se entregan por un mecanismo de asignación directa y sin contraprestación económica a las entidades que demuestren que utilizarán la señal para la divulgación de valores, la preservación de identidad cultural o para la prestación de servicios sociales en una zona geográfica determinada, por lo que este tipo de concesionarios están impedidos de comercializar sus tiempos aire con fines lucrativos.

"Esta medida regulatoria robustece el marco normativo para asegurar la autenticidad de los proyectos de comunicación con orientación social o comunitaria y con ello de todo el ecosistema mediático. Para concesiones en materia de telecomunicaciones, la integración de un socio o asociado, el concesionario únicamente deberá presentar el aviso de ingreso del propio socio o asociado", dijo el IFT.

La autoridad estableció un procedimiento para la presentación anual obligatoria un listado que contenga los nombres de los socios o personas asociados a la organización que explota la concesión de espectro de tipo social.

El IFT también hizo obligatorio el aviso de separación de socios de la organización, y del ingreso de nuevos socios o asociados en materia de telecomunicaciones y en el caso de las concesiones de radio y televisión social, el IFT ordenó la presentación de solicitudes de autorización de adhesión de nuevos socios.

Recientemente, el IFT descartó la renovación de una concesión de radio social con cobertura en Cancún, Quintana Roo, debido que el concesionario utilizó la frecuencia para transmitir pauta comercial.

Los concesionarios de radio y televisión social sí pueden generar ingresos a través de aportaciones de la comunidad a la que bridan servicio, por la generación de contenidos para entidades públicas, por la renta de sus estudios a terceros o por la venta de publicidad de entidades públicas como dependencias de gobierno, empresas estatales o universidades.

Fuente: El Economista


 

 

BRASIL: radio ilegal en Paraíba es cerrada por la PF y Anatel

20-MAR/2024

Una radio clandestina que operaba en la ciudad de Montadas (PB) fue desmantelada, el martes (12), por la Operación Radio Legal de la Policía Federal. La investigación investiga la explotación irregular de la radiodifusión que provocó interferencias en los canales de comunicación e incluso en las señales de los aviones.

La acción se produjo luego de una denuncia ante la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) por el funcionamiento de la radio clandestina a una potencia superior a la permitida por la legislación. Anatel ya había notificado cinco veces al responsable de la transmisión, quien contó con el apoyo de comerciantes de la región para persistir en la explotación ilegal. El objetivo de la operación es identificar a los autores de la actividad, que puede acarrear una pena de hasta cuatro años de prisión, además de a los financiadores de la actividad, que constituye explotación comercial.

Fuente: Abert

 

 

venezuela: conatel cerro fm en el estado bolivar y entre 6 y 8 trabajadores quedaron sin empleo

18-MAR/2024

El Instituto de Prensa y Sociedad de Venezuela (Ipysve) denunció la orden de cierre, por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), de Bendición Estéreo 93.9 FM ubicada en Upata, estado Bolívar, junto a la decomisación de sus equipos de transmisión, bajo el alegato de “falta de permisos para operar”, según indicó la organización no gubernamental en su cuenta de X.

Por su parte, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa, declaró el pasado 9 de marzo que entre seis y ocho trabajadores de la radio permanecerán en desempleo por la medida tomada por parte del organismo gubernamental, encargado de las concesiones para mantener las operaciones televisivas y de radiodifusión en el territorio nacional.

Fuente: La Nación Web

 

 

 

mexico: IFT quita concesión a Fundación Maya Cancún por vender comerciales desde una radio social

18-MAR/2024

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se negó a refrendar una concesión de radio de frecuencia modulada en poder de la Fundación Maya Cancún A.C. y con cobertura en Cancún, Quintana Roo, tras verificar que esa organización hizo un mal manejo de la señal XHROJ-FM 103.5 MHz por varios años.

La organización —que poco más de una década atrás había conseguido de la extinta Cofetel un permiso para explotar sin fines de lucro a la estación—, faltó a dos preceptos establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).

La primera falta ocurrió cuando la Fundación Maya Cancún violó el artículo 89 de la LFTR al transmitir anuncios comerciales, impedidos por ley para todas las radiodifusoras de carácter indígena, comunitaria o social, como era el caso de la 103.5 FM de Cancún. La fundación presentó además de manera extemporánea información requerida por el IFT en materia de transmisión de contenidos, con lo que faltó al artículo 298 de la llamada Ley Telecom.

De esta manera, el Instituto Federal de Telecomunicaciones tuvo los elementos suficientes para ordenar el apagado de la señal, a pesar de que la Fundación Maya Cancún A.C. negó en varias ocasiones que hubiese transmitido anuncios comerciales. La Fundación Maya Cancún A.C. también ya había sido sancionada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en enero del 2021 por omitir la transmisión de 346 spots de propaganda política durante los años 2019 y 2020.

La historia de la Fundación Maya Cancún A.C. y su tenencia de la frecuencia XHROJ-FM 103.5 MHz es de larga data en Quintana Roo. Ésta empezó cuando la desaparecida Comisión Federal de Telecomunicaciones le entregó en el año 2010 la señal de los 104.3 MHz, con siglas XHFMC-FM.

La Fundación Maya Cancún luego solicitó la reubicación de su concesión en los 103.5 MHz y con cambios de siglas también. Durante su historia, además se relacionó a la frecuencia con el asesoramiento técnico del Grupo ACIR y relaciones también con el grupo Acustik. Industriales de radiodifusión de Quintana Roo también presumieron que hubo tiempo en que la 104.3 FM y la 103.5 FM radiodifundían simultáneamente el mismo contenido sobre la plaza de Cancún, pero hasta ahora el IFT ha negado confirmar ese tipo de transmisiones.

Lo que sí confirmó la autoridad fue que la XHROJ-FM 103.5 MHz transmitió 33 anuncios comerciales de negocios vecinos a la estación, entre los días 5 y 6 de febrero de 2021, luego de que el IFT escuchó grabaciones de monitoreos propios y del Instituto Nacional Electoral (INE) que exhibieron las faltas de la Fundación Maya Cancún A.C.

La emisora argumentó primero que las transmisiones de los anuncios comerciales pudieron haber sido originados en la señal 104.3 MHz y confundidos con la programación de la 103.5 FM. Desmentida la fundación, la entidad luego argumentó que sí transmitió pauta comercial al aire, pero que ésta había sido publicidad de comercios pequeños de sus alrededores y que nunca recibió recurso económico alguno de empresarios, ya que la difusión de esos anuncios no tuvo un fin lucrativo.

La Fundación Maya Cancún A.C. perdió así la concesión de la XHROJ-FM 103.5 MHz con cobertura en Cancún y 24 kilómetros más de territorio quintanarroense.

La concesión vencía en el año 2022 y una propuesta de la autoridad proponía extender su vida hasta el año 2047, si el concesionario había cumplido todas las estipulaciones de su título de concesión.

El IFT asintió que la entidad podrá combatir su resolución P/IFT/131223/748 en los tribunales especializados y allí la Fundación Maya Cancún A.C. estará obligada a demostrar que nunca transmitió anuncios de carácter comercial.

En tanto, el Instituto Federal de Telecomunicaciones definirá la re-colocación de la frecuencia en manos de un radiodifusor comercial mediante una licitación o en poder de otra organización civil por la vía de la adjudicación directa.

Fuente: El Economista

 

 

gobierno de maduro ordeno eliminar el canal deustche welle de todas las cableoperadoras

07-MAR/2024

 

El Ministro de Comunicación e Información del Gobierno de Venezuela, Freddy Ñáñez, anunció este lunes la expulsión del canal alemán Deustche Welle de todas las compañías de servicio de cable del país, acusando a la estación televisora de “difusión de contenido y promoción de propaganda de odio” en contra de la nación. La medida ha tenido un efecto inmediato. Unos días antes, la televisora estatal alemana había colgado unos contenidos en las redes sociales en los cuales recogía una información atribuida a Transparencia Internacional, que colocaba a Venezuela como el segundo país más corrupto del mundo.

“Venezuela es un estado mafioso”, afirma en el reportaje el periodista Ernesto Fuenmayor, un vídeo de apenas dos minutos y sin desarrollo periodístico, más al estilo de un youtuber que al de un reportero. En él se hace alusión a la existencia del Cartel de los Soles, como “una de red criminal de tráfico de cocaína y oro” estructurado por “militares de alto rango y políticos influyentes”, que, traficando con las necesidades de la población, “ha hecho muchísimo dinero”, en un contexto en el cual la justicia está a favor del Gobierno.

Lo afirmado en este reportaje replica y recoge parte de las acusaciones que sectores de la oposición venezolana, y algunos de la comunidad internacional, como el secretario general de la OEA, Luis Almagro, han hecho al Gobierno de Maduro en estos años. Los datos se intercalan con imágenes continuas del propio Maduro. “Además de encubrir el genocidio en Gaza, la cuenta de DW en español se ha encargado de difamar y propagar odio contra Venezuela. Dan asco sus bulos, pero también dan pena la pobreza de sus contenidos”, ha declarado Ñáñez, en réplica al reportaje, en su cuenta de X.

En su programa de televisión, el propio Maduro comentó posteriormente la decisión tomada por su despacho, acusando a la televisora de “nazi”. “Ellos y otros medios internacionales tienen una campaña en contra de Venezuela, quieren hacer ver que aquí está todo lo malo del mundo, buscan mancharme, para agredir al país. Debemos estar atentos”.

No es la primera vez que el Gobierno de Venezuela tiene diferencias irremediables con la difusión de ciertas noticias y contenidos editoriales internacionales. Estaciones como CNN en español, o las colombianas RCN y Caracol Radio, habitualmente críticas del proceder del chavismo, también fueron expulsadas del país hace unos años.

“Sin prensa libre, hay dictadura”, afirma un post colocado por el Colegio Nacional de Periodistas de Venezuela en sus redes sociales, en protesta contra la medida. “La censura es otro atentado contra la libertad de expresión”. En los últimos años, el Gobierno de Maduro ha ido endureciendo su política contra medios autónomos o críticos: solo en un año como 2022, fueron cerradas 78 emisoras de radio en el país. De acuerdo a la ONG Espacio Público, entre 2003 y 2022, se concretaron un total de 285.

Esto ocurre en un contexto de cerrojazo internacional del chavismo. Las autoridades han detenido en las últimas semanas a opositores y activistas, siendo la más importante de ellos la experta en seguridad Rocío San Miguel. El Gobierno también se niega en redondo a admitir la participación en las elecciones presidenciales de este año a la principal opositora, María Corina Machado, pese a que el chavismo, en los acuerdos de Barbados, había mostrado su intención de organizar unos comicios libres y democráticos. Estados Unidos llegó a levantar las sanciones al oro y al petróleo, pero Washington ha quedado desencantado con los pasos que ha dado atrás Venezuela y ya ha dicho que no renovará esas licencias puntuales. La salida al aire de la DW solo es un paso más en esa dirección.

Fuente: El País

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Golpe a la piratería: primera sentencia contra una empresa de IPTV pirata en España

04-MAR/2024

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha protagonizado un fallo histórico al condenar a la empresa Engel Systems S.L y sus directivos por un delito contra la propiedad intelectual por la venta de decodificadores para piratear contenido. Lo extraordinario del fallo se debe a que es la primera vez que en España es condenada una empresa por vender servicios de IPTV pirata, ya que, hasta ahora , el peso de la ley había recaído únicamente en personas particulares, señalan fuentes jurídicas a EL MUNDO.

La condena afecta a siete trabajadores de la empresa, entre ellos sus directivos, que han recibido multas que van desde los 540 euros hasta los 7.290 euros en función de su grado de importancia en las operaciones, y a la compañía Engel, sancionada con 673.000 euros y 397 dólares por la responsabilidad civil derivada del delito.

Más allá de la multa, se prohíbe a la empresa volver a dedicarse a la venta de decodificadores en el futuro, mientras que los directivos también fueron inhabilitados por un periodo de siete años. Los acusados particulares, además, recibieron penas de cárcel que se han conmutado por haber abonado las cantidades reclamadas y otros atenuantes como la elevada duración del proceso, más de siete años y medio hasta la sentencia, que es firme y contra la que no cabe recurso.

La compañía llevó a cabo su operativa durante seis años y fue evolucionando en sus métodos. Primero con un modelo de piratería de cardsharing, es decir, ofreciendo conexión pirata a otros usuarios a través de una tarjeta de abonado legítima, y posteriormente evolucionaron a las IPTV, el modelo en boga actualmente por el que se accede de forma fraudulenta a contenidos de pago por Internet.

Esta forma de acceder a contenidos está especialmente extendida entre los jóvenes y hay modelos que incluso cobran sus propias suscripciones mensuales [mucho más baratas que el modelo legal]. Según LaLiga, a principio de temporada había un millón de conexiones piratas de estas características, un problema que causa creciente preocupación entre los grandes operadores que invierten ingentes cantidades en métodos para tumbar estos medios de difusión.

La denuncia que derribó la organización la hicieron EGEDA, Mediapro y Movistar Plus+, que heredó el caso de la antigua Digital+ cuando Telefónica adquirió la compañía. Las entidades recibieron un pago inicial de 97.102 euros en el caso de las dos primeras y 129.470 euros en el de Telefónica a lo que se sumará el abono del resto de la sanción en 23 mensualidades.

ASÍ FUNCIONABA

Según relata el juez, la empresa estuvo desde finales de 2010 hasta mayo de 2016 vendiendo decodificadores que emitían o reproducían contenidos piratas gracias a una red de servidores ubicados en Lituania y Alemania, en primera instancia, y en un centro de datos en Málaga y en la propia nave de la empresa en Madrid posteriormente.

No contentos con el comercio ilícito, el modus operandi de la empresa consistía en hacer apagones periódicos de los servidores para obligar a los clientes a comprar un decodificador nuevo, lo que se traducía en nuevas ventas para Engel.

La empresa instalaba un archivo en los decodificadores que permitía tener acceso a los canales de Movistar, Bein Sport y Sky Sport, así como a películas y series sin autorización. El mecanismo funcionó durante seis años hasta que, el 18 de mayo de 2016, la policía irrumpió en los locales de la empresa en Málaga, Madrid y Barcelona y en los de varios socios que la compañía tenía en Lugo, Rivas-Vaciamadrid y Palma de Mallorca.

Posteriormente, se hicieron registros en Alemania y Lituania para desmantelar los servidores de la empresa y se registraron varios domicilios donde se encontraron los archivos que se utilizaban para piratear la señal de las compañías afectadas.

Fuente: El Mundo

 

 

Gobernador del estado Trujillo ordenó cierre de Ecos del Páramo 100.3 FM

04-MAR/2024

La emisora Ecos del Páramo 100.3 FM que operaba en Tuñame, municipio Urdaneta del estado Trujillo (oeste), cesó sus operaciones el 27 de febrero por órdenes del gobernador oficialista de esa entidad, Omar Márquez, quien envió funcionarios a la sede del medio a hurtarle transmisores, computadoras y micrófonos.

Trabajadores de la gobernación de Trujillo y efectivos de la Policía Estadal se llevaron los equipos de la emisora bajo el argumento de que “estaba clandestina” y que laboraba sin permiso de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), según denunció en Instagram el medio regional Palpitar Trujillano.



Sin embargo, en el procedimiento irregular no se encontraba presente ningún funcionario de la Conatel ni mostraron documentos o autorización para el decomiso. La emisora funcionaba desde 2011 bajo la modalidad de “radio comunitaria” y empleaba directamente a alrededor de 30 personas.

El director de Ecos del Páramo, Alexander Carrillo, explicó que tanto el transmisor como la antena de la emisora contaba con la documentación dada por la Conatel desde el momento en que salieron al aire, pero que nunca recibieron respuesta a las solicitudes de información que hicieron para mantener su documentación al día, como otras tantas emisoras que han cerrado en el país.

Entre las y los funcionarios que participaron en el procedimiento de cierre de Ecos del Páramo se encontraba la periodista y jefa de prensa de la Gobernación de Trujillo, Edith Azuaje. En el proceso, la funcionaria no mencionó orden alguna emitida por la Conatel para ejecutar el cierre y, por el contrario, atribuyó la acción a una decisión del gobernador Gerardo Márquez y a que era “una emisora clandestina”, según un video que circuló en redes sociales.

La funcionaria Azuaje, de acuerdo con el video que muestra el procedimiento, insinuó que el cierre se debía a que Ecos del Páramo emitía “discursos de odio”, narrativa que ha sido utilizada masivamente por funcionarios y voceros del oficialismo para estigmatizar a los medios que brindan espacios a personas percibidas como opositoras al gobierno.

El 23 de febrero, días antes de la salida del aire de Ecos del Páramo, el gobernador Márquez dijo en su programa radial (que transmiten de forma obligatoria todas las emisoras públicas de la entidad) que Ecos del Páramo “es del partido (PSUV) y es de la revolución”. Luego de exigir que tenía que transmitir su programa, el dirigente reconoció que ordenó a los cuerpos de seguridad que la intervinieran desde hace más de un mes.

Desde su llegada a la gobernación de Trujillo en 2021, han sido constantes los ataques y actos de hostigamiento por parte de Gerardo Márquez hacia periodistas y medios de comunicación independientes en la entidad. En enero de 2023, el gobernador hostigó al Diario de Los Andes y a uno de sus periodistas por denunciar el acoso que reciben los trabajadores públicos en la región.

Y a finales de ese año, Márquez fue escalando los actos de acoso, hostigamiento y amenazas en contra del medio regional Palpitar Trujillano por su línea editorial crítica y la información que publicaban en sus plataformas. Los ataques los hacía principalmente en su programa radial y derivó en que, en enero de 2024, se vieran obligados a desalojar su sede en la ciudad de Valera.

Desde Espacio Público reiteramos que ninguna autoridad ejecutiva -sea nacional, regional o local- tiene facultades para cerrar medios de comunicación. A lo largo de los últimos 20 años, la Conatel ha usado el silencio administrativo como mecanismo de presión y persecución, generando una incertidumbre jurídica que se convierte en mecanismo de censura para limitar arbitrariamente la libre difusión de contenidos en radio y televisión.

 

COLOMBIA: ANE actualiza la normatividad para espacios en blanco de televisión

01-MAR/2024

La Agencia Nacional del Espectro (ANE) expidió la Resolución 61 de 2024 mediante la cual se actualiza el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF) para ajustar condiciones técnicas y operativas relacionadas con el uso y trámite de espacios en blanco.?

Los espacios en blanco son frecuencias que no están asignadas a un servicio primario o secundario en una zona geográfica específica y que pueden ser usadas por aplicaciones de radiocomunicaciones en dicha zona sin causar interferencias perjudiciales o inadmisibles a las estaciones de un servicio primario o secundario.

Actualmente, la banda comprendida entre 470 y 698 MHz se encuentra atribuida para el servicio de radiodifusión de televisión y se puede compartir en la modalidad de uso libre para llevar internet de banda ancha a lugares donde existen frecuencias o canales de televisión que no están en uso y de esta manera, aportar a la meta del Gobierno Nacional de conectar al 85% del país y convertir al país en una potencia digital.

Con la modificación de la normatividad los dispositivos de espacios en blanco podrán realizar conexiones a mayor distancia, ya que aumenta la potencia de transmisión y la ganancia máxima de las antenas. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, para garantizar la protección del servicio de televisión, adicionalmente, disminuyen las emisiones fuera de banda permitidas.

Se ajustan las definiciones y se actualiza el proceso para la solicitud de canales disponibles automáticamente con la base de datos de espacios en blanco (BDEB), incluyendo la doble autenticación de los responsables de los dispositivos.

Los interesados pueden tener mayor información en la Resolución 61 de 2024 y los comentarios y observaciones recibidos haciendo clic aquí.

El procedimiento automático de solicitud de canales puede ser realizado por los dispositivos máximo cada 24 horas mediante el protocolo PAWS, que es un protocolo de acceso a bases de datos que contiene los diferentes mensajes intercambiados por los dispositivos para hacer la solicitud de disponibilidad con la BDEB, realizando la conexión con el URL https://tvwhitespaces.ane.gov.co/rpc/

Filial de Televisa en Coahuila deja de ser preponderante en radiodifusión

29-FEB/2024

 

El empresario Roberto González Treviño, concesionario de un canal de televisión en Saltillo y de una frecuencia de radio en Ciudad Acuña, ambas en el estado de Coahuila, demostró que no existe coordinación de sus emisoras con las de Grupo Televisa en materia de publicidad y facturación, y que los contenidos de esa televisora tampoco representan más del 40% de las transmisiones de sus señales de radio y televisión, con lo que González Treviño libera a sus concesiones de una política regulatoria especial a la que estaban sujetas desde hace una década.

En marzo del año 2014, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó que Televisa era una agente económico con demasiado poder en la industria de la radiodifusión a nivel nacional, y por ello obligó a esa compañía y a sus afiliadas a sujetarse a una política regulatoria especial para que de esta manera se generasen equilibrios en la radiodifusión mexicana, principalmente en la televisión abierta y ante el advenimiento de la llamada tercera cadena nacional que se concursó en 2015.

En ese año, Grupo Televisa participaba con más del 64% del mercado de la televisión abierta a nivel nacional y con el 59% de la televisión restringida, si bien este otro negocio ya era parte del sector de telecomunicaciones y no de radiodifusión.

El IFT obligó entonces a Televisa y sus aliados comerciales a cumplimientos como la compartición de su infraestructura pasiva con terceras empresas y hacer también una separación contable del negocio, responsabilidades, entre otras, que significaban costos todavía más onerosos para el nivel de ingresos de las filiales de Televisa en el interior de la República.

Varios años después, el concesionario Roberto González Treviño consiguió que el Canal 8.1, XHRCG-TDT, y sus señales virtuales 8.2 y 8.3 dejaran de ser consideradas parte del agente económico preponderante de radiodifusión, denominación regulatoria que todavía alcanza a Grupo Televisa en particular y de la que el IFT presentará en este marzo una nueva versión.

La emisora de frecuencia modulada XHRG-FM, 95.5 MHz, de Ciudad Acuña y con capacidad para radiar hasta Texas, también queda liberada de la política de preponderancia.

Con la pérdida de la denominación de agente económico preponderante, el empresario González Treviño y sus empresas no están más obligadas por ley a compartir, por ejemplo, su infraestructura con terceros operadores de televisión que pensaran en utilizar su sitio de transmisión para colocar su propia antena de transmisión.

Las unidades de Medios y Contenidos Audiovisuales, de Política Regulatoria y de Competencia Económica del IFT acreditó que no mantiene una relación comercial con Grupo Televisa que la haga estar sujeta a la llamada regulación asimétrica impuesta desde el 2014.

"No se advirtió que exista una relación comercial sustancial contractual con Grupo Televisa, ni otros vínculos que impliquen una coordinación o unidad de comportamiento en el mercado, control real o influencia decisiva, o un interés comercial y financiero afín con dicho grupo (...) Se propone determinar que Roberto Casimiro González Treviño deja de formar parte del grupo de interés económico declarado como agente económico preponderante en radiodifusión y, en consecuencia, le deja de aplicar la regulación asimétrica", dijo el IFT.

Fuente: El Economista

 

 

Conatel ordenó el cierre de tres emisoras en el estado Zulia

29-FEB/2024

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) ordenó el 23 de febrero apagar los transmisores de las emisoras Senda 96.1 FM, Mágica 93.3 FM y Clásicos 93.9 FM que operaban en Ciudad Ojeda, municipio Lagunillas del estado Zulia.

Según informó a través de X (antes Twitter) el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), una comisión de la Conatel que visitaba el estado ordenó el cese de transmisiones de las emisoras “luego de una revisión administrativa técnica”.

Una fuente que solicitó permanecer en anonimato confirmó que el cierre fue administrativo y que les pidieron los documentos de los medios, aunque ellos “alegan estar al día”. La fuente agrega que “la semana que viene van por más en el municipio”.

Sobre el procedimiento, otra fuente que pidió mantenerse en anonimato detalló que los funcionarios llegaron a una de las emisoras afectadas a las 10 de la mañana y se mantuvieron “haciendo la supervisión durante todo el día” hasta que confirmaron el cierre, a las 5 de la tarde.3

La fuente dijo que el cierre se produjo porque faltó uno de los documentos que exigieron, sin detallar cuál, aunque aclara que nunca hubo una advertencia por parte del organismo regulador. “Fue una comisión que vino desde Caracas, no una comisión regional”, señaló.

Los cierres de medios de comunicación que ejecuta la Conatel se realizan de manera arbitraria, sin respetar el debido proceso y sin informar oportunamente a sus propietarios, lo cual evita que puedan ejercer su derecho a la defensa.

Exigimos al Estado venezolano garantizar el debido cumplimiento del marco regulatorio vigente con el fin de garantizar la continuidad de los espacios informativos y de participación de la población. Los cierres de medios vulneran no solo el derecho a la libertad de expresión, sino además el de opinar y mantenerse informados.

Fuente: Espacio público

 

 

 

mexico: iFT inhabilita por 5 años a filial de Radiorama para comprar frecuencias de radio AM/FM

26-FEB/2024

La empresa XHIM-FM S.A. de C.V., una compañía filial del grupo Radiorama, quedó inhabilitada por cinco años para obtener nuevas concesiones para la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, con lo que esa entidad pierde la oportunidad de participar en la próxima subasta de frecuencias de radio AM/FM a nivel nacional en México, si bien su territorio de transmisión se ubica en Ciudad Juárez, Chihuahua.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el organismo que sancionó a XHIM-FM S.A. de C.V., planea una licitación simultánea de radio y televisión digital, para colocar en el mercado un centenar de frecuencias comerciales que estarían en concurso desde el último trimestre de 2024, pero a la que esa empresa no podrá acceder directa o indirectamente por su inhabilitación de 2023 a 2028.

XHIM-FM S.A. de C.V. fue la empresa concesionaria de la emisora XHIM-FM 105.1 MHz, con ubicación geográfica en Ciudad Juárez y cobertura permitida para radiar hasta 45 kilómetros de distancia en México y Estados Unidos, por su categoría de potencia de transmisión B1, en su momento autorizada por el IFT.

Este concesionario perdió la titularidad de la frecuencia por anticiparse a una resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones que le hubiese permitido la reubicación de su antena de transmisión hacia un terreno con mejores parámetros técnicos de difusión y también con un mayor alcance de cobertura poblacional, inclusive hacia El Paso, Texas, pues el regulador FCC de los Estados Unidos también había consentido la mudanza de la antena tras descartar interferencias en territorio texano.

La empresa XHIM-FM S.A. de C.V. reubicó voluntariamente la antena de su estación “Estudio 105.1 MHz”, desde sus cabinas instaladas originalmente en el centro-oriente de Ciudad Juárez, hacia el sur-poniente de la misma ciudad, en la demarcación de Hermenegildo Galeana, contraviniendo así la cuarta obligación de su título de concesión del año 2017 que trata sobre los criterios de reubicación de infraestructura y la necesaria autorización previa del IFT.

Adelantarse a una posible autorización del IFT sobre la reubicación de antena sin contar todavía con el documento aprobatorio en sus manos, provocó que el regulador revocara su concesión de espectro, como marca la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) en su artículo 303.

Expedientes del Instituto Federal de Telecomunicaciones afirman que el concesionario XHIM-FM, S.A. de C.V. ya transmitía desde febrero del año 2022 desde la nueva ubicación, tres meses antes de que el IFT expidiera la resolución definitiva que contenía la autorización deseada por la empresa.

Y por este hecho, además de perder la concesión, XHIM-FM S.A. de C.V. tampoco puede conseguir concesiones o autorizaciones para ofrecer servicios durante cinco años, por lo que si el IFT decide volver a poner a concurso a la XHIM-FM 105.1 MHz en el corto plazo, esta empresa no podrá competir por la frecuencia y posiblemente tampoco la matriz Radiorama, a través de otra subsidiaria.

La revocación a la empresa XHIM-FM, S.A. de C.V. es la primera que ocurre en tiempos de la reforma sectorial ocurrida en 2013, pues la emisora 105.1 MHz fue adjudicada en 2017 a esa compañía y todavía restaban otros 14 años para la conclusión de la vigencia de la concesión.

La concesión, y con vigencia hasta el día 17 de diciembre del año 2037, había requerido una contraprestación económica de 3 millones 762,256 pesos para el grupo Radiorama.

Datos del Instituto Federal de Telecomunicaciones indican que en Ciudad Juárez existen oras nueve emisoras de radio con origen de señal de transmisión allí, con lo que las audiencias podrán acceder a otros conceptos informativos y de entretenimiento, en tanto que la 105.1 MHz podría ser nuevamente adjudicada a un competidor de Radiorama o un nuevo grupo económico que busque la concesión de la estación para radiar sobre México y Estados Unidos.

Fuente: El Economista
 

 

 

estacion de fm pirata de pensilvania, multada con 40 mil dolares por la fcc

23-FEB/2024

Operar una estación pirata, que aparentemente es un homenaje a una estación popular en la República Dominicana, ha resultado en una multa de 40.000 dólares para un hombre de Pensilvania. La FCC dice que determinó que Brígido Danerys González es el operador de “La Bakana”, una estación sin licencia en 90.1 FM en Hazleton, PA. Ahora le ordena pagar la multa, que está muy por debajo del máximo potencial de 2,4 millones de dólares permitido por la ley.

La FCC alega que González operó la estación pirata entre marzo y mayo de 2023, aunque los agentes de campo conocían “La Bakana” desde junio de 2022. Fue entonces cuando comenzaron a investigar denuncias sobre una estación sin licencia, a la que rastrearon hasta un edificio en Alter Street en Hazleton.

En una nueva visita, hablaron con el dueño de un supermercado en el edificio, y le dijeron que le pagaba 50 dólares al mes a un hombre que se hacía llamar “Super Dany” para anunciar su tienda en la estación pirata. Cuando los agentes de campo preguntaron al propietario del edificio, dijeron que no conocían la estación de radio, pero también describieron a "Super Dany" como una famosa personalidad de la radio en Hazleton. Cuando los agentes regresaron unos meses después, la estación se había mudado a un nuevo sitio en North Locust Street, pero la programación era la misma. Durante otra visita, rastrearon la estación hasta Alter Street, pero esta vez desde un edificio diferente.

Durante su investigación, los agentes de campo de la FCC no tuvieron muchos problemas para buscar información sobre “La Bakana”. La emisora tiene su propio sitio web y su cuenta de redes sociales incluía fotos de González, alias Súper Dany, así como un número de teléfono de contacto. También hubo un vídeo de YouTube.

"Tales operaciones ilegales representan un peligro para el público porque interfieren con estaciones autorizadas que informan a sus oyentes sobre importantes mensajes de seguridad pública, incluidas las transmisiones del Sistema de Alerta de Emergencia que brindan información vital sobre eventos climáticos y otros peligros para el público", dice la FCC en una decisión publicada el miércoles . Propone la multa de 40.000 dólares basándose en las operaciones de la estación pirata en dos días específicos del año pasado cuando los agentes de campo estaban en Hazelton. Si bien eso está por debajo de la multa máxima de $119,55 por día permitida ahora según la ley federal, la FCC señala en la decisión que la multa de $20,000 es el doble de lo que se permitía antes de que la Ley PIRATA se convirtiera en ley en 2020.

González ahora tiene 30 días para responder, incluido ofrecer cualquier razonamiento de por qué la multa debería reducirse o revertirse. Mientras tanto, es posible que la caza de piratas no haya terminado para la FCC. El sitio web de “La Bakana” sugiere que la estación también transmite en Brooklyn, Nueva York.

Según la Ley PIRATA, la FCC puede multar a los operadores de radio piratas con hasta (cantidades ajustadas a la inflación de) 119.555 dólares por día y un máximo de 2.391.097 dólares. La FCC ha demostrado anteriormente que está dispuesta a imponer la pena máxima. En noviembre, impuso multas por un valor combinado de 6.412.068 dólares por operar estaciones de radio sin licencia en el área de la ciudad de Nueva York. Y en enero, la FCC propuso más de 3,5 millones de dólares en multas contra cinco presuntos operadores de estaciones sin licencia en el área de Miami.

Fuente: Insideradio


 

 

brasil. supremo tribunal convalido el must carry

20-FEB/2024

El Pleno del Supremo Tribunal Federal (STF) decidió por unanimidad que es constitucional ampliar la obligación de los distribuidores de TV paga de incluir canales locales abiertos y gratuitos en sus paquetes, sin repercutir ningún costo al consumidor.

La decisión fue tomada en la sesión del juicio del pasado miércoles (7), e incluye una demanda de Abratel, que desde el inicio de las discusiones defendió la constitucionalidad del proceso.

La regla de carga obligatoria de canales está prevista en el párrafo 15 del artículo 32 de la Ley 12.485/2011 y fue validada por los ministros, quienes consideraron que la ampliación contribuye a la reducción de las desigualdades sociales y regionales, ya que permite a los usuarios acceder a contenidos variados, en la promoción de la cultura y la regionalización.

El dispositivo es resultado de modificaciones incluidas por el Legislativo al considerar la Medida Provisional 1.018/2020, que fue convertida en Ley 14.173/2021. Abratel trabajó intensamente durante todo el proceso en el Congreso Nacional y en la Corte Suprema y el presidente de la Asociación, Márcio Novaes, celebra este gran logro para las emisoras de todo Brasil.

“La inclusión de los RTV autorizados para operar en las regiones fronterizas de desarrollo del país, entre los canales obligatorios de TV paga, es de suma importancia para que las entidades continúen con su misión de llevar información de calidad y entretenimiento gratuito a millones de hogares brasileños. Abratel está atenta a cuestiones como ésta y sigue de cerca las agendas prioritarias del sector. Que 2024 esté marcado por más victorias”, afirma Novaes.

Regulación

La junta siguió la votación del ponente, el ministro Alexandre de Moraes, para mantener la norma. Para la Corte, la norma sólo regula la carga obligatoria de los canales de comunicación audiovisual de acceso condicionado (TV de pago), que es un instrumento administrativo operativo, por lo que no infringe el artículo 2 de la Enmienda Constitucional (CE) 8/1995, que prohíbe el uso de una medida provisional para regular el marco jurídico de los servicios de telecomunicaciones.

En la valoración del colegiado tampoco se añadió ningún contenido extraño al tema tratado en el MP – el llamado “jabuti”, sino un tema relacionado. Para Moraes, el diputado enviado por la Presidencia de la República previó alivio fiscal para los operadores de TV paga que incluyan canales locales en sus paquetes de forma gratuita.

La enmienda trata el mismo tema de manera diferente, evaluó. “En lugar de la exención, se amplió la obligación de subir canales gratuitos, con el objetivo de mejorar el acceso a la información para toda la población brasileña”.

Fuente: Abratel

 

 

 

 

Tribunal colegiado resuelve que Televisa no tiene poder sustancial en TV de paga

16-FEB/2024

Un tribunal especializado en telecomunicaciones y radiodifusión resolvió en definitiva que el Grupo Televisa no posee poder sustancial de mercado en televisión restringida, como afirmó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) luego de que Televisa comprara activos de fibra óptica y clientes residenciales a Axtel en 2018 para potenciar el crecimiento de su cablera Izzi Telecom.

El IFT pierde de esta manera sus posibilidades de aplicar una regulación especial a Grupo Televisa ante la sospecha de que esta pudiera ser una empresa con la capacidad de fijar precios y de establecer tácticas comerciales a su favor en 35 mercados relevantes ubicados en siete estados de la República, y sería a más tardar en marzo cuando la autoridad aplique el mandato del tribunal colegiado.

El IFT, si mantiene la sospecha de que Televisa es agente con poder sustancial de mercado en televisión de paga, deberá iniciar una nueva investigación.

El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, por unanimidad indicó que la Autoridad Investigadora del IFT excedió el periodo legal de 90 días en sus investigaciones para determinar que Televisa era una empresa con poder sustancial de mercado.

El tribunal también resolvió que la figura jurídica que Televisa y Axtel utilizaron para lograr su operación de compraventa obliga al IFT a realizar investigaciones de poder sustancial a redes de telecomunicaciones servicios de voz, datos o video, más no a realizar investigaciones solamente al mercado del servicio de televisión y audio restringido o STAR.

El 17 de diciembre de 2018, las empresas Axtel y Televisa anunciaron al IFT un acuerdo de compraventa de activos de Axtel a favor de Televisa por un valor entonces de 240 millones de dólares, que incluyó el traspaso de 227,802 clientes residenciales y 4,432 kilómetros de redes de fibra óptica a Televisa.

La Autoridad Investigadora del IFT sospechó entonces de un posible poder sustancial de Televisa, luego de que esa empresa llegaría a tener el 76.7% del negocio de la televisión restringida en Aguascalientes; el 64.2% en Ciudad Juárez; el 66.2% en Zapopan; el 68.4% en San Luis Potosí capital; el 73.9% en Monterrey y el 75.0% en la Ciudad de México, todo tras la compraventa de los activos de Axtel y por ello inició la investigación que ahora ha fue derribada por el tribunal.

La investigación del IFT siguió su curso y anunció en 2020 que Televisa era un agente con poder sustancial de mercado. Pero en octubre de 2022, Televisa ganó un amparo contra la declaratoria emitida por el IFT.

El Poder Judicial además ordenó al Instituto Federal de Telecomunicaciones a emitir una nueva resolución de poder sustancial en la que se valorase un nuevo análisis prospectivo sobre las tendencias del mercado y los patrones de consumo de los usuarios del servicio de televisión y audio restringidos (STAR) y también de las plataformas de contenidos bajo demanda u OTT, para que en última instancia se determinase si existe y en qué grado una sustitución o complementariedad entre ambos servicios, pues fue gracias a este argumento, uno de dos principales, con el que Televisa consiguió un resultado positivo.

Para diciembre de ese mismo año, el Instituto Federal de Telecomunicaciones anunció que combatiría la sentencia del Poder Judicial que desechó su resolución con la que declaró a Grupo Televisa como un agente económico con poder sustancial de mercado en la televisión de paga de 35 ciudades.

El caso fue atraído por el tribunal colegiado, que ahora ha resuelto que la razón le asiste a Grupo Televisa y si el IFT insiste en que esa empresa es una agente con poder sustancial de mercado, deberá iniciar una nueva investigación a través de su Autoridad Investigadora, que alternadamente ya enfrenta otro caso similar contra Megacable, que también rechaza la denominación de poder sustancial en 14 ciudades del país.

Fuente: El economista

 

 

 

 

Conatel ordenó el cierre de Onda 100.9 FM en el estado Carabobo

08-FEB/2024

Funcionarios de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) ordenaron el 2 de febrero el cierre de la emisora Onda 100.9 FM que operaba en la ciudad de Valencia, capital del estado Carabobo.

La acción ocurrió en la tarde del viernes, según denunció en la red social X (anteriormente Twitter) el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP). La organización asegura que Onda 100.9 FM había recibido varias visitas de Conatel a lo largo de 2023.

El cierre de Onda 100.3 FM es el tercero en menos de dos años que involucra a emisoras del Circuito Unión Radio en Carabobo. En octubre, una resolución emitida por la Conatel llevó a la salida del aire de Unión Radio Valencia 105.3 FM; dos semanas después, ordenó el cese de transmisiones de Éxitos 99.1 FM.

La Conatel tiene el deber de informar, dar celeridad y facilitar los procesos que permitan a las emisoras conocer el estatus de sus concesiones a fin de solicitar sus renovaciones, evitar cierres y pérdidas de empleos bajo esos argumentos. Instamos a las autoridades a evitar las prácticas que vulneran el derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información.

Fuente: Espacio público

 

 

Acción conjunta entre la Policía Federal y Anatel pone fin a la operación de una emisora clandestina en Cuiabá (MT)

07-FEB/2024

Otra emisora que operaba sin autorización fue cerrada en el país. Esta vez, una acción conjunta realizada entre la PF (Policía Federal) y Anatel (Agencia Nacional de Telecomunicaciones) cerró una estación clandestina en Cuiabá (MT). Los responsables ya han sido identificados.



El barrio Novo Paraíso era el lugar donde la estación operaba de manera irregular. Según la oficina de prensa de la PF, los agentes incautaron equipos que eran utilizados para operar la radio. Aunque no se encontró a nadie en el lugar, los responsables ya han sido identificados.

La actividad clandestina de telecomunicaciones es un delito previsto en la Ley 9.472/97, artículo 183, con pena de prisión de dos a cuatro años, aumentada a la mitad si hay daño a terceros, además de multa de R$ 10.000. El Código Penal también prevé el delito en su artículo 336.

Fuente: Tudo radio

 

 

la autopromoción en televisión de programas de radio puede computar como publicidad, sentencia tribunal europeo

03-FEB/2024

Los anuncios de promocionales en televisión de programas de radio de emisoras de un mismo grupo de medios pueden computar, en principio, para calcular los tiempos máximos de publicidad que se le permite a los canales audiovisuales, según estipuló hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La máxima instancia administrativa de la UE respondió así a una cuestión prejudicial del Consejo de Estado italiano, que pidió a la corte de Luxemburgo aclaraciones sobre un caso relativo a la empresa italiana Reti Televisive Italiane SpA (RTI), propietaria de los canales de televisión Canale 5, Italia 1 y Rete 4 y parte del grupo Mediaset.

La Autoridad para la Garantía de las Comunicaciones italiana (AGCOM) sancionó al grupo en 2017 por infringir la normativa nacional que establece un límite al tiempo de emisión horaria de publicidad televisiva.

El regulador italiano computó en esos tiempos máximos los mensajes promocionales de RTI sobre la emisora de radio R101 que se emitieron en sus cadenas de televisión, pues tanto la emisora de radio como RTI forman parte del grupo Mediaset.

RTI solicitó ante el Consejo de Estado italiano que anulara la sanción, al entender que esos anuncios deben considerarse autopromociones, es decir, publicidad de sus propios programas, y por lo tanto no deberían estar incluidos en los tiempos máximos de publicidad fijados para las televisiones.

El alto tribunal italiano se dirigió al TJUE para esclarecer la cuestión y la corte de Luxemburgo consideró que las sanciones están correctamente aplicadas.

Los jueces comunitarios subrayan que las normas sobre el tiempo máximo de emisión de publicidad persiguen "objetivos diferentes" a las de competencia.

"El criterio que ha de tenerse cuenta para entender la expresión 'propios programas' es el de la responsabilidad editorial de los programas en cuestión, y no el de la pertenencia de los dos organismos de radiodifusión al mismo grupo", añaden.

El TJUE, cuya interpretación sienta jurisprudencia en el conjunto de la Unión Europea, señala que para que puedan considerarse "programas propios" del organismo de radiodifusión televisiva, este ha de asumir, además, la responsabilidad editorial de esos programas.

"Esta consiste en el ejercicio de un control efectivo tanto sobre la selección de los programas como sobre su organización por una persona o entidad que tiene la capacidad de decidir, en última instancia, sobre la oferta audiovisual", concluye el TJUE.

Fuente: EFE
 

 

FCC PROPONE MULTAS POR UN TOTAL DE MÁS DE $3.5 MILLONES CONTRA CINCO OPERADORES DE RADIO PIRATAS DEL ÁREA DE MIAMI

01-FEB/2024

La Comisión Federal de Comunicaciones propuso hoy (25 de enero) multas contra cinco operadores de radio piratas con sede en Florida en virtud de la Ley de Prevención del Abuso de Radio Ilegal mediante la Aplicación de la Ley (Ley PIRATA) por un total de más de $3,500,000. Estas acciones surgen del primer barrido de la FCC en el área de Miami bajo la Ley PIRATA.

La radio pirata es una transmisión no autorizada de señales de radio en las frecuencias dentro o adyacentes a las bandas de radio FM y AM. Las operaciones de radio pirata plantean riesgos para la seguridad pública, incluida la provocación de interferencias perjudiciales a estaciones de radio autorizadas que transmiten mensajes de alerta de emergencia para la seguridad pública. Operar una estación de radio pirata es ilegal según la Ley de Comunicaciones de 1934 y está sujeto a las capacidades de aplicación mejoradas de la FCC promulgadas por el Congreso en la Ley PIRATA de 2020. Según la Ley PIRATA, la FCC puede multar a los operadores de radio pirata hasta (cantidades ajustadas por inflación de) $119.555 por día y un máximo de $2.391.097.

Hoy, la Comisión propuso la pena máxima permitida bajo la Ley PIRATA, $2,391,097, contra Fabrice Polynice por supuestamente operar una estación de radio pirata conocida como “Touché Douce” durante 22 días en 2023. Polynice es uno de los piratas que opera desde hace más tiempo en el área de Miami. habiendo recibido previamente órdenes de decomiso en 2013 y 2018. La FCC también propuso multas de 358.665 dólares (la pena máxima por tres días de infracciones en 2023) contra tres operadores de radio piratas adicionales: Brindley Marshall, Wilfrid Salomon y Cameron Brown. Los tres individuos han estado operando estaciones de radio piratas durante años y han recibido múltiples advertencias para que cesen sus transmisiones no autorizadas. Por último, la FCC propuso un decomiso de 120.000 dólares contra Abdias Datis por operar una estación de radio pirata durante tres días en 2023.

Las acciones propuestas, formalmente llamadas Avisos de responsabilidad aparente por decomiso, o NAL, contienen sólo alegaciones que informan a las partes sobre cómo aparentemente han violado la ley y pueden establecer sanciones monetarias propuestas. La Comisión no podrá imponer sanciones pecuniarias superiores en estos casos a la cuantía propuesta en las NAL. Ni las acusaciones ni las sanciones propuestas en las NAL son acciones definitivas de la Comisión. Se dará a las partes la oportunidad de responder y la Comisión considerará las pruebas y argumentos legales presentados por las partes antes de seguir actuando para resolver el asunto.
 

Fuente: FCC

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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