LA JUSTICIA PIDE UN IVA ESPECIAL PARA MEDIOS
05-NOV/2015
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La Cámara en lo Contencioso
Administrativo Federal advirtió mediante un fallo que de continuar vigente
la actual carga fiscal hay "riesgo de desaparición de las empresas del
sector". La Sala II de la Cámara, integrada por los jueces José Luis López
Castiñeira, Luis Márquez y María Caputi, hizo lugar a un reclamo de varias
organizaciones periodisticas.
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La Cámara en lo
Contencioso Administrativo Federal ordenó crear un régimen
especial del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los medios de
comunicación gráficos y audiovisuales, mediante un fallo en el
que advirtió que de continuar vigente la actual carga fiscal hay
"riesgo de desaparición de las empresas del sector".
La Sala II de la Cámara, integrada por los jueces José Luis
López Castiñeira, Luis Márquez y María Caputi, hizo lugar a un
reclamo de varias organizaciones periodisticas, aunque la
resolución ya fue apelada por el Gobierno para que en el caso
intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación, informaron
fuentes judiciales.
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), la
Asociación de Editores de Diarios de Buenos Aires (AEDBA), la
Asociación de Diarios del Interior de la República Argentina
(ADIRA), la Asociación Argentina de Editores de Revistas (AAER)
y la Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas (ARPA),
entre otras, habían recordado su presentación conjunta que ya en
el año 2003 se habían quedado sin la compensación tributaria que
les permitía computar las contribuciones patronales como crédito
fiscal del IVA.
Para la Justicia, ese desbalance genera un panorama que
"configura un cuadro de situación que incide negativamente en la
estructura económico-financiera de las empresas de medios".
Se trata de una causa judicial que se inició en 2004, aunque el
hecho se remonta a 2001, cuando el entonces presidente de la
Alianza, Fernando de la Rúa, dictó el Decreto 1387 por el cual
los medios que pagaban IVA podían computarlo como crédito fiscal
de las contribuciones patronales, con el objetivo de paliar la
crisis económica que vivía el país.
En 2003, el presidente Eduardo Duhalde derogó esa norma, excepto
para los medios de comunicación y el transporte de cargas, que
podían mantener el régimen hasta julio de ese año.
Las normas hacían referencia a la "crisis terminal" que vivían
los medios de comunicación debido a la "disminución de la
actividad y al fuerte incremento de la presión tributaria", su
importancia social y la necesidad de contar con un IVA especial.
Pero el plazo del régimen se venció y no se dictó ninguna norma,
por lo que en 2004 entidades periodísticas que reúnen a los
medios se presentaron ante la Justicia y obtuvieron desde
entonces distintas medidas cautelares que suspendieron el pago
del IVA, inclusive alguna de ellas dictada por la Corte Suprema.
La jueza de primera instancia Rita Ailán rechazó el reclamo de
las entidades por entender que era abstracto, ya que se había
sancionado la Ley 26.982 que estableció el IVA para diarios,
revistas y publicaciones periódicas.
Pero, ahora, la Cámara revocó ese fallo porque esa Ley "no
representa la solución alternativa para la totalidad del sector
de los medios de comunicación, en tanto al no alcanzar a los
medios no gráficos y fijar las alícuotas correspondientes para
los medios gráficos de mayor envergadura, deja a estos y a
aquellos en igual situación tributaria que la existente al
momento del inicio de las acciones".
Los magistrados señalaron que existió un "progresivo
agravamiento de la carga fiscal sobre los medios de prensa" que
"incide negativamente en la estructura económico-financiera de
las empresas de medios, de modo tal que repercute en su
continuidad y es susceptible de generar de manera concreta y
actual su quiebra o desaparición".
La Cámara citó un voto del juez de la Corte Suprema, Carlos
Fayt, quien sostuvo que "resulta incuestionable la importancia
que cabe asignar a la estructura económica de la información, ya
que la capacidad financiera se corresponde con el grado de
independencia y eficacia de la prensa".
"Se configura un cuadro de situación que incide negativamente en
la estructura económico-financiera de las empresas de medios, de
modo tal que repercute en su continuidad y es susceptible de
generar de manera concreta y actual su quiebra o desaparición",
dijeron los jueces.
Alertaron sobre "la magnitud de los montos involucrados y el
riesgo de desaparición de las empresas del sector,
circunstancias éstas puestas de manifiesto por el Máximo
Tribunal, en función del conocimiento del asunto ventilado, en
cuyo intento de solución, convocó a sucesivas audiencias de
conciliación".
Así, la Cámara entendió que a las empresas de medios "les asiste
el derecho a que, por vía de las autoridades constitucionalmente
habilitadas a tal fin, se elabore, se ponga en vigencia y
reglamente un régimen diferencial del IVA aplicable a los
sectores involucrados, que garantice el pleno ejercicio de los
derechos reconocidos por el artículo 14 de la Constitución
Nacional".
Fuente: La Prensa
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