LA DEFENSORIA DEL PUBLICO LE SOLICITO A LA AFSCA EL
RECONOCIMIENTO DE UNA RADIO COMUNITARIA
05-NOV/2015
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El 19 de octubre de 2015, la
Defensoría del Público emitió una resolución, la 123, de gran relevancia
para los medios comunitarios, pues recomienda a la Autoridad Federal de
Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) que otorgue un reconocimiento
a la radio comunitaria La Ranchada de Córdoba.
Si bien se trata
de una recomendación y de un caso en particular, los fundamentos
resultan potentes y van en consonancia con lo que muchos venimos
diciendo desde la sanción de la Ley 26.522, que regula a los
medios de comunicación radioeléctricos.
Por un lado, la Defensoría cita la definición de emisora
comunitaria contenida en la Ley para sostener que si existe esa
definición, es porque es un sector específico dentro del gran
sector de los operadores sin fines de lucro. De hecho, cita los
archiconocidos ejemplos de cómo se puede ser una organización
sin fines de lucro, sin ser un medio comunitario, y cómo pueden
existir diferencias de peso económico y de gestión que atenten
contra el desarrollo de aquellos medios específicamente
comunitarios: “La definición obedece a la necesidad de
diferenciarlas de otros emprendimientos no comerciales como las
que podrían tener iglesias, fundaciones privadas, sindicatos con
lógicas de participación, gestión y programación distintas de
las emisoras comunitarias” (p. 4). Y completa sosteniendo que
los medios comunitarios tienen funciones que otros tipos de
medios no pueden cumplir.
Más adelante brinda elementos propios de definición de un medio
comunitario, excediendo la definición contenida en la ley. Allí
aparece “que son de propiedad social, no tienen fines de lucro,
cuentan con programaciones abiertas a la comunidad, garantizan
la emisión de voces plurales, llevan adelante una gestión
participativa y promueven la experimentación sonora y técnica”
(p. 6).
Entre otros conceptos importantes, la resolución afirma que
existen dos paradigmas de la comunicación: aquel que la entiende
como una mercancía, y aquel que la entiende como un derecho
humano. Y asigna a los medios comunitarios un rol fundamental
para fortalecer esta última visión de la comunicación, tal como
el espíritu de la Ley Audiovisual así lo sostiene: “Esta
Defensoría entiende que en la concepción de la Ley 26.522 las
emisoras comunitarias son el sujeto primordial de ese nuevo
capital social” (p. 6)
Asimismo, afirma que los medios comunitarios son fundamentales
para la democracia ya que en estas emisoras los actores de la
comunidad “articulan distintas políticas sociales en beneficio
de toda la comunidad incluidas las audiencias”. Aquí es
importante subrayar la diferenciación que hace entre audiencias
y comunidad, ya que los medios comunitarios no solo están para
ofrecer una programación como sucede con los comerciales, sino
que su trabajo redunda en un beneficio hacia la comunidad
ampliada, escuche o no los sonidos que se emiten por una antena.
Esto implica un paso más en el reconocimiento de la
especificidad de los medios del sector, cosa que siempre cuesta
que sea entendida.
Otro concepto fuerte que hace la resolución es la diferenciación
entre legalidad y legitimidad. Encarnado en el caso de La
Ranchada, sostiene que tras 25 años de trabajo social, su
existencia goza de legitimidad, que debe ser traducida en algún
tipo de legalidad. “Las emisoras comunitarias, partiendo de la
legitimidad de sus prácticas, dieron una batalla histórica por
la legalidad cuyo resultado final aún está pendiente” (p. 6, el
resaltado es nuestro).
La Defensoría también se hace eco de los múltiples reclamos que
ha recibido en las distintas audiencias públicas, muchos de los
cuales van en el mismo sentido respecto de la falta de garantías
que se otorgan a los medios comunitarios. También cita
instrumentos internacionales que sirven para defender la postura
de dar reconocimiento a los medios comunitarios.
Menciona que la libertad de expresión, en su faz individual
requiere de mínima participación del Estado; pero que en su faz
colectiva, aquella que habla de fortalecer derechos para
fortalecer una democracia basada en la expresión y el
intercambio de ideas, el Estado es garante de que esos derechos
se ejerzan. En este sentido, señala la responsabilidad que tiene
el Estado en el desarrollo del sector que más aporta para que
esa faz colectiva del derecho a la libertad de expresión se
lleve a cabo: el sector comunitario. Y se pronuncia a favor de
que haya un reconocimiento diferenciado de este tipo de medios
dentro de lo que es el sector sin fines de lucro: “Resulta
necesario una política activa del Estado que garantice el acceso
a las emisoras sin fines de lucro, con medidas diferenciadas de
tipo administrativo que permitan regularizar su situación legal
específica de las emisoras comunitarias (…) Es importante tener
en cuenta la necesidad de reconocimiento diferenciado de las
emisoras comunitarias (...)” (p. 26).
Tal como desde distintos sectores hemos reclamado, la Defensoría
recomienda otorgar un reconocimiento (en este caso a La
Ranchada), que le permita seguir operando con tranquilidad,
“hasta tanto finalice el proceso de asignación del espectro tal
como prevé la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual” (p.
27). Es decir, no recomienda otorgar licencias, sino un
reconocimiento, un respaldo mientras no se avance con la
regularización del sector y los llamados a concursos. Respaldo
que entendemos no solo sirva para acceder a fondos, sino para
evitar secuestros de equipos o abusos en casos de diferendos por
interferencias.
También recomienda que los criterios de evaluación sean la
inserción comunitaria, la pertinencia del proyecto
comunicacional, la participación, el aporte que hace la emisora
a la diversidad, la promoción de derechos, y no criterios
económicos (p. 28). Y pide explícitamente que esto valga para
las emisoras comunitarias en general (p. 29).
Este documento, si bien como decíamos se trata de solo una
recomendación y para un caso en especial, sienta otro buen
precedente en el que un organismo del Estado comprende la
situación, la especificidad y la necesidad de los medios
comunitarios, a la vez que brinda propuestas de mecanismos
concretos para garantizar su trabajo cotidiano, mismos que son
aquellos que desde distintos sectores venimos diseñando,
proponiendo e impulsando.
Este documento, si bien como decíamos se trata de solo una
recomendación y para un caso en especial, sienta otro buen
precedente en el que un organismo del Estado comprende la
situación, la especificidad y la necesidad de los medios
comunitarios, a la vez que brinda propuestas de mecanismos
concretos para garantizar su trabajo cotidiano, mismos que son
aquellos que desde distintos sectores venimos diseñando,
proponiendo e impulsando.
Ya en 2003, la Ranchada había sido impulsora de una causa en la
cual la Corte Suprema de Justicia dictaminó la
inconstitucionalidad del artículo 45 de la antigua Ley de
Radiodifusión, que excluía a las entidades sin fines de lucro
del acceso a licencias. Será cuestión de ver si a partir de este
nuevo paso, se abre una ventana de posibilidad para seguir
afianzando al sector comunitario de los medios. Será cuestión de
ver si a partir de este caso, se abre una ventana de posibilidad
para seguir afianzando al sector comunitario de los medios.
Fuente: Red Eco
Alternativo
afsca otorgo reconocimientos a 150 radios sin fines de
lucro y adjudico licencias de tv digital
25-NOV/2015
El martes 24 al mediodía se
reunió el directorio de la AFSCA. Entre las principales iniciativas se
resolvió otorgarles un reconocimiento a alrededor de 150 emisoras de radio
sin fines de lucro de todo el país, en su carácter de comunitarias. También
se aprobó la entrega de otros $40 millones para el fomento de nuevos medios
y la adjudicación por concurso público de los primeros canales digitales de
baja potencia.
El reconocimiento
a los medios comunitarios - consigna el comunicado de la AFSCA -
apunta a favorecer el desarrollo de este modo de comunicación y
establece que las FM alcanzadas por la medida contarán con un
puntaje preferencial para participar en futuros concursos
públicos de licencias. Se trata de aquellas radios que se
encuentran registradas o empadronadas, en el marco de las
Resoluciones 753/06 y 1478/14, y son definidas como
comunitarias. Además, las emisoras comprendidas en la primera de
estas resoluciones, obtendrán la reserva de espectro prevista en
el artículo 89 inciso f) de la Ley de Servicios de Comunicación
Audiovisual.
Este reconocimiento o
cuasilicencia es lo máximo que el kirchnerismo le pudo otorgar a este tipo
de emisoras ubicadas en zonas de conflicto tras 12 años y medio en el poder.
La iniciativa surge a partir de una recomendación realizada por
la Defensoría del Público, en la que se sugería a AFSCA
otorgarle el reconocimiento a la Radio Comunitaria La Ranchada
de Córdoba. Ante esa solicitud, el organismo que preside Martín
Sabbatella elaboró una resolución que hace extensiva la medida a
todas las emisoras de este tipo, según el principio de igualdad
ante la ley y en el marco de las políticas inclusivas que
promueve la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
En el mismo marco de promoción de medios de comunicación
comunitaria, se resolvió la aprobación de nuevos ganadores del
Fondo de Fomento Concursable para Medios de Comunicación
Audiovisual (FOMECA) por un total de 40 millones de pesos. Se
trata de distintas líneas de financiamiento para proyectos que
participaron en distintas categorías como: gestión de medios
comunitarios, equipamiento para radios, producción de contenidos
radiofónicos y de contenidos audiovisuales para productoras y
comunicación con identidad para comunidades de pueblos
originarios.
Además, el organismo aprobó la adjudicación por concurso público
para la instalación, funcionamiento y explotación de los
primeros canales de baja potencia de Televisión Digital
Terrestre Abierta (TDTA) con y sin fines de lucro, otorgados por
concurso público. Se trata de un canal en Luján (Buenos Aires),
uno en La Plata (Buenos Aires), dos en Formosa (Formosa), uno en
Florida (Buenos Aires), dos en Resistencia (Chaco) y dos en
CABA. La adjudicataria de la licencia de TV en La Plata es el
Grupo cielo. Al respecto, su competidor, Red 92 de la familia
Balcedo ya adelantó que judicializará el acto administrativo.
Se asignó un canal a la Universidad Nacional de La Plata.
Además, se autorizó el llamado a concurso público para la
adjudicación de 19 licencias de baja potencia de TDTA, para
prestar servicio con y sin fines de lucro en 6 nuevas zonas del
país. Según el cronograma aprobado, los concursos se realizarán
el 1° de diciembre para la adjudicación de tres licencias en
General Roca (Río Negro) y tres en Concepción del Uruguay (Entre
Ríos); el 2 de diciembre para dos licencias en Tandil (Buenos
Aires) y tres en Santa Rosa (La Pampa); y el 4 de diciembre para
tres licencias en Río Grande (Tierra del Fuego).
En la reunión, que estuvo presidida por el titular del
organismo, Martín Sabbatella, y con la participación de los
directores Ignacio Saavedra, Eduardo Rinesi, Claudio Schifer,
Néstor Avalle, Marcelo Stubrin y Gerardo Milman, también se
aprobó el listado de Eventos Deportivos de Interés Relevante que
deberán ser transmitidos en los medios audiovisuales durante
2016.
También se adjudicó, por concurso público, la explotación de LT9
y FM 92.3 de Santa Fe (Santa Fe) y la adjudicación para la
instalación de radios FM en Chaco, Mendoza, Jujuy, La Rioja y
Formosa.
Asimismo, el directorio aprobó la habilitación de un servicio de
cable en la provincia de Buenos Aires y uno en Catamarca; tres
FM en la provincia de Córdoba, tres en Buenos Aires y una en
Tierra del Fuego, Salta y Entre Ríos; y la habilitación de AM
Radio Nacional en Las Lomitas (Formosa). También la adjudicación
de una FM a la Iglesia Evangélica de San Juan y una FM en Alta
Gracia.
El acta de directorio esta
disponible en este enlace:
http://afsca.gob.ar/wp-content/uploads/2015/11/ACTA-67-15.pdf
CON SORPRESITAS, PUBLICARON EL LISTADO DE RADIOS
"Comunitarias" RECONOCIDAS
04-DIC/2015
En el Boletín Oficial del 2
de diciembre fue publicada la
Resolución 1102 a través de la cual la AFSCA hizo una interpretación
amplia del concepto de radio comunitaria y le otorgó un "reconocimiento" a
estaciones operadas por asociaciones civiles sin fines de lucro. La medida
fue aprobada en la reunión del directorio el 24 de noviembre. Contó con el
voto de la mayoría kirchnerista y del radical Marcelo Stubrin. Gerardo
Milman, opositor por el GEN, votó en forma negativa.
Por un lado se les
otorga por segunda vez a las estaciones de FM que ya habían sido
"reconocidas" en el año 2006. Y por otro a aquellas emisoras
empadronadas a principios de este año que operan en las zonas
conflictivas.
Una de las emisoras empadronadas y reconocidas pertenece al
Instituto Sudamericano para la Enseñanza en la Comunicación
(ISEC) que supuestamente opera en la frecuencia 87.9 en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este medio pudo constatar que
esta asociación civil sólo transmite vía internet una radio para
sus alumnos de locución y periodismo. Es más, a pocas cuadras
del domicilio denunciado en el padrón, al que tuvo acceso
RADIODIFUSIONdata, se encuentra la planta transmisora de Radio
UBA, autorizada por el Poder Ejecutivo desde hace décadas.
Otro caso destacado es el de la Fundación Octubre de
Trabajadores de Edificios que es una entidad cautiva del
Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Renta y
Horizontal conducido de manera vitalicia por Víctor Santa María.
Esta fundación es titular de dos radios: la FM 89.1 en CABA y la
AM 1440 en Villa Gesell.
De esta forma la Resolución 1102 establece que en futuros
concursos estas emisoras tendrán un puntaje preferencial sobre
otras y en el caso de aquellas que ya habían sido reconocidas a
través de la Resolución 753 del 2006 se les reserva la
frecuencia a los fines de respetar el 33% del espectro
radioeléctrico destinado al sector comunitario.
Emisoras re-reconocidas
Emisoras empadronadas y reconocidas
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