ecuador. revierten frecuencia a radio del
gremio de periodistas
18-FEB/2015
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El 21 de enero de 2015, el
Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) notificó a la Unión
Nacional de Periodistas del Ecuador (UNP) la decisión de dar por terminado
el contrato de concesión de la frecuencia de radio que manejaba este gremio
desde hace 34 años como radio Unión. El presidente de la UNP, Vicente
Ordóñez denunció que este acto unilateral se debe a retaliaciones “por la
posición firme de la UNP en la defensa de la Libertad de Expresión y de los
periodistas”.
La Unión Nacional de Periodistas es el gremio periodístico más antiguo y
numeroso del país. La entidad ha acudido a audiencias y ha firmado
peticiones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en defensa de
los periodistas atacados por el Gobierno.
El organismo estatal alegó, en su oficio No. 051-S-CONATEL-2015, que la
decisión de terminar “de manera anticipada y unilateral” el contrato de la
concesión de frecuencia 820kHz se dio porque en el año 2003 no se pagaron
USD100,80 dólares correspondientes a nueve meses de tarifas de 2002 por el
uso de dicha esta. Sin embargo, Vicente Ordóñez explicó que en estos cinco
años de su administración nunca ha sido notificado de esta supuesta mora y
afirmó que ha pagado puntualmente el uso de frecuencia hasta enero de este
año. Además, argumentó que hasta diciembre del 2014, mantuvo un convenio con
la Superintendencia de Telecomunicaciones para realizar pruebas de
transmisión de la señal AM digital, “¿cómo es que el Estado pudo tener
firmado un convenio con una radio supuestamente morosa?”, se cuestionó el
Presidente de la UNP.
El directivo añadió que “ciertos organismos estatales están controladas por
el poder y cumplen directrices”, por lo cual consideró inútil iniciar
cualquier proceso de apelación frente a la reversión de la frecuencia.
Fundamedios deplora esta reversión de una frecuencia claramente no
comercial, administrada por una entidad periodística. Señalamos que esta
decisión claramente va en la línea opuesta al anuncio oficial de impulsar la
democratización de las frecuencias y la radiodifusión comunitaria. Las
razones esgrimidas por las autoridades son débiles, por lo cual una vez
exigimos transparentar el manejo que se está haciendo del espacio
radioeléctrico, tanto en la concesión como en la reversión de frecuencias de
radio y TV.
Fuente: Fundamedios
RADIO ECUATORIANA ES MULTADA CON 3540 dolares
por no difundir musica nacional
20-FEB/2015
El 30 de enero de 2015, la
Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) sancionó a
Radio Súper 11Q de Guayaquil, con una multa de diez remuneraciones mínimas
básicas unificadas, USD 3540 dólares por haber difundido “solo temas
extranjeros” en el programa musical “Rock O’Clock” del 29 de octubre de
2014.
Según la entidad de control, la cual inició el trámite de oficio, el medio
de comunicación incumplió con el artículo 103 de la Ley Orgánica de
Comunicación que establece la obligación para las radios musicales de
reproducir música ecuatoriana en al menos el 50%. En el caso del programa
“Rock O’Clock”, la Supercom concluyó en un informe técnico que durante las
19H00 a 20H00, del 29 de Octubre del 2014, se difundieron 13 temas
musicales, todos extranjeros, dando un resultado de 0% de temas hechos en
Ecuador”.
Por su parte, el abogado Wilson Modesto Moran Jácome, representante del
medio de comunicación cuestionó durante la audiencia de sustanciación
desarrollada el pasado 22 de enero de este año, que la prueba analizada solo
contó con el punto de vista de la Supercom y solicitó que se impartan a cada
uno de los radiodifusores los lineamientos a los que tienen que someterse
para el cumplimiento de la Ley.
El programa sancionado actualmente ya no aparece en la parrilla de
programación de la emisora.
Fuente: Fundamedios
extranjeros ya pueden ser dueños de medios en
ecuador
25-FEB/2015
El reglamento a la Ley
Orgánica de Comunicación (LOC), firmado por el presidente Rafael Correa el
20 de enero del 2014, abrió la puerta para que los extranjeros puedan volver
a ser dueños de los medios de comunicación en Ecuador.
Cuando la Asamblea Nacional aprobó la LOC, en vigencia desde junio del 2013,
esta prohibía a cualquier extranjero ser dueño o accionista de medios,
exceptuando solamente a quienes vivieran “de manera regular” en el Ecuador.
Incluso la Ley contempló, en su disposición transitoria 18, que los
extranjeros debían vender “la totalidad de sus acciones, participaciones o
equivalentes a personas naturales o jurídicas” ecuatorianas. Y en el caso de
los medios audiovisuales, hasta se debía contar con la autorización de la
autoridad de Telecomunicaciones.
Pero el reglamento (Decreto Ejecutivo Nº 214) creó otra excepción, pues
dispuso que esa prohibición no se aplique para personas o empresas de países
que hayan suscrito acuerdos o convenios de cooperación comercial o de
complementación económica con el Ecuador.
Según el portal del Ministerio de Comercio Exterior, Ecuador ha firmado
acuerdos con Guatemala y Argentina, mientras que con Uruguay existe un
convenio de cooperación entre los organismos encargados de promover las
exportaciones.
Esta puerta para que los extranjeros sean dueños de medios ya estuvo abierta
durante trece años, entre el 2000 y el 2013, y se cerró con la entrada en
vigor de la LOC.
En el 2000 se aprobó la Ley Trolebús II, al inicio del gobierno de Gustavo
Noboa, y se permitió que los extranjeros fueran dueños de medios.
Antes de la Trolebús II, en 1995, cuando era presidente Sixto Durán-Ballén,
hubo una reforma que permitía a los extranjeros tener hasta el 25% de
acciones o participaciones en una empresa propietaria de medios de
comunicación, siempre y cuando esa compañía fuera ecuatoriana.
Si la concesión era para una persona, esta debía ser ecuatoriana de
nacimiento.
Y mucho antes, en 1975, cuando se expidió la Ley de Radiodifusión y
Televisión, durante la dictadura, la prohibición era total para los
extranjeros.
Cuando se aprobó la Ley de Comunicación en el 2013, la Asamblea sí mantuvo
las disposiciones de la ley de 1975, que prohibía la acumulación y
concentración de frecuencias para radio y televisión.
En el artículo 113, la LOC prohíbe que personas naturales o jurídicas
“concentren o acumulen las concesiones de frecuencias” para el
funcionamiento de radio y televisión.
Y puntualiza que no se podrá adjudicar más de una frecuencia para matriz de
radio en AM, una en FM y una para matriz de televisión a un mismo
concesionario en el país.
Incluso indica que no se podrá concesionar en una misma provincia a
familiares directos de un concesionario hasta el segundo grado de
consanguinidad y segundo de afinidad (padres, hijos, hermanos, nietos,
cónyuge, suegros y cuñados).
En su artículo 106, la LOC contempla que las frecuencias del espectro
destinadas a radio y televisión se distribuyan equitativamente en tres
partes: el 33% para el funcionamiento de medios públicos, el 33% para medios
privados y el 34% para los medios comunitarios. (I)
La ley dice
Año 1975
Ley de Radio y TV
El Gral. Guillermo Rodríguez dispuso que solo personas y empresas
ecuatorianas podían tener concesiones. No se podía tener más de dos canales
de onda media, tres de frecuencia modulada y un sistema de TV
Año 1995
Reforman Ley
Solo los ecuatorianos de nacimiento y empresas hasta con el 25% de inversión
extranjera podían tener frecuencias. El tope era un canal de onda media y
uno de FM por provincia, y un sistema de TV.
Año 2000
Ley Trole II
Suprimió la limitación del 25% para la inversión extranjera en empresas que
tuvieran concesiones de radio y televisión.
Año 2013
Ley de Comunicación
Personas ni empresas extranjeras podrán tener medios nacionales. El espectro
se reparte así: 33% medios públicos, 33% privados y 34% medios comunitarios.
Está prohibida la acumulación de frecuencias.
2014
Reglamento a la LOC
El presidente Correa dispuso que la prohibición no se aplique a personas o
empresas de países con los que se hayan suscrito acuerdos comerciales.
Fuente: El Universo
24-MAR/2015
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Radio es multada por no
clasificar contenido de programa
El 13 de marzo de la Superintendencia de la Información y
Comunicación (Supercom), sancionó a Radio Atalaya de Guayaquil,
con una multa de USD 1770 dólares, equivalente a cinco salarios
básicos unificados, por supuestamente no cumplir con el artículo
60 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), referente a la
identificación y clasificación de los tipos de contenido, en el
programa “Levántate Ecuador”, el cual fue transmitido el 05 de
enero de 2015 de 6h00 a 9h00.
La entidad de control inició este proceso de oficio; y aseguró
que no se “identificó ni clasificó el contenido comunicacional
que transmitió, incumpliendo de esta forma, con la obligación
prevista en el artículo 60 de la LOC¨. Por lo que dio al medio
de comunicación 72 horas para que cumpla con el pago impuesto
mediante resolución.
Durante la audiencia de sustanciación desarrollada el 6 de marzo
de 2015, se constató la inasistencia de los representantes del
medio de comunicación. Lo que no les permitió contradecir y
replicar sobre las pruebas presentadas por la institución
reguladora.
Por su parte el abogado Alejandro Salguero, en representación de
la Supercom, señaló que en el programa “Levántate Ecuador” no se
clasificó ni identificó el contenido en la emisión referida.
Reiteró que el medio de comunicación al no acudir a la audiencia
incurre en una “aceptación tácita de los fundamentos de hecho y
derecho”. Por último Salguero presentó como prueba el audio en
formato digital del programa.
En este año, radio Atalaya también fue amonestada por la
Supercom tras un proceso de oficio que se inició por comentarios
vertidos en el espacio “Punto de Vista”, de Rodolfo Baquerizo,
en Guayaquil, con los que la entidad de control se sintió
ofendida, pues se referían a un proceso anterior que siguió la
institución a diario Extra.
Estación de radio es amonestada por no hacer distinción entre
noticia y opinión
El 11 de marzo de 2015, la Intendencia Zonal 6 de la Información
y Comunicación, mediante un proceso iniciado de oficio sancionó,
con una amonestación escrita a la estación radial Ondas Azuayas,
de la ciudad de Cuenca, por infringir el artículo 10, numeral 4,
literal f, de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), que se
refiere a la obligación de distinguir de "forma inequívoca"
entre noticias y opiniones; en este caso, del programa “El
noticiero”, transmitido el 2 de febrero de 2015. La entidad de
control también previno al medio de comunicación a mejorar las
prácticas internas.
Durante la audiencia de sustanciación desarrollada el 26 de
febrero de 2015, Diego Delgado Jara, como representante del
medio de comunicación afirmó que en el programa ´El noticiero’,
“se hizo un comentario que no tiene nada subjetivo o juicios de
valor sobre el tema del “Super Bowl”. Afirmó también “que el
comentario se hizo con objetividad para sustentar lo que se dice
en la noticia” y aseguró que “no es la falta de distinción entre
noticia y opinión, sino el contenido de lo que se dijo en la
noticia, que no debió gustarle a alguien”.
Por otro lado intervino en la audiencia Oswaldo Coraisaca,
Director de Prevención Jurídica de la Intendencia Zonal 6 de la
Información y Comunicación, quien ratificó el contenido del
reporte interno, que establece que todo medio de comunicación
está obligado al cumplimiento de la Ley Orgánica de
Comunicación. Coraisaca afirmó “que la ley tiene como fin el
precautelar a que la audiencia ejerza su derecho a recibir
información de contenidos noticiosos que se alejen de una
apreciación personal valorativa y se enmarque dentro de un
contexto de objetividad y de imparcialidad sobre los hechos que
se transmitan y con ello puede el ciudadano diferenciar de
manera inequívoca que refiere a información y el que se aleja
del mismo”. Concluyó el representante de la institución
reguladora.
En diálogo con Fundamedios, Gustavo Cordero representante legal
del medio y conductor del programa sancionado ¨El noticiero¨,
asegura que el proceso se inició por que supuestamente se había
transmitido información sin citar la fuente. Sin embargo,
Cordero afirmó que la información que salió al aire fue producto
de una investigación propia de la estación radial, lo que se
logró probar y demostrar en la audiencia de sustanciación. Cabe
recalcar que esta es la segunda amonestación escrita que recibe
la estación radial por el supuesto incumplimiento del artículo
10, numeral 4, literal f.
Radio deportiva es sancionada por no identificar contenidos
de programa
El 11 de marzo de 2015, La Superintendencia de la Información y
Comunicación (Supercom) sancionó de oficio a Radio Fútbol FM con
una multa de USD 1 770 dólares por supuesta “vulneración
evidente de los derechos al acceso libre e informado a la
información” al haber clasificado, pero no identificado los
tipos de contenidos del programa “Mira quien habla” ,
transmitido el 27 de enero de 2015.
Durante la Audiencia de Sustanciación desarrollada el 4 de marzo
del 2015, Narcisa Salvador, como representante del medio de
comunicación afirmó que el programa Mira Quién Habla’, sí se
clasificó el tipo de audiencia, que era apto para todo público;
sin embargo, se omitió “el establecimiento de contenido del
programa”. Afirmó, también, que este particular ya fue
rectificado, lo que en la audiencia solicitó que se tome en
cuenta al momento de la resolución final.
Por otro lado el abogado de la Supercom, Alejandro Salguero
Manosalvas, ratificó el contenido del reporte interno, en el que
se establece que el contenido del programa no se identificó, por
lo que existió una "vulneración evidente de los derechos al
acceso libre e informado a la información” .
La entidad de control dio al medio 72 horas para cancelar el
valor de la multa impuesta. El artículo 60 de la LOC está
comprendido por dos obligaciones: la de clasificar y la de
identificar el contenido de la programación, por lo que la
Supercom consideró a la alegación del medio como improcedente.
ecuador. otra radio es MULTADA CON 3540 dolares
por no difundir musica nacional
17-ABR/2015
El 2 de abril de
2015, la Superintendencia de la Información y Comunicación
(Supercom) sancionó a radio Gitana FM con una multa de USD
3.540, equivalente a diez salarios básicos unificados por
supuestamente infringir el artículo 103 de la Ley Orgánica de
Comunicación (LOC), al no difundir al menos un 20% de música
nacional en el programa “En la mesa con Gitana” transmitido de
13:00 a 15:00, el 4 de febrero de 2015. (ver
antecente)
La Supercom determinó que el medio de comunicación difundió 27
canciones, 100% extranjeras, durante dos horas de programación,
infringiendo la LOC y le dio 72 horas, contadas a partir de la
fecha de su notificación, para pagar la multa. El artículo 103
de la LOC establece que las emisoras deberán programar música
producida, compuesta o ejecutada en Ecuador, que represente el
50% en todos sus horarios, con el pago de los derechos de autor
conforme se establece en la ley. El reglamento a la Ley señala
que debe haber un cumplimiento progresivo de la norma por lo que
en el primer año de vigencia deberán cumplir con mínimo del 20%.
En la audiencia de sustanciación que se llevó a cabo el 26 de
marzo de 2015, José Ricardo Cueva, representante del medio,
aseguró haber pedido explicaciones de “cómo exactamente tiene
que funcionar esta norma legal; como medios de comunicación
nosotros hemos incentivado para que hagan seminarios para que
nos expliquen exactamente las normativas que tiene la ley”.
Por otro lado el abogado Alejandro Salguero representante de la
Supercom, ratificó el contenido del reporte interno, en el que
se alertó sobre la presunta infracción y recalcó que el
reglamento de la LOC señala que “en cada programa se debe
observar el cumplimiento progresivo” de la inclusión de música
nacional, concluyó el abogado.
Fuente: Fundamedios
teleamazonas fue amonestada por "no contrastar informacion"
12-MAY/2015
El 5 de mayo de 2015, tras
un proceso iniciado de oficio, la Superintendencia de la Información y
Comunicación (Supercom), sancionó con una amonestación escrita a la estación
televisiva Teleamazonas por supuestamente inobservar la norma deontológica
establecida en el artículo 10 numeral 3, literal a) de la Ley Orgánica de
Comunicación (LOC). Esta norma trata sobre el ejercicio profesional,
específicamente “respetar los presupuestos constitucionales de verificación,
oportunidad, contextualización y contrastación en la difusión de información
de relevancia pública o interés general”. La sanción se origina por una nota
periodística transmitida el pasado 6 de abril, titulada “Plan de Reformas”,
respecto a la reunión de la Comisión Ocasional de enmiendas constitucionales
realizada en Tumbaco.
La institución reguladora determinó que el canal inobservó e incumplió con
la obligación establecida en el artículo 10, numeral 3, literal a) de la LOC
al presentar la noticia “con ausencia absoluta de contrastación”, puesto que
se aseguró “que los medios no tuvieron acceso al lugar donde se reunieron
los comisionados legislativos y los representantes populares que
participaron en los debates de la socialización de las enmiendas
constitucionales puestas en escrutinio público”. La Superintendencia aseguró
que se verificó que otros canales como Ecuavisa y RTV Ecuador sí exhibieron
imágenes internas y externas del lugar y se recogieron testimonios de
quienes apoyaban dicho debate público y del grupo Compromiso Ecuador. Se le
previno al canal además de su obligación de corregir y mejorar sus prácticas
informativas.
El 22 de abril de 2015, durante la audiencia de sustanciación, José David
Ortiz y Pablo Ortiz García, representantes del medio, aseguraron que en la
nota periodística difundida no se incurrió en ninguna infracción y que el
reporte interno “vulnera principios elementales del derecho a la libertad de
información”. La defensa expresó que “la difusión de la información no puede
ser restringida por el Estado o se intente sancionar por difundir, las
declaraciones de Guillermo Lasso y no las de Casinelli, no porque se
transmitieron las comunicaciones del movimiento (…) que representa Guillermo
Lasso y no las de Alianza País”. Enfatizó también que los medios de
comunicación social deben garantizar “los hechos transmitidos bajo la
amenaza de ser sancionados, como ocurre actualmente”, lo cual
“inevitablemente deviene en autocensura”.
Por su parte, el abogado de la Superintendencia Alejandro Salguero ratificó
el contenido del reporte interno, en el cual se constató la difusión de la
noticia en forma de una nota leída y se focalizó su contenido en relación
con la presencia de simpatizantes del movimiento político Compromiso
Ecuador, de Guillermo Lasso y al testimonio de dicho dirigente político. El
abogado manifestó, que “la noticia monitoreada no refirió a una opinión sino
sobre un contenido informativo, que no cumplió con los presupuestos
determinados por la LOC”.
Fuente: Fundamedios
ECUADOR: MINISTERIO INTERRUMPE TRANSMISION DE TELEVISORA PARA DIFUNDIR
"RECTIFICACION OBLIGATORIA"
18-MAY/2015
El 10 de mayo de 2015 un
video ordenado por el Ministerio del Ambiente a manera de “rectificación
obligatoria” interrumpió durante 13 minutos el programa Visión 360 de
Ecuavisa para refutar una investigación periodística difundida el pasado 19
de abril sobre las causas de la deforestación. Ecuavisa emitió la
rectificación bajo protesta.
Según el espacio de gobierno, el programa hizo “aseveraciones y conclusiones
generales sin un sustento técnico y utilizando de forma incompleta las
declaraciones de la autoridad ambiental”. En ese sentido, dicho Ministerio
cuestionó que el programa haya mencionado que se talan 65 mil hectáreas,
pero que no se haya dicho nada acerca de que el gobierno ha disminuido la
tala ilegal hasta casi un 50% desde el 2008.
Según el Ministerio del Ambiente, “el reportaje da a entender que no existe
control por parte de la autoridad ambiental por el simple hecho de que el
reportero en su recorrido de 170 km no vio ningún operativo de control y que
observó un camión con madera sin saber si esa madera contaba con permiso o
pertenecía a una plantación ilegal”.
Al respecto el video cuestionó que “esa gestión importante que realiza el
Ministerio del Ambiente tampoco fue proporcionada a la ciudadanía,
entregando información sesgada, omitiendo datos proporcionados por la
Ministra del Ambiente con el fin de presentar un panorama negativo de la
gestión de este Ministerio y desconociendo el compromiso de este gobierno
con el ambiente”.
El video finalizó con un publirreportaje sobre la labor que realiza esa
cartera de Estado y las declaraciones de la ministra del ambiente, Lorena
Tapia, quien conmina a los medios a hacer un periodismo responsable “por el
bien del País”.
En diálogo con Fundamedios, Allen Panchana, director del programa cuestionó
que la especie de “rectificación-aclaración” enviada por el Ministerio del
Ambiente haya contenido 10 minutos de publireportaje y explicó que por ello
el canal emitió dicho video bajo protesta. En un texto exhibido antes de la
emisión de dicho video, el medio de comunicación expresó lo siguiente:
“Visión 360 transmite bajo protesta la siguiente pieza audiovisual
rectificatoria impuesta por el Ministerio del Ambiente; pues se considera
que en el referido requerimiento no confluyen los requisitos del artículo 23
de la Ley Orgánica de Comunicación. Adicionalmente, pondremos en
conocimiento de las autoridades de control y regulación sobre este
particular que lacera el sistema comunicacional”.
El periodista Andrés López, autor de la investigación cuestionada por el
Ministerio, aclaró que al cuestionarse su trabajo por supuestamente no haber
mencionado lo que este gobierno asegura que ha hecho en el tema ambiental,
implicaría que con la misma lógica “el reportaje debería referirse a los 50
años anteriores para dar crédito a lo que cada gobierno hizo o dejó de
hacer”, apuntó.
Fuente: Fundamedios
ecuador.
Secretario de Comunicación dirigirá 11 medios incautados tras creación de
Unidad de Gestión
16-JUN/2015
El 8 de junio de 2015,
mediante Decreto Ejecutivo N° 699, se designó al secretario de comunicación,
Fernando Alvarado, como delegado del Presidente de la República, en la
recientemente creada Unidad de Gestión de Medios, UGEMED. Alvarado dirigirá
11 medios incautados por el gobierno, entre los que se encuentra la empresa
editora de Diario Hoy, intervenida por la Superintendencia de Compañías hace
un año.
Según el documento, la UGEMED tendrá por objeto el manejo, la gestión, el
seguimiento y el control de la administración de Canal 10, Compañía y
Televisión del Pacifico, Editorial Uminasa, Radiodifusora del Pacífico,
Radio Bolívar, Organización Radial, Cablevisión, América Visión, Radio La
Prensa, Editores e Impresores Edimpres y Movidad C.A. las cuales “mantendrán
su naturaleza jurídica de sociedades anónimas y se considerarán medios de
comunicación privados, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de
Comunicación”.
El decreto menciona que la Junta del Fideicomiso Mercantil AGD CFN no más
impunidad-Medios, autorizó a la fiduciaria Corporación Financiera Nacional,
proceder a la restitución de los paquetes accionarios y empresas a la nueva
Unidad UGEMED y da plazo de 60 días para ello.
El fideicomiso al que hace referencia el Decreto lo integran los paquetes
accionarios de Compañía de Televisión del Pacífico, TELEDOS S.A., Cadena
Ecuatoriana de Televisión C.A. “Canal 10”(CETV), Editorial Uminasa del
Ecuador S.A., Radio Bolívar S.A., Organización Radial C.A., América Visión
S.A., Cablevisión, S.A., y Radiodifusora del Pacífico S.A. Sin embargo,
llama la atención la inclusión de Edimpres, la empresa que editaba diario
Hoy y que fue liquidada de manera forzosa por intervención de la
Superintendencia de Compañías en agosto de 2014.
Fuente: Fundamedios
ecuador. camara empresaria pide explicaciones por dos concursos convocados
hace mas de un año
01-JUL/2015
Los proyectos de
comunicación para acceder a la adjudicación y autorización de concesiones de
frecuencias para el funcionamiento de estaciones de radio y de televisión y
para el funcionamiento de sistemas de audio y video por suscripción, tendrá
dos filtros.
En un reglamento aprobado por el Consejo de Regulación de la Información
(Cordicom), el 22 de junio, se dispone que los proyectos deberán incluir
elementos como la prevalencia del interés superior de niños y adolescentes,
la participación ciudadana, la democratización de la comunicación, la
garantía de derechos y el desarrollo de la pluralidad y la diversidad.
Y señala que para valorar si los proyectos cumplen estos principios se
emitirá un informe “vinculante” que se entregará a la Agencia de Regulación
y Control de Telecomunicaciones (Arcotel). “En el caso de los proyectos
presentados al Cordicom antes de la entrada en vigencia de esta norma,
seguirán el procedimiento dispuesto en reglamentos anteriores…”, agrega el
documento.
El informe sobre el proyecto deberá alcanzar al menos el 50% del puntaje
total. Se calificará, por ejemplo, con cinco puntos los proyectos que
presenten un plan de acción para garantizar el ejercicio de los derechos de
la comunicación e información de personas con discapacidad, otros cinco
puntos por el impacto social del proyecto comunicacional.
“De ser necesario, el Consejo realizará un análisis de dicho impacto en
todos los programas de la parrilla (informativa)…”, señala el texto.
Y se valorarán con otros 5 puntos si el medio presenta mecanismos para
incorporar la participación de la ciudadanía en la construcción de
contenidos.
Reacciones
La decisión del Cordicom genera expectativa en la Asociación Ecuatoriana de
Radio (AER) y se anunció el inicio de un análisis al reglamento por parte de
los concesionarios para emitir un pronunciamiento en las próximas horas.
Sin embargo, Roberto Manciati, presidente de la Asociación, planteó varias
interrogantes ¿Qué pasó con el primer y el segundo concurso para la
adjudicación de las frecuencias?.
Según el directivo, los concesionarios, por ejemplo, de Bolívar que
participaron en el concurso, al que se convocó hace más de un año, aún no
tienen información.
“La Senatel no dijo nada, el Conatel no dijo nada, Arcotel no dice
absolutamente nada”, advirtió Manciati. Y, aunque dijo que “al parecer” la
Senatel emitió un informe “no sabemos qué pasa con esa concesionarias”,
insistió. (SC)
Frecuencias temporales
Según el artículo 27 de Reglamento, para los casos en que se solicita la
adjudicación de las frecuencias temporales que sean necesarias para la
migración de televisión abierta analógica a la televisión digital terrestre,
la calificación se realizará bajos los mismos parámetros preestablecidos
para la televisión de señal abierta, considerando el tipo de medio.
En el reglamento de 29 artículos, el Cordicom especifica los parámetros para
la televisión privada, pública, televisión pública oficial, comunitaria,
radio privada generalista y radio pública.
Fuente: La Hora
nuevas reglas
para otorgar frecuencias en ecuador
17-JUL/2015
El Consejo de Regulación de
la Comunicación (Cordicom) emitió un nuevo reglamento para la calificación
de proyectos comunicacionales para la asignación de frecuencias de radio,
televisión y servicios de audio y video; y estableció la función de un medio
oficial.
Esta nueva normativa divide a los medios de comunicación en televisión
privada, televisión pública, televisión pública oficial, televisión
comunitaria; radiodifusión sonora, radio pública, radio pública oficial,
radios comunitarias, radios musicales y temáticas especializadas, y también
radios temáticas o especializadas.
Según el Cordicom, la televisión y radio públicas oficiales deberán ser
constituidas de acuerdo con los requerimientos de los administrados y
destinarán contenidos relacionados con “la transparencia y rendición de
cuentas de la gestión”.
Para calificar su proyecto comunicacional, y que pueda acceder a una
frecuencia del espectro radioeléctrico estatal, deben contener programas que
fomenten la deliberación pública, con temas de interés general, con los
sectores de su territorio, “con su propia voz, lengua, símbolos y señas”,
entre otros requisitos.
El Consejo de Regulación definió también a los medios privados como aquellos
que ejercen la comunicación con “responsabilidad social”, encaminada a
ejercer una comunicación “para el buen vivir”.
Para calificar estos proyectos, se observarán contenidos que promuevan la
participación social, la garantía de derechos, la democratización, la
pluralidad, diversidad, e interés por los menores de edad.
Este proceso –que se calificará sobre 50 puntos– permitirá a la ciudadanía
denunciar al solicitante de la frecuencia, si creen que está incumpliendo
los objetivos del proyecto.
En noviembre de 2013, el organismo de comunicación aprobó un primer
reglamento para calificar proyectos comunicacionales de quienes solicitan
frecuencias, pero fue derogado para emitir esta nueva norma a finales de
junio.
Fuente: El Universo
ecuador. organismo admite denuncia contra radio por no invitar a una persona
a opinar en programa
22-JUL/2015
El 9 de julio de 2015, la
Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) admitió a
trámite una denuncia presentada por el ciudadano Orlando Lascano en contra
de Radio Democracia, porque el medio no le concedió una entrevista para
expresar sus “propuestas” para mejorar la administración pública en el
programa estelar de las mañanas de esta emisora.
En la denuncia planteada a la Supercom, Lascano -quien se identifica como
parte de un grupo de participación ciudadana denominado El Resurgimiento-
calificó de “trato discriminatorio, excluyente, poco democrático e
inconstitucional” el hecho de que el programa informativo y de opinión
“Revista Democracia”, conducido por el periodista Gonzalo Rosero, haya
impedido sistemáticamente el acceso a un espacio, tras haber solicitado
entrevistas mediante un oficios enviados desde el pasado 27 de junio de 2014
hasta el 11 de mayo de este año.
Según Lascano, esta conducta evidencia que Rosero “únicamente presta oídos y
validez a un cierto segmento de opinión, excluye del derecho de participar
en medios de comunicación y transmitir su pensamiento a los ciudadanos
comunes, lo cual transgrede de manera expresa el contenido de la Ley de
Comunicación”, reza el escrito.
La denuncia está amparada en una supuesta violación del art 13 de la Ley
Orgánica de Comunicación que establece que “los medios de comunicación se
encuentran obligados a facilitar la participación ciudadana en los procesos
de comunicación” y a través de esta solicitó a la entidad reguladora que se
exija al medio pedir disculpas públicas; que en un futuro no se impida al
reclamante el acceso a expresar su opinión libremente en dicho programa y
que se amoneste al medio de comunicación.
Fuente: Fundamedios
radiodifusor y director de emisora ecuatoriana recibe llamadas amenazantes
30-JUL/2015
El 23 de julio de 2015, el
presidente de de radio Exa Democracia, Álvaro Rosero denunció públicamente
que ha recibido varias llamadas anónimas con amenazas en contra de su padre,
el periodista Gonzalo Rosero y director general de esa emisora quien
actualmente conduce el espacio de opinión y entrevistas Matutino que se
transmite a través de Radio Democracia AM y EXA FM.
En una carta pública que subió a través de su cuenta personal de Twitter,
Rosero afirmó que “en estas llamadas, que coincidentemente se registran en
horas del mediodía, se expresan frases como: ‘Vamos a destrozar a Gonzalo
Rosero, ya verán’ ‘Antes de caer el gobierno caerá Gonzalo Rosero y sus
radios’”
En ese sentido el director de la emisora, quien es también hijo del
periodista aseguró que “ya son varias personas a las que escucho que están
resueltas a dañar a Gonzalo Rosero… Hacemos pública esta denuncia a la vez
que expresamos nuestro renovado compromiso con nuestra audiencia, por seguir
desarrollando programas de opinión libres de todo tipo de presión”.
En diálogo con Fundamedios, Álvaro Rosero comentó que a inicios de la semana
del 20 de julio empezaron a recibir este tipo de llamadas amenazantes y de
contenido agresivo, por lo que decidieron hacerlas públicas y poner en
conocimiento al Ministro del Interior.
Esta no es la primera vez que se denuncian ataques en contra de Rosero. El
pasado 24 de septiembre de 2012, Fundamedios reportó los acosos que sufría
el periodista, los cuales fueron denunciados durante la transmisión de su
programa en vivo. En ese entonces, Rosero aseguró que fue perseguido por un
vehículo sin placas que se plantó junto a su auto para hacerle señas
amenazantes. También comentó que se había vuelto común ser perseguido por
personas en automóviles no identificados.
Gonzalo Rosero ha sido constantemente estigmatizado en los enlaces
presidenciales y además se ha mostrado su fotografía repetidamente.
Fuente: Fundamedios
ECUADOR. EQUIPO DE TELEVISORA ESTATAL ES CONMINADO A RETIRARSE DE MARCHA
INDIGENA
13-AGO/2015
El 7 de agosto de 2015 el
equipo de Ecuador TV denunció que fue agredido verbal y físicamente por los
manifestantes que integran la marcha indígena que se dirige hacia Quito, en
su paso por la localidad de Zhud, provincia del Cañar, al sur del Ecuador.
En su noticiero el medio oficialista informó que César Tacuri, periodista
del canal y Alberto Ochoa, camarógrafo fueron expulsados de la cobertura de
la marcha después de que el dirigente de la Ecuarunari, Carlos Pérez,
incitara a los manifestantes a sacarlos por consider que eran “infiltrados”.
El presidente de Ecuarunari, Carlos Pérez Guartambel, negó que haya existido
una agresión a los medios estatales. “Lo que hubo fue un pedido cordial para
que los medios correistas se retiren debido a que han distorsionado la
información y nosotros exigimos que se diga la verdad”, apuntó el líder
indígena.
No obstante, en la denuncia de Ecuador TV se dijo que las personas que
acompañaban al líder indígena golpearon la cámara y la pierna del
periodista, para luego ser amenazados con que se les aplicaría la justicia
indígena si no abandonaban el lugar.
Autoridades y simpatizantes del Gobierno habían denunciado este viernes que
los manifestantes estaban recibiendo víveres transportados en una camioneta
del canal privado Teleamazonas y para demostrarlo utilizaban fotos y tomas
proporcionados por los medios estatales.
Fundamedios hace un llamado para que se respete el trabajo periodístico y
recuerda estas medidas de seguridad que incluyen el consejo de no
convertirse en actores o simpatizantes de los actores en conflicto.
Fuente: Fundamedios
ECUADOR. RELATORES DE LA ONU Y LA CIDH CONDENAN MEDIDAS PARA CERRAR
FUNDAMEDIOS
25-SEP/2015
Un grupo de relatores* de
las Naciones Unidas y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) expresaron hoy su grave preocupación por las recientes medidas del
Gobierno de Ecuador para disolver Fundamedios, una destacada organización de
la sociedad civil dedicada a la promoción de la libertad de expresión y
libertad de medios en ese país.
"Miembros de asociaciones, particularmente aquellos dedicados a defender los
derechos humanos, deberían gozar plenamente del derecho a la libertad de
expresión y, en particular, la libertad de ser abiertamente críticos con
políticas y prácticas gubernamentales", resaltaron los expertos.
La Secretaría Nacional de Comunicación de Ecuador (SECOM) notificó el 8 de
septiembre de 2015 a Fundamedios de su procedimiento de disolución sobre la
base de que presuntamente difunde mensajes con ‘tintes políticos’. La
resolución del Gobierno otorgó un período de 10 días para que la
organización pudiera presentar su defensa. El 14 de septiembre de 2015,
Fundamedios solicitó que se garantice el debido proceso, pruebas de las
presuntas actividades, y –de acuerdo al artículo 98 de la Constitución–
declaró su derecho a resistir ‘acciones u omisiones del poder público’ que
socaven sus derechos constitucionales.
"Las personas que se constituyen en una asociación tienen el derecho a tener
opiniones y difundir informaciones de toda índole, incluso políticas, sin
interferencia por parte del Estado", dijeron los expertos. "El discurso no
puede ser reprimido simplemente porque pueda ser interpretado como que ‘es
político’".
Los relatores destacan que el papel de la libertad de asociación es una
herramienta fundamental para ejercer de forma plena y cabal la labor de las
y los defensores de derechos humanos, quienes pueden lograr de manera
colectiva un mayor efecto para los integrantes de un grupo o sociedad en
avanzar y obtener fines lícitos.
"La disolución forzada de una asociación es una medida verdaderamente
extrema que tan solo se puede justificar en los casos más excepcionales,
bajo estricto cumplimiento con los principios de legalidad, necesidad y
proporcionalidad, además de estar vinculada al alcance de fines imperativos
en una sociedad democrática", explicaron los expertos.
El grupo de expertos denunció las normas nacionales invocadas en el proceso
contra Fundamedios y aplicadas previamente en el cierre de otra importante
organización no gubernamental a fines de 2013, y pidió su revisión a la luz
de los estándares internacionales. "El Decreto Ejecutivo No. 16 establece
restricciones inaceptables a la libertad de expresión y asociación en el
país, dándole poder a las autoridades estatales para cerrar organizaciones
basadas en condiciones muy amplias y ambiguas", dijeron.
"Sería de especial preocupación que el Estado adoptara cualquier resolución
en este caso en violación de los estándares internacionales de derechos
humanos. De hecho, es la acción del gobierno la que tiene los ‘tintes
políticos’ más fuertes", subrayo el grupo, e indicó que "la razón
fundamental citada para la disolución de Fundamedios podría ser utilizada
para obstaculizar el ejercicio legítimo de la libertad de asociación".
La documentación de la SECOM incluye imágenes de tuits publicados por
Fundamedios con enlaces a columnas de opinión en otros sitios. También anexa
como parte de la prueba imágenes de tuits publicados por terceros que
Fundamedios retuiteó.
"Los derechos humanos no cesan cuando una persona o asociación actúa en
internet", señalaron los expertos en relación a las pruebas presentadas por
la SECOM. "Los derechos a la libertad de expresión y asociación existen
tanto fuera de línea como en internet".
"Instamos a las autoridades ecuatorianas a detener el procedimiento de
disolución de Fundamedios y, en general, a garantizar la realización de los
derechos a la libertad de expresión y de asociación en el país", dijeron.
"Estamos dispuestos a prestar asistencia técnica a las autoridades en esta
materia".
Fuente: Relatoria
Libertad de Expresión OEA
gobierno de ecuador inicia proceso de reversion de mas de 300 frecuencias de
radio y tv
23-OCT/2015
El 8 de septiembre de 2015, la dirección
jurídica de la Agencia de Regulación y Control de Telecomunicaciones
(ARCOTEL), resolvió el inicio del proceso de reversión de más de 300
frecuencias de radio y televisión a nivel nacional. La razón: haber obtenido
la renovación de su frecuencia por una “autoridad no competente” según
consta en la disposición transitoria décima de la Ley Orgánica de
Comunicación (LOC).
De la lista de las estaciones que perderían la frecuencia se encuentran las
emisoras: Radio Sucesos; JC Radio en Quito; HCJB en sus distintas
frecuencias en Quito, Machala y Ambato; Tropicana; Stereo Zaracay de Santo
Domingo de los Tsáchilas, Entre otras. También estaciones de televisión como
Red Telesistema (R.T.S); Asomavision; Televisora del sur, de Loja, por
mencionar algunas.
Estas frecuencias se renovaron de oficio, o de manera automática por los
funcionarios de Superintendencia de Telecomunicaciones (exSupertel) entre el
9 de mayo de 1995 y el 30 de abril de 1997. Sin embargo, según el Informe de
la Comisión para la Auditoría de Frecuencias de Radio y Televisión, dichas
renovaciones “no son válidas” por la ilegalidad de arrogación de funciones,
que denota un abuso del poder por parte de funcionarios del exSupertel”,
cuando le habría correspondido la aprobación de las renovaciones al Consejo
Nacional de Radiodifusión y Televisión (exConartel).
En el mismo Informe de Auditorías, en el que se basan para la reversión de
las 158 frecuencias, se dice que existen “numerosas emisoras con contratos
vencidos hace años (y por tanto sin concesión vigente) es un caso grave cuya
responsabilidad se reparte entre SUPERTEL y CONARTEL, por permitir esta
grave irregularidad por ausencia de una fiscalización o adopción de medidas
adecuadas”.
En las resoluciones, la agencia otorga el plazo máximo de 30 días para
presentar las pruebas de descargo para que contesten su respectivo escrito,
y ejerzan el derecho a la legítima defensa como se encuentra prescrito en
los Art. 75 y 76 de la Constitución que se refiere a la tutela efectiva del
debido proceso.
La lista en la que se basan para iniciar el proceso de reversión de
frecuencias consta en el Anexo 12 del informe de Informe de la Comisión para
la Auditoría de Frecuencias de Radio y Televisión, de mayo de 2009 en donde
aparecen 158 estaciones de radio y televisión. Sin embargo fuentes
consultadas, que pidieron no revelar su nombre, afirmaron que a ese registro
fueron añadidas 228 frecuencias que constan al final del informe antes
citado.
Fundamedios intentó conseguir la versión de Arcotel, pero hasta la emisión
de esta alerta no se pudo concretar una entrevista con el delegado de la
directora ejecutiva de esa entidad, Gonzalo Carvajal.
Por su parte, Patricio Barriga, presidente del Consejo de Regulación y
Desarrollo de la Información (Cordicom) afirmó, en una entrevista para el
portal informativo Ecuadorinmediato.com que ya no se darán renovaciones de
frecuencias. “Todos los interesados en tener un medio de comunicación
tendrán que concursar”, apuntó Barriga. El 6 de octubre ese organismo emitió
un reglamento en donde se establecen los parámetros de calificación del
proyecto comunicacional para la respectiva adjudicación y autorización de la
concesión de frecuencias del espectro radioeléctrico.
La Ley de Telecomunicaciones, aprobada el 18 de febrero de 2015, suprimió la
Superintendencia de Telecomunicaciones, el Consejo Nacional de
Telecomunicaciones y la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones y creó la
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), como
entidad encargada de la administración, regulación y control de las
telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico y su gestión, así como los
aspectos técnicos de la gestión de medios de comunicación social que usen
frecuencias del espectro radioeléctrico o que instalen y operen redes.
Fundamedios se encuentra preparando un informe más extenso sobre este caso.
Fuente: Fundamedios
RADIO
TARQUI DE ECUADOR CERRO TRAS 60 AÑOS EN EL AIRE
03-NOV/2015
La mañana del 30 de octubre de 2015, Radio
Tarqui anunció a sus oyentes su salida del aire tras 60 años en los que se
configuró como una emisora emblemática para la ciudad de Quito. El medio de
comunicación informó que la decisión responde a dos motivos: la falta de
respuesta del Estado ecuatoriano para la renovación de su frecuencia
solicitada hace tres años y la falta de auspiciantes de entidades públicas y
privadas.
Cerca de las 07:00 de la mañana, Hernán Herdoiza Leiva, hijo del fundador de
la emisora se despidió de sus oyentes, y lo hizo de la siguiente manera: “La
radio plural, ética y democrática que fundamos, caminamos, animamos,
enseñamos llega al último latido de este ciclo, 60 años pintados de matices
se acogen a partir de hoy al tiempo de descanso y las renovaciones. Desde
junio del 2012 esperamos que el Estado ecuatoriano nos renueve la concesión
de la frecuencia en los 990 de amplitud modulada, en su momento no se dio
trámite a lo requerido pese a que cumplimos con los parámetros requeridos.
En el 2013 la Ley Orgánica de Comunicación estableció que al año de su
publicación se convocaría al concurso de frecuencias. Esperamos que ARCOTEL,
representante del Estado, respondería en abril, mayo, agosto, septiembre y
octubre de este año, sin que así sucediera”, apuntó Herdoíza.
El comunicador también se refirió a la compleja situación que afrontan las
radios y dijo lo siguiente: “Por razones que desconocemos, el gobierno
central, los gobiernos locales, las empresas privadas, con honrosas
excepciones, dejaron de invertir en las radios populares, en aquellas
emisoras que constituyen y son parte de nuestro intangible de la ciudad”
Finalmente, Herdoiza anunció que participarán en el concurso de frecuencias
con “la certeza de obtener una”. Al respecto, semanas atrás, Patricio
Barriga, presidente del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información
(Cordicom) afirmó, en una entrevista para el portal informativo
Ecuadorinmediato.com que ya no se darán renovaciones de frecuencias.“Todos
los interesados en tener un medio de comunicación tendrán que concursar”,
apuntó el funcionario.
Fuente: Fundamedios
gobierno de ecuador revierte frecuencias de radio
12-DIC/2015
El martes, la Agencia de Control y Regulación
de Telecomunicaciones (Arcotel) notificó al gerente de las estaciones Exa FM
y Democracia AM, Álvaro Rosero, sobre el proceso de reversión de la
frecuencia radial, trámite derivado de un informe de una auditoria que
determinó que la frecuencia fue obtenida de manera automática por parte de
una “autoridad no competente”.
En la resolución, Arcotel aclaró que en la disposición transitoria décima de
la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) se dispone que "las frecuencias de
radio y televisión que no hayan sido otorgadas por autoridad competente
(...) serán revertidas al Estado por la autoridad de telecomunicaciones,
aplicando el debido proceso".
Para Paulina Mongrovejo, del Consejo de Regulación y Desarrollo de la
Información y Comunicación (Cordicom) el proceso notificado por Arcotel, se
da en cumplimiento de la transitoria Décima de la LOC.
“Radio Democracia tendrá su derecho a la defensa y al debido proceso y podrá
presentar las pruebas de descargo que determinen que la renovación de
frecuencia de radio Democracia no fue emitida de manera ilegítima”, dijo a
Agencia Andes la funcionaria.
Afirmó que actualmente en el país andino hay una concentración de
frecuencias de más del 90% en manos privadas y que el Estado debe garantizar
la democratización y el acceso igualitario al espectro radioeléctrico.
Rechazó que se trate de una retaliación política y aseguró que el
procedimiento se enmarca en la normativa. “Hay que rechazar cualquier mal
uso político que se quiera dar a un proceso de aplicación de la Ley porque
esta garantiza los derechos de los ciudadanos y ciudadanas el hacer cumplir
una ley vigente aprobada por la Asamblea”.
Explicó que el espectro radioeléctrico es un recurso limitado de propiedad
de los ecuatorianos, “de allí la importancia de que quienes tengan concesión
de la frecuencia hayan sido concesionarios de manera legítima porque de otra
manera se niega el derecho de otras personas a ejercer su libertad de
expresión”.
Puntualizó, además, que una concesión en el caso de medios comunitarios y
privadas se entrega por un lapso de 15 años, luego del cual deben someterse
a un nuevo concurso.
Según Arcotel, el proceso de radio Democracia no es el primero pues hay
cerca de 150 casos similares abiertos además por problemas como la mora en
pagos por el uso de frecuencias. Aún están pendiente de trámite otros 500
procesos.
En un comunicado, Arcotel afirma que “el concesionario de la frecuencia 920
kHz, en la que opera la estación de radiodifusión sonora AM denominada
"Democracia am", al igual que el resto de concesionarios mencionados dentro
del Informe de la Comisión Auditora de Frecuencias, tomaron oportuno
conocimiento de que la Agencia de Regulación y Control de las
Telecomunicaciones se encontraba realizando el análisis del citado informe,
luego de lo cual se les notificaría con el Inicio del Proceso de Terminación
acorde lo establece la Disposición Transitoria Décima de la Ley Orgánica de
Comunicación”.
La información y el contenido multimedia, publicados por la Agencia de
Noticias Andes, son de carácter público, libre y gratuito. Pueden ser
reproducidos con la obligatoriedad de citar la fuente.
ecuador: ecotel tv deja de emitir tras incautacion de
equipos
18-DIC/2015
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La madrugada del 16 de diciembre de 2015 el
canal Ecotel TV de Loja -ciudad ubicada en la frontera sur del país-
denunció a través de un comunicado público que un grupo de elementos de la
Policía Nacional y funcionarios del organismo regulador de
telecomunicaciones ingresaron violentamente a las instalaciones del canal
con la orden de incautar sus equipos y dejarlos fuera del aire. El medio
explicó que se llevaron los equipos de transmisión y una serie de enseres
vitales para mantenerse al aire y publicó fotografías de lo ocurrido.
El hecho se produce tres días después de que el presidente Rafael Correa
durante su Enlace Ciudadano N° 454 tildara de “politiquero, disfrazado de
periodista, envenenado y mentiroso” a Ramiro Cueva, propietario de dicho
canal, tras haber denunciado en una nota periodística que para la
inauguración de la Unidad del Milenio Bernardo Valdivieso, se llevaron
escritorios y mobiliario de la Unidad Educativa San Juan Bosco en
Gualaquiza. Cueva defendió esa información por considerar que si fue
debidamente verificada y contrastada y atribuyó el allanamiento e
incautación de la estación televisiva a dicha nota periodística. Sin
embargo, reconoció que el pretexto legal para realizar esta acción es un
proceso que enfrenta el medio de comunicación desde el 12 de septiembre de
2014.
En esa fecha, el entonces Consejo Nacional de telecomunicaciones (CONATEL),
mediante resolución RTV-653-23-CONTAEL-2014 dispuso “iniciar el proceso de
terminación anticipada y unilateral del contrato de concesión del canal 22
UHF” de Ecotel TV, celebrado en agosto de 1996 y renovado en julio de 2008,
por una supuesta mora en el pago de las tarifas de uso de concesión ocurrida
en el año 2002 y por un valor de USD 151,20 dólares.
Esa entidad se basó en la Disposición Transitoria Décima y en el artículo
112, numeral 10 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) para retirar la
frecuencia al medio televisivo. Dicha Disposición se refiere a la potestad
legal para revertir la frecuencia de los medios de comunicación que no hayan
iniciado sus operaciones en el plazo señalado; los que no hayan pagado las
tarifas de uso de concesión; los que hayan arrendado por más de dos años su
frecuencia, entre otras, para lo cual tomará en cuenta un informe presentado
por la Comisión para la Auditoría de las Concesiones de las Frecuencias de
Radio y Televisión de mayo de 2009.
Para ese entonces, las razones dadas por el CONATEL fueron rechazadas por la
defensa de la estación televisiva, la cual argumentó que no es posible ser
juzgados de acuerdo a una ley inexistente al momento de cometer la supuesta
infracción, puesto que la LOC está vigente desde el 25 de junio de 2013,
mientras que la supuesta infracción se habría cometido en el año 2002. “No
existe retroactividad de la ley” y “no cabe acción regresiva que menoscabe o
anule injustificadamente el ejercicio de los derechos”, consta en los
escritos presentados. Por ello, el medio de comunicación había interpuesto
una acción de protección, la cual fue negada el pasado 7 de enero de 2015
por un Juez de la Corte Provincial de Justicia de Loja.
Ramiro Cueva anunció en un video que fue difundido por Internet y redes
sociales que se acogerán al derecho constitucional a la resistencia y que
volverán al aire “pronto”. También aseguró que permanecerán en los estudios
del canal y que pernoctarán allí si es necesario.
Esta no es la primera vez que se dan operativos en contra de este canal. El
pasado 5 de diciembre de 2013, un operativo policial allanó las
instalaciones de EcotelTv, en horas de la madrugada, para incautar algunos
equipos de la extinta emisora EcotelRadio que ya había dejado de funcionar
en agosto de ese año, cuando un operativo similar retiró los equipos
transmisores de las repetidoras.
ECUADOR: MUSICA DE
REGUETON DEBE EMITIRSE EN DETERMINADAS FRANJAS HORARIAS
06-JUN/2017
La Superintendencia de la Información y
Comunicación (SUPERCOM), en procura de garantizar los derechos de niños,
niñas y adolescentes, hace un llamado a los medios de comunicación a
priorizar en la difusión de sus contenidos musicales, el interés superior de
este sector de la población.
El creciente descontento ciudadano frente a un lenguaje con alto contenido
sexual de canciones de reguetón o música urbana, convoca a los diversos
actores del proceso de comunicación social a ejercer su función con
responsabilidad, respetando el derecho constitucional y legal a recibir
información de calidad, así como la segmentación de audiencias y franjas
horarias, contempladas en la Ley Orgánica de Comunicación (LOC).
El alto grado de influencia que tiene en la actualidad este tipo de música
entre niños, niñas y adolescentes podría exponerlos a una conducta
perjudicial para su desarrollo integral, en busca de la aceptación y
necesidad de identificación propia de la edad de este grupo social.
La Supercom, en el marco de sus atribuciones, continuará con el monitoreo
correspondiente para garantizar el ejercicio pleno de los derechos a la
información y comunicación de todos los ecuatorianos.
Fuente: Supercom
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