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ECUADOR. CADENA OFICIAL INTERRUMPE A ENTREVISTADORA PARA DESCALIFICAR SU OPINION

03-OCT/2014

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El 16 de septiembre de 2014 una cadena de dos minutos y medio interrumpió el programa de entrevistas de Radio Centro para descalificar a su entrevistadora Carmen Andrade, tras haber hecho un comentario a propósito de una entrevista que realizó al dirigente político del partido Avanza, Ramiro González. La voz en off de la cadena aseguró que “Andrade acusó al gobierno, y en especial al partido de gobierno Alianza PAIS, de controlar el pensamiento de los ecuatorianos y de castigar incluso con la cárcel a quienes piensen diferente a la línea oficialista”.

Tras esta afirmación, el espacio gubernamental, en tono irónico, se preguntó lo siguiente: “¿Es esto periodismo? ¿Aseverar algo sin tener pruebas? ¿Habrá algún caso de estos? seguramente la periodista de radio Centro nos podrá ilustrar porque si lo asevera con tanta certeza significa que conoce de la existencia de muchos casos, casos que han representado acusaciones penales de terrorismo por el simple hecho de pensar diferente, por el hecho de mantener un criterio diferente al del partido de gobierno”.

En esa línea, la cadena se siguió cuestionando cómo se podía aseverar algo tan grave y concluyó con la siguiente interrogante “¿Podrán ilustrar a la audiencia por semejante aseveración? ¿Estará el periodismo de esta radio revestida de ética y profesionalismo?”.

Fuente: Fundamedios

organismo ecuatoriano exige a ecuavisa rectificacion por nota periodistica

06-OCT/2014

La Superintendencia de Comunicación (Supercom) notificó su decisión de sancionar al canal de televisión Ecuavisa por infringir el artículo 23 de la Ley de Comunicación, que habla sobre el derecho a la rectificación.

Después del análisis, la Supercom determinó que hubo una violación de la Ley de Comunicación, por lo que dispuso que en el plazo de 72 horas contadas a partir de la notificación se publique la rectificación en el espacio de Televistazo de las 13:00.

La denuncia fue interpuesta por Fernando Larrea, en nombre de Skyjet Elite Corporation. En julio, tres avionetas de esa empresa fueron incautadas por la Agencia Antidrogas de EE.UU. (DEA), según reveló una nota del canal estadounidense se habla hispana Univisión.

La nota de Univisión fue replicada en Ecuavisa, según señala la Supercom, en el noticiero Telemundo y en Televistazo de las 13:00. Larrea solicitó su rectificación, sin embargo denunció que dicho pedido presuntamente no fue acogido por el medio de comunicación en lo referente al noticiero Televistazo. E

n la audiencia, María Cristina León, en representación del canal de televisión, señaló que la nota de Univisión fue replicada, aunque antes de su difusión nacional fue cambiada con el fin de no incurrir en alguna falta de la LOC.

“Si bien una rectificación se registró el 20 de agosto en el noticiero Telemundo, no existe constancia de que la rectificación haya sido publicada en el noticiero Televistazo de las 13:00, en el cual, la noticia (…) también fue transmitida el 01 de agosto de 2014 (…) incumpliendo así, lo determinado en el inciso segundo del artículo 23 de la LOC”, señala la Supercom.

Fuente: El comercio

televisora ecuatoriana es multada con 10 mil dolares por contenido morboso

24-OCT/2014

El 6 de octubre de 2014, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) sancionó a la estación televisiva Canal Uno con dos multas, que suman USD 10.200 dólares, y una amonestación escrita por supuestamente incurrir en infracciones, contempladas en los artículos 30 numeral 4; 32 y 10 numeral 3, letra d) de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), referentes a la información de circulación restringida, a la protección integral de los niños y adolescentes y a las normas deontológicas.

La entidad de control -que actuó de oficio tras un reporte de la intendencia nacional- determinó que en el programa ‘Noticiero Uno’ de Canal Uno permitió la “libre circulación de información que violenta el derecho a la dignidad e imagen de una niña”, por una nota emitida el 9 de junio, en donde se incluyeron imágenes y nombres propios, permitiendo “la individualización e identificación de la niña”, según consta en la resolución. Por este motivo, el organismo impuso una multa de 20 remuneraciones básicas. De igual forma, la Supercom impuso una multa adicional de 10 sueldos básicos por “no privilegiar la protección integral de las niñas, niños y adolescentes, especialmente contra la revictimización”.

Así también, emitió una amonestación escrita al medio, previniéndole que mejore sus prácticas, por no evitar un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes y otros eventos similares. La Supercom aseguró que “si bien la LOC no prevé una definición del término ‘morbo’, ‘su concepto es de conocimiento general’, por lo que el contenido de la noticia ‘tiende a provocar atracción por un hecho desagradable y violento’.

En la audiencia de sustanciación desarrollada el pasado 29 de septiembre, Rafael Ignacio Cuesta Caputti, representante del medio de comunicación rechazó una posible sanción por la revictimización. Sin embargo, reconoció que en dicho reportaje se reseñó el caso de una niña, de siete años, que aparentemente fue violada y que por un tiempo no menor a dos segundos apareció su rostro sin protección por un error involuntario. Ocurrió a las 06:03, pero según Cuesta Caputti, dicha equivocación fue corregida en las transmisiones siguientes.

Fuente: Fundamedios

TELEAMAZONAS FUE MULTADA CON EL 5% DE SU FACTURACION TRIMESTRAL

14-NOV/2014

Según reportó Fundamedios, el 31 de octubre, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) resolvió sancionar a la estación televisiva Teleamazonas por la trasmisión de cinco capítulos de la serie cómica ‘La pareja feliz’ en los que, según el órgano sancionador, difunden “contenidos discriminatorios por razón de sexo y orientación sexual”.

El medio de comunicación deberá pagar una multa equivalente al 5% de la facturación promedio de los últimos tres meses, de acuerdo con sus declaraciones de impuestos presentados al Servicio de Rentas Internas (SRI).

La Supercom fundamentó su decisión en dos resoluciones del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom), que califican como discriminatorios los capítulos de la serie.

Otras decisiones

“Además de la multa, la televisora debará difundir, en el plazo de 72 horas, una disculpa pública a las mujeres y a la colectividad de diversa orientación sexual, misma que deberá permanecer en la página web del medio durante al menos siete días. Además, se estableció la reincidencia”, dice la alerta de Fundamedios.

La sanción se originó en una denuncia presentada el 22 de abril de 2014 por la señora Yina del Pilar Quintana Zurita, presidenta del Consejo Nacional para la Igualdad de Género, a cuyo juicio las escenas emitidas en dichos capítulos tienen un contenido “sexista y discriminatorio contra las mujeres y los grupos Glbti”.

El pasado 6 de octubre, la Supercom obligó a Teleamazonas a disculparse públicamente por la transmisión de un capítulo de la serie cómica, que calificó de discriminatorio y sexista.

Fuente: ASC

Nuevo reglamento calificará propuestas de acceso a frecuencias de radio y TV en Ecuador

05-DIC/2014

El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) ecuatoriano, aprobó el 21 de noviembre el Reglamento para la calificación del Proyecto Comunicacional de los solicitantes de frecuencias del Espectro Radioeléctrico para el funcionamiento de Medios de Comunicación social, privados y comunitarios de radio y televisión de señal abierta, que tiene como fin establecer los criterios para la calificación de los proyectos comunicacionales que se presenten para la solicitud de frecuencias de radio y televisión dentro de los concursos públicos.

Según un comunicado que Cordicom hiciera público, el documento establece criterios para calificar los proyectos comunicacionales de acuerdo a sus contenidos en la programación, criterios de impacto social e inclusión. También, se tomará en cuenta los porcentajes de producción independiente y nacional, la presencia de contenidos formativos, educativos y culturales en las propuestas, según el tipo de audiencia. Será contemplada la inclusión de mecanismos de acceso para las personas con discapacidad.

El texto completo del Reglamento está disponible en este enlace:

http://www.cordicom.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2013/12/Reglamento-Calificaci%C3%B3n-Proyectos-Comunicacionales-Frecuencias.pdf

ASAMBLEA NACIONAL DE ECUADOR APROBO LEY ORGANICA DE TELECOMUNICACIONES

23-DIC/2014

El 17 de diciembre de 2014, la Asamblea Nacional aprobó con 93 votos a favor y 25 en contra, el proyecto de Ley Orgánica de las Telecomunicaciones tras concluirse el segundo debate. Esta Ley crea una Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones con amplios poderes para regular el espectro radioeléctrico dependiente del Ejecutivo y que reemplazó a la Superintendencia de Telecomunicaciones cuyo titular era electo por la Asamblea, de una terna enviada por el Presidente de la República.

De loa 148 artículos y demás disposiciones de la Ley Orgánica de las Telecomunicaciones, diversas organizaciones han expresado preocupación por el Artículo 8 sobre Prestación de servicios en Estado de Excepción, que plantea lo siguiente: “En caso de agresión; conflicto armado internacional o interno; grave conmoción interna, calamidad pública; o desastre natural o emergencia nacional, regional o local, cuando el Decreto Ejecutivo de Estado de Excepción que emita el Presidente o Presidenta de la República, involucre la necesidad de utilización de los servicios de telecomunicaciones, los prestadores que operen redes públicas de telecomunicaciones tienen la obligación de permitir el control directo e inmediato por parte del ente rector de la defensa nacional, de los servicios de telecomunicaciones en el área afectada. Dicho control cesará cuando se levante la declaratoria de Estado de Excepción conforme lo previsto en el artículo 166 de la Constitución de la República del Ecuador y el Decreto de Estado de Excepción”.

En otro punto, en su Artículo 142, el cuerpo legal plantea la creación de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL) la cual será la encargada de la administración, regulación y control de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico y su gestión, así como de los aspectos técnicos de la gestión de medios de comunicación.

El directorio de esta entidad, adscrita al Ministerio rector de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, estará conformado por el Ministro de Telecomunicaciones, el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo y un delegado del Presidente de la República. Es decir, bajo control directo del Poder Ejecutivo.

Fundamedios hará un análisis más minucioso de este cuerpo legal que puede afectar gravemente el derecho a la libre expresión en el Ecuador.

Fuente: Fundamedios

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