AFSCA
APRUEBA NUEVO REGIMEN DE SANCIONES Y PLAN DE FACILIDADES PARA
MULTAS IMPAGAS
14-JUN/2014
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Se oficializó el
Régimen de Sanciones y Procedimientos para hacer sumarios a los
servicios que infrinjan la Ley de Servicios de Comunicación
Audiovisual. Así consta en la
Resolución 661/2014 de la la AFSCA que fue publicada en el
Boletín Oficial el 13 de junio. La normativa dispone también un
régimen de facilidades de pago para las multas impagas ente el
21 de noviembre de 2002 y el 23 de junio de 2010.
De esta forma,
éste es el segundo Régimen de Sanciones que la AFSCA pone en
vigencia desde la promulgación de la Ley de S.C.A. El anterior
fue aprobado por la Resolución 324 del año 2010.
Este nuevo régimen fue aprobado por todos los integrantes del
directorio de la AFSCA en su última reunión, el pasado 26 de
mayo.
Las sanciones –que pueden ser multas o suspensión de publicidad–
no tienen como finalidad la recaudación sino desalentar el
incumplimiento de la ley y garantizar a los usuarios de medios
que recibirán un servicio enmarcado en la normativa vigente,
señala uno de los considerandos.
Como fue dicho, en la resolución se aprobó un “Régimen de
graduación de sanciones”, un “Reglamento de procedimientos para
la sustanciación de sumarios por infracciones a la ley de
Servicios de Comunicación Audiovisual”, un “Régimen de
facilidades de pago”, la “Opción por el nuevo régimen de
graduación de sanciones (multas)”, y la “Opción por el nuevo
régimen de graduación de sanciones (suspensión de publicidad)”.
Las sanciones
Las sanciones se dividen entre “graves” y “leves” y dentro de
estas últimas, se consideran dos: “Las infracciones a los
artículos 70, 71 y 81 inciso i” y “otros incumplimientos a la
ley y normativa complementaria”. Es importante destacar la
atención especial que merece el incumplimiento de los artículos
70, 71 y 81 inciso i, porque corresponde a la divulgación de
contenidos pornográficos o de sexo explícito, que vulneren
identidades de género o promuevan algún tipo de discriminación.
Es decir, la ley de Protección Integral a las Mujeres y la ley
de Identidad de Género enmarcan ese tipo de sanción.
Las sanciones serán primero un “llamado de atención para la
primera falta leve”, luego “un apercibimiento para la segunda
falta leve”. Finalmente, una multa de acuerdo a si
transgresiones leves o graves a la Ley. Para la televisión
abierta de media y alta potencia las multas van de 4 mil a 30
mil pesos (graves) y de 2 mil a 20 mil pesos (leves).
Para la radiodifusión sonora: de 2 mil a 10 mil pesos (graves),
y de mil a 7 mil (leves). Para la TV abierta y radio FM de baja
potencia: de 1500 a 3 mil (graves) y de mil a 1500 pesos
(leves). Para los servicios por suscripción: de 6 mil a 30 mil
pesos (graves), y de 3500 a 20 mil pesos (leves). También hay
multas para las señales nacionales –14 mil pesos (graves), 6 mil
y 8 mil pesos (leves)– y extranjeras –30 mil pesos (leves), 20
mil y 15 mil pesos (leves)–.
La opción por el nuevo régimen de graduación de sanciones es
para las infracciones o presuntas infracciones cometidas entre
el 24 de junio de 2010 y hasta la fecha de publicación de esta
resolución. También se estableció un plan de pagos de hasta 30
cuotas.
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