MUNICIPIO O DEPARTAMENTO EN LUGAR DE LOCALIDAD, PARA LA
EXTENSION DE LICENCIA DE TV POR CABLE
02-DIC/2014
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En el Boletín Oficial
del 26 de noviembre la AFSCA publicó la
Resolución 1325 a través de la cual modificó el Pliego de Bases y
Condiciones para la tramitación de licencias de servicios de TV por
suscripción (Resolución 432/11).
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En concreto, los
artículos que regulan la extensión en la prestación del
servicio. Es que en el texto original se refiere a localidad,
cuando la Reglamentación de la Ley de S.C.A. tiene en cuenta el
municipio o departamento para que se considere extensión.
Por lo tanto, el texto nuevo aprobado por la Resolución 1325 es
el siguiente:
"Los titulares de licencias de servicios de comunicación
audiovisual por suscripción por vínculo físico podrán solicitar
autorización para extender el servicio únicamente hacia
municipios o departamentos colindantes cuya densidad poblacional
sea inferior, según el último Censo Nacional de Población,
Hogares y Viviendas elaborado por el INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC), a la del departamento o municipio
que corresponda a la licencia adjudicada.
Asimismo podrán solicitar autorización para expandir el servicio
hacia otras localidades del mismo municipio o departamento, sin
que sea necesario el cumplimiento de los requisitos de
colindancia y menor densidad poblacional. Dicho procedimiento se
ajustará al trámite previsto para la extensión de servicios y
requerirá de la compra del respectivo Pliego.
En el supuesto de que la licencia solicitada comprenda diversas
localidades del mismo municipio o departamento, la adjudicación
pertinente podrá otorgarse de manera simultánea y el cabezal del
sistema podrá instalarse indistintamente en cualquiera de
ellas.”
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