SABBATELLA DENUNCIO PENALMENTE A DIRECTIVOS DE CABLEVISION
19-AGO/2014
*Recomendar esta nota
El titular de la
AFSCA, Martín Sabbatella, presentó hoy un escrito en la justicia
federal porteña para ser tenido como parte querellante contra
Cablevisión, "por presunta comisión de los delitos de
desobediencia a la autoridad y tentativa de estafa procesal",
por incumplimiento "de una parte sustancial de la grilla de
señales".
|
Según se indicó a
través de un comunicado del organismo, "la denuncia penal ante
el Juzgado Criminal y Correccional Federal 9 de la Ciudad de
Buenos Aires, es fruto del incumplimiento por parte de esa
compañía de una parte sustancial de la grilla de señales
televisivas establecida por AFSCA en el marco del cumplimiento
de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual".
En ese sentido, informaron que "la empresa, con capital
mayoritario del Grupo Clarín y que aún detenta más de dos
tercios del mercado argentino de televisión por suscripción, no
acató totalmente las resoluciones del organismo".
Justamente, "esas normas son las que establecen qué señales
televisivas y en qué ubicación de la grilla deben ser incluidas
obligatoriamente por los prestadores de servicios de televisión
por suscripción", señalaron desde ese organismo.
La querella, de 25 páginas, incluye referencias a fallos
judiciales que ordenaron a la compañía de cable del Grupo Clarín
incluir nuevas señales de televisión en la programación ofrecida
a los abonados, como CN23, QM Noticias y Córdoba 24 Noticias,
entre otras.
A su vez, en el comunicado señalaron que "además de las acciones
judiciales iniciadas por AFSCA, las mismas señales televisivas
afectadas por Cablevisión S.A. presentaron sus propias denuncias
para que se respeten sus derechos y el derecho del público a
acceder a una programación plural y diversa, como la promovida a
partir de la sanción de la ley 26.522".
Sumado a la denuncia por desobediencia de autoridad (artículos
239, 45 y concordantes del Código Penal de la Nación), "la AFSCA
señaló que Cablevisión también incurrió en tentativa de estafa
procesal (tipificada en los artículos 172 y 42 de ese mismo
código)".
Por último, AFSCA solicita que se cite a declaración indagatoria
a los responsables de Cablevisión S.A., para dar cuenta de estos
graves incumplimientos a la ley.
Fuente: Telam
CONTRAATAQUE
DE CLARIN: RECLAMO A DIRECTORES OFICIALISTAS TRATO IGUALITARIO
02-SEP/2014
El Grupo Clarín envió hoy
(28 de agosto) una carta documento a la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual (AFSCA) en la que reclamó un "trato igualitario" en
la disputa legal por la grilla de canales y el organismo negó la acusación y
advirtió que "ahora no es igual que antes, cuando tenían privilegios".
El cruce se debe a la causa judicial iniciada por la AFSCA para que la
empresa Cablevisión ajuste su grilla de canales de acuerdo a los estipulado
por el organismo e incluya señales como CN23, Paka Paka, Telesur y 360 TV,
entre otras.
El presidente de la AFSCA, Martín Sabbatella aseguró que "no hay ningún
trato desigual" sino que "no es igual que antes cuando ellos tenían
privilegios" y agregó: "Ahora es igualitario y trabajamos para que todos
puedan expresarse en un mercado plural y democrático".
"El trato desigual del que se queja (el CEO del Grupo Clarín, Héctor)
Magnetto debe ser porque ahora no es igual que antes. Antes ellos se
aprovechaban de la falta de una ley de la democracia y ahora esa ley existe
y están obligados a cumplirla", sostuvo el titular de la AFSCA, Martín
Sabbatella.
Según indicó un comunicado del organismo, en el documento la empresa amenaza
con iniciar acciones legales contra Sabbatella e intimó en similares
términos a los directores de AFSCA Eduardo Rinesi, Ignacio Saavedra, Claudio
Schifer y Néstor Avalle, pero excluyó a los representantes de la oposición
Gerardo Milman y Marcelo Stubrin.
En respuesta, Sabbatella opinó que Magnetto "ya no está en condiciones de
amenazar a nadie" y afirmó que "víctimas son los abonados a los que
Cablevisión les cobra cualquier precio y les impide ver Pakapaka, Telesur, o
las señales de noticias nacionales y provinciales, a pesar de que la
Justicia ya le exigió que los ponga en la grilla como resolvió AFSCA".
Fuente: NA
la
corte suprema avala a cablevision para que no la sancionen por
el orden de la grilla
03-JUN/2015
La Corte Suprema desestimó
un recurso de queja presentado por la Autoridad Federal de Servicios de
Comunicación Audiovisual ( AFSCA) y confirmó así una medida cautelar dictada
por la Justicia Federal de Mar del Plata que favorece a la empresa
Cablevisión S.A., del Grupo Clarín. Esa medida sostiene que el organismo de
control no podía sancionar a la empresa de cable por no cumplir con el
ordenamiento de la grilla.
Con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Elena Higthon y Juan
Mauqeda, desestimaron el recurso porque “no se dirige contra una sentencia
definitiva o equiparable a tal”, tal y como lo explican en el fallo de una
página firmado por los jueces.
En la causa había dictaminado la Procuradora General de la Nación, Alejandra
Gils Carbó, aconsejando admitir el recurso del AFSCA porque el Estado está
siendo impedido de “ejercer facultades que le son propias como órgano de
aplicación de la ley”.
En 2011 la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)
sancionó a la empresa de cable por no cumplir con el ordenamiento
establecido por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y las
resoluciones 296/10 y 1225/10 de ese mismo organismo.
Cablevisión fue a la Justicia. Se presentó pidiendo directamente se
declarara la inconstitucional del artículo 65 que ordena la grilla de
canales, lo que fue rechazado tanto en primera como en segunda instancia.
La empresa cableoperadora amplió la demanda y pidió que se suspendieran las
sanciones y el juez de primera instancia determinó que se debía respetar lo
ya decidido. Sin embargo, tras la apelación, la Cámara Federal de Mar del
Plata admitió la solicitud y dictó la medida cautelar.
El argumento de la Cámara en ese entonces fue que en el texto de la LSCA
-precisamente, en el artículo 65- no se establecen sanciones a este tipo de
incumplimiento. Tampoco hay en la resolución 1225/10 que reglamenta la LSCA
mención a sanciones por no cumplir con el orden de los canales y la
inclusión de determinadas señales en la grilla. El AFSCA apeló y la causa
pasó a la Corte Suprema.
Gils Carbó opinó que la Cámara no logró plantear “fundamentos serios para
sostener este aserto” porque sostuvo que “la resolución AFSCA 296/10 era, en
principio, legítima”. Sin embargo los supremos rechazaron el recurso y
confirmaron así la medida cautelar que favorece a la empresa del Grupo
Clarín.
Fuente: Infojus
|