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SABBATELLA DENUNCIO PENALMENTE A DIRECTIVOS DE CABLEVISION

19-AGO/2014

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El titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, presentó hoy un escrito en la justicia federal porteña para ser tenido como parte querellante contra Cablevisión, "por presunta comisión de los delitos de desobediencia a la autoridad y tentativa de estafa procesal", por incumplimiento "de una parte sustancial de la grilla de señales".

 

Según se indicó a través de un comunicado del organismo, "la denuncia penal ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal 9 de la Ciudad de Buenos Aires, es fruto del incumplimiento por parte de esa compañía de una parte sustancial de la grilla de señales televisivas establecida por AFSCA en el marco del cumplimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual".

En ese sentido, informaron que "la empresa, con capital mayoritario del Grupo Clarín y que aún detenta más de dos tercios del mercado argentino de televisión por suscripción, no acató totalmente las resoluciones del organismo".

Justamente, "esas normas son las que establecen qué señales televisivas y en qué ubicación de la grilla deben ser incluidas obligatoriamente por los prestadores de servicios de televisión por suscripción", señalaron desde ese organismo.

La querella, de 25 páginas, incluye referencias a fallos judiciales que ordenaron a la compañía de cable del Grupo Clarín incluir nuevas señales de televisión en la programación ofrecida a los abonados, como CN23, QM Noticias y Córdoba 24 Noticias, entre otras.

A su vez, en el comunicado señalaron que "además de las acciones judiciales iniciadas por AFSCA, las mismas señales televisivas afectadas por Cablevisión S.A. presentaron sus propias denuncias para que se respeten sus derechos y el derecho del público a acceder a una programación plural y diversa, como la promovida a partir de la sanción de la ley 26.522".

Sumado a la denuncia por desobediencia de autoridad (artículos 239, 45 y concordantes del Código Penal de la Nación), "la AFSCA señaló que Cablevisión también incurrió en tentativa de estafa procesal (tipificada en los artículos 172 y 42 de ese mismo código)".

Por último, AFSCA solicita que se cite a declaración indagatoria a los responsables de Cablevisión S.A., para dar cuenta de estos graves incumplimientos a la ley.
 

Fuente: Telam

CONTRAATAQUE DE CLARIN: RECLAMO A DIRECTORES OFICIALISTAS TRATO IGUALITARIO

02-SEP/2014

El Grupo Clarín envió hoy (28 de agosto) una carta documento a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) en la que reclamó un "trato igualitario" en la disputa legal por la grilla de canales y el organismo negó la acusación y advirtió que "ahora no es igual que antes, cuando tenían privilegios".

El cruce se debe a la causa judicial iniciada por la AFSCA para que la empresa Cablevisión ajuste su grilla de canales de acuerdo a los estipulado por el organismo e incluya señales como CN23, Paka Paka, Telesur y 360 TV, entre otras.

El presidente de la AFSCA, Martín Sabbatella aseguró que "no hay ningún trato desigual" sino que "no es igual que antes cuando ellos tenían privilegios" y agregó: "Ahora es igualitario y trabajamos para que todos puedan expresarse en un mercado plural y democrático".

"El trato desigual del que se queja (el CEO del Grupo Clarín, Héctor) Magnetto debe ser porque ahora no es igual que antes. Antes ellos se aprovechaban de la falta de una ley de la democracia y ahora esa ley existe y están obligados a cumplirla", sostuvo el titular de la AFSCA, Martín Sabbatella.

Según indicó un comunicado del organismo, en el documento la empresa amenaza con iniciar acciones legales contra Sabbatella e intimó en similares términos a los directores de AFSCA Eduardo Rinesi, Ignacio Saavedra, Claudio Schifer y Néstor Avalle, pero excluyó a los representantes de la oposición Gerardo Milman y Marcelo Stubrin.

En respuesta, Sabbatella opinó que Magnetto "ya no está en condiciones de amenazar a nadie" y afirmó que "víctimas son los abonados a los que Cablevisión les cobra cualquier precio y les impide ver Pakapaka, Telesur, o las señales de noticias nacionales y provinciales, a pesar de que la Justicia ya le exigió que los ponga en la grilla como resolvió AFSCA".

Fuente: NA
 

la corte suprema avala a cablevision para que no la sancionen por el orden de la grilla

03-JUN/2015

La Corte Suprema desestimó un recurso de queja presentado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual ( AFSCA) y confirmó así una medida cautelar dictada por la Justicia Federal de Mar del Plata que favorece a la empresa Cablevisión S.A., del Grupo Clarín. Esa medida sostiene que el organismo de control no podía sancionar a la empresa de cable por no cumplir con el ordenamiento de la grilla.

Con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Elena Higthon y Juan Mauqeda, desestimaron el recurso porque “no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”, tal y como lo explican en el fallo de una página firmado por los jueces.

En la causa había dictaminado la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, aconsejando admitir el recurso del AFSCA porque el Estado está siendo impedido de “ejercer facultades que le son propias como órgano de aplicación de la ley”.

En 2011 la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) sancionó a la empresa de cable por no cumplir con el ordenamiento establecido por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y las resoluciones 296/10 y 1225/10 de ese mismo organismo.
Cablevisión fue a la Justicia. Se presentó pidiendo directamente se declarara la inconstitucional del artículo 65 que ordena la grilla de canales, lo que fue rechazado tanto en primera como en segunda instancia.

La empresa cableoperadora amplió la demanda y pidió que se suspendieran las sanciones y el juez de primera instancia determinó que se debía respetar lo ya decidido. Sin embargo, tras la apelación, la Cámara Federal de Mar del Plata admitió la solicitud y dictó la medida cautelar.

El argumento de la Cámara en ese entonces fue que en el texto de la LSCA -precisamente, en el artículo 65- no se establecen sanciones a este tipo de incumplimiento. Tampoco hay en la resolución 1225/10 que reglamenta la LSCA mención a sanciones por no cumplir con el orden de los canales y la inclusión de determinadas señales en la grilla. El AFSCA apeló y la causa pasó a la Corte Suprema.

Gils Carbó opinó que la Cámara no logró plantear “fundamentos serios para sostener este aserto” porque sostuvo que “la resolución AFSCA 296/10 era, en principio, legítima”. Sin embargo los supremos rechazaron el recurso y confirmaron así la medida cautelar que favorece a la empresa del Grupo Clarín.

Fuente: Infojus
 


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