LA
CORTE SUPREMA REVOCO SOBRESEIMIENTOS EN UNA CAUSA POR EL CONTROL DEL
ESPECTRO RADIOELECTRICO
23-ABR/2014
*Recomendar esta nota
La Corte Suprema
de Justicia de la Nación revocó hoy los sobreseimientos de
funcionarios menemistas implicados en la causa Thales Spectrum
TSA). La Cámara de Casación Penal había sobreseído a los ex
funcionarios y empresarios investigados por presuntas
irregularidades en la concesión del espectro radioeléctrico. El
máximo tribunal del país hizo lugar a los recursos
extraordinarios presentados por el fiscal general de la Cámara
de Casación Penal, Ricardo Weschler, y al apoderado de la
querellante Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos.
Con el voto de los
ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos
Fayt y Juan Carlos Maqueda, la Corte revocó este martes el fallo
de la sala la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.
Aquella sentencia fue considerada por la Corte como arbitraria y
por eso revocó los sobreseimientos de Germán Kammerath (ex
secretario de Comunicaciones de Menem), Alejandro Cima, Roberto
Catalán, Roberto Uanini, Alberto Gabrielli, Matías Bordieu,
Patricio Feune de Colombi, Luis Alberto Romero, Hugo Jorge
Zothner, Pablo Francisco Arancedo, Juan Carlos Cassagne y Jorge
Justo Neuss.
Los contratos con la empresa Thales Spectrum se rescindieron en
2003, durante la presidencia de Néstor Kirchner. Fue una de las
primeras decisiones de su gobierno. Se tomó después de que se
conociera un informe de la Auditoría General de la Nación, que
hacía referencia a un millonario perjuicio al Estado. Los
funcionarios y empresarios fueron imputados por una defraudación
al Estado Nacional de 320 millones de pesos.
Todo había empezado durante el gobierno de Menem, que privatizó
el espacio radioléctrico del país. En 1998 se firmó el decreto y
adjudicó la licitación a la francesa Thales Spectrum. Las
presuntas defraudaciones le habrían dado a esa empresa una
rentabilidad neta superior al 150%.
La Corte Suprema hizo suyos los argumentos del procurador fiscal
ante el máximo tribunal, Ricardo Casal, que en su dictamen de
más de 100 páginas había opinado que correspondía hacer lugar a
los recursos extraordinarios presentados. Casal consideró que el
fallo de Casación Penal, firmado en 2011, significó “el
apartamiento del deber que tienen los magistrados de extremar la
averiguación de los hechos cuando ellos aparecen corno decisivos
o siquiera importantes para la justa decisión de la causa”. Los
imputados, entre ex funcionarios y empresarios, habían sido
procesados sin prisión preventiva por su participación en el
delito de fraude a la administración pública por haber obligado
abusivamente al Estado a favor de la concesionaria Thales
Spectrum de Argentina al haber dictado un marco normativo que le
era favorable a incumplir y se habían dispuesto embargos
millonarios sobre sus bienes (embargos que iban de 5 a 200
millones de pesos). La Sala II de la Cámara del Crimen confirmó
el procesamiento pero luego de las apelaciones de las defensas
la Cámara Federal de Casación Penal, con el voto de los jueces
subrogantes Augusto Díaz Ojeda y Mariano González Palazzo,
revocó el fallo. El juez Gustavo Hornos fue el único que en
aquella ocasión se pronunció en disidencia.Esto fue dado vuelta
por la Corte Suprema.
Fuente: Infojus
|