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GOBIERNO URUGUAYO ADJUDICA DOS CANALES DE TV DIGITAL AL SECTOR PRIVADO COMERCIAL

27-SEP/2013

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En un proceso sin precedentes en el país, con un llamado público, abierto y transparente, el Poder Ejecutivo decidió autorizar a Saomil S.A. y a Consorcio POP TV a prestar el servicio de radiodifusión de televisión digital terrestre en Montevideo. El Ministerio de Industria, Energía y Minería notificó a los proponentes de la conclusión a la que llegó el Gobierno y dio vista a todos los involucrados de los informes recibidos que fundamentan la resolución. Los interesados que no fueron seleccionados tendrán un plazo de 10 días hábiles a partir de hoy para, en caso de considerar que corresponda, hacer llegar sus planteos a la Administración.

 

La decisión se adoptó teniendo en cuenta los informes no vinculantes de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicación (URSEC) y de la Comisión Honoraria Asesora Independiente (CHAI), así como el análisis propio del ministerio integrando los insumos contenidos en ambos informes en relación a las propuestas presentadas, lo que consta en el informe de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicio de Comunicación Audiovisual (DINATEL) y fundamentos del texto de la resolución entregada a los interesados. La resolución será firmada por el Presidente Mujica y el ministro luego de la vista a los involucrados.


El Poder Ejecutivo también resolvió autorizar a Monte Carlo TV S.A., Sociedad Televisora Larrañaga S.A. y Sociedad Anónima Emisora de Televisión y Anexos S.A. (SAETA) a prestar el servicio de radiodifusión de televisión digital terrestre en Montevideo. El informe elevado por la DINATEL concluyó que las propuestas de Saomil S.A. y el Consorcio POP TV son pasibles de adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Pliego del llamado, en tanto plantean una oferta de televisión de calidad, que seguramente impactará positivamente en el sector televisivo nacional, diversificándolo. 


La autorización otorgada a los 5 interesados, comprende la transmisión de una señal HD, una señal de definición estándar (SD1) destinada inicialmente a la señal “espejo”, una segunda señal en definición estándar (SD2), la utilización del sistema “one-seg” y la posibilidad de distribuir aplicaciones interactivas, con un horario mínimo de emisión de 12 horas. 


Además, se le concede a cada uno el derecho de uso de un canal radioeléctrico de 6 MHz de ancho de banda. En ese sentido, se asignaron los canales 29 (Monte Carlo TV. S.A.), 28 (Sociedad Televisora Larrañaga S.A.), 31 (Sociedad Anónima Emisora de Televisión y Anexos S.A.).


En el caso de Saomil S.A. se le asignó el canal identificado como 38; y a Consorcio POP TV se le asignó el canal identificado como 39.

La autorización y su correspondiente concesión de uso y asignación del espectro radioeléctrico se otorgan en todos los casos por el plazo de 15 años y están condicionadas al cumplimiento del Proyecto Técnico definitivo que apruebe la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (URSEC) y del Proyecto Comunicacional. Su incumplimiento podrá dar lugar a sanciones, incluyendo la revocación de la autorización y concesión referidas, al tiempo que para dar cumplimiento a los compromisos asumidos podrán aspirar a una prórroga de 10 años. 


Informe final de MIEM-DINATEL

 

El informe que fundamenta la decisión a su vez, concluyó que si bien se comparten las valoraciones positivas realizadas por la CHAI sobre el proyecto comunicacional presentado en la propuesta de Consorcio GIRO, se considera sustantiva la observación realizada por la URSEC respecto a la capacidad económica del consorcio y que la necesidad excluyente de acceso a mecanismos de financiamiento “no tradicionales”, cuya disponibilidad no fue documentada, determinan la carencia en la “viabilidad económica de la ejecución de la propuesta”. Esto llevó a desaconsejar el otorgamiento de la autorización.


Respecto a la propuesta de Saomil S.A. el informe de la DINATEL valoró que es una propuesta sustentable, que parte de una experiencia existente exitosa a nivel de televisión para abonados, con una programación cuyo perfil está alineado con el gusto del público uruguayo, que se sostiene en un modelo de negocio sólido y equilibrado, con capacidad de financiamiento disponible. 


En cuanto a la propuesta de Consorcio POP TV (en formación) el informe de la DINATEL valoró que es una propuesta preparada y presentada con un altísimo grado de profesionalismo, con una programación innovadora, incluyendo muchas horas de ficción y un señal temática, adicional, dirigida al público infantil, que posee un modelo de gestión flexible, un modelo de negocio innovador, con una amplia apuesta al desarrollo de la cadena de valor de la industria audiovisual, y cuenta con financiamiento, lo que da sostenibilidad a la misma. 


Las autoridades del MIEM valoraron que el procedimiento dispuesto para la asignación de autorizaciones para brindar el servicio de televisión abierta en Montevideo resultó positivo en cuanto a la diversidad y calidad de propuestas presentadas y el mecanismo de evaluación de las mismas. Este procedimiento marca un cambio histórico en la forma de asignación de medios de comunicación, instaurando un procedimiento democrático, abierto y transparente, en tanto nunca se conocieron públicamente como en esta oportunidad los distintos criterios de puntuación, valoración y selección adoptadas como en la actual Administración.

Fuente: Presidencia


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