GOBIERNO
URUGUAYO ADJUDICA DOS CANALES DE TV DIGITAL AL SECTOR PRIVADO
COMERCIAL
27-SEP/2013
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En un proceso sin precedentes
en el país, con un llamado público, abierto y transparente, el
Poder Ejecutivo decidió autorizar a Saomil S.A. y a Consorcio POP
TV a prestar el servicio de radiodifusión de televisión digital
terrestre en Montevideo. El Ministerio de Industria, Energía y
Minería notificó a los proponentes de la conclusión a la que
llegó el Gobierno y dio vista a todos los involucrados de los
informes recibidos que fundamentan la resolución. Los interesados
que no fueron seleccionados tendrán un plazo de 10 días hábiles
a partir de hoy para, en caso de considerar que corresponda, hacer
llegar sus planteos a la Administración.
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La
decisión se adoptó teniendo en cuenta los informes no
vinculantes de la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicación
(URSEC) y de la Comisión Honoraria Asesora Independiente (CHAI),
así como el análisis propio del ministerio integrando los
insumos contenidos en ambos informes en relación a las propuestas
presentadas, lo que consta en el informe de la Dirección Nacional
de Telecomunicaciones y Servicio de Comunicación Audiovisual
(DINATEL) y fundamentos del texto de la resolución entregada a
los interesados. La resolución será firmada por el Presidente
Mujica y el ministro luego de la vista a los involucrados.
El Poder Ejecutivo también resolvió autorizar a Monte Carlo TV
S.A., Sociedad Televisora Larrañaga S.A. y Sociedad Anónima
Emisora de Televisión y Anexos S.A. (SAETA) a prestar el servicio
de radiodifusión de televisión digital terrestre en Montevideo. El
informe elevado por la DINATEL concluyó que las propuestas de
Saomil S.A. y el Consorcio POP TV son pasibles de adjudicación de
acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Pliego
del llamado, en tanto plantean una oferta de televisión de
calidad, que seguramente impactará positivamente en el sector
televisivo nacional, diversificándolo.
La autorización otorgada a
los 5 interesados, comprende la transmisión de una señal HD, una
señal de definición estándar (SD1) destinada inicialmente a la
señal “espejo”, una segunda señal en definición estándar
(SD2), la utilización del sistema “one-seg” y la posibilidad
de distribuir aplicaciones interactivas, con un horario mínimo de
emisión de 12 horas.
Además, se le concede a cada
uno el derecho de uso de un canal radioeléctrico de 6 MHz de
ancho de banda. En ese sentido, se asignaron los canales 29 (Monte
Carlo TV. S.A.), 28 (Sociedad Televisora Larrañaga S.A.), 31
(Sociedad Anónima Emisora de Televisión y Anexos S.A.).
En el caso de Saomil S.A. se le asignó el canal identificado como
38; y a Consorcio POP TV se le asignó el canal identificado como
39.
La
autorización y su correspondiente concesión de uso y asignación
del espectro radioeléctrico se otorgan en todos los casos por el
plazo de 15 años y están condicionadas al cumplimiento del
Proyecto Técnico definitivo que apruebe la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicación (URSEC) y del Proyecto Comunicacional.
Su incumplimiento podrá dar lugar a sanciones, incluyendo la
revocación de la autorización y concesión referidas, al tiempo
que para dar cumplimiento a los compromisos asumidos podrán
aspirar a una prórroga de 10 años.
Informe final de
MIEM-DINATEL
El
informe que fundamenta la decisión a su vez, concluyó que si
bien se comparten las valoraciones positivas realizadas por la
CHAI sobre el proyecto comunicacional presentado en la propuesta
de Consorcio GIRO, se considera sustantiva la observación
realizada por la URSEC respecto a la capacidad económica del
consorcio y que la necesidad excluyente de acceso a mecanismos de
financiamiento “no tradicionales”, cuya disponibilidad no fue
documentada, determinan la carencia en la “viabilidad económica
de la ejecución de la propuesta”. Esto llevó a desaconsejar el
otorgamiento de la autorización.
Respecto a la propuesta de Saomil S.A. el informe de la DINATEL
valoró que es una propuesta sustentable, que parte de una
experiencia existente exitosa a nivel de televisión para
abonados, con una programación cuyo perfil está alineado con el
gusto del público uruguayo, que se sostiene en un modelo de
negocio sólido y equilibrado, con capacidad de financiamiento
disponible.
En cuanto a la propuesta de
Consorcio POP TV (en formación) el informe de la DINATEL valoró
que es una propuesta preparada y presentada con un altísimo grado
de profesionalismo, con una programación innovadora, incluyendo
muchas horas de ficción y un señal temática, adicional,
dirigida al público infantil, que posee un modelo de gestión
flexible, un modelo de negocio innovador, con una amplia apuesta
al desarrollo de la cadena de valor de la industria audiovisual, y
cuenta con financiamiento, lo que da sostenibilidad a la misma.
Las autoridades del MIEM
valoraron que el procedimiento dispuesto para la asignación de
autorizaciones para brindar el servicio de televisión abierta en
Montevideo resultó positivo en cuanto a la diversidad y calidad
de propuestas presentadas y el mecanismo de evaluación de las
mismas. Este procedimiento marca un cambio histórico en la forma
de asignación de medios de comunicación, instaurando un
procedimiento democrático, abierto y transparente, en tanto nunca
se conocieron públicamente como en esta oportunidad los distintos
criterios de puntuación, valoración y selección adoptadas como
en la actual Administración.
Fuente:
Presidencia
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