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				exencion impositiva a emisoras de 
				radio y tv estatales, escolares, universitarias y de pueblos 
				originarios 
	08-OCT/2013 
	*Recomendar esta nota  
              En el Boletín 
				Oficial del 1º de octubre la AFSCA publicó la
				Resolución 1110 a través de 
				la cual dispuso la exención del 100% y por el plazo de 10 años 
				del pago del Gravamen a los Servicios de Comunicación 
				Audiovisual a las emisoras pertenecientes al Estado Nacional, a 
				los estados provinciales, a los municipios, a los institutos 
				universitarios, a los Pueblos Originarios y a escuelas de 
				gestión estatal. 
				 
				La medida se apoya en el artículo 98 de la Ley de S.C.A. que 
				dispone un régimen de Promoción Federal a través del cual la 
				AFSCA podrá disponer exenciones o reducciones temporarias de los 
				gravámenes instituidos por dicha ley en las circunstancias y a 
				las personas que consagra en la misma norma. 
	Respecto a la causa que 
	motivó la aplicación de la exención, sólo uno de los considerandos de la 
	norma señala que se han recibido numerosos pedidos para el no pago del 
	gravamen a los S.C.A. 
              
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