AFSCA Y GRUPO
CLARIN APELARON ANTE LA CORTE SUPREMA EL FALLO DE CAMARA POR LA
LEY DE S.C.A.
13-MAY/2013
Según el escrito,
la sentencia de la Sala
Primera de la Cámara “es arbitraria por carecer de
fundamentación y desarrollar meras generalizaciones”, y “se
limita a receptar parcialmente algunos argumentos del Grupo
Clarín a los fines de adoptar decisiones centradas
–principalmente- en satisfacer los intereses de la demandante”.
El tribunal –de
acuerdo con la postura del organismo- se “excedió en su función
judicial” e incurrió en “manifestaciones ideológicas en cuanto a
la conveniencia o no de la LSCA, invadiendo el ámbito del Poder
Legislativo que es quien está legitimado para evaluar la
conveniencia, mérito y oportunidad de las normas”.
El fallo “sólo declaró inconstitucional las partes del artículo
45 que puntualmente perjudicaban al Grupo Clarín, avalando la
constitucionalidad de las que no lo involucraban directamente”,
de modo tal de favorecer al grupo empresario, que quedaría “en
una posición de privilegio en el mercado, ya que mientras éste
no tendrá que readecuarse a los fines de ajustarse a la
normativa, sí lo deberán hacer los otros licenciatarios”.
Ayer también el Grupo Clarín apeló el fallo, aunque en su caso
en lo que se refiere a los artículos 41, sobre “transferencia de
licencias”; 45 y 161, este último conocido como “cláusula de
desinversión”.
El AFSCA informó que su escrito de apelación, el paso previo a
que el expediente llegue a la Corte Suprema de Justicia,
cuestiona el criterio “economicista que hicieron los jueces
sobre la ley al darle primacía a las potenciales (no probadas)
afectaciones económicas del Grupo Clarín como consecuencia de su
readecuación por sobre el resguardo del colectivo social que esa
norma procura al promover la competencia”.
“Cuanto mayor sea la posición dominante en el mercado
comunicacional, menor libertad de prensa habrá”, resume el
escrito.
Fuente: La Política
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