LA
PROCURACION RATIFICO UNA MULTA A CABLEVISION POR PUBLICIDAD
ENGAÑOSA
04-JUN/2013
La Procuración
General de la Nación dictaminó que debe confirmarse una sanción
a Cablevisión por infracción a la Ley de Lealtad Comercial al
rechazar el recurso presentado por la empresa.
La procuradora
fiscal ante la Corte Suprema, Laura Monti, en un dictamen
firmado la semana pasada opinó que debiera rechazarse un recurso
extraordinario presentado por los abogados de la empresa
Cablevisión S.A. contra una sanción impuesta por violar el
artículo 9 de la Ley 22.802 de Lealtad Comercial por “publicidad
engañosa”.
Se trata de la causa “Cablevisión S.A. c/ DNCI - Disp 736/10 s/
Recurso” iniciada luego de una sanción impuesta por la Dirección
Nacional de Comercio Interior contra la empresa de televisión
por cable y en la que se le aplicó una sanción de 500 mil pesos.
La empresa apeló esta sanción monetaria ante la justicia en lo
Contencioso Administrativo Federal. La sala IV del fuero
confirmó la sanción parcialmente ya que redujo a la mitad (250
mil pesos) el importe de la infracción “al adecuarla en relación
a la gravedad de los hechos por los cuales confirmó la sanción
apelada”.
Cablevisión presentó un recurso extraordinario que llegó a la
Corte Suprema en el que argumentaba que la decisión de la cámara
tenía “una arbitraria interpretación de las normas jurídicas
aplicables -ante la inexistencia de infracción- así como de los
presupuestos fácticos y procesales de la causa”.
Ante esto Monti sostuvo el rechazo de la queja ya que los
argumentos de la empresa “sólo traducen una mera discrepancia
con las razones” de la sanción.
“La Cámara no sólo ponderó las circunstancias de hecho sino que
también examinó las pruebas que acreditaban la sanción impuesta
y, sobre tales bases, con argumentos suficientes que colocan a
su sentencia a resguardo de la tacha de arbitrariedad, consideró
reunidos -conforme a la ley de Defensa del Consumidor- los
requisitos legales para imponer la multa”, consigna el dictamen.
La Corte Suprema es la que ahora debe decidir y fallar acerca de
si corresponde o no confirmar la sanción dictada contra
Cablevisión S.A.
Fuente: Diario
Judicial
|