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               LA 
				PROCURACION RATIFICO UNA MULTA A CABLEVISION POR PUBLICIDAD 
				ENGAÑOSA 
	04-JUN/2013 
	 
 
              La Procuración 
				General de la Nación dictaminó que debe confirmarse una sanción 
				a Cablevisión por infracción a la Ley de Lealtad Comercial al 
				rechazar el recurso presentado por la empresa. 
	
              La procuradora 
				fiscal ante la Corte Suprema, Laura Monti, en un dictamen 
				firmado la semana pasada opinó que debiera rechazarse un recurso 
				extraordinario presentado por los abogados de la empresa 
				Cablevisión S.A. contra una sanción impuesta por violar el 
				artículo 9 de la Ley 22.802 de Lealtad Comercial por “publicidad 
				engañosa”. 
				 
				Se trata de la causa “Cablevisión S.A. c/ DNCI - Disp 736/10 s/ 
				Recurso” iniciada luego de una sanción impuesta por la Dirección 
				Nacional de Comercio Interior contra la empresa de televisión 
				por cable y en la que se le aplicó una sanción de 500 mil pesos. 
				 
				La empresa apeló esta sanción monetaria ante la justicia en lo 
				Contencioso Administrativo Federal. La sala IV del fuero 
				confirmó la sanción parcialmente ya que redujo a la mitad (250 
				mil pesos) el importe de la infracción “al adecuarla en relación 
				a la gravedad de los hechos por los cuales confirmó la sanción 
				apelada”. 
				 
				Cablevisión presentó un recurso extraordinario que llegó a la 
				Corte Suprema en el que argumentaba que la decisión de la cámara 
				tenía “una arbitraria interpretación de las normas jurídicas 
				aplicables -ante la inexistencia de infracción- así como de los 
				presupuestos fácticos y procesales de la causa”. 
				 
				Ante esto Monti sostuvo el rechazo de la queja ya que los 
				argumentos de la empresa “sólo traducen una mera discrepancia 
				con las razones” de la sanción. 
				 
				“La Cámara no sólo ponderó las circunstancias de hecho sino que 
				también examinó las pruebas que acreditaban la sanción impuesta 
				y, sobre tales bases, con argumentos suficientes que colocan a 
				su sentencia a resguardo de la tacha de arbitrariedad, consideró 
				reunidos -conforme a la ley de Defensa del Consumidor- los 
				requisitos legales para imponer la multa”, consigna el dictamen. 
				 
				La Corte Suprema es la que ahora debe decidir y fallar acerca de 
				si corresponde o no confirmar la sanción dictada contra 
				Cablevisión S.A. 
	Fuente: Diario 
	Judicial 
              
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