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	PERU APRUEBA NORMA DE TV VHF PARA ZONAS RURALES 
	Y LUGARES DE "INTERES SOCIAL" 
	13-DIC/2013 
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              Los pueblos 
				alejados de las zonas rurales y los lugares de preferente 
				interés social, podrán acceder a tener televisión VHF. El MTC 
				acaba de publicar la Resolución Viceministerial Nº 718-2013-MTC 
				que aprueba los criterios para la determinación de áreas rurales 
				y lugares de preferente interés. 
	
		
			
						
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              La norma fue 
				motivo de reclamos de parte de los alcaldes distritales y una 
				constante preocupación de la Coordinadora de Medios Perú, 
				incluso en la última edición de PERÙ BROADCASTING se publicó un 
				amplio reportaje sobre el tema, sin embargo el texto de la norma 
				es bastante restringida y solo será aplicable en unas 300 
				localidades del territorio. 
				 
				Esta regulación era necesaria y obligatoria, toda vez que La Ley 
				Nº 28278, Ley de Radio y Televisión señala claramente que el 
				Estado debe promover el desarrollo de la radio y la televisión 
				en áreas rurales y de preferente interés social, sin embargo; 
				debido a la falta de los criterios para determinar cuáles son 
				estas ciudades, no se podía otorgar nuevas autorizaciones para 
				televisión analógica, solo se otorgaban autorizaciones para la 
				televisión digital y por concurso público. 
				 
				Según la Resolución Ministerial, para que una localidad sea 
				considerada como área rural debe cumplir los siguientes dos 
				criterios: Contar con una población menor a 3000 habitantes y 
				adicionalmente tener hasta dos autorizaciones de Televisión VHF 
				o hasta siete autorizaciones de Radio FM. 
				 
				Para ser considerada la localidad como de preferente Interés 
				Social, debe cumplir los siguientes criterios: se encuentren 
				comprendidas dentro del mapa de la pobreza que publica el Fondo 
				de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, además de 
				tener hasta dos autorizaciones por Televisión VHF o hasta siete 
				autorizaciones para radio FM. 
				 
				Para determinar el número de habitantes de una localidad rural y 
				de preferente interés social se considerará la información del 
				XI Censo de Población o la proyección oficial de población 
				elaborada por el INEI. 
				 
				Según las estadísticas del MTC el 79% de localidades canalizadas 
				para prestar el servicio de radio FM, cuenta con un máximo de 7 
				frecuencias autorizadas y 85 % por televisión VHF no cuenta con 
				más de 2 autorizaciones. Este criterio permitiría que 213 de las 
				659 localidades canalizadas para el servicio de radiodifusión 
				por televisión en VHF y 98 de las 612 localidades para FM, 
				puedan ser calificadas como rurales. 
	Fuente: Medios Perú 
              
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