justicia federal ordena a trelew tv
dejar de vender abonos y emitir publicidad
12-DIC/2013
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La empresa Buena
Onda Televisora Color S.R.L., propietaria de la operadora de
cable Trelew TV, deberá dejar de comercializar abonos y emitir
publicidad de manera inmediata.
Así lo dispuso el juez federal de Rawson, Hugo Sastre, quien en
su resolución sostiene que la empresa no tiene la autorización
correspondiente para operar en la ciudad.
Sastre hizo lugar
a una medida cautelar solicitada por la empresa Supercanal S.A.,
la principal operadora de televisión por cable de Trelew, en el
marco de una demanda por daños y perjuicios que le sigue a Buena
Onda Televisora Color, que además es propietaria de Madryn TV.
En la medida, el juez indica que Trelew TV viola el artículo 84
de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, que
sostiene que “hasta tanto no se dicte el acto administrativo
autorizando el inicio de transmisiones regulares, las mismas
tendrán carácter de prueba y ajuste de parámetros técnicos, por
lo que queda prohibida la difusión de publicidad.” Asimismo, la
empresa viola los artículos 28 y 29 de la Resolución 432/2011 de
la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
(AFSCA), que hablan de la “habilitación definitiva”, que Trelew
TV no tiene.
Buena Onda Televisora Color tiene una licencia que la autoriza a
operar en Puerto Madryn, y que en 2006 el Comfer (ahora AFSCA)
le concedió una “extensión” para operar en Trelew y Rawson, pero
nunca obtuvo la “habilitación definitiva” para poder
comercializar el servicio legalmente y vender publicidad: “Pese
a ello comenzó sus actividades irregularmente el 13 de mayo
pasado”, dice la resolución de la Justicia Federal. Y agrega
otras irregularidades, como la falta de una autorización
municipal para el uso del “espacio aéreo” por su tendido de
cable y la “incongruencia” que surge de la documentación técnica
que presentó Trelew TV. “Sin perjuicio de lo que resuelva la
autoridad de aplicación en la materia, dicha situación de
infracción, en cuanto afecta directamente a otro particular,
merece una respuesta judicial para hacerla cesar”, escribió el
juez en su resolución.
Fuente: Diario Panorama
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