Inicio

Archivo de Notas Base de Datos Marco Normativo Contacto

 

la corte suprema anulo un amparo a una radio de salta sin licencia

29-JUN/2012

 

La Corte Suprema de Justicia anuló una medida cautelar concedida al titular de una estación de radio en la ciudad capital de la provincia de Salta que había obtenido autorización para transmitir hasta que el COMFER, actual AFSCA, inice la normalización en dicha área geográfica.



El máximo tribunal del país, con el voto de la mayoría a excepción de Eugenio Zaffaroni, consideró que el transcurso de 12 años sin haber regularizado el funcionamiento de las emisoras de FM no era un obstáculo para conceder la autorización precaria de las transmisiones. Para ello se hizo eco de un dictamen de la Procuración del Tesoro de diciembre de 2009.

En la causa "Gómez, Miguel Oscar c/COMFER y CNC sobre amparo", la Cámara Federal de Apelaciones de Salta había confirmado una medida cautelar otorgada al titular de una emisora de FM para poder transmitir "hasta tanto se habilite la posibilidad de solicitar el otorgamiento del permiso precario por ante la autoridad administrativa competente" y "le ordenó al COMFER que en el término de 30 días le asigne al actor una frecuencia provisoria".

Cabe recordar que en el año 2006 el COMFER recibió solicitudes de adjudicación de licencias de FM, pero excluyó a la ciudad de Salta junto con otras ciudades del país, consideradas "conflictivas".

Según surge del fallo firmado por los magistrados el 8 de junio, Oscar Gómez inició su desarrollo profesional con una productora de radio y televisión, inscribiéndose en la AFIP en febrero de 2003, mientras que el 13 de septiembre de 2007 le solicitó al COMFER la regularización de su emisora y ante la exclusión de la ciudad de Salta de la Normalización promovió una acción de amparo. 

El demandante consideró que la "mora del EStado Nacional de regularizar el espectro radiofónico de la ciudad de Salta atenta gravemente contra sus derechos constitucionales", entre ellos el de trabajar, expresarse e informar a la sociedad.

Sin embargo, la sentencia destaca el caracter de clandestinidad de las emisoras sin licencia, y respecto a la actuación del COMFER señala que "no existe un estado de insuficiencia normativa o ausencia de regulación", resaltando que "no se ha llegado a demostrar que la conducta del Poder Ejecutivo Nacional o del COMFER haya sido irrazonable o abusiva (...) el mero transcurso del tiempo, no es prueba suficiente para tener por acreditado el abuso en el juicio de oportunidad que corresponde al Poder Ejecutivo Nacional en un ámbito de su exclusiva competencia".

En un sentido opuesto se manifestó el juez Eugenio Zaffaroni. Señaló que la conducta del COMFER, de "no haber regularizado la situación del espectro radiofónico de la ciudad de Salta, afecta la racionalidad que debe contener toda medida estatal, pues la demandada no ha aportado argumentos suficientes que avalen la decisión de excluir por tiempo indeterminado a un sector del país a la hora de otorgar la licencia necesaria para operar una frecuencia modulada".

En consecuencia, la Corte revocó la cautelar concedida al titular de la emisora, aunque la Cámara de Apelaciones deberá resolver la causa teniendo en cuenta la nueva normativa sobre radiodifusión, reglada a través de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.


Volver

        Se autoriza la reproducción del material periodístico si se menciona la fuente RADIODIFUSIONdata