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mujica firmó decreto que incluye informativos en horario de protección al menor
16-JUL/2012
El presidente José Mujica firmó el decreto que incluye a los informativos dentro del horario de protección al menor, por lo que impide la emisión de imágenes de contenido violento en el horario central.
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El mandatario derogó dos artículos de una normativa de 1988 que establecía la censura previa y permitía al Estado controlar los contenidos, con excepción de los informativos. Mientras el secretario de la Presidencia, Alberto Breccia, anunció que la medida será ampliada para definir lo que son los contenidos violentos, en principio fueron eliminados los artículso 2 y 4 del decreto 448 de julio de 1988.
Dicha norma, en su artículo 2, permitía que el Estado controle algunos contenidos en forma previa a su emisión en los medios de comunicación. Por su parte, el artículo 4 excluía a "los programas deportivos, de contenido político e informativos" del horario de protección al menor.
El Decreto fundamenta esta decisión en el hecho de que en las normas vigentes ´persisten disposiciones reglamentarias que son incompatibles con la legislación nacional y los estándares internacionales reconocidos en nuestro país que refieren al derecho a la libertad de expresión y los derechos de los niños, niñas y adolescentes´.
Se agrega que "la censura previa es una limitación ilegítima al derecho a expresarse libremente" pero se establece que "el Estado tiene la obligación de proteger especialmente a los niños y adolescentes respecto a toda forma de incitación a la violencia".
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