a veces las injurias en la
farandula no son sancionadas por la justicia
15-FEB/2012
La Cámara Civil
revocó una sentencia y rechazó una demanda por daños y
perjuicios iniciada por el periodista de espectáculos, Marcelo
Polino, contra el humorista Humberto Tortonese, quien lo tildara
de "puto" en un reportaje. El actor había sugerido que Polino
“recogió el estandarte” de quienes disimulan su elección sexual.
La sala M de la
Cámara Civil, integrada por Mabel De los Santos, Elisa Diaz de
Vivar y Fernando Posse Saguier, revocó una sentencia de grado y
rechazó una demanda interpuesta por el periodista de
espectáculos, Marcelo Polino, contra los dichos del humorista
Humberto Tortonese.
Se trata de la causa, “Polino Marcelo Alejandro c/ Editorial
Televisa Argentina S.A. y otro s/ daños y perjuicios”, que se
inició luego de que el humorista durante una entrevista que le
realizaron en 2006 para la revista “Maxim” realizará comentarios
con respecto a la sexualidad del periodista de espectáculos.
Para Polino, lo dicho por Tortonese, “involucra un agravio a su
honor, reputación e intimidad” por lo que presentó una demanda
por daños y perjuicios contra la editorial de la revista y
contra el humorista. En primera instancia se condenó tanto a
Tortonese como a la Editorial Televisa Argentina S.A. a
indemnizar al periodista de espectáculo con 10 mil pesos.
Sin embargo, los camaristas consideraron que “en el marco de una
revista de lenguaje desinhibido y teniendo en cuenta que el
entrevistado es un humorista que hace gala de un vocabulario
directo y de tono ácido, no veo las razones para que dicha
respuesta pueda ser considerada agraviante para el actor”.
A lo que agregaron: “máxime cuando se trata de la mera opinión
de un humorista sobre un personaje público del espectáculo
televisivo, expresada en tono jocoso” y “ha aludido en
reportajes y notas a sus elecciones sexuales, lo que impide
reconocer que la opinión vertida por el demandado pueda afectar
dicha esfera de la personalidad que el propio actor ha expuesto
públicamente”.
Los camaristas tampoco ven que el “honor” del periodista se haya
visto “agraviado” porque el humorista entrevistado opine que es
“malo" o porque “sugiera que ‘recogió el estandarte’ de quienes
disimulan su elección sexual”. Es que “al tratarse el actor de
un hombre público, el estándar de protección es más limitado en
cuanto hace al resguardo de su honor, criterio que enuncia la
denominada ‘doctrina de la real malicia’".
“No es suficiente para concluir que existe responsabilidad civil
del entrevistado cuando éste no hizo sino responder a una
pregunta del autor de la nota y sólo dedicó dos líneas a la
respuesta, aludiendo a otros personajes del espectáculo sin
poner énfasis alguno en la persona del actor”, a lo que se sumó
que “el contexto humorístico en que se formuló el reportaje y se
respondieron las preguntas y las propias revelaciones del actor
en entrevistas anteriores, que impiden aceptar que de los
términos de la respuesta de Tortonese pueda derivar algún daño
al honor o intimidad del actor”.
Destacan además que Polino “se trata de un personaje del
espectáculo televisivo y radial, dedicado a opinar e informar
sobre el trabajo y la vida de personajes de la farándula,
actividad en que la revela intimidades de personas del
espectáculo y opina sobre sus trabajos actorales o afines”.
Aunque dejan sentados los camaristas que “lamentablemente” este
"lenguaje coloquial y desinhibido" que se utiliza en la
publicación “no constituye sino la reiteración de alusiones
procaces que poco contribuyen a la respetuosa expresión de ideas
en la vida de relación, que este pronunciamiento en modo alguno
avala o fomenta”.
Fuente: Diario
Judicial
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